n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Viernes 06 de Julio de 2012 – R. O. No. 740

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Cultura:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n DM-2012-0059 Legalízase la comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional

n

n DM-2012-060 Legalízase la comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial

n

n DM-2012-080 Legalízase la comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Florence Delphine Baillon, Asesora Ministerial

n

n DM-2012-00081 Legalízase la comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor del abogado Carlos Alberto Espinosa Salguero, funcionario de la Dirección de Relaciones Internacionales

n

n DM-2012-087 Dispónese que en virtud de la reorganización del Sistema Nacional de Cultura, las instituciones que fueron transformadas en entidades operativas desconcentradas de este Ministerio, articulen su misión y objetivos acorde a las Normas de la Constitución de la República

n

n Ministerio de Educación:

n

n 176-12 Deléganse facultades a las subsecretarías de educación del Distrito Metropolitano de Quito, Distrito de Guayaquil y coordinaciones zonales de educación

n

n 177-12 Dispónese a la señora Subsecretaria de Desarrollo Profesional Educativo la ejecución de todas las acciones necesarias para la creación de la Universidad Nacional de Educación

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

n

n 041 Delégase y autorízase atribuciones al Director Provincial del Azuay

n

n 042 Refórmase el Reglamento normativo para el pago de indemnizaciones y cobro de contribución especial de mejoras, por aumento del valor de predios, sobre la base de los artículos 12 y 52 de la Ley de Caminos

n

n Ministerio de Industrias Subsecretaria de la Calidad:

n

n Resoluciones

n

n 12 134 Apruébase y oficialízase con el carácter de voluntaria, la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2647 (Granos y cereales. Grano de ataco o sangorache. Requisitos e inspección)

n

n Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos:

n

n 009-NG-DINARDAP-2012 Expídese el Instructivo para el Manejo de Contraseñas para el Ingreso al Servicio Dato Seguro

n

n Secretaría de Hidrocarburos:

n

n 0450-A Encárgase el puesto de Director de Planificación al señor Pablo David Mora Castillo

n

n Defensoría Pública:

n

n Judicial y Justicia Indígena Resoluciones

n

n 036-DP-2012 Deléganse atribuciones al Director Nacional de Gestión y Administración de Recursos

n

n 041-DP-2012 Deléganse atribuciones al Director Nacional de Gestión y Administración de Recursos

n

n 042-DP-2012 Expídese el Reglamento Interno de Administración del Fondo Fijo de Caja Chica

n

n Consejo Nacional Electoral:

n

n Electoral

n

n Resolución

n

n 023-P-JDPC-CNE-2012 Refórmase la Resolución No. 001-JDPC-CNE-2012-N, publicada en el Registro Oficial No. 661 de 14 de marzo del 2012

n

n Tribunal Contencioso Electoral:

n

n Sentencias

n

n CAUSA 0227-2011-TCE Declárase con lugar el presente juzgamiento y determínase la responsabilidad del señor Juan Carlos Heras Cedeño, en el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 291 numeral 3 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la Repúbli-ca del Ecuador, Código de la Democracia

n

n CAUSA 0228-2011-TCE Declárase con lugar el presente juzgamiento y determínase la responsabilidad del señor Franklin Aníbal Cajamarca Hidrobo, en el cometimiento de la infracción prevista en el artículo 291 numeral 3 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia

n

n CAUSA 0888-2011-TCE Recházase el recurso de apelación interpuesto por la señora Lila Beatriz Rodríguez Morales

n

n CAUSA 0893-2011-TCE Desestímase el recurso ordinario de apelación interpuesto por el señor Miguel Ángel Chamba Sanambay

n

n CONTENIDO

n n

n No. DM-2012-0059

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que, el inciso tercero del artículo 50 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, en la parte pertinente establece: ?…..en tanto que para reuniones, conferencias, pasantías y visitas se sustentará con los documentos habilitantes que respalden su concesión…?;

n

n

n

n Que, mediante Oficio Nro. MRECI-CGDG-2012-0072-OF de 08 de marzo de 2012, el Dr. William Hugo Arias Palacios, Coordinador General de Derechos y Garantías del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador, solicita a la Ministra de Cultura remitir la agenda preliminar para la Mesas de Cultura y Patrimonio con los temas que sean de interés para la Institución e informe sobre la delegación que asistirá a la VIII Comisión Mixta Ecuador Bolivia COMIX, a realizarse en la ciudad de La Paz ? Bolivia, el 04 de abril de 2012.

n

n

n

n Que, mediante Oficio Nro. MC-DM-12-0294 de 13 de marzo de 2012, la Msc. Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, informa al Dr. José María Borja, Subsecretario de América Latina y El Caribe y al Dr. William Arias, Coordinador General de Derechos y Garantías del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración, que la Srta. Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales del Ministerio de Cultura, ha sido delegada para asistir, en representación de esta Cartera de Estado a la VIII Comisión Mixta Ecuador Bolivia y a las reuniones técnicas previas, señala que acorde a la reunión preparatoria, el Ministerio de Cultura propone trabajar en el Plan Artístico para el año 2012.

n

n

n

n Que, mediante Oficio Nro. MRECI-SALC-2012-0306-M de 08 de marzo de 2012, el Dr. José María Borja, Subsecretario para América Latina y El Caribe del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración, Comercio e Integración del Ecuador, señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores ha sugerido a las autoridades Bolivianas, mantener reuniones preparatorias interinstitucionales en la Paz, los días previos a la VIII Comisión Mixta, esto es el 2 y 3 de abril de 2012.

n

n

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-DM-12-0114 de 30 de Marzo de 2012, la Msc Erika Sylva, Ministra de Cultura del Ecuador dispone a la Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes para la declaratoria de la comisión de servicios en el Exterior, la compra de pasajes aéreos y la asignación de viáticos del 02 al 06 de abril de 2012 a La Paz – Bolivia a la señorita Daniela Fuentes Moncada en representación del Ministerio de Cultura a la VIII Comisión Mixta Ecuador Bolivia COMIX.

n

n

n

n

n

n Que, mediante Dictamen No. 014-MC-UATH-2012 de 30 de marzo de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 02 al 06 de abril del 2012, a favor de la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, para que en representación de esta Cartera de Estado asista a la VIII Comisión Mixta Ecuador ? Bolivia que se realizará en La Paz – Bolivia.

n

n

n

n Que, el 02 de abril de 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la Solicitud de Viaje al Exterior No. 17025, a favor de la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, a fin de que en representación de esta Cartera de Estado asista a la VIII Comisión Mixta Ecuador ? Bolivia que se realizará en La Paz ? Bolivia

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-UATH-12-0575 de 05 de abril de 2012, la Dirección de Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 2 al 6 de abril de 2012, de la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante Memorando MC-DM-12-0114 de 30 de Marzo de 2012, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del Reglamento General de aplicación.

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Internacional, del 2 al 6 de abril del 2012, a fin de que en representación de esta Cartera de Estado asista a la VIII Comisión Mixta Ecuador ? Bolivia que se realizó en La Paz – Bolivia.

n

n

n

n Art. 2.- El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional financiará los gastos de boletos aéreos y la asignación de viáticos para cubrir gastos de alojamiento, alimentación y transporte.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n

n

n Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 18 de abril de 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. DM-2012-060

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que, los artículos 45 y 46 e inciso tercero del artículo 50 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, regulan la comisión de servicios en el exterior señalando que el aporte técnico y/o profesional de una o un servidor de carrera en beneficio de otra institución del Estado, diferente a la cual presta sus servicios se sustenta con los documentos hablitantes que respalden su concesión.

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-DM-12-0125 de 12 de Abril de 2012, la Msc Erika Sylva, Ministra de Cultura del Ecuador dispone a la Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes para la declaratoria de la comisión de servicios en el Exterior, la compra de pasajes aéreos y la asignación de viáticos del 16 al 19 de abril de 2012 a la Ciudad de Buenos Aires ? Argentina a favor de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial,, con el objeto de la inclusión de Ecuador en la Ronda de Negocios para la FIL Buenos Aires 2013 o 2014.

n

n

n

n Que, mediante Dictamen No. 016-MC-UATH-2012 de 13 de abril de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 16 al 19 de abril del 2012, a favor de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial, con el objeto de la inclusión de Ecuador en la Ronda de Negocios para la FIL Buenos Aires 2013 o 2014, reuniones que se realizarán en Buenos Aires ? Argentina.

n

n

n

n

n

n Que, el 13 de abril de 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la Solicitud de Viaje al Exterior No. 17288, a favor de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial, a fin de que mantenga reuniones con la Cámara Argentina del Libro, con el objeto de la inclusión de Ecuador en la Ronda de Negocios para la FIL Buenos Aires 2013 o 2014, reuniones que se realizarán en Buenos Aires ? Argentina, del 16 al 19 de abril del 2012.

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-UATH-12-0635 de 16 de abril de 2012, la Dirección de Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 16 al 19 de abril de 2012, de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial, de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante memorando MC-DM-12-0125 de 12 de abril de 2012, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del Reglamento General de aplicación.

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Anabel Castillo Bastidas, Directora de Emprendimientos y Fondo Editorial, a fin de que mantenga reuniones con la Cámara Argentina del Libro y otras organizaciones, con el objeto de la inclusión de Ecuador en la Ronda de Negocios para la FIL Buenos Aires 2013 o 2014, que se realizarán en Buenos Aires – Argentina del 16 al 19 de abril del 2012.

n

n

n

n Art. 2.- El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional financiará los gastos de boletos aéreos y la asignación de viáticos para cubrir gastos de alojamiento, alimentación y transporte.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 18 de abril de 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. DM-2012-080

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que, , los artículos 45 y 46 e inciso tercero del artículo 50 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, regulan la comisión de servicios en el exterior señalando que el aporte técnico y/o profesional de una o un servidor de carrera en beneficio de otra institución del Estado, diferente a la cual presta sus servicios se sustenta con los documentos hablitantes que respalden su concesión.

n

n

n

n Que, mediante Oficio s/n de 20 de marzo de 2012, la señora Mónica Guariglio, Directora Nacional de Política Cultural y Cooperación Internacional de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación Argentina y el señor Frederic Vacheron, Especialista del Programa de Cultura de la Oficina de Unesco de Montevideo, invita a la eñora Florence Baillon, Asesora Ministerial de Cooperación y Relaciones Internacionales del Ministerio de Cultura a participar del Coloquio ?A 10 años de la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: reflexiones acerca de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales? a realizarse en la ciudad de Buenos Aires el 18 y 19 de abril de 2012?

n

n

n

n Que, mediante nota marginada de 11 de abril de 2012, consta inserta la autorización de la señora Ministra de Cultura;

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-DM-12-0126 de 12 de abril de 2012, la señora Ministra de Cultura dispone a la Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites para la declaratoria en comisión de servicios en el exterior del 16 al 20 de abril de 2012, para la señora Florence Baillon, Asesora Ministerial quien asistirá en representación de esta Cartera de Estado al Coloquio ?A 10 años de la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: reflexiones acerca de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales? a realizarse en la ciudad de Buenos Aires el 18 y 19 de abril de 2012?

n

n

n

n Que, mediante Dictamen No. 015-MC-UATH-2012 de 13 de abril de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaración en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 16 al 20 de abril de 2012, de la señora Florence Delphine Baillon, Asesora de Relaciones Internacionales para que en representación de esta Cartera de Estado participe en el Coloquio ?A 10 años de la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: reflexiones acerca de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales? a realizarse el 18 y 19 de abril de 2012, en Buenos Aires-Argentina; los organizadores del evento financiaran los pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados;

n

n

n

n Que, el 16 de abril de 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la Solicitud de Viaje al Exterior No. 17294, a favor de la señora Florence Delphine Baillon, Asesora Ministerial, para que participe en el Coloquio ?A 10 años de la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: reflexiones acerca de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales? del 16 al 20 de abril de 2012 en Buenos Aires-Argentina.

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-UATH-12-0674 de 23 de abril de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 16 al 20 de abril de 2012, a favor de la señora Florence Delphine Baillon, Asesora Ministerial, de acuerdo con la disposición de la Ministra de Cultura emitida mediante Memorando No. MC-DM-12- 0126 de 12 de abril de 2012, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del Reglamento General de aplicación.

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la señora Florence Delphine Baillon, Asesora Ministerial, realizada del 16 al 20 de abril de 2012, quien participó en el Coloquio ?A 10 años de la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural: reflexiones acerca de la Convención sobre la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales? en la ciudad de Buenos Aires ? Argentina del 18 y 19 de abril de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- Los organizadores del evento financiaran los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 9 de mayo de 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. DM-2012-00081

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que, el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que, los artículos 45 y 46 e inciso tercero del artículo 50 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, regulan la comisión de servicios en el exterior señalando que el aporte técnico y/o profesional de una o un servidor de carrera en beneficio de otra institución del Estado, diferente a la cual presta sus servicios se sustenta con los documentos hablitantes que respalden su concesión.

n

n

n

n Que, mediante Oficio No. MRECI/DPCI/2012/0202 de 13 de marzo de 2012, el Lcdo. Luís Enrique Mueckay Arcos, Director de Promoción Cultural e Interculturalidad del Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio e Integración, comunica a la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Cultural del Ministerio de Cultura, la disposición de la Embajada del Ecuador en Colombia para facilitar y coordinar cualquier gestión a través de la Agregaduría Cultural, para la realización de la Feria Internacional del Libro Bogota 2012.

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-DRI-12-0172 de 12 de abril de 2012, la señorita Daniela Fuentes Moncada, Directora de Relaciones Internacionales y Cooperación Cultural solicita a la señora Erika Sylva Charvet Ministra de Cultura la aprobación del viaje a Colombia -Bogota para el Abogado Carlos Espinosa, a fin de que coordine las actividades del proyecto ?Feria Internacional del Libro en Bogota? a realizarse del 17 al 19 de abril de 2012 Mediante nota marginada de 16 de abril de 2012, consta inserta la autorización de la señora Ministra de Cultura;

n

n

n

n Que, mediante Oficio No. MC-DM-12-0484 de 16 de abril de 2012, la Ministra de Cultura solicita al señor Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública autorizar al Abogado Carlos Alberto Espinosa Salguero, funcionario de la Dirección de Relaciones Internacionales viaje a la ciudad de Bogota- Colombia, en representación de esta Cartera de Estado, en el inicio de la ?Feria Internacional del Libro en Bogota 2012?;

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-DM-12-0132 de 16 de abril de 2012, la señora Ministra de Cultura dispone a la Coordinación General Administrativa Financiera, realizar los trámites pertinentes para la declaratoria en comisión de servicios en el exterior, la compra de pasajes aéreos y la asignación de viáticos del 17 al 19 de abril de 2012 para el señor Carlos Alberto Espinosa Salguero, a fin de que coordine la participación del Ecuador durante la ?Feria Internacional del Libro en Bogota 2012?

n

n

n

n Que, mediante Dictamen No. MC-UATH-2012-017 de 16 de abril de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, emite dictamen favorable para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 17 al 19 de abril del 2012, del señor Carlos Alberto Espinosa Salguero, Analista de la Dirección de Relaciones Internacionales, a fin de que coordine la participación del Ecuador en la ?Feria Internacional del Libro en Bogota 2012? a realizarse en la ciudad de Bogota Colombia del 17 al 19 de abril de 2012

n

n

n

n Que, el 16 de abril de 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autoriza la Solicitud de viaje al Exterior No. 17346, a favor del señor Carlos Alberto Espinosa Salguero, a fin de que coordine las actividades de la ?Feria Internacional del Libro en Bogota 2012? a realizarse en la ciudad de Bogota- Colombia, del 17 al 19 de abril de 2012;

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MC-UATH-12-0675 de 23 de abril de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, solicita a la Coordinación General Jurídica elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 17 al 19 de abril de 2012, a favor del Abogado Carlos Alberto Espinosa Salguero, funcionario de la Dirección de Relaciones Internacionales, de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante memorando MC-DM-12-0132 de 16 de abril de 2012, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del Reglamento General de aplicación.

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor del Abogado Carlos Alberto Espinosa Salguero, funcionario de la Dirección de Relaciones Internacionales, del 17 al 19 de abril del 2012, quien coordinó la participación del Ecuador en la ?Feria Internacional del Libro en Bogota 2012? que se desarrollo en la ciudad de Bogota-Colombia.

n

n

n

n Art. 2.- El Ministerio de Cultura con recursos de su presupuesto institucional financiará los gastos de pasajes aéreos viáticos y otros gastos que legal y reglamentariamente correspondieren.

n

n

n

n Art. 3.- De la ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Art. 4.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 9 de mayo de 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. DM -2012-087

n

n

n

n Erika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 377 de la Constitución de la República del Ecuador determina que el Sistema Nacional de Cultura tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno de los derechos culturales;

n

n

n

n Que, el artículo 378 de la Constitución de la República dispone que el Estado ejercerá la rectoría del sistema a través del órgano competente, con respeto a la libertad de creación y expresión, a la interculturalidad y a la diversidad, y que será responsable de la gestión y promoción de la cultura, así como de la formulación e implementación de la política nacional en este campo;

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República dispone que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República establece que a más de las atribuciones establecidas en la ley, a las Ministras y Ministros de Estado, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, mediante Decreto N° 5 de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial N° 22 de 14 de febrero de 2007, el Presidente de la República declaró como política de Estado el desarrollo cultural del país y creó el Ministerio de Cultura, como organismo rector de este desarrollo.

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial N° DM-2012-004 de 23 de enero de 2012, publicado en Edición Especial del Registro Oficial N° 265 de 16 de marzo de 2012, se expidió y promulgó el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Cultura, a fin de cumplir y asumir con eficiencia y eficacia las competencias y atribuciones constitucionales y legales, con sujeción a las políticas nacionales y el nuevo marco institucional del Estado.

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial N° 094 de 7 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial N° 434 de 26 de abril del 2011, se dispone que dentro de las normas técnicas que haya expedido el ente rector de las finanzas públicas, en que se haga mención a la(s) unidad(es) ejecutora(s), entiéndase a estas como «Entidades Operativas Desconcentradas», las mismas que cumplirán las funciones establecidas en el numeral 1.1.2.3 de las Normas Técnicas de Presupuestos.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo N° 985 de 29 de diciembre de 2011, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012, el Econ. Rafael Correa, Presidente Constitucional de la República expide la Reorganización al Sistema Nacional de Cultura en cuyo Art. 2 dispone que corresponde al Ministerio de Cultura la rectoría del Sistema Nacional de Cultura; encarga el diseño definición e implementación de políticas y normas generales para el sector y la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos que tienen relación con el tema cultural.

n

n

n

n Que, la Tercera Disposición General del Decreto Ejecutivo N° 985, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012, faculta al Ministerio de Cultura emitir los acuerdos ministeriales necesarios para regular su implementación;

n

n

n

n Que, en virtud de la reorganización del Sistema Nacional de Cultura, las instituciones que fueron transformadas en Entidades Operativas Desconcentradas -EODs del Ministerio de Cultura requieren articular su misión y objetivos acorde a las normas de la Constitución de la República, el nuevo marco institucional del Estado y las políticas públicas culturales emitidas por el Ministerio de Cultura para una gestión institucional eficiente, eficaz y de calidad;

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- El Ministerio de Cultura en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 985, establecerá para el Archivo Nacional y sus seccionales, la Biblioteca Nacional, la Orquesta Sinfónica Nacional, la Orquesta Sinfónica de Guayaquil, la Orquesta Sinfónica de Cuenca y Conjunto Nacional de Danza, el diseño de los modelos de gestión, las estructuras orgánicas y las políticas de talento humano necesarias para efectuar la ordenada transformación de las Entidades Operativas Desconcentradas -EODs asumidas por esta Cartera de Estado.

n

n

n

n Art. 2.- Las Entidades Operativas Desconcentradas – EODs asumidas por el Ministerio de Cultura para la consecución de su misión, objetivos y cumplimiento de sus atribuciones, incorporarán a su accionar el direccionamiento estratégico institucional y los órganos administrativos necesarios para garantizar el servicio público eficiente sobre la base de la política pública emitida por esta Cartera de Estado.

n

n

n

n Art. 3.- La ejecución de planes, programas y proyectos culturales de las Entidades Operativas Desconcentradas – EODs que integran el Sistema Nacional de Cultura, se realizarán sobre la base de la política pública emitida por el Ministerio de Cultura a través de las Subsecretarías Técnicas de Memoria Social y de Artes y Creatividad.

n

n

n

n Art. 4.- La Subsecretaría Técnica de Memoria Social es la responsable del diseño, definición e implementación de políticas y normas generales de las áreas relacionadas con: Museos, Bibliotecas, Archivos y Procesos de la Memoria Social y Colectiva, además de:

n

n

n

n Organizar, dirigir, coordinar y aprobar los planes, programas y proyectos de las EODs: Archivo Nacional y Seccionales; y Biblioteca Nacional;

n

n

n

n Establecer los mecanismos de control y calidad para el correcto funcionamiento y acceso de los servicios que prestan los contenedores de memoria social, así como de la transparencia de la información;

n

n

n

n Coordinar las actividades de las EODs transferidas y su relación con otras instituciones públicas y privadas para apoyar el cumplimiento de sus objetivos institucionales;

n

n

n

n Dar seguimiento y evaluar la gestión de las EODs;

n

n

n

n Dirigir el sistema y red nacional de archivos y emitir la normativa y reglamentación para el registro de instituciones archivísticas, para la conservación preventiva de los archivos, la circulación de bienes culturales y la gestión de la información para la adecuada administración de los archivos y de las EODs transferidas;

n

n

n

n Presentar para la aprobación, el Programa de rehabilitación integral del Archivo Nacional y el Programa de conservación emergente de los archivos a nivel nacional, para su ejecución; y,

n

n

n

n Dirigir el Sistema y Red Nacional de Bibliotecas y presentar para la aprobación, el Programa de Rehabilitación integral de la Biblioteca Nacional Eugenio Espejo y los Planes de Conformación de Bibliotecas en redes y de Implementación del Sistema de Red para el SINABE, para su ejecución.

n

n

n

n Art. 5.- La Subsecretaría de Memoria Social a través de la Dirección de Procesos de la Memoria Social del Ministerio de Cultura asumirá las competencias de la Comisión Permanente de Conmemoraciones Cívicas, para cuyo efecto establecerá el plan y metas para el cumplimiento de su misión.

n

n

n

n Art. 6.- La Subsecretaría Técnica de Artes y Creatividad es la responsable del diseño, definición e implementación de políticas y normas generales de las áreas relacionadas con: Orquesta Sinfónica Nacional, Orquesta Sinfónica de Guayaquil, Orquesta Sinfónica de Cuenca y Conjunto de Danza, ahora Entidades Operativas Desconcentradas – EODs, además de:

n

n

n

n Organizar, dirigir, coordinar y aprobar los planes, programas y proyectos de las EODs: Orquesta Sinfónica Nacional, Orquesta Sinfónica de Guayaquil, Orquesta Sinfónica de Cuenca y Conjunto de Danza;

n

n

n

n Coordinar las actividades de las EODs transferidas y su relación con otras instituciones públicas y privadas para apoyar el cumplimiento de sus objetivos institucionales;

n

n

n

n Dar seguimiento y evaluar la gestión de las EODs;

n

n

n

n Diseñar e implementar sistemas de evaluación de los elencos adscritos al Ministerio de Cultura; e) Diseñar y establecer estándares de evaluación y de calidad para los elencos nacionales que pertenecen al Sistema Nacional de Cultura;

n

n

n

n Desarrollar e implementar el Sistema Nacional de las Músicas del Ecuador -SIME;

n

n

n

n Diseñar y presentar el Plan Nacional de Difusión de la Producción Musical en los ámbitos interno e internacional y establecer redes de gestores en las manifestaciones de artes y creatividad, con el objeto de articular la oferta cultural y coordinar actividades de gestión destinadas a mejorar la prestación de estos servicios públicos culturales; y,

n

n

n

n Diseñar y presentar el Plan Nacional de Difusión de la Producción en Danza en los ámbitos interno e internacional y establecerá redes de gestores en las manifestaciones de artes y creatividad, con objeto de articular la oferta cultural y coordinar actividades de gestión destinadas a mejorar la prestación de estos servicios públicos culturales.

n

n

n

n Art. 7.- El Ministerio de Cultura a través de las Subsecretarías Técnicas de Memoria Social, de Artes y Creatividad y Coordinación General Administrativa Financiera, en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo N° 985, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012, establecerán las estrategias para el diseño de los modelos de gestión, estructuras orgánicas y políticas de talento humano de las Entidades Operativas Desconcentradas -EODs que fueron transformadas a través de la Reorganización del Sistema Nacional de Cultura.

n

n

n

n Art. 8.- Los Directores de las EODs que por el Decreto Ejecutivo N° 985, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012, pertenecen al Ministerio de Cultura continuarán en sus cargos hasta nueva disposición.

n

n

n

n

n

n Art. 9.- El Viceministro de Cultura será responsable de dirigir y articular el cumplimiento del Decreto Ejecutivo N° 985, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012, acorde la misión y objetivos institucionales.

n

n

n

n Art. 10.- Es responsabilidad de la Coordinación General Administrativa Financiera las siguientes acciones:

n

n

n

n Dirección de Gestión Financiera será responsable de que los presupuestos, de las EODs cumplan las funciones establecidas en el numeral 1.1.2.3 de las Normas Técnicas de Presupuestos expedidas con Acuerdo Ministerial N° 447 de 29 de diciembre del 2007, publicado en el Registro Oficial N° 259 de 24 de enero del 2008.

n

n

n

n Dirección de Gestión Administrativa será responsable de los bienes muebles e inmuebles, equipamiento, mobiliario y demás activos de propiedad de las instituciones que se transformaron en EODs del Ministerio de Cultura en virtud del Decreto Ejecutivo N° 985, publicado en Registro Oficial N° 618 de 13 de enero de 2012.

n

n

n

n Art. 11.- Encárguese al Viceministerio de Cultura, la Subsecretaría Técnica de Memoria Social, de Artes y Creatividad y a la Coordinación General Administrativa Financiera, la implementación del presente Acuerdo Ministerial.

n

n

n

n Art. 12.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su expedición sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.-

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los once días del mes de mayo de 2012.

n

n

n

n f.) Erika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n No. 176-12

n

n

n

n Gloria Vidal Illingworth

n

n MINISTRA DE EDUCACIÓN

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República prescribe que «… las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión»;

n

n

n

n Que el artículo 227 de la Carta Magna, establece: «La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación»;

n

n

n

n Que el artículo 25 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 417 de 31 de marzo de 2011, establece que «La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la Republica. Está conformada por cuatro niveles de gestión, uno de carácter central y tres de gestión desconcentrada que son: zonal intercultural y bilingüe, distrital intercultural y bilingüe; y, circuitos educativos interculturales y bilingües»;

n

n

n

n Que el artículo 28 de la citada Ley prescribe: «El nivel zonal intercultural y bilingüe, a través de las coordinaciones zonales, de distritos educativos metropolitanos y del distrito educativo del régimen especial de Galápagos, define la planificación y coordina las acciones de los distritos educativos, y realiza el control de todos los servicios educativos de la zona de conformidad con las políticas definidas por el nivel central»;

n

n

n

n Que con Acuerdo Ministerial No. 020-12 de 25 de enero de 2012, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, en cuyo instrumento consta dentro de la estructura del nivel directivo las Subsecretarías de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil y las Coordinaciones Zonales de Educación; y,

n

n

n

n Que es deber de esta Cartera de Estado, garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país.

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1, de la Constitución de la República, 22, literales t) y u), de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y 17 y 55 del Estatuto del Régimen jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- DELEGAR a las Subsecretarías de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil, y a las Coordinaciones Zonales de Educación, a más de las atribuciones y obligaciones contempladas en la Ley Orgánica de Educación Intercultural y en el Acuerdo Ministerial No. 020-12 de 25 de enero de 2012; para que, en el ámbito de su jurisdicción, previo el cumplimiento de lo dispuesto en las leyes y normativas aplicables, y con sujeción a las políticas, directrices e instrucciones del nivel de gestión superior de esta Cartera de Estado, a nombre y en representación de la Autoridad Educativa Nacional, ejerzan y ejecuten la siguiente facultad:

n

n

n

n Suscribir nombramientos de docentes de los establecimientos educativos públicos de su jurisdicción que resultaren ganadores de los concursos de méritos y oposición, de acuerdo a la normativa establecida, hasta que las Direcciones Distritales asuman sus competencias.

n

n

n

n Art. 2.- Las Subsecretarías de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil, y las Coordinaciones Zonales, en todo acto o resolución que ejecuten o adopten en virtud de esta delegación, harán constar expresamente esta circunstancia; y, como delegadas, serán responsables administrativa, civil y penalmente por cualquier falta por acción u omisión en el ejercicio de la misma.

n

n

n

n Art. 3.- El presente Acuerdo Ministerial será puesto en conocimiento de los señores Contralor General del Estado, Procurador General del Estado y Secretario General de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado, en Quito, Distrito Metropolitano, a 26 de enero del 2012.

n

n

n

n f.) Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación.

n

n

n

n MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA.- CERTIFICO: Que esta copia es igual a su original.- f.) Jorge Placencia.- Fecha 13 de junio del 2012.

n

n

n

n

n

n No. 177-12

n

n

n

n Gloria Vidal Illingworth

n

n MINISTRA DE EDUCACIÓN

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, establece que a los ministros y ministras de Estado, además de las atribuciones determinadas en la ley, les corresponde «ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión»;

n

n

n

n Que el artículo 227 de este mismo ordenamiento, prescribe: «La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación»;

n

n

n

n Que la disposición transitoria vigésima de la Carta Suprema determina: «el ejecutivo creará una institución superior con el objetivo de fomentar el ejercicio de la docencia y de cargos directivos, administrativos y de apoyo en el sistema nacional de educación. La autoridad educativa nacional dirigirá esta institución en lo académico, administrativo y financiero»;

n

n

n

n Que el artículo 76 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural prescribe: «La Universidad Nacional de Educación, para su creación debe cumplir con los requisitos establecidos en la Constitución de la República y la Ley Orgánica de Educación Superior; está dirigida en lo académico, administrativo y financiero por la Autoridad Educativa Nacional en cumplimiento a lo establecido en la vigésima transitoria de la Constitución de la República. El objetivo de esta universidad es fomentar el ejercicio de la docencia, de cargos directivos y administrativos y de apoyo en el Sistema Nacional de Educación…»;

n

n

n

n Que por medio del Acuerdo Ministerial N° 020-12 de 25 de enero de 2012, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, acorde a la Ley Orgánica de Educación Intercultural;

n

n

n

n Que el artículo 19, de este Estatuto, establece las atribuciones y responsabilidades de la Subsecretaría de Desarrollo Profesional Educativo, entre las cuales consta la de ajustar lineamientos de formación, investigación, y vinculación con instituciones de educación superior; así como poner a consideración planes de formación continua y mejoramiento pedagógico y académico para profesionales de la educación; y,

n

n

n

n

n

n Que es deber de esta Secretaría de Estado garantizar la eficacia y eficiencia de las acciones técnicas, administrativas y pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país.

n

n

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1, de la Constitución de la República, 22, literales j), t) y u), de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Artículo 1.- DISPONER a la señora Subsecretaria de Desarrollo Profesional Educativo, para que a nombre y representación de la Autoridad Educativa Nacional, y previo cumplimiento de la normativa legal aplicable, ejecute todas las acciones necesarias para la creación de la Universidad Nacional de Educación.

n

n

n

n

n

n Artículo 2.- La Coordinación Zonal 6, previa autorización de la señora Subsecretaria de Desarrollo Profesional, podrá contratar a personal administrativo, docente y adquisición de bienes para la Universidad Nacional de Educación

n

n

n

n

n

n Disposición final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 26 de enero del 2012.

n

n

n

n

n

n f.) Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- COORDINACIÓN GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA.- CERTIFICO: Que esta copia es igual a su original.- f.) Jorge Placencia.- Fecha 13 de junio del 2012.

n

n

n

n No. 041

n

n

n

n Ing. Iván Patricio Sempértegui González

n

n MINISTRO DE TRANSPORTE Y

n

n OBRAS PÚBLICAS (E)

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, a través de Decreto Ejecutivo No. 1119 de 29 de marzo de 2012, el señor Presidente Constitucional de la República, motivado en la intensa estación invernal inusual presentada en el austro ecuatoriano, declara el Estado de Excepción, en la provincia del Azuay, con la finalidad de implementar medidas de prevención y enfrentar el impacto de la estación invernal que los afecta; y, dispone a los diferentes Entidades del Estado, la ejecución inmediata de las acciones que fueren indispensables para la atención de la emergencia y para mitigar los daños ocasionados en las zonas de las referidas provincias;

n

n

n

n Que, a través de Decreto Ejecutivo No. 1160 de 29 de abril de 2012, el señor Presidente Constitucional de la República, renovó el Estado de Excepción, en la provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, en la SECCIÓN II, CONTRATACIONES EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA de la Ley Organica del Sistema Nacional de Contratacion Publica, articulo 57, determina que ?Para atender las situaciones de emergencia (?) La entidad podrá contratar de manera directa, y bajo responsabilidad de la máxima autoridad, las obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se requieran de manera estricta para superar la situación de emergencia.(?)?;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 032 de 18 de mayo de 2012, se delegaron las competencias para contratación a las Subsecretarías Regionales y Direcciones Provinciales del MTOP, en las que se determinan que la contratación de servicios de consultoría debe ser realizada por los Subsecretarios Regionales; y las de obra por las Direcciones Provinciales;

n

n

n

n Que, el señor Subsecretario Regional No. 6 del MTOP, a través del Memorando No. MTOP-SUBREG6-2012-459- ME de 18 de mayo de 2012, solicita la autorización para contratar y realizar acciones emergentes para mantener la estabilidad y tratamiento de los Cerros Tubón y Burrococha;

n

n

n

n Que, las acciones requeridas por el Subsecretario Regional No. 6, son necesarias para mitigar los impactos de la naturaleza presente por la intensa estación invernal en la citada Provincia y evitar el colapso de la vía El Descanso Lumagpamba-Gualaceo, por lo que, se impone que el Estado ecuatoriano, en este caso, a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, debe actuar de manera inmediata ante estos hechos;

n

n

n

n Que, mediante Memorando No. MTOP-FINAN_AZU- 2012-116-ME de 22 de mayo de 2012, el Supervisor Financiero de la Dirección Provincial del Azuay certifica la existencia de fondos para la contratación de la estabilización de los cerros Cerros Tubón y Burrococha ubicados en la vía El Descanso Lumagpamba-Gualaceo;

n

n

n

n En uso de las facultades que le confieren el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la Republica del Ecuador, 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; y, Resolución No. INCOP 045-10 de 9 de