Administración
del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del
Ecuador

Viernes 18 de
Marzo de 2016 – R. O. No. 715

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración
Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1521 Legalícese y autorícese el viaje al
exterior de los siguientes funcionarios:

Guillaume Long, Ministro de Cultura y
Patrimonio

1522 Javier Ponce Cevallos, Ministro de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca

1523 Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente
General del Banco Central del Ecuador

1523-A Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro
deHidrocarburos

1524 Andrés David Arauz Galarza, Ministro
Coordinador de Conocimiento y Talento Humano

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

DM-2016-007 Exclúyese del inventario del
Patrimonio Cultural al inmueble de la antigua Estación Ferroviaria de Durán,
ubicado en la ciudad de Durán

DM-2016-008 Apruébese el estatuto y otórguese
personalidad jurídica a las siguientes organizaciones:

?Asociación Domaynense La Dolorosa?,
domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia de Guayas

DM-2016-013 ?Fundación DEVAS?, domiciliada en el cantón
Tena, provincia de Napo

DM-2016-014 ?Corporación Cultural NUMA?, domiciliada en el
cantón Quito, provincia de Pichincha

DM-2016-015 Declárese disuelta la Asociación
Caravana Artística ?Don Ru?

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos:

1128 Inscríbense los estatutos de las
siguientes entidades religiosas:

Misión Cristiana Evangélica Pentecostés
Reparador de Portillo, domiciliada en el cantón Yaguachi, provincia del Guayas

1129 Ministerio Internacional Casa de
Avivamiento, domiciliado en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

Acuerdos

1130 Diócesis Extraterritorial de Santa María
Virgen de la Iglesia Anglicana Tradicional de España (Diócesis de Canterbury),
domiciliada en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los
Tsáchilas

1131 Misión Evangélica Proclamando las Buenas
Nuevas de Cristo, domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

1132 Misión Evangélica Lugar de Bendición INC,
domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

1133 Ministerio Maranatha Ven Jesús Glorioso,
domiciliada en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas

1134 Ciudad Real Iglesia Cristiana,
domiciliada en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimo Fluvial:

Resoluciones

MTOP-SPTM-2016-0011-R Deléguense atribuciones
a la Ing. Sheyla María Dorigo Reyes, Analista de Tráfico Marítimo y Fluvial 2

MTOP-SPTM-2016-0013-R Nómbrese Gerente de
Autoridad Portuaria de Guayaquil al Ing. Jorge Xavier Vera Armijos

Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero:

299-ARCH-DAJ-2015 Deléguense funciones y
atribuciones a las siguientes personas:

Ing. Jorge Xavier Patiño Lojan, Director
Regional de Control de Hidrocarburos y Combustibles ? Loja

298 ARCH-DAJ-2016 Eco. Paúl Alan Merchán
Merchán, Director Regional de Control de Hidrocarburos y Combustibles?Norte

300-ARCH-DAJ-2016 Abogada Jenny Margarita
Quiroz Cañizares, Directora de Asesoría Jurídica

301-ARCH-DAJ-2016 Ing. Gisella Paola Muñoz
Hidalgo, Directora de Planificación y Gestión Estratégica

Banco Central del Ecuador:

BCE-015-2016 Expídense las normas para la
vigilancia y supervisión de los sistemas auxiliares de pagos

Dirección Nacional de Registro de Datos
Públicos:

028-DN-DINARDAP-2015 Refórmese el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

Superintendencia de Bancos:

Transparencia y Control Social

SB-2016-143 Expídese la Norma de control de
los servicios financieros ofertados por las entidades del sector financiero
público y privado, planes de recompensa y prestaciones para tarjetas de débito,
crédito o similares

CONTENIDO


No. 1521

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones,
órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando el ingreso de la
solicitud no es posible con la anticipación requerida, la entidad deberá
generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida justificación
de la emergencia o fuerza mayor;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50311, de 28 de enero de 2016,
Guillaume Long, Ministro de Cultura y Patrimonio solicitó a la Secretaría
Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a las ciudades Beijín y Hangzhou-China; Londres-Reino Unido,
desde el 05 hasta el 17 de diciembre de 2015, viaje en el que mantuvo reuniones
bilaterales para tratar de temas de cooperación de relevancia para el país en
el ámbito cultural, realizó las Conferencias sobre ?Camino de Desarrollo? y ?De
Hangzhou a Quito: mejores prácticas para el desarrollo urbano sostenible? y mantener
diálogos interactivos con autoridades culturales de Reino Unido para el
establecimiento de vínculos de cooperación internacional en la materia;

Que,
el 11 de febrero de 2016, Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano, avala el desplazamiento de Guillaume Long,
Ministro de Cultura y Patrimonio;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 11 de febrero de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-000551-O de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Guillaume Long, Ministro de Cultura
y Patrimonio, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 50311, viaje en el que mantuvo
reuniones bilaterales para tratar de temas de cooperación de relevancia para el
país en el ámbito cultural, realizó las Conferencias sobre ?Camino de
Desarrollo? y ?De Hangzhou a Quito: mejores prácticas para el desarrollo urbano
sostenible? y mantener diálogos interactivos con autoridades culturales de
Reino Unido para el establecimiento de vínculos de cooperación internacional en
la materia, en ciudades de Beijín y Hangzhou-China; Londres-Reino Unido, desde
el 05 hasta el 17 de diciembre de 2015.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, a excepción de los pasajes aéreos de
Beijing como su retorno a Quito que fueron cubiertos por el Partido Comunista
Chino, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Guillaume Long, Ministro de
Cultura y Patrimonio.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los trece (13) días del mes de febrero de 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
07 de marzo del 2016.

f.)
Dr. Freddy Ordóñez Bermeo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1522

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes
y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50413, de 05 de febrero de 2016,
Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca,
solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a las ciudades de Italia-Roma y Madrid-España, desde el 15 hasta
el 19 de febrero de 2016, con la finalidad de participar en el 39 Periodo de
Sesiones del Consejo de Gobernadores del Fondo Internacional de Desarrollo
Agrícola y a la reunión con Ministra Isabel García para tratar sobre el control
de pesca ilegal no declarada y no reglamentada;

Que,
el 12 de febrero de 2016, Santiago Efraín León Abad, Delegado del Ministro
Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, avala el desplazamiento
de Javier Ponce Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y
Pesca;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 12 de febrero de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Javier Ponce Cevallos, Ministro de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, ingresado a esta Secretaría de
Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número
50413, con la finalidad de participar en el 39 Periodo de Sesiones del Consejo
de Gobernadores del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola y en la reunión con
Ministra Isabel García para tratar sobre el control de pesca ilegal no
declarada y no reglamentada, desde el 15 hasta el 19 de febrero de 2016, en las
ciudades de Italia- Roma y Madrid-España.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos del Ministerio
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Javier Ponce Cevallos, Ministro
de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICION
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los trece (13) días
del mes de febrero de 2016.

f.)
Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO. Quito, 07 de marzo del 2016.

f.)
Dr. Freddy Ordóñez Bermeo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1523

Pedro
Enrique Solines

Chacón
SECRETARIO NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la
Secretaría Nacional de la Administración

Pública:
?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro
del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el (Registro
Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015) R. O. (3SP) enero 22 No. 422 de 2015,
el Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros de Estado y
Miembros del Gabinete Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50466 de 11 de febrero de 2016,
Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del Banco Central del Ecuador,
solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a la ciudad de Washington- Estados Unidos, desde el 16 hasta el
18 de febrero de 2016, con la finalidad de acompañar al Ministro Coordinador de
Política Económica, Patricio Rivera, a una reunión con varios organismos
multilaterales;

Que,
el 15 de febrero de 2016, Byron Cueva Altamirano, Delegado del Ministro de
Coordinación de la Política Económica, avala el desplazamiento de Diego Alfredo
Martínez Vinueza, Gerente General del Banco Central del Ecuador;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 15 de febrero de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-00055l-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Diego Alfredo Martínez Vinueza,
Gerente General del Banco Central del Ecuador, ingresado a esta Secretaría de Estado
a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 50466,
con la finalidad de acompañar al Ministro Coordinador de Política Económica,
Patricio Rivera, a una reunión con varios organismos multilaterales, desde el
16 hasta el 18 de febrero de 2016, en la ciudad de Washington- Estados Unidos.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos del Banco Central
del Ecuador, de conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema
de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Diego Alfredo Martínez Vinueza,
Gerente General del Banco Central del Ecuador.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los quince (15) días
del mes de febrero de 2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
07 de marzo del 2016.

f.)
Dr. Freddy Ordóñez Bermeo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1523-A

Ab.
Pedro Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la Ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50457 de 11 de febrero de 2016,
Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro de Hidrocarburos,
solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a la ciudad de Bogotá-Colombia, desde el 16 hasta el 17 de febrero
de 2016, con la finalidad de participar en la reunión con el Ministro de Minas
y Energía de Colombia;

Que,
el 13 de febrero de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los
Sectores Estratégicos, avala el desplazamiento de Carlos Pareja Yannuzzelli,
Ministro de Hidrocarburos;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 13 de febrero de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PRSNADP- 2013-000551-O, de 30 de julio
de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.-Autorizar el viaje al exterior de Carlos Pareja Yannuzzelli, Ministro
de Hidrocarburos, ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 50457, con la finalidad de
participar en la reunión con el Ministro de Minas y Energía de Colombia, en la
ciudad de Bogotá- Colombia, desde el 16 hasta el 17 de febrero de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos del Ministerio
de Hidrocarburos, de conformidad con la documentación ingresada a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Carlos Pareja Yannuzzelli,
Ministro de Hidrocarburos.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los quince (15) días
del mes de febrero de 2016.

f.)
Ab. Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
07 de marzo del 2016.

f.)
Dr. Freddy Ordóñez Bermeo, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría
Nacional de la Administración Pública.

No. 1524

Pedro
Enrique Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que,
de conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes
y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que,
conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el
Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración
Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID),
expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el
Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el Secretario Nacional de la
Administración Pública o su delegado, previo aval del Ministerio Coordinador
autorizará los viajes de los Ministros de Estado y Miembros del Gabinete
Ampliado;

Que,
mediante solicitud de viaje al exterior No. 50513, de 15 de febrero de 2016,
Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano, solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se autorice su
desplazamiento a las ciudades Cambridge, Londres, Roma y Santa Sede, desde el
21 hasta el 25 de febrero de 2016, con la finalidad de mantener reuniones de
trabajo con autoridades de Cambridge y realizar una ponencia sobre política
industrial y del conocimiento en Ecuador en la misma Universidad de Cambridge,
asistir a reuniones con Jeremy Corbyn, Líder del Partido Laborista para tratar
el tema el rol de la propiedad intelectual en los Tratados Bilaterales de
Inversión y con Fran Boalt, Directora Ejecutiva de Positive Money, visitar la
Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO); y,
se reunirse con Monseñor Sánchez Sorondo a fin de dar seguimiento a los
acuerdos llegados durante la Conferencia Internacional de Desarrollo
Sostenible;

Que,
la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 16 de febrero de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a su análisis en el
marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013-


00055l-O,
de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En
ejercicio de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Andrés David Arauz Galarza,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, ingresado a esta Secretaría
de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con
número 50513, con la finalidad de mantener reuniones de trabajo con autoridades
de Cambridge y realizar una ponencia sobre política industrial y del
conocimiento en Ecuador en la misma Universidad de Cambridge, asistir a
reuniones con Jeremy Corbyn, Líder del Partido Laborista para tratar el tema el
rol de la propiedad intelectual en los Tratados Bilaterales de Inversión y con
Fran Boalt, Directora Ejecutiva de Positive Money, visitar la Organización de
las Naciones Unidas para la Alimentación y Agricultura (FAO); y, reunirse con Monseñor
Sánchez Sorondo a fin de dar seguimiento a los acuerdos llegados durante la
Conferencia Internacional de Desarrollo Sostenible, desde el 21 hasta el 25 de
febrero de 2016, en las ciudades Cambridge, Londres, Roma y Santa Sede.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede serán cubiertos con recursos del Ministerio
de Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.-
Notificar el contenido del presente Acuerdo a Andrés David Arauz Galarza, Ministro
Coordinador de Conocimiento y Talento Humano.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y
firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública, a los diecisiete (17)
días del mes de febrero de 2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel
copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito,
07 de marzo del 2016.

f.)
Dr. Freddy Ordóñez Bermeo, Coordinador General de

Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración Pública.

No. DM-2016-
007

Guillaume
Long

MINISTRO
DE CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que,
la Constitución de la República, en su artículo 3 numeral 7, dispone ?Son
deberes primordiales del Estado: (?)7. Proteger el patrimonio natural y
cultural del país.?;

Que,
el artículo 154 numeral 1 señala ?A las ministras y ministros de Estado, además
de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría
de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión.?;

Que,
el artículo 379 numeral 2 de la Constitución establece ?Son parte del
patrimonio cultural tangible e intangible relevante para la memoria e identidad
de las personas y colectivos, y objeto de salvaguarda del Estado, entre otros:
(?)2. Las edificaciones, espacios y conjuntos urbanos, monumentos, sitios
naturales, caminos, jardines y paisajes que constituyan referentes de identidad
para los pueblos o que tengan valor histórico, artístico, arqueológico,
etnográfico o paleontológico.?;

Que,
el artículo 380 numeral 1 ibídem prescribe ?Serán responsabilidades del Estado:
1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección,
defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio
cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística
y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y
manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y
multiétnica del Ecuador.?;

Que,
el artículo 38 de la Ley de Patrimonio Cultural señala ?Podrá declararse que un
objeto ha perdido su carácter de bien perteneciente al Patrimonio Cultural
cuando los deterioros hayan eliminado totalmente su interés como tal, sin que
sea factible su restauración.?;

Que,
el literal m) del artículo 5 del Reglamento General a la Ley de Patrimonio
Cultural, indica ?El Director Nacional del Instituto Nacional de Patrimonio
Cultural es su representante legal y será funcionario de libre nombramiento y
remoción por parte del Directorio del Instituto Nacional de Patrimonio
Cultural. Sus deberes y atribuciones son: (?) m) Pedir al Ministro de Educación
y Cultura que declare que un objeto ha perdido un carácter de bien
perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación, previo el informe de los
Departamentos Nacionales correspondientes?;

Que,
el artículo 13 del Reglamento a la Ley de Patrimonio Cultural señala: ?El
Director del Instituto, previo el informe técnico del Departamento Nacional
correspondiente, podrá solicitar al Ministro de Educación y Cultura que expida el
Acuerdo correspondiente declarando que un bien ha perdido su carácter de bien perteneciente al Patrimonio Cultural
de la Nación, cuando el deterioro del mismo haya eliminado totalmente su
interés como tal sin que sea factible su restauración. Quien solicite tal
declaratoria deberá demostrar ante el Instituto, mediante documentación e información
gráfica detallada, que el bien ha perdido sus atributos.?;

Que,
el Ministerio de Cultura fue creado mediante Decreto Ejecutivo 5, de 15 de
enero de 2007, publicado en el Registro Oficial 22 de 14 de febrero del mismo
año, hoy denominado Ministerio de Cultura y Patrimonio, de conformidad con el artículo
5 del Decreto Ejecutivo 1507, de 08 de mayo de 2013, cuya misión radica en
fortalecer la identidad nacional y la interculturalidad; proteger y promover la
diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística
y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios
culturales; y salvaguarda de la memoria social y el patrimonio cultural,
garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales;

Que,
el artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 2757, de 07 de junio de 1990,
suscrito por el señor Alfredo Vera, Ministro de Educación y Cultura, indica ?Declarar
como bien perteneciente al Patrimonio Cultural de la Nación al edificio de la
Estación del Ferrocarril del Sur ubicado en la ciudad de Eloy Alfaro (Durán).?;

Que,
mediante Acuerdo No. 029, de 01 de abril de 2008, suscrito por el señor
Ministro de Cultura, se declaró ?como bien perteneciente al Patrimonio Cultural
del Estado, a la Red Ferroviaria del Ecuador Monumento Civil y Patrimonio Histórico
Testimonial Simbólico compuesta por terminales, estaciones, túneles, puentes y
sedes de alojamiento de los técnicos extranjeros que intervinieron en la
construcción del trazado de la línea férrea.?;

Que,
la antigua estación del tren de la ciudad de Durán, fue sustituida por otra
edificación de diferentes características y sin valor patrimonial;

Que,
mediante Memorando No. 0304-PM-2015-INPC-R5, de 18 de agosto de 2015, suscrito
por la arquitecta Heidi Valeria Anchundia Madinya, Catalogadora de Bienes Inmuebles
Regional, indica ?Se coordina una visita técnica con delegados de la FEEP para
el día 17 de agosto de 2015 en la que se constata que el inmueble declarado en el
año 1990 ya no existe, y que el actual es una edificación nueva, de la cual se
elaboró el correspondiente informe de inspección en el cual se recomienda
solicitar la exclusión del inmueble del acuerdo ministerial y dar de baja la
correspondiente ficha.?;

Que,
mediante Oficio No. 1061-DE-2015-INPC, suscrito por la magíster Lucia Fernanda
Chiriboga Vega, Directora Ejecutiva del Instituto Nacional de Patrimonio
Cultural, solicita al señor Ministro de Cultura y Patrimonio ??emita el Acuerdo
Ministerial para la exclusión del inventario de Patrimonio Cultural del
inmueble ubicado en las calle Quito y Cuenca, del cantón Eloy Alfaro Durán,
provincia del Guayas, inventariado con código N° 4-G-1-90-106, propiedad de la
Empresa Pública de Ferrocarriles FEEP; así
como también, se excluya de la declaratoria del 01 de abril de 2008, la nueva
edificación que reemplazó a la original la cual no posee valor patrimonial??;

Que,
mediante Memorando No. MCYP-SPAT-15-0723-M, suscrito por la licenciada Paulina
de las Mercedes Moreno Peralta, Subsecretaria de Patrimonio Subrogante del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, adjunta el Informe de Viabilidad del
Expediente ?ESTACIÓN DE FERROCARRIL DEL SUR, CIUDAD ELOY ALFARO, CANTÓN DURÁN,
PROVINCIA DE GUAYAS?, mismo que dentro de la conclusión y recomendación final
señala ?Una vez realizada la revisión de los documentos e informes técnicos
habilitantes, y en base a la norma legal vigente, se concluye que el expediente
cumple con los requisitos para el proceso de declaratoria de que el inmueble
inventariado con el código 4-G-1-90-106, ha perdido su carácter de bien perteneciente
al Patrimonio Cultural sin que sea factible su restauración, por lo cual se
recomienda dar continuidad al trámite pertinente.?

En
ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador; el artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; artículo 13 del
Reglamento General a la Ley de Patrimonio Cultural; y, el Decreto Ejecutivo No.
648 de 25 de marzo de 2015, en calidad de Ministro de Cultura y Patrimonio,

Acuerda:

Artículo
1.- Excluir del inventario del Patrimonio Cultural al inmueble de la antigua
estación Ferroviaria de Durán, ubicado en la ciudad de Durán, entre las calles
Cuenca, Quito, Manabí y Loja, con código de inventario de Bienes Inmuebles
4-G-1-90-106, Registro 106, Archivo 0001, por cuanto el inmueble ha sido
derrocado en la década de los años 90.

Artículo
2.- Excluir de la Declaratoria de toda la Red Ferroviaria del Ecuador, al
inmueble de hormigón y mampostería de bloque, construido como anexo en el predio
de la antigua estación, ubicado entre las calles Manabí y Loja, en la ciudad de
Durán, por cuanto no posee valor patrimonial.

Comuníquese
y publíquese.

Dado
en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a 11 de febrero de 2016.

f.)
Guillaume Long, Ministro de Cultura y Patrimonio.

MINISTERIO
DE CULTURA Y PATRIMONIO.- En calidad de Responsable de Documentación y Archivo del
Ministerio de Cultura y Patrimonio, doy fe de que es FIEL COPIA de la COMPULSA
de la COPIA que me fue presentada.- f.) Abdón Carrillo, Responsable de Documentación
y Archivo.


No.
DM-2016- 008

Guillaume
Long

MINISTRO
DE CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que,
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador,
dispone que las Ministras y Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas
en la Ley, les corresponde:?Ejercer la rectoría de las políticas públicas del
área a su cargo y expedir los acuerdos y sus resoluciones administrativas que
requieren su gestión (?)?;

Que,
artículo 227 ibídem establece que: ?La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, calidad,
jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación,
planificación, transparencia y evaluación?;

Que,
el artículo 66 numeral 13 de la Carta Magna, consagra el derecho a asociarse,
reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria;

Que,
el artículo 96 de la norma señalada y el artículo 30 de la Ley Orgánica de
Participación Ciudadana, reconocen todas las formas de organización de la
sociedad, como expresión de la soberanía popular para desarrollar procesos de
autodeterminación e incidir en las decisiones y políticas públicas y en el
control social de todos los niveles de gobierno, así como de las entidades
públicas y de las privadas que presten servicios públicos; organizaciones que
podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y
sus formas de expresión, deberán garantizar la democracia interna, la
alternabilidad de sus dirigentes y la rendición de cuentas;

Que,
el Título XXX del Código Civil concede a las personas naturales y jurídicas el
derecho de constituir corporaciones y fundaciones, así como reconoce la
facultad de la autoridad que le otorgó personalidad jurídica para disolverlas a
pesar de la voluntad de sus miembros;

Que,
los artículos 31 y 32 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana prescriben
que el Estado garantiza el derecho a la libre asociación, así como a sus formas
de expresión; y genera mecanismos que promuevan la capacidad de organización,
el fortalecimiento de las organizaciones existentes; y, que debe promover,
desarrollar políticas, programas y proyectos que se realicen con el apoyo de las
organizaciones sociales, incluidos aquellos dirigidos a incentivar la
producción y a favorecer la redistribución de los medios de producción;

Que,
el artículo 36 de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, señala ?las
organizaciones sociales que desearen tener personalidad jurídica deberán
tramitarla en las diferentes instancias públicas que correspondan a su ámbito
de acción, y actualizarán sus datos conforme a sus estatutos. El registro de
las organizaciones sociales se hará bajo el respeto a los principios de libre asociación
y autodeterminación?;

Que,
el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, faculta a los ministros de Estado para el despacho de todos los
asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en leyes
especiales;

Que,
mediante Decreto Ejecutivo No. 739, de 03 de agosto de 2015, se expide la
Codificación al Reglamento para el Funcionamiento del Sistema Unificado de
Información de las Organizaciones Sociales y Ciudadanas, publicado en el
Registro Oficial No. 570, de 21 de agosto de 2015, con el que se homologan los
requisitos para el otorgamiento de personalidad jurídica de las organizaciones
sociales y ciudadanas, por parte de las instituciones del Estado competentes;