n REGISTRO OFICIAL

n

n AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

n

n MiĆ©rcoles, 14 de Diciembre de 2011 – R. O. No. 596

n

n

n

n

n n

n

n

n Asamblea Nacional-El Pleno

n

n

n

n ReconĆ³cese al guerrero Jumandi, HĆ©roe Nacional y SĆ­mbolo de la Resistencia Anticolonial

n

n

n

n Ministerio de Cultura:

n

n

n

n 211-A-2011DesĆ­gnase en base a su probidad tĆ©cnica, experiencia y conocimiento, como integrantes del jurado para la convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie ?La Hoguera BĆ”rbara?; a varios profesionales

n

n

n

n Ministerio de Industrias y Productividad:

n

n

n

n 11 445AcĆ©ptase la renuncia del seƱor Director General del INEN y nĆ³mbrase a la doctora Cecilia Patricia LeĆ³n Vega, Directora General del Instituto Ecuatoriano de NormalizaciĆ³n, INEN

n

n

n

n Ministerio de Recursos Naturales No Renovables:

n

n

n

n 314EncƔrgase el Despacho Ministerial de este Ministerio, al ingeniero Carlos Eugenio Pareja Yannuzzelli, Viceministro de Hidrocarburos

n

n

n

n

n

n 315EncƔrgase el Despacho Ministerial de este Ministerio, al ingeniero Carlos Eugenio Pareja Yannuzzelli, Viceministro de Hidrocarburos

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 522RatifĆ­case la aprobaciĆ³n del Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia de Azuay y otĆ³rgase la licencia ambiental para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto

n

n

n

n

n

n 525ApruĆ©base el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto ?Planta de Reciclaje PET ENKADOR? de la Empresa ENKADOR S. A., ubicada en el cantĆ³n RumiƱahui, provincia de Pichincha y otĆ³rgase la licencia ambiental para la ejecuciĆ³n de dicho proyecto

n

n

n

n Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de da Calidad del Agro – AGROCALIDAD:

n

n

n

n 0191ModifĆ­case la ResoluciĆ³n NĀŗ 171 de 6 de octubre del 2011

n

n

n

n SecretarĆ­a Nacional del Agua:

n

n

n

n 2011-368RefĆ³rmase el Plan Anual de Contrataciones PĆŗblicas para el aƱo 2011

n

n

n

n

n

n 2011-370DeclĆ”rase de utilidad pĆŗblica y de interĆ©s social a favor de esta SecretarĆ­a, el lote de terreno, de propiedad del seƱor Manuel Tarquino Pita Zambrano, que se encuentra dentro del Ć”rea de inundaciĆ³n del embalse del Proyecto de PropĆ³sito MĆŗltiple ?Jaime RoldĆ³s Aguilera? embalse Daule-Peripa, ubicado en el sector Conguillo, parroquia Barraganete, cantĆ³n Pichincha, provincia de ManabĆ­

n

n

n

n Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

n

n

n

n DDQ-DJJQ-RE-1112DƩjanse sin efecto varias resoluciones y delƩganse funciones y atribuciones administrativas y operativas a varios funcionarios de esta Secretarƭa de Estado

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n RLS-SRERDFI11-00002DelĆ©ganse atribuciones a la ingeniera Cynthia Michelle Montes Tacuri, servidora de la DirecciĆ³n Regional Litoral Sur

n

n

n

n

n

n RLS-DRERCGC11-00006DelĆ©ganse facultades a los seƱores Billy Gonzalo CucalĆ³n Gaibor y Marcel Gabriel GonzĆ”lez Mastarreno, funcionarios del Departamento de Reclamos Administrativos de la DirecciĆ³n Regional Litoral Sur

n

n

n

n Superintendencia de CompaƱƭas Y Ministerio de Relaciones Laborales:

n

n

n

n SC/MRL-11-011/00496DispĆ³nese que todas las compaƱƭas que estĆ”n operando dentro de las actividades de juego de azar, se enmarquen en lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 873 de 9 de septiembre del 2011

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n CantĆ³n Guayaquil: Que expide la reglamentaciĆ³n para la recuperaciĆ³n de las inversiones realizadas por regeneraciĆ³n urbana en determinados sectores de la ciudad en el aƱo 2010

n

n

n

n

n

n Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal del CantĆ³n Chilla: Para la organizaciĆ³n, administraciĆ³n y funciona-miento del Registro de la Propiedad

n

n

n

n Ordenanza Provincial:

n

n

n

n Gobierno Provincial de Tungurahua: Codificada de creaciĆ³n de la CĆ”mara de RepresentaciĆ³n y del Sistema de ParticipaciĆ³n Ciudadana Provincial

n

n

n

n

n

n REPƚBLICA DEL ECUADOR

n

n

n

n ASAMBLEA NACIONAL

n

n

n

n EL PLENO

n

n

n

n CONSIDERANDO:

n

n

n

n Que, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en el artĆ­culo 1, establece que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrĆ”tico, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico;

n

n

n

n Que, la Carta Magna, en el artĆ­culo 3, establece que es deber del Estado proteger el patrimonio natural y cultural del paĆ­s;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 10 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica establece que las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozarĆ”n de los derechos garantizados en la ConstituciĆ³n;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 380 de la ConstituciĆ³n establece como responsabilidad del Estado velar por la identificaciĆ³n, protecciĆ³n, difusiĆ³n de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiĆ©tnica del Ecuador;

n

n

n

n Que, la naciĆ³n Quixo, que habitĆ³ originariamente el territorio de la actual provincia de Napo y del cantĆ³n Loreto de la provincia de Orellana, estĆ” caracterizada por el prestigio shamĆ”nico de sus Pendes, su vocaciĆ³n para el comercio, la sagacidad de sus lĆ­deres y el espĆ­ritu libertario de su pueblo, cualidades que le permitieron desde hace miles de aƱos, expandir su influencia cultural hacia los territorios de sierra y costa;

n

n

n

n Que, el 29 de noviembre de 1578, el Pueblo Quixo liderado por Jumandi, quien luego de la destrucciĆ³n de Ɓvila y Archidona, fue nombrado como Gran Cacique de Guerra, protagonizĆ³ un levantamiento histĆ³rico contra la opresiĆ³n polĆ­tica y la explotaciĆ³n econĆ³mica que ejercĆ­a la Corona espaƱola, conocida como la primera revoluciĆ³n indĆ­gena de AmĆ©rica que impidiĆ³ por muchos aƱos la inserciĆ³n espaƱola en territorios amazĆ³nicos;

n

n

n

n Que, la ejecuciĆ³n del Gran Cacique de Guerra Jumandi, dispuesta por la Real Audiencia de Quito en 1578 y ejecutada en la plaza de San Blas con fines de aleccionamiento, constituyĆ³ un heraldo de libertad que inspirĆ³ a otros levantamientos como el de los pueblos Oyaricos y Shuar en el actual territorio de la provincia de Morona Santiago en 1599, liderado por el Cacique Quimba, que contribuyeron a sentar las bases que culminarĆ­a posteriormente con la Independencia; y,

n

n

n

n En uso de sus atribuciones y facultades constitucionales y legales,

n

n

n

n

n

n RESUELVE:

n

n

n

n ArtĆ­culo 1.- Reconocer al guerrero Jumandi, HĆ©roe Nacional y SĆ­mbolo de la Resistencia Anticolonial y difundir en la memoria colectiva el nombre de Jumandi y la calidad otorgada por su pueblo de Gran LĆ­der Guerrero, reconociendo la relevante presencia histĆ³rica y participaciĆ³n del Pueblo Quijo en la lucha por la Independencia del Ecuador.

n

n

n

n ArtĆ­culo 2.- Recomendar al Ministerio de Cultura y a las instituciones que integran el Sistema Nacional de Cultura, se realicen las gestiones necesarias para potenciar el patrimonio cultural tangible e intangible, asĆ­ como la memoria social del Pueblo Quijo como un referente de la resistencia amazĆ³nica ecuatoriana.

n

n

n

n Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veintinueve dĆ­as del mes de noviembre de dos mil once.

n

n

n

n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.

n

n

n

n f.) Dr. AndrƩs Segovia S., Secretario General.

n

n

n

n

n

n CERTIFICO que es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Asamblea Nacional.

n

n

n

n Quito, 29 de noviembre de 2011.

n

n

n

n f.) Dr. AndrƩs Segovia S., Secretario General.

n

n

n

n NĀ° 211 A-2011

n

n

n

n Ɖrika Sylva Charvet

n

n MINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 22 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, garantiza a las personas, el derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno y sostenido de las actividades culturales y artĆ­sticas, y a beneficiarse de la protecciĆ³n de los derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones cientĆ­ficas, literarias o artĆ­sticas de su autorĆ­a;

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 380 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, establece las responsabilidades del Estado respecto a la cultura, como parte del rĆ©gimen del buen vivir;

n

n

n

n Que, el literal g) del artĆ­culo 1 de la Ley de Cultura, contempla como uno de sus objetivos, el reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de las personas y entidades privadas;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura, es el organismo rector y responsable de la formulaciĆ³n y ejecuciĆ³n de la polĆ­tica de desarrollo cultural del paĆ­s, dentro del mayor respeto a la libertad de los ciudadanos y de sus organizaciones privadas; y, por mandato de ley, es la mĆ”xima autoridad del Ć”rea cultural;

n

n

n

n Que, con fecha 26 de julio del 2011, la DirecciĆ³n de GestiĆ³n Financiera emite la certificaciĆ³n de disponibilidad presupuestaria NĀ° 722 por la cantidad de ciento setenta y nueve mil ciento dos 00/100 dĆ³lares de los Estados Unidos de AmĆ©rica (USD 179.102,00), con cargo a la partida presupuestaria nĆŗmero 730205 denominada ?EspectĆ”culos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial NĀ° 162-2011 de 19 de agosto del 2011, expide las Bases TĆ©cnicas para la Convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie Ā«La Hoguera BĆ”rbaraĀ», la cual tiene por objeto auspiciar la realizaciĆ³n de una teleserie sobre la vida y obra de Eloy Alfaro y su vigencia actual con la finalidad de apoyar la creaciĆ³n artĆ­stica en este gĆ©nero, contribuir al mayor conocimiento y difusiĆ³n de la figura de Eloy Alfaro y su importancia en la historia del paĆ­s y fortalecer, de esta manera, la consolidaciĆ³n de referentes simbĆ³licos nacionales;

n

n

n

n Que, el numeral 2.11. del artĆ­culo primero de las Bases TĆ©cnicas para la Convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie ?La Hoguera BĆ”rbara?, establece: ?El jurado estarĆ” conformado por cinco integrantes nombrados por el(la) Ministro(a) de Cultura: Un delegado(a) del Consejo Nacional de CinematografĆ­a. Un delegado(a) de TelevisiĆ³n y Radio de Ecuador E.P. RTVECUADOR. Un productor(a) de audiovisuales de nacionalidad extranjera. Un representante de una cadena de televisiĆ³n latinoamericana. Un historiador(a) de nacionalidad ecuatoriana.?;

n

n

n

n Que, mediante memorando NĀ° 1002-MC-SUBTEC-11 de 17 de octubre del 2011, la magĆ­ster Teresa de Monserrat VĆ”squez Baquero, Subsecretaria TĆ©cnica, pone en consideraciĆ³n de la magĆ­ster Ɖrika Sylva Charvet, Ministra de Cultura, la nĆ³mina de personas que integrarĆ”n el jurado dentro de la convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie ?La Hoguera BĆ”rbara?. Mediante nota marginada de 17 de octubre del 2011, la Ministra de Cultura, aprueba la nĆ³mina de cinco (5) personas que integrarĆ”n el jurado dentro de la convocatoria en menciĆ³n; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, en concordancia con el artĆ­culo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- El Ministerio de Cultura ha decidido designar en base a su probidad tĆ©cnica, experiencia y conocimiento, como integrantes del jurado para la convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie ?La Hoguera BĆ”rbara?; a los siguientes profesionales:

n

n

n n

n

n n

n

n n

n Nombres y apellidos

n n

n Nacionalidad

n

n

n n

n NĀ° de cĆ©dula

n n

n RepresentaciĆ³n

n n

n MarĆ­a Teresa Galarza Neira

n n

n Ecuatoriana

n n

n 1715230122

n n

n Delegada del Consejo Nacional de CinematografĆ­a

n n

n Jorge Enrique Guerrero Guerra

n n

n Ecuatoriana

n n

n 0910334242

n n

n Delegado de TelevisiĆ³n y Radio de Ecuador E.P. RTVECUADOR

n n

n Lisandra Rivera RamĆ­rez

n n

n Estadounidense

n n

n 1719406553

n n

n Productora de audiovisuales de nacionalidad extranjera

n n

n Cristian Javier Salas Mosquera

n n

n Ecuatoriana

n n

n 1707352619

n n

n Representante de una cadena de televisiĆ³n latinoamericana

n n

n Jorge Washington NĆŗƱez SĆ”nchez

n n

n Ecuatoriana

n n

n 0200112415

n n

n Historiador de nacionalidad ecuatoriana

n n

n

n n

n

n n

n

n

n Art. 2.- Una vez admitidos los proyectos que cumplen los requisitos, el Ministerio de Cultura remitirĆ” una copia del contenido del Sobre 2 de las postulaciones admitidas al jurado mencionado en el artĆ­culo precedente, el cual serĆ” el encargado de la preselecciĆ³n.

n

n

n

n Los miembros del jurado, en su lugar de residencia, recibirĆ”n una copia del documento ?Protocolo del Jurado?, proporcionado por el Ministerio de Cultura para facilitar el proceso de evaluaciĆ³n, calificaciĆ³n y preselecciĆ³n de las propuestas. Luego de evaluar las postulaciones, los miembros del jurado emitirĆ”n su criterio respecto a las postulaciones que pasan a la etapa de selecciĆ³n, para lo cual dispondrĆ”n de un plazo de quince (15) dĆ­as despuĆ©s de haber recibido las postulaciones.

n

n

n

n Con el resultado de la preselecciĆ³n del jurado, el Ministerio de Cultura, a travĆ©s de la SubsecretarĆ­a TĆ©cnica, procederĆ” a identificar aquellos proyectos que al recibir al menos tres votos favorables, del total de los cinco votos de los jurados, pasarĆ”n a la etapa definitiva de selecciĆ³n. Estos(as) postulantes serĆ”n notificados debidamente.

n

n

n

n El jurado se reunirƔ en la ciudad de Quito durante cinco (5) dƭas para definir el proyecto ganador de acuerdo a los procedimientos establecidos en el ?Protocolo del Jurado?. En esta etapa, entrevistarƔn a los(as) postulantes para definir el resultado.

n

n

n

n El Ministerio de Cultura brindarĆ” el apoyo institucional necesario para el trabajo del jurado.

n

n

n

n El jurado emitirĆ” un acta de veredicto definitivo, que incluirĆ” los datos generales de la postulaciĆ³n, una tabla que contenga los puntajes alcanzados de mayor a menor, estableciendo los tres primeros puntajes e indicando la postulaciĆ³n seleccionada como ganadora. Por la naturaleza de la convocatoria, sĆ³lo una postulaciĆ³n serĆ” seleccionada. Los proyectos presentados serĆ”n analizados en funciĆ³n de los siguientes criterios:

n

n

n

n Calidad artĆ­stica de la propuesta.

n

n

n

n Calidad tƩcnica de la propuesta.

n

n

n

n Destreza en el uso y manejo de lenguajes audiovisuales contemporƔneos.

n

n

n

n Creatividad de la propuesta.

n

n

n

n Claridad del argumento.

n

n

n

n AdecuaciĆ³n de la propuesta al pĆŗblico objetivo (jĆ³venes).

n

n

n

n Rigurosidad histĆ³rica de los contenidos.

n

n

n

n Viabilidad financiera de la propuesta frente al presupuesto disponible.

n

n

n

n Trayectoria (trabajos previos, calidad de los productos, hoja de vida) del Productor y Director.

n

n

n

n Aporte a la difusiĆ³n y conocimiento de la figura de Eloy Alfaro y su importancia en la historia del paĆ­s.

n

n

n

n Art. 3.- La productora de audiovisuales de nacionalidad extranjera, el representante de una cadena de televisiĆ³n latinoamericana y el historiador de nacionalidad ecuatoriana, mencionados en el artĆ­culo 1 del presente instrumento legal; en calidad de miembros del jurado para la convocatoria al concurso para la producciĆ³n de la teleserie Ā«La Hoguera BĆ”rbaraĀ», contra factura, a cambio de sus servicios profesionales y una vez entregado el veredicto final al Ministerio de Cultura; percibirĆ”n la cantidad de mil quinientos 00/100 dĆ³lares de los Estados Unidos de AmĆ©rica (USD 1.500,00) mĆ”s IVA. El Ministerio de Cultura actuarĆ” como agente de retenciĆ³n, de conformidad a la ley.

n

n

n

n Art. 4.- De la ejecuciĆ³n del presente acuerdo, encĆ”rguese a los(as) titulares de la SubsecretarĆ­a TĆ©cnica y DirecciĆ³n de PromociĆ³n y DifusiĆ³n de la Creatividad.

n

n

n

n Art. 5.- El presente acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su expediciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 17 de octubre del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Ɖrika Sylva Charvet, Ministra de Cultura.

n

n

n

n NĀŗ 11 445

n

n

n

n LA MINISTRA DE INDUSTRIAS Y

n

n PRODUCTIVIDAD

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el seƱor Director General del INEN, ingeniero Luis Bolƭvar Aguilera Tapia, ha presentado la renuncia a su cargo;

n

n

n

n Que de conformidad a lo establecido en el artĆ­culo 17, literal k) de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, determina como deberes y atribuciones del Ministerio de Industrias y Productividad el nombrar y remover al Director General del INEN; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artĆ­culo 18 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ArtĆ­culo 1.- Aceptar la renuncia del seƱor Director General del INEN, mencionada en el primer considerando del presente acuerdo ministerial, y agradecerle por los valiosos servicios prestados en el Instituto Ecuatoriano de NormalizaciĆ³n, INEN.

n

n

n

n ArtĆ­culo 2.- Nombrar a la doctora Cecilia Patricia LeĆ³n Vega, para ejercer las funciones de Directora General del Instituto Ecuatoriano de NormalizaciĆ³n, INEN.

n

n

n

n ArtĆ­culo Final.- El presente acuerdo ministerial entrarĆ” en vigencia a partir del 30 de noviembre del 2011, sin prejuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en Quito, a los veinte y cuatro dƭas del mes de noviembre del aƱo dos mil once.

n

n

n

n f.) Econ. VerĆ³nica SiĆ³n de Josse, Ministra de Industrias y Productividad.

n

n

n

n MIPRO.- MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD.- Certifico.- Es fiel copia del original.- Archivo Central.- Firma: Ilegible.- Fecha. 28 de noviembre del 2011.

n

n

n

n No. 314

n

n

n

n Wilson PƔstor Morris

n

n MINISTRO DE RECURSOS NATURALES NO

n

n RENOVABLES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Presidencial No. 332 de 21 de abril del 2010, se designĆ³ para ejercer el cargo de Ministro de Recursos Naturales No Renovables, al seƱor Wilson PĆ”stor Morris;

n

n

n

n Que, la SecretarĆ­a General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, declara en comisiĆ³n de servicios al exterior al seƱor economista Wilson PĆ”stor Morris, Ministro de Recursos Naturales No Renovables, con el objeto que participe en la ReuniĆ³n para la Firma del Contrato con CODELCO, en Santiago de Chile del 27 al 30 de noviembre del 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto Ejecutivo NĀŗ 31 de 23 de febrero del 2007, y publicado en el Registro Oficial No. 35 del 7 de marzo del 2007,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Encargar el Despacho Ministerial del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables al Ing. Carlos Eugenio Pareja Yannuzzelli Viceministro de Hidrocarburos, del 27 al 30 de noviembre del 2011, tiempo que dure la comisiĆ³n de servicio al exterior y retorno del titular.

n

n

n

n Art. 2.- El Viceministro de Hidrocarburos responderĆ” por los actos realizados durante el encargo.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 25 noviembre del 2011.

n

n

n

n

n

n f.) Wilson PƔstor Morris, Ministro de Recursos Naturales No Renovables.

n

n

n

n

n

n MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, a 28 de noviembre del 2011.- f.) AnĆ­bal Rosero V., GestiĆ³n y Custodia de DocumentaciĆ³n.

n

n

n

n No. 315

n

n

n

n Wilson PƔstor Morris

n

n MINISTRO DE RECURSOS NATURALES NO

n

n RENOVABLES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Presidencial No. 332 de 21 de abril del 2010, se designĆ³ para ejercer el cargo de Ministro de Recursos Naturales No Renovables, al seƱor Wilson PĆ”stor Morris;

n

n

n

n Que, la SecretarĆ­a General de la AdministraciĆ³n PĆŗblica, declara en comisiĆ³n de servicios al exterior al seƱor Economista Wilson PĆ”stor Morris, Ministro de Recursos Naturales No Renovables, con el objeto que participe en la ReuniĆ³n de la OrganizaciĆ³n de PaĆ­ses Exportadores de PetrĆ³leo, OPEP, en Viena – Austria del 11 al 15 de diciembre del 2011; y, ParĆ­s – Francia, en la NegociaciĆ³n de Contratos de AsesorĆ­a, IFP, del 16 al 18 de diciembre del 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto Ejecutivo NĀŗ 31 de 23 de febrero del 2007, y publicado en el Registro Oficial No. 35 del 7 de marzo del 2007,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Encargar el Despacho Ministerial del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables al Ing. Carlos Eugenio Pareja Yannuzzelli, Viceministro de Hidrocarburos, del 11 al 18 de diciembre del 2011, tiempo que dure las comisiones de servicio al exterior y retorno del titular.

n

n

n

n Art. 2.- El Viceministro de Hidrocarburos responderĆ” por los actos realizados durante el encargo.

n

n

n

n Art. 3.- El presente acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n

n

n

n ComunĆ­quese y publĆ­quese.

n

n

n

n Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 25 noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Wilson PƔstor Morris, Ministro de Recursos Naturales No Renovables.

n

n

n

n MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, a 25 de noviembre del 2011.- f.) AnĆ­bal Rosero V., GestiĆ³n y Custodia de DocumentaciĆ³n.

n

n

n

n No. 522

n

n

n

n Marcela AguiƱaga Vallejo

n

n MINISTRA DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artĆ­culo 14 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce el derecho de la poblaciĆ³n a vivir en un ambiente sano y ecolĆ³gicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay, y declara de interĆ©s pĆŗblico la preservaciĆ³n del ambiente, la conservaciĆ³n de los ecosistemas, la prevenciĆ³n del daƱo ambiental y la recuperaciĆ³n de los espacios naturales degradados;

n

n

n

n Que, el numeral 27 del artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecolĆ³gicamente equilibrado, libre de contaminaciĆ³n y en armonĆ­a con la naturaleza;

n

n

n

n Que, el numeral 4 del artĆ­culo 276 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, seƱala que el rĆ©gimen de desarrollo tendrĆ” como uno de sus objetivos el de recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artĆ­culo 19 de la Ley de GestiĆ³n Ambiental, las obras pĆŗblicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversiĆ³n pĆŗblicos o privados que puedan causar impactos ambientales, deben previamente a su ejecuciĆ³n ser calificados, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema ƚnico de Manejo Ambiental, cuyo principio rector serĆ” el precautelatorio;

n

n

n

n Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental, se deberĆ” contar con la licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme asĆ­ lo determina el artĆ­culo 20 de la Ley de GestiĆ³n Ambiental;

n

n

n

n Que, de acuerdo a lo establecido en el artĆ­culo 28 de la Ley de GestiĆ³n Ambiental, toda persona natural o jurĆ­dica tiene derecho a participar en la gestiĆ³n ambiental a travĆ©s de los mecanismos de participaciĆ³n social, entre los cuales se incluirĆ”n consultas, audiencias pĆŗblicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociaciĆ³n entre el sector pĆŗblico y el privado;

n

n

n

n Que, de acuerdo a lo establecido en el artĆ­culo 29 de la Ley de GestiĆ³n Ambiental, toda persona natural o jurĆ­dica tiene derecho a ser informada sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado; que pueda producir impactos ambientales;

n

n

n

n Que, de acuerdo al artĆ­culo 20 del Sistema ƚnico de Manejo Ambiental, del Libro IV del Texto Unificado de LegislaciĆ³n Secundaria del Ministerio del Ambiente, la participaciĆ³n ciudadana en la gestiĆ³n ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanĆ­a, especialmente la poblaciĆ³n directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea tĆ©cnica y econĆ³micamente viable, para que las actividades y proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realizaciĆ³n de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. DINAPA-H-842-99 99 748 de 31 de diciembre de 1999, la SubsecretarĆ­a de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de EnergĆ­a y Minas, aprueba el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 296-2007-mej-medio ambiente de 30 de agosto del 2007, PRIMAX DEL ECUADOR S. A., remite a la DirecciĆ³n Nacional de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de EnergĆ­a y Minas, los TĆ©rminos de Referencia para la realizaciĆ³n de la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 421-DINAPA-CSA 703510 de 23 de septiembre del 2007, la DirecciĆ³n Nacional de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de Minas y PetrĆ³leos, presenta observaciones a los TĆ©rminos de Referencia para la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n de 22 de octubre del 2007, PRIMAX DEL ECUADOR S. A., remite a la DirecciĆ³n Nacional de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de EnergĆ­a y Minas, las observaciones a los tĆ©rminos de referencia para la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia de Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 653-SPA-DINAPA-CSA 0705681 de 13 de noviembre del 2007, la SubsecretarĆ­a de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de Minas y PetrĆ³leos, aprueba los tĆ©rminos de referencia para la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia de Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n de 17 de abril del 2008, PRIMAX DEL ECUADOR S. A., remite a la DirecciĆ³n Nacional de ProtecciĆ³n Ambiental del Ministerio de Minas y PetrĆ³leos, la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio s/n del 28 de julio del 2008, el Sr. Carlos Alberto Salazar, propietario de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, solicita la emisiĆ³n del Certificado de IntersecciĆ³n con el Sistema Nacional de Ɓreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, para la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia del Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 1603-DINAPAH-CSA 0812240 de 29 de julio del 2008, la DirecciĆ³n Nacional de ProtecciĆ³n Ambiental HidrocarburĆ­fera del Ministerio de Minas y PetrĆ³leos, presenta observaciones a la AuditorĆ­a Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia de Azuay;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 7001-08-DPCC/MA de 8 de septiembre del 2008, la DirecciĆ³n Nacional de PrevenciĆ³n y Control de la ContaminaciĆ³n del Ministerio del Ambiente otorga el Certificado de IntersecciĆ³n al Proyecto ESTACIƓN DE SERVICIO SERVISALAZAR, ubicada en el cantĆ³n Cuenca, provincia de Azuay en el cual se determina que el mencionado proyecto NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Ɓreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado. Las coordenadas UTM del proyecto son las siguientes:

n

n

n n

n

n

n PUNTO

n n

n COORDENADAS

n n

n

n n

n X

n n

n Y

n n

n 1

n n

n 718978

n n

n 9679035

n n

n 2

n n

n 718030

n n

n 9679072

n n

n 3

n n

n 718970

n n

n