n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes, 13 de Diciembre de 2011 – R. O. No. 595

n

n

n

n

n n

n

n

n Asamblea Nacional-El Pleno

n

n

n

n Apruébase la Pro forma Presupuestaria 2012

n

n

n

n

n

n 946Convócase a los ciudadanos empadronados del cantón La Concordia, provincia de Esmeraldas, para que se pronuncien sobre a qué provincia quieren pertenecer

n

n

n

n Ministerio del Interior:

n

n

n

n 2403Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor de varios funcionarios de esta Cartera de Estado

n

n

n

n

n

n 2404 Legalízase la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del señor Manuel Martínez González, Asesor 4 de la Subsecretaría de Garantías Democráticas

n

n

n

n

n

n 2405Confórmase una comisión técnica especializada para que se encargue del trámite y autorización de pases, delegaciones, comisiones, cursos y otras actividades profesionales de la Policía Nacional

n

n

n

n Ministerio del Ambiente:

n

n

n

n 520Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto ?Sistema Regional de Agua Potable Bolívar Espejo?, ubicado en la provincia del Carchi y otórgase la licencia ambiental para dicho estudio

n

n

n

n

n

n 521 Ratifícase la aprobación del Diagnóstico y Plan de Manejo Ambiental del Proyecto Estación de Servicio Los Bancos, ubicada en el cantón San Miguel de Los Bancos, provincia de Pichincha y otórgase la licencia ambiental para la ejecución de dicho proyecto

n

n

n

n Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD:

n

n

n

n 186Deróganse las resoluciones Nos. 10 de 3 de marzo del 2011, publicada en el Registro Oficial Nº 421 de 6 de abril del 2011 y 14 de 23 de marzo del 2011, publicada en el Registro Oficial Nº 467 de 10 de junio del 2011

n

n

n

n

n

n 0189Deléganse atribuciones al Director de Sanidad Animal

n

n

n

n Secretaría Nacional del Agua:

n

n

n

n 2011-365Declárase de utilidad pública, con fines de expropiación urgente y ocupación inmediata, a favor de esta Secretaría, los inmuebles necesarios para la construcción del ?Proyecto Trasvase Chongón Sube y Baja San Vicente?

n

n

n

n Servicio de Rentas Internas:

n

n

n

n RC1-SRERDRI11-00405Delégase al ingeniero Fernando Vladimir Jiménez Landázuri, las atribuciones de la Dirección Regional Centro

n

n

n

n

n

n RC1-SRERDRI11-00406Asígnase al señor Alex Oswaldo Miranda Solís, las atribuciones de la Dirección Regional Centro

n

n

n

n

n

n RC1-SRERDFI11-00407Deléganse atribuciones a la economista Carmen del Rocío Cisneros Jara, servidora de la Dirección Regional Centro Uno del Servicio de Rentas Internas

n

n

n

n Superintendencia de Bancos y Seguros:

n

n

n

n Califícanse a varias personas para que puedan ejercer cargos de peritos avaluadores en las instituciones del sistema financiero:

n

n

n

n SBS-INJ-2011-858Ingeniero agrónomo Luis Belfort Méndez Ochoa

n

n

n

n

n

n SBS-INJ-2011-865Ingeniero agrónomo Marco Eduardo Chungandro Moreta

n

n

n

n

n

n SBS-2011-867Modifícase la Resolución Nº SBS-2007-144 de 12 de febrero del 2007

n

n

n

n Ordenanzas Municipales:

n

n

n

n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Arajuno: Que regula la administración, control y recaudación del impuesto de patentes municipales

n

n

n

n

n

n 017-2011Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui: Para la conformación y funcionamiento del Concejo de Planificación Cantonal (COPLAC-R)

n

n

n

n

n

n 018-2011Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui: De compromiso para el cumplimiento de las obligaciones contractuales con el Banco del Estado

n

n

n

n

n

n 019-2011Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui: Que expide la segunda Ordenanza modificatoria a la Ordenanza para la aplicación y cobro del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía de los mismos

n

n

n

n

n n

n

n

n

n

n REPÚBLICA DEL ECUADOR

n

n

n

n ASAMBLEA NACIONAL

n

n

n

n EL PLENO

n

n

n

n CONSIDERANDO:

n

n

n

n Que, mediante oficio No. T.5593-SNJ-11-1369, de 31 de octubre de 2011, ingresado a la Asamblea Nacional el 1 de noviembre del mismo año, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, envió a la Asamblea Nacional la Proforma Presupuestaria correspondiente al periodo fiscal 2012; y, la Programación Presupuestaria Cuatrianual 2012-2015;

n

n

n

n Que, uno de los deberes y atribuciones de la Asamblea Nacional, según el numeral 12 del artículo 120 de la Constitución de la República es: «Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución.?;

n

n

n

n Que, el artículo 295 de la Constitución de la República establece que: «La Función Ejecutiva presentará a la Asamblea

n

n Nacional la proforma presupuestaria anual y la programación presupuestaria cuatrianual durante los primeros noventa días de su gestión y, en los años siguientes, sesenta días antes del inicio del año fiscal respectivo. La Asamblea Nacional aprobará u observará, en los treinta días siguientes y en un solo debate, la proforma anual y la programación cuatrianual. Si transcurrido este plazo la Asamblea Nacional no se pronuncia, entrarán en vigencia la proforma y la programación elaboradas por la Función Ejecutiva. Las observaciones de la Asamblea Nacional serán sólo por sectores de ingresos y gastos, sin alterar el monto global de la proforma.

n

n

n

n En caso de observación a la proforma o programación por parte de la Asamblea Nacional, la Función Ejecutiva, en el plazo de diez días, podrá aceptar dicha observación y enviar una nueva propuesta a la Asamblea Nacional, o ratificarse en su propuesta original. La Asamblea Nacional, en los diez días siguientes, podrá ratificar sus observaciones en un solo debate, con el voto de dos tercios de sus integrantes. De lo contrario, entrarán en vigencia la programación o proforma enviadas en segunda instancia por la Función Ejecutiva.

n

n

n

n Hasta que se apruebe el presupuesto del año en que se posesiona la Presidenta o Presidente de la República, regirá el presupuesto anterior. Cualquier aumento de gastos durante la ejecución presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido por la ley.

n

n

n

n Toda la información sobre el proceso de formulación, aprobación y ejecución del presupuesto será pública y se difundirá permanentemente a la población por los medios más adecuados.»;

n

n

n

n Que, el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa en su numeral 12 establece como una atribución de la Asamblea: «Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución»;

n

n

n

n Que, el artículo 104 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que: «La Asamblea Nacional controlará que la proforma anual y la programación cuatrianual se adecúen a la Constitución de la República, a la ley y al Plan Nacional de Desarrollo.

n

n

n

n Cualquier aumento de gastos durante la ejecución presupuestaria deberá ser aprobado por la Asamblea Nacional, dentro del límite establecido por la ley.»;

n

n

n

n Que, el artículo 72 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su numeral 3 establece como un objetivo específico del Sistema Nacional de Finanzas Públicas: «La efectividad, oportunidad y equidad de la asignación y/uso de los recursos públicos.»;

n

n

n

n Que, el artículo 77 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que: «El Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos de todas las entidades que constituyen las diferentes funciones del Estado. No se consideran parte del Presupuesto General del Estado, los ingresos y egresos pertenecientes a la Seguridad Social, la banca pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados.»; y,

n

n

n

n En ejercicio de sus atribuciones,

n

n

n

n RESUELVE:

n

n

n

n PROFORMA PRESUPUESTARIA 2012

n

n

n

n Aprobar y acoger el contenido del informe de mayoría de la Comisión Especializada Permanente del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, contenido en oficio No. 096-CDEPM-AN-2011, de 17 de noviembre de 2011, relacionado con la Proforma Presupuestaria del año 2012, con las siguientes recomendaciones:

n

n

n

n La proforma presupuestaria del 2012 debe garantizar los recursos para el cumplimiento de los derechos del pueblo montubio;

n

n

n

n El Ministro de Finanzas destinará los recursos necesarios para el desarrollo e implementación de la Universidad Amazónica, e incluirá en la ejecución del presupuesto para el año 2012, los recursos para los estudios del proyecto de esta universidad y su implementación;

n

n

n

n

n

n El Ministro de Finanzas controlará el uso de los recursos que el Estado gasta e invierte en publicidad;

n

n

n

n

n

n En los informes de ejecución presupuestaria se incluirá:

n

n

n

n 4.1. El Ministro de Finanzas observará lo dispuesto en el artículo 124 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en relación al límite del endeudamiento público.

n

n

n

n 4.2. Se territorializará la inversión.

n

n

n

n 4.3. Se evidenciará la inversión en participación ciudadana.

n

n

n

n 4.4. En relación a la economía popular y solidaria se evidenciará la inversión en agricultura y el fondo de tierras.

n

n

n

n 4.5. Se evidenciarán los ingresos y destino de la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de Recursos del Estado.

n

n

n

n

n

n Que el Ministro de Finanzas remita los primeros 15 días del mes de febrero de 2012, el Presupuesto Global asignado a todas y cada una de las Universidades, tomando en consideración la compensación del Impuesto a la Renta con el deflactor del PIB, por los años 2009, 2010 y 2011.

n

n

n

n PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA

n

n UATRIANUAL 2012-2015

n

n

n

n Aprobar y acoger el contenido del informe de mayoría de la Comisión Especializada Permanente del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa, contenido en oficio No. 096-CDEPM-AN-2011, de 17 de noviembre del presente año, relacionado con la Programación Presupuestaria Cuatrianual 2012-2015 con las mismas observaciones realizadas para la Proforma 2012.

n

n

n

n Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil once.

n

n

n

n f.) Fernando Cordero Cueva, Presidente.

n

n

n

n f.) Dr. Andrés Segovia S., Secretario General.

n

n

n

n CERTIFICO que es fiel copia del original que reposa en los archivos de la Asamblea Nacional.- Quito, 29 de noviembre de 2011.

n

n

n

n f.) Dr. Andrés Segovia S., Secretario General.

n

n

n

n Nº 946

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

n

n REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que la Disposición Transitoria Décima Sexta de la Constitución de la República establece que, en caso de conflicto de límites territoriales, de ser necesario, el señor Presidente Constitucional de la República convocará a consulta popular para resolver los conflictos de pertenencia;

n

n

n

n Que en el cantón La Concordia existe inconformidad entre la ciudadanía de la localidad, con respecto a la pertenencia del referido cantón a la provincia de Esmeraldas;

n

n

n

n Que inclusive miembros de la ciudadanía del cantón La Concordia solicitaron la convocatoria a consulta popular, la que les fue negada por la Corte Constitucional mediante el dictamen de constitucionalidad No. 001-1l-DCP-CC, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 537 de 19 de septiembre de 2011, por constituir una cuestión reservada al Presidente de la República;

n

n

n

n Que mediante oficio No. T.3252-SNJ-11-1316 de 19 de octubre de 2011, recibido en la Corte Constitucional el día 20 de los mismos mes y año, el Presidente de la República solicitó el informe de constitucionalidad, previo a convocar a la consulta popular por el asunto en cuestión;

n

n

n

n Que ha transcurrido el plazo establecido en el último inciso del artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, aplicable por mandato del artículo 127 de la misma ley, sin que la Corte Constitucional se haya pronunciado sobre la convocatoria a consulta popular; Que, conforme al mismo artículo 105 supradicho, ante la falta de respuesta por parte de la Corte Constitucional, se entenderá que el dictamen ha sido favorable;

n

n

n

n Que el problema originado por la actual pertenencia de La Concordia a la provincia de Esmeraldas, aún no ha sido solucionado; y,

n

n

n

n En ejercicio de la atribución conferida por el número 14 del Artículo 147 de la Constitución de la República, y del Artículo 195 de la Ley Orgánica Electoral de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Convocar a los ciudadanos empadronados del cantón La Concordia, provincia de Esmeraldas, para que se pronuncien sobre la siguiente consulta:

n

n

n

n ¿A qué provincia quiere usted que pertenezca el cantón La Concordia?

n

n

n

n 1. Provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas ( )

n

n 2. Provincia de Esmeraldas ( )

n

n

n

n Artículo 2.- Comuníquese el contenido de este Decreto Ejecutivo al Consejo Nacional Electoral, para los fines pertinentes.

n

n

n

n Artículo 3.- El Ministro de Finanzas asignará los recursos que sean necesarios para llevar a cabo la consulta popular a que se refiere este decreto.

n

n

n

n Este Decreto entrará en vigencia partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 28 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n

n

n Nº 2403

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial Nº 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, con memorando Nº 2011 COOR-PLA-DAI-204 de 26 de septiembre del 2011, la Coordinadora General de Planificación, señala que en el marco de cooperación con Colombia, se planteó la necesidad de realizar una visita al mencionado país, a fin de trabajar de manera conjunta y fortalecer la cooperación en temas de Modelos de Gestión Seguridad Ciudadana; Investigación y Sistema de Investigadores Privados; Educación para Formación de Policía, Estructura del Ministerio del Interior y Policía Nacional Colombiana; Capacitación Policial, y Trata y Tráfico de Personas, a realizarse en la ciudad de Bogotá – Colombia del 3 al 6 de octubre del 2011, a la misma que asistirán el Titular de esta Cartera de Estado, acompañado de la comitiva debidamente autorizada que integran: Gral. Marcelo Rocha, Director Nacional de Educación; arquitecta Daniela Idrovo Alvarado, Coordinadora General de Planificación; Juan Gabriel Bonilla Toapanta, Técnico de la Coordinación de Planificación; Capitán Santiago López y Mari Sol Andrade, de la Coordinación de Planificación de la Policía Nacional; Norma Cajas, Asesora de la Coordinación General de Planificación; Miguel Montalvo, Asesor del Ministerio del Interior; Capitán Guido Núñez, Dirección Nacional de Inteligencia y, Mayor Renato Cevallos, Asesor del Viceministro de Seguridad Interna;

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución Nº DA TH-2011-034 del 30 de septiembre del 2011, emitió dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los citados funcionarios públicos;

n

n

n

n Que, mediante solicitud de viaje al exterior Nº 13370, 13353, 13365, 13366, 13367, 13371, 13372, 13387 y 1384 del 3 y 6 de octubre del 2011, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República, autorizó el viaje al exterior a favor de los funcionario antes señalados;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió las Certificaciones Presupuestarias Nos. 1361, 1363, 1365, 1366, 1367, 1368, 1369, 1370 y 1403 del 3 y 6 de octubre del 2011, respectivamente, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria descripción viáticos y subsistencias en el exterior, para el pago de los gastos que demande el desplazamiento de los funcionarios, a la ciudad de Bogotá – Colombia, desde el 3 al 6 de octubre del 2011; en el caso de la arquitecta Daniela Idrovo Alvarado, Coordinadora General de Planificación, por los días 3 y 4 de octubre del 2011;

n

n

n

n Que, con memorando Nº 2011-COOR-PLA-DAI-No-210 de 6 de octubre del 2011, el titular del Ministerio del Interior, comunica a la Dirección de Administración de Talento Humano, que por cambios en la agenda, no asistió a dicha reunión; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del General Marcelo Rocha, Director Nacional de Educación; Juan Gabriel Bonilla Toapanta, Técnico de la Coordinación de Planificación; Capitán Santiago López y María Sol Andrade, de la Coordinación de Planificación de la Policía Nacional; Norma Cajas, Asesora de la Coordinación General de Planificación; Miguel Montalvo, Asesor del Ministerio del Interior; Capitán Guido Núñez, Dirección Nacional de Inteligencia y Mayor Renato Cevallos, Asesor del Viceministro de Seguridad Interna del 3 al 6 de octubre del 2011, y los días 3 y 4 de octubre de 2011, a la arquitecta Daniela Idrovo Alvarado, Coordinadora General de Planificación, quienes cumplieron con la visita oficial a la ciudad de Bogotá – Colombia.

n

n

n

n Art. 2.- Los funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demandó la referida comisión de servicios al exterior serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior; en el caso de la Coordinadora General de Planificación, este Ministerio, solo cubrirá los viáticos por los días 3 y 4 de octubre del 2011.

n

n

n

n Art. 4.- Este acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 16 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 23 de noviembre del 2011.- f.) Ilegible, Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n No. 2404

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, según el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial Nº 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana. y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad humana;

n

n

n

n Que, en oficio Nº MRECI-SALC-2011-0326-O del 22 de septiembre del 2011, suscrito por el señor Luis Ignacio Vayas Valdivieso, Subsecretario de América Latina y El Caribe. Enc., el titular del Ministerio del Interior, dispone la asistencia del señor Manuel Martínez González, Asesor 4 de la Subsecretaría de Garantías Democráticas, para que participe en la reunión de la Comisión de Vecindad e Integración Ecuatoriano-Colombiana COVIEC y reuniones de los cinco Comités Técnicos Binacionales-CTBs, a realizarse del 27 al 29 de septiembre del 2011, en Ipiales- Colombia.

n

n

n

n Que, la Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución Nº DATH-2011-039 del 19 de octubre del 2011, emite dictamen favorable para conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado funcionario público;

n

n

n

n Que, mediante oficio Nº SUBSNA-O-11-02152 del 21 de octubre del 2011, el Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública, legaliza la autorización de viaje al exterior, a favor del señor Manuel Martínez González, Asesor 4 de la Subsecretaría de Garantías Democráticas, para que participe en el evento indicado;

n

n

n

n Que, la Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria Nº 1522 del 9 de noviembre del 2011, respectivamente, de existencia y disponibilidad de fondos de la partida presupuestaria descripción viáticos y subsistencias en el exterior, para el pago de los gastos que demandó el desplazamiento del funcionario a la ciudad de Ipiales Colombia, del 26 al 29 de septiembre del 2011; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución de la República,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a favor del señor Manuel Martínez González, Asesor 4 de la Subsecretaría de Garantías Democráticas, quien participó en la reunión de la Comisión de Vecindad e Integración Ecuatoriano- Colombiana COVIEC y reuniones de los cinco Comités Técnicos Binacionales-CTBs, desarrolladas en la ciudad de Ipiales-Colombia, del 26 al 29 de septiembre de 2011, fechas contempladas por la distancia y el tiempo de traslado desde el punto de partida hasta la ciudad sede del evento.

n

n

n

n Art. 2.- El funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

n

n

n

n Art. 3.- Los gastos que demande la referida comisión de servicios al exterior serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio del Interior.

n

n

n

n Art. 4.- Este acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 16 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 23 de noviembre del 2011.- f.) Ilegible, Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Nº 2405

n

n

n

n José Serrano Salgado

n

n MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 632 de 17 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la República decreta la reorganización de la Policía Nacional y dispone que la representación legal, judicial y extra judicial de la Policía Nacional sea asumida por el Ministerio del Interior;

n

n

n

n Que, conforme lo establecido en el artículo 3 del referido decreto ejecutivo, al Ministerio del Interior le corresponde disponer las acciones administrativas tendientes a reorganizar la estructura organizacional de la institución y podrá reestructurar los segmentos administrativos y operativos de la institución policial;

n

n

n

n Que, conforme dispone el artículo 2 del Acuerdo Ministerial Nº 018 de 19 de enero del 2011, al Ministerio del Interior le corresponde dar la autorización correspondiente para los movimientos administrativos de los servidores policiales, tales como pases, delegaciones comisiones, cursos y otras actividades profesionales; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del arto 154 de la Constitución de la República del Ecuador y en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo Nº 632 de 17 de enero del 2011,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Conformar una comisión técnica especializada para que se encargue del trámite y autorización de pases, delegaciones, comisiones, cursos y otras actividades profesionales de la Policía Nacional.

n

n

n

n Art. 2.- La comisión técnica estará integrada por el Viceministro de Seguridad Interna del Ministerio del Interior, quien la presidirá; el Inspector General de la Policía Nacional; el Director General de Personal de la Policía Nacional, un Asesor de Seguridad del Ministerio del Interior designado por el Ministro; el Suboficial más antiguo de la Policía Nacional y un representante de los señores clases y policías.

n

n

n

n Art. 3.- La comisión técnica deberá en un plazo máximo de 15 días, establecer el nuevo procedimiento a implementarse para la autorización de los trámites mencionados en el artículo 1 del presente acuerdo.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 17 de noviembre del 2011.

n

n

n

n f.) José Serrano Salgado, Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 23 de noviembre del 2011.- f.) Ilegible, Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n No. 520

n

n

n

n Marcela Aguiñaga Vallejo

n

n MINISTRA DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay, y declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados;

n

n

n

n Que, en el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador, se reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;

n

n

n

n Que, el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el régimen de desarrollo tendrá como uno de sus objetivos el de recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental, las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, deben previamente a su ejecución ser calificados, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio;

n

n

n

n Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental, se deberá contar con la licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme así lo determina el artículo 20 de la Ley de Gestión Ambiental;

n

n

n

n Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental a través de los mecanismos de participación social, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación;

n

n

n

n Que, conforme lo previsto por el artículo 29 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado que pueda producir impactos ambientales;

n

n

n

n Que, de acuerdo al artículo 20 del Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental, del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente, la participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades y proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada minimizando y/o compensando estos impactos ambientales a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, se prohíbe ocupar las tierras del patrimonio de áreas naturales del Estado, alterar o dañar la demarcación de las unidades de manejo u ocasionar deterioro de los recursos naturales en ellas existentes; se prohíbe igualmente, contaminar el medio ambiente terrestre, acuático o aéreo, o atentar contra la vida silvestre, terrestre, acuática o aérea, existente en las unidades de manejo;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 162 GPC-RYP-P del 23 de febrero del 2005, el Consejo Provincial del Carchi solicita al Ministerio del Ambiente la emisión del certificado de intersección con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, para el Proyecto Regional de Agua Potable Espejo-Bolívar, ubicado en la provincia del Carchi;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 68037-DPCC/MA del 11 de abril del 2005, el Ministerio del Ambiente emite el certificado de intersección, el cual concluye que el Proyecto Regional de Agua Potable Espejo-Bolívar, ubicado en la provincia del Carchi, INTERSECTA con la Reserva Ecológica El Ángel, del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, cuyas coordenadas son las siguientes:

n

n

n n

n

n

n PUNTOS

n n

n COORDENADAS

n n

n X

n n

n Y

n n

n 1

n n

n 844500

n n

n 10078000

n n

n 2

n n

n 844250

n n

n 10077000

n n

n 3

n n

n 843900

n n

n 10076500

n n

n 4

n n

n 844200

n n

n 10075300

n n

n 5

n n

n 845000

n n

n 10074400

n n

n 6

n n

n