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REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Lunes, 20 de Abril de 2009 – R. O. No. 573

n n

n

n n n n n n n n n n n n

FUNCION EJECUTIVA n n DECRETO: n n

1664……. Ratifícanse en todos sus artículos la “Carta de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, para Apoyar la Ejecución del Registro Ampliado en la Frontera Norte del Ecuador”

n n ACUERDOS: n n MINISTERIO DE GOBIERNO: n n

072……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Iglesia Evangélica El Valle Celestial de la Comunidad Mercedes Cadena de la Provincia de Chimborazo, con domicilio en el cantón Guamote, provincia de Chimborazo

n n

101……… Apruébase la reforma y Codificación del Estatuto de la Junta Cívica de Guayaquil

n n MINISTERIO DE INCLUSIÓN n ECONOMICA Y SOCIAL: n n

01421….. Declárase disuelta a la Fundación de Acción Social de Ayuda Anónima Voluntariado Internacional, FAYAVIT, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

01432….. Apruébanse las reformas al estatuto de la organización que antes se denominaba Asociación de Empleados del Tribunal Constitucional, cuya razón social será Asociación de Servidoras y Servidores de la Corte Constitucional “ASSCC”, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n

01433….. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Fundación Holística “KURAMA”, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n

01442….. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica al Comité Pro-Mejoras del Barrio “Santa Ana del Tablón”, con domicilio en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha

n n

01449….. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Asociación de Servidores Públicos del Instituto Geográfico Militar, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha

n n MINISTERIO DE INDUSTRIAS: n n n

09 064…. Desígnase al abogado Jimmy Alfredo Villavicencio Navia, Delegado Permanente para que asista a las sesiones del Directorio de Autoridad Portuaria de Manta

n n

09 065…. Desígnase al Subsecretario de Desarrollo Organizacional, Delegado Permanente, para que asista a las sesiones del Consejo Superior del INDA

n n

09 066…. Delégase a la Subsecretaria del Ministerio de Industrias del Litoral, con sede en la ciudad de Guayaquil, ante el Directorio de la Autoridad Portuaria de Esmeraldas

n n

09 072…. Delégase al Subsecretario de Comercio e Inversiones, ante el Directorio de la Autoridad Portuaria de Guayaquil

n n

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA:

n n

0205……. Expídese el Reglamento para el registro y control sanitario de dispositivos médicos; reactivosbioquímicos y de diagnóstico; y, productos dentales

n n RESOLUCIONES: n n MINISTERIO COORDINADOR DE n PATRIMONIO NATURAL Y n CULTURAL: n n

MCPNC-09-002 Expídese el Reglamento interno para el pago de viáticos, subsistencias, alimentación, transporte y movilización

n n

AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO – AGROCALIDAD:

n n

015……… Establécense los valores de los servicios que cobra esta entidad, en moneda de circulación vigente, por la asistencia que prestan los laboratorios de la institución en sus diversas áreas de trabajo

n n CONSEJO DE PARTICIPACIÓN n CIUDADANA Y CONTROL SOCIAL: n n

03-11-2009 CPCCS-2009 Desígnase a la doctora María José Luna Lara, Secretaria General del Pleno del CPCCS

n n

05-15-2009 CPCCS Expídese el Instructivo de creación y funcionamiento de veedurías ciudadanas

n n SUPERINTENDENCIA DE BANCOS n Y SEGUROS: n n

SBS-2009-241 Refórmase la norma para regular las inversiones de los recursos correspondientes a cada uno de los seguros que conforman el seguro general obligatorio del IESS y de los fondos de reserva, del Título III De las Operaciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional y del Servicio de Cesantía de la Policía Nacional

n n FUNCION JUDICIAL n n CONSEJO DE LA JUDICATURA: n n

………. Expídese la Resolución para el pago de viáticos, subsistencias y movilizaciones de los servidores de la Función Judicial

n n CORTE SUPREMA DE JUSTICIA n SALA DE LO CONTENCIOSO n ADMINISTRATIVO: n n

Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas:

n n

335……… Licenciada Gladys Betty Rosales Rivadeneira en contra del IESS

n n

336……… Zaida Edith Ramírez Maldonado en contra del IESS

n n

337……… María Dolores Espinoza Ordóñez en contra del IESS

n n 338……… María Mogrovejo Muñoz en contra del IESS n n ORDENANZA MUNICIPAL: n n

………. Cantón Bolívar: Que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación del impuesto de patentes municipales

n

n n n n n n n n n

n No. 1664 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n

Que, la «Carta de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados, ACNUR, para apoyar la ejecución del registro ampliado en la Frontera Norte del Ecuador», fue suscrita en la ciudad de Quito, el 19 de enero del 2009;

n n

Que, el numeral 6 del preámbulo del citado instrumento internacional tiene por objeto registrar y documentar a alrededor de 50 mil refugiados que se encuentran en las provincias de la Frontera Norte, con el fin de brindarles protección y obtener información exacta del número de refugiados que se encuentran en el Ecuador y en qué comunidades viven;

n n

Que, la Cláusula 5 de la Carta de Entendimiento establece que el plazo de vigencia de este instrumento será de un año, a partir de la fecha de su suscripción, pudiendo dicho plazo ser renovado o modificado de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de un addéndum;

n n

Que el inciso primero del artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

n n

Que de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República notificó con oficio No. SGJ-09-925 de 23 de marzo del 2009, a la Comisión Legislativa y de Fiscalización el contenido del Acuerdo de Cooperación; y,

n n

En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,

n n Decreta: n n

Artículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos la «Carta de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados, ACNUR, para apoyar la ejecución del registro ampliado en la frontera norte del Ecuador», suscrita el 19 de enero del 2009, en la ciudad de Quito, por el Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración del Ecuador y por la representante de ACNUR.

n n

Artículo Segundo.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Dado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 3 de abril del 2009.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

f.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.

n n

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

n n

Quito, 6 de abril del 2009.

n n

f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.

n n n n n n n No. 072 n n Dr. Gustavo Jalkh Röben n MINISTRO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS n n Considerando: n n

Que, en esta Secretaría de Estado se ha presentado la solicitud y documentación anexa para el otorgamiento de personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Iglesia Evangélica El Valle Celestial de la Comunidad Mercedes Cadena de la provincia de Chimborazo, cuya naturaleza y objetivos religiosos constan en su estatuto;

n n

Que, el numeral 8 del artículo 66 de la Constitución Política de la República, reconoce y garantiza a las personas el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos;

n n

Que, la Subsecretaria Jurídica del Ministerio de Gobierno, Policía y Cultos mediante informe No. 2009-0114-SJ/ggv de 5 de marzo del 2009, ha emitido pronunciamiento favorable para la aprobación del estatuto y otorgamiento de personalidad jurídica a la organización religiosa Iglesia Evangélica El Valle Celestial de la Comunidad Mercedes Cadena de la provincia de Chimborazo, por considerar que ha cumplido con lo dispuesto en el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937 (Ley de Cultos) publicado en el R. O. No. 547 de 23 del mismo mes y año, así como, con el Reglamento de Cultos Religiosos publicado en el Registro Oficial No. 365 de 20 de enero del 2000, y el Reglamento para la aprobación de estatutos, reformas y codificaciones, liquidación y disolución, registro de socios y directivas de las organizaciones previstas en el Código Civil y en las leyes especiales; por lo tanto, no contraviene el orden o la moral pública, la seguridad del Estado o el derecho de otras personas o instituciones; y,

n n

En ejercicio de sus atribuciones legales,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el estatuto y otorgar personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Iglesia Evangélica El Valle Celestial de la Comunidad Mercedes Cadena de la provincia de Chimborazo, con domicilio en la Comunidad Mercedes Cadena, cantón Guamote, provincia de Chimborazo.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Disponer la publicación del estatuto en el Registro Oficial y la inscripción en el Registro Especial de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del domicilio de la organización religiosa, de conformidad con el Art. 3 del Decreto No. 212, R. O. 547 de 23 de julio de 1937 (Ley de Cultos).

n n

ARTICULO TERCERO.- Disponer que la organización religiosa ponga en conocimiento del Registro de la Propiedad del respectivo cantón la nómina de la directiva, a efecto de acreditar la representación legal a la que se refiere el Art. 5 de la Ley de Cultos.

n n

ARTICULO CUARTO.- Disponer se incorpore al Registro General de Entidades Religiosas del Ministerio de Gobierno, el Estatuto y expediente de la organización religiosa «Iglesia Evangélica El Valle Celestial de La Comunidad Mercedes Cadena de la Provincia de Chimborazo», de conformidad con el Art. 11 del Reglamento de Cultos Religiosos; así como también, se registre la directiva y los cambios de directivas que se produjeren a futuro, apertura de oficinas, filiales o misiones, cambios de domicilio, ingreso de nuevos miembros o la exclusión de los mismos, para fines de estadística y control.

n n

ARTICULO QUINTO.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organización.

n n

ARTICULO SEXTO.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en el artículo 126 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.

n n

ARTICULO SEPTIMO.- El presente acuerdo, entrará en vigencia a partir de su notificación sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese.-Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 11 de marzo del 2009.

n n

f.) Dr. Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de esta Subsecretaría al cual me remito en caso necesario.- Quito, 26 de marzo del 2009.- f.) Ilegible, Secretaría Jurídica.

n n n n n n n No. 101 n n Dr. Gustavo Jalkh Röben n MINISTRO DE GOBIERNO, POLICIA Y CULTOS n n Considerando: n n

Que, el representante legal de la Junta Cívica de Guayaquil, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, comparece a este Ministerio y solicita la aprobación de la reforma al estatuto que fuera aprobado con Acuerdo Ministerial No. 0287 de 13 de abril del 2004;

n n

Que, en asambleas generales, celebradas los días 14 y 21 de mayo del 2008, los miembros de la Junta Cívica de Guayaquil, han resuelto reformar el estatuto social de la mencionada entidad;

n n

Que, la Subsecretaría Jurídica mediante informe No. 2009-0132-SJ/ptp de 9 de marzo del 2009, emite pronunciamiento favorable al pedido de aprobación de reforma del estatuto presentado por el representante legal de la Junta Cívica de Guayaquil; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales,

n n Acuerda: n n

ARTICULO PRIMERO.- Aprobar la reforma y Codificación del Estatuto de la Junta Cívica de Guayaquil.

n n

ARTICULO SEGUNDO.- Conforme dispone el Decreto Ejecutivo No. 982, publicado en el Registro Oficial No. 311 de 8 de abril del 2008, la Junta Cívica de Guayaquil, de percibir fondos públicos, deberá obtener la respectiva acreditación, en los términos señalados en los Arts. 30 y 31 del decreto ejecutivo citado.

n n

ARTICULO TERCERO.- Las modificaciones que en lo posterior se hicieren en el cuadro de miembros de la Junta Cívica de Guayaquil así como el nombramiento de la representante legal serán comunicadas y registradas en el Ministerio de Gobierno, para que tengan validez sus actuaciones.

n n

ARTICULO CUARTO.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Comuníquese.-Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 19 de marzo del 2009.

n n

f.) Dr. Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno, Policía y Cultos.

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de esta Subsecretaría al cual me remito en caso necesario.- Quito, 25 de marzo del 2009.- f.) Ilegible, Secretaría Jurídica.

n n n n n n n No. 01421 n n MINISTERIO DE INCLUSIÓN n ECONOMICA Y SOCIAL n n Ec. Mauricio León Guzmán n SUBSECRETARI