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REGISTRO OFICIAL
n
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
n
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
n
Martes, 21 de Abril de 2009 – R. O. No. 574
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n
n n n n n n n n n n n
FUNCION EJECUTIVA
n n DECRETOS: n n
1665……. Otórgase la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes a la hermana María Jesús Pérez Mateos
n n
1666……. Otórgase la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes al padre Graziano Luigi Masón de Marchi
n n
1667……. Derógase el Decreto Ejecutivo Nº 2323, publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 13 de 1 de febrero del 2007, por la cual se otorgó a la Empresa Hospital Millenium Hospimillenium S. A., la concesión para la operación, establecimiento y administración de una zona franca de servicios hospitalarios
n n
1672……. Refórmase el Reglamento General a la Ley Orgánica de Aduanas
n n ACUERDOS: n n
SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA Y COMUNICACION:
n n
672……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al doctor Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno y Policía
n n
673……… Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista María Elsa Viteri Aciturri, Ministra de Finanzas
n n
674……… Autorízase al abogado Antonio Gagliardo Valarezo, Ministro de Trabajo y Empleo licencia sin remuneración
n n
MINISTERIO DE GOBIERNO:
n n
105……… Apruébase el estatuto y otórgase personalidad jurídica a la organización religiosa denominada Fundación Centro Cristiano Casa Angélica, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha
n n
MINISTERIO DE INDUSTRIAS:
n n
09 073…. Desígnase a la licenciada Silvana Peñaherrera, Delegada Permanente, para que integre el Consejo Superior Cafetalero (COFENAC)
n n
09 074…. Desígnanse a los doctores Fausto Alvarado, Subsecretario de Innovación Tecnológica, Delegado Permanente; y, a Ramiro Ruano, Delegado Suplente, para que integren el Consejo Nacional de Fijación y Revisión de Precios de Medicamentos de Uso Humano
n n
09 075…. Desígnase al doctor Juan Esteban Andrade Moscoso, Director de Asesoría Jurídica, Delegado Permanente, para que integre el Directorio del CLIRSEN
n n
09-076…. Desígnase a la economista María Elena Ayala, Delegada Permanente, para que integre el Consejo Nacional de Estadística y Censos (CONEC)
n n n
09 077…. Desígnase a la licenciada Sylvana Peñaherrera, Delegada Permanente, para que integre el Consejo Consultivo del Plátano Destinado a la Exportación
n n n
MINISTERIO DE RELACIONES
n EXTERIORES: n n
–………. Acuerdo entre la Comisión de las Comunidades Europeas en nombre de la Comunidad Europea y el Gobierno de la República del Ecuador para el Envío de una Misión de Observadores para las Elecciones Generales Nacionales del 26 de abril y el 14 de junio del 2009
n n
–………. Convenio para la Protección del Patrimonio Cultural y Recuperación de Bienes Arqueológicos, Artísticos e Históricos entre la República del Ecuador y la República de El Salvador
n n
–………. Convenio de Cooperación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración y el “Distrito 4400 de Rotary International”
n n n
SECRETARIA DE PUEBLOS,
n
MOVIMIENTOS SOCIALES Y
n
ARTICIPACION CIUDADANA:
n n
023……… Deléganse facultades al señor Víctor Francisco Argoti Doylet, Subsecretario de Participación Ciudadana y Desarrollo de la Capacidad Emprendedora, actualmente Subsecretaría de Participación Ciudadana Integral
n n n RESOLUCIONES: n n
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL:
n n n
PLE-CNE-2-3-4-2009 Expídese el Reglamento para la Conformación y Funcionamiento de la Comisión de Vigilancia de los Procesos Electorales del 2009
n n n
CORPORACION ADUANERA
n ECUATORIANA: n n n
09389….. Deléganse facultades a la abogada Gabriela Uquillas, encargada del Departamento Jurídico de Distrito Marítimo Guayaquil
n n
09390….. Delégase al Subgerente de Zona de Carga Aérea de Guayaquil, la facultad de disponer mediante providencia el traslado entre las instalaciones de Correos del Ecuador y Subgerencia de Zona de Carga Aérea (Almacén Temporal) de las mercancías que hayan arribado por Correos del Ecuador y que por su peso o valor no pueden acogerse al despacho simplificado previsto para el Régimen de Tráfico Postal Internacional o Correos Rápidos, a fin de que estas, se sometan a los procedimientos generales de despacho a consumo
n n
ORQUESTA SINFONICA DE CUENCA:
n n
01-18SE-09-08-08 Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
n n
FUNCION JUDICIAL
n n
CONSEJO DE LA JUDICATURA:
n n
–………. Modifícase la competencia en razón de la materia del Juzgado Décimo de lo Civil de El Oro, asignándole competencia en todas las materias en primera instancia y jurisdicción en el cantón Atahualpa de la provincia de El Oro
n n
–………. Dispónese que hasta que las judicaturas de la niñez y adolescencia sean transformadas en juzgados de la familia, mujer, niñez y adolescencia, los juzgados de lo civil de todo el país, incluidas las salas correspondientes de las cortes provinciales, continuarán ejerciendo la competencia en los asuntos a los que se refieren el artículo 234 y el literal c) de la Décima Disposición Transitoria del Código Orgánico de la Función Judicial
n n CORTE SUPREMA DE JUSTICIA n SALA DE LO CONTENCIOSO n ADMINISTRATIVO: n n
Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas:
n n
339……… Jaime Fernando Iza Chanatasig en contra de Rafael Gualoto Simbaña
n n
340-07…. Miguel Angel Hidalgo Trujillo en virtud de la declaratoria de inconstitucionalidad de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público
n n
341-07…. Gina Soraya Bravo Ormaza en contra del Director del Registro Civil, Identificación y Cedulación
n n
344-07…. Universi Antonio Zambrano Romero en contra del Banco Ecuatoriano de la Vivienda
n n
ORDENANZA METROPOLITANA:
n n
0281……. Concejo Metropolitano de Quito: De creación de la Empresa Municipal de Logística para la Seguridad y la Convivencia Ciudadana (EMSEGURIDAD-Q)
n n
AVISO JUDICIAL:
n n
–………. Declárase la rehabilitación del señor Segundo Heriberto Estrella Páez, dentro del juicio de insolvencia seguido por el señor Félix Rodrigo Alvarez Salgado
n n
FE DE ERRATAS:
n n – A la publicación de la Resolución Nº SNTG-001-09 del 4 de febrero del 2009, mediante la cual la Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organización por Procesos
n n n n n n n n n n n n n n n No. 1665
n n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPUBLICA
n
n Considerando:
n n
Que mediante oficio No. T.4249-SGJ-09-923, se calificó positivamente los servicios relevantes prestados al país, por parte de la hermana María Jesús Pérez Mateos, en especial su dedicación y ayuda a los sectores más necesitados y vulnerables del país;
n n
Que la hermana María Jesús Pérez Mateos, nacida en Regueras de Arriba, provincia de León, España, el 20 de julio de de 1955, es hija del señor Vicente Pérez Lobato y de la señora María Visitación Mateos Blanco; y,
n n
En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 8, numeral 5 de la Constitución Política de la República y el artículo 1, inciso primero de la Ley de Naturalización,
n
n Decreta:
n n
ARTICULO PRIMERO.- Otorgar la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes a la hermana María Jesús Pérez Mateos, por su contribución al país, especialmente por su dedicación para atender las necesidades de las poblaciones marginales.
n n
ARTICULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 3 de abril del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
n
n Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n Quito, 6 de abril del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n
n
n
n
n No. 1666
n n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPUBLICA
n
n Considerando:
n n
Que mediante oficio No. T.4249-SGJ-09-923, se calificó positivamente los servicios relevantes prestados al país, a favor del Padre Graziano Luigi Masón de Marchi, en especial por su dedicación en la ayuda de los sectores más necesitados y vulnerables del país;
n
n n
Que el Padre Graziano Luigi Masón Marchi, nacido en Piombino, Italia, el 17 de junio de 1945, es hijo del señor Amedeo Masón y de la señora Ida de Marchi; y,
n
n n
En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 8, numeral 5 de la Constitución Política de la República y el artículo 1, inciso primero de la Ley de Naturalización,
n
n
n Decreta:
n n
ARTICULO PRIMERO.- Otorgar la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes al Padre Graziano Luigi Masón de Marchi, por sus contribuciones al país, especialmente por su dedicación a aliviar las necesidades de las poblaciones marginales.
n
n n
ARTICULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, encárgase al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 3 de abril del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
n
n Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n Quito, 6 de abril del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n
n No. 1667
n n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPUBLICA
n
n Considerando:
n n
Que mediante Decreto ejecutivo No. 2323, publicado en el R. O. Suplemento No. 13 de 1 de febrero del 2007, se otorgó a la empresa Hospital Millenium Hospimillenium S. A., domiciliada en la ciudad de Ambato, provincia del Tungurahua, la concesión para la operación y establecimiento de una zona franca de servicios hospitalarios;
n n
Que el Consejo Nacional de Zonas Francas (CONAZOFRA), en sesión celebrada el 10 de marzo del 2009, resolvió solicitar al señor Presidente de la República la derogatoria del decreto ejecutivo antes mencionado, en virtud de que el Hospital Millenium Hospimillenium S. A. solicitó voluntariamente ser excluida del régimen de zonas francas, tal como consta en el acta de sesión del Consejo signada con el número No. 01-09; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 3 de la Ley de Zonas Francas, y 11, literal f) del Estatuto del régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
n
n Decreta:
n n
Art. 1.- Derógase el Decreto Ejecutivo No. 2323, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 13 del 1 de febrero del 2007, por el cual se otorgó a la Empresa Hospital Millenium Hospimillenium S. A., la concesión para la operación, establecimiento y administración de una zona franca de servicios hospitalarios.
n n
Art. 2.- Encárguese a la Corporación Aduanera Ecuatoriana (CAE) para que, conforme a la Ley Orgánica de Aduanas, proceda a verificar y supervisar el proceso de nacionalización de la mercadería ingresada a Hospimillenium S. A. al amparo del régimen franco.
n n
Art. 3.- De la ejecución del presente decreto ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al Consejo Nacional de Zonas Francas (CONAZOFRA).
n
n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 3 de abril del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Xavier Abad Vicuña, Ministro de Industrias y Competitividad.
n
n Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n Quito, 6 de abril del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n
n
n
n No. 1672
n n
Rafael Correa Delgado
n
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPUBLICA
n
n Considerando:
n n
Que la Constitución de la República del Ecuador, en sus artículos 338 y 416 determina que el Estado generará incentivos al retorno del ahorro y de los bienes de las personas migrantes; y, que las relaciones del Ecuador con la comunidad Internacional responderán a los intereses del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus responsables y ejecutores, y en consecuencia: «exige el respeto de los derechos humanos, en particular de los derechos de las personas migrantes, y propicia su pleno ejercicio mediante el cumplimiento de las obligaciones asumidas con la suscripción de instrumentos internacionales de derechos humanos«;
n n
Que los Arts. 424 y 425 de la Constitución de la República del Ecuador establecen la supremacía de la norma constitucional, inclusive sobre los tratados y convenios internacionales, admitiendo la prevalencia de aquellos tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado, que reconozcan derechos más favorables a los contenidos en la Constitución;
n n
Que la Convención Internacional sobre Protección de las Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, publicado en el Registro Oficial N° 133 de 25 de julio del 2003, establece que los trabajadores migratorio s y sus familiares, al terminar su permanencia en el Estado de empleo, tendr&aac