AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

Martes 25 de septiembre de 2018 (R. O.555, 25 -septiembre -2018) EdiciĆ³n Especial

SUPERINTENDENCIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTIƓN DEL SUELO

RESOLUCIƓN NĀ° SOT-DS-016

EXPƍDESE EL CƓDIGO DE ƉTICA

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Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 555 Martes 25 de septiembre de 2018 – 3

RESOLUCIƓN NO. SOT-DS-016

EL SUPERINTENDENTE DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

CONSIDERANDO

Que, el articulo 3 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en su numeral 4 establece: Ā«Son deberes primordiales del Estado: (…) 4 Garantizar la Ć©tica latea como sustento del quehacer pĆŗblico y el ordenamiento jurĆ­dico (…)Ā»;

Que, el artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en su numeral 25 establece que: Ā«se reconoce y garantiza el derecho de las personas: (…) a acceder a bienes y servicios pĆŗblicos y privados de calidad, con eficiencia y buen trato, asĆ­ como recibir InformaciĆ³n adecuada y veraz sobre su contenido y caracterĆ­sticas;

Que, el artĆ­culo 83 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica manifiesta que: Ā«Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y ecuatorianos sin perjuicio de otros previstos en la ConstituciĆ³n y la Ley: (…) 8. Administrar honradamente y con apego irrestricto a la ley el patrimonio pĆŗblico, y denunciar y combatir los actos de corrupciĆ³n (ā€¦) 11. Asumir las funciones pĆŗblicas como un servicio a la colectividad y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, de acuerdo con la ley. 12. Ejercer la profesiĆ³n u oficio con sujeciĆ³n a la Ć©tica (…) 17. Participar en la vida polĆ­tica, cĆ­vica y comunitaria del paĆ­s, de manera honesta y transparente (…)Ā»;

Que, el ArtĆ­culo 213 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, establece que las Superintendencias son organismos tĆ©cnicos de vigilancia, auditoria, intervenciĆ³n y control de las actividades econĆ³micas sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades pĆŗblicas y privadas:

Que, el articulo 226 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica prescribe que; Ā«Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la ley. TendrĆ”n el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³nĀ»;

Que, el artĆ­culo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica determina que: Ā«La administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³nĀ»;

Que, el artĆ­culo 229 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica manifiesta: Ā«SerĆ”n servidoras y servidores pĆŗblicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier tĆ­tulo trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, funciĆ³n o dignidad dentro del sector pĆŗblicoĀ»;

Que, de acuerdo con el artĆ­culo 233 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, en concordancia con los artĆ­culos 16 y 75 del CĆ³digo OrgĆ”nico Integral Penal, las acciones

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y las penas por las Infracciones de peculado, cohecho, concusiĆ³n y enriquecimiento ilĆ­cito son imprescriptibles;

Que, la SecciĆ³n Tercera del CapĆ­tulo Quinto, del TĆ­tulo Cuarto, del Libro Primero del CĆ³digo Integral Penal contiene los delitos contra la eficiencia de la administraciĆ³n pĆŗblica;

Que, la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico establece en su ArtĆ­culo 1 lo siguiente: Ā«Principios. – La presente Ley se sustenta en los principios de: calidad, calidez, competitividad, continuidad, descentralizaciĆ³n, desconcentraciĆ³n, eficacia, eficiencia, equidad, igualdad, jerarquĆ­a, lealtad, oportunidad, participaciĆ³n, racionalidad, responsabilidad, solidaridad, transparencia y universalidad que promuevan la interculturalidad, igualdad y la no discriminaciĆ³nĀ»;

Que, la ley IbĆ­dem en su Articulo 2 seƱala: Ā«Objetivo. – El servicio pĆŗblico y la carrera administrativa tienen por objetivo propender al desarrollo profesional, tĆ©cnico y personal de las y los servidores pĆŗblicos, para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad, productividad del Estado y de sus instituciones, mediante la conformaciĆ³n, el funcionamiento y desarrollo de un sistema de gestiĆ³n del talento humano sustentado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminaciĆ³nĀ»;

Que, los literales a) y h) del articulo 22 de la Ley OrgĆ”nica del Servicio PĆŗblico, LOSEP, expresan: Ā«a) Respetar, cumplir y hacer cumplir la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, leyes, reglamentos y mĆ”s disposiciones expedidas de acuerdo con la Ley; h) Ā«Ejercer sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe. Sus actos deberĆ”n ajustarse a los objetivos propios de la instituciĆ³n en la que se desempeƱe y administrar los recursos pĆŗblicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economĆ­a y eficiencia, rindiendo cuentas de su gestiĆ³nĀ»;

Que, el Plan Nacional de Desarrollo, publicado en el Registro Oficial Suplemento 234 de 19 de enero de 2018, tiene entre sus objetivos los siguientes: Ā«Objetivo 1: Garantizar una vida digna con Iguales oportunidades para todas las personas; (…) Objetivo 7: Incentivar una sociedad participa ti va, con un Estado cercano al servicio de la ciudadanĆ­a; (…) Objetivo 8: Promover la transparencia y la corresponsabilidad para una nueva Ć©tica social; (…) Objetivo 9: Garantizar la soberanĆ­a y la paz, y posicionar estratĆ©gicamente al paĆ­s en la regiĆ³n y el mundo.Ā» . AdemĆ”s, seƱala como uno de sus Objetivos Nacionales de Desarrollo la importancia del enfoque territorial en el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo al manifestar que: Ā«El enfoque territorial del actual Plan permite encontrar los puntos en comĆŗn para articular las polĆ­ticas pĆŗblicas entre los ejes del desarrollo, y garantizar la sustentabilidad de los recursos naturales, la transformaciĆ³n productiva, la reducciĆ³n de brechas territoriales, asĆ­ como la resiliencia de la poblaciĆ³n.Ā»;

Que, las normas de control interno para las entidades, organismos del sector pĆŗblico y personas jurĆ­dicas de derecho privado que dispongan de recursos pĆŗblicos contenido en el Acuerdo No. 039-CG, emitido por la ContralorĆ­a General del Estado, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 87 de 14 de diciembre de 2009 , en el numeral 200-01 expresa que la mĆ”xima autoridad de cada entidad emitirĆ” formalmente las normas propias del cĆ³digo de Ć©tica, para contribuir al buen uso de los recursos pĆŗblicos y al combate de la corrupciĆ³n;

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Que, la norma 200-01 de las Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector PĆŗblico y de las Personas JurĆ­dicas de derecho privado que dispongan de recursos pĆŗblicos publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 87 de 14 de diciembre de 2009, establece que; Ā«La integridad y los valores Ć©ticos son elementos esenciales del ambiente de control, la administraciĆ³n y el moni toreo de los otros componentes del control interno… La mĆ”xima autoridad de cada entidad emitirĆ” formalmente las normas propias del cĆ³digo de Ć©tica, para contribuir al buen uso de los recursos pĆŗblicos y al combate de la corrupciĆ³n…Ā»;

Que, la norma 407-08 de las Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector PĆŗblico y de las Personas JurĆ­dicas de derecho privado que dispongan de recursos pĆŗblicos, publicada en el Registro Oficial Suplemento No 87 de 14 de diciembre de 2009, establece que la mĆ”xima autoridad, los directivos y demĆ”s personal de la entidad, cumplirĆ”n y harĆ”n cumplir las disposiciones legales que rijan las actividades institucionales, observando los cĆ³digos de Ć©tica, normas y procedimientos relacionados con su profesiĆ³n y puesto de trabajo;

Que, para fomentar la responsabilidad, la solidaridad, la calidez, la calidad y el compromiso entre las y los servidores de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo, es necesario expedir un CĆ³digo de Ɖtica que determine y ratifique los principios y valores que rigen el servicio pĆŗblico, con la finalidad de alcanzar el efectivo desarrollo profesional y personal, propiciando una plena vocaciĆ³n de servicio pĆŗblico en beneficio del desarrollo institucional y de la colectividad.

Con estos antecedentes y consideraciones, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ConstituciĆ³n y la ley.

Resuelve:

EXPEDIR EL CƓDIGO DE ƉTICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTIƓN DEL SUELO

CAPITULO I GENERALIDADES

Art. 1.- Objetivo.- Establecer, aplicar y promover principios, valores, responsabilidades y compromisos Ć©ticos que guĆ­en el accionar y orienten la conducta de las y los servidores que conforman la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo para alcanzar los mĆ”s altos objetivos institucionales y garantizar el cumplimiento idĆ³neo de la normativa vigente dentro del marco del Ordenamiento Territorial. Uso y GestiĆ³n del Suelo.

Art. 2.- Ɓmbito de AplicaciĆ³n. – Las disposiciones constantes en el presente CĆ³digo de Ɖtica son de carĆ”cter general y de cumplimiento obligatorio para las servidoras y los servidores pĆŗblicos que presten servicios o ejerzan cargo, funciĆ³n o dignidad dentro de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo, incluidas las mĆ”ximas autoridades, aquellos con nombramiento temporal o peranente, con

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contratos ocasionales, honorarios profesionales, y, en general, todas las personas que inciden en la gestiĆ³n institucional vinculados bajo cualquier modalidad,

Art. 3.- PresunciĆ³n de Conocimiento.- Los derechas, deberes y obligaciones previstos en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, leyes, reglamentos y normas internas de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo, se presumen conocidas por las y los servidores de la SOT, su desconocimiento no exime de responsabilidad alguna.

CAPITULO II

PRINCIPIOS Y VALORES

Art.- 4.- Principios y Valores.- Las servidoras y los servidores pĆŗblicos de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo desempeƱarĆ”n sus atribuciones y responsabilidades aplicando y promoviendo los siguientes valores y principios, a mĆ”s de los establecidos en el Estatuto de la SOT:

  1. Liderazgo.- Las servidoras y los servidores que tuvieran personal a su cargo ejercerĆ”n sus actividades como promotores y practicantes continuos de principios y valores, propiciando la creaciĆ³n de una conducta proba y Ć©tica en la aplicaciĆ³n de este CĆ³digo, siendo un ejemplo al proyectar calidez y confianza para con los servidores y usuarios.
  2. Proactividad.- Desarrollo de actitudes y aptitudes, mediante conocimientos previos anticipando posibles contratiempos y formulando ejes de acciĆ³n que hagan posible la consecuciĆ³n de los objetivos planteados, metas propuestas, tareas y actividades encomendadas, que permitan lograr una productividad mayor a la planificada, con el objetivo de participar activamente en fa creaciĆ³n de alternativas para el mejoramiento continuo de tos procesos de la SOT, colaborando en la generaciĆ³n de Ideas que contribuyan al desenvolvimiento de actividades de todas las unidades administrativas.
  3. Calidad.- Los funcionarios que integran la SOT desempeƱarƔn sus actividades bajo tos mƔs altos estƔndares de calidad y dentro del Ɣmbito de sus competencias, capacidades y destrezas.
  4. Calidez.- La prestaciĆ³n del servicio y la atenciĆ³n se ejercerĆ”n con probidad, empatĆ­a, carisma. cordialidad, amabilidad, cortesĆ­a y solidaridad hacia los demĆ”s, es decir, conductas en las que se verifica el afecto humano para con los usuarios.
  5. Equidad.- DeterminaciĆ³n y concesiĆ³n de medidas orientadas a cada persona considerando y privilegiando grupos de atenciĆ³n prioritaria y excluyendo todo tipo discriminaciĆ³n.
  6. Igualdad.- Se adoptarĆ”n medidas de acciĆ³n afirmativa que promuevan la igualdad real y su goce a favor de los titulares de los derechos establecidos en la ConstituciĆ³n.
  7. Honestidad.- En el desempeƱo de sus funciones las servidoras y los servidores actuarĆ”n en base a la verdad, integridad y dignidad, sin buscar, esperar o aceptar prestaciĆ³n econĆ³mica, compensaciĆ³n ni beneficio personal o favor a de terceras personas, que puedan comprometerlo como servidor pĆŗblico,

h) Respeto.- Las servidoras y los servidores otorgarĆ”n y demostrarĆ”n a diario con quienes interactĆŗen un trato digno, cĆ”lido, amable y tolerante, creando un ambiente de trabajo saludable.

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i) Lealtad.- Las servidoras y los servidores de la Superintendencia serĆ”n fieles a la instituciĆ³n y actuarĆ”n de conformidad a sus fines, objetivos, misiĆ³n y visiĆ³n,

j) Transparencia.- Las servidoras y los servidores desempeƱarĆ”n sus funciones con claridad y diafanidad, garantizando el libre acceso a la informaciĆ³n pĆŗblica, de conformidad a los principios de publicidad, rendiciĆ³n de cuentas y gratuidad, permitiendo que los ciudadanos y otras instituciones del estado ejerzan control en un proceso de legitimaciĆ³n de informaciĆ³n veraz, precisa y oportuna;

k) Principio de legalidad.- Les servidores y funcionarios de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial. Uso y GestiĆ³n del Suelo conocerĆ”n respetarĆ”n y ejercerĆ”n sus funciones de acuerdo a las disposiciones establecidas en la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, tratados internacionales, leyes, reglamentos y demĆ”s instrumentos normativos que regulen su actuaciĆ³n.

CAPƍTULO III

NORMAS DE CONDUCTA

Art.-5.- Normas de conducta de los servidores pĆŗblicos. – Las y los servidores deberĆ”n cumplir las siguientes normas de conducta.

  1. OrientaciĆ³n a la excelencia: Realizar las tareas conforme a los mas altos niveles de rendimiento y calidad para mejorar constantemente la gestiĆ³n propia y la de otros, procurando trabajar y alcanzar estĆ”ndares de excelencia;
  2. Conducta profesional: Actuar positivamente, con predisposiciĆ³n, dinamismo y Ć©tica profesional, con la debida prudencia y buen criterio para mantener la independencia y objetividad en sus actividades profesionales acordes con las polĆ­ticas y valores institucionales;
  3. Impacto e influencia: Involucrarse en tos cambios sustantivos de la organizaciĆ³n con predisposiciĆ³n y liderazgo, a fin de respaldar la gestiĆ³n y persuadir al resto de compaƱeros a que orienten su comportamiento conforme a la misiĆ³n y visiĆ³n de la InstituciĆ³n;
  4. Fortalecimiento de la identidad institucional Proyectar una imagen institucional de servicio, basada en una conducta individual y colectiva asociadas a la lealtad, transparencia, justicia, dignidad, rectitud, honestidad, eficiencia y responsabilidad;
  5. Adecuado uso de bienes y recursos; Cuidar y conservar los bienes pĆŗblicos que se han adquirido o asignado para uso y que se hallen en poder de la instituciĆ³n a cualquier tĆ­tulo, velando siempre por la economĆ­a y recursos del Estado y por la conservaciĆ³n de los bienes en general otorgados a su custodia, administraciĆ³n o utilizaciĆ³n de conformidad con la ley;
  6. Fomento de derechos a grupos de atenciĆ³n prioritaria: Para el ejercicio de sus derechos, la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo, adoptarĆ” medidas de acciĆ³n positiva en favor de estas personas en diversas situaciones en las cuales resulten necesarias con estricta observancia del principio de equidad y de las normas establecidas en la ConstituciĆ³n;
  7. ProtecciĆ³n de datos de los usuarios: Los datos personales de los usuarios, instituciones sujetas a control y sus funcionarios, deben ser administrados de manera confidencial y reservada, utilizĆ”ndolos solo para los fines institucionales y con observancia al derecho de protecciĆ³n de dalos personales y al derecho a la intimidad establecidos en la ConstituciĆ³n;

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h) Aprender continuamente para el desarrollo: Manifestar predisposiciĆ³n de involucrarse en diferentes acciones y procesos para su desarrollo continuo, auto capacitarse y profesionalizarse con el propĆ³sito de potencializar sus competencias para su beneficio personal, de los equipos de trabajo, de los procesos, de la SOT y Productividad en su conjunto;

i) EvaluaciĆ³n permanente: Revisar constantemente que nuestro trabajo tenga como principio fundamental la calidad de los servicios, resultado de nuestros procesos organizacionales, orientados al cumplimiento de la misiĆ³n y visiĆ³n institucional, a la consecuciĆ³n de los objetivos y logro de metas asociadas al desempeƱo, con la finalidad de llevar un proceso de mejora continua que responda a la contribuciĆ³n del buen vivir en nuestra sociedad;

j) Capacidad de dialogo: Desarrollar y poner en prĆ”ctica la habilidad para llegar a acuerdos o consensos, prestos a interactuar con los demĆ”s, creciendo en tolerancia, prestando atenciĆ³n, promoviendo un clima de comuniĆ³n que nos permita mejorar nuestra comunicaciĆ³n y relaciones entre compaƱeros, departamentos, Ć”reas y direcciones de la instituciĆ³n; asĆ­ como tambiĆ©n con los diferentes actores del paĆ­s y partes interesadas, asegurando el logro de los objetivos al obtener resultados justos a los intereses tanto nacional como institucional;

k) SoluciĆ³n de problemas: Estudiar un tema o problema con un enfoque analĆ­tico, apertura y buena predisposiciĆ³n, identificando los puntos esenciales para poder determinar sus causas, raĆ­z y elegir soluciones eficientes y efectivas, con el propĆ³sito de mejorar nuestros procesos y servicios como instituciĆ³n pĆŗblica; y,

I) Trabajo en equipo; Alto nivel de colaboraciĆ³n y cooperaciĆ³n entre los servidores para cumplir un objetivo y responsabilidad comĆŗn, aportando ideas y proporcionar soluciones a las dificultades presentadas y en beneficio de los objetivos institucionales,

Art.-6.- Normas de conducta para con nuestros usuarios – Las y los servidores en el desarrollo de sus actividades, deberĆ”n cumplir las siguientes normas de conducta:

  1. Servicio hacia el usuario: Servir a los usuarios en sus requerimientos y necesidades de manera oportuna, eficaz, eficiente, transparente, a travĆ©s de una atenciĆ³n proactiva y personalizada para brindar un servicio con calidad y calidez, contribuyendo activamente al cumplimiento de los objetivos institucionales; y,
  2. Efectividad en el servicio que presta la SOT: Integrar todos los recursos, a fin de atender los requerimientos de los usuarios, cumplir y hacer cumplir las polĆ­ticas del Estado respecto a los estĆ”ndares de un buen servicio, tomando como base una evaluaciĆ³n continua de la satisfacciĆ³n de los usuarios, a travĆ©s del diseƱo e implementaciĆ³n de indicadores de gestiĆ³n y desempeƱo que evidencie el nivel de servicio que prestamos como instituciĆ³n.

CAPƍTULO IV COMPROMISOS INSTITUCIONALES

Art.-7.- Compromisos de la SOT. – Las y los servidores de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo, asumirĆ”n con eficiencia y eficacia los compromisos que se mencionan a continuaciĆ³n:

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1 Con la InstituciĆ³n:

  1. Mantener la verdad en cualquier situaciĆ³n en pro de la SOT y la sociedad;
  2. Cuidar y precautelar el buen nombre de la SOT;
  3. Desarrollar el sentido de pertenencia, pata fortalecer la gestiĆ³n y el cumplimiento de las competencias institucionales;
  4. Abstenerse de emitir comentarios y juicios de valor que afecten la imagen de la InstituciĆ³n, de sus servidores y funcionarios;
  5. Llevar la identificaciĆ³n institucional;
  6. Ocuparnos continuamente de nuestro crecimiento profesional y personal a fin de desarrollar las competencias actuales y futuras requeridas por la InstituciĆ³n;
  7. Desarrollar al mĆ”ximo el potencial en funciĆ³n del Ć”rea o departamento al que han sido asignados, y efectuar las crĆ­ticas constructivas en pro del beneficio de la SOT;
  8. Respetar y cumplir las leyes y reglamentos que rigen las actividades de los servidores;
  9. No usar la amistad o el nivel jerƔrquico para interferir o solicitar exigencias que afecten los procesos establecidos, la ley y buen nombre de la SOT;
  10. No aceptar influencias polĆ­ticas en el desenvolvimiento de tas actividades;
  11. Abstenerse de aceptar regalos, sean en dinero, o especies, gratificaciones, objetos, invitaciones o alimentos y ventajas en razĆ³n de sus funciones, para sĆ­, sus superiores o de sus subalternos; sin perjuicio de que estos actos constituyan delitos tales como: peculado, cohecho, concusiĆ³n, extorsiĆ³n o enriquecimiento ilĆ­cito;
  12. El trabajo debe ser altamente confiable y profesional con los sustentos legales y tƩcnicos de respaldo;
  13. Ser objetivos, profesionales y Ć©ticos en la elaboraciĆ³n de informes y demĆ”s documentos;
  14. Proporcionar informaciĆ³n veraz y confiable a quien lo solicite;
  15. No alterar ni falsificar los documentos requeridos por la InstituciĆ³n;
  16. Custodiar la informaciĆ³n que se encuentre bajo la responsabilidad de los funcionarios y servidores;
  17. Verificar que la informaciĆ³n recibida estĆ© de acuerdo con la normativa, reglamentos y demĆ”s disposiciones, a fin de que los procesos se mantengan transparentes y dentro de los estĆ”ndares establecidos;
  18. No transferir las claves institucionales que se encuentran bajo la responsabilidad de los funcionarios y servidoras, a terceras personas;
  19. Ser responsables de los equipos y demƔs insumos a vuestro cargo, no utilizar los bienes institucionales para actividades personales ni de terceros;
  20. Poner en conocimiento de las autoridades competentes las acciones fraudulentas de los funcionarios y servidores que deterioren la Imagen Institucional de la SOT:
  21. Informar al Superintendente o su delegado, o al ComitĆ© de Ɖtica, cualquier acto ilegal, inapropiado, inmoral por parte de las y los servidores de la SOT, que infrinja el presente CĆ³digo de Ɖtica: y,
  22. Respetar y hacer buen uso del cargo designado, evitando influir de manera inapropiada o interferir en las acciones previstas por el ComitĆ© de Ɖtica. Todo lo referido en los literales anteriores, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas y penales, que el cometimiento de los hechos pueda acarrear.

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2. Con los Superiores:

  1. Mantener al dĆ­a el trabajo, estar listos para proporcionar informaciĆ³n en el momento que se requiera;
  2. Mantener en orden y al dĆ­a la documentaciĆ³n e informaciĆ³n bajo nuestra responsabilidad;
  3. Reconocer los errores, asumirlos con integridad y comunicar lo mƔs pronto posible para tomar los correctivos del caso;
  4. Proporcionar informaciĆ³n oportuna, confiable y de fĆ”cil entendimiento, De requerirse informaciĆ³n confidencial, Ć©sta serĆ” proporcionada previa autorizaciĆ³n de la autoridad competente, conforme a lo contemplado en los artĆ­culos 17,18, 19; y, 20 de la Ley OrgĆ”nica de Transparencia y Acceso a la InformaciĆ³n PĆŗblica; y,
  5. Acatar las disposiciones superiores, siempre que Ć©stas se ajusten a las normativas legales y reglamentaciones internas que salvaguarden el buen nombre de la InstituciĆ³n.

3. Con nuestros compaƱeros:

  1. Fomentar las buenas relaciones interpersonales que ayuden a desarrollar un buen clima y ambiente laboral; y,
  2. Contribuir con un trabajo en equipo, dentro de un marco Ć©tico y profesional.

4. Con los usuarios:

  1. Proporcionar informaciĆ³n especifica, confiable, oportuna y validada con la finalidad de satisfacer las necesidades de los usuarios;
  2. Respetar a los usuarios, tratarlos con educaciĆ³n y prontitud, sirviendo a todos por igual, sin distinciones de ningĆŗn tipo;
  3. Asesorar a los usuarios externos e internos de manera adecuada y oportuna sobre los requerimientos planteados; y,
  4. Considerar a los usuarios de la SOT como parte de nuestra institucionalidad, ofreciƩndoles un servicio de excelencia.

5. Con los subalternos.

  1. Evaluar de forma justa el desempeƱo de todos los servidores y funcionarios de la SOT;
  2. Distribuir la carga laboral de forma equitativa, con el propĆ³sito de ser justos con cada uno de los miembros del equipo de trabajo;
  3. Asegurar que los procesos de selecciĆ³n y promociĆ³n de los servidores estĆ©n libres de Influencias, favoritismos y que estĆ©n basados en los principios de mĆ©rito y oposiciĆ³n;
  4. Abstenerse de tomar represalias fĆ­sicas, emocionales o de cualquier tipo contra los servidores y funcionarios que denuncien un comportamiento no Ć©tico de los superiores;
  5. Promover el desarrollo del talento humano de los servidores o funcionarios a su cargo, brindando apoyo, retroalimentaciĆ³n, confianza, reconociendo sus fortalezas y debilidades;

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  1. Contribuir al desarrollo de un buen clima y ambiente laboral, practicando un liderazgo participativo;
  2. Dar el crĆ©dito correspondiente a los servidores y funcionarios por las tareas realzadas, no asumirlas como nuestras, y siempre declarar las fuentes de informaciĆ³n en todo trabajo que realizamos;

h) Promover la participaciĆ³n de los servidores y funcionarios, en los programas de capacitaciĆ³n, con el propĆ³sito de contribuir a su desarrollo personal y profesional: y,

i) Proveer retroalimentaciĆ³n sobre su desempeƱo laboral de forma periĆ³dica, procurando contribuir con el desarrollo integral de la persona,

CAPITULO V

ACTUALIZACIƓN Y DIVULGACIƓN

Art. 8.- DivulgaciĆ³n: El presente cĆ³digo, serĆ” socializada por la DirecciĆ³n de ComunicaciĆ³n de la SOT a travĆ©s de los mecanismos disponibles a todos servidores en general, quienes deberĆ”n firmar como constancia de recibido y del compromiso adquirido para su cumplimiento,

Cada vez que se introduzcan modificaciones al presente manual, la versiĆ³n actualizada serĆ” divulgada una vez que haya sido aprobado por el ComitĆ© Institucional de Ɖtica.

Los servidores pĆŗblicos que se incorporen a la SOT, luego de la aprobaciĆ³n de este CĆ³digo de Ɖtica, deberĆ”n suscribir una constancia sobre el proceso de inducciĆ³n institucional

El presente cĆ³digo estarĆ” integrado al sistema de control interno, y, a los diferentes manuales, procedimientos y mecanismos de control vigentes en la instituciĆ³n.

CAPITULO VI

DEL COMITƉ DE ETICA INSTITUCIONAL

Art. 9.- Finalidad del ComitĆ© de Ɖtica: El ComitĆ© de Ɖtica es un grupo interdepartamental que tiene como finalidad vigilar y garantizar la aplicaciĆ³n y el cumplimiento del presente CĆ³digo de Ɖtica.

En caso de incumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica, por parte de los servidores pĆŗblicos de la SOT, se aplicarĆ” el rĆ©gimen disciplinarlo vigente.

El ComitĆ© de Ɖtica podrĆ” receptar denuncias de los usuarios internos y externos, conocer y emitir recomendaciones respecto al hecho ocurrido

En caso de actos que ameriten sanciones civiles o penales, se derivarĆ” el conocimiento de los mismos a la instancia interna o autoridades externas competentes. En tos dos casos, se observarĆ”n los principios de protecciĆ³n y reserva de Ć©l o la denunciante, asĆ­ coma los del debido proceso y la presunciĆ³n de inocencia de Ć©l o la servidora.12 – Martes 25 de septiembre de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 555 – Registro Oficial

Art. 10.- ConformaciĆ³n del ComitĆ© de Ɖtica: El ComitĆ© de Ɖtica estarĆ” conformado por los siguientes miembros:

  1. Un representante de la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n ele Talento Humano, quien preside el ComitĆ© y tiene voz y voto;
  2. El CoordinaciĆ³n General de AsesorĆ­a JurĆ­dica o su delegado, quien actuarĆ” como Secretario y con voz, pero sin voto;
  3. Un representante de la CoordinaciĆ³n General Administrativa financiera, tiene voz y voto;
  4. Un representante de la AsociaciĆ³n de Funcionarios de la SOT (voz y voto);
  5. Un representante de las Intendencias Nacionales, tienen voz y voto, y,
  6. Un representante de la DirecciĆ³n de ComunicaciĆ³n Social, tiene voz.

Art. 11.- Atribuciones Generales del ComitĆ©; El ComitĆ© de Ɖtica de la SOT tendrĆ” las siguientes atribuciones;

  1. Implementar y difundir el CĆ³digo de Ɖtica dentro de la entidad y en los diferentes niveles desconcentrados, articulando con las distintas instancias institucionales en el Ć”mbito de su competencia;
  2. Reconocer e incentivar comportamientos Ć©ticos positivos;
  3. En caso de actos referidos a sanciones administrativas, buscar paralelamente acciones con el Ɣrea correspondiente, que procuren la mejora de comportamientos y convivencia institucional;
  4. Sugerir soluciones a la instancia interna competente de loa casos que lleguen a su conocimiento;
  5. Velar por la reserva de los casos;
  6. De asĆ­ requerirlo, generar espacios de mediaciĆ³n entre las partes involucradas en casos de incumplimiento al CĆ³digo de Ɖtica;
  7. Proponer la asesorƭa interna o externa para suplir necesidades puntuales en los casos que determine el ComitƩ;
  8. Realizar propuestas para la actualizaciĆ³n y el mejoramiento permanente del CĆ³digo de Ɖtica; y,
  9. Realizar propuestas para el mejoramiento continuo de los procedimientos internos del ComitĆ© de Ɖtica.

Art. 12.- Responsabilidades de la Presidencia del ComitƩ;

  1. Liderar la organizaciĆ³n y el funcionamiento del ComitĆ© de Ɖtica;
  2. Convocar al ComitĆ© de Ɖtica de la InstituciĆ³n;
  3. Recopilar semestralmente observaciones de los procedimientos internos del ComitƩ para su mejoramiento;
  4. Tomar en cuenta las sugerencias de los informes finales que realice el ComitĆ© de Ɖtica para cada caso; y,
  5. Brindar asesorĆ­a en Ć”mbitos relacionados a la gestiĆ³n del talento humano.

Art. 13.- Responsabilidades de la Secretaria del ComitƩ: El Coordinador General de Asesorƭa Jurƭdica o su delegado, actuarƔ como secretario del ComitƩ y tendrƔ las siguientes responsabilidades;

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀ° 555 Martes 25 de septiembre de 2018 – 13

  1. Brindar asesorƭa en las Ɣreas de su competencia;
  2. Receptar la documentaciĆ³n del comitĆ© y suscribir la recepciĆ³n de correspondencia;
  3. Elaborar las convocatorias;
  4. Elaborar tas actas de sesiĆ³n;
  5. Llevar el registro y archivo de actas;
  6. Poner las actas en conocimiento del ComitƩ y receptar sus firmas;
  7. Preparar comunicaciones y oficios sobre los asuntos resueltos por el ComitƩ:
  8. Certificar documentos celebrados por el ComitƩ; y,
  9. Construir informes finales y manejar el archivo, la documentaciĆ³n fĆ­sica y digital.

Art. 14.- Responsabilidades de las y los servidores pĆŗblicos que Integran el ComitĆ© de Ɖtica.- TendrĆ”n las siguientes responsabilidades:

  1. Conocer y aportar criterios y recomendaciones que susciten sugerencias en los casos que se presenten;
  2. Velar por el cumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica para el Buen Vivir de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y GestiĆ³n del Suelo: y.
  3. Proponer mejoras a procesos internos que fortalezcan el adecuado cumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica

Art. 15.- Las convocatorias. – El ComitĆ© de Ɖtica se reunirĆ” cada tres meses de forma ordinaria y en cualquier momento a peticiĆ³n rnotivada de uno o mĆ”s de sus miembros de manera extraordinaria, previa convocatoria realizada por el Presidente del ComitĆ©, con por lo menos 24 horas de anticipaciĆ³n

Las Actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias serƔn suscritas por el Presidente y Secretario del ComitƩ, quien llevarƔ su custodia, registro y archivo.

Art. 16.- Los procedimientos. – El ComitĆ© de Ɖtica establecerĆ”, revisarĆ” y generarĆ” los procedimientos internos para:

  1. Implementar acciones de mejora en el ComitĆ© de Ɖtica Institucional;
  2. Reconocer e incentivar comportamientos Ć©ticos positivos;
  3. Conocer y derivar a la instancia interna competente casos de incumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica;
  4. Proponer recomendaciones y resoluciones de los casos receptados;
  5. Monitorear los casos que se deriven a la instancia interna o externa competente;
  6. Tomar decisiones para la resoluciĆ³n de casos de incumplimiento del CĆ³digo de Ɖtica;
  7. Realizar formatos de informes; y,
  8. Llevar a cabo los demĆ”s procedimientos que considere necesarios para la correcta aplicaciĆ³n del CĆ³digo de Ɖtica.

Art. 17.- Responsabilidades de las y tos servidores de la SOT – DeberĆ”n cumplir con las siguientes responsabilidades:

a) Comprometerse expresamente a cumplir con las normas contempladas en este CĆ³digo;

14 – Martes 25 de septiembre de 2018 EdiciĆ³n Especial NĀ° 555 – Registro Oficial

  1. Mantener un comportamiento respetuoso, honesto, con calidez y abierto al diƔlogo con compaƱeros y usuarios de la SOT para fortalecer la imagen institucional;
  2. Abstenerse de usar su cargo, autoridad o influencia para obtener o procurar beneficios o ventajas para sĆ­ o para terceros dentro y fuera de la InstituciĆ³n;
  3. Excusarse en los casos en los que exista conflictos de intereses hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, cuando se trate de la o el conviviente, compadrazgo, padrinazgo y enemigos manifiestos; en caso de personas jurĆ­dicas, no haber tenido vĆ­nculo alguno en actos comerciales, o que su cĆ³nyuge, conviviente, personas con parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad que tengan acciones, participaciones y/o administren personas jurĆ­dicas legalmente constituidas conforme lo establece el CĆ³digo Civil y la Ley de CompaƱƭas;
  4. Ejercer sus funciones con lealtad institucional, rectitud y buena fe;
  5. Actuar conforme a los objetivos propios de la SOT y administrar tos recursos pĆŗblicos exclusivamente para los propĆ³sitos que han sido destinados con apego a los principios de legalidad, eficacia, economĆ­a y eficiencia, rindiendo cuentas de su gestiĆ³n;
  6. Utilizar la informaciĆ³n pĆŗblica a la que tuviere acceso de forma responsable y honesta;
  7. Denunciar cuando se tuviese informaciĆ³n comprobada o indicios comprobables del cometimiento de actos o conductas contrarias a la ConstituciĆ³n, leyes, reglamentos internos de la SOT y al presente CĆ³digo de Ɖtica;
  8. Emplear la debida diligencia en el uso, el manejo de claves, cĆ³digos y elementos de seguridad para acceder a las redes de informaciĆ³n electrĆ³nica institucional; y.
  9. Promover en todo momento buenas prƔcticas ambientales.

Art. 18.- Procedimiento para la aplicaciĆ³n de sanciones-de orden Ɖtico. – Tan pronto como el ComitĆ© Institucional recepte la denuncia y luego de su anĆ”lisis, este organismo elaborarĆ” el Informe correspondiente y enviarĆ” a la DirecciĆ³n de AdministraciĆ³n de Talento Humano en el tĆ©rmino de siete dĆ­as; para que, de ser procedente, se aplique el rĆ©gimen disciplinario, de conformidad a lo previsto en el Art. 80 y siguientes del Reglamento General de la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico.

Art. 19.- Sanciones aplicables. – Las sanciones de acuerdo a la gravedad de la falta se aplicarĆ”n conforme el RĆ©gimen Disciplinario establecido en la Ley OrgĆ”nica de Servicio PĆŗblico y su reglamento,

Art. 20.- Conocimiento de denuncias. – El trĆ”mite a seguirse ante el conocimiento de denuncias sobre prĆ”cticas o conductas contrarias al presente CĆ³digo, se efectuarĆ” de la siguiente manera;

Una vez presentada la denuncia de oficio o a peticiĆ³n de parte, el ComitĆ© en el tĆ©rmino de tres (3) dĆ­as analizarĆ” las presuntas conductas contrarias al presente CĆ³digo; y, dentro del tĆ©rmino de cinco (5) dĆ­as notificarĆ” y convocarĆ” al denunciado para que exponga sus argumentos; de considerarlo pertinente, solicitarĆ” los informes que considere necesarios. Una vez fenecido el tĆ©rmino anterior, el ComitĆ© emitirĆ” sus recomendaciones, en el tĆ©rmino de tres (3) di as y remitirĆ” todo lo actuado a la DirecciĆ³n

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de AdministraciĆ³n de Talento Humano, para los fines pertinentes Para el efecto se cumplirĆ” con tas GarantĆ­as Constitucionales del debido proceso.

DISPOSICIƓN FINAL

El presente CĆ³digo de Ɖtica entrarĆ” en vigencia a partir de la fecha de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de la fecha de su promulgaciĆ³n en el Registro Oficial.

Dada en la ciudad de Cuenca, a las

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