n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes, 30 de Agosto de 2011 – R. O. No. 523

n

n

n n

n
n FUNCIÓN EJECUTIVA
n
n DECRETOS:
n
n 850 Desígnanse a los doctores: Guillaume Long; María Luisa Granda Kuffo; y, José Antonio Figueroa Pérez, delegados del señor Presidente de la República ante el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES)
n
n 851 Promuévese al inmediato grado superior a varios oficiales del Ejército, correspondiente al año 2011
n
n 852 Promuévese al inmediato grado superior del Ejército al GRAB. Luis Aníbal Garzón Narváez
n
n
n ACUERDOS:
n
n SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
n
n 823 Concédese vacaciones al ingeniero Mario Fernando Albuja Sáenz, Subsecretario de Tecnologías de la Información
n
n 824 Concédese licencia con cargo a vacaciones a la economista Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social
n
n 825 Concédese permiso con cargo a vacaciones a la doctora Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación
n
n 826 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al economista Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador
n
n
n SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL:
n
n 2011-651 Transfiérese a perpetuidad a la Presidencia de la República varios vehículos pertenecientes al Ministerio de Defensa
n
n
n MINISTERIO DE CULTURA:
n
n 132-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor del señor Jorge Sebastián Chicaiza Gallardo, el valor de los pasajes hasta el monto de (USD 4.000,00) en la ruta Quito-Bolivia/La Paz-Quito
n
n 133-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor de la señora Lorena Patricia Toro Vargas, el valor correspondiente a dos pasajes aéreos en la ruta Guayaquil-Mendoza-Guayaquil
n
n
n CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO:
n
n 022 CG-2011 Apruébase el Manual Específico de Auditoría Interna de la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas, EPMMOP
n
n
n RESOLUCIONES:
n
n CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD:
n
n DE-11-094 Otórgase la Licencia Ambiental No. 032/11, para la operación de la Central de Generación Termoeléctrica Sacha, ubicada en la ciudad de Sacha, provincia de Orellana
n
n
n COMITÉ DE COMERCIO EXTERIOR:
n
n 19 Dispónese al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, SENAE aplicar el margen de tolerancia de hasta un 3% en las importaciones a granel siempre que los motivos de variación no hayan sido otros diferentes a fenómenos atmosféricos, físicos o químicos, debidamente justifica-dos, ocurridos exclusivamente en el transporte de las mercancías
n
n 20 Difiérese a 0% ad-valórem el Arancel Nacional de Importaciones, por un año
n
n 21 Niégase a la Empresa Bobb del Ecuador S. A., la solicitud de aplicación medidas antidumping provisionales a las importaciones de películas de polipropileno biorentadas sin impresión gráfica originarias de la República de Chile y el Sultanato de Omán
n
n 22 Desígnanse a varias personas como miembros del equipo negociador del proceso de profundización de las relaciones comerciales con la República de los Estados Unidos Mexicanos
n
n 23 Emítese dictamen favorable para diferir a 0% el arancel ad-valorem en la importación de trigo, harina de trigo y grañones y sémola de trigo
n
n
n SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DGN-0402 Expídese el Instructivo para la Codificación de Documentación Oficial
n
n
n ORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n Cantón Cevallos: Para la organización, administración y funcionamiento del Registro Municipal de la Propiedad
n
n Gobierno Municipal del Cantón Putumayo: Que reglamenta la determinación y recaudación del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales
n
n
n ORDENANZA PROVINCIAL:
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado del Guayas: De creación y funcionamiento de la Empresa Pública de Fomento a las Actividades Productivas, Turísticas y Agropecuarias del Guayas, PRODUGUAYAS EP

n n

n

n n

n

n

n Nº 850

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el número 2 del artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el sistema de educación superior estará integrado por un ?organismo público técnico de acreditación y aseguramiento de la calidad de instituciones, carreras y programas, que no podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación.?;

n

n

n

n Que, el artículo 175 de la Ley Orgánica de Educación Superior establece que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, estará integrado por seis académicos, tres seleccionados por concurso público de méritos y oposición organizado por el Consejo Nacional Electoral, quienes cumplirán los mismos requisitos dispuestos para ser Rector de una universidad y tres designados por el Presidente de la República;

n

n

n

n Que, corresponde designar a los delegados del Presidente de la República al Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior a fin de agilizar la integración de dicho organismo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confiere el número 9 del artículo 147 de la Constitución de la República; y, el artículo 175 de la Ley Orgánica de Educación Superior,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Artículo 1.- Desígnense como delegados del Presidente de la República ante el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES), a los siguientes académicos:

n

n

n

n Dr. Guillaume Long.

n

n

n

n Dra. María Luisa Granda Kuffo.

n

n

n

n Dr. José Antonio Figueroa Pérez.

n

n

n

n Disposición Final.- Este decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.

n

n

n

n Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Nº 851

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 147, numeral 5 de la Constitución de la República y el 25 literal a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, y, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previa resolución del Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, constante en oficio Nº 2011-0156-SCOGFT del 6 de julio del 2011,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Por haber cumplido con los requisitos determinados en los artículos 117 y 122 lit. d) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y por existir las vacantes respectivas promuévase al inmediato grado superior, con la fecha que se indica a continuación, a los siguientes señores oficiales superiores:

n

n

n

n LISTA DE PROMICIÓN DEFINITIVA DE OFICIALES SUPERIORES DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2011.

n

n

n

n CORONELES EMC:

n

n PROMOCIÓN Nº 77 DEL 10 DE AGOSTO DEL 2004 CON FECHA 10 DE AGOSTO DEL 2011

n

n

n

n 1705289633 CRNEL. EMC Andrade Garzón Celso Vinicio.

n

n

n

n 1706747704 CRNEL. EMC Castro Ayala Luis Miguel Ángel.

n

n

n

n 1707101737 CRNEL. EMC Rodríguez Arrieta Carlos Modesto.

n

n

n

n 1705637682 CRNEL. EMC Cabrera Campuzano Gustavo Vicente.

n

n

n

n 1704234978 CRNEL. EMC Egüez Espinosa Carlos Gustavo.

n

n

n

n 1706748405 CRNEL EMC Narváez Rosero Edison Mauricio.

n

n

n

n Art. 2.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.

n

n

n

n Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n Nº 852

n

n

n

n Rafael Correa Delgado

n

n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos 147, numeral 5 de la Constitución de la República y el 25, literal a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, y, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previa resolución del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, constante en oficio Nº CSFA-092-2011-O del 7 de julio del 2011,

n

n

n

n Decreta:

n

n

n

n Art. 1.- Por haber cumplido con los requisitos determinados en los artículos 117 y 122 lit. ?e? de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y con los requisitos establecidos en los Arts. 70, 71, 72, 73 del Reglamento de Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas y sus anexos y por existir las vacantes respectivas promuévase al inmediato grado superior, con la fecha que se indica a continuación, a los siguientes señores oficiales generales:

n

n

n

n LISTA DE PROMOCIÓN DEFINITIVA DE OFICIALES GENERALES DEL EJÉRCITO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 20011.

n

n

n

n GENERALES DE BRIGADA:

n

n PROMOCION Nº 73 DEL 10 DE AGOSTO DEL 2006 CON FECHA 10 DE AGOSTO DEL 2011:

n

n

n

n 0400471215 GRAB. Luis Aníbal Garzón Narváez.

n

n

n

n Art. 2.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución del presente decreto.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n

n

n

n f.) Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional. Es fiel copia de su original en una foja útil.

n

n

n

n Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n

n

n Nº 823

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE

n

n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante memorando Nº SNAP-STI-2011-295-ME del 8 de agosto del 2011, el ingeniero Mario Fernando Albuja Sáenz, Subsecretario de Tecnologías de la Información solicita autorizar su salida por vacaciones anuales 2011, desde el 15 de agosto al 2 de septiembre próximo; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder al ingeniero Mario Fernando Albuja Sáenz, Subsecretario de Tecnologías de la Información, vacaciones en el período del 15 de agosto al 2 de septiembre del 2011.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El ingeniero Manuel Rodríguez, Director de Interoperabilidad, reemplazará en su ausencia al titular, en el despacho de la Subsecretaría de Tecnologías de la Información.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 8 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.- Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Nº 824

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE

n

n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nº MCDS-SAFTRH-2011-0282-O del 8 de agosto del 2011, la señorita Norma Machado Cevallos, Subsecretaria Administrativa, Financiera, Tecnológica y de Recursos Humanos (encargada), informa que la señora Econ. Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social hará uso de sus vacaciones a partir del día lunes 15 al 26 del mes presente, por lo que pone a consideración a fin de que se autorice la licencia de vacaciones; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder la licencia con cargo a vacaciones a partir del 15 al 26 de agosto del 2011, a la señora economista Jeannette Sánchez Zurita, Ministra Coordinadora de Desarrollo Social.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La señora Ministra Coordinadora de Desarrollo Social encargará dicho Ministerio de Coordinación, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 8 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.- Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Nº 825

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE

n

n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nº MINEDUC-DM-2011-0F-00133 del 8 de agosto del 2011, la doctora Gloria Vidal Illingworth, Ministra de Educación solicita concederle permiso con cargo a vacaciones, desde el día lunes 15 al martes 30 del mes presente; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder a la doctora Gloria Vidal, Illingworth, Ministra de Educación, el permiso requerido con cargo a vacaciones, correspondiente al período del 15 al 30 de agosto del 2011.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- La Ministra de Educación encargará dicha Cartera de Estado, de conformidad a lo establecido en las normas legales vigentes.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 9 de agosto de 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.- Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Nº 826

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE

n

n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 11944 del 5 de agosto del 2011, a favor del economista Gustavo Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para su desplazamiento a Buenos Aires – Argentina del 10 al 13 del mes presente, a fin de asistir a la Primera Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas de la UNASUR; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al economista Diego Borja Cornejo, Presidente del Directorio del Banco Central del Ecuador, para que participe en la Primera Reunión del Consejo Suramericano de Economía y Finanzas de la UNASUR, a celebrarse en la ciudad de Buenos Aires – Argentina del 10 al 13 de agosto del 2011.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El Banco Central del Ecuador financiará los pasajes aéreos internacionales y los viáticos respectivos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a miércoles, 10 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Es fiel copia de su original en una foja útil.- Lo certifico.

n

n

n

n Quito, a 11 de agosto del 2011.

n

n

n

n f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario Nacional de la Administración Pública.

n

n

n

n Nº 2011-651

n

n

n

n Ing. María Luisa Donoso López

n

n SECRETARIA GENERAL DE LA

n

n PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

n

n

n

n Lcdo. Javier Ponce Cevallos

n

n MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el artículo 57 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público de la Contraloría General del Estado dispone: Traspaso es el cambio de asignación de un bien mueble o inmueble que se hubiere vuelto innecesario o inútil para una entidad u organismo a favor de otro, dependiente de la misma persona jurídica, que lo requiera para el cumplimiento de sus fines, como en el caso de los ministerios de Estado o sus dependencias. Cuando intervengan dos personas jurídicas distintas no habrá traspaso sino donación y, en este evento, existirá transferencia de dominio que se sujetará a las normas especiales de la donación;

n

n

n

n Que el artículo 59 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público de la Contraloría General del Estado dispone: Las máximas autoridades de las entidades u organismos que intervengan, autorizarán la celebración del traspaso, mediante acuerdo que dictarán conjuntamente. En lo demás se estará a lo dispuesto en los artículos 55 y 56 de este reglamento;

n

n

n

n Que, mediante oficio circular Nº T.1.C.1-SNA-O-11-22 de 4 de enero del 2011, el doctor Vinicio Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública informó a los señores ministros coordinadores, ministros de Estado, y máximas autoridades de las instituciones públicas que por disposición del señor Presidente Constitucional de la República y con el objeto de optimizar el control y administración del parque automotor de las diversas instituciones públicas que se emplea para los fines propios del servicio público y, que se dirija de manera adecuada la correcta conservación, cuidado, buen uso y mantenimiento de los bienes públicos que han sido asignados para su uso, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Reglamento General de Bienes del Sector Público, se deberá proceder, de manera coordinada e inmediata, a la transferencia de dominio de los automotores, mediante la transferencia gratuita, traspaso a perpetuidad o donación, según corresponda, e incorporar todos aquellos vehículos que se encontraren asignados bajo la modalidad de contrato comodato en las instituciones en las cuales están siendo usados los mismos, previo los respectivos informes, suscripción de acuerdos conjuntos entre las máximas autoridades de las entidades u organismos y de las correspondientes actas de entrega recepción, cumpliendo con lo previsto en el precitado reglamento;

n

n

n

n Que el Art. 158 de la Constitución Política de la República, prescribe: ?Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional con instituciones de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas solo podrán participar en actividades económicas relacionadas con la defensa nacional, y podrán aportar su contingente para apoyar el desarrollo nacional, de acuerdo con la ley. Las Fuerzas Armadas podrán organizar fuerzas de reserva, de acuerdo a las necesidades para el cumplimiento de sus funciones. El Estado asignará los recursos necesarios para su equipamiento, entrenamiento y formación;

n

n

n

n Que es competencia de la Secretaria General de la Presidencia de la República, dirigir la marcha administrativa y financiera de la Presidencia de la República, para lo cual podrá expedir, conforme a la normativa vigente, acuerdos, resoluciones, órdenes, instructivos y disposiciones, así como autorizar todos los actos y contratos necesarios para la gestión de la Presidencia de la República; autorizar y/o celebrar los actos, convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos, administrativos y financieros que fueren necesarios para la gestión administrativa, financiera y logística de la Presidencia de la República; ejercer las demás atribuciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Presidente de la República;

n

n

n

n Que es indispensable optimizar el uso de los bienes del Estado, mediante una adecuada distribución que coadyuve a los fines propios de sus instituciones; y,

n

n

n

n En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 59 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público,

n

n

n

n

n

n Resuelven:

n

n

n

n Artículo 1.- El Ministerio de Defensa Nacional transfiere a perpetuidad a la Presidencia de la República el dominio de los vehículos de las siguientes características:

n

n

n n

n

n n

n

n n

n Nº

n n

n Cód.

n n

n Marca

n n

n Año

n n

n Color

n n

n Placa

n n

n Nº Motor

n n

n Nº Chasis

n n

n 1

n n

n 42-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Azul

n n

n PEO-197

n n

n 6VD1950947

n n

n 8LDUCS25G10106273

n n

n 2

n n

n 43-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Rojo-B

n n

n PEO-198

n n

n 6VD1946953

n n

n 8LDUCS25G10106380

n n

n 3

n n

n 44-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Rojo

n n

n PEN-566

n n

n 6VD1946951

n n

n 8LDUCS25G10106384

n n

n 4

n n

n 46-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Rojo M

n n

n PEO-770

n n

n 6VD1946969

n n

n 8LDUCS25G10106401

n n

n 5

n n

n 47-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Rojo M

n n

n PEN-138

n n

n 6VD1950926

n n

n 8LDUCS25G10106258

n n

n 6

n n

n 48-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Rojo-M

n n

n PEN-139

n n

n 6VD1950932

n n

n 8LDUCS25G10106261

n n

n 7

n n

n 49-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Gris – G

n n

n PEO-777

n n

n 6VD1950938

n n

n 8LDUCS25G10106268

n n

n 8

n n

n 50-A

n n

n Jeep Chevrolet Rodeo

n n

n 2001

n n

n Azul-A

n n

n PEN-141

n n

n 6VD1950940

n n

n 8LDUCS25G10106266

n n

n 9

n n

n 51-A

n n

n