Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Viernes 13 de Marzo de 2015 – R.
O. No. 458
SUMARIO
SUPLEMENTO
Gobiernos Autónomos Descentralizado: Ordenanzas Municipales
del Cantón Playas:
Ordenanzas
003-2014 Reforma a la Ordenanza que regula la
administración, control y recaudación de la tasa por servicios técnicos y
administrativos en el cantón, publicada en el R.O. N° 69 del 23 de abril del
2007.?
005-2014 De creación de la Unidad de Gestión de Riesgo (UGR)
006-2014 De constitución de la Empresa Pública de Aseo del
cantón Playas ? (EMAPLAYAS-EP)
007-2014 Refórmase a las ordenanzas 031-2011 publicada en el
Registro Oficial No. 840 del 28 de noviembre del 2012 y 004-2013 publicada en
el Registro Oficial No. 96 del 07 de octubre 2013, que se refieren al
ordenamiento urbano, Régimen del Suelo y Normativa del Uso y Edificaciones
CONTENIDO
EL GOBIERNO
AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PLAYAS POR INTERMEDIO
DE SU CONCEJO
MUNICIPAL
Considerando:
Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República prescribe que la Administración
Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración descentralización, coordinación, participación, planificación,
transparencia y evaluación.
Que, en el
artículo 238 del mismo cuerpo constitucional, dispone que los: Gobiernos Autónomos
Descentralizados, gocen de autonomía política, administrativa y financiera y se
regirán por los principios de solidaridad, subsidiaridad, equidad
Interterritorial, integración y participación ciudadana
Que, el
artículo 240 de la Carta Constitucional otorga a los Gobiernos Autónomos Descentralizados la
capacidad legislativa necesaria en el ámbito dé sus competencias y jurisdicciones
territoriales.
Que, es
necesario que toda norma jurídica cantonal sea periódicamente revisada para su
correcta y adecuada aplicación por lo que es imprescindible actualizar la tabla
de valores que estén acorde con el desarrollo social y económico a nivel de
cantón y de país; y
En uso de las
atribuciones que le otorgan las normas prescritas en el artículo 240 de la Constitución
de la República y artículo 57 literal a)
del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización;
el Concejo Municipal del Cantón Playas:
Expide:
La siguiente:
?REFORMA A LA ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACION, CONTROL Y RECAUDACION DE
LA TASA POR SERVICIOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS EN EL CANTON PLAYAS, PUBLICADA
EN EL R.O. N° 69 DEL 23 DE ABRIL DEL 2007.?
Art. 1.- En el
art. 5, efectúese las siguientes reformas:
En la tabla de
valores que corresponden a DUAR, sustitúyase el literal i) y el literal j) por
los siguientes:
i)
Declaratoria de Propiedad Horizontal.
USD. $ 0,10
C/M2 de construcción; y,
j) Por
estudio y aprobación de planos para lotizaciones, urbanizaciones y
fraccionamientos
2 % del
avalúo catastral
Al final de
la tabla de valores de DUAR, inclúyase los siguientes:
?p) REGISTROS
Registro
Municipal de Profesionales
USD. $ 20,00
q) PARCELACIONES
URBANAS. (FRACCIONAMIENTOS).
Normas
Técnicas (Entregadas por planificación).
USD. $ 8,00
Revisión y
Aprobación de Anteproyecto. (En Fraccionamiento)
Ver Tabla
Anexo 1.
Aprobación
del Proyecto. (En Fraccionamiento)
Ver Tabla
Anexo 2.
Autorización
de Venta de Lotes.
USD. $ 0,25
C/M2 del área fraccionada útil.
r) REDISEÑOS
DE PARCELACIONES URBANAS.
Normas
Técnicas (Entregadas por Planificación).
USD. $ 8,00
Aprobación
del Proyecto.
50%. Tabla
Anexo 2.
Autorización
de Venta de Lotes Rediseñada.
USD. $ 0,10
C/M2 Área Vendible
s) PARCELACIONES
RURALES.
Aprobación
de Desmembración de lote 2 % del avalúo comercial por hectárea del lote
fraccionado; a partir de 20 has, se cobrara el 1,5 % del avalúo comercial por
hectárea
t) REDISEÑO
DE PARCELACIONES RURALES.
Aprobación
de rediseño de parcelación Rural, 1 % del avalúo comercial por hectárea del
lote rediseñado.
u) DESARROLLOS
URBANISTICOS.
Normas
Técnicas (Entregadas por planificación).
USD. $ 20,00
Aprobación
de Anteproyecto de Desarrollo Urbanístico
USD. $100,00
c/Has
Aprobación
de Proyecto de Desarrollo Urbanístico.
USD. $ 50,00
c/Has
Aprobación
de Memorias Técnicas y Reglamentación Interna
USD. $
100,00
Fiscalización
del Proyecto de Desarrollo Urbanístico según planos aprobados, 2 por mil
respecto al avalúo comercial real del área útil.
v) AUTORIZACION
DE VENTA DE SOLARES EN URBANIZACIONES.
Autorización
de venta de solares
USD. $ 0,10
C/M2 Área Vendible.
w) REDISEÑO
DE DESARROLLOS URBANISTICOS.
Normas
Técnicas (Entregadas por planificación).
USD. $ 20,00
Aprobación
de Proyecto de Desarrollo Urbanístico
USD. $ 50,00
c/Has rediseñada
Autorización
de Venta de Solares.
USD. $ 0,10
c/Has rediseñada.
x) EDIFICACIONES:
Normas
técnicas
USD. $ 8,00
Registro de
solar y/o determinación de línea de Construcción:
Vivienda de
Lujo: USD. $ 16,00 por c/metro lineal del frente de la construcción.
Vivienda de
Primera: USD. $ 8,00 por c/metro lineal del frente de la construcción.
Vivienda
tipo Estándar: USD. $ 4,00 por c/metro lineal del frente de la construcción.
Aprobación
de los planos del Proyecto.- 2 POR MIL sobre avalúo comercial de acuerdo al
tipo de construcción a edificarse. El avalúo de la construcción tendrá como
base los valores que para los distintos tipos de edificación emite la Cámara
de la Construcción de Guayaquil, y serán revisados cada seis meses conforme al
ART. 43. CAPITULO V PROCEDIMIENTOS de la ORDENANZA DE ORDENAMIENTO URBANO,
REGIMEN DE SUELO Y NORMATIVA DEL USO Y EDIFICACIONES DEL CANTON PLAYAS.
Registro Oficial Nº 840 ? Miércoles 28 de noviembre del 2012.
Aprobación
de rediseño de planos el 2 POR MIL del área rediseñada.
Permisos de
Construcción:
Vivienda de
Lujo
USD. $ 50,00
Vivienda
con acabados de Primera
USD. $ 30,00
Vivienda
con acabados Estándar
USD. $ 20,00
Renovación
de Permiso de Construcción
USD. $ 30,00
Inspección
Final de Obra vivienda de lujo por unidad Habitacional.
USD. $
100,00
Inspección
Final de Obra para viviendas de Interés Social o Similares.
USD. $ 20,00
Cambio de
Responsabilidad Técnica
USD. $ 20,00
Regulación
normal de edificaciones dentro del período establecido (5 Años)
USD. $ 20,00
Regulación
de edificaciones posterior al período establecido (5 Años)
USD. $ 10,00
y) PERMISOS
DE EDIFICACION:
Obras
menores (hasta 36.00 M2)
USD. $ 5,00
Aumentos
USD. $ 5,00
Remodelaciones
USD. $ 5,00
Reparaciones
USD. $ 5,00
Demolición
de inmueble solicitado por el propietario
USD. $ 20,00
Cerramiento
Frontal de Solar
USD. $ 10,00
Cerramientos
Perimetrales de Solares
USD. $ 15,00
Construcción
de vallas publicitarias
USD. $ 80,00
c/M2
z) CERTIFICACIONES.
De Habitabilidad
de Nueva Edificación
USD. $ 10,00
De
Afectación de predios por Planificación Municipal u otros
USD. $ 20,00
ANEXOS.
TABLA ANEXO
1. FRACCIONAMIENTOS.
VALOR DE
TASA TECNICA DE TRAMITE POR REVISION Y
APROBACION
DE ANTEPROYECTO DE PARCELACIONES URBANAS.
AREA DE LOTE
(M2)
VALOR DE
TASA EN DOLARES AMERICANOS
DESDE
HASTA
ZONA URBANA
01
300
5,00
301
500
10,00
501
1.000
15,00
1.001
1.500
22,50
1.501
2.000
30,00
2.001
3.000
45,00
3.001
6.000
90,00
6.001
10.000
150,00
10.001
EL VALOR DE
LA TASA SERA EL RESULTADO DE MULTIPLICAR EL AREA DEL LOTE FRACCIONADO (M2)
POR EL FACTOR 0,030.
Nota: 1.- Área
de Reserva.
2.- Área
Fraccionada.
TABLA ANEXO
2. FRACCIONAMIENTOS.
VALOR DE
TASA TECNICA DE TRAMITE POR REVISION Y APROBACION
DE PROYECTOS
DE PARCELACIONES URBANAS.
AREA DE LOTE
(M2)
VALOR DE
TASA EN DOLARES AMERICANOS
DESDE
HASTA
ZONA URBANA
01
300
1,50
301
500
2,50
501
1.000
5,00
1.001
1.500
7,50
1.501
2.000
10,00
2.001
3.000