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REGISTRO OFICIAL

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AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

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Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

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MiĆ©rcoles, 25 de Mayo de 2011 – R. O. No. 456

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nFUNCIƓN EJECUTIVA
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nACUERDOS:
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nSECRETARƍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIƓN PƚBLICA
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n687 ConcƩdese licencia con cargo a vacaciones al doctor Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurƭdico.
n688 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la doctora MarĆ­a Fernanda Espinosa GarcĆ©s, Ministra Coordinadora de Patrimonio.
n
n689 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la doctora Gloria Vidal Illingworth, Ministra de EducaciĆ³n.
n
n690 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la economista Nathalie Cely SuĆ”rez, Ministra Coordinadora de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad.
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n691 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior al economista Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ²n.
n
n692 AutorĆ­zase el viaje y declĆ”rase en comisiĆ³n de servicios en el exterior a la doctora Lorena Escudero DurĆ”n, Secretaria Nacional del Migrante.
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nMINISTERIO DE AGRICULTURA, SUBSECRETARƍA DE RECURSOS PESQUEROS:
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n057 ExpĆ­dese el Reglamento para la administraciĆ³n del fondo fijo de caja chica.
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n058 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial NĀ° 2001-061, publicado en el Registro Oficial NĀ° 289 de 21 de marzo del 2001,
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nMINISTERIO DE COORDINACIƓN DE LA POLƍTICA Y GOBIERNOS AUTƓNOMOS DESCENTRALIZADOS:
nMCPGAD-DAJ-2011-006 ExpĆ­dese el Reglamento para el pago de horas suplementarias y/o extraordinarias para servidoras y servidores de este Ministerio.
n
nMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
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nAcuerdo Complementario al Acuerdo BĆ”sico de CooperaciĆ³n TĆ©cnica entre el Gobierno de la RepĆŗblica Federativa de Brasil y el Gobierno de la RepĆŗblica de Ecuador para la ImplementaciĆ³n del Proyecto Ā«CapacitaciĆ³n en MetodologĆ­as e Instrumentos para EvaluaciĆ³n de Programas Sociales Integrantes del Plan Nacional de Desarrollo EcuatorianoĀ».
n
nConvenio Marco de CooperaciĆ³n CientĆ­fica y TecnolĆ³gica entre la Oficina Nacional para la InvestigaciĆ³n y la TecnologĆ­a de la RepĆŗblica de HungrĆ­a y la SecretarĆ­a Nacional de Ciencia y TecnologĆ­a de la RepĆŗblica del Ecuador …
n
nNotas Reversales de Enmienda del Acta de Consulta de las Autoridades AeronĆ”u-ticas de la RepĆŗblica del Ecuador y la del Gran Ducado de Luxemburgo (LUX012)
n
nMINISTERIO DE SALUD PƚBLICA:
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n00000313 ConfĆ³rmase el ComitĆ© de Emergencia.
n
nMINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PƚBLICAS:
n
n037-DM AmplĆ­ase la declaratoria de emergencia efectuada con Acuerdo Ministerial NĀ° 024-DM de 8 de abril del 2011.
n
n038 ApruĆ©base la construcciĆ³n de los accesos del puente Ceibal sobre el rĆ­o Portoviejo, ubicado en el cantĆ³n Rocafuerte, provincia de ManabĆ­.
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nRESOLUCIONES:
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nMINISTERIO DEL AMBIENTE:
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n045 RatifĆ­case la aprobaciĆ³n del diagnĆ³stico y Plan de Manejo Ambiental de la EstaciĆ³n de Servicio ā€œMelaniaā€, ubicada en Portete y la 23ava., cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas y otĆ³rgase la licencia ambiental a la misma estaciĆ³n.
n
nMINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
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nMRL-2011-000111 Unifƭcanse las remuneraciones mensuales que percibe el personal docente del Magisterio Fiscal que desarrollan funciones de tƩcnicos docentes y proceder a la reforma a los distributivos de remuneraciones que permitan su pago.
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nCONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL:
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nC.D.362 ModifĆ­case el Reglamento de Sesiones del Consejo Directivo del IESS, CapĆ­tulo III De las Sesiones.
n
nC.D.363 RefĆ³rmase las Normas para la ejecuciĆ³n de los procesos internos de contrataciĆ³n.
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nCORPORACIƓN ADUANERA ECUATORIANA:
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n14-2011-R1 ExpĆ­dese la Norma TĆ©cnica Provisional para Operativizar el CĆ³digo OrgĆ”nico de la ProducciĆ³n, Comercio e Inversiones, en lo referente a los agentes de aduana.
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nSERVICIO DE RENTAS INTERNAS:
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nNAC-DGERCGC11-00198-A ExpĆ­dense las Normas para el pago del porcentaje que le corresponde al Estado en las utilidades provenientes de la actividad minera.
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nORDENANZAS MUNICIPALES:
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nCantĆ³n EspĆ­ndola: Que regula la administraciĆ³n, control y recaudaciĆ³n del impuesto de patentes municipales.
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nGobierno Municipal de PiƱas: Que establece el cobro del impuesto anual de patente.
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nGobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de Tisaleo: Que reglamenta el cambio de denominaciĆ³n de Gobierno Municipal de Tisaleo por Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de Tisaleo.
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nGobierno AutĆ³nomo Descentralizado Municipal de Tisaleo: Que incorpora la normativa, para la eliminaciĆ³n de las barreras urbanĆ­sticas y arquitectĆ³nicas para la accesibilidad de las personas con discapacidad y movilidad reducida; asĆ­ como establece las sanciones y multas a su incumplimiento.
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nFE DE ERRATAS:
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nA la publicaciĆ³n de la ConstituciĆ³n del Consorcio de Municipios AmazĆ³nicos y GalĆ”pagos, COMAGA, efectuada en la EdiciĆ³n Especial del Registro Oficial NĀ° 136 del miĆ©rcoles 27 de abril del 2011.

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n n n n No. 687 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n Considerando: n n

Que mediante memorando No. SNJ-11-678 del 3 de mayo del 2011, el doctor Alexis Mera Giler, Secretario Nacional JurĆ­dico solicita se le autorice licencia con cargo a vacaciĆ³n del 9 al 23 del mes presente, a fin de atender asuntos de Ć­ndole personal; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Conceder licencia con cargo a vacaciones en el perƭodo del 9 al 23 de mayo del 2011, al doctor Alexis Mera Giler, Secretario Nacional Jurƭdico.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- En ausencia del titular, se encarga la SecretarĆ­a Nacional JurĆ­dica al doctor Vicente Peralta LeĆ³n, Subsecretario Nacional JurĆ­dico.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 4 de mayo del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 688 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10329 del 5 de mayo del 2011 de la doctora MarĆ­a Fernanda Espinosa GarcĆ©s, Ministra Coordinadora de Patrimonio, para su desplazamiento a BogotĆ”-Colombia del 11 al 15 del mes presente, a fin de participar en la 24va. Feria Internacional del Libro de BogotĆ”, en atenciĆ³n a la invitaciĆ³n recibida al Estado Ecuatoriano por parte de la CĆ”mara Colombiana del Libro, la misma que hace extensiva el Ministerio de Cultura; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la doctora MarĆ­a Fernanda Espinosa GarcĆ©s, Ministra Coordinadora de Patrimonio, quien se desplazarĆ” a BogotĆ”-Colombia, con el objeto de asistir a la 24va. Feria Internacional del Libro de BogotĆ” y cumplir con la siguiente agenda: Encuentro Internacional de Escritores; Encuentro Internacional de Periodismo y Actualidad; ProgramaciĆ³n Infantil y Juvenil; y, Ecuador, PaĆ­s Invitado de Honor con sus diversas expresiones culturales, en las fechas del 11 al 15 de mayo del 2011.

n n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos de traslado aĆ©reo, alojamiento por un mĆ”ximo de tres noches de acuerdo a la programaciĆ³n, alimentaciĆ³n, traslados internos y honorarios bĆ”sicos, serĆ”n cubiertos por el Ministerio de Cultura. Los gastos relativos a viĆ”ticos por los dĆ­as que no estĆ”n programados dentro de la agenda, cubre el Ministerio de CoordinaciĆ³n de Patrimonio.

n n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a jueves, 5 de mayo del 2011.

n n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 689 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10323 de 5 de mayo del 2011 a favor de la doctora Gloria Piedad Vidal Illingworth, Ministra de EducaciĆ³n, para su desplazamiento a Buenos Aires-Argentina del 10 al 15 del mes presente, a fin de participar en la ReuniĆ³n Regional Ministerial sobre EducaciĆ³n Ā«Principales DesafĆ­os de la EducaciĆ³n en AmĆ©rica Latina y El Caribe: Docentes, Calidad y EquidadĀ», organizada por el Gobierno de la RepĆŗblica Argentina en cooperaciĆ³n con el DAES, UNESCO, UNICEF y CEPAL; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la doctora Gloria Vidal Illingworth, Ministra de EducaciĆ³n, quien se desplazarĆ” a Buenos Aires-Argentina del 10 al 15 de mayo del 2011, con el objeto de participar en la ReuniĆ³n Regional Ministerial sobre EducaciĆ³n Ā«Principales DesafĆ­os de la EducaciĆ³n en AmĆ©rica Latina y El Caribe: Docentes, Calidad y EquidadĀ»,

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos por concepto de pasajes aĆ©reos de ida y retorno, estadĆ­a, alimentaciĆ³n y traslados aeropuerto-hotel-aeropuerto en Buenos Aires, serĆ”n cubiertos por la OREALC/UNESCO/Santiago.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a jueves 5 de mayo del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n n No. 690 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10331 del 5 de mayo del 2011 a favor de la economista Nathalie Cely SuĆ”rez, Ministra Coordinadora de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, para su desplazamiento a Haifa-Israel del 27 de mayo al 6 de junio prĆ³ximo, a fin de asistir a la Conferencia Internacional para Mujeres LĆ­deres en Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios en la ciudad de Haifa-Israel del 27 de mayo al 6 de junio del 2011, a la economista Nathalie Cely SuĆ”rez, Ministra Coordinadora de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, quien asistirĆ” a la Conferencia Internacional para Mujeres LĆ­deres en Ciencia, TecnologĆ­a e InnovaciĆ³n.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los valores correspondientes a pasajes, viĆ”ticos y movilizaciĆ³n, serĆ”n financiados por el Ministerio de CoordinaciĆ³n de la ProducciĆ³n, Empleo y Competitividad, igualmente los demĆ”s egresos que sean permitidos y que demande el cumplimiento de la mencionada comisiĆ³n de servicios.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a viernes, 6 de mayo del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 691 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10352 del 6 de mayo del 2011 a favor del economista Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n, para su desplazamiento a Georgetown Guyana el 9 del mes presente, con el fin de participar en la ceremonia de posesiĆ³n de la Secretaria de UNASUR; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios al economista Ricardo PatiƱo Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n, a objeto de que se desplace a la ciudad de Georgetown-Guyana, el 9 de mayo del 2011, con el fin de participar en la ceremonia de posesiĆ³n de la Secretaria de la UniĆ³n de Naciones Suramericanas -UNASUR-.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos generados en este desplazamiento serĆ”n cubiertos del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e IntegraciĆ³n.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a lunes, 9 de mayo del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 692 n n Vinicio Alvarado Espinel n SECRETARIO NACIONAL DE LA n ADMINISTRACIƓN PƚBLICA n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10342 del 6 de mayo del 2011 a favor de la doctora Lorena Escudero DurĆ”n, Secretaria Nacional del Migrante, para su desplazamiento a Miami-Estados Unidos del 13 al 15 del mes presente, a fin de participar como invitada especial en el Congreso Mundial denominado de la Unidad de la FederaciĆ³n de Entidades Ecuatorianas en el Exterior -FEDEE-; y,

n n

En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artĆ­culo 15 letra n) del Estatuto del RĆ©gimen JurĆ­dico y Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y aƱo,

n n Acuerda: n n

ARTƍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisiĆ³n de servicios a la doctora Lorena Escudero DurĆ”n, Secretaria Nacional del Migrante, quien participarĆ” como invitada especial en el Congreso Mundial denominado de la Unidad de la FederaciĆ³n de Entidades Ecuatorianas en el Exterior -FEDEE-, a celebrarse en la ciudad de Miami- Estados Unidos del 13 al 15 de mayo del 2011.

n n

ARTƍCULO SEGUNDO.- Los gastos de transporte, hospedaje y alimentaciĆ³n serĆ”n cubiertos por la SecretarĆ­a Nacional del Migrante.

n n

ARTƍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrarĆ” en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a lunes 9 de mayo del 2011.

n n f.) Vinicio Alvarado Espinel. n n Documento con firmas electrĆ³nicas. n n No. 0057 n n

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERƍA ACUACULTURA Y PESCA

n n EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS n PESQUEROS n n Considerando: n n

Que, el CĆ³digo OrgĆ”nico de PlanificaciĆ³n y Finanzas PĆŗblicas en su artĆ­culo 165 fondos de reposiciĆ³n, seƱala que las entidades del sector pĆŗblico pueden establecer fondos de reposiciĆ³n para la atenciĆ³n de gastos urgentes;

n n

Que, la Norma de Control Interno 405-08 anticipos de fondos en el literal d) indica la normativa para el manejo de los fondos de caja chica;

n n

Que, es necesario crear el reglamento interno institucional para la administraciĆ³n de los fondos de caja chica, en virtud de la localizaciĆ³n y actividades que desarrollan las inspectorĆ­as de pesca; y,

n n

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artƭculo 77 literal e) de la Ley OrgƔnica de la Contralorƭa General del Estado; y las contempladas en el Acuerdo Ministerial 001 de 13 de enero del 2011,

n n Acuerda: n n

Expedir el presente REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIƓN DEL FONDO FIJO DE CAJA CHICA de la Subsecretarƭa de Recursos Pesqueros.

n n DEL OBJETIVO Y APERTURA n n

Art. 1.- Objetivo.- El fondo de caja chica tiene como finalidad pagar obligaciones de valor reducido, no previsibles, urgentes y asĆ­ agilitar su adquisiciĆ³n.

n n

Art. 2.- ProgramaciĆ³n y Apertura.- La mĆ”xima autoridad o el Director Administrativo Financiero de la SRP, dispondrĆ” las Ć”reas a las cuales se les asignarĆ” un fondo de caja chica de acuerdo a las necesidades reales de las mismas y autorizarĆ” la apertura dentro de los lĆ­mites fijados por la ley, asĆ­ como la supresiĆ³n de los fondos. Los fondos de caja chica serĆ”n aperturados a travĆ©s de la DirecciĆ³n Financiera.

n n DE LA ADMINISTRACIƓN Y UTILIZACIƓN n n

Art. 3.- AdministraciĆ³n.- La mĆ”xima autoridad o el Director Financiero designarĆ” por escrito a los servidores que manejarĆ”n los fondos de caja chica.

n n

Art. 4.- Responsables.- Los servidores que manejarĆ”n los fondos de caja chica serĆ”n responsables de su manejo, deberĆ”n estar caucionados y tener relaciĆ³n contractual vigente con la SubsecretarĆ­a de Recursos Pesqueros.

n n

Art. 5.- Responsabilidad.- El servidor encargado del fondo de caja chica serĆ” responsable de la recepciĆ³n, control, custodia, reposiciĆ³n y liquidaciĆ³n de los valores destinados a dicho propĆ³sito; asĆ­ como, de los desembolsos realizados y su respectiva justificaciĆ³n.

n n

EstĆ” en la obligaciĆ³n de requerir y adjuntar facturas y notas de venta debidamente autorizadas por el SRI como respaldo del gasto; dichos documentos se adjuntarĆ”n al vale de caja chica que se encontrarĆ”n sin borrones, tachones ni enmendaduras.

n n

Art. 6.- UtilizaciĆ³n del Fondo.- El fondo de caja chica se utilizarĆ” para pagar la adquisiciĆ³n de los siguientes bienes y servicios:

n n

AdquisiciĆ³n de materiales de oficina, Ćŗtiles de aseo, siempre que la necesidad no pueda ser atendida a travĆ©s del almacĆ©n de la instituciĆ³n;

n n

Pago por consumo de energƭa elƩctrica en las oficinas donde funcionan las inspectorƭas de pesca;

n n

AdquisiciĆ³n e instalaciĆ³n de partes y repuestos de escaso valor en los vehĆ­culos que forman parte del parque automotriz de la SRI;

n n AdquisiciĆ³n de especies valoradas; n n EnviĆ³ de correspondencia; n n Arrendamiento de casillero judicial; n n

AdquisiciĆ³n de suministros y materiales de menor cuantĆ­a que por su naturaleza no sean susceptibles de mantener en las bodegas de la instituciĆ³n;

n n

Arreglos menores de muebles y equipos que tengan bajo costo;

n n ReproducciĆ³n de documentos; n n

Pago de combustible y lubricantes de los vehĆ­culos que se encuentran prestando servicio fuera de la ciudad de Manta; y,

n n

Pago por alquiler de lanchas y fibras para realizar controles.

n n

Como excepciĆ³n la mĆ”xima autoridad podrĆ” utilizar este mecanismo para el pago de refrigerio, decoraciones y/o arreglos florales, cuando se efectĆŗen reuniones de carĆ”cter oficial o cuando se produzcan visitas de funcionarios del exterior; para justificar estos gastos se certificarĆ” la lista de asistentes y el acto que se desarrollĆ³.

n n

Art. 7.- Prohibiciones.- Se prohƭbe utilizar el fondo fijo de caja chica para el pago de servicios personales, anticipos de viƔticos y subsistencias y gastos que no tienen el carƔcter de previsibles o urgentes.

n n

Art. 8.- LĆ­mites.- Se establece como monto lĆ­mite de los fondos de caja chica la cantidad de quinientos dĆ³lares de los Estados Unidos de NorteamĆ©rica ($ 500,00) de acuerdo a las necesidades institucionales.

n n

Art. 9.- CuantĆ­a de los desembolsos.- Los custodios de los fondos de caja chica podrĆ”n realizar desembolsos hasta treinta dĆ³lares de los Estados Unidos de NorteamĆ©rica ($ 30,00).

n n

No podrĆ”n subdividir el gasto en varias facturas y cuando por necesidad imperiosa deben realizar un gasto mayor al autorizado deberĆ”n pedir autorizaciĆ³n al Director Financiero.

n n DE LOS FORMULARIOS Y n COMPROBANTES DE VENTA n n

Art. 10.- Formularios.- Para la administraciĆ³n del fondo de caja chica, los custodios deberĆ”n utilizar los siguientes formularios:

n n Formulario de vale de caja chica; n n Formulario de vale provisional de caja chica; y, n n

Formulario de solicitud de reposiciĆ³n de caja chica. Estos formularios deberĆ”n ser llenados en forma completa y no tendrĆ”n tachones, manchones, alteraciones y mutilaciones.

n n

Art. 11.- Vale de Caja Chica.- DeberĆ”n ser pre numerados y respaldarĆ”n los gastos efectuados con cargo al fondo de caja chica y para efecto de control los vales de caja chica sean anulados, el original y copia serĆ”n adjuntados al formulario de reposiciĆ³n de caja chica.

n n

Art. 12.- Vale Provisional de Caja Chica.- Se utilizarĆ” cuando el gasto se lo realizarĆ” con posterioridad, la justificaciĆ³n de este desembolso no podrĆ” ser mayor a los dos dĆ­as laborables.

n n

Art. 13.- Formulario solicitud de reposiciĆ³n de caja.- SerĆ” utilizado para solicitar la reposiciĆ³n del fondo, en Ć©l se registrarĆ” los vales de caja chica en forma cronolĆ³gica y numĆ©rica el detalle de los gastos efectuados.

n n n DEL DESEMBOLSO, REPOSICIƓN Y LIQUIDACIƓN n n

Art. 14.- Desembolso.- Todo desembolso aplicable al fondo de caja chica se respaldarĆ” con el vale de caja chica, adjuntando los comprobantes de venta correspondiente que respalde el gasto.

n n

Todo desembolso deberƔ ser justificado como mƔximo dos dƭas laborables posterior; caso contrario, una vez cumplido este plazo se deberƔ devolver los valores inmediatamente al custodio.

n n

Corresponde al custodio del fondo justificar los valores desembolsados; de no hacerlo o, no justificar los gastos, se le declararĆ” responsable de cargo.

n n

Art. 15.- ReposiciĆ³n.- El custodio del fondo de caja chica solicitarĆ” la reposiciĆ³n a la DirecciĆ³n Financiera, para la cual utilizarĆ” el formulario de solicitud de reposiciĆ³n de caja chica, establecido para el efecto, al que adjuntarĆ” todos los vales de caja chica en orden numĆ©rico y cronolĆ³gico, facturas y notas de venta originales y demĆ”s documentos de respaldo.

n n

La reposiciĆ³n se la realizarĆ” una vez que los gastos alcancen al menos el sesenta por ciento (60%) del monto asignado.

n n

Art. 16.- LiquidaciĆ³n.- Antes de finalizar cada ejercicio econĆ³mico, el 15 de diciembre, el custodio del fondo de caja chica, presentarĆ” a la DirecciĆ³n Financiera la liquidaciĆ³n de