AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
MiĆ©rcoles 10 de Diciembre 2014 – R. O. No. 393
SUMARIO
Ministerio de Defensa Nacional y Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos
Ejecutivo:
Acuerdo Interinstitucional
0410 RefĆ³rmase el Acuerdo Ministerial NĀ° 009, expedido el 17
de junio de 2013
Ministerio de Transporte y Obras PĆŗblicas: SubsecretarĆa de
Puertos y Transporte MarĆtimo y Fluvial:
Resoluciones
MTOP-SPTM-2014-0200-R DelƩganse atribuciones al Director/a de
Transporte MarĆtimo y Fluvial
Consejo de la Judicatura:
Judicial y Justicia IndĆgena
299-2014 ExpĆdese el Reglamento para la EvaluaciĆ³n del
DesempeƱo de las Servidoras y los Servidores Administrativos de los
Ćrganos Jurisdiccionales y del Consejo de la Judicatura
300-2014 NĆ³mbranse juezas y jueces en las provincias de
Cotopaxi, Chimborazo, Guayas, ManabĆ, Napo, Santo Domingo de los TsĆ”chilas,
SucumbĆos y Zamora Chinchipe
301-2014 OtĆ³rganse nombramientos provisionales de agentes
fiscales en las provincias de: Esmeraldas, SucumbĆos y ManabĆ
302-2014 DispĆ³nese que quien ejerza la Presidencia de la
Corte Provincial de Justicia de SucumbĆos, integre de forma permanente la sala
de la Corte Provincial de Justicia de SucumbĆos, de la que proviene
303-2014 RefĆ³rmase la ResoluciĆ³n 070-2013 mediante la cual
el Pleno del Consejo de la Judicatura creĆ³ la ?Unidad Judicial Penal y TrĆ”nsito
en la provincia de SucumbĆos, con sede en el cantĆ³n Lago Agrio
Aviso Judicial:
Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:
Ordenanza
–
CantĆ³n DurĆ”n: Que crea el Consejo Municipal de
Turismo
CONTENIDO
MarĆa Fernanda
Espinosa GarcƩs
MINISTRA DE
DEFENSA NACIONAL
JosƩ Ricardo
Serrano Salgado
MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS
Y CULTOS,
ENCARGADO
Considerando:
Que mediante
Acuerdo Interinstitucional NĀ° 009 de 17 de junio de 2013, publicado en la Orden
General Ministerial NĀ° 120 de 20 de junio de 2013 y publicado en el Registro Oficial
NĀ° 33 de 10 de junio del mismo aƱo, el Ministerio de Defensa Nacional transfiriĆ³
a perpetuidad al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, un Ɣrea de
81,93 hectĆ”reas, desmembrada del inmueble de mayor extensiĆ³n conocido como
Brigada de Fuerzas Especiales NĀ° 9 ?Patria?, situado en la parroquia
Guaytacama, cantĆ³n Latacunga, provincia de Cotopaxi, para la construcciĆ³n del Centro
de RehabilitaciĆ³n Social Regional Sierra Centro Norte, en la provincia de
Cotopaxi; dentro de los linderos y mƔs especificaciones constantes en el
referido Acuerdo;
Que mediante
memorando NĀ° MDN-DCA-2014-0113-ME de 20 de febrero de 2014, la Directora de
Catastros de este portafolio manifiesta que como producto de un levantamiento
planimƩtrico realizado con posterioridad por el Instituto GeogrƔfico Militar,
se ha determinado una diferencia en los
linderos y Ɣrea total del bien que se transfiere
al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, por lo que recomienda su
rectificaciĆ³n;
Que conforme
dispone el artĆculo 98 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la
FunciĆ³n Ejecutiva, al tratarse de errores de hecho pueden ser rectificados por las
mismas autoridades que emitieron el acto administrativo;
En el
ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 154 numeral 1 de la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica y el artĆculo 17 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico
Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva.
Acuerdan:
ArtĆculo 1.- Rectificar
el artĆculo 1 del Acuerdo Ministerial NĀ° 009, expedido el 17 de junio de 2013,
en lo que respecta a los linderos particulares, de la siguiente manera: NORTE: 957,
95 metros con propuesta vĆa Panamericana hacia SaquisilĆ-Panzaleo siguiendo su trazado,
201,33 metros con Intercambiador de propuesta vĆa Panamericana hacia
SaquisilĆ-Panzaleo hacia vĆa Panamericana hacia Latacunga siguiendo su trazado;
SUR: 390,97 metros vĆa actual a SaquisilĆ siguiendo su trazado, 265,67 metros
con camino antiguo a SaquisilĆ, siguiendo su trazado; ESTE: 956, 40 metros vĆa
Panamericana hacia Latacunga siguiendo su trazado; OESTE: 864,18 metros con RĆo
Pumacanchi siguiendo su cauce. Ćrea Total: 76,14 hectĆ”reas.
CUADRO DE
COORDENADAS
WGS84 UTM ZONA
17 HEMISFERIO SUR
ArtĆculo 2.- La
Ministra de Defensa Nacional y el Ministro de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, a nombre de las Instituciones que representan, aceptan la rectificaciĆ³n
que se realiza mediante este Acuerdo Interinstitucional y en todo lo demƔs se
ratifican en el contenido del Acuerdo Ministerial NĀ° 009, expedido el 17 de
junio de 2013.
ArtĆculo 3.- El
presente Acuerdo Interinstitucional entrarĆ” en vigencia a partir de su
suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial y en la
Orden General del Ministerio de Defensa Nacional.
ComunĆquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 12 de marzo del 2014.
f.) MarĆa
Fernanda Espinosa GarcƩs, Ministra de Defensa Nacional.
f.) JosƩ
Ricardo Serrano Salgado, Ministro de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
Encargado.
Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.- Certifico que las (s) foja(s) 03 es(son)
fiel copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆa General.- Fecha: f.) Dra. Paola Carrera Izurieta, Directora de
SecretarĆa General (E) Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Nro.
MTOP-SPTM-2014-0200-R
Guayaquil, 27
de octubre de 2014
EL
SUBSECRETARIO DE PUERTOS Y
TRANSPORTE
MARĆTIMO Y FLUVIAL
Considerando:
Que, el
artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador establece que la AdministraciĆ³n
PĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n,
descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y
evaluaciĆ³n;
Que, el
artĆculo 55 del Estatuto del RĆ©gimen JurĆdico Administrativo de la FunciĆ³n
Ejecutiva, dispone Ā«Las Atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central e Institucional serĆ”n delegables en las
autoridades u Ć³rganos de inferior jerarquĆa, excepto las que se encuentren prohibidas
por Ley o por Decreto. La delegaciĆ³n serĆ” publicada en el Registro
OficialĀ»;
Que, de
conformidad con el literal c), del artĆculo 1, del Acuerdo Ministerial No.007
publicado en el Registro Oficial 215 de fecha 16 de junio de 2010, el
Ministerio de Transporte y Obras Publicas
desconcentra a la Subsecretaria de Puertos y Transporte MarĆtimo y Fluvial,
para el eficiente ejercicio de sus competencias;
Que, mediante
ResoluciĆ³n Nro. MTOP-SPTM-2014-0160- R, de 02 de septiembre de 2014, el Ing.
JosĆ© Chamorro Borja, Subsecretario de Puertos y Transporte MarĆtimo y Fluvial,
resolviĆ³ Ā«Delegar al Ing. Hamilton Jaramillo Velasco, Director de
Transporte MarĆtimo y Fluvial, encargado la legalizaciĆ³n de los documentos que
se detallan en el Anexo 1 y a la Ing. Ximena Salvador Medina Directora de
Puertos, encargada la legalizaciĆ³n de los documentos que constan en el Anexo
2.Ā»;
Que, es
necesario actualizar la delegaciĆ³n realizada mediante ResoluciĆ³n Nro.
MTOP-SPTM-2014-0160-R, de 02 de septiembre de 2014, para el eficiente ejercicio
de las competencias de la SubsecretarĆa de Puertos y Transporte MarĆtimo y
Fluvial; y,
En uso de su
facultad contemplada en el Acuerdo Ministerial No. 007 del 11 de mayo del 2010,
publicado mediante Registro Oficial No. 215 del 16 de junio del 2010,
Resuelve:
Art. 1.-
Delegar al Director/a de Transporte MarĆtimo y Fluvial, la legalizaciĆ³n de los
documentos inherentes a las gestiones de la DirecciĆ³n a su cargo contenidas en el
anexo 1. En caso de ausencia del Director/a de Transporte MarĆtimo y Fluvial
serĆ” el Analista de TrĆ”fico MarĆtimo y Fluvial 2 Ing. Eduardo Aguirre Zapata
y/o el Ing. Mario RomƔn Verdesoto, Analista de Fortalecimiento AcuƔtico 2, los responsables
de legalizar los trĆ”mites inherentes a la DirecciĆ³n.
Art. 2.-
Delegar al Director/a de Puertos, la legalizaciĆ³n de los documentos inherentes
a las gestiones de la DirecciĆ³n de Puertos contenidas en el anexo 2.
En caso de
ausencia del Director/a, serĆ” la Analista de Control de GestiĆ³n Portuaria, Ing.
Betsy PazmiƱo Zambrano, la responsable de legalizar los trƔmites inherentes a la
DirecciĆ³n y en ausencia de la misma serĆ” el Ing. IvĆ”n SolĆ³rzano el responsable
de la legalizaciĆ³n de los trĆ”mite de DirecciĆ³n. Art. 3.- Dejar sin efecto la
ResoluciĆ³n Nro. MTOP-SPTM- 2014-0160-R de 02 de septiembre de 2014.
Art. 4.- La
presente ResoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n.
Art. 5.-
PublĆquese la presente ResoluciĆ³n en el Registro Oficial.
Dado en la
ciudad de Guayaquil, en el despacho del seƱor Subsecretario de Puertos y
Transporte MarĆtimo y Fluvial, a los veintisiete dĆas del mes de septiembre del
dos mil catorce.
Documento
firmado electrĆ³nicamente
Ing. JosƩ
Fernando Chamorro Borja, Subsecretario de Puertos y Transporte MarĆtimo y
Fluvial.
CERTIFICO: Que
la copia que antecede es conforme a su original.- Lo certifico.- Guayaquil, 28
de octubre de 2014.- f.) Ab. Roberto de la Cruz Buris, Secretario.
CERTIFICO: Que
la copia que antecede es conforme a su original.- Lo certifico.- Guayaquil, 28
de octubre de 2014.- f.) Ab. Roberto de la Cruz Buris, Secretario.
EL PLENO DEL
CONSEJO DE LA
JUDICATURA
CONSIDERANDO:
Que, el
artĆculo 178 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador seƱala: ?El Consejo
de la Judicatura es el Ć³rgano de gobierno, administraciĆ³n, vigilancia y
disciplina de la FunciĆ³n Judicial.?;
Que, el
numeral 2 del artĆculo 168 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,
dispone: ?2. La FunciĆ³n Judicial gozarĆ” de autonomĆa administrativa, econĆ³mica
y financiera.?;
Que, el inciso
segundo del artĆculo 170 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador,
seƱala: ??Se garantizarĆ” la profesionalizaciĆ³n mediante la formaciĆ³n continua y
la evaluaciĆ³n periĆ³dica de las servidoras y servidores judiciales, como
condiciones indispensables para la promociĆ³n y permanencia en la carrera
judicial.?;
Que, los
numerales 3 y 5 del artĆculo 181 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del
Ecuador, determinan: ?SerƔn funciones del Consejo de la Judicatura, ademƔs de las
que determine la ley: 3. Dirigir los procesos de selecciĆ³n de jueces y demĆ”s
servidores de la FunciĆ³n Judicial, asĆ como, su evaluaciĆ³n, ascensos y sanciĆ³n.
Todos los procesos serĆ”n pĆŗblicos y las decisiones motivadas; (?) y, 5. Velar
por la transparencia y eficiencia de la FunciĆ³n Judicial.?;
Que, el
artĆculo 187 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador dispone: ?Las
servidoras y servidores judiciales tienen derecho a permanecer en el desempeƱo
de sus cargos mientras no exista una causa legal para separarlos; estarƔn
sometidos a una evaluaciĆ³n individual y periĆ³dica de su rendimiento, de acuerdo
a parƔmetros tƩcnicos que elabore el Consejo de la Judicatura y con presencia
de control social. Aquellos que no alcancen los mĆnimos requeridos, serĆ”n
removidos.?;
Que, el
artĆculo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador determina: ?La
administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n,
descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y
evaluaciĆ³n.?;
Que, el
artĆculo 35 del CĆ³digo OrgĆ”nico de la FunciĆ³n Judicial, establece: ?Las
carreras de la FunciĆ³n Judicial constituyen un sistema mediante el cual se
regula el ingreso, formaciĆ³n y capacitaciĆ³n, promociĆ³n, estabilidad, evaluaciĆ³n