Administración
del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del
Ecuador

Viernes 14
de Agosto de 2015 – R. O. No. 353

EDICIÓN ESPECIAL

RESOLUCIÓN

No. CORDICOM-PLE-2015-045

REFORMA
AL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN

ORGANIZACIONAL
POR PROCESOS

CONTENIDO


No. CORDICOM-PLE-2015-045

EL
PLENO DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Considerando:

Que,
el artículo 225 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador
determina que pertenecen al sector público los organismos y entidades creados
por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la
prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado;

Que,
el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece: ?Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la
Constitución;

Que,
el artículo 227 de la Constitución señala que la administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

Que,
el artículo 384 de la Constitución de la República, establece que el Sistema de
Comunicación Social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la
información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación
ciudadana;

Que,
en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No.
22 del martes 25 de junio de 2013
, se publicó la Ley Orgánica de
Comunicación, que en su Capítulo II del Título III establece la
Institucionalidad para la Regulación y Control, que en su artículo 47
determina: ?El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y
Comunicación es un cuerpo colegiado con personalidad jurídica, autonomía funcional,
administrativa y financiera; cuyo presidente ejercerá la representación legal,
judicial y extrajudicial de la entidad?;

Que,
el artículo 48 de la Ley Orgánica de Comunicación, establece la composición del
Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, cuya representación
contribuye a asegurar y promover el ejercicio de los derechos humanos y de
participación en las políticas públicas de comunicación; considerando el enfoque
de los territorios, así como las agendas nacionales para la igualdad;

Que,
el artículo 49 de la Ley Orgánica de Comunicación establece las atribuciones
del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, entre las
cuales consta en el numeral 6) ?Elaborar y expedir los reglamentos necesarios
para el cumplimiento de sus atribuciones y su funcionamiento?, y el numeral 11)
?Crear las instancias administrativas y operativas que sean necesarias para el
cumplimiento de sus funciones?;

Que,
el artículo 24 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación
establece que la estructura institucional que se requiere para que el Consejo
de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación ejerza sus competencias,
atribuciones y deberes, será determinada en el respectivo Estatuto Orgánico
Funcional, aprobado por la autoridad competente;

Que,
el artículo 23 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva (ERJAFE) señala que: ?La estructura de los órganos, entidades de
derecho público y empresas públicas que no obstante no encontrarse formalmente
adscritas a la Presidencia de la República o a algún Ministerio de Estado, sean
controladas por la Presidencia de la República o algún Ministerio de Estado en
vista de la presencia de sus delegados en los órganos de dirección de dichas
entidades y empresas públicas, se regirán por sus reglamentos orgánicos
funcionales, los cuales guardarán conformidad con las leyes que los rigen y, en
cuanto fuere aplicable, con las disposiciones de este estatuto.?;

Que,
en el Registro Oficial No. 164 el 17 de enero de
2014
, se publicó la Resolución No. CORDICOM-2013-006 del Pleno del
Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, mediante
la cual se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y
Comunicación, en el que se definió la estructura organizacional por procesos,
los procesos, productos y servicios que presta esta Entidad;

Que,
el artículo 132 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece las
competencias del Ministerio de Finanzas, que en su literal c) indica: ?Emitir
el dictamen presupuestario correspondiente, posterior al estudio y análisis del
Ministerio de Relaciones Laborales relacionados con gastos de personal de las
instituciones del Estado, en los casos establecidos en la presente Ley?;

Que,
el artículo 135 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público establece
que el Desarrollo Institucional es el conjunto de principios, políticas,
normas, técnicas, procesos y estrategias que permiten a las instituciones, organismos
y entidades de la administración pública central, institucional y dependiente,
a través del talento humano, organizarse para generar el portafolio de
productos y servicios institucionales acordes con el contenido y especialización
de su misión, objetivos y responsabilidades en respuesta a las expectativas y
demandas de los usuarios internos y externos;

Que,
el artículo 136 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público determina
que ?Los proyectos de estructuras institucionales y posicionales de las instituciones,
entidades y organismos de la Administración Pública Central, Institucional y
Dependiente, previo a su promulgación en el Registro Oficial, sólo serán
sometidos al dictamen presupuestario del Ministerio de Finanzas si se requiriere
reforma presupuestaria (?)?;

Que,
en la Disposición General Primera, inciso segundo de la Norma Técnica de Diseño
de Reglamentos de Gestión por Procesos de la antigua Secretaría Nacional de
Remuneraciones del Sector Público, hoy Ministerio del Trabajo, referente a los
dictámenes necesarios para la emisión o reforma de los Estatutos Orgánicos por
Procesos de las Instituciones detalladas en el artículo 1 de la referida norma,
se establece como requisito que: ?(?) previo a la publicación en el Registro Oficial
de los reglamentos o estatutos orgánicos de gestión organizacional por
procesos, remitirán los proyectos al Ministerio de Economía y Finanzas,
respaldado del informe técnico de la UARHs para su dictamen presupuestario.
(?)?; y, que ?La SENRES, hoy Ministerio del Trabajo emitirá el dictamen
favorable sobre la base del dictamen presupuestario del Ministerio de Economía
y Finanzas, considerando la aplicación de las políticas, normas e instrumentos
técnicos, establecidos por esta Secretaría?;

Que, la
Disposición General Segunda, inciso segundo de la Norma Técnica de Diseño de
Reglamentos de Gestión por Procesos de la antigua Secretaría Nacional de
Remuneraciones del Sector Público, hoy Ministerio del Trabajo dispone que: ?La
reestructuración integral o parcial procederá cuando exista duplicidad de
funciones, razones técnicas, funcionales y de fortalecimiento institucional
siempre y cuando su cambio este acorde con la especialización de la misión
institucional, para lo cual la UARHs emitirá el informe técnico favorable para la
aprobación y dictamen por parte del Ministerio de Economía y Finanzas. Así
mismo la UARHs remitirá un informe técnico justificativo que respalde las modificaciones
para el dictamen
previo por parte de la SENRES, en razón de que estos cambios afectan al
reglamento o estatuto orgánico?;

Que,
mediante Informe Técnico, alcance de 31 de marzo de 2015 elaborado por la
Dirección de Administración de Talento Humano del Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y Comunicación se establece que por el crecimiento
institucional y la necesidad de mejoramiento continuo de los procesos es
necesario reformar los procesos, productos y servicios contenidos en el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional del Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Información y Comunicación, en armonía con la misión institucional;

Que,
mediante oficio No. MINFIN-DM-2015-0235, de 20 de mayo de 2015, el Ministerio
de Finanzas, emitió informe presupuestario favorable al proyecto del proyecto de
reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos propuesta
por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación; y,

Que,
mediante oficio No. MDT-VSP-2015-0456, de 1 de junio de 2015, el Ministerio del
Trabajo se pronunció favorablemente respecto del proyecto de reforma al Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos propuesta por Consejo de
Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación.

En uso
de sus atribuciones legales establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación

Resuelve:

EXPEDIR
LA REFORMA AL ?ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL
CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN (CORDICOM)?

Artículo
1.- Sustitúyase los artículos 1 y 3 del Capítulo I del ?Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos del Consejo de Regulación y Desarrollo de
la Información y Comunicación?, por los siguientes:

Art.
1.- MISIÓN DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN.- Diseñar e implementar normativas y mecanismos para desarrollar,
proteger y regular los derechos de la comunicación e información de conformidad
con la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de
Comunicación y demás normas afines.

Art. 3.-
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN
Y COMUNICACIÓN.- Los objetivos que guiarán al Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Información y Comunicación son los siguientes:

1. Regular y desarrollar las condiciones
para el ejercicio de los derechos a la comunicación e información, bajo los
principios de interculturalidad, plurinacionalidad y participación ciudadana, cumpliendo
las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación.

2. Fortalecer la capacidad
institucional, organizando, gestionando y optimizando procesos, con la provisión
de talento humano especializado y gasto en la misión y la ejecución
presupuestaria basada en calidad de inversión.

Artículo
2.- Remplazar el texto del Capítulo II del ?Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación?, por el siguiente:

CAPÍTULO
II

DE LA
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Art.
4.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS.- El Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y Comunicación se alinea con su misión y define su
estructura organizacional con base en la Constitución de la República, las
competencias y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Comunicación y
demás normas afines, y en el direccionamiento estratégico institucional
determinado en la Matriz de Competencias y en su Modelo de Gestión.

Art.
5.- PROCESOS DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN.- Los procesos, productos y servicios del Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y Comunicación, se ordenan y clasifican en función
de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión
institucional.

1. Procesos Gobernantes.- Se denominan
también gobernadores, estratégicos de dirección, de regulación o de
gerenciamiento. Contemplan la emisión de las políticas, directrices y planes
estratégicos para el funcionamiento de la organización.

2. Procesos Agregadores de Valor.- Se
los conoce como específicos, principales, productivos, de línea, de operación,
de producción, institucionales, primarios, claves o sustantivos. Generan el portafolio
de productos y/o servicios que responden a la misión y objetivos estratégicos
de la institución y se constituyen en la razón de ser de la misma.

3. Procesos Habilitantes.- Se clasifican
en habilitantes de asesoría y de apoyo, responsables de brindar productos de
asesoría y apoyo para generar el portafolio de productos institucionales
demandados por los procesos gobernantes, agregadores de valor y por ellos
mismos.

Art.
6.- PUESTOS DIRECTIVOS.- Los puestos directivos establecidos en la estructura
organizacional del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y
Comunicación son: Presidenta o Presidente
del Consejo de Regulación
y Desarrollo de la Información y
Comunicación, en representación de la Función Ejecutiva; Consejeras o Consejeros del Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Información y Comunicación en representación de los Consejos Nacionales
de Igualdad, del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados y de la Defensora o Defensor del Pueblo;
Secretaria o Secretario General; Coordinadoras o Coordinadores; y, Directoras o
Directores de Área.

Art.
7.- DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE CALIDAD DE SERVICIO Y EL DESARROLLO INSTITUCIONAL.-
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica
del Servicio Público debe mantener un Comité de Gestión de Calidad de Servicio
y de Desarrollo Institucional, conformado por:

1. La autoridad nominadora o su
delegado o delegada, quién lo presidirá;

2. El o la responsable de la gestión
estratégica de la institución;

3. Una o un responsable por cada uno
de los procesos o unidades administrativas; y,

4. El o la responsable de la unidad
administrativa de Talento Humano.

Art.
8.- ESTRUCTURA BÁSICA ALINEADA A LA MISIÓN.- Para el cumplimiento de su misión,
el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación ha
desarrollado una estructura de gestión organizacional basada en procesos, la
cual permitirá alcanzar sus objetivos estratégicos. Los macroprocesos y procesos
del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, se ordenan
y clasifican en:

1. PROCESOS GOBERNANTES

1.1. MACROPROCESO: DIRECCIONAMIENTO EJECUTIVO.

Responsable(s)
de Macroproceso: Presidenta o Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Información y Comunicación.

PROCESOS:

1.1.1. GESTIÓN EJECUTIVA.

Responsable(s)
de proceso: Presidenta o Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de
la Información y Comunicación.

1.2. MACROPROCESO: GESTIÓN DEL PLENO.

Responsable(s)
de Macroproceso: Pleno del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información
y Comunicación.

PROCESOS:

1.2.1. GESTIÓN DEL PLENO.

Responsable(s)
de proceso: Pleno del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación.

2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR.

2.1. MACROPROCESO: INVESTIGACIÓN Y ANÁLISIS.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Técnico.

PROCESOS:

2.1.1. INVESTIGACIÓN.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Investigación y Análisis.

2.1.2. ADMINISTRACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL REGISTRO
PÚBLICO DE MEDIOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Investigación y Análisis.

2.1.3. GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Investigación y Análisis.

2.1.4. GENERACIÓN DE INSUMOS COGNITIVOS PARA LA
EVALUACIÓN DE CONTENIDOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Evaluación de Contenidos.

2.1.5. EVALUACIÓN DE CONTENIDOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Evaluación de Contenidos.

2.2. MACROPROCESO: FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES
DE LOS ACTORES SOCIALES Y COMUNICACIONALES.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Técnico.

PROCESOS:

2.2.1. CERTIFICACIÓN DE MEDIOS INCLUSIVOS Y SOCIALMENTE
RESPONSABLES.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Evaluación de Proyectos Comunicacionales.

2.2.2. PROFESIONALIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES
DEL SECTOR DE LA COMUNICACIÓN.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Fortalecimiento de Competencias.

2.2.3. ASISTENCIA TÉCNICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Fortalecimiento de Competencias.

2.2.4. ATENCIÓN CIUDADANA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Comunicación y Promoción de los Derechos a
la Información y Comunicación.

2.3. MACROPROCESO: GENERACIÓN DE NORMATIVA.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Técnico.

PROCESOS:

2.3.1. GENERACIÓN DE NORMATIVA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Regulación.

2.4. MACROPROCESO: PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DEL
EJERCICIO DE DERECHOS.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Técnico.

PROCESOS:

2.4.1. EVALUACIÓN DE PROYECTOS COMUNICACIONALES.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Evaluación de Proyectos Comunicacionales.

2.4.2. PROMOCIÓN DE DERECHOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Comunicación y Promoción de los Derechos a
la Información y Comunicación.

2.5. MACROPROCESO: EVALUACIÓN DEL IMPACTO
EN EL SISTEMA DE COMUNICACIÓN SOCIAL.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Técnico.

PROCESOS:

2.5.1. SEGUIMIENTO A LA DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA
DE FRECUENCIAS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Evaluación de Proyectos Comunicacionales.

3. PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA

3.1. MACROPROCESO: DIRECCIONAMIENTO INSTITUCIONAL.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador de Planificación y Control de
Gestión.

PROCESOS:

3.1.1. PLANEACIÓN ESTRATÉGICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Planificación.

3.1.2. ESTRUCTURACIÓN Y REFORMA DEL PLAN ANUAL
DE POLÍTICA PÚBLICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Planificación.

3.1.3. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN
INSTITUCIONAL.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Planificación.

3.1.4. GESTIÓN DE RIESGOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Planificación.

3.1.5. GESTIÓN DE PROYECTOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Planificación.

3.1.6. GESTIÓN DE PROCESOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Procesos.

3.1.7. GESTIÓN DE LA CALIDAD.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Procesos.

3.1.8. GESTIÓN DE LA COMUNICACIÓN EXTERNA

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Comunicación y Promoción de los Derechos a
la Información y Comunicación.

3.1.9. GESTIÓN DE LA COMUNICACIÓN INTERNA

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Comunicación y Promoción de los Derechos a
la Información y Comunicación.

3.2. MACROPROCESO: ASESORÍA JURÍDICA.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador de Asesoría Jurídica

PROCESOS:

3.2.1. ASESORÍA JURÍDICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Asesoría Jurídica.

3.2.2. PREPARACIÓN DE INSTRUMENTOS LEGALES PARA
COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Asesoría Jurídica.

3.2.3.
PATROCINIO.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Patrocinio.

3.3. MACROPROCESO: AUDITORÍA INTERNA.

Responsable(s)
de Macroproceso: Directora o Director de Auditoría Interna. PROCESOS:

3.3.1. AUDITORÍA INTERNA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Auditoría Interna.

4. PROCESOS HABILITANTES DE APOYO

4.1. MACROPROCESO: GESTIÓN DOCUMENTAL.

Responsable(s)
de Macroproceso: Secretaria o Secretario General.

PROCESOS:

4.1.1. GESTIÓN DE DOCUMENTOS.

Responsable(s)
de proceso: Secretaria o Secretario General.

4.2. MACROPROCESO: GESTIÓN FINANCIERA.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Administrativo Financiero.

PROCESOS:

4.2.1. GESTIÓN DE PAGOS CON AFECTACIÓN PRESUPUESTARIA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Financiero.

4.2.2. ANTICIPOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Financiero.

4.2.3. PAGO DE NÓMINA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Financiero.

4.2.4. CERTIFICACIÓN PRESUPUESTARIA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Financiero.

4.2.5. ADMINISTRACIÓN DE CAJA CHICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Financiero.

4.3. MACROPROCESO: GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Administrativo Financiero.

PROCESOS:

4.3.1. CLASIFICACIÓN DE PUESTOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.2. CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.3. EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.4. GESTIÓN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.5. MOVIMIENTOS DE PERSONAL.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.6. PLAN DE CAPACITACIÓN.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.7. PLANIFICACIÓN DEL TALENTO HUMANO.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.8. REMUNERACIONES.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.9. RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.10. RÉGIMEN DISCIPLINARIO.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.3.11. DESARROLLO DE LA CULTURA ORGANIZACIONAL.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Administración de Talento Humano.

4.4. MACROPROCESO: GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Administrativo Financiero.

PROCESOS:

4.4.1. ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Administrativo.

4.4.2. GESTIÓN DE ADQUISICIONES Y COMPRAS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director Administrativo.

4.5. MACROPROCESO: GESTIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS
DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

Responsable(s)
de Macroproceso: Coordinadora o Coordinador Administrativo Financiero.

PROCESOS:

4.5.1. ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS INFORMÁTICOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.2. CAPACITACIÓN EN NUEVAS TECNOLOGÍAS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.3. DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE APLICACIONES.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.4. GESTIÓN DE INCIDENTES INFORMÁTICOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.5. GESTIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS
TECNOLÓGICOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.6. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD INFORMÁTICA.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

4.5.7. MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA Y EQUIPOS.

Responsable(s)
de proceso: Directora o Director de Tecnologías de la Información.

Artículo
3.- Sustitúyase el Capítulo III del ?Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información
y Comunicación?, por el siguiente texto:


CAPÍTULO
III

REPRESENTACIONES
GRÁFICAS

Art.
9.- ESTRUCTURA ORGÁNICA.- La estructura orgánica y mapa de procesos, se
muestran en los gráficos que constan a continuación:


1.
Estructura Orgánica

a159.PNG

Artículo
4.- Reemplácese el Capítulo IV del ?Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación?,
por el siguiente contenido:

CAPÍTULO
IV

ESTRUCTURA
ORGÁNICA DESCRIPTIVA

Art.
10.- La estructura orgánica descriptiva es la siguiente:

NIVEL
DIRECTIVO

1. PLENO DEL CONSEJO DE REGULACIÓN Y
DESARROLLO DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

a) Misión: Diseñar e implementar
normativas y mecanismos para desarrollar, proteger y regular los derechos de la
comunicación e información de conformidad con la Constitución de la República del
Ecuador, la Ley Orgánica de Comunicación y demás normas afines.

Responsable:
Pleno del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

b.1. Establecer los mecanismos para el
ejercicio de los derechos de las usuarias y usuarios de los servicios de
comunicación e información;

b.2. Regular el acceso universal a la
comunicación y a la información;

b.3. Regular la clasificación de contenidos
y franjas horarias;

b.4. Determinar mecanismos que permitan la
variedad de programación con orientación a programas educacionales y/o
culturales;

b.5. Establecer mecanismos para difundir
las formas de comunicación propias de los distintos grupos sociales, étnicos y
culturales;

b.6. Elaborar y expedir los reglamentos
necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y su funcionamiento;

b.7. Elaborar el informe vinculante, en los
casos previstos en la Ley Orgánica de Comunicación, para la adjudicación o
autorización de concesiones de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento
de estaciones de radio y televisión abierta y para la autorización de
funcionamiento de los sistemas de audio y video por suscripción;

b.8. Formular observaciones y
recomendaciones a los informes que le presente trimestralmente la autoridad de
telecomunicaciones en el proceso de aplicar la distribución equitativa de
frecuencias establecida en elartículo
106 de la Ley Orgánica de Comunicación;

b.9. Elaborar el informe para que la
autoridad de telecomunicaciones proceda a resolver sobre la terminación de una
concesión de radio o televisión por la causal de incumplimiento de los
objetivos establecidos en el proyecto comunicacional;

b.10. Crear las instancias administrativas y
operativas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones; y,

b.11. Las
demás contempladas en la Ley Orgánica de Comunicación y su Reglamento.

c) Procesos de Responsabilidad:

c.1. Gestión del Pleno

c.1.1.
Objetivo: Apoyar al Pleno en sus actividades, según las atribuciones que el
Pleno tiene asignadas en la Ley Orgánica de Comunicación.

c.1.2.
Productos:

c.1.2.1.
Convocatorias a los miembros del Consejo.

c.1.2.2.
Registro de Resoluciones aprobadas por el Pleno del Consejo.

c.1.2.3.
Actas de sesiones del Pleno.

c.1.2.4.
Notificaciones de resoluciones.

2. PRESIDENCIA DEL CONSEJO

a) Misión: Representar a la institución
como la máxima autoridad administrativa del Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Información y Comunicación con atribuciones para presidir y coordinar las
actividades del Pleno.

Responsable:
Presidenta o Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información
y Comunicación.

b) Atribuciones y Responsabilidades:

b.1. Cumplir y hacer cumplir la
Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Comunicación, su
Reglamento General de Aplicación y las resoluciones que emita el Consejo;

b.2. Ejercer la representación legal,
judicial y extrajudicial del Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación;

b.3. Delegar a las y los Consejeros para
que lo representen, en actos específicos;

b.4. Expedir acuerdos, resoluciones y suscribir
enrepresentación del Consejo de
Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación contratos y convenios
en el ámbito de su competencia;

b.5. Convocar y presidir el Pleno del
Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación, formular
el orden del día, dirigir el debate, precisar el orden de discusión de los asuntos,
clausurar la sesión del Pleno y disponer a la Secretaría General lo pertinente;

b.6. Presentar al Consejo en Pleno informes
de labores;

b.7. Aprobar el plan de inversiones, plan
operativo anual y proforma presupuestaria de la institución;

b.8. Presentar a la ciudadanía el informe
de rendición de cuentas del Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación;

b.9. Delegar en el ámbito de sus
competencias aquellas atribuciones que permitan una gestión institucional administrativa,
financiera, técnica y operativa eficiente, con celeridad y con responsabilidad
de los servidores y servidoras del Consejo de Regulación y Desarrollo de la
Información y Comunicación; y,

b.10. Las
demás determinadas en los reglamentos y en general, aquellas que sean
necesarias para la buena marcha del Consejo.

c) Procesos de Responsabilidad:

c.1. Gestión ejecutiva:

c.1.1.
Objetivo: Ejercer la Dirección Ejecutiva para el cumplimi