n

REGISTRO OFICIAL

n

Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

Jueves, 30 de Septiembre de 2010 – R. O. No. 290

n n

n

FUNCIÓN EJECUTIVA n n DECRETO: n n 477 n

Expídense reformas al Reglamento General a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas del Ecuador

n n ACUERDOS: n n

SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:

n n 417 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al doctor Miguel Calahorrano Camino, Ministro de Electricidad y Energía Renovable

n n 418 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, Ministro Coordinador de Seguridad

n n 419 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al señor Ángel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador -CODENPE-

n n 420 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al señor Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración, economista Ricardo Patiño Aroca

n n 421 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al ingeniero Jaime Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información

n n 422 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al doctor David Chiriboga Allnutt, Ministro de Salud Pública

n n 423 n

Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios al doctor Ramón Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ga-nadería, Acuacultura y Pesca

n n

MINISTERIO DE GOBIERNO:

n n 1280 n

Ordénase la inscripción del Estatuto del Templo Evangélico Poder y Gloria de Dios, con domicilio en el cantón Cañar, provincia de Cañar

n n 1283 n

Modifícase el Acuerdo Ministerial 0601 de 31 de diciembre del 2009, que aprueba las reformas al Estatuto de la Iglesia Evangélica Familia de Dios, con domicilio en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo

n n 1284 n

Ordénase la inscripción del Estatuto del Ministerio Evangélico Misionero Jehová es Dios, con domicilio en el cantón Daule, provincia del Guayas

n n 1286 n

Apruébase el estatuto social y confiérese personalidad jurídica a la “Junta Cívica de San Miguel de Bolívar”, con domicilio en el cantón San Miguel, provincia de Bolívar

n n 1287 n

Dispónese el registro de la reforma del Estatuto de la Iglesia Cristiana El Ca-mino Misión Internacional, con domicilio en el cantón Rumiñahui, provincia de Pichincha

n n 1288 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia Cristiana Restauración Manantial de Vida, “REMAVID”, con domicilio en el cantón Manta, provincia de Manabí

n n 1289 n

Ordénase la inscripción del Estatuto del Centro Evangelístico La Gloria de Sión, con domicilio en el cantón Ambato, provincia de Tungurahua

n n 1290 n

Dispónese el registro de la reforma del Estatuto del Consejo de Pastores de Chimborazo, con domicilio en el cantón Riobamba, provincia de Chimborazo

n n 1291 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la entidad religiosa denominada Ministerios Unzión, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha

n n 1292 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Misión Cristiana Yire, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas

n n 1294 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia Evangélica “Jahua Pacha Ñan”, con domicilio en el cantón Alausí, provincia de Chimborazo

n n 1295 n

Ordénase la inscripción del Estatuto de la Iglesia “Jesucristo Dios de Vida”, con domicilio en el cantón Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas

n n RESOLUCIONES: n n

MINISTERIO DEL AMBIENTE:

n n 308 n

Apruébase el “Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para la perforación de cinco pozos direccionales desde la plataforma Shushufindi 35”, ubicado en la provincia de Sucumbíos, cantón Shushufindi, y declárase al proyecto como parte integrante de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución No. 119 de 17 de marzo del 2010

n n 309 n

Apruébase el Estudio de Impacto y Plan de Manejo Ambiental para la perforación de tres pozos direccionales desde la plataforma Arazá 1, ubicado en la parroquia Pacayacu, cantón Lago Agrio, provincia Sucumbíos, y declárase al proyecto como parte integrante de la licencia emitida con Resolución No. 143 de 26 de marzo del 2010 al Área Libertador ubicada en la provincia de Sucumbíos

n n 314 n

Apruébase el “Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para la perforación de cinco pozos direccionales desde la plataforma Shushufindi 10BD”, ubicado en la provincia de Sucumbíos, cantón Shushufindi, y declárase al proyecto como parte integrante de la Licencia Ambiental otorgada mediante Resolución No. 119 de fecha 17 de marzo del 2010

n n 319 n

Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental Ex-post para la bodega de SERVIPAXA S. A., ubicada en el cantón Quevedo, provincia de Los Ríos, y otórgase la Licencia Ambiental para la ejecución del proyecto

n n

CONSEJO NACIONAL DE REHABILITACIÓN SOCIAL:

n n

– Expídese el Protocolo de Procedimientos del Centro de Rehabilitación Social de Varones Nº 2 de Guayaquil

n n

– Póngase en funcionamiento los Pabellones de Mediana y Máxima Seguridad del Centro de Rehabilitación Social de Santo Domingo de los Tsáchilas

n n

ORDENANZAS MUNICIPALES:

n n

– Cantón Durán: Que expide el Reglamento para el ejercicio de la jurisdicción coactiva de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Cantón Durán (EMAPAD)

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Flavio Alfaro: Que reglamenta la determinación, recaudación, administración y control del impuesto sobre los activos totales

n n

– Gobierno Municipal del Cantón Limón Indanza: Que reglamenta la determinación, administración y recaudación de las tasa por servicios técnicos y administrativos que el Municipio presta a los contribuyentes

n n – Cantón Chambo: Que establece la contribución especial de mejoras en favor de la Municipalidad, por la obra de construcción y mejoramiento del sistema de agua potable del cantón n No. 477 n n Rafael Correa Delgado n

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

n n Considerando: n n

Que mediante Ley 2007-75, publicada en el Registro Oficial No. 5 del 22 de enero del 2007, se expidió la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

n n

Que con Decreto Ejecutivo No. 1720, publicado en el Registro Oficial No. 597 de 25 de mayo del 2009, se expidió el Reglamento Sustitutivo al Reglamento General de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

n n

Que el artículo 160 de la Constitución de la República dispone que “los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes específicas que regulen sus derechos y obligaciones, y su sistema de ascensos y promociones con base en méritos y con criterios de equidad de género. Se garantizará su estabilidad y profesionalización.”;

n n

Que es necesario reformar determinadas disposiciones del Reglamento General a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a fin de que sus normas provean un sistema de ascensos y promociones con base en sus méritos profesionales; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 13 del artículo 147 de la Constitución de la República,

n n Decreta: n n

Expedir las siguientes reformas al Reglamento General a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas del Ecuador.

n n

Art. 1.- Sustitúyase el artículo 35 por el siguiente:

n n

“Art 35.- Son requisitos específicos para ingresar al Curso de Estado Mayor Conjunto en el Instituto Nacional de Defensa (INADE):

n n

a) Tener un promedio en las calificaciones anuales igual o superior a dieciocho cincuenta (18,50) durante su permanencia como Oficial Superior; y,

n n

b) Encontrarse en los dos primeros tercios del promedio de las calificaciones obtenidas en los cursos de perfeccionamiento realizados durante su carrera militar. En promociones en las que el cálculo de los dos tercios resultare en números fraccionarios, se considerará en cifras absolutas al inmediato superior.

n n

Si el candidato está en el último tercio del promedio de las calificaciones obtenidas en los cursos de perfeccionamiento realizados durante su carrera militar, pero se ha ubicado en el primer tercio del curso de Estado Mayor, será seleccionado para ingreso al Instituto Nacional de Defensa.”.

n n

Art. 2.- A continuación del artículo 35 agréguese el siguiente artículo:

n n

“Art. 35.1 No ingresarán al Curso de Estado Mayor Conjunto los Oficiales Superiores que se encuentren inmersos en las siguientes causales:

n n

a) Tener sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada en causas penales; y,

n n

b) Haber sido sancionado con suspensión de funciones como Oficial Superior.”.

n n

Art. 3.- Sustitúyase el artículo 71 por el siguiente:

n n

“Art. 71.- El Desempeño Profesional, es el conjunto de los tres elementos determinados en el artículo 97 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, y se lo describe como aplicación efectiva e integral de los conocimientos, para el ejercicio de las funciones de un militar en el nuevo grado.

n n

La evaluación del desempeño profesional en el grado, previo el ascenso a un nuevo grado para Oficiales y tropa de la Fuerzas Armadas, se lo realizará de conformidad con la normativa específica que se dicte para el efecto y se promediará de la siguiente manera:

n n

a) Méritos Personales con una valoración del 30%;

n n

b) Formación Profesional con una valoración del 40%; y,

n n

c) Experiencia Laboral, durante la permanencia en el grado militar, incluida la del último semestre, con una valoración del 30%.

n n

Se considera Méritos Personales la conducta apegada a norma militar en el grado, considerando que todo el personal parte de una valoración uniforme de su conducta. Se considerarán como valoraciones positivas (méritos) y negativas (deméritos) los que se encuentran detallados en la normativa específica.

n n

Se entiende por Formación Profesional los cursos de perfeccionamiento que haya realizado el militar previo a su ascenso en el grado, excluido el Curso de Estado Mayor Conjunto en el Instituto Nacional de Defensa (INADE).

n n

La experiencia Laboral constituye el promedio de las evaluaciones anuales obtenidas durante el grado.

n

En aquellos grados en que no se realizare curso de perfeccionamiento previo al ascenso se efectuará la evaluación del desempeño en el grado de la siguiente manera:

n n

a) Méritos Personales con una valoración del 50%; y,

n n

b) Experiencia Laboral con una valoración del 50%.”.

n n

Art. 4.- El presente decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de septiembre del 2010.

n n

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n n n

No. 417

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 6357 del 25 de agosto del 2010 a favor del doctor Miguel Calahorrano Camino, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, para su desplazamiento a Ipiales-Colombia el 26 del mes presente, a fin de asistir al encuentro de Cancilleres Ecuador-Colombia y tratar sobre el proyecto geotérmico binacional Tufiño-Chiles-Cerro Negro; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. l09, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al doctor Miguel Calahorrano Camino, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, quien se desplazará a Ipiales-Colombia, con el fin de participar en el encuentro de Cancilleres Ecuador-Colombia, para tratar sobre el proyecto geotérmico binacional Tufiño-Chiles-Cerro Negro, a efectuarse el 26 de agosto del 2010.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- Todos los gastos relacionados con este desplazamiento, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable.

n n

ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 25 de agosto del 2010.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n n n

No. 418

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 6364 del 25 de agosto del 2010 a favor del sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, Ministro Coordinador de Seguridad, para que integre la comitiva que viajará a Ipiales-Colombia, al encuentro presidido por los Cancilleres de Ecuador y Colombia, el 26 del mes presente; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al sociólogo Miguel Carvajal Aguirre, Ministro Coordinador de Seguridad, quien integra la comitiva que se desplazará a la ciudad de Ipiales-Colombia, con motivo del Encuentro Binacional presidido por los Cancilleres de Ecuador y Colombia, que tendrá lugar el 26 de agosto del 2010.

n n

ARTÍCULO SEGUNDO.- El pago de subsistencias serán cubiertas del presupuesto del Ministerio de Coordinación de Seguridad.

n n

ARTICULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n n

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 25 de agosto del 2010.

n n

f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n n

Documento con firmas electrónicas.

n n n n

No. 419

n n

Vinicio Alvarado Espinel

n

SECRETARIO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n n

Vista la solicitud de viaje al exterior No. 6334 del 25 de agosto del 2010 a favor del señor Ángel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador -CODENPE-, para su desplazamiento a Madrid-España del 4 al 11 de septiembre próximo, a fin de participar en la IX Asamblea General del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe; y,

n n

En ejercicio de la facultad que le confiere el Decreto Ejecutivo No. 4 de 15 de enero del 2007 y, el Decreto Ejecutivo No. 1332, publicado en el Registro Oficial No. 257 del 25 de abril del 2006 reformado mediante Decreto Ejecutivo No. 1653, publicado en el Registro Oficial No. 324 del 31 de julio de igual año, y en concordancia al Decreto Ejecutivo No. 109, publicado en el Registro Oficial Suplemento 58 del 30 de octubre del 2009, que expide reformas al Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n n Acuerda: n n

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Ángel Medina Lozano, Secretario Nacional Ejecutivo del Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador -CODENPE-, quien se desplazará a Madrid-España del 4 al 1