Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 02 de Julio de
2013 – R. O. No. 27

SUMARIO

Ministerio de Cultura y Patrimonio:

Ejecutivo:

Acuerdos

DM-2013-066 Deléganse atribuciones y deberes de Viceministro
de Cultura y Patrimonio al ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire

DM-2013-072 Oficialízase la nómina de ganadores
seleccionados dentro del ?Concurso Nacional de Patrimonio Cultural Inmaterial
2013 – Reconocimiento a Portadores de Saberes Tradicionales?

Ministerio de Defensa Nacional:

162 Delégase a la señora María Fernanda Sáenz Sayago,
Subsecretaria de Apoyo al Desarrollo, presida el Directorio de la Empresa de
Municiones Santa Bárbara EP

163 Delégase a la señora María Fernanda Sáenz Sayago,
Subsecretaria de Apoyo al Desarrollo, presida el Directorio de la Empresa
Astilleros Navales Ecuatorianos ASTINAVE EP

166 Delégase al señor Comandante de la Cuarta División de
Ejército ?Amazonas?, suscriba el Convenio Específico de Cooperación de
Seguridad Militar con la Compañía de Operaciones Río Napo Compañía de Economía
Mixta ?ORNCEM?

Ministerio de Relaciones Laborales:

0099 Nómbrase a la abogada Martha María Macías Intriago,
Jueza de Coactivas de la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de
Portoviejo

0102 Deléganse funciones y atribuciones al señor doctor
Carlos Alberto Cisneros Pazmiño, Coordinador General de Asesoría Jurídica

0104 Modifícase el Acuerdo Ministerial N° 0075, publicado en
el Registro Oficial No. 958 de 21 de mayo de 2013

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y
Pesca: Agencia Ecuatoriana de
Aseguramiento de la Calidad del AGRO-AGROCALIDAD:

Resolución

0143 Expídese el Manual para detección de fincas y/o sitios
que representan riesgo fitosanitario para el país

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas


Cantón Calvas: Que regula el fraccionamiento
territorial urbano, rural y de propiedad horizontal


Cantón Chaguarpamba: Que regula la producción y
comercialización de plantas producidas en el vivero municipal


Cantón Chambo: Para la organización,
funcionamiento de los organismos del Sistema de Protección Integral a la Niñez
y Adolescencia


Cantón Ventanas: Que establece el cobro de la
tasa retributiva por servicios administrativos


Cantón Zaruma: Para el manejo integral de
desechos hospitalarios en establecimientos de salud

CONTENIDO


Nro.
DM-2013-066

EL MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular,
coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales
participativas del Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las
necesidades del desarrollo cultural en la construcción de la sociedad del buen
vivir; y, por mandato de Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que mediante
Memorando Nro. MC-DM-13-0181-M de 27 de mayo de 2013, el Ministro de Cultura y
Patrimonio dispone a la Coordinación General Jurídica, realizar las gestiones
necesarias para la subrogación de funciones de Viceministro de esta Cartera de
Estado, a favor del ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire, entre los días 27 y
31 de mayo de 2013.

Que es
necesaria la subrogación de funciones en virtud de la ausencia temporal del
Viceministro de Cultura y Patrimonio.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.-
Delegar las atribuciones y deberes de Viceministro de Cultura y Patrimonio, al
ingeniero Juan Alberto Gordillo Freire, del 27 al 31 de mayo de 2013.

Art. 2.-
Encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera, la notificación con el contenido
del presente Acuerdo Ministerial al Secretario Nacional de la Administración
Pública.

Art. 3.- El
presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en la
ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 27 de mayo de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

Nro. DM-2013-072

EL MINISTRO DE
CULTURA Y PATRIMONIO

Considerando:

Que el
Ministerio de Cultura y Patrimonio es la entidad rectora que guía el desarrollo
de las potencialidades culturales, asumiendo la responsabilidad de formular,
coordinar, ejecutar, evaluar y supervisar las políticas culturales
participativas del Estado, corresponsabilizándose con la satisfacción de las
necesidades del desarrollo cultural en la construcción de la sociedad del buen
vivir; y, por mandato de Ley, es la máxima autoridad del área cultural.

Que mediante
Acuerdo Ministerial Nro. DM-2013-022 de 22 de marzo de 2013, esta Cartera de
Estado expide las bases técnicas para la Convocatoria al ?Concurso Nacional de
Patrimonio Cultural Inmaterial 2013 – reconocimiento a portadores de saberes
tradicionales?.

Que el segundo
inciso del numeral 3.3. del Capítulo 3 de las bases técnicas en mención,
establece: ?Los doce (12) beneficiarios,
determinados por el Jurado Calificador como ganadores del ?Concurso Nacional de
Patrimonio Cultural Inmaterial 2013 – reconocimiento a portadores de saberes
tradicionales?, recibirán un reconocimiento de cuatro mil 00/100 dólares de los
Estados Unidos de América (USD. 4.000,00) cada uno. Este incentivo podrá ser
otorgado por una sola ocasión a la misma persona.?.

Que con fecha
14 de mayo de 2013, los miembros del Jurado Calificador del ?Concurso Nacional
de Patrimonio Cultural Inmaterial 2013 – reconocimiento a portadores de saberes
tradicionales?, suscriben al acta con la designación de los ganadores
seleccionados.

Que mediante
Memorando Nro. MC-SPAT-13-0182-M de 15 de mayo de 2013, la Subsecretaria
Técnica de Patrimonio Cultural solicita al Ministro de Cultura y Patrimonio,
disponer la elaboración del Acuerdo Ministerial que oficialice la nómina de ganadores dentro del ?Concurso Nacional de
Patrimonio Cultural Inmaterial 2013 – reconocimiento a portadores de saberes tradicionales?. Mediante nota
marginada de 20 de mayo de 2013, el Ministro de Cultura y Patrimonio dispone a
la Coordinación General Jurídica redactar el instrumento legal solicitado por
la Subsecretaria Técnica de Patrimonio Cultural.

En uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.-
Oficializar la nómina de ganadores seleccionados dentro del ?Concurso Nacional
de Patrimonio Cultural Inmaterial 2013 – reconocimiento a portadores de saberes
tradicionales?, detallados a continuación:


Reconocimientos
zonales a portadores del patrimonio cultural inmaterial

ZONA

ÁMBITO

NOMBRES Y
APELLIDOS

CÉDULA

PROVINCIA

Zona 1

tradiciones y expresiones orales

Rosa Wila Valencia

0800448623

Esmeraldas

Zona 2

conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el
universo

Carlos Aguinda Cerda

1500070535

Orellana

Zona 3

técnicas artesanales tradicionales

Rafael Chiliquinga Jiménez

1800536680

Tungurahua

Zona 4

tradiciones y expresiones orales

Juana de las Mercedes Franco

1303733230

Manabí

Zona 5

conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el
universo

Erlinda Barahona Galeas

0200200822

Los Ríos

Zona 6

técnicas artesanales tradicionales

Juan Tenezaca Aguayza

0300365475

Cañar

Zona 7

técnicas artesanales tradicionales

Luz Bacilia Robalino Vera

1102034137

Loja

Reconocimientos
a mujeres portadoras del patrimonio cultural inmaterial

ÁMBITO

NOMBRES Y
APELLIDOS

CÉDULA

PROVINCIA

usos sociales, rituales y actos festivos

Zoila Úrsula Custodia Espinoza Minda

1000533586

Imbabura

técnicas artesanales tradicionales

Cesarea América Orrala Súarez

0920618022

Santa Elena

Reconocimiento
a portadores del patrimonio cultural inmaterial en la frontera norte

ÁMBITO

NOMBRES Y
APELLIDOS

CÉDULA

PROVINCIA

conocimientos
y usos relacionados con la naturaleza y el universo

Gabriel Andy
Tapuy

1500012693

Sucumbíos

Reconocimientos
a portadores del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad

———

ÁMBITO

NOMBRES Y APELLIDOS

CÉDULA

PROVINCIA

patrimonio
oral y las manifestaciones culturales del pueblo Zápara

técnicas
artesanales tradicionales

Alberto
Ushigua Manya

1600170235

Pastaza

tejido
tradicional del sombrero ecuatoriano de paja toquilla

técnicas
artesanales tradicionales

Cenovio
Ídolo Espinal Espinal

1300471701

Manabí


Art. 2.- De la
ejecución del presente Acuerdo, encárguese al(a la) titular de la Subsecretaría
Técnica de Patrimonio Cultural.

Art. 3.- El
presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
publíquese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 31 de mayo de 2013.

f.) Francisco
Velasco Andrade, Ministro de Cultura y Patrimonio.

No. 162

María Fernanda
Espinosa Garcés

MINISTRA DE
DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 1121, publicado en el Registro Oficial No. 686 de 19 de abril de
2012
, se creó la Empresa de Municiones Santa Bárbara EP, como una
persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio, dotada de autonomía
presupuestaria, financiera y económica, administrativa, operativa y de gestión,
adscrita al Ministerio de Defensa Nacional;

Que conforme
lo establece el Art. 6 del citado Decreto Ejecutivo, el Directorio de la
Empresa de Municiones Santa Bárbara EP, lo preside el Ministro de Defensa
Nacional o su delegado permanente;

Que el Art. 55
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
establece que las atribuciones y competencias propias de las diversas entidades
y Autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía;

Que el Art. 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de
Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, estipula que los Ministerios
de Estado podrán dictar los acuerdos que sean necesarios para delegar sus
atribuciones;

En ejercicio
de las facultades que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución
de la República y el Art. 55 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.-
Delegar a la señora María Fernanda Sáenz Sayago, Subsecretaria de Apoyo al
Desarrollo del Ministerio de Defensa Nacional, para que a nombre de la Ministra
de esta Cartera de Estado, presida el Directorio de la Empresa de Municiones
Santa Bárbara EP, conforme las funciones previstas en la ley para dicho cargo.

Art. 2.- La
señora María Fernanda Sáenz, Subsecretaria de Apoyo al Desarrollo, informará a la Titular de
este Portafolio de los actos realizados en el ejercicio de la presente
delegación.

Art. 3.-
Derogar el Acuerdo Ministerial No. 002 de 04 de enero de 2013.

Art. 4.- El
presente Acuerdo póngase en conocimiento de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, el mismo que tendrá vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito metropolitano de Quito, a 13 de junio de 2013.

f.) María
Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Defensa Nacional.

Certifico que
este documento es fiel copia del original.- Quito, 13 de junio de 2013.- f.)
Ilegible, El Director de Secretaría General del MDN.

No. 163

María Fernanda
Espinosa Garcés

MINISTRA DE
DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 1116, publicado en el Registro Oficial No. 680 de 11 de abril de
2012
, se creó la Empresa Astilleros Navales Ecuatorianos ASTINAVE EP,
como una persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio, dotada de
autonomía presupuestaria, financiera y económica, administrativa, operativa y
de gestión, adscrita al Ministerio de Defensa Nacional;

Que conforme
lo establece el Art. 5 del citado Decreto Ejecutivo, el Directorio de la
Empresa Astilleros Navales Ecuatorianos ASTINAVE EP, lo preside el Ministro de
Defensa Nacional o su delegado permanente;

Que el Art. 55
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
establece que las atribuciones y competencias propias de las diversas entidades
y Autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán
delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía;

Que el Art. 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de
Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, estipula que los
Ministerios de Estado podrán dictar los acuerdos que sean necesarios para
delegar sus atribuciones;

En ejercicio
de las facultades que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución
de la República y el Art. 55 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de
la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.-
Delegar a la señora María Fernanda Sáenz Sayago, Subsecretaria de Apoyo al
Desarrollo del Ministerio de Defensa Nacional, para que a nombre de la Ministra
de esta Cartera de Estado, presida el Directorio de la Empresa Astilleros
Navales Ecuatorianos ASTINAVE EP, conforme a las funciones previstas en la ley
para dicho cargo.

Art. 2.- La
señora María Fernanda Sáenz, Subsecretaria de Apoyo al Desarrollo, informará a
la Titular de este Portafolio de los actos realizados en el ejercicio de la
presente delegación.

Art. 3.-
Derogase la delegación conferida al señor Fernando Herrera Manosalvas.

Art. 4.- El
presente Acuerdo póngase en conocimiento de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública, el mismo que tendrá vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 13 de junio de 2013.

f.) María
Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Defensa Nacional.

Certifico que
este documento es fiel copia del original.- Quito, 13 de junio de 2013.- f.)
Ilegible, El Director de Secretaría General del MDN.

No. 166

María Fernanda
Espinosa Garcés

MINISTRA DE
DEFENSA NACIONAL

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que:
?A las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión. (?)?;

Que el
artículo 158 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: ?Las
Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones de protección de los
derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. Las Fuerzas Armadas tienen
como misión fundamental la defensa de la soberanía y la integridad territorial.
(?)?;

Que el
artículo 162 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: ?Las
Fuerzas Armadas sólo podrán participar en actividades económicas relacionadas
con la defensa nacional, y podrán aportar su contingente para apoyar el
desarrollo nacional, de acuerdo con la ley. Las Fuerzas Armadas podrán
organizar fuerzas de reserva, de acuerdo a las necesidades para el cumplimiento
de sus funciones. El Estado asignará los
recursos necesarios para su equipamiento, entrenamiento y formación.?;

Que el 15 de
julio de 2008, el Directorio de PETROECUADOR mediante Resolución No. 67-DIR-
2008-07-15 dispuso la constitución de OPERACIONES RÍO NAPO COMPAÑÍA DE ECONOMÍA
MIXTA ?ORNCEM? entre PETROECUADOR y PDVSA ECUADOR S.A. de acuerdo a los
lineamientos aprobados por el Directorio de dicha Empresa Estatal ecuatoriana;

Que el 25 de
agosto de 2008, se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el
Notario Vigésimo del Cantón Quito, la Compañía OPERACIONES RÍO NAPO COMPAÑÍA DE
ECONOMÍA MIXTA (ORNCEM), debidamente aprobada por la Superintendencia de
Compañías por Resolución No. 08.Q.IJ.3693 de 10 de septiembre de 2008, e
inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Quito el 11 de septiembre de 2008;

Que el 15 de
noviembre de 2012, el señor Teniente de Justicia Edison Tenempaguay Tixi,
Asesor Jurídico de la IV D.E «AMAZONAS», presentó al señor Comandante
de la IV D.E «AMAZONAS» Comandante General de la Fuerza Terrestre, el
Informe Jurídico sobre la procedencia para suscribir el Convenio Específico de
Cooperación de Seguridad Militar con la Compañía de Operaciones Río Napo CEM,
en el que en su parte pertinente concluye lo siguiente: ? La Cuarta División de
Ejército «AMAZONAS, a través de sus Unidades subordinadas, sin descuidar
sus misiones y tareas fundamentales consagradas en la Constitución de la
República del Ecuador, realizará operaciones militares, mediante el concepto de
seguridad de área a través de patrullajes terrestres de acuerdo con el
cronograma de actividades mensuales que se preparará en coordinación con la
Compañía de Operaciones Río Napo CEM y el personal militar..?;

Que el 16 de
noviembre de 2012, el señor General de Brigada Celso Andrade Garzón, Comandante
de la Cuarta División de Ejército «AMAZONAS», presentó al señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, el Informe de conveniencia para
suscribir el Convenio Específico de Cooperación de Seguridad Militar con la
Compañía de Operaciones Río Napo CEM, en el que concluye lo siguiente: Citado
convenio: ??mejorará las condiciones en las cuales se ejecutan las operaciones
militares para garantizar la seguridad de los sectores estratégicos por parte
de la IV D.E «AMAZONAS; y, ?permitirá a las Unidades beneficiarse con proyectos
que mejoren el bienestar del personal que se emplea en la Frontera Norte, lo
cual es una permanente preocupación del señor Ministro de Defensa y del mando
Militar?, de lo cual recomienda: ?Alcanzar del señor Ministro de Defensa
Nacional la autorización y delegación que faculte al suscrito la celebración
del «CONVENIO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN DE SEGURIDAD MILITAR ENTRE LA IV
D.E «AMAZONAS» y COMPAÑÍA OPERACIONES RÍO NAPO CEM ?;

Que el 03 de
diciembre de 2012, el señor Teniente Coronel José Ortega Flores, Jefe del
Departamento de Ingeniería del Ejército, presentó al señor Director de
Desarrollo Institucional del Ejército,
el informe técnico y observaciones al borrador de convenio, en el cual realiza
un análisis en lo referente al área logística concluyendo que: ? La
construcción de obras y mejoras en las unidades de la Cuarta División de
Ejército «AMAZONAS», como beneficio de la ejecución del CONVENIO
ESPECIFICO DE COOPERACION DE SEGURIDAD MILITAR ENTRE LA IV D.E.
«AMAZONAS» y LA COMPAÑIA OPERACIONES RIO NAPO CEM, beneficiará
directamente al personal militar de las mismas, por cuanto se mejorará las
condiciones de vida de los mismos ? y, recomienda: ?Se disponga a la IV D.E.
«AMAZONAS», que una vez firmado el Convenio Específico entre la IV
D.E. «AMAZONAS» y la COMPAÑIA OPERACIONES RIO NAPO CEM, previamente a
la ejecución de su cláusula QUINTA: construcción de obras y mejoras, se obtenga
de la Dirección de Logística del Ejército, la aprobación del correspondiente
proyecto?;

Que el 05 de
diciembre de 2012, el señor General de Brigada Gustavo Cabrera, Director de
Desarrollo Institucional del Ejército, a solicitud del señor Comandante de la
Cuarta División de Ejército «AMAZONAS?, emite el respectivo Criterio
Institucional a fin de alcanzar del Ministerio de Defensa Nacional la
delegación y autorización para suscribir el Convenio Específico de Cooperación
de Seguridad Militar con la Compañía de Operaciones Río Napo CEM, en el cual
recomienda que: ?Se viabilice la solicitud realizada por parte del señor Comandante
de la IV D.E «AMAZONAS», a fin de alcanzar del Ministerio de Defensa
Nacional, la delegación al Sr. GRAB. Celso Andrade Garzón, Comandante de la IV
D.E «AMAZONAS» y autorización para suscribir el Convenio Específico
de Cooperación de Seguridad Militar entre la IV D.E «AMAZONAS» y la
Compañía de Operaciones Río Napo CEM?;

Que la
Coordinación General de Asesoría Jurídica mediante Oficio MDN-JUR-2013-0188-OF
de 01 de marzo de 2013, solicitó al Comandante General de la Fuerza Terrestre,
se remita el Anexo A en el cual se determina las obras a desarrollarse en
beneficio la Cuarta División de Ejército «AMAZONAS y la certificación de
fondos emitida por la Compañía de Operaciones Río Napo CEM; requerimientos
remitidos a esta Coordinación mediante Oficio No.- 2013-296-DJE de 31 de mayo
de 2013, suscrito por el señor Crnl. de C.S.M Milton E Vergara, Jefe del
Departamento Jurídico del Ejército;

Que el
artículo 10 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, señala entre las
atribuciones y obligaciones del Ministro de Defensa Nacional; ? m) Delegar su
representación legal al Subsecretario General, al Jefe del Comando Conjunto,
Comandantes de Fuerza, Subsecretarios y otras autoridades, de conformidad con
el Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, para firmar
convenios, contratos y desarrollar actos administrativos?;

Que el inciso
final del artículo 17 del Estatuto del Régimen Administrativo de la Función
Ejecutiva señala que: ??El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus
funciones responderá directamente de los actos realizados en ejercicio de tal
delegación?;

Que el
artículo 55 del Estatuto del Régimen Administrativo de la Función Ejecutiva
señala que: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Oficial. Los delegados de las autoridades y funcionarios de la Administración
Pública Central e Institucional en los diferentes órganos y dependencias
administrativas, no requieren tener la calidad de funcionarios públicos?;

Que el
artículo 59 del Estatuto del Régimen Administrativo de la Función Ejecutiva
señala que:?Cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación,
se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por
la autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa?; A
solicitud del señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, contenido en el
Oficio No. No. 2012-812-DJE, de 26 de diciembre de 2012 y Oficio No.-
2013-296-DJE de 31 de mayo de 2013, suscrito por el señor Crnl. de C.S.M Milton
E Vergara, Jefe del Departamento Jurídico del Ejército; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el número 1, del artículo 154, artículo 226
de la Constitución de la República del Ecuador; el artículo 10, letra m) de la
Ley Orgánica de la Defensa Nacional; los artículos 1561, 2077 y 2083 del Código
Civil; y, los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.-
Delegar al señor Comandante de la Cuarta División de Ejército
«AMAZONAS», para que, previo el cumplimiento del procedimiento y las
disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias aplicables al caso,
suscriba el Convenio Específico de Cooperación de Seguridad Militar con la
compañía OPERACIONES RÍO NAPO COMPAÑÍA DE ECONOMÍA MIXTA (ORNCEM), con el objeto
de proporcionar seguridad militar a las instalaciones petroleras del Campo
Sacha, situadas en la provincia de Orellana, operadas por la Compañía
«Operaciones Río Napo CEM», a través de sus unidades subordinadas,
ejecutando operaciones militares bajo la concepción de seguridad de área
(patrullaje terrestre), sin descuidar sus misiones y tareas fundamentales, de
acuerdo con el Plan Militar de Defensa Interna de las Fuerzas Armadas, en lo
relacionado con los planes de protección y seguridad del Sistema Hidrocarburífero.

Art. 2.- La
fundamentación legal, así como los términos, condiciones y requisitos legales
para el cumplimiento de la presente delegación, serán de exclusiva
responsabilidad del delegado, quien asume los derechos y obligaciones que le
corresponden a la Máxima Autoridad en la presente delegación y no excluye al
delegado del fiel cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normativas
vigentes que competen al ámbito de su delegación; de conformidad a las
disposiciones que regulan la materia. El delegado que actuare al margen de los
términos e instrucciones de la presente representación responderá
administrativa, civil y penalmente de modo directo y exclusivo por los actos u omisiones
verificados en la ejecución de la delegación conferida.

Art. 3.-
Disponer al Delegado, que una vez suscrito el respectivo instrumento legal y
cumplido con todas las obligaciones, vía Órgano Regular, remita copia de todo
lo actuado a ésta Cartera de Estado para el registro y archivo del caso.

Art. 4.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio
de su publicación en la Orden General Ministerial y Registro Oficial.

Art. 5.-
Remitir copia certificada de este Acuerdo al señor Comandante General de la
Fuerza Terrestre, para que remita al señor Comandante de la Cuarta División de
Ejército «AMAZONAS, para que realice el trámite correspondiente; así como
póngase en conocimiento de la Secretaría Nacional de la Administración Pública,
conforme manda el artículo 17 del Estatuto del Régimen Administrativo de la
Función Ejecutiva.

Art. 6.-
Encargar al señor Comandante General de la Fuerza Terrestre el control,
seguimiento y fiel cumplimiento de la ejecución del presente Acuerdo.

Publíquese y
Comuníquese.

Dado en Quito,
Ministerio de Defensa Nacional, a 10 de junio de 2013.

f.) María
Fernanda Espinosa Garcés, Ministra de Defensa Nacional.

Certifico que
este documento es fiel copia del original.- Quito, 13 de junio de 2013.- f.)
Ilegible, El Director de Secretaría General del MDN.

No. 0099

Dr. Francisco
Vacas Dávila

MINISTRO DE
RELACIONES LABORALES

Considerando:

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1151-2012 de abril 23 de 2012, el Presidente
Constitucional de la República nombró al Dr. José Francisco Vacas Dávila como
Ministro de Relaciones Laborales;

Que, el Art.
630, inciso segundo del Código de Trabajo, concede al Ministerio de Relaciones
Laborales la jurisdicción coactiva conforme a las normas del Código de
procedimiento Civil, a fin de recaudar las multas impuestas por los Directores
Regionales de Trabajo e Inspectores de Trabajo de todo el país;

Que, el Art. 1
del Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva por parte de esta
Cartera de Estado, publicado en el Registro Oficial No. 222 de junio 25 de
2010, en lo relativo al ámbito de aplicación y delegación, determina que el
Ministro de Relaciones Laborales ejerce
la jurisdicción coactiva a nivel nacional, quien delega esta facultad al
correspondiente Juez de Coactivas, que será seleccionado por la mencionada
autoridad, previo informe favorable de la unidad de recursos humanos,
procedimiento que será aplicado en las distintas direcciones regionales del
trabajo del país;

Que, mediante
Informe Interno No. 250-MRL-D.A.T.H- 2013, la Ab. Rocío Mena Barranco,
Directora de Administración de Talento Humano de este Portafolio, emite informe
favorable para la contratación de la Abogada Martha María Macías Intriago, en
calidad de Servidora Pública 7, para que ejerza el cargo de Jueza de Coactivas
de la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Portoviejo;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la
Constitución de la República; 539, inciso primero del Código de Trabajo; y, 17
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva

Acuerda:

Art. 1.-
Nombrar a la Abogada Martha María Macías Intriago como Jueza de Coactivas de la
Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Portoviejo, quien ejercerá
las atribuciones y facultades establecidas para el Juez de Coactivas en el
Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva por parte del
Ministerio de Relaciones Laborales, emitido mediante Acuerdo Ministerial No.
00071, publicado en el Registro Oficial No. 222 de junio 25 de 2010.

Art. 2.- La
Jueza de Coactivas en calidad de funcionaria encargada, responderá
personalmente por los actos realizados en ejercicio de las funciones delegadas
y observará para este efecto las disposiciones constitucionales, legales y
reglamentarias.

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. La Secretaría General proceda al registro
del presente Acuerdo.

Dado en Quito,
Distrito Metropolitano, a 11 de junio de 2013.

f.) Dr. Francisco
Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales.

No. 0102

Francisco
Vacas Dávila

MINISTRO DE
RELACIONES LABORALES

Considerando:

Que, el
artículo 154 de la Constitución de la República, establece que las Ministras y Ministros
de Estado, ejercerán la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo
y expedirán los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;

Que, el
artículo 51 de la Ley Orgánica de Servicio Público, determina las competencias
del Ministerio de Relaciones Laborales en el ámbito de aplicación de dicha Ley;

Que, el
artículo 17, inciso segundo, del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, determina que los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al
funcionario inferior jerárquico de su respectivo Ministerio, cuando se ausenten
en comisión de servicios al exterior o lo estimen conveniente; y,

Que, el
artículo 55 de este mismo ordenamiento, prescribe que las atribuciones propias
de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de menor jerarquía,
excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 numeral 1 de la
Constitución de la República, y 17, inciso segundo, y 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.-
Delegar al señor Coordinador General de Asesoría Jurídica, doctor Carlos
Alberto Cisneros Pazmiño, para que, desde el 17 hasta el 20 de junio de 2013, a
nombre y en representación del señor Ministro de Relaciones Laborales ejerza y
ejecute, de conformidad con la Constitución de la República, la Ley y más
normativa aplicable, las siguientes funciones y atribuciones:

Comparecer e
intervenir, a nombre y en representación del Ministro de Relaciones Laborales,
como actor o demandado, en todas acciones judiciales, sean estas civiles,
laborales, contencioso-administrativas, y en las acciones de protección y
extraordinarias de protección, en las que sea demandado el Ministerio de
Relaciones Laborales; pudiendo presentar demandas, contestaciones u otros
escritos, e intervenir en cualquier diligencia, y ratificar las intervenciones
de los abogados patrocinadores de la institución; y,

Conocer y
resolver los recursos administrativos de apelación y extraordinarios de
revisión.

Art. 2.- El
señor Coordinador General de Asesoría Jurídica, conforme los artículos 17 y 59
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en
todo acto o resolución que vaya a ejecutar o adoptar en virtud de esta
delegación, hará constar expresamente esta c