AdministraciĆ³n del SeƱor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

MiĆ©rcoles 04 Febrero de 2015 – R.
O. No. 259

EDICIƓN ESPECIAL

SUMARIO

Ejecutiva

Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:
SubsecretarĆ­a de Derechos Humanos y Cultos

Acuerdos

DispĆ³nense las inscripciones de los estatutos religiosos a
las siguientes organizaciones:

0701 Iglesia de Cristo, Ministerios Llamada Final, ZiĆ³n,
Ecuador, ubicada en el cantĆ³n Ambato, provincia de Tungurahua

0702 Ministerio EvangelĆ­stico JesĆŗs es la Vida, ubicado en
el cantĆ³n Santa LucĆ­a, provincia del Guayas

0703 ?MisiĆ³n por el amor de Dios en todo el mundo?, ubicada
en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

0704 MisiĆ³n EvangĆ©lica PentecostĆ©s ?La Gloria de Dios
DescendiĆ³?, ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0705 Iglesia Bautista AntioquĆ­a, ubicada en el cantĆ³n Quito,
provincia de Pichincha

0706 ?CongregaciĆ³n de Hermanas Franciscanas del Sagrado
CorazĆ³n de JesĆŗs?, ubicada en el cantĆ³n San Miguel, provincia de BolĆ­var

0707 Iglesia Cristiana EvangƩlica Dios Santifica, ubicada en
el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

0708 Iglesia Cristiana EvangƩlica ?RIMANENDO MELQUISEDEC?,
ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0709 Iglesia Bautista Dios Viviente, ubicada en el cantĆ³n
Huaquillas, provincia de El Oro

0710 Iglesia EvangƩlica ?Dios Altƭsimo?, ubicada en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0711 MisiĆ³n EvangĆ©lica Pentecostal ?CapernaĆŗm?, ubicada en
el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

Ejecutiva

Acuerdos

0712 ?Iglesia JesĆŗs Vive Hoy Restaurando Mi NaciĆ³n?, ubicada
en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0713 CongregaciĆ³n de los legionarios de Cristo en Ecuador,
ubicada en el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

0714 Ministerio de RestauraciĆ³n ?Heme-AquĆ­?, ubicado en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0715 Iglesia Cristiana Misionera de RestauraciĆ³n ?Las
Ɓguilas de Dios?, ubicada en el cantĆ³n Santo Domingo, provincia de Santo
Domingo de los TsƔchilas,

0716 Centro Cristiano la UnciĆ³n de Dios, ubicada en el
cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

0717 Iglesia PentecostƩs ?Cristo Te Ama?, ubicada en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0718 Iglesia Cristiana ?JehovĆ” RaĆ”h?, ubicada en el cantĆ³n
Puyo, provincia de Pastaza

0719 Centro Cristiano ?Oasis en El Desierto?, ubicada en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0720 Iglesia de Cristo ?El Sembrador de Paz?, ubicada en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0721 Iglesia EvangĆ©lica BilingĆ¼e ?Diospak Wasi?, ubicada en
el cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha

0722 Iglesia Indƭgena EvangƩlica ?El Nazareno? Sablog Chico,
ubicada en el cantĆ³n Guamote, provincia de Chimborazo

0723 MisiĆ³n EvangelĆ­stica y de RestauraciĆ³n ?Solo en Cristo
Hay Vida y Paz?, ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0724 Iglesia EvangƩlica Primero de Mayo, ubicada en el
cantĆ³n San Miguel de los Bancos, provincia de Pichincha

0725 MisiĆ³n EvangĆ©lica ?JehovĆ” es Mi Roca?, ubicada en el
cantĆ³n DurĆ”n provincia del Guayas

0726 Iglesia Cristiana ?Sarepta?, ubicada en el cantĆ³n
Quito, provincia de Pichincha

0727 Iglesia Presbiteriana Ortodoxa, ubicada en el cantĆ³n
Loja, provincia de Loja

0728 Iglesia Cristiana ?Red Viva?, ubicada en el cantĆ³n
Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los TsƔchilas

0729 Sociedad de Estudiantes de la Biblia Testigos de
JehovĆ”, ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0730 Iglesia Cristiana ciudad de SiĆ³n, ubicada en el cantĆ³n
Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los TsƔchilas

0731 Iglesia Cristiana ?Plenitud de Dios?, ubicada en el
cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0732 MisiĆ³n EvangĆ©lica ?Jeshua Hamashia- JehovĆ” Sama?,
ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0733 MisiĆ³n EvangĆ©lica ?Santidad Pentecostal las 24 Horas de
Dios?, ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0734 Iglesia EvangƩlica ?Causaita Cuj Yacu?, ubicada en el
cantĆ³n RumiƱahui, provincia de Pichincha

Ejecutiva

0735 Ministerios Capilla del Gozo, ubicada en el cantĆ³n
Pastaza, provincia de Pastaza

Acuerdos

0736 Iglesia EvangĆ©lica Bautista ?La Paz en Rey JesĆŗs?,
ubicada en el cantĆ³n Suscal, provincia del CaƱar

0737 Centro EvangelĆ­stico Discipulado y Liderazgo de
Guayaquil, ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

0738 Iglesia Anglicana CarismƔtica del Ecuador, ubicada en
el cantĆ³n Ambato, provincia de Tungurahua

0739 CongregaciĆ³n de las Hermanitas de la AnunciaciĆ³n –
Provincia Madre MarĆ­a Berenice, ubicada en el cantĆ³n Quito, provincia de
Pichincha

0740 Iglesia Cristiana EvangƩlica ?Arroyo de Querit?,
ubicada en el cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas

CONTENIDO


No. 0701

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas individual
o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.?;
y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y
voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de
2010
, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 218, de 03
de abril de 2014
, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica
del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora
Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 15 de mayo de 2013, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite No.
MJDHCCGAF- DSG-2013-9693-E, la IGLESIA DE CRISTO, MINISTERIOS LLAMADA FINAL,
ZIƓN, ECUADOR presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del estatuto en los registros correspondientes de la entidad
seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 126-2014, de 25 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa IGLESIA DE CRISTO, MINISTERIOS
LLAMADA FINAL, ZIƓN, ECUADOR, en el Registro de las Organizaciones Religiosas
del Registro de la Propiedad del cantĆ³n Ambato, provincia de Tungurahua,
domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada IGLESIA DE CRISTO,
MINISTERIOS LLAMADA FINAL, ZIƓN, ECUADOR, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la IGLESIA
DE CRISTO, MINISTERIOS LLAMADA FINAL, ZIƓN, ECUADOR.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar la ejecuciĆ³n
del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n
y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n,
Creencia y Conciencia
y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a
General del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2015.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico
que la(s) 1-2,
es (son) fiel
copia(s) del original
del documento que reposa
en los archivos
de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06
de enero de
2015.-

f.) Dra. Paola
Carrera Izurieta, Directora de SecretarĆ­a
General (E), Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

No. 0702

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial, Suplemento No. 220, de 27
de noviembre de 2007
, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 22 de julio de 2014, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2014-10745-E, el MINISTERIO EVANGELƍSTICO JESƚS ES LA VIDA
presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n
del estatuto en los registros correspondientes de la entidad seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 135-2014, de 29 de agosto de 2014, la DirecciĆ³n
de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia,
emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n del Estatuto
de la referida entidad religiosa, por considerar que ha cumplido con lo
dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3 del Reglamento
de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa MINISTERIO
EVANGELƍSTICO JESƚS ES LA VIDA, en el Registro de las Organizaciones Religiosas
del Registro de la Propiedad del cantĆ³n Santa LucĆ­a, provincia del Guayas,
domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada MINISTERIO EVANGELƍSTICO
JESƚS ES LA VIDA, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente del MINISTERIO
EVANGELƍSTICO JESƚS ES LA VIDA.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia
y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a
General del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.-

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de SecretarĆ­a General (E), Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

No. 0703

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el artĆ­culo
1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23 de julio
de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas de cualquier
culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s, para ejercer
derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio de Cultos el Estatuto
del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n de sus bienes,
asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho Estatuto, haya de representarlo
legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ” el personal que constituya
el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y renovaciĆ³n del mismo y las
facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica
del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora
Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 14 de abril de 2014, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2014-5237-E, la ?MISIƓN POR EL AMOR DE DIOS EN TODO EL
MUNDO? presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n
del estatuto en los registros correspondientes de la entidad seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 045-2014, de 23 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa ?MISIƓN POR EL AMOR DE
DIOS EN TODO EL MUNDO?, en el Registro de las Organizaciones Religiosas del
Registro de la Propiedad del cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, domicilio de
la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada ?MISIƓN POR
EL AMOR DE DIOS EN TODO EL MUNDO?, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la ?MISIƓN
POR EL AMOR DE DIOS EN TODO EL MUNDO?,

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia
y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a
General del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
ComunĆ­quese y publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de SecretarĆ­a General (E), Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

No. 0704

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235,
de 14 de julio de
2010, el seƱor
Presidente Constitucional de la
RepĆŗblica del Ecuador,
economista Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos,
pasan a ser competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y,
cambia la denominaciĆ³n por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 19 de marzo de 2014, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF-DSG-2014-4725-E, la MISIƓN EVANGƉLICA PENTECOSTƉS ?LA GLORIA DE
DIOS DESCENDIƓ?, presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n
y publicaciĆ³n del estatuto en los registros correspondientes de la entidad
seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 059-2014, de 24 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa MISIƓN EVANGƉLICA PENTECOSTƉS
?LA GLORIA DE DIOS DESCENDIƓ?, en el Registro de las Organizaciones Religiosas
del Registro de la Propiedad del cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas,
domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada MISIƓN EVANGƉLICA
PENTECOSTƉS ?LA GLORIA DE DIOS DESCENDIƓ?, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la MISIƓN
EVANGƉLICA PENTECOSTƉS ?LA GLORIA DE DIOS DESCENDIƓ?.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier
modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes de su gobierno interno; ingreso y
salida de miembros; y, representante legal de la entidad, a efectos de ordenar
su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General
del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de SecretarĆ­a General (E), Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

No. 0705

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 31 de marzo de 2014, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2014-4523-E, la IGLESIA BAUTISTA ANTIOQUƍA, presenta la
documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n del estatuto
en los registros correspondientes de la entidad seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 051-2014 de 01 de abril de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa IGLESIA BAUTISTA ANTIOQUƍA,
en el Registro de las Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad
del cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada IGLESIA
BAUTISTA ANTIOQUƍA, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la IGLESIA
BAUTISTA ANTIOQUƍA.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General
del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de SecretarĆ­a General (E), Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

No. 0706

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 10 de junio de 2014, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2014-8031-E, la ?CONGREGACIƓN DE HERMANAS FRANCISCANAS DEL
SAGRADO CORAZƓN DE JESƚS? presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la
inscripciĆ³n y publicaciĆ³n del estatuto en los registros correspondientes de la
entidad seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 092-2014, de 25 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa ?CONGREGACIƓN DE HERMANAS
FRANCISCANAS DEL SAGRADO CORAZƓN DE JESƚS?, en el Registro de las Organizaciones
Religiosas del Registro de la Propiedad del cantĆ³n San Miguel, provincia de
BolĆ­var, domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada ?CONGREGACIƓN
DE HERMANAS FRANCISCANAS DEL SAGRADO CORAZƓN DE JESƚS?, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la ?CONGREGACIƓN
DE HERMANAS FRANCISCANAS DEL SAGRADO CORAZƓN DE JESƚS?.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General
del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos.

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.- f.) Dra. Paola Carrera
Izurieta, Directora de SecretarĆ­a General (E), Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.

No. 0707

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el artĆ­culo
66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en su orden,
reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 28 de octubre de 2013, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2013-15610-E, la IGLESIA CRISTIANA EVANGƉLICA DIOS SANTIFICA
presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y publicaciĆ³n
del estatuto en los registros correspondientes de la entidad seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 130-2014, de 30 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa IGLESIA CRISTIANA EVANGƉLICA
DIOS SANTIFICA, en el Registro de las Organizaciones Religiosas del Registro de
la Propiedad del cantĆ³n Quito, provincia de Pichincha, domicilio de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA
EVANGƉLICA DIOS SANTIFICA, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la IGLESIA
CRISTIANA EVANGƉLICA DIOS SANTIFICA.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar
la ejecuciĆ³n del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de
la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y Conciencia y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a General
del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.

f.) Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos

MINISTERIO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS.- Certifico que la(s) 1-2, es (son) fiel
copia(s) del original del documento que reposa en los archivos de la DirecciĆ³n
de SecretarĆ­a General.- Fecha: 06 de enero de 2015.-

f.) Dra. Paola
Carrera Izurieta, Directora de SecretarĆ­a
General (E), Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

No. 0708

Nadia Raquel
Ruiz Maldonado

SUBSECRETARIA
DE DERECHOS HUMANOS Y CULTOS

Considerando:

Que, el
artĆ­culo 154, nĆŗmero 1 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, dispone:
?A las Ministras y Ministros de Estado, ademƔs de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas
del Ɣrea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestiĆ³n?;

Que, el
artĆ­culo 66 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador, nĆŗmeros 8 y 13 en
su orden, reconocen y garantizan: ?El derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar
en pĆŗblico o en privado, su religiĆ³n o sus creencias, y a difundirlas
individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los
derechos.?; y, ?El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre
y voluntaria?;

Que, el
artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el Registro Oficial No. 547, de 23
de julio de 1937, seƱala: ?Las diĆ³cesis y las demĆ”s organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se establecieren en el paĆ­s,
para ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, enviarƔn al Ministerio
de Cultos el Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno y administraciĆ³n
de sus bienes, asĆ­ como el nombre de la persona que, de acuerdo con dicho
Estatuto, haya de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se determinarĆ”
el personal que constituya el mencionado organismo, la forma de elecciĆ³n y
renovaciĆ³n del mismo y las facultades de que estuviere investido?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de
julio de 2010, el seƱor Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, economista
Rafael Correa Delgado, decreta que los temas referentes a cultos, pasan a ser
competencia del ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?; y, cambia la denominaciĆ³n
por ?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 256, de 13 de marzo de 2014, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 218, de 03 de abril de 2014, el seƱor Presidente Constitucional
de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Ministra de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, a la doctora Ledy Andrea ZĆŗƱiga Rocha;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 0082, de 28 de agosto de 2013, el Ministro de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, delegĆ³ a el/la Subsecretario/a de Derechos Humanos y
Cultos, la facultad de suscribir Acuerdos Ministeriales relativos a la
aprobaciĆ³n de personalidad jurĆ­dica, reforma de estatutos, disoluciĆ³n y
cancelaciĆ³n de organizaciones religiosas, regidas por la Ley y el Reglamento de
Cultos Religiosos;

Que, mediante
AcciĆ³n de Personal No. 0445460, de 24 de marzo de 2014, se nombrĆ³ a Nadia
Raquel Ruiz Maldonado, como Subsecretaria de Derechos Humanos y Cultos;

Que, mediante
comunicaciĆ³n de 12 de agosto de 2013, ingresada a este Ministerio con trĆ”mite
No. MJDHCCGAF- DSG-2013-11710-E, la IGLESIA CRISTIANA EVANGƉLICA ?RIMANENDO
MELQUISEDEC? presenta la documentaciĆ³n pertinente y solicita la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del estatuto en los registros correspondientes de la entidad
seƱalada;

Que, mediante
Informe JurĆ­dico No. MJDHC-SDHCDRPLRCC- 127-2014, de 24 de julio de 2014, la
DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n, Creencia y
Conciencia, emite su pronunciamiento favorablemente para la inscripciĆ³n y
publicaciĆ³n del Estatuto de la referida entidad religiosa, por considerar que ha
cumplido con lo dispuesto en el artĆ­culo 1 de la Ley de Cultos y el artĆ­culo 3
del Reglamento de la citada ley;

En uso de las
atribuciones que confiere los artĆ­culos 1 de la Ley de Cultos; y, 1 del
Reglamento de Cultos Religiosos;

Acuerda:

Art. 1.- Disponer
la inscripciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa IGLESIA CRISTIANA EVANGƉLICA
?RIMANENDO MELQUISEDEC?, en el Registro de las Organizaciones Religiosas del
Registro de la Propiedad del cantĆ³n Guayaquil, provincia del Guayas, domicilio
de la entidad.

Art. 2.- Ordenar
la publicaciĆ³n del Estatuto de la organizaciĆ³n religiosa denominada IGLESIA CRISTIANA
EVANGƉLICA ?RIMANENDO MELQUISEDEC?, en el Registro Oficial.

Art. 3.- Disponer
se incorpore al registro general de entidades religiosas del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, el Estatuto y el expediente de la IGLESIA
CRISTIANA EVANGƉLICA ?RIMANENDO MELQUISEDEC?.

Art. 4.- Disponer
a la organizaciĆ³n religiosa ponga en conocimiento del Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos, cualquier modificaciĆ³n en los Estatutos; integrantes
de su gobierno interno; ingreso y salida de miembros; y, representante legal de
la entidad, a efectos de ordenar su inscripciĆ³n en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Art. 5.- Encargar la ejecuciĆ³n
del presente acuerdo a la DirecciĆ³n de RegulaciĆ³n
y PromociĆ³n de la Libertad de ReligiĆ³n,
Creencia y Conciencia
y DirecciĆ³n de SecretarĆ­a
General del Ministerio
de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.

El presente
Acuerdo, entrarĆ” en vigencia a partir de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.

ComunĆ­quese y
publĆ­quese.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 05 de septiembre de 2014.