Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 23 de Octubre 2014 – R. O. No. 196

EDICIÓN ESPECIAL

INSTITUTO DE PROVISIÓN DE ALIMENTOS

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,

ACUACULTURA Y PESCA

ACUERDO:

No. 373

ESTATUTO ORGÁNICO DE ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE GESTIÓN
POR PROCESOS

AGOSTO 2014

CONTENIDO


No. 373

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el Art.
227 define a la administración pública como un servicio a la colectividad que
se rige por los principios de eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y
evaluación;

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el
Artículo 281 numeral 14, define a la soberanía alimentaria como un objetivo
estratégico y una obligación del Estado, para cuyo cumplimiento debe asumir
varias responsabilidades, incluyendo la adquisición de alimentos y materias
primas para programas sociales y alimenticios, prioritariamente a redes
asociativas de pequeños productores,

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 129 publicado en Suplemento de Registro Oficial No. 106 del
22 de Octubre de 2013
, el Presidente de la República crea el Instituto
de Provisión de Alimentos , cuyo objetivo será el de realizar la provisión de
alimentos, complementos y suplementos alimenticios a todas las instituciones
del sector público. El Instituto de Provisión de Alimentos, será una entidad
adscrita al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, que
gozará de independencia, técnica, financiera y administrativa;

Que, el Art. 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva, establece que la titularidad y el ejercicio de las
competencias atribuidas a los órganos administrativos podrán ser
desconcentradas en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto
será el traslado de aquella competencia al órgano desconcentrado. Mientras que
el Art. 55 ibídem, contempla que las atribuciones propias de las diversas
entidades y autoridad de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía;

Que, el literal a) del Art. 51 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, establece que dentro de las competencias del Ministerio de
Relaciones Laborales, está la de ejercer la rectoría en materia de
remuneraciones del sector público, y expedir las normas técnicas
correspondientes en materia de recursos humanos;

Que, el Art. 4 del Decreto Ejecutivo No. 106 establece las
funciones respecto de los procesos de estructura organizacional de las
instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la función ejecutiva donde la Secretaría Nacional de Planificación
y Desarrollo aprobará la matriz de competencias institucional, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública aprobará el modelo
de gestión, estatuto orgánico y las
estructuras institucionales y el Ministerio de Relaciones Laborales determinará
las escalas remunerativas.

Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 5, literal
c del Decreto Ejecutivo No. 129, el Directorio del Instituto de Provisión de
Alimentos mediante Acta No. 001-2013 del 21 de Noviembre de 2013, aprobó el
Diseño Organizacional del Instituto de Provisión de Alimentos, misma que estará
sujeta a cambios una vez revisada por la Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo y la Secretaría Nacional de la Administración Pública;

Que, con oficio No. SENPLADES-SGDE-2013-0223-OF del 17 de
Diciembre de 2013, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, emite
dictamen favorable a la Matriz de Competencias y del Instituto de Provisión de
Alimentos;

Que, con oficio No. SNAP-SGGP-2014-000090-O del 30 de Abril
de 2014, la Secretaría Nacional de la Administración Pública, emite dictamen
favorable al Modelo de Gestión, Diseño de Estructura Institucional y Proyecto
de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Instituto de
Provisión de Alimentos;

Que, en cumplimiento a lo que establece el artículo 6 del
Decreto Ejecutivo No. 195, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 111 de
19 de enero de 2010
, el Instituto de Provisión de Alimentos-IPA,
requiere de una estructura organizacional adecuada a la naturaleza y
especialización de su creación, que contemple principios para su funcionamiento
institucional eficiente, eficaz y efectiva;

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el Artículo
17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

Acuerda:

Expedir el siguiente ESTATUTO ORGÁNICO DE ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL DE GESTIÓN POR PROCESOS DEL INSTITUTO DE PROVISIÓN DE ALIMENTOS.

Art. 1.- Estructura Organizacional por Procesos.- El
Instituto de Provisión de Alimentos, conforme su misión definirá su estructura
organizacional, sustentada en su base legal de creación, su direccionamiento
estratégico institucional será determinado de acuerdo a la Matriz de
Competencias y al Modelo de Gestión debidamente aprobado.

Art. 2.- Procesos del Instituto de Provisión de Alimentos.- Para
cumplir con su objetivo de proveer alimentos, suplementos y complementos
alimenticios para la administración pública central e institucional, además de
otras instituciones del sector público que lo requieran; así como también,
prestar bienes y servicios relacionados con la provisión de alimentos,
gestionar proyectos relacionados con su objeto principal, contará dentro de su
estructura con procesos gobernantes, sustantivos, adjetivos y desconcentrados:

Gobernantes.- Son aquellos procesos que proporcionan
directrices, políticas y planes estratégicos, para la dirección y control de la
institución.

Sustantivos.- Son aquellos procesos que realizan las
actividades esenciales para proveer los servicios y los productos que ofrece a
sus clientes una institución. Los procesos sustantivos se enfocan a cumplir la
misión de la institución.

Adjetivos.- Son aquellos procesos que proporcionan productos
o servicios a los procesos gobernantes y sustantivos, se clasifican en procesos
adjetivos de asesoría y de apoyo.

Desconcentrados.- Son los procesos que permiten implementar
la gestión de la institución a nivel Regional y Provincial, participan en el
diseño de políticas, metodologías y herramientas en el área de su jurisdicción,
en los procesos de información, planificación, inversión pública, reforma del
Estado e innovación de la gestión pública, participación ciudadana y
seguimiento, y evaluación.

Art. 3.- De los puestos directivos.- Los puestos directivos
establecidos en la estructura organizacional son:

Director/a Ejecutivo/a

Coordinador/a General Técnico/a

Directores

Coordinadores Zonales

Art. 4.- Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el
Desarrollo Institucional.-La integración del comité responderá a lo dispuesto
en el Art. 138 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Servicio Público
LOSEP.

?El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará
integrado por:

a) La
autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá;

b) El
responsable del proceso de gestión estratégica;

c) Una o un
responsable por cada uno de los procesos sustantivos

d) La o el
responsable de la Unidad de Administración de Talento Humano o quien hiciere
sus veces.

En las unidades o procesos desconcentrados se contará con Comités Regionales, los cuales serán
permanentes y deberán coordinar sus actividades con el Comité Nacional. ?Los
Comités Regionales, estarán conformados por todos los funcionarios regionales y
provinciales, debidamente designados?.

CAPÍTULO I

DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Art. 5.- Misión: Proveer alimentos, suplementos y
complementos alimenticios para la administración pública central e
institucional, además de otras instituciones del sector público que lo
requieran; así como, prestar bienes y servicios relacionados con la provisión
de alimentos y gestionar proyectos afines con su objeto principal;

Art. 6.-Principios y Valores:

PRINCIPIOS

Ética del Buen Vivir: Considerada como la satisfacción de
las necesidades básicas de la población en los territorios, a través de
procesos de generación de riqueza que resulten sostenibles en el tiempo.

Prevalencia del interés colectivo: Pensada como la necesidad
y urgencia de crear una sociedad más justa y más libre en todos los órdenes.
Ampliar y fortalecer la justicia social, los derechos democráticos y las
bondades del desarrollo tecnológico al mayor número de seres humanos.

Honestidad y Transparencia: Considerada como una forma de
vivir ética, respeto por uno mismo y por los demás. Actuar con honestidad,
significa generar confianza y transparencia, y expresa conciencia de las cosas
para una auténtica vida comunitaria que desecha la corrupción.

Responsabilidad Social: Implica que la sociedad sea
partícipe de los beneficios del desarrollo, que mantenga relaciones justas y
solidarias, que le permita acceder y controlar recursos, tener poder de
decisión y negociación; además que reciba beneficios acordes con su dispendio,
trabajo y riesgo asumido.

Participación Ciudadana: Mediante alianzas y formas
asociativas, con el fin de lograr sinergias en el ámbito político y social,
como respuesta colectiva a los desafíos de los intereses nacionales.

VALORES

Ética y Transparencia: Actuar honestamente entre nosotros,
los proveedores, las autoridades y el resto de los actores políticos y sociales
en relación al uso de la información y las acciones.

Puntualidad: Se construye por el esfuerzo de estar a tiempo
en el lugar adecuado. La puntualidad es necesaria para dotar de orden y
eficacia, pues al vivir este valor en plenitud estamos en condiciones de
realizar más actividades, desempeñar mejor nuestro trabajo, ser merecedores de confianza por parte del
resto de personas con quienes nos relacionamos en el día a día.

Equidad: En las relaciones y las percepciones, en la
distribución de los recursos en situaciones sociales y profesionales.

Compromiso: De la Institución frente a quienes la conforman
y los ciudadanos y viceversa.

Lealtad: Como una obligación de fidelidad que un sujeto o
ciudadano le debe a la institución y a sí mismo.

Integridad: Como sinónimo de rectitud y honradez en las
responsabilidades asignadas que generen confianza.

Solidaridad: Es una característica de la sociabilidad que
inclina al hombre a sentirse unido a sus semejantes y a la cooperación con
ellos.

Respeto: Es aceptar las opiniones y actitudes del otro,
asumiendo un trato amable y cordial.

Art. 7.- Objetivos Institucionales:

a) Proveer
alimentos, complementos y suplementos alimenticios a los programas y proyectos
que lleve adelante el Estado, como cárceles, cuarteles, hospitales y otros, a
través de una planificación, coordinación, almacenamiento, distribución y
logística adecuada, que permita atender de manera oportuna y con calidad a los
beneficiarios;

b) Desarrollar
e implementar estudios, actividades, estrategias, políticas y otros mecanismos, que permitan
fomentar y estimular la producción de alimentos y la inclusión de micro,
pequeños y medianos productores, como proveedores preferentes en la compra
pública de alimentos, complementos y suplementos alimenticios;

c) Establecer
y desarrollar alianzas estratégicas público y privadas a nivel nacional, para
fomentar la seguridad, soberanía alimentaria y nutricional en el país, en lo
relacionado con la provisión de alimentos.

Para el cumplimiento de los objetivos estratégicos, el Instituto
coordinará de forma permanente con todas las instancias del Ministerio de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, así como con las instituciones
públicas y privadas relacionadas con su actividad.

Las demás que establezcan la ley y normas aplicables.

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Art. 8.- De la Estructura Orgánica.- El Instituto de
Provisión de Alimentos, para el cumplimiento de sus competencias, atribuciones,
misión y visión, desarrollará los siguientes procesos internos que estarán
conformadas por:

1. Procesos
Gobernantes:

1.1 Directorio.

1.2 Dirección
Ejecutiva

1.3 Coordinación
General Técnica

2. Procesos
Sustantivos:

2.1 Dirección
de Investigación y Estudios

2.2 Dirección
de Provisión de Alimentos e Inclusión Socioeconómica

2.3 Dirección
de Operaciones y Logística

3. Procesos
Adjetivos

3.1 De
Asesoría:

3.1.1 Dirección
de Asesoría Jurídica.

3.1.2 Dirección
de Planificación y Gestión Estratégica.

3.1.3 Dirección
de Comunicación Social

3.2 De Apoyo:

3.2.1 Dirección Administrativa Financiera

3.2.2 Dirección
de Administración del Talento Humano

4. Procesos
Desconcentrados

4.1 Coordinación
Zonal

4.2 Oficina
Técnica Zonal

Art. 9.- Representaciones Gráficas.- La estructura orgánica,
mapa de procesos y cadena de valor se muestran en los gráficos que se presentan
a continuación


9.1 Estructura Organizacional:

a) Estructura General

j1045.png


b) Estructura Desconcentrada

Estructura Coordinación Zonales

j1046.png

9.2 Cadena de Valor:

j1047.png


9.3 Mapa de Procesos:

j1048.png



CAPÍTULO III

Art.10.- Estructura Descriptiva

La función gobernante se encuentra gráficamente en los
procesos gobernantes analizados en el Capítulo II, de este análisis los puestos
directivos son: El Directorio, La Dirección Ejecutiva y la Coordinación General
Técnica, las mismas que por su naturaleza son considerados de libre
nombramiento y remoción.

DIRECTORIO

La integración del Directorio responderá a lo dispuesto en
el Art. 4 del Decreto Ejecutivo No. 129 de creación del Instituto de Provisión
de Alimentos, mismo que estará conformada por:

El Ministro/a de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y
Pesca, quien lo presidirá,

El Ministro/a Coordinador de Desarrollo Social o su delegado

El Ministro/a Coordinador de la Producción, Empleo y
Competitividad o su delegado

El Ministro/a de Salud Pública o su delegado

El Ministro/a de Industrias y Productividad o su delegado

El Director Ejecutivo del Instituto de Provisión de
Alimentos actuará en calidad de Secretario, con derecho a voz en las sesiones
del Directorio.

RESPONSABILIDADES DEL DIRECTORIO

Las responsabilidades del Directorio son:

a) Aprobar
el presupuesto del Instituto;

b) Aprobar
las políticas institucionales, en concordancia con los objetivos del Plan
Nacional de Desarrollo y las necesidades de las entidades requirentes de la
provisión de alimentos; y,

c) Aprobar
el Diseño Organizacional del Instituto.

10.1 DIRECCIÓN EJECUTIVA

Misión:

Dirigir el Instituto de Provisión de Alimentos, para
garantizar la provisión de alimentos, complementos, suplementos alimenticios y
la prestación de bienes y servicios
relacionados con la provisión de alimentos, considerando la incorporación de
micro, pequeños y medianos productores como proveedores de las instituciones
del sector público, conforme establece al respecto la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General de aplicación, en concordancia con las políticas establecidas
por el Directorio.

Responsable: Director/a Ejecutivo

Atribuciones y responsabilidades:

a) Orientar,
dirigir e implementar las políticas, programas y proyectos que permitan cumplir
con la gestión del Instituto, para proveer los alimentos, suplementos y
complementos alimenticios que requieran las entidades públicas, incluyendo la
prestación de los servicios relacionadas con este fin, como distribución de
alimentos y otros;

b) Estimular
la producción de alimentos por parte de pequeños productores del país, por
medio de sus programas de adquisiciones;

c) Desarrollar
metodologías que permitan a pequeños productores agrícolas, cumplir con su
papel como proveedores preferentes, sea en forma directa o indirecta;

d) Ejercer
la representación legal, judicial y extrajudicial del Instituto de Provisión de
Alimentos;

e) Dirigir,
coordinar, supervisar y evaluar la gestión del Instituto de Provisión de
Alimentos;

f) Planificar
la oferta y demanda de alimentos, con base a la información provista por las
instituciones requirentes;

g) Autorizar
y celebrar la suscripción de actos, convenios o contratos en materias
relacionadas con las actividades del Instituto de Provisión de Alimentos;

h) Presentar
informes de gestión al Directorio y a los Ministerios e Instituciones que
forman parte del mismo;

i) Presentar
proyectos de acuerdos ministeriales concernientes al Instituto para el trámite
respectivo;

j) Representar
al Ministro de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca
en los asuntos
relacionados con provisión
de alimentos y compras
públicas, con sujeción
a las disposiciones
del Ministro y la normativa legal vigente;

k) Aprobar
el Plan Anual de Contratación, el Plan Estratégico de Comunicación, el Plan
Anual de Mantenimiento de Bienes Muebles e Inmuebles y el Presupuesto del
Instituto de Provisión de Alimentos, así como sus respectivas reformas;

l) Establecer
los lineamientos organizacionales y normas de calidad de gestión del Instituto,
para el cumplimiento del Plan Anual de Contratación de Alimentos y Servicios
relacionados con la provisión de alimentos;

m) Designar a
la persona que lo subrogará en caso de ausencia temporal;

n) Autorizar
gastos de acuerdo con las normas legales vigentes;

o) Coordinar
con las instituciones del sector público requirentes de alimentos y con otras
instituciones relacionadas con los objetivos del Instituto de Provisión de
Alimentos;

p) Expedir
reglamentos, resoluciones de carácter general, guías y normas de aplicación
interna (servidores públicos) y externa (proveedores) para su correcto
funcionamiento;

q) Conocer,
sustanciar y Expedir resoluciones por la interposición de Recursos de los actos
administrativos que emita la Coordinación General Técnica y otras Direcciones
del Instituto;

r) Nombrar
y contratar al personal del Instituto para el ejercicio de sus funciones y
removerlo de conformidad a la ley;

s) Delegar
el ejercicio de sus atribuciones a los funcionarios del Instituto de Provisión
de Alimentos;

t) Proponer
al SERCOP acciones para facilitar la inclusión de micro, pequeños y medianos
productores relacionados con la provisión de alimentos;

u) Supervisar
la elaboración de especificaciones técnicas y términos de referencia de los
bienes y servicios a ser adquiridos o contratados por el Instituto;

v) Cumplir
las demás atribuciones que le competen de conformidad a las normas vigentes;
así como, las que le sean dispuestas y delegadas por el Ministro/a de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;

10.2 COORDINACIÓN GENERAL TÉCNICA

Misión:

Dirigir los procesos de formulación, ejecución, seguimiento,
monitoreo y evaluación de planes, mecanismos, estrategias y lineamientos del
proceso sustantivo del Instituto de Provisión de Alimentos.

Responsable: Coordinador/a General Técnico/a

Atribuciones y responsabilidades:

a) Diseñar
metodologías para investigación y estudios para la adquisición de alimentos,
complementos y suplementos alimenticios; así como, la contratación de la
prestación de bienes y servicios relacionados con la provisión de alimentos
sometiéndose al Sistema Nacional de Contratación Pública;

b) Dirigir
los procesos de Investigación y estudios, adquisición de alimentos y
operaciones y logística, armonizándolos con el Plan Nacional del Buen Vivir,
conforme los lineamientos determinados por el Directorio;

c) Proponer
y ejecutar mecanismos de coordinación entre el Instituto de Provisión de
Alimentos y las instituciones
del sector público y privado;

d) Dirigir
el diseño e implementación del sistema de seguimiento, monitoreo y evaluación del
Instituto de Provisión de Alimentos;

e) Dirigir
la planificación relativa a Investigación y estudios, provisión de alimentos y
operaciones y logística para integrarlos a los planes operativos anuales, las
programaciones presupuestarias periódicas y los planes anuales de contratación;

f) Dirigir
la elaboración de los estudios y diseños completos, definitivos y actualizados,
cálculos y especificaciones técnicas, pliegos y demás requisitos y
documentación necesaria para llevar adelante los procedimientos
precontractuales para la adquisición de los alimentos y la contratación de
bienes y prestación de los servicios que requiera el Instituto de Provisión de
Alimentos;

g) Determinar
mecanismos que faciliten la inclusión de micro, pequeños y medianos productores
como proveedores del Instituto de Provisión de Alimentos;

h) Dirigir
la planificación para la adquisición de alimentos, respecto de los
requerimientos de las instituciones del sector público que atiende el
Instituto;

i) Presentar
al Director Ejecutivo la rendición de cuentas de su gestión institucional;

j) Conocer,
sustanciar y resolver los reclamos en sede administrativa respecto de actos que
interpongan los proveedores de alimentos y de servicios complementarios en las
fases precontractual, contractual y poscontractual;

k) Delegar
el ejercicio de sus atribuciones, y;

10.3 PROCESOS SUSTANTIVOS:

Dirección de Investigación y Estudios

Dirección de Provisión de Alimentos e Inclusión
Socioeconómica

Dirección de Operaciones y Logística

10.3.1 DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS

Misión:

Estudiar los sistemas de producción, comercialización,
logística y distribución de alimentos, complementos y suplementos alimenticios,
que contribuyan a la inclusión de micro, pequeños y medianos productores y a una
alimentación nutricionalmente adecuada de la población a la que está destinada.

Responsable: Director/a de Investigación y Estudios

Atribuciones y Responsabilidades

a) Dirigir y
sistematizar investigaciones y estudios de alimentos, proveedores, ciclos de
producción, complementos, suplementos alimenticios; así como, de servicios
relacionados con la provisión de alimentos, con el objetivo de satisfacer la
demanda de las instituciones del sector público, en concordancia con las
políticas de seguridad, soberanía alimentaria y nutrición;

b) Gestionar
el desarrollo de nuevos productos y el mejoramiento de los existentes, contribuyendo a la inclusión de micro,
pequeños y medianos productores;

c) Determinar
en coordinación con los
Ministerios rectores de las políticas de nutrición
y producción, la composición
de las dietas
y raciones alimenticias que se consumen en las instituciones del sector
público a las que atiende
el Instituto;

d) Determinar
mecanismos de capacitación, en temas de alimentación y nutrición para promover
hábitos de consumo conscientes en cuanto a una alimentación saludable;

e) Determinar
mejoras desde el punto de vista nutricional, en dietas y formulaciones de
productos existentes y propuestos según la población objetivo;

f) Dirigir
actividades que vigilen el equilibrio nutricional en la alimentación
proporcionada, para satisfacer la demanda de las instituciones del sector
público, promoviendo hábitos saludables de consumo;

g) Proyectar,
consolidar y sistematizar la demanda de alimentos, complementos, suplementos
alimenticios y servicios relacionados con la provisión de alimentos de las
instituciones públicas en concordancia con las políticas de seguridad,
soberanía alimentaria y nutrición;

h) Determinar,
consolidar y sistematizar la oferta de alimentos, complementos, suplementos
alimenticios y servicios relacionados con la provisión de alimentos y
articularla con la demanda de provisión que requiere el Instituto;

i) Diseñar
mecanismos y herramientas de incorporación al mercado público de alimentos,
para la inclusión de micro, pequeños y medianos productores como proveedores de
alimentos, complementos y suplementos alimenticios; así como, de servicios
relacionados con la provisión de alimentos en concordancia con las políticas
definidas por las instancias del Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca;

j) Dirigir,
administrar y supervisar las actividades, recursos y personal de las unidades
de la Dirección;

k) Definir
las funciones y atribuciones del personal del Instituto a nivel desconcentrado,
respecto de la gestión de la Dirección;

l) Presentar
rendición de cuentas de la gestión de la Dirección de Investigación y Estudios;

m) Diseñar el
Plan Operativo Anual y el Plan Anual de Contratación de la Dirección de
Investigación y Estudios; y,

n) Otras que
delegue la máxima autoridad.

GESTIONES INTERNAS