Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 18 de Febrero de
2014 – R. O. No. 186

SUMARIO

Ministerio del
Ambiente:

Ejecutivo:

Acuerdos

124 Derógase el
Acuerdo Ministerial No. 074, publicado en Registro Oficial No. 785 de 10 de
septiembre de 2012

Ministerio de
Interior:

3837 Deléganse
atribuciones al Jefe de la Subzona Guayas No. 9 de la Policía Nacional del
Ecuador Legalízase la comisión de servicios en el exterior con remuneración de
los siguientes funcionarios:

3838 Lic. Camilo
Márquez Cerezo, Asesor 2 del Despacho Ministerial

3839 Tcrnl.
William Posso Mejía, Edecán y otros

3840 Señor José
Luis Darquea Arias, Asesor 5 del Despacho Ministerial y otro

Ministerio del
Ambiente:

Resoluciones

002 Apruébanse
los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental y otórgase
licencia ambiental a los siguientes proyectos:

Interconexión
entre las instalaciones de EP PETROECUADOR en el Terminal Marítimo Balao y el
Terminal Marítimo OCP, ubicado en la provincia de Esmeraldas

003 Acéptase la
solicitud de acceso a recursos genéticos denominada ?Pruebas de degradación de
poliéster poliuretano por el hongo Pestaloptiopsis microespora cepa endófita
ecuatoriana E2712A?

007 Fase de
Perforación Exploratoria y de Avanzada de la Plataforma Copal 1, Construcción
de Vía de Acceso y Plataforma, ubicado en la parroquia Lago San Pedro, cantón
Joya de los Sachas, provincia de Orellana

Consejo Nacional
de Aviación Civil:

001/2013 Deléganse
atribuciones al Director General de Aviación Civil

Resoluciones

001/2014 Prorrógase
la concesión de operación para la prestación del servicio de transporte aéreo,
público, doméstico, regular, de pasajeros, carga y correo, en forma combinada,
otorgada a la compañía AEROLÍNEAS GALÁPAGOS AEROGAL S.A.

Consejo Nacional
de Electricidad:

DE-2014-002 Otórgase
la Licencia Ambiental No. 006/14, a INTERVISATRADE S.A.

Instituto de
Seguridad Social de las Fuerzas Armadas:

2013-005-ISSFA-bDeléganse facultades a varios funcionarios y servidores

Servicio de
Contratación de Obras:

SECOB-MJLN-2013-0109
Expídese el Código de Ética

Servicio de
Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

INMOBILIAR-CGAJ-2014-005
Autorízase y dispónese la transferencia de dominio a favor del Ministerio de
Coordinación de Conocimiento y Talento Humano, a título gratuito y como cuerpo
cierto de varios inmuebles ubicados en la parroquia de Muyuna del cantón Tena,
provincia del Napo para el marco del proyecto ?Universidad Regional Amazónica?

CONTENIDO


No. 124

LA MINISTRA
DEL AMBIENTE

Considerando:

Que, el
numeral 7 del artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece como uno de los deberes primordiales del Estado, proteger el
patrimonio natural y cultural del país;

Que, el
artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el derecho
de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado que
garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay, declarando de
interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,
la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales
degradados;

Que, los
numerales 6 y 13 del artículo 83 de la Constitución de la República del
Ecuador, declaran que son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y
ecuatorianos respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano
y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible.
Conservar el patrimonio cultural y natural del país; y, cuidar y mantener los
bienes públicos;

Que, el
numeral 4 del artículo 397 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que el Estado se comprometerá a asegurar la intangibilidad de las
áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la
biodiversidad y el mantenimiento de las funciones
ecológicas de los ecosistemas, así como el manejo y administración de las áreas
naturales protegidas;

Que, el
artículo 400 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el
Estado ejercerá la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y
gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional. Se declara de
interés público la conservación de la biodiversidad y todos sus componentes, en
particular la biodiversidad agrícola y silvestre y el patrimonio genético del
país;

Que, el
artículo 404 de la Constitución de la República, establece que el patrimonio
natural del Ecuador es único e invaluable y comprende, entre otras, las
formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista
ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación,
recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías
consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento
territorial y una zonificación ecológica de acuerdo con la Ley;

Que, el inciso
primero del artículo 405 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece que el sistema nacional de áreas protegidas garantizará la
conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones
ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo
descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será
ejercida por el Estado;

Que, el
artículo 8 de la Codificación a la Ley de Gestión Ambiental, establece que la
autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del ramo, que
actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora ambiental sin
perjuicio de las atribuciones que dentro
del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan
otras instituciones del Estado;

Que, los
literales a y g del artículo 5 de la Codificación a la Ley Forestal y de
Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, señala que con funciones y
objetivos del Ministerio del Ambiente, delimitar y administrar el área forestal
y las áreas naturales y de vida silvestre pertenecientes al Estado, promover la
acción coordinar con entidades para el ordenamiento y manejo de las cuencas
hidrográficas así como, en la administración de las áreas naturales del Estado,
y los bosques localizados en tierras de dominio público;

Que, el
artículo 66 de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas
Naturales y Vida Silvestre, establece que el patrimonio de áreas naturales del
Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan
por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y
recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que
contribuyen a mantener el equilibrio del medio ambiente. Le corresponde al
Ministerio del Ambiente, mediante Acuerdo, la determinación y delimitación de
las áreas que forman este patrimonio, sin perjuicio de las áreas ya
establecidas por leyes especiales, decretos o acuerdos ministeriales anteriores
a esta ley;

Que, el
artículo 69 de la Codificación de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas
Naturales y Vida Silvestre, establece que le corresponde al Ministerio del
Ambiente, la planificación, manejo, desarrollo administración, protección y
control del patrimonio de áreas naturales del Estado;

Que, el
artículo 4 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece los principios y sistema reguladores de los órganos y
entidades que comprenden la Función Ejecutiva deberán servir al interés general
de la sociedad y someterán sus actuaciones a los principios de legalidad,
jerarquía, tutela, cooperación y coordinación, según el caso;

Que, el
artículo 89 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece que los actos administrativos que expidan los órganos y
entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede
administrativa de oficio o a petición del administrado;

Que, el
artículo 90 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, establece que los actos administrativos podrán extinguirse o
reformarse en sede administrativa por razones de legitimidad o de oportunidad;

Que, el
artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, señala que los actos normativos podrán ser derogados o reformados
por el órgano competente para hacerlo cuando así se lo considere conveniente;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 021 de fecha 20 de febrero del 2010, publicado en el
Registro Oficial No. 202 de


fecha 28 de
mayo del 2010, se declaró como ?AREA NACIONAL DE RECREACIÓN? e incorporarla al
Patrimonio Nacional de Áreas Protegidas del Estado, a una extensión de
2.214,815887 hectáreas al área ubicada en la ISLA SANTAY e ISLA DEL GALLO
localizadas en la Provincia del Guayas, en el curso del río Guayas, en el
límite natural de los cantones Guayaquil y Durán;

Que, el
artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 021 de fecha 20 de febrero del 2010,
publicado en el Registro Oficial No. 202 de fecha 28 de
mayo del 2010
, establece que la administración y manejo del Área
Nacional de Recreación ISLA SANTAY e ISLA DEL GALLO, se encargue a la
Subsecretaría de Gestión Marina y Costera con la participación de las
asociaciones y otros actores que estarán definidos en el Plan de Manejo, con la
finalidad de preservar los recursos biológicos de interés nacional y regional
relacionados con su endemismo y riqueza, a fin de posibilitar la supervivencia
y perpetuidad de la vida silvestre, su formación geológica singular, proteger y
conservar las especies silvestres y los procesos ecológicos y fomentar la
investigación científica, así como fortalecer su papel de preservación frente
al impacto de actividades de extracción de recursos minerales no renovables;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 081 de fecha 31 de mayo del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 499 de fecha 26 de
Julio de 2011
, se aprobó el Plan de Manejo del Área Nacional de
Recreación Isla Santay e Isla del Gallo, como instrumento técnico y de
planificación que rige la gestión del área protegida, que contiene los
principios, directrices y normas para alcanzar la coexistencia armónica entre
el uso racional de los recursos, los bienes y servicios que genera y garantice
la conservación de los procesos ecológicos que determinan la funcionalidad de
los ecosistemas inmersos en el área protegida;

Que, el
artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 081 de fecha 31 de mayo del 2011,
publicado en el Registro Oficial No. 499 de 26 de Julio de
2011
, antes indicado, establece que de la ejecución del Plan de Manejo
del Área Nacional de Recreación Isla Santay e Isla del Gallo, se encargue la
Subsecretaría de Gestión Marina y Costera, a través de la Dirección Provincial
del Guayas así como también tómese en cuenta la participación de otros actores
que se definen en el Plan de Manejo del Área Nacional de Recreación Isla Santay
e Isla del Gallo;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 025 de fecha 15 de marzo del 2012, se emitió ?LA
CODIFICACIÓN DEL ?ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE? y en su literal 9.7 se encuentra la Subsecretaría de Gestión
Marina y Costera, como una entidad desconcentrada, administrativa, técnica y
financieramente, con relación y dependencia directa del Ministro/a y
Viceministro/a del Ministerio del Ambiente;

Que, mediante
Acta No. 5 DIR-EP-005-2012 de fecha 10 de enero del 2012 de la sesión del
Directorio de la Empresa Pública de Parques Naturales y Espacios Públicos EP,
los miembros del mismo aprobaron de manera unánime que la Empresa Pública de
Parques Naturales y Espacios Públicos, se encargue de la administración de la Isla
Santay e Isla del Gallo por delegación del Ministerio del Ambiente;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 074 de fecha 02 de julio del 2012, publicado en
Registro Oficial No. 785 de fecha 10 de septiembre del 2012, se encarga la
administración y manejo del Área Nacional de Recreación ISLA SANTAY e ISLA DEL
GALLO a la Empresa Pública de Parques Naturales y Espacios Públicos EP, y que
además contará con la participación de las asociaciones y otros actores que
están definidos en el Plan de Manejo de dicha área protegida;

Que, mediante
memorando No. MAE-D-2013-0340 de fecha 24 de octubre, la señora Ministra señala
que en el taller realizado en la Isla Santay el 15 de octubre del 2013, el
señor Presidente de la República ratificó la disposición de que el Ministerio
de Ambiente sea quien esté a cargo de la Isla Santay lo que incluye toda la
gestión administrativa, turística y todos los procesos de índole constructivos
o mantenimiento que en ella se realicen, por lo que solicita se realice a la
brevedad posible una reunión entre los técnicos de la Empresa de Parques y
delegados del Ministerio del Ambiente a fin de que se realice la transferencia
de competencias;

En uso de las
atribuciones establecidas en el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto de
Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva:

Acuerda:

Derogar el
Acuerdo Ministerial No. 074 suscrito con fecha 02 de julio del 2012 y publicado
en Registro Oficial No. 785 de fecha 10 de septiembre del 2012, mediante el
cual se acordó encargar la administración y manejo del Área Nacional de
Recreación ISLA SANTAY e ISLA DEL GALLO a la Empresa Pública de Parques Naturales
y Espacios Públicos EP.

Artículo 1.-
Encárguese la administración y manejo del Área Nacional de Recreación Isla
Santay e Isla Gallo a la Subsecretaría de Gestión Marina Costera, y que además
contará con la participación de las asociaciones y otros actores que están
definidos en el Plan de Manejo de dicha área protegida.

Artículo 2.-
Encárguese la ejecución e implementación del Plan de Manejo del Área Nacional
de Recreación Isla Santay e Isla del Gallo a la Subsecretaría de Gestión Marina
Costera, como el instrumento técnico y de planificación que rige la gestión del
área protegida.

Artículo 3.-
Inscríbase el presente Acuerdo Ministerial en el Registro Forestal que lleva la
Dirección Provincial de Ambiente del Guayas y en el Registro de la Propiedad de
las circunscripciones territoriales respectivas en que se encuentra ubicada el
área natural protegida y remitir copia certificada del mismo a la Subsecretaría
de Tierras.

Artículo 4.-
De la ejecución y cumplimiento del presente Acuerdo Ministerial encárguese la
Subsecretaría de Gestión Marina Costera en coordinación con la Dirección
Provincial del Guayas.

DISPOSICIÓN
TRANSITORIA.- La Empresa Pública de Parques y Jardines, en un plazo no mayor a
quince días contados a partir de la suscripción del presente acuerdo,
entregará: servicios, bienes, obras y fiscalización al Ministerio del Ambiente,
mediante acta entrega ? recepción, a su conformidad y previa verificación del
avance de obras.

DISPOSICIÓN
FINAL.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y
Publíquese.

Dado en Quito,
a 3 de diciembre de 2013.

f.) Lorena
Tapia Núñez, Ministra del Ambiente.

No. 3837

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, de conformidad
con el Art. 4 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, los principios y sistemas reguladores de los órganos y entidades que
comprenden la Función Ejecutiva son los de legalidad, jerarquía, tutela,
cooperación y coordinación, bajo los sistemas de descentralización
administrativa, siendo las máximas autoridades de cada órgano y entidad los
responsables de la aplicación de estos principios;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 632, de 17 de enero de 2011, el señor Presidente
Constitucional de la República dispuso la reorganización de la Policía y que la
representación legal, judicial y extrajudicial de la Policía Nacional sea
asumida por el Ministerio del Interior;

Que, con fecha
23 de noviembre del 2009, se suscribió entre la Policía Nacional del Ecuador y
la Distribuidora de Productos Jucremo JCC. Cía. Ltda., (hoy Corporación
Azende), un contrato de comodato con el objeto de colaborar con en beneficio de
la seguridad ciudadana a través de la entrega de un bien inmueble ubicado en
las calles Vigésima Cuarta Noroeste y Avenida Teca esquina, Kilómetro once y
medio, vía Daule de la ciudad de Guayaquil.

Que, la letra
a) de la cláusula quinta, determina como obligación de la comodataria, el
destinar el bien para el uso convenido, esto es la permanencia del personal
Policial que realizará los controles que precautelen el orden y seguridad en el
sector de ubicación de la misma;

Que, con fecha
10 de abril del 2013, el Apoderado General de Corporación Azende S.A. Dr.
Rafael Corral Guevara solicita se dé por
terminado el contrato de Comodato y que debido a que se encuentra abandonado
dicho local se autorice a la posesión inmediato objeto de dicho bien

Que, con
memorando No. MDI-PSSDC-2013-0029-M, de 16 de diciembre de 2013, la ingeniera
Norma Cajas Avila, Gerente de Proyecto informó que al encontrarse el Ministerio
del Interior trabajando en la Desconcentración de los Servicios de la Policía
Nacional en Distritos y Circuitos, a través de un nuevo modelo de gestión,
aprobado por el Señor Presidente de la República, los servicios de seguridad
que se brindaban al subcircuito en la infraestructura del inmueble en comodato,
se encuentran actualmente prestados por otra Unidad de Policía Comunitaria más
adecuada

Que, Por lo
expuesto, es procedente la terminación del contrato de comodato suscrito el 23
de noviembre del 2009, entre la Policía Nacional del Ecuador y la Distribuidora
de Productos Jucremo JCC. Cía. Ltda., (hoy Corporación Azende) puesto que se
encuentra en construcción otra Unidad de Policía Comunitaria de acuerdo al
nuevo modelo de gestión Institucional,

Acuerda:

Artículo 1.-
Delegar al Jefe de la Subzona Guayas No. 9 de la Policía Nacional del Ecuador,
en el ámbito de su competencia y dentro de su respectiva jurisdicción provincial,
para que a nombre del Titular de esta Cartera de Estado y en observancia de la
normativa legal vigente, suscriba y legalice la terminación del contrato de
comodato suscrito el 23 de noviembre de 2009 entre la Policía Nacional del
Ecuador y la Distribuidora de Productos Jucremo JCC. Cía. Ltda. (hoy
Corporación Azende).

Artículo 2.-
Los gastos que se generen por la terminación del contrato de comodato referido
en el artículo 1 del presente Acuerdo Ministerial, correrán a cargo del
comodante.

Artículo 3.-
El Jefe de la Subzona Guayas No. 9 de la Policía Nacional del Ecuador,
responderá directamente ante el Titular de esta Cartera de Estado, por los
actos realizados en el ejercicio de la presente delegación.

Artículo 4.-
El presente Acuerdo Ministerial, póngase en conocimiento de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, mismo que entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE:
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 26 de diciembre de 2013.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, 02 de enero de 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3838

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del
2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana
convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de
una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir
a la seguridad humana;

Que, con
memorando No. 0401-DMI del 16 de septiembre de 2013, dirigido a la Coordinación
General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de Estado,
autorizó la comisión de servicios al exterior, del Lic. Camilo Márquez Cerezo,
Asesor 2 del Despacho Ministerial, para el traslado a La Habana – República de
Cuba, con la finalidad de brindar el apoyo logístico necesario a la SECOM y
Embajada del Ecuador en la Isla, previo y durante la visita del señor
Presidente de la República, efectuada del 18 al 21 de septiembre de 2013;

Que, la
Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria con memorando No.
DF-P-1325 del 23 de septiembre de 2013, de existencia y disponibilidad de
fondos de la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para
el pago de los gastos de desplazamiento del funcionario;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No. DATH-2013-068
del 25 de septiembre de 2013, emite dictamen favorable para conceder comisión
de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor del citado
funcionario público;

Que, mediante
oficio No. SNAP-SCGP-2013-000743-O del 09 de diciembre de 2013, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de la República,
legaliza la autorización de viaje al exterior del funcionario mencionado;

En ejercicio
de las atribuciones que re confiere el numeral 1 del Art. 154 de la Constitución
de la República,

Acuerda:

Art. 1.-
Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a
favor del Lic. Camilo Márquez Cerezo, Asesor 2 del Despacho Ministerial, quien
brindó el apoyo logístico necesario a la SECOM y Embajada del Ecuador en la
Isla, previo y durante la visita del señor Presidente de la República,
efectuada a La Habana – República de Cuba, del 18 al 21 de septiembre de 2013.

Art. 2.- El
funcionario indicado, deberá presentar el informe ejecutivo concreto y específico
de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la
Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la
Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de la publicación
en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 26 de diciembre de 2013.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, 02 de enero de 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3839

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del
2010, uno de sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana
convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la promoción de
una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir
a la seguridad humana;

Que, mediante
oficio No. MDI-DM-2013-2728-OF del 24 de octubre de 2013, dirigido a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, el titular de esta Cartera de
Estado, solicita la autorización de viaje al exterior, para su desplazamiento a
Managua, a fin de mantener una reunión de trabajo con la señora Ministra de
Gobernación de la República de Nicaragua y conformar la Agenda de Cooperación
interministerial de intercambio de experiencias y pasantías de servidores
policiales en materia de Seguridad Ciudadana, a la que asistió conjuntamente
con el Tcrnl. William Posso Mejía, Edecán; Lic. Camilo Márquez Cerezo, Asesor
2; Ing. Diego Fierro Bedoya, Asesor 5; Sr. Luis Varese Scotto, Asesor 5, del
Despacho Ministerial, del 28 al 29 de octubre de 2013; y Sbte. Christian Minda
Carrillo, personal de Seguridad, del 25 al 29 de octubre de 2013;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No.
DATH-2013-078 del 25 de octubre de 2013, emite dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor de los
citados funcionarios públicos;

Que, la
Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria con memorando No.
DF-P-1462 del 31 de octubre de 2013, de existencia y disponibilidad de fondos
de la partida presupuestaria Viáticos y
Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los
funcionarios;

Que, mediante
oficios Nos. SNAP-SCGP-2013-000387-O y 000742-O del 29 de octubre y 06 de diciembre
de 2013, respectivamente, la Secretaría Nacional de la Administración Pública
de la Presidencia de la República, legaliza la autorización de viaje al
exterior de los funcionarios mencionados;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 154 de la
Constitución de la República,

Acuerda:

Art. 1.-
Legalizar la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, a
favor del Tcrnl. William Posso Mejía, Edecán; Lic. Camilo Márquez Cerezo,
Asesor 2; lng. Diego Fierro Bedoya, Asesor 5; Sr. Luis Varese Scotto, Asesor 5,
del Despacho Ministerial, del 28 al 29 de octubre de 2013; y Sbte. Christian
Minda Carrillo, personal de Seguridad, del 25 al 29 de octubre de 2013,
integrantes de la comitiva oficial que acompañaron al Ministro a la ciudad de
Managua – Nicaragua, quien mantuvo una reunión de trabajo con la señora
Ministra de Gobernación de la República de Nicaragua y conformó la Agenda de
Cooperación interministerial de intercambio de experiencias y pasantías de
servidores policiales en materia de Seguridad Ciudadana.

Art. 2.- Los
funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandaron estos desplazamientos, serán legalizados del presupuesto
del Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 26 de diciembre de 2013.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, 02 de enero de 2014.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3840

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, según el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior,
publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre del 2010, uno de
sus objetivos es afianzar la seguridad ciudadana, y la sana convivencia, en el
marco de las garantías democráticas mediante la promoción de una cultura de
paz, y la prevención de toda forma de violencia para contribuir a la seguridad
humana;

Que, con
memorando 2013 CGP-DAI No. 0107 del 12 de noviembre de 2013, dirigido a la
Coordinación General Administrativa Financiera, el titular de esta Cartera de
Estado, autorizó la comisión de servicios al exterior, del señor José Luis
Darquea Arias, Asesor 5 del Despacho Ministerial; e lng. Felipe Fiallo Vivanco,
Director de Gestión de Seguridad Ciudadana, de la Subsecretaría de Seguridad
Interna, para que viajen a la ciudad de Londres, Inglaterra, con el fin de dar
continuidad a la cooperación bilateral en materia de seguridad entre esta
Cartera de Estado y el Gobierno del Reino Unido, respaldada en la Declaración
Conjunta suscrita el 27 de junio de 2013, con el objeto de tratar temas
relativos a la seguridad en estadios y espectáculos públicos, del 21 de
noviembre al 03 de diciembre de 2013;

Que, la
Dirección de Administración de Talento Humano, mediante Resolución No.
DATH-2013-083 del 13 de noviembre de 2013, emite dictamen favorable para
conceder comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, a favor
de los citados funcionarios públicos;

Que, mediante
solicitudes de viaje al exterior Nos. 31691 y 31692 del 14 de noviembre de
2013, la Secretaría Nacional de la Administración Pública de la Presidencia de
la República, autorizó el viaje de los funcionarios mencionados;

Que, la
Dirección Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria con memorando No.
MDI-DF-P-1535 del 15 de noviembre de 2013, de existencia y disponibilidad de
fondos de la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior, para
el pago de los gastos de desplazamiento de los funcionarios;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del Art. 1 54 de la
Constitución de la República,

Acuerda:

Art. 1.-
Legalizar la comisión de servicios con remuneración por Viaje al exterior, a
favor del señor José Luis Darquea Arias, Asesor 5 del Despacho Ministerial; e
lng. Felipe Fiallo Vivanco, Director de Gestión de Seguridad Ciudadana, de la
Subsecretaría de Seguridad Interna, quienes viajaron con el fin de dar
continuidad a la cooperación bilateral en materia de seguridad entre esta
Cartera de Estado y el Gobierno del Reino Unido, respaldada en la Declaración
Conjunta suscrita el 27 de junio de 2013, con el objeto de tratar temas
relativos a la seguridad en estadios y espectáculos públicos, llevada a cabo en
la ciudad de Londres, Inglaterra, del 21 de noviembre al 03 de diciembre de
2013.

Art. 2.- Los
funcionarios indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y específico de la
comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información para la
Gobernabilidad Democrática-SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- Este
Acuerdo entrará en vigencia desde su suscripción, sin