Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 18 de Septiembre 2014 – R. O. No. 168

EDICIÓN ESPECIAL

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RESOLUCIÓN

DAJ-201432F-0201.0282

ESTATUTO
ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL

POR PROCESOS
DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE

ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DEL AGRO –

AGROCALIDAD

CONTENIDO


DAJ-201432F-0201.0282

EL DIRECTOR
EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO –
AGROCALIDAD

Considerando:

Que, el
artículo 13 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que las
personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a
alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local
y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales;

Que, el
artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, faculta
a las ministras y ministros de Estado a ?Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas
que requiera su gestión?;

Que, el
artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que ?las
instituciones del estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la Ley?;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que ?la
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, transparencia y evaluación.?;

Que, el
artículo 281 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la
soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del
Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades
alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de
forma permanente;

Que, el
artículo 1 de la Ley de Sanidad Animal en concordancia con el artículo 1 de su
reglamento establece que le corresponde al Ministerio de Agricultura y Ganadería,
a través del Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria (SESA) (hoy AGROCALIDAD),
realizar investigaciones de las diferentes enfermedades, plagas y flagelos que
afecten a la ganadería nacional;

Que, el
artículo 1 de la Ley de Sanidad Vegetal, establece que corresponde al
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a través del
Servicio Ecuatoriano de sanidad Ecuatoriana ?SESA (Actualmente AGROCALIDAD),
estudiar, prevenir y controlar las plagas, enfermedades y pestes que afecten a
los cultivos agrícolas;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1449 publicado en el Registro Oficial No 479 del 02 de
diciembre de 2008, se reorganiza el Servicio Ecuatoriano de Sanidad Agropecuaria,
transformándola en Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro-
AGROCALIDAD, como una entidad técnica de Derecho Público, con personería
jurídica, patrimonio y fondos propios, desconcentrada, con independencia
administrativa, económica, financiera y operativa;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 437, publicado en el Registro Oficial No. 120 del 5 de
julio del 2007, se faculta a los ministros de Estado la organización de cada
uno de sus ministerios en forma especial, la creación o supresión de subsecretarías,
sin que sea necesaria la expedición del decreto ejecutivo; además de reformar
los textos unificados de legislación secundaria de los ministerios, en los
términos del artículo 20 del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, sin la necesidad de que se emita ningún decreto ejecutivo;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial N° 132 del 26 de marzo del 2013, el Señor Ministro de
Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, Javier Ponce Cevallos, dispone al Director
Ejecutivo de AGROCALIDAD, la reorganización de la Institución.

Que, mediante
Acción de Personal No. 290 de 19 de junio del 2012, el Señor Javier Ponce
Cevallos, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, designa, al Ing.
Diego Vizcaíno, como Director Ejecutivo de la Agencia Ecuatoriana de
Aseguramiento de la Calidad del Agro ? AGROCALIDAD;

Que, mediante
Resolución de AGROCALIDAD 6 publicada en el Registro Oficial Suplemento 107 de
05 de marzo de 2009, se expide el Estatuto Orgánico por procesos de
AGROCALIDAD;

Que, mediante
Oficio No. SENPLADES?SGTEPBV-2014- 0034-OF de fecha 14 de marzo de 2013, el
Subsecretario de General de Transformación del Estado para el Buen Vivir, de la
Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, emite el informe favorable
sobre el alcance a la Matriz de Competencias y análisis de presencia en
territorio de AGROCALIDAD, a fin de que la agencia continúe con el proceso de
implementación correspondiente;

Que, mediante
Oficio Nro. SNAP-SGGP-2014-000157-O, de 06 de junio de 2014, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública solicita al Ministerio de Finanzas analizar
y emitir el Dictamen Presupuestario al Proyecto de Reforma al Estatuto Orgánico
de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro –
AGROCALIDAD, a fin de que se continúe con el proceso de implementación de la
mencionada institución;

Que, mediante
Oficio Nro. MINFIN-DM-2014-0564 de fecha 07 de julio de 2014, el Ministerio de
Finanzas, emite DICTAMEN PRESUPUESTARIO FAVORABLE para la implementación del
Proyecto de Reforma al Estatuto
Orgánico de la Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia
de Aseguramiento de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD;

Que, mediante
Oficio Nro. SNAP-SGGP-2014-000211-O del 21 de julio de 2014, la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, emite dictamen favorable al Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de Aseguramiento
de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD;

Que, mediante
Memorando Nro. MAGAPDP/ AGROCALIDAD-2014-000309-M, de 06 de agosto de 2014, La
Directora encargada de Planificación manifiesta que se encuentra el Estatuto
Orgánico por Procesos de AGROCALIDAD aprobado por la Secretaria Nacional de la Administración
Pública el 21 de julio de 2014 para los fines legales pertinentes;

Que, mediante
Memorando Nro. MAGAPDP/ AGROCALIDAD-2014-000313-M, de 14 de agosto de 2014, el
Director de Planificación de AGROCALIDAD, manifiesta que se envía la última
versión del Estatuto Orgánico por procesos de Agrocalidad, por parte del SNAP, para
su legalización;

En uso de las
atribuciones legales que le concede el Artículo 3 inciso cuarto; del Decreto
Ejecutivo Nº 1449 y el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos
de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro- AGROCALIDAD.

Resuelve:

EXPEDIR EL
ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA AGENCIA ECUATORIANA
DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO – AGROCALIDAD.

CAPÍTULO I

DEL
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Artículo 1.-
Misión.- AGROCALIDAD es la entidad encargada de mantener y mejorar el estatus
sanitario de los productos agropecuarios del país con el objetivo de precautelar
la inocuidad de la producción primaria, contribuir a alcanzar la soberanía
alimentaria, mejorar los flujos comerciales y apoyar el cambio de matriz
productiva del país.

Artículo 2.-
Objetivos Estratégicos Institucionales

1. Incrementar la calidad
fitosanitaria, zoosanitaria y la inocuidad de los alimentos en su fase primaria
para consumo interno y comercio exterior;

2. Incrementar el desarrollo del
talento humano;

3. Incrementar la eficiencia
operacional; y,

4. Incrementar el uso eficiente del
presupuesto.

Artículo 3.-
Valores Institucionales

a) Garantía, credibilidad y
transparencia en todos los procesos que lleva la institución en su búsqueda de asegurar
el estatus fito y zoo sanitario de la producción agropecuaria para consumo
interno y de exportación del Ecuador.

b) Ética profesional, todos nuestros
profesionales deben realizar sus actividades basadas en valores morales que permitan
demostrar procesos transparentes.

c) Excelencia y calidez en atención a
los usuarios internos y usuarios externos, todos nuestros servidores deberán mantener
una vocación de servicio para con los ciudadanos que requieran no solo la
ejecución de procesos sino la capacitación, teniendo como objetivo el desarrollo
agropecuario de nuestro país.

d) Firmeza en la toma de decisiones,
siendo Agrocalidad, la autoridad sanitaria es nuestra obligación el cumplir y hacer
cumplir las normas fito y zoo sanitarias establecidas en el ordenamiento
jurídico del país.

CAPÍTULO II

DEL COMITE DE
GESTIÓN DE CALIDAD DEL SERVICIO Y EL DESARROLLO INSTITUCIONAL

Artículo 4.-
Responsabilidades del Comité de Gestión de Calidad del Servicio y el Desarrollo
Institucional.- De conformidad con el Artículo 138 del Reglamento General a la
Ley Orgánica del Servicio Público, la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de
la Calidad del Agro – Agrocalidad mantendrá un Comité de Gestión de Calidad del
Servicio y el Desarrollo Institucional, que tendrá la responsabilidad de
proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y
prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional.

Tendrá la
calidad de permanente y estará conformado por:

1. Director Ejecutivo o su delegado –
Presidente del Comité;

2. Coordinador General de Inocuidad de
Alimentos o su delegado – Responsable de los macroprocesos de la institución;

3. Director General de Planificación y
Gestión Estratégica o su delegado – Representante para la Gestión de Calidad;

4. Especialista de Planificación y
Gestión Estratégica o su delegado – Representante Unidad de Administración de
Procesos;

5. Director General de Administración
de Recursos Humanos o su delegado – Representante de la Unidad de Talento
Humano;

6. Director General Administrativo,
Financiero o su delegado – Representante Administrativo; y,

7. Director General de Asesoría
Jurídica o su delegado – Representante Jurídico.

El Comité de
Gestión de Calidad y Desarrollo Institucional será presidido por el Director
Ejecutivo o su delegado y será facilitado por el Director de Planificación y se
reunirá ordinariamente cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando el
Director Ejecutivo, su delegado o uno de los miembros lo estime necesario para
el óptimo desarrollo institucional.

CAPÍTULO II

DE LA
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Artículo 5.-
Estructura organizacional por procesos.- La Estructura Organizacional por
Procesos de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – Agrocalidad
se alinea con su misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de productos,
servicios y procesos, con el propósito de asegurar su ordenamiento orgánico.

Artículo 6.-
Procesos de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro –
Agrocalidad.- Para cumplir con la misión institucional se ha definido dentro de
su estructura los procesos gobernantes, procesos sustantivos, habilitantes de
asesoría y de apoyo.

a) Gobernantes.- Son aquellos procesos
que proporcionan directrices, políticas y planes estratégicos, para la dirección
y control de la institución.

b) Sustantivos.- Son aquellos procesos
que realizan las actividades esenciales para proveer los servicios y los productos
que ofrece a sus clientes una institución. Los procesos sustantivos se enfocan
a cumplir la misión de la institución.

c) Adjetivos.- Son aquellos procesos
que proporcionan productos o servicios a los procesos gobernantes y sustantivos,
se clasifican en procesos adjetivos de asesoría y de apoyo.

d) Desconcentrados.- Son los procesos
que permiten gestionar a la institución a nivel territorial, participan en el
diseño de políticas, metodologías y herramientas; en el área de su jurisdicción
en los procesos de información, planificación, inversión pública, reforma del
Estado e innovación de la gestión pública, participación ciudadana y;
seguimiento y evaluación.

Artículo 7.-
De los puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la
estructura organizacional son;

a) Director/a
Ejecutivo

b)
Coordinador/a General

c) Directores
Generales

d) Director
Distrital y Articulación Territorial

e) Director
Distrital

Artículo 8.-
Estructura Orgánica.- La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del
Agro – Agrocalidad para el cumplimiento de su misión y objetivos, desarrolla
procesos internos y está conformada por:

1. PROCESO GOBERNANTE

Direccionamiento
estratégico.

Responsable:
Director/a Ejecutivo/a

PROCESOS
SUSTANTIVOS

2.1 Gestión de Sanidad Animal

2.1.1 Dirección de Vigilancia Zoosanitaria

2.1.2 Dirección de Control Zoosanitario

2.1.3 Dirección de Certificación Zoosanitaria

2.2 Gestión de Sanidad Vegetal

2.2.1 Dirección de Vigilancia Fitosanitaria;

2.2.2 Dirección de Control Fitosanitario

2.2.3 Dirección de Certificación Fitosanitaria

2.3 Gestión de Inocuidad de Alimentos

2.3.1. Dirección de Inocuidad de Alimentos

2.3.2. Dirección de Orgánicos

2.4. Gestión de Laboratorios

2.4.1 Dirección de Diagnóstico Animal

2.4.2 Dirección de Diagnóstico Vegetal

2.4.3 Dirección de Diagnóstico de Inocuidad de
los Alimentos y Control de Insumos Agropecuarios.

2.5. Gestión de Registros de Insumos
Agropecuarios

2.5.1. Dirección de Registro de Insumos
Pecuarios

2.5.2. Dirección de Registro de Insumos
Agrícolas

PROCESOS
ADJETIVOS DE ASESORÍA

3.1 Gestión de Planificación y Gestión
Estratégica

3.2 Gestión de Asesoría Jurídica

3.3 Gestión de Comunicación Social

PROCESOS
ADJETIVOS DE APOYO

Gestión
Administrativa Financiera

Gestión de
Administración de Recursos Humanos

Gestión de
Gestión Documental y Archivo

Gestión de
Tecnologías de la Información y Comunicación

PROCESOS
DESCONCENTRADOS

Siete
Direcciones Distritales y Articulación Territorial que a más de sus facultades
de ejecución, asumirán las facultades de coordinación y planificación de una
Coordinación Zonal denominadas Dirección Distrital Tipo A y diez Direcciones Distritales
con facultades de ejecución denominadas Direcciones Distritales Tipo B.

5.1 PROCESO
DESCONCENTRADO DISTRITAL (TIPO A)

5.1.1. Proceso
Gobernante Distrital (Tipo A)

Responsable:
Director/a Distrital (Tipo A)

5.1.2 Procesos
Sustantivos Distrital (Tipo A)

5.1.3 Procesos
Adjetivos de Asesoría Distrital (Tipo A)

5.1.4.
Procesos Adjetivos de Apoyo Distrital (Tipo A)

5.2 PROCESO
DESCONCENTRADO DISTRITAL (TIPO B)

5.2.1. Proceso
Gobernante Distrital (Tipo B)

Responsable:
Director/a Distrital (Tipo B)

5.2.2 Procesos
Sustantivos Distrital (Tipo B)

5.2.3.
Procesos Adjetivos de Asesoría Distrital (Tipo B)

5.2.4.
Procesos Adjetivos de Apoyo Distrital (Tipo B)

CAPÍTULO III

DE LAS REPRESENTACIONES
GRÁFICAS

Artículo 9.- Se
definen las siguientes representaciones gráficas para la Agencia Ecuatoriana de
Aseguramiento de Calidad del Agro ? Agrocalidad.


a. Mapa de
Procesos

b. Cadena de
Valor

c. Estructura
Orgánica

c.1. Organigrama
Nacional


c.2.
Organigrama Distrital y Articulación Territorial

c.3.
Organigrama Distrital


CAPÍTULO IV

DE LA
ESTRUCTURA DESCRIPTIVA

TÍTULO I.- DE
LOS PROCESOS GOBERNANTES

1.1. Direccionamiento
estratégico.

Misión:

Definir, aprobar
y controlar la aplicación de las políticas, regulaciones, planes, programas y
proyectos orientados a mantener y mejorar el estatus fitosanitario y
zoosanitario del país; y, garantizar la inocuidad de la producción primaria,
con la finalidad de mejorar los flujos comerciales y el desarrollo de las
actividades productivas del agro nacional.

Responsable: Director/a
Ejecutivo/a

Atribuciones y
responsabilidades:

a. Ejercer la representación legal,
judicial y extrajudicial de la Agencia
Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – Agrocalidad;

b. Gestionar la Agencia Ecuatoriana de
Aseguramiento de la Calidad del Agro – Agrocalidad;

c. Emitir e implementar el
Direccionamiento Estratégico de la Institución;

d. Proponer al Ministro de Agricultura,
Ganadería, Acuacultura y Pesca, las políticas para la Sanidad Agropecuaria e
Inocuidad de alimentos en su fase primaria de producción y ejecutarlas una vez aprobadas;

e. Aprobar el Plan Nacional de Sanidad
Animal, Sanidad Vegetal e Inocuidad de Alimentos;

f. Implementar el modelo de gestión
organizacional de la Agencia;

g. Expedir resoluciones y otros
actos administrativos y normativos
que sean necesarios para la gestión
institucional;

h. Establecer a través de resoluciones
los derechos y tarifas que deban recaudar por las prestaciones, servicios y
controles que efectúe la Agencia;

i. Aprobar los reglamentos, manuales,
instructivos y todo acto administrativo que fije criterios y lineamientos para
la correcta aplicación y fiscalización de las normas legales y reglamentarias sobre
protección fitosanitaria y zoosanitaria y de inocuidad de alimentos;

j. Gestionar y regular todas las
acciones inherentes a la administración del Talento Humano;

k. Aprobar las reformas o
modificaciones al Plan Anual de Inversiones, al Plan Anual de Contrataciones y
al Plan Estratégico Institucional;

l. Otorgar la calidad de inspector a
los servidores de la Agencia mediante nombramiento o resolución interna;

m. Delegar a los servidores habilitados
para expedir certificados que corresponda emitir a la Agencia;

n. Conocer y resolver las apelaciones a
las resoluciones sancionatorias aplicadas por los Directores Distritales;

o. Declarar aquellas enfermedades
animales de carácter infectocontagioso y las plagas de los vegetales de control
obligatorio;

p. Legalizar los actos y documentos
técnicos que se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales
en el marco de su ámbito de acción;

q. Promover los procesos de desconcentración
y descentralización institucional;

r. Administrar y controlar las
actividades y el personal a su cargo; y,

s. Las demás atribuciones establecidas
en las disposiciones legales y reglamentarias.

TÍTULO II.- DE
LOS PROCESOS SUSTANTIVOS

2.1. Gestión
General de Sanidad Animal

Misión:

Gestionar
estratégicamente los procesos de regulación, control y certificación en temas
de Sanidad Animal, con la finalidad de incrementar los niveles zoosanitarios
para garantizar la soberanía alimentaria del País y el mejoramiento de los
flujos comerciales pecuarios.

Responsable: Coordinador/a
General de Sanidad Animal

Atribuciones y
responsabilidades:

a. Asesorar al Director Ejecutivo de
Agrocalidad en la definición e implementación de estrategias, directrices y
políticas de sanidad animal, a nivel nacional;

b. Validar y proponer el Plan Nacional
de Sanidad Animal;

c. Proponer normas de regulación y
control para la sanidad animal;

d. Aprobar los requisitos sanitarios
para la importación y exportación de mercancías pecuarias con los Servicios
Oficiales;

e. Aprobar, proponer, actualizar y
supervisar la ejecución de planes, programas y proyectos de prevención, control
y erradicación de enfermedades de animales a nivel nacional;

f. Actuar por delegación del Director
Ejecutivo ante organismos nacionales e internacionales en el ámbito de su
competencia;

g. Coordinar con instituciones
públicas, privadas y organismos internacionales el desarrollo de acciones de
vigilancia y control zoosanitario;

h. Supervisar la aplicación de normas
de regulación y control para la Sanidad Animal;

i. Aprobar la normativa interna de la
competencia de su Coordinación;

j. Dirigir y supervisar las
actividades y el personal bajo su cargo;

k. Promover los procesos de articulación,
desconcentración y descentralización institucional, en el ámbito de su
competencia;

l. Cumplir y hacer cumplir
reglamentos, procedimientos, normativa y protocolos emitidos por la Autoridad
Competente, de conformidad con la Ley;

m. Supervisar la elaboración del Plan
Anual de la Política Pública, la Proforma Presupuestaria y el Plan Anual de
Contratación de la Coordinación;

n. Suscribir los actos y documentos que
se requieran para el cumplimiento de los objetivos institucionales en el ámbito
de su competencia; y,

o. Realizar las demás actividades que
le asigne la Ley y la Autoridad competente.

2.1.1. Gestión
de Vigilancia Zoosanitaria

Misión:

Vigilar el
estatus zoosanitario del país, analizar los riesgos y diseñar planes de
contingencia para la aplicación de medidas de prevención, control y atención de
problemas sanitarios.

Responsable: Director/a
de Vigilancia Zoosanitaria

Atribuciones y
responsabilidades:

a. Asesorar al Coordinador General de
Sanidad Animal en la definición e implementación de productos, servicios y
actividades estratégicas de la dirección a su cargo;

b. Proponer normas de regulación y
control para vigilancia zoosanitaria;

c. Diseñar y controlar los planes,
programas, proyectos, estrategias y directrices de prevención, control y
atención de problemas sanitarios a nivel nacional;

d. Elaborar el Plan Nacional de
Vigilancia Zoosanitaria;

e. Consolidar el Plan Nacional de
Sanidad Animal;

f. &nbs