Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Jueves 18 de Septiembre 2014 – R. O. No. 169
EDICIÓN ESPECIAL
SUMARIO
Ejecutiva
Resoluciones
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:
SENAE-DGN-2013-0311-RE Expídense los procedimientos
documentados denominados:
SENAE-ISEE-2-3-022-V1 Instructivo para el uso del sistema
ISE ? Informe de salida de mercancía
SENAE-ISEE-2-3-023-V1 Instructivo para el uso del sistema
CII ? Solicitud de corrección de informe de ingreso y salida
SENAE-ISEE-2-3-024-V1 Instructivo para el uso del sistema
RADS ? Notificación de detalles de aprobación de salida (Exportación)
SENAE-ISEE-2-3-026-V1 Instructivo para el uso del sistema
consulta general de salidas de medios de transporte
SENAE-ISEE-2-3-027-V1 Instructivo para el uso del sistema
consulta general de salidas de medio de transporte (Terrestre)
SENAE-ISEE-2-3-028-V1 Instructivo para el uso del sistema
información del proceso de carga de exportación
SENAE-ISEE-2-3-029-V1 Instructivo para el uso del sistema
registro de informe de llegada (Marítimo/aéreo)
SENAE-ISEE-2-3-030-V1 Instructivo para el uso del sistema
consulta general de llegadas de medios de transporte (Marítimo/aéreo)
CONTENIDO
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
Nro.
SENAE-DGN-2013-0311-RE
Guayaquil, 20
de agosto de 2013
DIRECCIÓN
GENERAL
Considerando:
Que el numeral
3 del artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador expresamente
señala que son entidades del Sector Público, los organismos y entidades creados
por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la
prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas
asumidas por el Estado.
Que el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador señala que la
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.
Que en el
Capítulo I, Naturaleza y Atribuciones, Título IV de la Administración Aduanera,
regulado en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado
en el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del
29 de diciembre de 2010, se señala: ?El servicio de aduana es una
potestad pública que ejerce el Estado, a través del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador, sin perjuicio del ejercicio de atribuciones por parte de sus delegatarios
debidamente autorizados y de la coordinación o cooperación de otras entidades u
órganos del sector público, con sujeción al presente cuerpo legal, sus reglamentos,
manuales de operación y procedimientos, y demás normas aplicables…?.
Que, de
conformidad a las competencias y atribuciones que tiene el Director General del
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se encuentra determinado en el literal
l) del Art. 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, ?…
l. Expedir, mediante resolución los reglamentos, manuales, instructivos,
oficios circulares necesarios para la aplicación de aspectos operativos, administrativos,
procedimentales, de valoración en aduana y para la creación, supresión y
regulación de las tasas por servicios aduaneros, así como las regulaciones
necesarias para el buen funcionamiento de la administración aduanera y aquellos
aspectos operativos no contemplados en este Código y su reglamento…?
Que, mediante
Decreto Ejecutivo Nº 934, de fecha 10 de noviembre del 2011, el Econ. Xavier
Cardenas Moncayo, fue designado Director General del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Código
Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones; y el artículo 11, literal d)
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva En
tal virtud, el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, en
ejercicio de la atribución y competencia dispuesta en el literal l) del artículo
216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, publicado en
el Suplemento del Registro Oficial No. 351 del 29 de diciembre de 2010.
Resuelve:
PRIMERO.- Expedir
los procedimientos documentados denominados:
1. «SENAE-ISEE-2-3-022-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA ISE – INFORME DE SALIDA DE MERCANCÍA».
2. «SENAE-ISEE-2-3-023-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CII – SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE INFORME DE
INGRESO Y SALIDA».
3. «SENAE-ISEE-2-3-024-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA RADS – NOTIFICACIÓN DE DETALLES DE APROBACIÓN
DE SALIDA (EXPORTACIÓN)».
4. «SENAE-ISEE-2-3-026-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE SALIDAS DE MEDIOS DE
TRANSPORTE».
5. «SENAE-ISEE-2-3-027-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE SALIDAS DE MEDIO DE
TRANSPORTE (TERRESTRE)».
6. «SENAE-ISEE-2-3-028-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA INFORMACIÓN DEL PROCESO DE CARGA DE
EXPORTACIÓN».
7. «SENAE-ISEE-2-3-029-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA REGISTRO DE INFORME DE LLEGADA (MARITIMO/AÉREO)».
8. «SENAE-ISEE-2-3-030-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE LLEGADAS DE MEDIOS DE
TRANSPORTE (MARÍTIMO/AÉREO)».
DISPOSICIÓN
FINAL
Notifíquese
del contenido de la presente Resolución a las Subdirecciones Generales,
Direcciones Nacionales, Direcciones Distritales del Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador.
Publíquese en
la Página Web del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y encárguese a la
Dirección de Secretaria General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador el
formalizar las diligencias necesarias para la publicación de la presente
resolución junto con los referidos
1. «SENAE-ISEE-2-3-022-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA ISE – INFORME DE SALIDA DE MERCANCÍA».
2. «SENAE-ISEE-2-3-023-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CII – SOLICITUD DE CORRECCIÓN DE INFORME DE
INGRESO Y SALIDA».
3. «SENAE-ISEE-2-3-024-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA RADS – NOTIFICACIÓN DE DETALLES DE APROBACIÓN
DE SALIDA (EXPORTACIÓN)».
4. «SENAE-ISEE-2-3-026-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE SALIDAS DE MEDIOS DE
TRANSPORTE».
5. «SENAE-ISEE-2-3-027-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE SALIDAS DE MEDIO DE
TRANSPORTE (TERRESTRE)».
6. «SENAE-ISEE-2-3-028-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA INFORMACIÓN DEL PROCESO DE CARGA DE
EXPORTACIÓN».
7. «SENAE-ISEE-2-3-029-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA REGISTRO DE INFORME DE LLEGADA (MARITIMO/AÉREO)».
8. «SENAE-ISEE-2-3-030-V1
INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE LLEGADAS DE MEDIOS DE
TRANSPORTE (MARÍTIMO/AÉREO)».
en el Registro
Oficial.
La presente
Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Dirección General del Servicio Nacional de
Aduana del Ecuador, en la ciudad de Santiago de Guayaquil.
f.) Econ.
Pedro Xavier Cárdenas Moncayo, Director General.
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.- Certifico que es fiel copia de su original.-
f.) Ilegible, Secretaría General, SENAE.
ÍNDICE
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
3.
RESPONSABILIDAD
4.
CONSIDERACIONES GENERALES
5. PROCEDIMIENTO
6. ANEXOS
1. OBJETIVO
Describir en
forma secuencial las tareas para agilitar el registro del informe de salida de
mercancía para exportación a través del portal externo denominado Ecuapass,
opción ISE ? Informe de Salida de Mercancía.
2. ALCANCE
Está dirigido
a los depósitos temporales, paletizadora, zona primaria de exportaciones, Correos
del Ecuador y empresas courier.
3. RESPONSABILIDAD
Es
responsabilidad de la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la
Información la actualización del presente instructivo.
3.1. La aplicación, cumplimiento y
realización de lo descrito en el presente documento, es responsabilidad de los
depósitos temporales, paletizadora, zona primaria
de exportaciones, Correos del Ecuador y
empresas courier.
3.2. La realización de mejoramiento,
cambios solicitados y gestionados por los distritos, le corresponde a la
Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información para su aprobación
y difusión.
4. CONSIDERACIONES GENERALES
4.1. Con el objeto de que se apliquen los
términos de manera correcta, se entiende lo siguiente:
4.1.1. Usuario: Depósitos temporales,
paletizadora, zona primaria de exportaciones, Correos del Ecuador y empresas
courier.
4.1.2. ISE: Informe de Salida de Mercancía.
4.1.3. Transportista: Aquel autorizado por el
organismo competente de su país de origen, para ejecutar o hace ejecutar el
transporte de mercancías.
5. PROCEDIMIENTO
5.1. Acceda al navegador de Internet,
registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/,
visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
5.2. Seleccione el menú principal ?Trámites
operativos?, sub-menú ?Elaboración de e-Doc. Operativo? y luego haga clic en
?e-Docs?.
ÍNDICE
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
3.
RESPONSABILIDAD
4.
CONSIDERACIONES GENERALES
5. PROCEDIMIENTO
6. ANEXOS
1. OBJETIVO
Describir en
forma secuencial las tareas para agilitar el registro del informe de salida de
mercancía para exportación a través del portal externo denominado Ecuapass,
opción ISE ? Informe de Salida de Mercancía.
2. ALCANCE
Está dirigido
a los depósitos temporales, paletizadora, zona primaria de exportaciones, Correos
del Ecuador y empresas courier.
3. RESPONSABILIDAD
Es
responsabilidad de la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la
Información la actualización del presente instructivo.
3.1. La aplicación, cumplimiento y
realización de lo descrito en el presente documento, es responsabilidad de los
depósitos temporales, paletizadora, zona primaria
de exportaciones, Correos del Ecuador y
empresas courier.
3.2. La realización de mejoramiento,
cambios solicitados y gestionados por los distritos, le corresponde a la
Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información para su aprobación
y difusión.
4. CONSIDERACIONES GENERALES
4.1. Con el objeto de que se apliquen los
términos de manera correcta, se entiende lo siguiente:
4.1.1. Usuario: Depósitos temporales,
paletizadora, zona primaria de exportaciones, Correos del Ecuador y empresas
courier.
4.1.2. ISE: Informe de Salida de Mercancía.
4.1.3. Transportista: Aquel autorizado por el
organismo competente de su país de origen, para ejecutar o hace ejecutar el
transporte de mercancías.
5. PROCEDIMIENTO
5.1. Acceda al navegador de Internet,
registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/,
visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
5.2. Seleccione el menú principal ?Trámites
operativos?, sub-menú ?Elaboración de e-Doc. Operativo? y luego haga clic en
?e-Docs?.
5.4. Los documentos electrónicos que se
presentan se encuentran categorizados como ?Importación? y ?Exportación?, para lo
cual el usuario seleccionará en la sección de ?Exportación? el documento
electrónico ?Informe de Salida de Mercancía – ISE?.
Distrito:
Guayaquil ?
Aéreo
Guayaquil ?
Marítimo
Manta
Esmeraldas
Quito
Puerto Bolivar
Tulcán
Huaquillas
Cuenca
Loja ? Macará
Santa Elena
Latacunga
No. de
Autorización de Salida: Debe registrar el número de autorización de salida.
(Ej. Número de solicitud de salida de
carga no exportada, número de orden de salida de carga no exportada, etc.)
Tipo de
Autorización de Salida: Debe seleccionar el tipo de autorización de salida:
Solicitud del
usuario
Otros motivos
Perecibles de
rechazo
Disposición de
otros organismos o entidades
Disposición de
la autoridad aduanera
Placa del
Vehículo
Placa del
Remolque
Nombre del
Conductor
No. de Cédula
del Conductor
Número de
Envase de Ingreso(Contenedor)
5.7. Al dar clic en la pestaña de ?Detalle
de Envase de Ingreso (Contenedor)? se presentan los siguientes campos para ser
llenados:
Secuencia: Identificación
secuencial del registro del contenedor y Carga Suelta.
No. de Unidad
de Carga : XXXX-######-#
Descripción de
la Carga
Tipo y Tamaño
de la Unidad de Carga:
Dime coated
tank
Epoxy coated
tank
Pressurized
tank
Refrigerated
tank
Stainless
steel tank
Nonworking
reefer container 40 ft
Europallet
Scandinavian
pallet
Trailer
Nonworking
reefer container 20 ft
Exchangeable
pallet
Semi-trailer
Tank container
20 feet
Tank container
30 feet
Tank container
40 feet
Container ic
20 feet
Container ic
30 feet
Container ic
40 feet
Refrigerated
tank 20 feet
Refrigerated
tank 30 feet
Refrigerated
tank 40 feet
Tank container
ic 20 feet
Tank container
ic 30 feet
Tank container
ic 40 feet
Refrigerated
tank ic 20 feet
Temperature
controlled container 30
Refrigerated
tank ic 40 feet
Movable case:
l < 6,15 m
Movable case:
6,15 < l < 7,82 m
Movable case:
7,82 < l < 9,15 m
Movable case:
9,15 < l < 10,90 m
Movable case:
10,90 < l < 13,75 m
Totebin
Temperature
controlled container 20
Temperature
controlled container 40
Non working
refrigerated (reefer) container 30 ft
Dual trailers
20 ft il
container (open top)
20 ft il
container (closed top)
40 ft il
container (closed top)
Embalaje: No
debe registrar el tipo de embalaje para carga contenerizada.
Marcas y
Números
Cantidad de
Bultos de Ingreso: No debe registrar la cantidad de bultos de ingreso.
Peso Bruto de
Ingreso: #,###,###,###.## Kg
Precinto o
Sello 1
Precinto o Sello
2
Precinto o
Sello 3
Precinto o
Sello 4
5.8. Al dar clic en la pestaña de ?Detalle
de Envase de Ingreso (Carga Suelta)? se presentan los siguientes campos para
ser llenados:
Secuencia: Identificación
secuencial del registro del contenedor y Carga Suelta.
No. de Unidad
de Carga: No debe registrar el número de unidad de carga para carga suelta
Descripción de
la Carga ? Tipo y Tamaño de la Unidad de Carga: No debe registrar para carga
suelta.
Embalaje
Marcas y
Números
Cantidad de
Bultos de Ingreso: #,###,###,###.##
Peso Bruto de
Ingreso: #,###,###,###.## Kg
Precinto o
Sello 1: No debe registrar para carga suelta.
Precinto o
Sello 2: No debe registrar para carga suelta.
Precinto o
Sello 3: No debe registrar para carga suelta.
Precinto o
Sello 4: No debe registrar para carga suelta.
5.9. Una vez efectuado el llenado de la
pestaña ?Información del Informe?, y dependiendo del tipo de carga se realiza
el llenado de las pestañas ?Contenedor? y/o ?Carga Suelta?, para lo cual debe
tenerse las siguientes consideraciones:
?Hoy?,
?Semana?, ?Mes?, ?Año? o ?Todo?.
Numero de
Entrega ? Código de Entidad
Id. Usuario
Código:
Temp
Submit
Los campos a
presentar posterior a la consulta son:
Número de
Entrega
Fecha de
presentación
Documento de
persona
Estado de
procesamiento
Código
Al seleccionar
uno de los resultados de la búsqueda general o específica se presenta en la
parte inferior de la pantalla la siguiente información:
Aunque el
mensaje de envío fuera exitoso, el usuario debe confirmar si el mismo no cuenta
con errores remitiéndose al Instructivo de Sistemas ?Integración de Estados de
Trámite?.
6. ANEXOS
No hay anexos.
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.- Certifico que es fiel copia de la copia.- f.)
Ilegible, Secretaría General, SENAE.
ÍNDICE
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
3.
RESPONSABILIDAD
4. CONSIDERACIONES
GENERALES
5.
PROCEDIMIENTO
6. ANEXOS
1. OBJETIVO
Describir en
forma secuencial las tareas para agilitar la creación de la solicitud de
corrección de informe de ingreso y salida a través del portal externo denominado
Ecuapass, opción CII – Solicitud de Corrección de Informe de Ingreso y Salida.
2. ALCANCE
Está dirigido
a los solicitantes (depósitos temporales, paletizadora, zona primaria de exportaciones,
Correos del Ecuador y empresas courier).
3. RESPONSABILIDAD
Es
responsabilidad de la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la
Información la actualización del presente instructivo.
3.1. La aplicación, cumplimiento y
realización de lo descrito en el presente documento, es responsabilidad de los
solicitantes (depósitos temporales, paletizadora, zona primaria de exportaciones,
Correos del Ecuador y empresas courier).
3.2. La realización de mejoramiento,
cambios solicitados y gestionados por los distritos, le corresponde a la
Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información para su aprobación
y difusión.
4. CONSIDERACIONES GENERALES
4.1. Con el objeto de que se apliquen los
términos de manera correcta, se entiende lo siguiente:
4.1.1. Usuario: Solicitantes de corrección de
informe de ingreso y salida (depósitos temporales, paletizadora, zona primaria
de exportaciones, Correos del Ecuador y empresas courier).
4.1.2. CII: Solicitud de Corrección de Informe
de Ingreso y Salida.
4.1.3. Transportista: Aquel autorizado
por el organismo
competente de su país de origen, para ejecutar o hace ejecutar el transporte de
mercancías.
5. PROCEDIMIENTO
5.1. Acceda al navegador de Internet, registre la dirección
https://portal.aduana.gob.ec/,
visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
5.2. Seleccione el menú principal ?Trámites
operativos?, sub-menú ?Elaboración de e-Doc. Operativo? y luego haga clic en
?e-Docs?.
5.5. Una vez seleccionado el documento
electrónico ?Solicitud de Corrección de Informe de Ingreso y Salida – CII?, se
debe registrar la solicitud de corrección de informe de ingreso y salida y se presentarán
los 4 campos para ser llenados.
Tipo de Envío:
Seleccionar el tipo de envío.
Corrección
Eliminación
Número de
Entrega :
Ingreso
Salida
Cod.oce(8)+
año(4) + numero secuencial(8) + verificador(1)+secuencia de corrección,
ÍNDICE
1. OBJETIVO
2. ALCANCE
3.
RESPONSABILIDAD
4.
CONSIDERACIONES GENERALES
5.
PROCEDIMIENTO
6. ANEXOS
1. OBJETIVO
Describir en
forma secuencial las tareas para agilitar la consulta de notificación de
detalles de aprobación de salida a través del portal externo denominado Ecuapass,
opción RADS ? Notificación de Detalles de Aprobación de Salida (Exportación).
2. ALCANCE
Está dirigido
a los depósitos temporales de lugar de embarque.
3. RESPONSABILIDAD
Es
responsabilidad de la Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la
Información la actualización del presente instructivo.
3.1. La aplicación, cumplimiento y
realización de lo descrito en el presente documento, es responsabilidad
de los depósitos temporales de lugar de embarque.
3.2. La realización de mejoramiento,
cambios solicitados y gestionados por los distritos, le corresponde a la
Dirección Nacional de Mejora Continua y Tecnologías de la Información para su aprobación
y difusión.
4. CONSIDERACIONES GENERALES
4.1. Con el objeto de que se apliquen los
términos de manera correcta, se entiende lo siguiente:
4.1.1. Usuario: Depósitos temporales de lugar de
embarque.
4.1.2. RADS: Notificación de Detalles de
Aprobación de Salida (Exportación).
4.1.3. Transportista: Aquel autorizado por el
organismo competente de su país de origen, para ejecutar o hace ejecutar el
transporte de mercancías.
5. PROCEDIMIENTO
5.1. Acceda al navegador de Internet,
registre la dirección https://portal.aduana.gob.ec/,
visualice el portal externo Ecuapass e ingrese con su usuario y contraseña.
5.2. Seleccione el menú principal ?Trámites
operativos?, sub-menú ?Elaboración de e-Doc. Operativo? y luego haga clic en
?e-Docs?.
Número de
Entrega: cod.oce(8)+ año(4) + numero secuencial(8) + verificaror(1)
Identificador
del Documento: código del documento
Fecha y Hora
del Informe: Fecha y hora de notificación
No. de
Autorización de Salida: Nímero de referencia de aprobación de salida
Resultado de
la Solicitud: Código de clasificación de aprobación/cancelación de salida
Fecha y Hora
del Resultado: Fecha de aprobación/cancelación de salida
Operador
Autorizado para Salida: Código de operador sujeta a aprobación de salida
Tipo de
Autorización de Salida: Código de tipos de aprobación de salida
No. de
Declaración de Exportación: Número de declaración de exportación
Secuencia:
Número Secuencial
No. de Unidad
de Carga: Número de contenedor
Descripción de
la carga: Descripción de la carga
Embalaje:
Codigo de clases de embalaje en la aprobación de salida
Cantidad de
Bultos: Cantidad aprobada para la salida
Peso (Kg):
Peso de aprobación de salida
Tipo y Tamaño
de la Unidad de Carga: Código de tipo y tamaño del contenedor o unidad de carga
6. ANEXOS
No hay anexos.
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR.- Certifico que es fiel copia de la copia.- f.)
Ilegible, SECRETARÍA GENERAL, SENAE.
INSTRUCTIVO
PARA EL USO DEL SISTEMA CONSULTA GENERAL DE SALIDAS DE MEDIOS DE TRANSPORTE
AGOSTO 2013
HOJA DE
RESUMEN