AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
Martes 17 de marzo de 2020 (R. O.163, 17āde marzo -2020) EDICIĆN ESPECIAL
MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
PROCURADURĆA METROPOLITANA
RESOLUCIĆN No. 001
DISPĆNGASE LA SUSPENSIĆN
DE TĆRMINOS Y PLAZOS,
SEGĆN CORRESPONDA, PARA LA
SUSTANCIACIĆN Y TRAMITACIĆN
DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIĆN
ADMINISTRATIVOS Y TRIBUTARIOS
QUE CUYO CONOCIMIENTO
CORRESPONDE, POR DELEGACIĆN, A
LA PROCURADURĆA METROPOLITANA
2 ā Martes 17 de marzo de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 448 ā Registro Oficial
MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO PROCURADURĆA METROPOLITANA
Dr. MORALES VELA
PROCURADOR METROPOLITANO MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
Que, de conformidad con el art. 83 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica (la ConstituciĆ³n) son deberes y responsabilidades de los habitantes del Ecuador acatar y cumplir con la ConstituciĆ³n, la ley y las decisiones legĆtimas de autoridad competente:
Que, el art. 337 de la ConstituciĆ³n determina que la administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆa, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n:
Que, el art. 336, nĆŗm. 5, de la ConstituciĆ³n establece que toda persona tiene de lecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, segundad, higiene y bienestar;
Que, el 11 de marzo de 2020, la OrganizaciĆ³n Mundial de la Salud (la āOMS-) declarĆ³ oficialmente al coronavirus COVID-19 como una pandemia. El 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud PĆŗblica, por medio del Acuerdo Ministerial Nro. 00136-2020, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nro. 160, declarĆ³ el estado de emergencia sanitaria en lodos los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, romo consecuencia de la pandemia de coronavirus COVID-19;
Que, por medio de la resoluciĆ³n Nro. A-0020, de 12 de marzo de 2020, el Alcalde Metropolitano declarĆ³ en estado de emergencia grave a lodo el territorio del Distrito Metropolitano de Quito, en razĆ³n de la declaratoria del COVID-19 como pandemia por la OMS de la emergencia sanitaria decretada por la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central;
Que, por resoluciĆ³n Nro. GADDMQ- AG-2020-0000-R. de 15 de marzo de 2020, la Administradora General del Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado del Distrito Metropolitano de Quito (-GAD DMQ-). dispuso la suspensiĆ³n de la jornada laboral por el lapso de siete (7) dĆas contados desde el 16 de marzo de 2020;
Registro Oficial ā EdiciĆ³n Especial NĀŗ 448 Martes 17 de marzo de 2020 ā 3
Que, la propagaciĆ³n del GOVID-19 y sus electos como pandemia, constituyen hechos de fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad con el art. 30 del (CĆ³digo Civil, por tratarse de un evento imprevisible e irresistible:
Que, el art. innumerado agregado a continuaciĆ³n del art. 86 del CĆ³digo OrgĆ”nico Tributario establece que, los plazos y tĆ©rminos de lodos los procesos administrativas tributarios que se encuentren transcurriendo al momento de producirse un hecho de fuerza mayor o caso fortuito que impida su despacho, se suspenderĆ”n hasta que se superen las causas que los provocaron;
Que, el art. 162, nĆŗm. 5, del CĆ³digo OrgĆ”nico Administrativo establece que, los tĆ©rminos y plazos previstos en un procedimiento se suspenden, entra otros, por un hecho de caso fortuito o fuerza mayor; y.
Que, con resoluciĆ³n Nro. A-005, de 27 de mayo de 2019, el Alcalde Metropolitano delegĆ³ al Procurador Metropolitano, la sustanciaciĆ³n y resoluciĆ³n de todos los recursos administrativos cuya competencia le corresponda.
En consecuencia, en ejercicio do las atribuciones que le han sido delegadas a travĆ©s de la resoluciĆ³n Aro. A-005, de 17 de mayo de 2019, y los arts. 162, nĆŗm. 5 del CĆ³digo OrgĆ”nico Administrativo e innumerado agregado a continuaciĆ³n del art. 86 del CĆ³digo OrgĆ”nico Tributario:
RESUELVE
Art. 1.- Disponer la suspensiĆ³n de tĆ©rminos y plazos, segĆŗn corresponda, para la sustanciaciĆ³n y tramitaciĆ³n de los medios de impugnaciĆ³n administrativos y tributarios que cuyo conocimiento corresponde, por delegaciĆ³n, a la ProcuradurĆa Metropolitana. El cĆ³mputo de los tĆ©rminos y plazos se reanudarĆ” el dĆa hĆ”bil siguiente a aquel en que concluya la suspensiĆ³n de la jornada laboral ordenada por la el GAO DMQ, para lo cual se estimara cualquier prĆ³rroga que, al respecto, se disponga.
Art. 2.- El Subprocurador Metropolitano a cargo dĆ© las impugnaciones administrativas y tributarias podrĆ” disponer de forma motivada, las medidas de ordenaciĆ³n e instrucciĆ³n estrictamente necesarias para evitar perjuicios graves a los derechos del administrado en el procedimiento.
Art.3.- Los plazos de prescripciĆ³n y caducidad para el ejercicio de cualquier derecho vinculado con los medios de impugnaciĆ³n cuyo conocimiento corresponde a la ProcuradurĆa Metropolitana, por delegaciĆ³n, quedaran suspendidos durante el lapso de vigencia de la suspensiĆ³n de la jornada laboral en el GAD DMQ y, en su caso, de las prĆ³rrogas que se adoptaren.
4 ā Martes 17 de marzo de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 448 ā Registro Oficial
DisposiciĆ³n General.- La SecretarĆa General do la ProcuradurĆa Metropolitana en coordinaciĆ³n con la SecretarĆa General del Concejo Metropolitano, so encargarĆ” de la difusiĆ³n de esta resoluciĆ³n.
DisposiciĆ³n Final.- Esta resoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia a partir do la lecha de su suscripciĆ³n.
Dado en la ciudad do San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el 16 de marzo de 2020.