Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 24 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 150

SUMARIO

Presidencia de la República:

Ejecutivo:

Decretos

175 Dase de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas,
al señor CPNV-CSM Luis Eduardo Torres Mosquera

176 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL. de EMC. Fausto Gonzalo Berrazueta Mancheno

Ministerio de Electricidad y Energía Renovable:

Acuerdos

219 Refórmase el Acuerdo Ministerial N° 216 de 23 de octubre
de 2013, mediante el cual se expidió el Instructivo interno para el manejo de
los procesos de contratación pública

Ministerio del Interior:

3786 Dispónese al señor Javier Córdova Unda, Viceministro de
Seguridad Interna, subrogue las funciones del Despacho Ministerial

3786-A Modifícase el Acuerdo Ministerial No. 3786 de 22 de
noviembre de 2013

3802 Delégase al Comandante de Policía de la Subzona de la
provincia de Imbabura, entregue, suscriba y legalice el inmueble construido por
el Servicio Aeropolicial de la Policía Nacional en el ex Aeropuerto Atahualpa
de la ciudad de Ibarra, al GADM de San Miguel de Ibarra, a fin de no detener el
proyecto Céntrica Parque Bulevar

3803 Otórgase la felicitación pública al señor Sbte. de
Policía Alexis Geovanny Cifuentes Bedoya

3804 Legalízanse las comisiones de servicio en el exterior
de las siguientes personas:

Funcionarios policiales de Interpol Cbop. Jherman Arturo
Padilla Córdova y otro

3805 Psic. Juana Verónica Feicán Carrasco, Asesora 3 del
Despacho Ministerial

3806 Dra. Iroshima Villalva Miranda, Gerente del Proyecto de
Fortalecimiento Institucio-nal de las Unidades de Control Migratorio

Acuerdos

3807 Gral. (sp) Fabián Machado Arroyo, Asesor 2 y otros

3808 Funcionarios policiales de Interpol Sgos. Edison Javier
Ramírez Santillán y otro

3809 Funcionarios policiales de Interpol Sgos. Daniel
Enrique Carcelén León y otro

3810 Créase la Condecoración al Honor y Prestigio de la
Institución Policial por el Combate contra la Corrupción

3811 Servidores policiales de Interpol Cptn. David Andrade
Daza y otro

3812 Tcrnl. William Posso Mejía, Edecán y otros

3813 Dispónese al señor Javier Córdova Unda, Viceministro de
Seguridad Interna, subrogue las funciones del Despacho Ministerial

3814 Asciéndese post mortem al grado de Mayor de Policía al
señor Capitán de Policía David Wladimir Díaz Félix (+)

Consejo Nacional de Telecomunicaciones:

Resoluciones

DE-2013-140 Otórgase la Licencia Ambiental No. 074/13, para
las etapas de construcción, operación, mantenimiento y retiro de la Subestación
Santa Bárbara 5/6,25 MVA – 69/13,8 kV, de EMELNORTE S.A., ubicado en la
provincia y cantón Sucumbíos

DE-2013-141 Otórgase la Licencia Ambiental N° 075/13, para
las etapas de construcción, operación, mantenimiento y retiro de la Línea de
Subtransmisión a 69 kV y 10,5 km, S/E El Retorno – S/E Alpachaca, no incluye
subestaciones asociadas de EMELNORTE S. A., ubicado en la provincia de
Imbabura, cantón Ibarra

Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos:

035-NG-DINARDAP-2013 Refórmase el Instructivo para el uso de
hojas de seguridad en los actos de los registros mercantiles del país

Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

2013-410 Apruébase la emisión postal ?25 Años de Presencia
del Ecuador en la Antártida?

Superintendencia de Control del Poder de Mercado:
Intendencia de Investigación de Prácticas Desleales:

Transparencia y Control Social

SCPM-IIPD-2013-002 Ordénase el archivo del expediente de la
denuncia de presuntas prácticas desleales presentada por la Cía. SEITUR Agencia
de Viajes y Turismo Cía. Ltda., contra la Cía. Unión Empresarial Global

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanza Municipal:

Ordenanzas


Cantón San Pedro de Pelileo:
Que regula la
exoneración de impuestos y tasas municipales en beneficio de las personas
adultas mayores y discapacitados

Ordenanza Provincial:


Gobierno Provincial de El Oro: Que expide
reformas a la Ordenanza de creación, organización y funcionamiento de la
Empresa Pública Vial de El Oro, EMVIAL

CONTENIDO


No. 175

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que la Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de las fuerzas Armadas artículo 65 letra a)
dispone: ?la situación militar se establecerá: Para los Oficiales Generales, y dentro
de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;

Que la Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 87 señala:
?(?) El militar será dado de baja por una de las siguientes causas: letra a) Solicitud
voluntaria (?);

Que el señor CPNV-CSM
TORRES MORQUERA LUIS EDUARDO, mediante oficio No. CPNV-CSMLETM- 002-O-OF y
CPNV-CSM-LETM-003-O-OF de 01 de agosto y 21 de octubre del 2013, en su orden,
dirigido al Presidente del Consejo de oficiales Almirantes, señala: ??anexo al
presente se dignará encontrar usted señor Almirante, Presidente del Consejo de
Oficiales Almirantes, mi solicitud voluntaria de BAJA DIRECTA de las Fuerzas armadas
con fecha 30 de agosto del 2013, de conformidad a lo establecido en el Art. 87
a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, renunciando al tiempo de disponibilidad,
(?);

Que mediante
Resolución CONALM No. 2013-026, adoptada en sesión Ordinaria CONALM No.
2013-004 del 16-AGO-2013, por el Consejo de Oficiales Generales Almirantes,
referente a la solicitud de Baja presentada por el señor CPNV-CSM Luis Torres
Mosquera, resuelve disponer se realice los trámites correspondientes para
proceder con la baja del servicio del referido oficial;

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio No. AE-COGMAR-PER-2013-1131-O-OF
del 05 de septiembre del 2013, envía al Ministerio de Defensa Nacional el
proyecto de Decreto Ejecutivo, mediante el cual se da de baja del servicio
activo de las Fuerzas Armadas con fecha 30 de agosto del 2013, al señor CPNVCSM
TORRES MOSQUERA LUIS EDUARDO, de la Fuerza Naval, de conformidad con la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas, artículo 87 letra a);

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de
la señora Ministra de Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante
General de Marina.

Decreta:

Art. 1. Dar de
baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas con fecha 30 de agosto del
2013, al señor CPNVCSM TORRES MOSQUERA LUIS EDUARDO con fecha C.I. 1704444155, de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, artículo 87 literal a) que señala: ?Por solicitud voluntaria (?)?;

Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese a la señora Ministra de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 10 de
diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler.- SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.- Secretaría General Jurídica.

Nro. 176

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL

DE LA
REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?la
situación militar se establecerá: a) Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;

Que el
artículo 76, letra f) de la referida Ley dispone: ?El militar será puesto en
disponibilidad, por una de las siguientes causas: f) Por no haber cumplido los
requisitos establecidos en la presente Ley para el ascenso al inmediato grado
superior?;

Que el Consejo
de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, en sesión permanente llevada a
cabo los días 24, 25, 26, 27 y 28 de junio del 2013, RESUELVE: ?? 1.- NO seleccionar
al señor CRNL. DE EMC. BERRAZUETA MANCHENO FAUSTO GONZALO, para el ascenso al inmediato
grado superior; y, 2.- De conformidad con el Art. 76 letra f) de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas, en concordancia con el Art. 5 letra d) del Reglamento
de los Consejos de Oficiales Generales o Almirantes de las Fuerzas Armadas y
sus Anexos, colocase al señor CRNL. DE EMC. BERRAZUETA MANCHENO FAUSTO GONZALO, en situación jurídica de disponibilidad.
(…)?. Esta Resolución ha sido confirmada por el organismo militar, dentro de
los recursos de reconsideración y apelación presentados por el referido Oficial,
con fechas 30 de julio y 22 de agosto del 2013, en su orden;

Que mediante
Oficio Nro. 2013-0262-E-1-O-sp de 12 de septiembre de 2013, el señor Comandante
General de la Fuerza Terrestre, remite el proyecto de Decreto Ejecutivo, a la
señora Ministra de Defensa Nacional, para el trámite respectivo de la
disponibilidad del señor CRNL. DE E.M.C. BERRAZUETA MANCHENO FAUSTO GONZALO,
con fecha 31 de agosto de 2013;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la Constitución
de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65, letra a) de la
Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a petición de la señora Ministra de
Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante General de la Fuerza
Terrestre.

Decreta:

Art. 1. Colocar
en situación militar de Disponibilidad con fecha 31 de agosto de 2013, al señor
CRNL. DE EMC. BERRAZUETA MANCHENO FAUSTO GONZALO, de conformidad con el
artículo 76, letra f) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional

Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicament

Alexis Mera
Giler.- SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.- Secretaría General Jurídica.

No. 219

Esteban
Albornoz Vintimilla

MINISTRO DE
ELECTRICIDAD Y ENERGÍA

RENOVABLE

Considerando:

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 475 de 9 de julio de 2007, publicado en el Registro Oficial No.132 de 23 de julio de
2007
, se escindió el Ministerio
de Energía y Minas en los Ministerios de Minas y Petróleos y de Electricidad y Energía
Renovable;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 638 de 31 de enero de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 384 de 14 de febrero
de 2011
, el señor Presidente Constitucional de la República nombró al
señor doctor Esteban Albornoz Vintimilla como Ministro de Electricidad y
Energía Renovable;

Que, los
artículos 1 y 227 de la Constitución de la República del Ecuador establecen que
en un Estado de organización descentralizada, la administración pública constituye
un servicio a la colectividad que se rige por los principios de
descentralización, desconcentración y transparencia;

Que, el
numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador
preceptúa: ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas
del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión?;

Que, el
artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva establece: ?Los Ministros de Estado son competentes para el despacho
de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización
alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados
en leyes especiales?;

Que, el
artículo 55 del precitado Estatuto señala: ?Las atribuciones propias de las
diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto
las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decretos. La delegación será
publicada en el Registro Oficial. Los delegados de las autoridades y
funcionarios de la Administración Pública Central e Institucional en los diferentes
órganos y dependencias administrativas, no requieren tener calidad de
funcionarios públicos?;

Que, la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General,
establecen y determinan los principios y normas sobre los cuales se deben
regular los procedimientos de contratación pública de las instituciones que
conforman del Estado ecuatoriano;

Que, el
artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
establece: ?Delegación.- Si la máxima autoridad de la Entidad Contratante decide
delegar la suscripción de los contratos a funcionarios o empleados de la
entidad u organismos adscritos a ella o bien a funcionarios o empleados de
otras entidades del Estado, deberá emitir la resolución respectiva sin que sea
necesario publicarla en el Registro Oficial, debiendo darse a conocer en el
Portal Institucional.- Esta delegación no excluye las responsabilidades del
delegante.- Para la suscripción de un contrato adjudicado no se requerirá de
autorización previa alguna.?;

Que, el
artículo 4 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública determina:


?Delegación.-
En aplicación de los principios de Derecho Administrativo son delegables todas
las facultades previstas para la máxima autoridad tanto en la Ley como en este
Reglamento General, aun cuando no conste en dicha normativa la facultad de
delegación expresa. La Resolución que la máxima autoridad emita para el efecto,
determinará el contenido y alcance de la delegación. Las máximas autoridades de
las personas jurídicas de derecho privado que actúen como entidades contratantes,
otorgarán poderes o emitirán delegaciones, según corresponda, conforme a la
normativa de derecho privado que les sea aplicable. En el ámbito de responsabilidades
derivadas de las actuaciones, producto de las delegaciones o poderes emitidos,
se estará al régimen aplicable a la materia.?;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 2 de 24 de mayo de 2013, el señor Presidente
Constitucional de la República, ratificó los nombramientos y designaciones
conferidas a todos los Ministros, Secretarios, Delegados ante los diferentes
cuerpos colegiados de las diversas entidades públicas, autoridades militares y
de policía, y demás funcionarios cuya designación se haya dispuesto mediante Decreto
Ejecutivo;

Que, la Ley
Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública en su artículo 1 dispone incluir dentro del artículo 6 como numeral
9a.- lo siguiente: ?9a.- Delegación.- Es la traslación de determinadas
facultades y atribuciones de un órgano superior a otro inferior, a través de la
máxima autoridad, en el ejercicio de su competencia y por un tiempo determinado??;

Que, la
delegación de funciones es compatible y complementaria con la desconcentración
de funciones, a órganos y servidores públicos de jerarquía inferior a la de la
máxima autoridad, por lo que resulta conveniente y aporta al dinamismo en la
gestión de esta Cartera de Estado;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial Nro. 216, de fecha 23 de octubre de 2013, publicado en el
Registro Oficial No. 121 de 12 de noviembre de 2013, se expidió el instructivo interno
para el manejo de los procesos de contratación pública del Ministerio de
Electricidad y Energía Renovable y delegación de funciones y atribuciones;

Que, se hace
necesario incluir reformas al Acuerdo Ministerial antedicho para la mejor
marcha y manejo de los procesos de contratación pública, así como el despacho de
trámites que se realizan al interior del Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable;

En ejercicio
de las facultades que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva y lo dispuesto en el artículo 6 numeral
9a y 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;

Acuerda:

Expedir la REFORMA
AL ACUERDO MINISTERIAL No. 216 DE 23 DE OCTUBRE DE 2013, MEDIANTE EL CUAL SE EXPIDIÓ EL INSTRUCTIVO INTERNO PARA EL MANEJO
DE LOS PROCESOS DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y
ENERGÍA RENOVABLE Y DELEGACIÓN DE FUNCIONES Y ATRIBUCIONES.

Art. 1.- Al
Artículo 15 realícese las siguientes reformas:

A continuación
del texto: ?Autorizar y suscribir las garantías?? agréguese lo siguiente: ??,
pólizas de seguros, sus renovaciones, notas de crédito o los actos administrativos
o de simple administración??.

En el inciso
final, sustitúyase el texto: ??la suscripción de actas de calificación o
informes,?? y agréguese lo siguiente: ??la suscripción de actas de calificación
o evaluación de ofertas, de negociación e informes, cuando corresponda,….?.

Art. 2.- Al
Artículo 18 realícese las siguientes reformas:

El texto del
Art. 18 que dice: ?Actas de calificación e informes.-? sustitúyase por lo
siguiente: ?Actas de calificación, negociación e informes?.

A continuación
del texto que dice ??el Ministro de Electricidad y Energía Renovable, delega al
titular del Área Requirente, su encargado o subrogante, para que a su nombre y
representación; sea el responsable de efectuar la evaluación o calificación de
ofertas??, inclúyase ?, así como realizar la sesión de negociación??.

Art. 3.- A
continuación del Art. 25 agréguese los siguientes artículos:

?Art. 26.-
Sistema de Gestión Financiera, Sistema Presupuestario de Remuneraciones y
Nóminas, y otros Sistemas.- El señor Ministro de Electricidad y Energía
Renovable delega al señor/a Coordinador/a General Administrativo Financiero
para que a su nombre y representación conozca, gestione, autorice y suscriba todos
los actos administrativos y de simple administración que sean de competencia de
la máxima autoridad y que se requieran para resetear o solicitar claves, o
cambiar de responsables en lo referente al Sistema de Gestión Financiera
(eSIGEF) y del Sistema Presupuestario de Remuneraciones y Nóminas (eSIPREN), cuando
así sea necesario. Esta delegación se entiende efectuada para el caso de que el
o los nombres de los sistemas sean reformados por la autoridad competente o se utilicen
otros sistemas que cumplan con las funciones de los actuales. La presente
delegación también se efectúa para el caso del o los sistemas que correspondan
a la Dirección Administrativa, en los que sea necesaria la intervención de la
máxima autoridad.?.

?Art. 27.-
Pólizas de seguros y garantías.- El señor Ministro de Electricidad y Energía
Renovable delega al señor/a Coordinador/a General Administrativo Financiero
para que a su nombre y representación conozca, gestione, autorice y suscriba
garantías y/o pólizas de seguros de cualquier tipo de rubro o concepto, así
como sus inclusiones, exclusiones, renovaciones y notas de crédito que por este concepto
fueran emitidas a favor del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, y
demás actos administrativos y de simple administración que sean de competencia
de la máxima autoridad y que se requieran para cumplir con esta finalidad.?.

El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia desde la fecha de su expedición, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE Y
PUBLÍQUESE.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, DM, a 02 de diciembre de 2013.

f.) Esteban
Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable.

No. 3786

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, conforme
a lo dispuesto por la letra g) del artículo 23 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, es derecho irrenunciable de las servidoras y servidores públicos gozar
de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo a lo prescrito por
dicha Ley;

Que, el
artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con el
artículo 270 de su Reglamento General establece que la subrogación procede por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, cuando una
servidora o servidor público deba subrogar en el ejercicio de un puesto del
nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva;

Acuerda:

Artículo 1.- Disponer
al señor Javier Córdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna, subrogue las
funciones del Despacho Ministerial el 25 de noviembre de 2013, por Comisión de
Servicios al Exterior del Titular, debido a la participación en el encuentro
Binacional Ecuador-Perú, a efectuarse en la República del Perú.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo Ministerial, póngase en conocimiento de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, mismo que entrará en vigencia a partir de la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de noviembre de 2013.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito, 09 de diciembre de 2013.- f.)
Ilegible, Secretaría General.

No. 3786-A

José Serrano
Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, conforme
a lo dispuesto por la letra g) del artículo 23 de la Ley Orgánica del Servicio
Público, es derecho irrenunciable de las servidoras y servidores públicos gozar
de vacaciones, licencias, comisiones y permisos de acuerdo a lo prescrito por
dicha Ley;

Que, el
artículo 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, en concordancia con el
artículo 270 de su Reglamento General establece que la subrogación procede por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, cuando una
servidora o servidor público deba subrogar en el ejercicio de un puesto del
nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente;

Que, el
artículo 98 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva establece que los errores de hecho o matemáticos manifiestos pueden
ser rectificados por la misma autoridad de la que emanó el acto en cualquier
momento hasta tres años después de la vigencia de éste;

Que, mediante
Acuerdo Ministerial No. 3786 de 22 de noviembre de 2013 se dispuso al señor
Javier Córdova Unda, Viceministro de Seguridad Interna, subrogue las funciones
del Despacho Ministerial el 25 de noviembre de 2013, por Comisión de Servicios
al Exterior del Titular, debido a la participación en el encuentro Binacional
Ecuador-Perú, a efectuarse en la República del Perú; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador;

Acuerda:

Artículo 1.- Rectificar
el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 3786 de 22 de noviembre de 2013,
sustituyendo: ?debido a la participación en el encuentro Binacional
Ecuador-Perú, a efectuarse en la República del Perú? por ?debido a la
participación en el Gabinete Binacional Ecuador-Colombia, a efectuarse en Ipiales-
Colombia?.

Artículo 2.- La
rectificación que contiene el presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de
su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 22 de noviembre de 2013.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior. MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la
Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso
necesario.- Quito, 09 de diciembre de 2013.- f.) Ilegible, Secretaría General.

No. 3802

Javier Córdova
Unda

MINISTRO DEL
INTERIOR (S)

Considerando:

Que, mediante
escritura de fecha 29 de mayo de 1947, inscrita en el Registro de la Propiedad
de Ibarra el 02 de Agosto del 2011; el señor Abelardo Páez Torres y otros,
vendieron a favor del MUNICIPIO DE IBARRA, un lote de terreno situado en el
sitio El Ejido, parroquia San Francisco, de la ciudad de Ibarra, de una
superficie de 1725,50 m2;

Que, con fecha
23 de enero del 2013, ante el Notario Segundo del cantón Ibarra, encuentra
protocolizada la Resolución No. 3; inscrita en el Registro de la Propiedad del
mismo cantón el 25 de enero del 2012; mediante la cual, el terreno de los herederos
del señor Zoila Ayala, ubicado en la parroquia San Francisco de la ciudad de
Ibarra y ocupado por el Aeropuerto de Ibarra, pasa a ser de propiedad del
MUNICIPIO DE IBARRA, según lo dispuesto en el Art. 421 del Código Orgánico de
Organización Territorial. Autonomía y Descentralización mismo que establece
que: «Los bienes nacionales de uso público que se destinaren al tránsito,
pesca y otros objetos lícitos, conforme a lo que dispone el Código Civil, se
reputarán como municipales para el objeto de la respectiva reglamentación, con
excepción de los recursos hídricos que constituyen patrimonio nacional de uso
público y se regulan conforme a la ley de la materia?;

Que, la citada
resolución dispone que: ?Toda vez de no existir oposición alguna y al estar en posesión
de la misma, reglamentar el área del ex Aeropuerto Atahualpa de la ciudad de
Ibarra, REPUTANDOSE DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL SAN MIGUEL DE IBARRA…?. La superficie del terreno es de 211.396,38
m2;

Que, mediante memorando
No. DGAC-AF-Q-09-248, fechado 10 de julio de 2009, a la jefa de Asesoría
Jurídica de la Dirección General de Aviación Civil comunica al Jefe de
Aeropuertos, que en relación a los pedidos del señor Comandante del servic