Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Jueves 26 de Diciembre de
2013 – R. O. No. 151
SUMARIO
Presidencia de la República:
Ejecutivo:
Decretos
177 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL. Bolney Herney Tamayo López y otro
178 Dase de baja por solicitud voluntaria de la Fuerza Aérea
Ecuatoriana a varios oficiales superiores
179 Dase de baja de la Fuerza Terrestre al señor CRNL.
Víctor Hugo Andrade Manotoa y otro
180 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL de EM. Carlos Humberto Bravo Polo
181 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CPNV-CSM Luis Ricardo Zapater Ramos
182 Colócase en situación militar de disponibilidad al señor
CRNL. EMT. AVC. Edgar Alberto Revelo Villarreal y otro
183 Dase de baja de las filas de la institución policial al
señor Coronel de Policía de E.M. Julio Heriberto Narváez Fuel
184 Agradécense los servicios prestados y dense por
terminadas las funciones del Embajador del Servicio Exterior Leonardo Arízaga
Schmegel, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante la
República Bolivariana de Venezuela
Secretaría Nacional de la Administración Pública:
Acuerdos
278 Concédese permiso con cargo a vacaciones al Ing. Jaime
Guerrero Ruíz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la
Información
280 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios
en el exterior al Ing. Richard Espinosa, Ministro Coordinador de la Producción,
Empleo y Competitividad
Ministerio de Defensa Nacional:
Acuerdos
364 Delégase al señor Comandante General de la Armada del
Ecuador, suscriba el convenio de pago entre esta Cartera de Estado, el Banco
Central del Ecuador y el Ministerio de Finanzas
368 Delégase a la Directora de Catastros para que suscriba
la escritura pública de terminación de comodato celebrado entre la Honorable
Junta de Defensa Nacional y la Dirección Nacional de Defensa Civil
Ministerio de Transporte y Obras Públicas:
100 Deléganse atribuciones al señor Director Provincial del
Guayas
Secretaría del Agua:
2013-839 Continúase con la intervención temporal y
subsidiaria de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado San Mateo
Secretaría Nacional de Gestión de la Política:
SNGP-009-2013 Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos
Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de
la Calidad:
Resoluciones
13 341 Apruébase y oficialízase con el carácter de
obligatoria la segunda revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 044
(2R) ?Encendedores?
13 346 Apruébase y oficialízase con el carácter de
obligatoria la primera revisión del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 011
(1R) ?Neumáticos?
Superintendencia de Control del Poder de Mercado:
Transparencia y Control Social
SCPM-DS-067 Emítese el Manual de Procedimientos para la
Aplicación de Compromisos de CESE
SCPM-DS-068 Expídese el Reglamento de Acreditación de
Peritos
Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:
Ordenanza
–
Cantón Mocache: Que regula la determinación,
administración y recaudación del impuesto a los predios urbanos para el bienio
2014-2015
–
Cantón Santa Rosa – Provincia de El Oro: Que
reforma a la Ordenanza que determina el cobro de aranceles y derechos de
Registro Municipal de la Propiedad y Mercantil
CONTENIDO
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que de
conformidad al artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas señala: ?La situación militar se establecerá: a) Para los Oficiales
Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de
Navío, por Decreto Ejecutivo?;
Que el
artículo 76, letra i) de la referida Ley, establece: ?El militar será puesto en
disponibilidad, por una de las siguientes causas: i) Por las demás causas
establecidas en la presente Ley?;
Que el artículo
118 inciso segundo de la referida Ley establece: ?El tiempo de permanencia en
el grado para el personal de oficiales especialistas, es el siguiente: ?Teniente
o Teniente de Fragata 2 años, Capitán o Teniente de Navío 7 años, Mayor o
Capitán de Corbeta, 7 años, Teniente Coronel o Capitán de Fragata 7 años, Coronel
o Capitán de Navío 7 años?;
Que la
Asesoría Jurídica de la Dirección General de Recursos Humanos del Ejército con Informe Nro. 2013- 442-AJRH,
recomienda colocar en situación militar de disponibilidad a los señores: CRNL.
TAMAYO LÓPEZ BOLNEY HERNEY y CRNL. PADILLA POZO DAVID MAURICIO, por cuanto han
cumplido con el tiempo de servicio en el grado de Coronel;
Que el señor
Comandante General del Ejército, remite el proyecto de Decreto Ejecutivo,
mediante el cual se les coloca en situación militar de Disponibilidad, con
Oficio Nro. 2013-0290-E-1-o-sp, de 03 de octubre de 2013, a los mencionados
señores Oficiales Superiores pertenecientes a la Fuerza Terrestre, con fecha 31
de agosto de 2013, de conformidad al artículo 76 letra i), de la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas;
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65,
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora
Ministra de Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante General de la
Fuerza Terrestre.
Decreta:
Art. 1. Colocar
en situación militar de Disponibilidad con fecha 31 de agosto de 2013, a los
señores CRNL. TAMAYO LÓPEZ BOLNEY HERNEY y CRNL. PADILLA POZO DAVID MAURICIO,
de conformidad con los artículos 76, letra i), y 118 inciso segundo, de la Ley
de Personal de las Fuerzas Armadas.
Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que de
conformidad al artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas que señala: ?La situación militar se establecerá: Para los Oficiales
Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de
Navío, por Decreto Ejecutivo.?;
Que el
artículo 87, letra a) de la referida Ley establece: ?El militar será dado de
baja por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria.?;
Que los
señores CRNL. EMC. AVC. MADERA SILVA MARCO VINICIO; CRNL. EMC. AVC. COBOS CARRERA
JOSÉ LEONARDO, CRNL. EMC. AVC. LÓPEZ CHÁVEZ PABLO RAMIRO, CRNL. EM. AVC. MEDINA
MEDINA FERNANDO ADOLFO, CRNL. EM. AVC. SALAZAR MACHUCA HERNÁN RODRIGO, CRNL.
EM. AVC. ILLESCAS SANCHEZ VICENTE XAVIER y CRNL. EMT. AVC. FREILE ROJAS RUBEN
DEMETRIO, al amparo del artículo mencionado en el considerando anterior,
presentan solicitud voluntaria de baja directa en la Comandancia General de la
Fuerza Aérea Ecuatoriana, para salir de la Institución con fecha 31 de octubre
de 2013, renunciando en forma expresa a todo el tiempo de disponibilidad, a fin
de que se tramite en forma directa la baja del servicio activo, amparados en el
artículo 75 de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, remite a la señora Ministra
de Defensa Nacional, la documentación de respaldo para que se canalice el
trámite de baja de los mencionados señores Oficiales Superiores, y,
En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el artículo 147, número 5) de la Constitución
de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65 letra a) de la Ley
de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de
Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana.
Decreta:
Art. 1°. Dar
de Baja de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, por solicitud voluntaria, y con fecha
31 de Octubre de 2013, a los señores: CRNL. EMC. AVC. MADERA SILVA MARCO
VINICIO; CRNL. EMC. AVC. COBOS CARRERA JOSÉ LEONARDO, CRNL. EMC. AVC. LÓPEZ
CHÁVEZ PABLO RAMIRO, CRNL. EM. AVC. MEDINA MEDINA FERNANDO ADOLFO, CRNL. EM.
AVC. SALAZAR MACHUCA HERNÁN RODRIGO, CRNL. EM. AVC. ILLESCAS SÁNCHEZ VICENTE
XAVIER y CRNL. EMT. AVC. FREILE ROJAS RUBEN DEMETRIO, de conformidad con el artículo
87 letra a), de la vigente Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, quienes voluntariamente renuncian a todo el tiempo de
disponibilidad al amparo del artículo 75 de la citada Ley.
Art. 2º. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?la
situación militar se establecerá: Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;
Que el
artículo 75 de la invocada Ley prevé que: ?El militar tendrá derecho hasta seis
meses de disponibilidad, si acreditare por lo menos cinco años de servicio
activo y efectivo ininterrumpido pudiendo renunciar a todo o parte del tiempo
de disponibilidad, para solicitar directamente su baja?;
Que el
artículo 87, letra a) de la referida Ley establece que: ?El militar será dado
de baja por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?;
Que los señores
CRNL. ANDRADE MANOTOA VICTOR HUGO; y CRNL. JARAMILLO AGUIRRE LUIS RAMIRO, de
conformidad a los artículos mencionados en los considerandos anteriores,
presentan la solicitud de baja voluntaria, para ser separados del escalafón de
las Fuerzas Armadas (Fuerza Terrestre) con fecha 31 de octubre de 2013,
renunciando expresamente al tiempo de disponibilidad;
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Terrestre, remite el proyecto de Decreto
Ejecutivo mediante el cual se le coloca
en situación militar de baja mediante Oficio Nro. 2013-0306-E-1-o-sp, a los
señores Oficiales Superiores pertenecientes a la Fuerza Terrestre, por solicitud
voluntaria con fecha 31 de octubre de 2013, de conformidad con el artículo 87,
letra a) de la ley de Personal de las Fuerzas Armadas, en concordancia con el artículo
75 de la referida Ley, y;
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 65 de
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de
Defensa Nacional, previo pedido del señor Comandante General de la Fuerza
Terrestre.
Decreta:
Art. 1º. Dar
de Baja de la Fuerza Terrestre con fecha 31 de octubre de 2013, por solicitud
voluntaria, y renuncia expresa al tiempo de disponibilidad, de conformidad con
el artículo 87, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en
concordancia con el artículo 75 de la mencionada Ley, a los señores CRNL.
ANDRADE MANOTOA VICTOR HUGO; y CRNL. JARAMILLO AGUIRRE LUIS RAMIRO.
Art. 2º. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el artículo
65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?La situación
militar se establecerá: a) Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?;
Que el artículo
76, letra a) de la referida Ley, establece: ?El militar será puesto en
disponibilidad, por una de las siguientes causas: a) Por solicitud voluntaria?;
Que mediante
petición presentada en la Dirección General de Recursos Humanos del Ejército,
con fecha 09 de septiembre de 2013, el señor Crnl. De E.M. Carlos Humberto
Bravo Polo, solicita se tramite la Disponibilidad, previa la baja por solicitud
voluntaria, con fecha 30 de septiembre de 2013, la misma que ha sido aceptada
favorablemente por el órgano regular militar;
Que el señor
Comandante General del Ejército, con Oficio Nro. 2013-0272-E-1-o-sp y
2013-300-E-1-o-sp y 2013- 0300-E-1-o-sp, de 20 de septiembre y 15 de octubre de
2013, remite a la señora Ministra de Defensa Nacional, el proyecto de Decreto
Ejecutivo, mediante el cual se coloca en situación militar de Disponibilidad al
señor CRNL. DE EM. BRAVO POLO CARLOS HUMBERTO; con fecha 30 de septiembre de
2013;
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la Constitución
de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65, letra a) de la
Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de
Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante General de la Fuerza Terrestre,
Decreta:
Art. 1. Colocar
en situación militar de Disponibilidad con fecha 30 de septiembre de 2013, al
señor CRNL. DE EM. BRAVO POLO CARLOS HUMBERTO, de conformidad con el artículo
76 letra a) de la ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinoza, Ministra de Defensa Nacional.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas señala: ?La
situación militar se establecerá: a) Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;
Que el
artículo 76, letra a) de la referida Ley establece que: ?El militar será puesto
en disponibilidad, por una de las siguientes causas: a) Por solicitud
voluntaria?;
Que el señor CPNV-CSM
ZAPATER RAMOS LUIS RICARDO, de conformidad con el artículo 76 letra a), presenta
la solicitud de disponibilidad voluntaria, mediante oficio No.
AE-CPNV-CSM-LZR-2013-007-O-OF, con fecha 06 de septiembre de 2013;
Que en sesión
Ordinaria CONALM No. 2013-006 de 7 de Octubre de 2013, el Consejo de Oficiales
Almirantes, toma conocimiento de la solicitud de disponibilidad presentada por
el señor CPNV-CSM Luis Zapater Ramos y resuelve se realice los trámites
correspondientes para el cambio de situación militar del referido Oficial a
Disponibilidad con fecha 30 de septiembre de 2013;
Que el señor
Comandante General de Marina, mediante Oficio No. AE-COGMAR-PER-2013-1142-O-OF,
remite al Ministerio de Defensa Nacional el expediente mediante el cual se
coloca en situación militar de disponibilidad al mencionado señor oficial.
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65,
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora
Ministra de Defensa Nacional previo pedido del señor Comandante General de la
Fuerza Terrestre.
Decreta:
Art. 1. Colocar
en situación militar de disponibilidad con fecha 30 de septiembre de 2013, al
señor CPNV-CSM LUIS RICARDO ZAPATER RAMOS, de conformidad con el artículo 76,
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Art. 2. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que el
artículo 65, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: ?La
situación militar se establecerá: Para los Oficiales Generales, y dentro de los
Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?;
Que el
artículo 76, letra f) de la referida Ley establece: ?El militar será puesto en
disponibilidad, por una de las siguientes causas: f) Por no haber cumplido los
requisitos establecidos en la presente Ley para el ascenso al inmediato grado
superior,?;
Que mediante
resolución No. 041-EE-1-O-2013 de fecha 18 de septiembre de 2013, el Consejo de
Oficiales Generales de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, resuelve conforme el
artículo 2, colocar en situación militar de disponibilidad, al tenor de lo
dispuesto en el artículo 76 letra f) de la Ley de Personal de Fuerzas Armadas,
a los señores Coroneles pertenecientes a la Fuerza Aérea que con fecha 27 de
octubre de 2013 cumplen con el tiempo de permanencia en el grado; sin embargo
no cumplen con los requisitos determinados en los artículos 101 y 122 letra d) de
la Ley citada; artículos 55 y 56 del Reglamento de los Consejos de Oficiales
Generales o Almirantes de las Fuerzas Armadas y sus anexos, para el ascenso al inmediato
grado superior; entre los cuales constan los señores: CRNL. EMT. AVC. REVELO VILLARREAL
EDGAR ALBERTO Y CRNL. EMT. AVC. ANDRADE MONCAYO RAÚL ALBERTO;
Que conforme
lo dispone el artículo 103 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, el
ascenso al inmediato grado superior del personal militar de la Fuerza Aérea,
está previsto con fecha 27 de octubre de cada año;
Que el señor
Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, ha remitido a la señora
Ministra de Defensa Nacional la documentación respectiva, a fin de que se canalice
el correspondiente Decreto Ejecutivo de disponibilidad de los citados Oficiales de la Fuerza Aérea con fecha
31 de octubre de 2013;
En ejercicio
de las atribuciones conferidas en el artículo 147, número 5) de la Constitución
de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Personal
de las Fuerzas Armadas, a solicitud de la señora Ministra de Defensa Nacional
previo pedido del señor Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana,
Decreta:
Art. 1º. Colocar
en situación militar de disponibilidad, con fecha 31 de octubre de 2013, a los
señores CRNL. EMT. AVC. REVELO VILLARREAL EDGAR ALBERTO Y CRNL. EMT. AVC.
ANDRADE MONCAYO RAÚL ALBERTO, de conformidad con el artículo 76, letra f) de la
Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.
Art. 2°. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la
presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la señora Ministra de Defensa Nacional.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.
Quito, 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que, el señor
Ministro del Interior mediante Acuerdo Ministerial No. 01667 expedido el 28 de
mayo del 2013, procede con esa fecha a colocar en situación transitoria previa
a la baja de las filas de la Institución Policial al señor Coronel de Policía
de E.M. JULIO HERIBERTO NARVAEZ FUEL, de conformidad al Art. 60 literal a) de la
Ley de Personal de la Policía Nacional;
Que, la Ley de
Personal de la Policía Nacional, en su Art. 57 determina que el personal
policial tendrá derecho a seis meses de
transitoria si acreditare por lo menos cinco años de servicio activo; situación
en la que se encuentra el señor Coronel de Policía de E.M. JULIO HERIBERTO NARVAEZ
FUEL, terminándose la misma el 28 de noviembre del 2013;
Que, mediante
Resolución No. 2013-713-CsG-PN de 30 de septiembre del 2013, emitida por el H.
Consejo de Generales de la Policía Nacional resuelve aceptar el pedido de baja
voluntaria de las filas de la Institución Policial solicitada por el señor
Coronel de Policía de E.M. JULIO HERIBERTO NARVAEZ FUEL, acorde a lo que establece
el Art. 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional;
Que, la Ley de
Personal de la Policía Nacional, determina: «Art. 66.- El personal
policial será dado de baja por una de las siguientes causas: …a) Por
solicitud voluntaria con expresa renuncia a la transitoria?;
Que, el Art.
65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía
Nacional, publicada en el Registro Oficial No. 607-S, de junio 08 del 2009,
establece que la baja de los Coroneles de Policía se declarará mediante Decreto
Ejecutivo; y,
Que, el señor
Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la
Policía Nacional, que consta en Oficio No. 2013-02579-CsG-PN de 04 de noviembre
del 2013, solicita al señor Presidente de la República, emita el
correspondiente Decreto Ejecutivo, mediante el cual se proceda a dar de baja de
las filas policiales al señor Coronel de Policía de E.M. JULIO HERIBERTO
NARVAEZ FUEL;
En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el Art. 147, numeral 5 de la Constitución de
la República,
Decreta:
Art. 1.- DAR
DE BAJA de las filas de la Institución Policial con fecha 28 de noviembre del
2013 al señor Coronel de Policía de E.M. JULIO HERIBERTO NARVAEZ FUEL, por
solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria, de
conformidad con el Art. 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.
Art. 2.- De la
ejecución de este Decreto que entrará en vigencia en la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro
del Interior.
Dado, en el
Palacio Nacional, Quito D.M., a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presiente Constitucional de la República.
f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Rafael Correa
Delgado
PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL
DE LA
REPÚBLICA
Considerando:
Que, el artículo
147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé como una
de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores
y jefes de misión;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo 1341, de 31 de octubre de 2012, de conformidad con la
Constitución de la República y la Ley Orgánica del Servicio Exterior, el Embajador
del Servicio Exterior Leonardo Arízaga Schmegel, fue designado Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante la República Bolivariana de
Venezuela, y;
En ejercicio
de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.
Decreta:
ARTÍCULO
PRIMERO.- Agradecer los servicios prestados y dar por terminadas las funciones
del Embajador del Servicio Exterior Leonardo Arízaga Schmegel, como Embajador
Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante la República Bolivariana de
Venezuela.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- Rotar al Embajador del Servicio Exterior Leonardo Arízaga Schmegel,
de la Embajada del Ecuador en la República Bolivariana de Venezuela a la
Cancillería en Quito.
ARTÍCULO
TERCERO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en
vigencia a partir de la fecha de suscripción, encárguese al Ministro de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Dado en el
Palacio Nacional, en Quito, a 5 de diciembre de 2013.
f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
f.) Ricardo
Patiño Aroca, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Quito 10 de
Diciembre del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.
Documento
firmado electrónicamente.
Alexis Mera
Giler
SECRETARIO
GENERAL JURÍDICO
Secretaría
General Jurídica.
Cristian
Castillo Peñaherrera
SECRETARIO
NACIONAL DE LA