MES DE AGOSTO DEL 2001 n

REGISTRO OFICIAL
ORGANO DEL GOBIERNO DEL ECUADOR
Administración del Sr. Dr. Gustavo Noboa Bejarano
Presidente Constitucional de la República
Miércoles 15 de Agosto del 2001
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REGISTRO OFICIAL No. 390
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SUPLEMENTO
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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DR. JOSE A. MOREJON MARTINEZ
DIRECTOR
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TRIBUNALn CONSTITUCIONAL
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n RESOLUCIONES:
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n 119-2001-TP Deséchasen la demanda de inconstitucionalidad propuesta por el H.n diputado por la provincia del Guayas, señor Freddy Celcion Correa Agurto
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n 120-2001-TP Deséchasen la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Sub- Prefecton Jorge Valenzuela Avilés
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n 121-2001-TP Confírmase la resoluciónn emitida por el Juez de instancia y niégase el amparo solicitadon por Simón Bolívar Santi Simbaña y otrosn
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n 122-2001-TP Revócase la resoluciónn expedida por la Primera Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo,n Distrito de Quito con la que concede el amparo solicitado porn el abogado Juan Francisco Alvear Bautista
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n 123-2001-TP Confírmase la resoluciónn emitida por el Juez Tercero de lo Civil del Carchi conn la que se desecha el recurso de amparo constitucionaln presentado por Juan Sigifredo Arellano
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n 124-2001-TP Confírmasen la resolución venida en grado y niégase el amparon propuesto por el señor Lenín Santiago Barragánn Salvador
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n 125-2001-TP Deséchasen la demanda de inconstitucionalidad de la Resolución No.n C.I. 009 de la Comisión Interventora del IESS n interpuesta por Alfonso Quinga Paucar
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n 126-2001-TP Declarar la inconstitucionalidadn de la resolución presidencial contenida en el oficio No.n T812-DAJ-2001-3280 de 10 de mayo del 2001, constante en el Suplementon del Registro Oficial No. 325 de 14 de mayo del 2001, publicadon indebidamente de modo conjunto en la promulgación de lan Ley de Reforma Tributaria, aprobada y ordenada por cl Congreson Nacional; y, suspéndense sus efectos
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n 128-2001-TP No admítesen la solicitud de dirimencia de conflicto de competencia presentadan por el Honorable Congreso Nacional en contra del Presidente Constitucionaln de la República n