MES DE MARZO DEL 2004 n

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Martes, 9 de Marzo del 2004 – R. O. No. 288
n
TRIBUNAL CONSTITUCION
n
DR. JORGE A. MOREJON MARTINEZ
DIRECTOR
FUNCIÓNn EJECUTIVA nn

DECRETOS:

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1368-Bn Concédesen licencia a la doctora Katia Murrieta, Presidenta de la Comisiónn de Supervisión de Recuperación de Cartera.

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1398 Declárase en comisiónn de servicios en el exterior al Embajador Patricio Zuquilandan Duque, Ministro de Relaciones Exteriores.
n
n 1422 Autorízase el viaje yn declárase en comisión de servicios en Santiagon de Chile, al señor Coronel Patricio Acosta Jara, Ministron de Bienestar Social.

nn

1423 Nómbrase al doctor Galon Rene Pérez, representante del Presidente de la Repúblican ante la Comisión Nacional Permanente de Conmemoracionesn Cívicas de la Presidencia de la República.

nn

1425n Acéptasen la renuncia al ingeniero Jorge Patricio Repetto Carrillo y encárgasen el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda al ingeniero Brunon Giuseepe Poggi Guillen.

nn

ACUERDOS:

nn

MINISTERIOn DE AGRICULTURA:

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052 Apruébase el Primern Reglamento Interno de la Comuna «San Rafael Alto»,n domiciliada en el cantón Patato, provincia del Tungurahua.

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053 Refórmase el Acuerdon Ministerial No 52 de 3 de abril del 2003

nn

054n Apruébasen el estatuto y otórgase personería jurídican a la Asociación de Productores Orgánicos del Cantónn Guaranda, Nuevos Surcos «ASAPROCGM, domiciliada en la provincian dé Bolívar

nn

055 Apruébase el estatuton y otórgase personería jurídica a la Asociaciónn de Productores «El Cabeno», domiciliada en la parroquian de Puerto Libre, cantón Gonzalo Pizarra, provincia den Sucumbíos.

nn

056 Apruébase el estatuton y otórgase personería jurídica a la Corporaciónn de Pequeños Trabajadores Agropecuarios de Rocafuerte «ÜPTARM,n domiciliada en el cantón del mismo nombre, provincia den Manabí.

nn

057 Apruébase el estatuton y otórgase personería jurídica a la Asociaciónn de Trabajadores Agrícolas «San Miguel de Moyabamban y Loma Gorda», domiciliada en la parroquia Cangahua, cantónn Cayambe, provincia de Pichincha.

nn

058 Apruébase el estatuton y otórgase personería Jurídica a la Asociaciónn de Pequeños Ganaderos «16 de Julio», domiciliadan en la parroquia Junquillal, cantón Salitre, provincian del Guayas.

nn

MINISTERIOn DP EDUCACIÓN:

nn

244n Desígnasen a la doctora Beatriz Caicedo, como delegada ante el SECAP.

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301 Desígnase al doctorn Raúl Portilla, como delegado ante el Consejo de Administraciónn de la Fundación Cultural La Condamine.

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332n Delégansen atribuciones a la señora Subsecretaría de Cultura.

nn

386 Desígnase a los doctoresn Ivo Orellana Carrera y Freddy Chum Mendoza, como delegados anten la Comisión Ejecutiva para la Vivienda del Magisterio.

nn

MINISTERIOn DE ECONOMÍA Y FINANZAS:

nn

Deléganse a variosn funcionarios de esta Secretaría de Estado, para que representenn al señor Ministro en las sesiones de diferentes instituciones:

nn

043n Licenciado Carlosn Vásconez, ante el Directorio del Banco del Estado.

nn

045 Economista Diego Mancheno Ponce,n ante el Comité Especial de Licitación de PETROECUADORn (CEL).

nn

046 Economista Diego Mancheno Ponce,n ante el Consejo Nacional de Modernización del Estado,n CONAM.

nn

052 Licenciado Carlos Vásconez,n ante el Directorio del Banco del Estado.

nn

303 Licenciado Carlos Vásconez,n ante el Directorio del Banco del Estado.

nn

314-A Economista Diego Mancheno Ponce,n ante el Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI).

nn

325 Ingeniero Vicente C. Páez,n ante la H. Junta de Defensa Nacional.

nn

326n Licenciado Jorgen Arturo Recaído Y., ante el Directorio del Fondo de Solidaridad.

nn

327 Economista Diego Mancheno Ponce,n ante el Directorio de la Corporación Financiera Nacionaln (CFN).

nn

328n Señorn Fernando Yépez Villacís, ante el Consejo Nacionaln de Remuneraciones del Sector Público, CONAREM.

nn

MINISTERIOn DE ENERGÍA Y MINAS:

nn

017 Refórmase el Reglamenton Sustitutivo del Reglamento de Operaciones Hidrocarburíferas.

nn

MINISTERIOn DE GOBIERNO:

nn

0010 Rectifícase la identificaciónn numérica de la Comisaría Primera de la Mujer yn la Familia del Cantón Puyo.

nn

RESOLUCIONES:

nn

CONSEJOn NACIONAL DE VALORES:

nn

CNV-001-2004n Expídesen la tabla de contribuciones para el año 2004, que debenn pagar los partícipes inscritos en el Registro del Mercadon de Valores.

nn

SUPERINTENDENCIAn DE BANCOS Y SEGUROS:

nn

Califícanse an varias personas para que puedan ejercer el cargo de perito avaluadorn en las instituciones del sistema financiero, de bienes inmueblesn en las sociedades financieras, de maquinaria, vehículos,n mercaderías y .equipos industriales; y, en los bancosn privados, que realizan intermediación financiera con eln público que se encuentran bajo control de esta entidad:

nn

SBS-DN-2004-0107 Arquitecta Wilma Mercedes Crespon Jiménez.

nn

SBS-DN-2004-0108 Ingeniero civil Marco Bolívarn Altamirano Villacreses.

nn

SBS-DN-2004-0109n Ingeniera civiln Isabel Cristina Paucar Urbina.

nn

SBS-DN-2004-0110 Señor Rodrigo Napoleónn Pozo Peñafiel.

nn

SBS-DN-2004-0111 Ingeniero civil Francisco Xaviern Toral Amador.

nn

SBS-DN-2004-0112 Ingeniera comercial Lilia Mercedesn Moreno Ávila.

nn

SBS-DN-2004-0115 Ingeniero en control e instrumentaciónn Hugo Quintana Jedermmann.

nn

SBS-DN-2004-0116n Ingeniero civiln Luis Alberto Campuzano Castro.

nn

SBS-DN-2004-0117n Ingeniero civiln Germán Danilo Rosero Vásconez.

nn

SBS-DN-2004-0120 Ingeniero civil Ivánn Patricio ROJBS Orozco

nn

FUNCIÓNn JUDICIAL

nn

CORTEn SUPREMA DE JUSTICIA
n SEGUNDA SALA DE LO PENAL:

nn

Recursos de casaciónn en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas:

nn

466-03 José Eudoro Chamba Chamban por el delito de homicidio simple en perjuicio de Juan Pay García.

nn

467-03n Osear Geovannyn Guzmán Peña por el delito tipificado y reprimidon en el Art. 418 del Código Penal.

nn

468-03 Rubén Darío Cárdenasn Herrera y otros por el delito de robo agravado, tipificado yn reprimido en los artículos 550 y 552 del Códigon Penal.

nn

470-03 Gregorio Robinson Ávilan Macías por el delito de robo en perjuicio de INEPACA S.A.

nn

472-03 Marisol del Rocío Naranjon Moposita por el delito tipificado y sancionado en el Art. 64n de la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

nn

475-03n Klévern Raúl Carvajal Castro y otro por el delito de lesionesn tipificado y sancionado en el Art. 464 del Código Penaln en perjuicio de Rosa Elena Gavilanes.

nn

ORDENANZASn MUNICIPALES:

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Cantónn Mocache: Quen expide el Reglamento reformado para el pago de los gastos den representación y residencia de los funcionarios municipales.

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Cantónn Jaramijó: Quen expide el Instructivo general de aplicación de la Ordenanzan para la prevención y control de la contaminaciónn de desechos industriales, de producción y de servicios.

nn

Cantónn Samborondón: Den constitución y funcionamiento del Cuerpo de Bomberos.. n

n nn

No1368-B

nn

Lucio Gutiérrez Borbúa
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confieren el artículo 171 numeral 9 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Decreta:

nn

ARTÍCULO PRIMERO.- Conceder a la doctora Katia Murrieta,n Presidenta de la Comisión de Supervisión de Recuperaciónn de Cartera, licencia del 11 al 20 de febrero del presente año,n á fin de que pueda ausentarse del país y atendern asuntos de índole personal.

nn

ARTÍCULO SEGUNDO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 11 de febrero deln 2004.

nn

f.) Lucio Gutiérrez Borbúa, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.
n
n f.) Dr. Guillermo Astudillo Ibarra, Subsecretario General den la Administración Pública.

nn

No 1398

nn

Lucio Gutiérrez Borbúa
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el 17 de febrero del 2004, en la ciudad de Bogotá,n Colombia se llevará a cabo la III Reunión de Alton Nivel Ecuatoriana – Colombiana;

nn

Que el Embajador Patricio Zuquilanda Duque, Ministro de Relacionesn Exteriores presidirá la delegación del Ecuadorn que participará en la III Reunión de Alto Niveln Ecuatoriana – Colombiana; y,

nn

En ejercicio de las facultades que le confiere el artículon 171, incisos 9 y 12 de la Constitución Polítican de la República,

nn

Decreta:

nn

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar al Embajador Patricio Zuquilandan Duque, Ministro de Relaciones Exteriores, en comisiónn de servicios con sueldo del 16 de al 18 de febrero del 2004,n y reconocerle los gastos de representación, pasajes aéreos,n así como tres días de viáticos.

nn

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los pasajes aéreos, viáticos,n gastos de representación y otros relacionados con esten desplazamiento, se aplicarán al presupuesto del Ministerion de Relaciones Exteriores.

nn

ARTÍCULO TERCERO.- Mientras dure la ausencia del Ministron de Relaciones Exteriores, se encarga dicha Cartera de Estadon al Embajador Edwin Johnson López, Viceministro de Relacionesn Exteriores.

nn

ARTÍCULO CUARTO.- De la ejecución del presenten decreto se encargará .el señor Ministro de Relacionesn Exteriores.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de febrero deln 2004.

nn

f.) Lucio Gutiérrez Borbúa, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Guillermo Astudillo Ibarra, Subsecretario Generaln de la Administración Pública.

nn

No 1422

nn

Lucio Gutiérrez Borbúa
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículon 171 numeral 9 de la Constitución Política de lan República,

nn

Decreta:

nn

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar enn comisión de servicios, en Santiago de Chile, del 9 aln 12 de marzo del 2004, al señor Coronel Patricio Acostan Jara, Ministro de Bienestar Social, a fin de que participe enn la Mesa Directiva del Comité Especial sobre Poblaciónn y Desarrollo que tendrá lugar en esa ciudad, en la seden de la CEPAL.

nn

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los pasajes aéreos de idan y retorno, viáticos y gastos de representaciónn del señor Ministro, se aplicarán al presupueston del Ministerio de Bienestar Social.
n
n ARTÍCULO TERCERO.- Mientras dure la ausencia del titularn se encarga dicho Portafolio, al economista Víctor Hugon Mora Marfetán, Subsecretario de Desarrollo Institucional.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 27 de febrero deln 2004.

nn

f.) Lucio Gutiérrez Borbúa, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Guillermo Astudillo Ibarra, Subsecretario Generaln de la Administración Pública.

nn

No 1423

nn

Lucio Gutiérrez Borbúa
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 1 deln Decreto Ejecutivo 738 de 20 de agosto del 2003, publicado enn el Registro Oficial No 157 de 28 de los mismos mes y año,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Nómbrase al Dr. Galo Rene Pérez, representanten del Presidente de la República ante la Comisiónn Nacional Permanente de Conmemoraciones Cívicas de la Presidencian de la República, quien la presidirá.

nn

Art. 2.- Derógase el Decreto Ejecutivo No 1132 de 2n de diciembre del 2003, publicado en el Registro Oficial No 231n de 12 de los mismos mes y año, mediante el cual se nombrón al Dr. Jorge Marcos Pino, representante del Presidente de lan República ante la referida comisión.

nn

Art. 3.- El presente decreto entrará en vigencia an partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 27 de febrero deln 2004.

nn

f.) Lucio Gutiérrez Borbúa, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Guillermo Astudillo Ibarra, Subsecretario Generaln de la Administración Pública.

nn

No 1425

nn

Lucio Gutiérrez Borbúa
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

nn

En consideración a la renuncia presentada por el ingenieron Jorge Patricio Repetto Carrillo, al cargo de Ministro de Desarrollon Urbano y Vivienda; y,

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículon 171 numeral 10 de la Constitución Política de lan República,

nn

Decreta:

nn

ARTÍCULO PRIMERO.- Acéptase la referida renuncian agradeciendo al ingeniero Jorge Patricio Repetto Carrillo, porn los servicios prestados al país, desde las funciones quen le fueron encomendadas.

nn

ARTÍCULO SEGUNDO.- Mientras se designa al titular,n se encarga el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, aln ingeniero Bruno Giuseepe Poggi Guillen, Subsecretario de Desarrollon Organizacional.

nn

ARTÍCULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 1 de marzo del 2004.

nn

f.) Lucio Gutiérrez Borbúa, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Guillermo H. Astudillo Ibarra, Secretario Generaln de la Administración Pública (E).

nn

No 052

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 5946 de 21 de marzo den 1966, el ex-Ministerio dé Previsión Social y Trabajo,n otorgó personería jurídica a la Comuna «SANn RAFAEL ALTO», domiciliada en el cantón Patate, provincian del Tungurahua;

nn

Que en asambleas generales de comuneros, llevadas a cabo losn días 20 y 22 de febrero del 2003, se conoció, discutión y aprobó el primer reglamento interno de la organización,n resolviendo someterlo a consideración del Ministerio den Agricultura y Ganadería;

nn

Que el Director Provincial Agropecuario de Tungurahua, conn oficio No. 180 DPA-TG de 4 de junio del 2003, emitió informen favorable;

nn

Que el Director Nacional de Desarrollo Campesino, con memorandon No. 349 DDC/DGOC de 19 de junio del 2003, emitió informen favorable, para la aprobación del reglamento;

nn

Que el Director de Asesoría Jurídica de esten Ministerio, informó sobre la legalidad del trámite;n y,

nn

En ejercicio de las facultades conferidas por los Arts. 176n y 179, numeral 6 de la Constitución Política den la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 3 y 4 de la Ley de Organización y Régimen de Comunasn y Acuerdo Ministerial 303 de 28 de octubre del 2002, publicadon en el Registro Oficial No. 715 de 29 de noviembre del mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el Primer Reglamento Interno de la Comunan «SAN RAFAEL ALTO», domiciliada en el cantónn Patate, provincia del Tungurahua.

nn

Art. 2.- Disponer se tome nota del particular en el Registron General de Comunas que, para el efecto, lleva la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo de esta Secretaría de Estado.

nn

Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, an 4 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copian del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestiónn de Desarrollo Organizacional.- MAG. Fecha: 19 de febrero deln 2004.

nn

No 053

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 225, publicado en eln Registro Oficial No. 372 de 30 de julio de 1998, se expidión el Reglamento Orgánico Funcional del Ministerio de Agriculturan y Ganadería;

nn

Que, con Acuerdo Ministerial No. 52 de 3 abril del 2003, sen efectuaron varias reformas al citado reglamento orgánicon funcional de esta Secretaría de Estado;

nn

Que, con oficio No. 23-CR-MAG de 29 de agosto del 2003, eln Ing. Emilio Barriga, Presidente de la Comisión de Reingenierían por Procesos del MAG, ha informado que en la visita efectuadan a la provincia de Napo, ha detectado una situación contrarian a la que observó en la de Pastaza; esto es, que la primeran cuenta con una infraestructura física y con personal quen facilitarían suficiente apoyo para el funcionamiento den la Subsecretaría Regional de la Amazonía, trasladandon la sede de la misma para que cumpla sus actividades en la ciudadn de Tena, en reemplazo de la ciudad de El Puyo;

nn

Que, con oficios Nos. 104-SRA-MAG, 134-03-DPNA- MAG, 152-03-SRA-MAGn y 225-SRA-03 de 10 de junio, 15 de septiembre, 27 de octubren y 21 de noviembre del 2003, remitidos por el señor Fabiánn Chicaiza Huaca, Subsecretario Regional de la Amazonía,n a dos ex-titulares de este Portafolio y al actual señorn Ministro, solicita se modifique el Acuerdo Ministerial No. 52n de 3 de abril del 2003, para que conste la ciudad de Tena, capitaln de la provincia de Napo, como sede de la indicada Subsecretaría;

nn

Que, se ha trasladado a conocimiento del señor Secretarion General de la Administración Pública las modificacionesn introducidas en el Reglamento Orgánico Funcional del MAGn y a introducirse en el Acuerdo Ministerial No. 52, citado; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeraln 6 del Art. 179 de la Constitución Política de lan República del Ecuador y el Art. 17 del Estatuto del Régimenn Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- REFORMAR el Acuerdo Ministerial No. 52 de 3 de abriln del 2003, en la siguiente forma:

nn

En el Art. 3, en el texto sustituido del Art. 10 anterior,n en donde dice: «tendrá su sede en la ciudad de Puyo»,n dirá: «tendrá su sede en la ciudad de Tena».

nn

– En la parte final del Art. 4, en donde dice: «Direcciónn Provincial Agropecuaria de Pastaza», dirá: «Direcciónn Provincial Agropecuaria de Napo».

nn

– En el Art. 5, en donde dice: «el señor Subsecretarion General», dirá: «el señor Viceministro».

nn

Art. 2.- En todo lo demás, continúan vigentesn las disposiciones del Acuerdo Ministerial No, 52 de 3 de abriln de 2003, dictado por este Ministerio.

nn

Art. 3.- Este acuerdo ministerial entrará en vigencian a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio den su publicación en el Registro Oficial.

nn

Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 4 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copian del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestiónn de Desarrollo Organizacional.-MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 054

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que se han presentado en esta Cartera de Estado los requisitosn indispensables para la aprobación del estatuto y el otorgamienton de personería jurídica a la pre-Asociaciónn de Productores Orgánicos del Cantón Guaranda NUEVOSn SURCOS «ASAPROCGM, domiciliada en la provincia de Bolívar:

nn

Que el Director Provincial Agropecuario de Bolívar,n con oficio No. 171 DC-DPA-BO de 11 de diciembre del 2003, emitión informe favorable;

nn

Que el Director para la Implementación de la Planificaciónn del Desarrollo Agropecuario, Agroforestal y Agroindustrial Orientadon a Cadenas Agroproductivas, con memorando No. 23 SIA/DIPA de 9n de enero del 2004, emitió informe favorable:

nn

Que, el Director de Desarrollo de Organizaciones Agroproductivas,n con memorando No. 59 SFA/DOA/MAG de 20 de enero del 2004, emitión informe favorable y calificó a los socios fundadores den la organización;

nn

Que el Director de Asesoría Jurídica de estan Cartera de listado informó sobre la legalidad del trámite;n y,

nn

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículosn 176 y 179, numeral 6 de la Constitución Polítican de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 1 y 10 del Acuerdo Ministerial No. 307 de 14 de noviembre deln 2002, publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembren del mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personería jurídican a la Asociación de Productores Orgánicos del Cantónn Guaranda, NUEVOS SURCOS «ASAPROCG», domiciliada enn la provincia de Bolívar.

nn

Art. 2.- Calificar como socios fundadores de la organizaciónn a las siguientes personas:

nn

No. NOMBRES No. CÉDULA

nn

1 Allauca Azogue Juan Manuel 020155487-0
n 2 Avilés Chimbolema José Manuel 020105269-3
n 3 Azogue Chugchilán María Juana 020051576-5
n 4 Caiza Yanchaliquín Segundo Félix 020067685-6
n 5 Chela Morocho Sergio César 020024725-2
n 6 Cometió Sigcha Manuel 020050771-3
n 7 Cornelio Yanchaliquín Kléver Oswaldo 020151628-3
n 8 García Paredes Juan Evangelista 020003407-2
n 9 Llugcha Tisalema Enrique Astolfo 020041475-3
n 10 Faénala Agualongo Segundo 020066738-4
n 11 Paguay Chacha Segundo Fredy 020112052-4
n 12 Pazmiño Vásconez Rodrigo Nilo 020017841-6
n 13 Ramos Alarcón Jesús Enrique 020024717-9
n 14 Saltos Solórzano Si I vio Enrique 020004469-1
n 15 Silva Cajas Edgar Rodrigo 060057542-7
n 16 Yanchaliquín Chimborazo María Juana 020086112-8
n 17 Yanchaliquín Yanchaliquín Segundo Franciscon 020078742-2

nn

Art. 3.- Disponer su inscripción en el Registro Generaln de Asociaciones que para el efecto, lleva la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo de esta Secretaria de Estado.

nn

Dado en Quito, a 6 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.» Es fieln copia del original.» Lo certifico.

nn

f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.

nn

MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 055

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que se han presentado en esta Cartera de Estado los requisitosn indispensables para la aprobación del estatuto y el otorgamienton de personería jurídica a la pre-Asociaciónn de Productores «EL CABENO», domiciliada en la parroquian Puerto Libre, cantón Gonzalo Pizarro, provincia de Sucumbíos;

nn

Que el Director Provincial Agropecuario de Sucumbíos,n con oficio s/n de 12 de enero del 2004, emitió informen favorable;

nn

Que el Director para la Implementación de la Planificaciónn del Desarrollo Agropecuario, Agroforestal y Agroindustrial Orientadon a Cadenas Agroproductivas-DIPA, con memorando No. 66 SFA/DIPA/MAGn de 21 de enero del 2004, emitió informe favorable, formulandon observaciones y recomendando sean incorporadas en el texto deln estatuto al momento de su aprobación:

nn

Que el .Director de Desarrollo de Organizaciones Agroproductivas,n con memorando No. 76 SFA/DOA/MAG de 23 de enero del 2004, emitión informe favorable y calificó a los socios fundadores den la organización;

nn

Que el Director de Asesoría Jurídica de estan Cartera de Estado informó sobre la legalidad del trámite;n y,

nn

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículosn 176 y 179, numeral 6 de la Constitución Polítican de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 1 y 10 del Acuerdo Ministerial No. 307 de 14 de noviembre deln 2002, publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembren del mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el, estatuto y otorgar personerían jurídica a la Asociación de Productores «ELn CABENO», domiciliada la parroquia Puerto Libre, cantónn Gonzalo Pizarro, provincia de Sucumbíos, con la siguienten modificación:

nn

· En el Art. 23, el literal h) reemplácese porn el siguiente:

nn

«El Presidente de la Asociación tiene la obligaciónn de presentar anualmente un informe de actividades al Ministerion de Agricultura y Ganadería, Subsecretaría de Fomenton Agroproductivo».

nn

Art. 2.- Calificar como socios fundadores de la organizaciónn a las siguientes personas:

nn

No. NOMBRES No. CÉDULA

nn

1 Córdova Elsa Fanny 150042025-0
n 2 Cuaspa Irua Carlos Calito 150020842-4
n 3 Guala Salazar Ángel Mesías 170475299-5
n 4 Heredia Manobanda Anita Colombia 150028117-3
n 5 Herrera Burbano Julio Arturo 150028285-8
n 6 Herrera Burbano Walter Oswaldo 150004153-6
n 7 Herrera Cuaspa Jaime Rober 210009282-0
n 8 Morocho Arévalo Salvador Moisés 210015285-5
n 9 Morocho López Ángel 060026343-8
n 10 Morocho Tacuri Efraín 070115860-2
n 11 Ordóñez Minda Carlos Jonás 100239438-3
n 12 Ordóñez Minda Guido Yanet 100193985-7
n 13 Parra Méndez José Abelardo 040041657-4
n 14 Ramírez Carlos Víctor 150047936-3
n 15 Rayo Mejía Carlos Alberto 170024559-8
n 16 Rayo Yépez Fausto Esteban 210003055-6
n 17 Rayo Yépez Gabriel Patricio 210010822-0
n 18 Tandazo Abelardo 110055226-2

nn

Art. 3.- Disponer su inscripción en el Registro Generaln de Asociaciones que para el efecto, lleva la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo de esta Secretaria de Estado.

nn

Dado en Quito, a 6 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copian del original.- Lo certifico.- f.) Director de Gestiónn de Desarrollo Organizacional.-MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 056

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que se ha presentado en este Ministerio la documentaciónn necesaria para la aprobación del estatuto y el otorgamienton de personería jurídica de la pre-Corporaciónn de Pequeños Trabajadores Agropecuarios de Rocafuerte «UPTARM,n domiciliada en el cantón del mismo nombre, provincia den Manabí:

nn

Que el Director para la Implementación de la Planificaciónn del Desarrollo Agropecuario, Agroforestal y Agroindustrial Orientadon a Cadenas Agroproductivas, con memorando No. 3 SFA/DIPA/MAG den 6 de enero del 2004, emitió informe favorable, formulandon observaciones y recomendando sean incorporadas en el texto deln estatuto al momento de su aprobación;

nn

Que el Director de Asesoría Jurídica de esten Ministerio ha informado sobre la legalidad del trámite:n y,

nn

En ejercicio de la facultad que le confieren los Arts. 176n y 179, numeral 6 de la Constitución Política den la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 1 y 3 del Decreto Ejecutivo No. 3054 de 30 de agosto del 2002,n publicado en el Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembren del mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personería jurídican a la Corporación de Pequeños Trabajadores Agropecuariosn de Rocafuerte «UPTARM, domiciliada en el cantón deln mismo nombre, provincia de Manabí, con la siguiente modificación:

nn

· En el Art. 28, inclúyase el literal f.) quen dirá: «Informar anualmente a la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo del Ministerio de Agricultura y Ganadería;n sobre las actividades de la Corporación, que justifiquenn la vida activa de la misma; así como el de actualizarn los datos de: dirección de oficinas, teléfono,n fax, correo electrónico que dispongan y nóminan de los Directivos de la Organización».

nn

Art. 2.- Calificar como miembros fundadores de la organizaciónn a las siguientes personas:

nn

No. NOMBRES No. CÉDULA

nn

1 Bazurto Ampuero Natividad del Jesús 130315934-5
n 2 Cedeño Mendoza José Luis Gonzalo 130314544-3
n 3 Celorio Solórzano Betsy Ramona 130459996-0
n 4 Cobeña Llerena Nay Zita 130606070-6
n 5 Lucas Zambrano Dolores Magdalena 130326716-3
n 6 Párraga Góngora Dilmo Vidal 130531569-7
n 7 Rodríguez Mendoza Olmedo de la Cruz 130035618-3
n 8 Ruiz Rivadeneira Luis Eduardo 130593292-1
n 9 Vera Vergara Wilson Agustín 130639713-2
n 10 Vergara Ostaiza Moisés Salvador 130582571-1
n 11 Zambrano Loor Aura Celeste 130433713-0
n 12 Zambrano Muñoz Jesús Milciades 130050089-7

nn

Art. 3.- Tómese nota del particular en el Registron General de Fundaciones y Corporaciones que, para el efecto, llevan la Subsecretaría de Fomento Agroproductivo de esta Carteran de Estado.

nn

Dado en Quito, a 6 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.» Es fieln copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.

nn

MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 057

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que se han presentado en esta Cartera de Estado los requisitosn indispensables para la aprobación del estatuto y el otorgamienton de personería jurídica a la pre-Asociaciónn de Trabajadores Agrícolas «SAN MIGUEL DE MOYABAMBAn Y LOMA GORDA», domiciliada en la parroquia Cangahua, cantónn Cayambe, provincia de Pichincha;

nn

Que el Director Provincial Agropecuario de Pichincha, conn memorandos Nos. 628 y 016 DPA-PCH-DT de 29 de septiembre deln 2003 y 8 de enero del 2004, respectivamente, emitió informen favorable;

nn

Que el Director de Desarrollo de Organizaciones Agroproductivas,n con memorando No. 199 SFA/DOA/MAG de 26 de noviembre del 2003,n emitió informe favorable y calificó a los sociosn fundadores de la organización;

nn

Que el Director para la Implementación de la Planificaciónn del Desarrollo Agropecuario, Agroforestal y Agroindustrial Orientadon a Cadenas Agroproductivas, con memorando No. 107 SFA/SAI/MAGn de 28 de enero del 2004, emitió informe favorable, formulandon observaciones y recomendando sean incorporadas en el texto deln estatuto al momento de su aprobación;

nn

Que el Director de Asesoría Jurídica de estan Cartera de Estado informó sobre la legalidad del trámite;n y,

nn

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículosn 176 y 179, numeral 6 de la Constitución Polítican de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 1 y 10 del Acuerdo Ministerial No. 307 de 14 de noviembre deln 2002, publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembren del mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personería jurídican a la Asociación de Trabajadores Agrícolas «SANn MIGUEL DE MOYABAMBA Y LOMA GORDAM, domiciliada en la parroquian Cangahua, cantón Cayambe, provincia de Pichincha, conn las siguientes modificaciones:

nn

· En el Art. 2, el literal c) sustitúyase porn el siguiente:

nn

«Capacitar a los socios en técnicas agropecuariasn para mejorar la producción y productividad».

nn

· En el Art. 2, inclúyase el literal h) quen dirá: «Promover el uso de recursos naturales, agua,n suelo, vegetación con técnicas de manejo, recuperaciónn y conservación que no afecten al medio ambiente».

nn

· En el Art. 22, el literal h) dirá: «Presentarn informes anuales a la Asamblea General, los mismos que deberánn ser remitidos a la Subsecretaría de Fomento Agroproductivon del MAG».

nn

Art. 2.- Calificar como socios fundadores de la organizaciónn a las siguientes personas:

nn

No. NOMBRES No. CÉDULA

nn

1 Acero Chiquimba Segundo Juan 170567258-0
n 2 Acero Farinango Juan Miguel 170806725-9
n 3 Andrango Coyabo Segundo Carlos 171138121-8
n 4 Andrango Coyago Asciencio 170505243-7
n 5 Andrango Tugulinago Ramón Alejandro 171229610-0
n 6 Aules Farinango José Miguel 171158044-7
n 7 Aules Farinango Pablo 170557908-2
n 8 Aules Pilataxi Rosa María 171098449-1
n 9 Aules Pilca Juan Hernán 171391400-8
n 10 Aules Quilumbaquín Paulino 170400177-3
n 11 Farinango Pilataxi José Guillermo 171677451 -6

nn

12 Farinango Acero Rafael 171043906-6
n 13 Farinango Andrango José Nicolás 171043904-1
n 14 Farinango Andrango Vicente Andrés 171175224-4
n 15 Farinango Aules Esteban 170853308-6
n 16 Farinango Aules Juan 170639118-0
n 17 Farinango Coyago José Virgilio 171213534-0
n 18 Farinango Farinando Segundo Miguel 171295256-1
n 19 Farinango Farinango José Venancio 170845963-9
n 20 Farinango Farinango José Luis 171180126-4
n 21 Farinango Farinango Josefina 170400400-9
n 22 Farinango Pilca Segundo Modesto 171084608-8
n 23 Farinango Tandayamo José Miguel 170827207-3
n 24 Farinango Tandayamo Segundo Manuel 170400304-3
n 25 Farinango Toapanta Segundo Andrés 170446365-0
n 26 Farinango Toapanta Virgilio 170636084-7
n 27 Pilataxi Tallana Segundo José 170409063-6
n 28 Pilataxi Tugulinago José Lorenzo 171031532-4
n 29 Pillaje Tugulinago Pedro Segundo 170961810-0
n 30 Tandayamo Pinango Segundo Manuel 170736863-3
n 31 Toapanta Farinango Fermino 170636320-5
n 32 Toapanta Farinango Francisco 170897854-7
n 33 Toapanta Farinango Isidro 170472687-4
n 34 Toapanta Farinango José Virgilio 171579422-6
n 35 Toapanta Farinango Manuel Juan Cruz 170799267-1
n 36 Toapanta Farinango Segundo 170963479-2
n 37 Tugulinago Andrango Hilario José 171339013-4

nn

Art. 3.- Disponer su inscripción en el Registro Generaln de Asociaciones que, para el efecto, lleva la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo de esta Secretaría de Estado.

nn

Dado en Quito, a 6 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copian del original.- Lo certifico.

nn

f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.

nn

MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 058

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

nn

Considerando:

nn

Que se ha presentado en esta Cartera de Estado los requisitosn indispensables para la aprobación del estatuto y el otorgamienton de personería jurídica a la pre-Asociaciónn de Pequeños Ganaderos «16 DE JULIO», domiciliadan en la parroquia Junquillal, cantón Salitre, provincian del Guayas;

nn

Que el Director Provincial Agropecuario del Guayas, con oficion No. 432 DPAG de 7 de octubre del 2003, emitió informen favorable;

nn

Que el Subsecretario de Fomento Agroproductivo (E), con memorandon No. 95 SFA/DÓA/MAG de 27 de octubre del 2003, emitión informe favorable y calificó a los socios fundadores den la organización;

nn

Que el Director para la Implementación de la Planificaciónn del Desarrollo Agropecuario, Agro forestal y Agroindustrial Orientadon a Cadenas Agroproductivas, con memorando No. 278 DIPA de 8 den diciembre del 2003, emitió informe favorable, formulandon observaciones y recomendando sean incorporadas en el texto aln momento de su aprobación;
n Que el Director de Asesoría Jurídica de esta Carteran de Estado, informó sobre la legalidad del trámite;n y,

nn

En ejercicio de las facultades que le confieren los artículosn 176 y 179, numeral 6 de la Constitución Polítican de la República del Ecuador, en concordancia con los Arts.n 1 y 10 Acuerdo Ministerial No. 307 de 14 de noviembre del 2002,n publicado en el Registro Oficial No. 725 de 16 de diciembre deln mismo año,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personería jurídican a la Asociación de Pequeños Ganaderos «16n DE JULIO», domiciliada en la parroquia Junquillal, cantónn Salitre, provincia del Guayas, con las siguientes modificaciones:

nn

· En el Art. 4, inclúyase el literal h) quen dirá: «Realizar proyectos de producción ganaderan que permitan explotar los recursos naturales, agua, suelo y vegetación,n con técnicas de manejo y conservación que no alterenn el medio ambienten.

nn

· En el Art. 25, inclúyase el literal e) quen dirá: «El Presidente de la Asociación tienen la obligación de enviar a la Subsecretaría de Fomenton agroproductivo, el informe anual de actividades y proyectos aprobadosn por la Asamblea General; además nómina de socios,n directiva que preside, dirección domiciliaria y teléfono,n que demuestre la vida activa de la misma».

nn

Art. 2.- Calificar como socios fundadores de la organizaciónn a las siguientes personas:

nn

No. NOMBRES No. CÉDULA

nn

1 Adrián Cedeño Apolo Victoriano 090362787-5
n 2 Adrián Dume José Antonio 091617085-5,
n 3 Alvarado Castro Hilario Amaceto 091283229-2
n 4 Bajaña Jurado Félix Arturo 090076710-4
n 5 Bajaña Naranjo Nicolás Luciano 090993369-1
n 6 Bajaña Reyes Agapito Gregorio 090933078-9
n 7 Bajaña Sesme Manuel Jesús 091684872-4
n 8 Barreiro Villacrés Dionisio 090155039-2
n 9 Canales Avelino Diógenes Francisco 091580788-7
n 10 Canales Sesme Raúl Eduardo 092039547-2
n 11 Canto Alvarado Arcadio 091176062-7
n 12 Cantos Sánchez Geovanny Jacinto 091617403-0
n 13 Castro Espinoza Alcides Jonny 091741039-1
n 14 Castro Jiménez Hugo Virgilio 090526319-0
n 15 Castro Quinto Dilberto Gavino 090246617-6
n 16 Cedeño Sesme Luis Alberto 090194074-2
n 17 Cortez Canto Mario Andalecio 090920977-7
n 18 Cortez Espinoza Luis Femando 092003588-8
n 19 Cortez Moran Bunner Jacinto 091335796-8
n 20 Dume Silva José Alejandro 090480135-4
n 21 Duque Contreras Freddy Saturno 091370053-0
n 22 Espinoza Briones Armando Máximo 091381300-2
n 23 Espinoza Jiménez Darío Segundo 090749373-8
n 24 Franco Alvarado Julio Franklin 091518575-5
n 25 Fuentes Alvarado Nelson Andrés 091294155-6
n 26 Germán Murillo Pablo Pabel 091161154-9
n 27 Haro Rivas Armando Rene 091764927-9
n 28 Haro Villamar José Guillermo 091099364-2
n 29 Heredero Subiaga Camilo Wilfrido 091368499-9
n 30 Jurado Avilés Hernán Clemente 091468067-3
n 31 Jurado Alvarado Hugo Macario 090509993-3
n 32 Jurado Espinoza Wilson Guido 090906384-4
n 33 Jurado Silva Kléver Fortunato 090707956-0
n 34 Magallanes Alvarado Horacio Javier 092088071-3
n 35 Magallanes Salazar Milton Lorenzo 091170610-9
n 36 Maldonado Bajaña Eleuterio Perfecto 090197180-4
n 37 Mejía Mindiolaza Digno José 091182487-8
n 38 Mindiolaza Cortez Freddy Carlos 091693651-1
n 39 Mindiolaza Mota Honorato Marcelino 090281788-1
n 40 Mindiolaza Quinto Juan Antonio 090545870-9
n 41 Moncayo Mora Wilson Marcelino 091030788-3
n 42 Mora Bajaña Yony Lalito 091435795-9
n 43 Moran Martínez Mariano Jesús 090526765-4
n 44 Mota Ortega Wulian Antonio 091296163-8
n 45 Muñoz Salazar Vicente Francisco 092098068-7
n 46 Orellana Román Hilda Eulalia 090944980-3
n 47 Pinela Bohórquez Yinsop Stalin 091681041-9
n 48 Quinto Alvarado Benedicto 090251995-8
n 49 Quinto Alvarado Hugo 090899321 -5
n 50 Quinto Cedeño Emilio Mariano 091249110-7
n 51 Quinto Espinoza Kléber Efraín 090484755-5
n 52 Quinto Espinoza Eddyn Francisco 091516688-8
n 53 Quinto Jiménez Fausto Manuel 090608170-8
n 54 Quinto Jiménez Nilo Manuel 091902827-4
n 55 Quinto Martínez Carlos Luis 091474765-4
n 56 Quiñónez Piguabe Dubal Rigail 091130042-4
n 57 Quinto Salazar Francisco Teodoro 090992509-1
n 58 Quinto Sánchez Fausto Gerardo 090281693-3
n 59 Quinto Silva Sergio Alfredo 091382968-5
n 60 Reyes Aroca Miguel Eladio 090188015-3
n 61 Rivas León Jorge Mateo 090223267-7
n 62 Rivas Jiménez Rómulo Germán 090131098-7
n 63 Rivas León Benigno Amoldo 090130707-4
n 64 Román Rivas Nilo Rolando 090938983-5
n 65 Salavarria Muñoz Cirilo Segundo 091906062-4
n 66 Salazar Izquierdo Manuel María 091409805-8
n 67 Sánchez Cantos Juan Francisco 090466515-5
n 68 Sánchez Cesme Juan Bolívar 091978455-3
n 69 Sánchez Martínez Leonardo Eleocadio 090845189-1
n 70 Sánchez Sesme Luis Gilberto 090285569-1
n 71 Sánchez Sesme William Washington 090797549-4
n 72 Sesme Plúas Jorge Simeón 091617566-4
n 73 Sesme Sánchez Germán Antonio 091946901 -5
n 74 Silva Silva Luis Antonio 090854456-2
n 75 Sotomayor Castro Jhonny Alfonso 092227164-8

nn

Art. 3.- Disponer su inscripción en el Registro Generaln de Asociaciones que, para el efecto, lleva la Subsecretarían de Fomento Agroproductivo de esta Secretaría de Estado.

nn

Dado en Quito, a 6 febrero del 2004.

nn

f.) Ing. Sergio Seminario V., Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería.- Es fiel copian del original.-Lo certifico.

nn

f.) Director de Gestión de Desarrollo Organizacional.

nn

MAG. Fecha: 19 de febrero del 2004.

nn

No 244

nn

Roberto Passailaigue Baquerizo
n MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

nn

Considerando:

nn

Que es necesario designar un delegado ante el SECAP;

nn

Que es atribución del Ministro de Educaciónn y Cultura, delegar sus funciones a fin de ser representado conn eficiencia y eficacia; y,

nn

En uso de sus atribuciones legales,

nn

Art. 1. Designar a la Dra. Beatriz Caicedo, como delegadan ante el SECAP, quien será responsable por los actos den acción u omisión que realice en el cumplimienton del presente acuerdo ministerial.

nn

Art. 2. Comunicar a la Contraloría y Procuradurían generales del Estado, la presente delegación, para efectosn de determinar los diferentes grados de responsabilidad.

nn

Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.»n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 22 de eneron del 2004.

nn

f.) Roberto Passailaigue Baquerizo, Ministro de Educaciónn y Cultura.

nn

No 301

nn

Roberto Passailaigue Baquerizo
n MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

nn

Considerando:

nn

Que es necesario designar un delegado ante el Consejo de Administraciónn de la Fundación Cultural La Condamine;

nn

Que es atribución del Ministro