MES DE JUNIO DEL 2005 n

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Jueves, 9 de junio del 2005 – R. O. No. 35
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
n
DR. RUBÉN DARIO ESPINOZA DIAZ
DIRECTOR

n FUNCIÓNn EJECUTIVA
n
DECRETOS:
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174n Derógasen el Decreto Ejecutivo No 2689 de 22 de marzo del 2005 y nómbrasen al doctor José Gabriel Terán Varea, delegado deln señor Presidente de la República ante el Directorion del Banco Nacional de Fomento.

nn

177n Desígnasen a la doctora Magdalena Barreiro Riofrío, Subsecretarian General de Finanzas del Ministerio de Economía y Finanzas,n Gobernadora Alterna ante el Banco Internacional de Reconstrucciónn y Fomento, BIRF y sus organismos filiales..

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ACUERDOS:
n MINISTERIO DEL AMBIENTE:

nn

039 Adjudícase a la Comunidadn Ancestral Centro Shuar Guadalupe, cuatrocientas sesenta y sieten hectáreas con sesenta y tres áreas (467.63 ha)n dentro del Bosque Protector Kutucú Shaimi del Patrimonion Forestal del Estado, ubicado en el sector Guadalupe de la parroquian Sevilla Don Bosco del cantón Morona, provincia de Moronan Santiago.

nn

040 Adjudícase al Centron Shuar Tuntiak, mil quinientos treinta y seis hectáreasn con setenta áreas (1.536.70 has) dentro del Bosque Protectorn Kutucú Shaimi del Patrimonio Forestal del Estado, ubicadon en el sector Centro Shuar Tuntiak de la parroquia Sevilla Donn Bosco del cantón Morona, provincia de Morona Santiago.

nn

041 Adjudícase al Centron Shuar Wawaim, mil seiscientas cinco hectáreas con treintan y nueve áreas (1.605,39) dentro del Bosque Protector Kutucún Shaimi del Patrimonio Forestal del Estado, ubicado en el sectorn Wawaim de la parroquia Yaupi del cantón Logroño,n provincia de Morona Santiago.

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CONTRALORIAn GENERAL:

nn

012n CG Refórmasen el Reglamento Orgánico Funcional Reformado y Codificado..

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CONSULTAn DE AFORO: n
n CORPORACIÓN ADUANERA ECUATORIANA:

nn

GGN-DNA-UCN-CA-026n Del producto «Suero Reengrasado al 2% fabricado en la Cooperativan Agrícola y Lechera de la Unión Ltda.»..

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RESOLUCIONES:
n CONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS:

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2005-06n Déjasen sin efecto el registro de calificación del usuario: Tetran Pak Ltda., otorgado por CONAZOFRA.

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CORPORACIÓNn ADUANERA ECUATORIANA:

nn

157n Delégansen atribuciones a la Gerencia de Gestión Aduanera.

nn

350 Déjase sin efecto lan utilización de la declaración aduanera para compensarn la venta a terceros que realizan los depósitos aduaneros.

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FUNCIÓNn JUDICIAL
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CORTEn SUPREMA DE JUSTICIA
n TERCERA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL:

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Recursos de casaciónn en los juicios seguidos por las siguientes personas:

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213-2004n Bertha Leonorn Mata Mera en contra de Jaime Hernán Caizaluisa Llumigusínn y otra.

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214-2004 José Manuel Guillenn Viteri en contra de Luis Hornero Vergara Garzón.

nn

215-2004n Targelia Gavilanesn en contra de Humberto Renán Castro Castro.

nn

216-2004 Luis Hernán Paucar Criollon en contra de Blanca Alicia Lema Llumiquinga.

nn

218-2004 Carmen Mercedes Morocho Yumblan en contra de Reinaldo de Jesús Morocho Yumbla y otra.

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220-2004 Doctor Wilson Solísn Solís en contra de Lorgia Carmita Cordero Cordero.

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221-2004 Germán Aníbaln Álvarez y otra en contra del doctor Marco Antonio deln Pozo Orozco y otros.

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222-2004n Mariana de Jesúsn Prieto Campoverde en contra de José Reinaldo Prieto Andrade.

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223-2004 Anunziata María Drouetn Castro en contra de Félix Antonio Real Larrosa.

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224-2004 Carmen Olga Vera Villegas enn contra de José Peña Sandoval.

nn

ACUERDOn DE CARTAGENA
n PROCESO:

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148-1P-2003 Interpretación prejudicialn del artículo 136 literal a) de la Decisión 486n de la Comisión de la Comunidad Andina, solicitada porn el Consejo de Estado de la República de Colombia, Salan de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera e interpretaciónn de oficio de los artículos 134, 13$ literal b), 172 yn 173 de la misma Decisión. Marca: HERBAMIEL NATURE´Sn BLEND. Actor: NATURE’S BLEND DE COLOMBIA LTDA. C.I. Proceso Internon No 8070..

nn

ORDENANZASn METROPOLITANAS:

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0015n Concejo Metropolitanon de Quito: De zonificación modificatoria de la Ordenanzan No Olí de zonificación, que contiene el Plan Especialn de Ordenación Urbana de Bellavista comprendido entre losn ejes de la calle José Bosmediano y la prolongaciónn de la Av. González Suárez de este distrito.

nn

144 Concejo Metropolitano de Quito:n Reformatoria de las ordenanzas metropolitanas Nos. 0138, quen trata de la modernización de los servicios de gestiónn territorial en el Distrito Metropolitano de Quito; y, 095, 115n y 141. n

n nn

No. 174

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículon 171, numeral 10 de la Constitución Política den la República y la letra a) del artículo 12 de lan Ley Orgánica del Banco Nacional de Fomento, reformadan mediante Decreto Ley No 690 para la Promoción de la Inversiónn y de la Participación Ciudadana, publicada en el Suplementon del Registro Oficial No 144 de 18 de agosto del 2000,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derógase el Decreto Ejecutivo Non 2689 de 22 de marzo del 2005, mediante el cual se nombrón al ingeniero Edgar Guerrero Montalvo, delegado del Presidenten de la República ante el Directorio del Banco Nacionaln de Fomento.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Nómbrase al doctor José Gabrieln Terán Varea, delegado del Presidente de la Repúblican ante el Directorio del Banco Nacional de Fomento, quien lo presidirá.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 26 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Dr. Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 177

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No 003 – 2005, expedido eln 25 de abril del año en curso, se nombra a la doctora Magdalenan Barreiro Riofrío, para que desempeñe las funcionesn de Subsecretaría General de Finanzas en la Secretarían de Economía y Finanzas; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Decreta:
n Art. 1.- Desígnase a la doctora Magdalena Barreiro Riofrío,n Subsecretaría General de Finanzas del Ministerio de Economían y Finanzas, como Gobernadora Alterna ante el Banco Internacionaln de Reconstrucción y Fomento, BIRF y sus organismos filiales.

nn

Art. 2.- Este decreto entrará en vigencia a partirn de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial y de su ejecución se encarga aln Ministro de Economía y Finanzas.

nn

Dado en el Palacio Nacional de Gobierno, en Quito, a 31 den mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No.039

nn

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

nn

Considerando:

nn

Que, el CENTRO SHUAR GUADALUPE, representado legalmente porn Betti Violeta Chunchu Utitiaj, ha solicitado en adjudicaciónn 467.63 hectáreas de tierras que se encuentran dentro deln Bosque Protector Kutucú Shaimi del Patrimonio Forestaln del Estado, ubicadas en el sector Guadalupe, de la parroquian Sevilla Don Bosco, del cantón Morona, provincia de Moronan Santiago;

nn

Que, el artículo 39 de la Codificación de lan Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturalesn y Vida Silvestre, dispone que los pueblos indígenas, negrosn o afro- ecuatorianos tienen derecho exclusivo al aprovechamienton de productos forestales diferentes de la madera y de la vidan silvestre, en tierras de su dominio o posesión, de acuerdon a lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Constituciónn Política de la República;

nn

Que, el artículo 84, numeral 3 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador, obliga aln Estado a reconocer y a garantizar el derecho de los pueblos indígenasn a mantener la posesión ancestral de las tierras comunitariasn y a obtener en forma gratuita la adjudicación de la posesiónn ancestral de las tierras comunitarias;

nn

Que, una vez que ha sido aprobada la delimitación yn el plan de manejo, el Director Nacional Forestal de conformidadn con lo establecido en el artículo 81 del Libro III deln Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerion del Ambiente, mediante memorando No. 78390-DNF-MA de 1 de marzon del 2005, emite informe favorable sobre la procedencia de lan adjudicación de las tierras solicitadas por el Centron Shuar Guadalupe;

nn

Que, mediante memorando No 80514 DAJ-MA de 10 de mayo deln 2005, la Dirección de Asesoría Jurídica,n solicita al Director Nacional Forestal, se actualice el informen técnico o se convalide el mismo, con memorando No 80711-DNF-MAn de 17 de mayo del presente año, el Director Nacional Forestaln (E), convalida dicho informe en los mismos términos, paran que se dé continuidad al proceso de adjudicaciónn de dichas tierras; y,

nn

En uso de sus atribuciones constitucionales, establecidasn en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Adjudicar gratuitamente, a la Comunidad Ancestraln CENTRO SHUAR GUADALUPE, representada por Betti Violeta Chunchun Utitiaj, cuatrocientas sesenta y siete hectáreas con sesentan y tres áreas (467.63 ha) de tierras que se encuentrann dentro del Bosque Protector Kutucú Shaimi del Patrimonion Forestal del Estado, ubicado en el sector Guadalupe, de la parroquian Sevilla Don Bosco, del cantón Morona, provincia de Moronan Santiago, tierras que se encuentran dentro de los siguientesn linderos:

nn

NORTE.- Vértice entre linderos Este y Oeste en un punton con coordenadas UTM N9739120 m y E826644 m.

nn

SUR.- Con Centro Shuar San Luis de Yukias en 58.49 m, rumbon S65°04’W; en 89.85 m, rumbo S85°42’W; en 100.59 m, rumbon N79°19’W; en 101.04 m, rumbo N62°01´W; en 230.91n m, rumbo N50°07’W, en 314.02 m, rumbo N38°49´W,n en 149.87 m, rumbo N57°51’W; en 75.78 m, rumbo S88°28’W;n en 123.26 m, rumbo S80°45’W; en 96.09 m, rumbo N87°27’W;n en 90.46 m, rumbo N57°52’W; en 269.30 m, rumbo N36°16’W,n en 217.66 m, rumbo N19°21´W; en 167.83 m, rumbo N28°22’W;n en 1.275.76 m, rumbo S71°09’W; en 536.06 m, rumbo S66°10’W;n en 426.10 m, rumbo S26°21’W; en 1.106.22 m, rumbo N33°53’W.

nn

ESTE.- Con Centro Shuar Ángel Roubis en 4.652.75 m,n rumbo S45015?E.

nn

OESTE.- Con Centro Shuar Guadalupe (área fuera deln BPK) en 403.68 m, rumbo N48Ó441E; en 477.48 m, rumbo N13°51´E;n en 473.98 m, rumbo N11°34’W; en 147.56 m, rumbo N12°32’E;n en 173.12 m, rumbo N56°32’E; en 276.39 m, rumbo N11°14’E;n en 116.52 m, rumbo N15°51´W; en 160.05 m, rumbo N00°00´;n en 237.93 m. rumbo N19°48’E; en 182.94 m, rumbo N58°24´E.

nn

Art. 2.- La presente adjudicación queda sujeta al cumplimienton de las siguientes condiciones resolutorias:

nn

a) No fraccionar las tierras adjudicadas;

nn

b) No constituir gravamen alguno sobre las tierras adjudicadas;

nn

c) Sujetarse estrictamente a lo establecido en el plan den manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente; y,

nn

d) Mantener la calidad de bosque protector de las tierrasn materia de la presente adjudicación;

nn

Art. 3.- El presente acuerdo publíquese en el Registron Oficial, protocolícese en una Notaría e inscríbasen en el Registro de la Propiedad del Cantón Morona, conn el objeto de que el mismo sirva de suficiente título den propiedad a favor del Centro Shuar Guadalupe.

nn

Disposición Final.- De la ejecución de esten acuerdo, encárgase al Director Nacional Forestal y Directorn del Distrito Regional Azuay-Cañar-Morona Santiago.

nn

Dado en Quito, a 24 de mayo del 2005.

nn

Comuníquese y publíquese.

nn

f.) Anita Albán Mora, Ministra del Ambiente.

nn

No. 040

nn

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

nn

Considerando:

nn

Que, el CENTRO SHUAR TUNTIAK, representado legalmente porn Oswaldo Román Kajech Esach, ha solicitado la adjudicaciónn de 1.536,70 hectáreas de tierras que se encuentran dentron del Bosque Protector Kutucú Shaimi del Patrimonio Forestaln del Estado, ubicadas en el sector Centro Shuar Tuntiak, de lan parroquia Sevilla Don Bosco, del cantón Morona, provincian de Morona Santiago;

nn

Que, el artículo 39 de la Codificación de lan Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturalesn y Vida Silvestre, dispone que los pueblos indígenas, negrosn o afro- ecuatorianos tienen derecho exclusivo al aprovechamienton de productos forestales diferentes de la madera y de la vidan silvestre, en tierras de su dominio o posesión, de acuerdon a lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Constituciónn Política de la República;

nn

Que, el artículo 84, numeral 3 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador, obliga aln Estado a reconocer y a garantizar el derecho de los pueblos indígenasn a mantener la posesión ancestral de las tierras comunitariasn y a obtener en forma gratuita la adjudicación de la posesiónn ancestral de las tierras comunitarias;

nn

Que, una vez que ha sido aprobada la delimitación yn el plan de manejo, el Director Nacional Forestal de conformidadn con lo establecido en el artículo 81 del Libro III deln Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerion del Ambiente, mediante memorando No 78390-DNF-MA de 1 de marzon del 2005, emite informe favorable sobre la procedencia de lan adjudicación de las tierras solicitadas por el Centron Shuar Tuntiak;

nn

Que, mediante memorando No 80514 DAJ-MA de 10 de mayo deln 2005, la Dirección de Asesoría Jurídica,n solicita al Director Nacional Forestal, se actualice el informen técnico o se convalide el mismo, con memorando No 80711-DNF-MAn de 17 de mayo del presente año, el Director Nacional Forestaln (E), convalida dicho informe en los mismos términos, paran que se dé continuidad al proceso de adjudicaciónn de dichas tierras; y,

nn

En uso de sus atribuciones constitucionales, establecidasn en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Adjudicar gratuitamente, al CENTRO SHUAR TUNTIAK,n representado legalmente por Oswaldo Román Kajech Esach,n mil quinientos treinta y seis hectáreas con setenta áreasn (1.536,70 has) de tierras que se encuentran dentro del Bosquen Protector Kutucú Shaimi del Patrimonio Forestal del Estado,n ubicado en el sector Centro Shuar Tuntiak, de la parroquia Sevillan Don Bosco, del cantón Morona, provincia de Morona Santiago,n dentro de los siguientes linderos:

nn

NORTE.- Partiendo de un punto con coordenadas UTM N 9697634n m y E 181830 m, con Centro Shuar Nunwents en 101.49 m, rumbon N53°25’E; 117.35 m, rumbo N75°42’E; en 276.83 m, rumbon N46°52’E; en 59.66 m, rumbo N75°05’E; en 85.44 m, rumbon S47°27’E; en 286.28 m, rumbo S12°03’E; en 222.51 m, rumbon S26°08’E; en 45.64 m, rumbo S67°31´E; en 74.24n m, rumbo N76°04’E; en 173.29 m, rumbo S78°48’E; en 309.77n m, rumbo S54°24’E; en 309.04 m, rumbo S51°59’E; en 259.11n m, rumbo S58°23’E; en 288.15 m, rumbo S29°22’E; en 154.30n m, rumbo S54°13’E; en 337.16 m, rumbo S80°37’E, en 269.76n m, rumbo N72°36’E; en 143.60 m, rumbo S77°14’E; en154.36n m, rumbo S54°32’E.

nn

SUR.- Con Centro Shuar Suritiak en 58.29 m, rumbo S76°26’W;n en 172.83 m, rumbo N87°54’E; en 134.49 m, rumbo S79°37’W;n en 123.26 m, rumbo S67°18’W; en 129.31 m, rumbo S63°04’W;n 81.22 m, rumbo N78°55’W; en 255.55 m, rumbo S87°42’W;n en 53.99 m, rumbo N73°49’W; en 48.09 m, rumbo N43°49’W;n en 111.35 m, rumbo N21°02’W; 141.95 m, rumbo N34°54’W;n en 216.66 m, rumbo N57°35’W; en 242.22 m, rumbo N27°42’W;n en 100.63 m rumbo N46°45’W; en 138.71 m, rumbo N73°15’W;n en 180.80 m, rumbo N62°33´W; en 193.95 m. rumbo N29°52’W;n en 351.72 m, rumbo N71°42’W; en 472.98 m, rumbo N85°16’W;n en 312.41 m, rumbo N66°20’W; en 236.32 m, rumbo N86°56’W;n en 176.99 m, rumbo S72°13’W.

nn

ESTE.- Con Centro Shuar Tuntiak (área fuera del BPK)n en 419.50 m, rumbo S02°07’W; en 630.48 m, rumbo S02°36’E;n en 596.18 m, rumbo S72°59’E; en 299.06 m, rumbo S04°58’E;n en 1.905.04 m, rumbo S10°23’E; en 451.47m, rumbo S17°33’E.

nn

OESTE.- Con Centro Shuar Suritiak en 473.37 m, rumbo N32°19’W;n en 127.48 m, rumbo N48°36´E; en 122.31 m, rumbo N52°28’W;n en 198.53 m, rumbo N05°43’E; en 203.70 m, rumbo N18°53´W;n en 355.46 m, rumbo N59°21´W, en 220.55 m, rumbo N39°48´W;n en 480.50 m, rumbo N55°01´W; en 178.94 m, rumbo N27°24’E;n en 430.59 m, rumbo N41°55’E; en 202.50 m, rumbo N05°43’W;n en 324.45 m, rumbo N12°59’E; en 335.51 m, rumbo N00°34’E;n en 535.19 m, rumbo N63°52’E; en 213.70 m, rumbo N42°06’E;n en 113.76 m, rumbo N26°31’E; en 68.55 m, rumbo N68°10’E;n en 192.09 m, rumbo S85°25´E; en 63.24 m, rumbo N58°50’E,n en 95.99 m, rumbo N24°55’E; en 138.24 m, rumbo N11°49’E;n en 208.44 m, rumbo N00°25’W; en 304.88 m, rumbo N23°03’W;n en 263.72 m, rumbo N16°39’E.

nn

Art. 2.- La presente adjudicación queda sujeta al cumplimienton de las siguientes condiciones resolutorias:

nn

a) No fraccionar las tierras adjudicadas;

nn

b) No constituir gravamen alguno sobre las tierras adjudicadas;

nn

c) Sujetarse estrictamente a lo establecido en el plan den manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente; y,

nn

d) Mantener la calidad de bosque protector de las tierrasn materia de la presente adjudicación.

nn

Art. 3.- El presente acuerdo publíquese en el Registron Oficial, protocolícese en una Notaría e inscríbasen en el Registro de la Propiedad del Cantón Morona, conn el objeto de que el mismo sirva de suficiente título den propiedad a favor del Centro Shuar Tuntiak.

nn

Disposición Final.- De la ejecución de esten acuerdo, encárgase al Director Nacional Forestal y Directorn del Distrito Regional Azuay-Cañar-Morona Santiago.

nn

Dado en Quito, a 24 de mayo del 2005.

nn

Comuníquese y publíquese.

nn

f.) Anita Albán Mora, Ministra del Ambiente.

nn

No. 041

nn

EL MINISTERIO DEL AMBIENTE

nn

Considerando:

nn

Que, el CENTRO SHUAR WAWAIM, representado legalmente por Florencion Chump Wisuis, ha solicitado la adjudicación de 1.605,39n hectáreas del Patrimonio Forestal del Estado, ubicadasn en tierras que se encuentran en el Bosque Protector Kutucún Shaimi sector Wawaim, de la parroquia Yaupi, del cantónn Logroño, provincia de Morona Santiago;

nn

Que, el artículo 39 de la Codificación de lan Ley Forestal y de Conservación de -Áreas Naturalesn y Vida Silvestre, dispone que los pueblos indígenas, negrosn o afro- ecuatorianos tienen derecho exclusivo al aprovechamienton de productos forestales diferentes de la madera y de la vidan silvestre, en tierras de su dominio o posesión, de acuerdon a lo previsto en los artículos 83 y 84 de la Constituciónn Política de la República;

nn

Que, el artículo 84, numeral 3 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador, obliga aln Estado a reconocer y a garantizar el derecho de los pueblos indígenasn a mantener la posesión ancestral de las tierras comunitariasn y a obtener en forma gratuita la adjudicación de la posesiónn ancestral de las tierras comunitarias;

nn

Que, una vez que ha sido aprobada la delimitación yn el plan de manejo, el Director Nacional Forestal de conformidadn con lo establecido en el artículo 81 del Libro III deln Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerion del Ambiente, mediante memorando No 78390-DNF-MA de 1 de marzon del 2005, emite informe favorable sobre la procedencia de lan adjudicación de las tierras solicitadas por el Centron Shuar Wawaim;

nn

Que, mediante memorando No 80514 DAJ-MA de 10 de mayo deln 2005, la Dirección de Asesoría Jurídica,n solicita al Director Nacional Forestal, se actualice el informen técnico o se convalide el mismo, con memorando No 80711-DNF-MAn de 17 de mayo del presente año, el Director Nacional Forestaln (e), convalida dicho informe en los mismos términos, paran que se dé continuidad al proceso de adjudicaciónn de dichas tierras; y,

nn

En uso de sus atribuciones constitucionales, establecidasn en los numerales 6 y 7 del artículo 179 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Adjudicar gratuitamente, al CENTRO SHUAR WAWAIM,n representado legalmente por Florencio Chump Wisuis, mil seiscientasn cinco hectáreas con treinta y nueve áreas (1.605,39)n de tierras que se encuentran en el Bosque Protector Kutucún Shaimi del Patrimonio Forestal del Estado, ubicado en el sectorn Wawaim, de la parroquia Yaupi, del cantón Logroño,n provincia de Morona Santiago, dentro de los siguientes linderos:

nn

NORTE.- Partiendo de un punto con coordenadas UTM N 9687562n m y E 160894 m, con Centro Shuar Shimpis en 563.30 m, rumbo S81°58’E;n en 3.208.90 m, rumbo N86°18’E; en 271.35 m, rumbo N39°04’E.

nn

SUR.- Con Río Yaupi en 313.54 m aguas abajo.

nn

ESTE.- Con Centro Shuar Wawaim (área fuera del BPK)n en 59.72 m, rumbo S53°23’E; 64.97 m, rumbo N81°12’E;n en 136.09 m, rumbo N19°13’E; en 98.31 m, rumbo N38°12´E;n en 70.78 m, rumbo N87°19’E; en 72.82 m, rumbo S410481E; enn 96.42 m, rumbo S600231E; en 93.39 m, rumbo S41°03’E; en 97.18n m, rumbo S07°06’W; en 130.05 m, rumbo S19°48´W;n en 143.35 m, rumbo S36°28´W; en 497.96 m, rumbo S11°09’W;n en 503.13 m, rumbo S13°58´W; en 329.02 m, rumbo S16°22’W,n en 201.69 m, rumbo S04°35’W; en 118.82 m, rumbo S36°31’E,n en 196.41 m, rumbo S32°30’E; en 315.73 m, rumbo S04°34’W;n en 2.742 m, rumbo S10°00´W; en 253.96 m, rumbo S03°46’W;n en 1.189.83 m, rumbo S17°51’E.

nn

OESTE.- Con Río Chikianas en 8.078.92 aguas arriba.

nn

Art. 2.- La presente adjudicación queda sujeta al cumplimienton de las siguientes condiciones resolutorias:

nn

a) No fraccionar las tierras adjudicadas;

nn

b) No constituir gravamen alguno sobre las tierras adjudicadas;

nn

c) Sujetarse estrictamente a lo establecido en el plan den manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente; y,

nn

d) Mantener la calidad de bosque protector de las tierrasn materia de la presente adjudicación.

nn

Art. 3.- El presente acuerdo publíquese en el Registron Oficial, protocolícese en una Notaría e inscríbasen en el Registro de la Propiedad del Cantón Logroño,n con el objeto de que el mismo sirva de suficiente títulon de propiedad a favor del Centro Shuar Wawaim.

nn

Disposición Final.- De la ejecución de esten acuerdo, encargase al Director Nacional Forestal, y Directorn del Distrito Regional Azuay-Cañar-Morona Santiago.

nn

Dado en Quito, a 24 de mayo del 2005.

nn

Comuníquese y publíques e.

nn

f.) Anita Albán Mora, Ministran del Ambiente.

nn

No.012-CG

nn

EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO,
n SUBROGANTE
n Considerando:

nn

Que mediante Acuerdo No 003-CG, publicado en el Registro Oficialn No 521 de 10 de febrero del 2005, se expidió el Reglamenton Orgánico Funcional Reformado y Codificado de la Contralorían General del Estado;

nn

Que mediante acuerdos Nos. 012-RH y 013-RH de 25 y 27 de abriln del 2005, respectivamente, por razones técnicas, económicasn y funcionales se realizó la supresión de puestos,n conforme a las disposiciones de la Ley Orgánica de Servicion Civil y Carrera Administrativa y de Unificación y Homologaciónn de las Remuneraciones del Sector Público;

nn

Que el artículo 35 de la Ley Orgánica de lan Contraloría General del Estado, dispone que el Contralorn General expedirá y mantendrá actualizado el reglamenton orgánico funcional, que contendrá la estructuran administrativa y las funciones de las respectivas unidades paran el cumplimiento de los fines y .objetivos de la Contralorían General del Estado; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículosn 31 numeral 23, reformado, 35 y 95 de la Ley Orgánica den la Contraloría General del Estado,

nn

Acuerda:

nn

Expedir las siguientes reformas al Reglamento Orgánicon Funcional Reformado y Codificado de la Contraloría Generaln del Estado.

nn

Art. 1. En el artículo 4, sustituyase el literal c),n por lo siguiente:

nn

c) Dirección Financiera, conformada por la Subdirecciónn y los departamentos de:

nn

1. Contabilidad; y las jefaturas de Área de Controln Previo y de Remuneraciones.

nn

2. Presupuesto.

nn

3. Tesorería.

nn

4. Determinación y recaudación de ingresos institucionales.

nn

Art. 2. En el artículo 4, incluyase el literal c).l.

nn

c) 1 Dirección Administrativa y Servicios, conformadan por la Subdirección, los departamentos y Jefatura de Área:

nn

1. Departamento Administrativo.

nn

2. Departamento de Servicios Generales.

nn

3. Departamento de Transporte y Mantenimiento
n Vehicular.

nn

La Jefatura de Área de Control de Bienes dependerán de la Subdirección Administrativa.

nn

Las funciones señaladas en el artículo 31 sobren el control de bienes, literales a) al d), corresponde cumplirn a la Jefatura de Área de Control de Bienes; en el literaln b) de este artículo suprímase «Financieron y».

nn

Las funciones que constan en el artículo 33, del suprimidon departamento de Mantenimiento, serán cumplidas por eln Departamento Administrativo.

nn

Art. 3. Sustituyase en el artículo 4, el literal e),n por el siguiente:

nn

e) Dirección de Planificación y Evaluaciónn Institucional, conformada por una Subdirección.
n Art. 4. En el artículo 5, efectúese las siguientesn reformas:

nn

– En la letra b), suprímase el numeral 2, el Departamenton de Gestión.

nn

Las funciones que constan en el artículo 51, del Departamenton de Gestión, serán cumplidas por el Departamenton de Sistemas Administrativos.

nn

– En la letra i), numeral 9), auméntese: «conn una Subdirección y la Jefatura de Área de Auditoría».

nn

Art. 5. En artículo 5, auméntese el literaln g) 1.

nn

g) 1 Dirección de Coordinación de Auditoríasn Internas, conformada por una Subdirección.

nn

Art. 6. Sustituyase el título y el artículon 23 por el siguiente:

nn

DIRECCIÓN FINANCIERA

nn

Art. 23. Corresponde a la Dirección Financiera:

nn

a) Planificar, dirigir y controlar las actividades financieras,n presupuestarias y contables de la entidad;

nn

b) Supervisar y coordinar las actividades que desarrollann los diferentes departamentos y jefaturas de área de lan Dirección;

nn

c) Establecer procedimientos de control interno previo y concurrente;

nn

d) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones y normas técnicasn de control interno;

nn

e) Dirigir y coordinar, la elaboración oportuna deln rol de pagos;

nn

f) Presentar informes financieros al Contralor y Subcontralor;

nn

g) Establecer el calendario de pagos y su respectivo financiamiento;

nn

h) Actuar como ordenador de pagos y suscribir los chequesn conjuntamente con el Tesorero;

nn

i) Velar y asegurar la correcta y oportuna utilizaciónn de los recursos financieros de la institución;

nn

j) Asesorar a la alta Dirección Ejecutiva en lo relacionadon con aspectos financieros de la entidad;

nn

k) Participar en avalúos, bajas, remates y entregan – recepción de los bienes de la entidad;

nn

l) Participar en el proceso de licitaciones y concurso den ofertas y precios para la adquisición de los bienes den la Contraloría;

nn

m) Controlar la correcta utilización de los fondosn rotativos a cargo de las direcciones regionales, delegacionesn provinciales y otras unidades administrativas de la institución,n y aprobar la reposición de los mismos; y,

nn

n) Las demás que le sean asignadas.

nn

Art. 7. Eliminar del artículo 24, el literal h), yn enlístese en orden alfabético correspondiente,n los literales que siguen a continuación.

nn

Art. 8. Incluyase el artículo 28-A.

nn

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y SERVICIOS

nn

Art. 28-A. A la Dirección Administrativa y Serviciosn le corresponderá:
n a) Conformar el comité para el concurso privado de precios;

nn

b) Ejecutar el plan de adquisiciones de la entidad;

nn

c) Actuar como ordenador del gasto y suscribir contratos paran la adquisición de suministros y equipos para la institución,n de conformidad a la reglamentación interna y por montosn que no superen al señalado en la Codificación den Ley de Contratación Pública para el concurso públicon de ofertas;

nn

d) Controlar los procesos de compras de bienes y suministrosn y coordinar las entregas recepciones con la Direcciónn Financiera;

nn

e) Solicitar y coordinar el mantenimiento de bienes;

nn

f) Velar y asegurar la correcta y oportuna utilizaciónn de los recursos materiales de la institución;

nn

g) Coordinar la impresión y reproducción den documentos con la Dirección de Comunicación Institucional;

nn

h) Controlar el funcionamiento del servicio de telecomunicaciones;

nn

i) Ejecutar los planes de seguridad y vigilancia;

nn

j) Vigilar los procesos de control, resguardo, movilizaciónn y mantenimiento de los vehículos de la institución;

nn

k) Formalizar planes para mejorar y controlar los serviciosn del centro de convenciones y recreativos vacacionales, en coordinaciónn con la Dirección de Recursos Humanos;

nn

l) Definir normas y tareas para el desempeño eficienten y disciplinario del personal de conserjes; y,

nn

m) Las demás que le sean asignadas.

nn

Art. 9. Eliminar del artículo 30, los literales f)n y h) y enlístese en orden alfabético correspondiente,n los literales que siguen a continuación.

nn

Art. 10. Sustituyase el, artículo 38, por el siguiente:

nn

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y
n EVALUACIÓN INSTITUCIONAL

nn

Art. 38. Corresponde a la Dirección de Planificaciónn y Evaluación Institucional:

nn

a) Asistir a las máximas autoridades en la formulaciónn y determinación de las políticas y planes que enn materia de control de recursos públicos y control socialn se deban adoptar;

nn

b) Elaborar y evaluar los planes estratégico institucionaln y operativo anual;

nn

c) Asistir y asesorar a la alta dirección de la Contralorían y por su conducto a las unidades administrativas en el diseñon de sistemas de información útiles con base a .criteriosn de gerencia, planeación estratégica, calidad totaln y el desarrollo de metodologías que impliquen mayor tecnologían y desarrollo científico;

nn

d) Revisar los planes operativos anuales de la instituciónn y someterlos a la aprobación de la alta dirección;

nn

e) Revisar, analizar y presentar a la alta direcciónn los informes de cumplimiento de políticas, planes y proyectosn presentados por la Dirección y proponer acciones preventivasn y correctivas internas o externas;

nn

í) Proponer las necesidades de capacitaciónn del personal de la unidad orgánica a su cargo;

nn

g) Supervisar el desempeño del personal a su cargon y efectuar su evaluación periódicamente, promoviendon la armonía y el ambiente de trabajo en equipo;

nn

h) Coordinar la preparación de los planes anuales den las unidades administrativas de la Contraloría Generaln del Estado, consolidarlos en el plan institucional y someterlosn a la aprobación del Contralor;

nn

i) Coordinar con las unidades de control externo la ejecuciónn de exámenes imprevistos y verificar su cumplimiento;

nn

j) Coordinar con las unidades de Auditoría Externan las modificaciones al plan anual institucional;

nn

k) Identificar los problemas técnicos, legales y normativosn existentes en la ejecución del control gubernamental,n a fin de proponer los cambios que posibiliten mejorar y optimizarn los resultados;

nn

l) Ejercer el control de calidad de los informes de las auditoríasn externas que dispusiere el Contralor y Subcontralor;

nn

m) Llevar el registro de exámenes imprevistos autorizadosn a las unidades de control externo, y realizar el seguimienton y control de su cumplimiento;

nn

n) Actualizar el catastro de las unidades y organismos públicosn a nivel nacional para fines de la planificación institucional;n y,

nn

o) Las demás funciones que le sean asignadas por eln Contralor y Subcontralor General.

nn

Art. 11. Sustituyase el artículo 39 por el siguiente:

nn

Art. 39. De conformidad’ con lo previsto en los artículosn 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Contraloría Generaln del Estado, delégase la aprobación de los informesn de auditoría interna, en su respectivo ámbito:n al Director de Coordinación de Auditorías Internasn y en ausencia de éste al Subdirector; al Director de Controln de Obras Públicas y en su ausencia al Subdirector; y an los directores regionales, y en ausencia de éstos a losn funcionarios que les sigan en jerarquía.

nn

Art. 12. Sustituyase el artículo 40 por el siguiente:

nn

Art. 40. El Contralor General, cuando considere procedenten y previo informe del Director de Coordinación de Auditoríasn Internas o de la Dirección de Control de Obras Públicas,n suspenderá o revocará la delegación de aprobaciónn de informes a las direcciones regionales.

nn

Art. 13. Suprímase el artículo 44.

nn

Art. 14. Auméntese el siguiente artículo:

nn

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE
n AUDITORIAS INTERNAS

nn

Art. 69-A. Corresponde a la Dirección de Coordinaciónn de Auditorías Internas:

nn

a) Preparar las políticas y objetivos generales paran la planificación de las unidades de auditoríasn internas del sector público;

nn

b) Coordinar la preparación de los planes anuales den las unidades de auditorías internas, consolidarlos y someterlosn a la aprobación del contralor;

nn

c) Coordinar con las unidades de auditorías internasn las modificaciones a los planes anuales;

nn

d) Proveer asistencia técnica en materia de su competencian a las unidades de auditorías internas;
n e) Efectuar la revisión y control de calidad de todosn los informes de las unidades de auditorías internas den la provincia de Pichincha;

nn

f) Llevar el registro de exámenes imprevistos autorizadosn a las unidades de auditorías internas y realizar el seguimienton y control de su cumplimiento;

nn

g) Actualizar el catastro de las unidades de auditoríasn internas a nivel nacional;

nn

h) Coordinar la actividad de las auditorías internasn mediante la planificación, asesoría, la asistencian técnica, la supervisión, la gestión de personal,n las estadísticas, y, por delegación del Contralor,n la aprobación de los informes;

nn

i) Efectuar el control de calidad y de coordinaciónn de las unidades de auditorías internas de la provincian de Pichincha;

nn

j) Programar y coordinar con la Dirección de Capacitación,n las actividades de capacitación y desarrollo profesionaln de los servidores de las unidades de auditorías internas;

nn

k) Presentar informes previos técnicos, debidamenten sustentados, para la creación, reestructuraciónn o supresión de unidades de auditoría interna den la provincia de Pichincha;

nn

l) Cumplir y ejecutar lo dispuesto en la ley, en el Acuerde/n 008-CG, publicado en el Registro Oficial 70 de abril 28 del 2003n y demás normas jurídicas vigentes relativas a lan organización, funcionamiento y dependencia técnican de las unidades de auditorías internas;

nn

m) Remitir todos los informes de las unidades de auditoríasn internas a nivel nacional, a las direcciones de responsabilidadesn y/o patrocinio, recaudación y coactivas, segúnn corresponda y a documentación y archivo;

nn

n) Distribuir a las respectivas entidades la totalidad den los informes aprobados a nivel nacional y preparar la informaciónn estadística; y,

nn

o) Las demás funciones que le sean asignadas por eln Contralor o Subcontralor General.

nn

Art. 15. En el artículo 72, considérese lo siguiente:

nn

En el literal g), añádase: Efectuar el controln de calidad en los procesos que ejecute la Dirección.

nn

Art. 16. Cámbiese el artículo 73 por el siguiente:

nn

DE LAS SUBDIRECCIONES

nn

Art. 73.- Son funciones de las subdirecciones:

nn

1. SUBDIRECCION DE AUDITORIA INTERNA

nn

La Subdirección de Auditoría Interna cumplirán con las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el proyecto del plan anual de control y auditoríasn financieras, administrativas y principalmente auditoríasn de gestión a todas las unidades administrativas de lan Contraloría General del Estado, en las que se incluyenn a las direcciones regionales y delegaciones provinciales;

nn

b) Proporcionar permanentemente la asesoría técnican y administrativa principalmente a la alta dirección yn a las unidades administrativas y funcionarios que lo soliciten;

nn

c) Preparar las órdenes de trabajo y conformar losn equipos que efectuarán las actividades de control, auditorías,n exámenes especiales y trabajos de investigaciónn dispuestos por la máxima autoridad;

nn

d) Supervisar todo el proceso de control desde la planificación,n ejecución y elaboración de los informes correspondientesn y de ser necesario sugerir acciones correctivas con el propósiton de alcanzar auditorías de calidad;

nn

e) Informar periódicamente al Director de los avancesn y resultados obtenidos en la ejecución de las actividadesn de control;

nn

f) Sugerir metodologías de trabajo que permitan quen los procesos de control sean más eficientes;

nn

g) Implementar procedimientos administrativos que facilitenn un seguimiento a las recomendaciones que se presentan en losn informes de auditoría interna;

nn

h) Preparar y mantener actualizado el manual de auditorían interna en coordinación con la Dirección Técnica;

nn

i) Evaluar el desempeño del personal conjuntamenten con el Director;

nn

j) Subrogar al Director; y,

nn

k) Las demás funciones que le sean asignadas.

nn

2. SUBDIRECCION JURÍDICA

nn

La Subdirección Jurídica cumplirá conn las siguientes funciones:

nn

a) Participar en la elaboración de la planificaciónn anual de funciones y actividades de la Dirección;

nn

b) Elaborar las órdenes de trabajo para la firma deln Director, relacionadas con el personal de la Dirección,n que a pedido de las unidades de control, forme parte de los equiposn de trabajo para las labores de auditoría y exámenesn especiales;

nn

c) Efectuar el control de calidad de los procesos desarrolladosn por el personal de los departamentos de la Dirección;

nn

d) Asesorar a la Dirección en la adopción den decisiones y en trabajos que por su naturaleza son de la unidad;

nn

e) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;

nn

f) Cumplir y hacer cumplir dentro de la esfera de sus competencias,n con las disposiciones y políticas de la Contralorían General;

nn

g) Subrogar al Director; y,

nn

h) Las demás que le sean asignadas, por el Director.

nn

3. SUBDIRECCIÓN TÉCNICA

nn

La Subdirección Técnica cumplirá conn las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el plan anual de funciones y actividades de lan Dirección;

nn

b) Controlar el avance de los trabajos e informar al Directorn de los resultados obtenidos y sugerir las medidas pertinentesn en los casos que proceden;

nn

c) Asesorar a la Dirección en la adopción den decisiones y en los trabajos que por su naturaleza correspondann a la unidad;

nn

d) Efectuar el control de calidad de los procesos desarrolladosn por el personal de los departamentos de la Dirección;
n e) Elaborar informes técnicos y tareas propias de su especialización;

nn

f) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;

nn

g) Subrogar al Director; y,

nn

h) Las demás que le sean asignadas.

nn

4. SUBDIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN

nn

La Subdirección de Capacitación cumplirán con las siguientes funciones:

nn

a) Formular el Plan Operativo de la Dirección;

nn

b) Formular el Plan Anual Específico de Capacitación;

nn

c) Supervisar la ejecución de las políticasn y estrategias de la capacitación que brinda la Contralorían General;

nn

d) Controlar el avance de los trabajos e informar al Directorn de los resultados obtenidos y sugerir las medidas pertinentesn en los casos que proceden;

nn

e) Coordinar con las unidades administrativas de provincias,n sobre el proceso de desconcentración de la ejecuciónn de la capacitación;

nn

O Realizar estudios en el campo de la capacitación,n en las materias que desarrolla la Contraloría Generaln y presentar informes y sugerencias al Director;

nn

g) Efectuar el control de calidad de los procesos desarrolladosn por el personal de los departamentos de la Dirección,n y presentar los informes técnicos al Director;

nn

h) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;

nn

i) Subrogar al Director; y,

nn

j) Las demás que le sean asignadas.

nn

5. SUBDIRECCION DE CONTRATACIÓN
n PUBLICA

nn

La Subdirección de Contratación Públican cumplirá con las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el proyecto del plan operativo anual y sugerirn las metodologías de planificación, programación,n ejecución, elaboración de informes;

nn

b) Efectuar el seguimiento y control de calidad en los procesosn que ejecute la Dirección;

nn

c) Controlar el avance de los trabajos, informar al Directorn de los resultados obtenidos, y en los casos que proceda, sugerirn las acciones correctivas;

nn

d) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos y prácticasn de trabajo establecidos;

nn

e) Asesorar al personal operativo en la aplicaciónn uniforme de las disposiciones legales, normativas y reglamentarias,n manuales y otras regulaciones inherentes a las labores de control;

nn

f) Vigilar el cumplimiento del plan anual a cargo de la Direcciónn y revisar los reportes de trabajo presentados por los jefes departamentales,n hacer los correctivos e informar al Director sobre sus resultados;

nn

g) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;

nn

h) Supervisar los trabajos asignados al personal;

nn

i) Elaborar informes técnicos y proyectos de oficiosn para la revisión del Director y firma de la alta dirección:

nn

¡) Subrogar al Director; y,

nn

k) Las demás funciones que le sean asignadas por eln Director.

nn

6. SUBDIRECCION DE RESPONSABILIDADES

nn

La Subdirección de Responsabilidades, cumplirán con las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el proyecto de planificación anual, den las funciones y actividades de la Dirección;

nn

b) Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento de Delegaciónn de Firmas;

nn

c) Efectuar el control de calidad en los procesos que ejecuten la Dirección;

nn

d) Controlar el avance de los trabajos, informar al Directorn de los resultados obtenidos, y en los casos que proceda, sugerirn las acciones correctivas;

nn

e) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos y prácticasn de trabajo establecidos;

nn

f) Asesorar al personal operativo en la aplicaciónn uniforme de las disposiciones legales, normativas y reglamentarias,n manuales y otras regulaciones;

nn

g) Vigilar el cumplimiento del plan anual de actividades an cargo de la Dirección y hacer los correctivos e informarn al Director sobre sus resultados;

nn

h) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;

nn

i) Elaborar proyectos de oficios para la revisión deln Director y firma de la alta dirección;

nn

j) Subrogar al Director; y,

nn

k) Las demás funciones que le sean asignadas por eln Director.

nn

7. SUBDIRECCION DE PATROCINIO, RECAU-
n DACIÓN Y COACTIVAS

nn

La Subdirección de Patrocinio, Recaudación yn Coactivas, cumplirá con las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el proyecto de planificación anual, den las funciones y actividades jurídicas y administrativasn de la Dirección;

nn

b) Efectuar el control de calidad en los procesos que ejecuten la Dirección;

nn

c) Controlar el avance de los trabajos, informar al Directorn de los resultados obtenidos, y en los casos que proceda, sugerirn las acciones correctivas;

nn

d) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos y prácticasn de trabajo establecidos;

nn

e) Asesorar al personal operativo en la aplicaciónn uniforme de las disposiciones legales, normativas y reglamentarias,n manuales y otras regulaciones;

nn

f) Vigilar el cumplimiento del plan anual de actividades an cargo de la Dirección y hacer los correctivos e informarn al Director sobre sus resultados;
n g) Participar conjuntamente con el Director en la evaluaciónn del desempeño del personal;
n
n h) Elaborar proyectos de oficios para la revisión deln Director y firma de la alta dirección; .

nn

i) Subrogar al Director; y,

nn

j) Las demás funciones que le sean asignadas por eln Director.

nn

8. SUBDIRECCION DE CONTROL DE OBRAS
n PUBLICAS

nn

La Subdirección de Control de Obras Públicasn cumplirá con las siguientes funciones:

nn

a) Preparar el proyecto del plan anual de control de la Direcciónn y sugerir las metodologías de planificación, programación,n ejecución, elaboración de informes y supervisiónn de los exámenes;

nn

b) Preparar las órdenes de trabajo y conformar losn equipos que efectuarán auditorías de gestión,n exámenes especiales, investigaciones preliminares y otrosn procesos de control;

nn

c) Efectuar el control de calidad en los procesos que ejecuten la Dirección;

nn

d) Controlar el avance de los trabajos, informar al Directorn de los resultados obtenidos, y en los casos que proceda, sugerirn las acciones correctivas;

nn

e) Cumplir y hacer cumplir los procedimientos y prácticasn de trabajo establecidos;

nn

f) Asesorar al personal operativo en la aplicaciónn uniforme de las disposiciones legales, normativas y reglamentarias,n manuales y otras regulaciones inherentes a las labores de control;

nn

g) Vigilar el cumplimiento del plan anual de control a cargon de la Dirección y revisar los reporte