MES DE MAYO DEL 2005 n

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Lunes, 30 de mayo del 2005 – R. O. No. 27
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
n
DR. RUBÉN DARIO ESPINOZA DIAZ
DIRECTOR

n FUNCIÓNn LEGISLATIVA
n
EXTRACTOS:
nn

26-659 Proyecto de Ley que Protegen al Enfermo de Cáncer y su Familia.

nn

26-660n Proyecto den Ley Reformatoria a la Ley de Incremento de las Pensiones Jubilaresn del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

nn

26-661 Proyecto de Ley Reformatorian a la Ley Especial de Distribución del 15% del Presupueston del Gobierno Nacional.

nn

FUNCIÓNn EJECUTIVA
n
DECRETOS:

nn

104-A Derógase el Decreton Ejecutivo No 2079, expedido el 10 de septiembre del 2904..

nn

104-Bn Desígnasen al doctor César Dávila Torres, Presidente del Instituton Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-.

nn

106n Derógasen el Decreto Ejecutivo No 2116 de 22 de septiembre del 2004 y nómbrasen a la señorita Nercis Leandra Quiñónez Rodríguez,n delegada del Presidente de la República ante el Consejon de Desarrollo Afroecuatoriano, CODAE.

nn

107 Por esta ocasión enn forma directa y sin terna previa, nómbrase al señorn José Libio Arce Arboleda, Secretario Ejecutivo del Consejon Nacional de Desarrollo Afroecuatoriano, CODAE.

nn

108n Derógasen el Decreto Ejecutivo No 2351 del 13 de diciembre del 2004 y nómbrasen al doctor Juan Abel Echeverría Ramírez, Secretarion Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y den Remuneraciones del Sector Público, SENRES.

nn

109n Derógasen el Decreto Ejecutivo No 2273 de 23 de noviembre del 2004 y nómbrasen al doctor Iván Zambrano Cedeño, Presidente Ejecutivon de la Unidad de Desarrollo Norte, ÜDENOR..

nn

110n Derógasen el Decreto Ejecutivo No 11 de 17 de enero del 2003 y dispónesen que la Presidencia del Consejo Nacional de Modernizaciónn del Estado, CONAM, la ejercerá el Vicepresidente Constitucionaln de la República, ingeniero Alejandro Serrano Aguilar..

nn

111 Nómbrase al ingenieron comercial Adolfo Grunauer Klaere, Asesor Presidencial.

nn

112 Derógase el Decreton Ejecutivo No 2524 de 9 de febrero del 2005 y nómbrasen a la señora Irene Emperatriz Pesantez Calle, delegadan del Presidente de la República y Presidenta del Consejon de Programación de Obras de Emergencia de las Cuencasn del Río Paute y sus Afluentes, COPOE..

nn

114n Sustituyesen el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No 2713, publicadon en el Registro Oficial No 563 de 12 de abril del 2005.

nn

ACUERDOS:
n MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS:

nn

026 Nómbrase provisionalmenten a la economista Olga Núñez Sánchez, Subsecretarían de Presupuestos de esta Cartera de Estado.

nn

027-2005 Déjase sin efecto eln Acuerdo Ministerial No 165 y desígnase al ingeniero Alexn Raúl Villacrés Sánchez, delegado del señorn Ministro ante el Directorio de Autoridad Portuaria de Guayaquil.

nn

028-2005 Déjase sin efecto eln Acuerdo Ministerial No 171 y delégase al economista Migueln Fabricio Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral, paran que represente al señor Ministro ante la Comisiónn de Evaluación y Seguimiento a la propuesta presentadan por la Cámara Nacional de Acuacultura.

nn

029-2005 Déjase sin efecto eln Acuerdo Ministerial 177 y delégase al economista Migueln Fabricio Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral, paran que represente al señor Ministro ante el Consejo Nacionaln de Desarrollo Pesquero.

nn

030-2005n Desígnasen al economista Miguel Fabricio Ruiz Martínez, Subsecretarion del Litoral, delegado del señor Ministro ante la Juntan Provincial de Defensa Civil de El Oro..

nn

031-2005 Desígnase al economistan Miguel Fabricio Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral,n señor Ministro ante la Junta Provincial de Defensa Civiln del Guayas.

nn

032-2005 Desígnase al economistan Miguel Fabricio Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral,n delegado del señor Ministro ante el Comité Especialn de Desarrollo Agroindustrial y Turístico de la Provincian de Manabí.

nn

MINISTERIOn DE SALUD:

nn

0065 Derógase el Acuerdon Ministerial No 090 de 8 de febrero del 2001, publicado en eln Registro Oficial No 290 de 22 de marzo del 2001..

nn

0072n Refórmase el Acuerdo Ministerial No 00050 de 1 de marzon del 2004, en el que se conforma la comisión que realizarán el estudio de sectorización de farmacias..

nn

0074 Delégase al doctor Nicolásn Jara Orellana, Subsecretario General de Salud, para que presidan el Comité de Contrataciones de esta Cartera de Estado..

nn

0075 Encárgase la Direcciónn Ejecutiva del Consejo Nacional de Salud, al doctor Jorge Aurelion Albán Villacís..

nn

RESOLUCIONES:
n CONSEJO NACIONAL DEL SISTEMA MNAC:

nn

MNAC-012n Otórgasen la acreditación a los laboratorios: LAB-PSI Cía.n Ltda., en el área ambiental y al Departamento de Ciencian de Alimentos y Biotecnología, DECAB, en el árean de alimentos.

nn

SUBSECRETARÍAn DE RECURSOS PESQUEROS:

nn

060 Refórmase el Art. 22n del Acuerdo Ministerial No 001 de 21 de enero del 2004.23

nn

PROCURADURÍAn GENERAL DEL ESTADO:

nn

Extractos de consultas del mes de marzon del 2005.

nn

FUNCIÓNn JUDICIAL n
n
CONSEJOn NACIONAL DE LA JUDICATURA:

nn

-n Revócase la declaratoria de utilidad pública del inmueble de propiedad deln señor Saúl Reemberto Lara Paredes y otra, ubicadon en la provincia de Tungurahua, cantón Ambato, en las callesn Guayaquil 726 entre Sucre y Bolívar.

nn

CORTEn SUPREMA DE JUSTICIA
n SEGUNDA SALA DE LO LABORAL Y SOCIAL:

nn

Recursos de casaciónn en los juicios laborales seguidos por las siguientes personasn e instituciones:

nn

38-2004n Arturo Benalcázarn Herrera en contra de la Cooperativa de Vivienda Santa Ana den Cotacachi.

nn

47-2004n Néstorn Francisco Ruiz en contra de Autoridad Portuaria de Guayaquil.

nn

49-2004 María Pastora Chiguanon Ayala en contra de Luis Pedro Vega.

nn

66-2004 Segundo José Marían Pacheco Chamba en contra de PREDESUR.

nn

76-2004n Gabriela Ivanian Romero Vélez en contra de FILANBANCO S. A.

nn

81-2004 Anderson Roberto Muñeran Godoy en contra de ANDINATEL S. A.

nn

83-2004n Ana Lucían García Villavicencio en contra de FILANBANCO S. A. y otro.

nn

97-2004n Josén Luis García Vásconez en contra del Director Generaln de Aviación Civil.

nn

99-2004n Juan Alcidesn Viracocha Tocte en contra del Gerente Genera! de FLOLASA (Floresn Latacunga S. A.)

nn

103-2004n Tomásn Alvarado Paz en contra de Industria Cartonera Ecuatoriana S.n A.

nn

ORDENANZASn MUNICIPALES:

nn

-n Cantón Suscal: Quen regula la ocupación y funcionamiento de locales en losn bienes municipales afectados al servicio público.

nn

-n Cantón Suscal: Quen reglamenta el manejo, custodia y control de los fondos de cajan chica.

nn

-n Cantón Suscal: n Para la determinación, administración, controln y recaudación del impuesto al rodaje de los vehículos.

nn

-n Cantón Yanzatza: Quen expide la segunda reforma a la Ordenanza de Creación den la Dirección de Cultura, Desarrollo Sustentable y Ecoturismo. n

n nn

CONGRESO NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

nn

NOMBRE: «QUE PROTEGE AL ENFERMO
n DE CÁNCER Y SU FAMILIA».

nn

CÓDIGO: 26-659.

nn

AUSPICIO: H. SEGUNDO SERRANO.

nn

COMISIÓN: DE SALUD. MEDIO AMBIENTE
n Y PROTECCIÓN ECOLÓGICA.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 04-05-2005.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 11-05-2005.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

Los últimos estudios a nivel mundial, han determinadon que en la actualidad la enfermedad del cáncer es una den las principales causas de mortalidad en la mayor parte de países,n principalmente en los países más desarrollados,n en donde la contaminación, el medio ambiente, las malasn costumbres como la adherencia al tabaco, el alcohol, la droga,n la deficiente o inapropiada alimentación constituyen fuentesn primordiales para adquirir dicha enfermedad.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Es indispensable la creación de una ley que permitan que el Estado establezca las medidas necesarias para la protecciónn y defensa del enfermo de cáncer y su familia, toda vezn que, no es menos cierto que las personas al adolecer de esten tipo de enfermedad sufren un estado de depresión psicológica,n fisiológica, orgánica, etc., lo que en muchas ocasionesn ha conducido al suicidio.

nn

COMENTARIOS:

nn

En definitiva, el cáncer es una enfermedad que deben ser tomada muy en consideración y ser tratada oportunamente,n por lo tanto, las personas que la padecen tienen el derecho an recibir el apoyo de los organismos competentes del Estado enn la prevención y tratamiento de la enfermedad. Se deben establecer una verdadera política de protecciónn y ayuda al enfermo del cáncer que en la mayorían de los casos no son tratados o controlados por los costos quen representa su tratamiento y a sus familiares, víctimasn indirectas.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.
n CONGRESO NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEY
n DE INCREMENTO DE LAS
n PENSIONES JUBILARES DEL
n INSTITUTO ECUATORIANO
n DE SEGURIDAD SOCIAL».

nn

CÓDIGO: 26-660.

nn

AUSPICIO: H. RAFAEL DAVILA.

nn

COMISIÓN: DE GESTIÓN PUBLICA Y
n UNIVERSALIZACIÓN DE LA
n SEGURIDAD SOCIAL.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 05-05-2005.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 12-05-2005.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

Mediante Ley de Incremento de las Pensiones Jubilares deln IESS, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No 387,n se revoca todo contrato de comodato que no tenga como destinon final actividades de salud o educación emprendidas únicamenten por instituciones del Estado. En dicha ley se vulneran variosn derechos que las personas de la tercera edad y jubilados tienenn por mandato constitucional, es decir, recibir por parte del Estadon y la sociedad, una asistencia social integral, una provisiónn económica suficiente, un tratamiento preferente tributarion y de servicios, que garanticen su estabilidad física yn mental.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

Como un acto de reconocimiento a aquellas personas que hann entregado los mejores años de su vida para el desarrollon económico-social de nuestra patria, es justo que el Estadon y la sociedad retribuyan ese esfuerzo y por lo menos les permitann seguir contando con los bienes inmuebles e instalaciones que,n las autoridades del IESS les han entregado en calidad de comodato,n para suplir un servicio social que por disposición constitucional,n el Estado está obligado a brindar.

nn

COMENTARIOS:

nn

Tanto el IESS como las federaciones y asociaciones de jubiladosn y pensionistas, para hacer funcional los inmuebles entregadosn en comodato y que cumpla con las especificaciones que requieren adecuar un espacio propio para personas de la tercera edad, hann invertido importantes recursos económicos para financiarn la construcción y no es dable que se pretenda privarlesn de estos espacios que los tienen destinados a centros de alfabetización,n talleres, salones sociales, áreas de recreación,n etc.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn

CONGRESO NACIONAL

nn

EXTRACTO DEL PROYECTO DE LEY
n ART. 150 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA

nn

NOMBRE: «REFORMATORIA A LA LEY
n ESPECIAL DE DISTRIBUCIÓN
n DEL 15% DEL PRESUPUESTO
n DEL GOBIERNO NACIONAL».

nn

CÓDIGO: 26-661.

nn

AUSPICIO: H. WILLIAM CARVAJAL.

nn

COMISIÓN: DE LO TRIBUTARIO, FISCAL Y
n BANCARIO.

nn

FECHA DE
n INGRESO: 05-05-2005.

nn

FECHA DE ENVIÓ
n A COMISIÓN: 11-05-2005.

nn

FUNDAMENTOS:

nn

La Constitución Política de la República,n en su artículo 228 define como gobiernos seccionales an los municipios, consejos provinciales y juntas parroquiales,n y para su fortalecimiento establece una legislación específican y general.

nn

OBJETIVOS BÁSICOS:

nn

La Ley Especial de Distribución del 15% del Presupueston del Gobierno Central para los Gobiernos Seccionales, debido an que fue expedida con anterioridad a la aprobación de lan Ley Orgánica de las Juntas Parroquiales, no contemplan dentro de la distribución el porcentaje para las juntasn parroquiales, por lo que es necesario, en estricto cumplimienton al mandato constitucional, reformar las leyes secundarias paran mantener coherencia y concordancia con la Carta Magna y de estan manera hacer efectiva la descentralización.

nn

COMENTARIOS:

nn

Dicha reforma es urgente realizarla ya que ni el Gobiernon Central, ni municipios y consejos provinciales, han cumplidon su deber constitucional de ser los que satisfagan las necesidadesn básicas del sector rural durante toda nuestra vida republicana,n fracaso que se evidencia por la falta de obras básicasn ya que las asignaciones para las parroquias rurales jamásn se ejecutaron ya que privilegiaron el crecimiento urbano.

nn

f.) Dr. John Argudo Pesantez, Secretario General del Congreson Nacional.

nn

No.104-A

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que con Decreto Ejecutivo No. 509, expedido el 25 de eneron de 1999, se designó al abogado Nelson Velasco Izquierdo,n Presidente del Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectualn -IEPI-, de conformidad con lo que dispone el Art. 349 de la Leyn de Propiedad Intelectual;

nn

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 2079, dictado el 10 den septiembre del 2004, se designó al doctor Carlos Heloun Cevallos, Presidente del Instituto Ecuatoriano de la Propiedadn Intelectual -IEPI-, en reemplazo del abogado Nelson Velasco Izquierdo,n en circunstancias en que se encontraba en legal ejercicio den sus funciones, dentro del período señalado en eln invocado Art. 349;

nn

Que el mencionado Decreto Ejecutivo No. 2079, se contraponen a lo que sobre la materia ordena el Art. 349 de la Ley de Propiedadn Intelectual; y,

nn

En uso de sus facultades,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO 1.- Derogar el Decreto Ejecutivo No. 2079, expedidon el 10 de septiembre del 2004, mediante el cual se nombrón al doctor Carlos Helou Cevallos como Presidente del Instituton Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-.

nn

ARTICULO 2.- Este decreto entrará en vigencia partirn de la presente fecha, sin perjuicio de ‘su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de mayo del dosn mil cinco.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No.104-B

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 349 den la Ley de Propiedad Intelectual,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO 1.- Designar al doctor César Dávilan Torres, Presidente del Instituto Ecuatoriano de la Propiedadn Intelectual -IEPI-, para el período de seis añosn previsto en el Art. 349 de la Ley de Propiedad Intelectual.

nn

ARTICULO 2.- Este decreto entrará en vigencia a partirn de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 12 de mayo del dosn mil cinco.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 106

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 2715 de 6 de abril deln 2005, publicado en el Registro Oficial No. 1 de 21 de los citadosn mes y año, se crea adscrito a la Presidencia de la República,n el Consejo de Desarrollo Afroecuatoriano, CODAE; y,

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 10n del artículo 171 de la Constitución Polítican de la República, el Estatuto del Régimen Jurídicon Administrativo de la Función Ejecutiva y, el artículon 2, letra a) del Decreto Ejecutivo No. 271.5 de 6 de abril deln 2005,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derogar el Decreto Ejecutivo No. 2116 den 22 de septiembre del 2004, en virtud del cual se nombrón al señor Vidal Alberto Leones Rodríguez, en calidadn de delegado del Presidente de la República ante la Corporaciónn de Desarrollo Afro-Ecuatoriana, CODAE, agradeciéndolen por los servicios prestados.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Nombrar a la señorita Nercis Leandran Quiñónez Rodríguez, como delegada del Presidenten de la República ante el Consejo de Desarrollo Afroecuatoriano,n CODAE, quien lo presidirá.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No 107

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 2715 de 6 de abril deln 2005, publicado en el Registro Oficial No. 1 de 21 de los citadosn mes y año, se crea adscrito a la Presidencia de la República,n el Consejo de Desarrollo Afroecuatoriano, CODAE; y,

nn

En ejercicio de .la facultad que le confiere el numeral 10n del artículo 171 de la Constitución Polítican de la República, el Estatuto del Régimen Jurídicon Administrativo de la Función Ejecutiva y, la disposiciónn transitoria segunda, del Decreto Ejecutivo No. 2715 de 6 de abriln del 2005,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Por esta ocasión, el Presidenten de la República nombra, en forma directa y sin tema previa,n como Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Desarrollon Afroecuatoriano, CODAE, al señor José Libio Arcen Arboleda.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 108
n
Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Ley No. 2003-17 del 25 de septiembre del 2003,n publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 184 de 6n de octubre del mismo año, se crea la Secretarían Nacional Técnica de Desarrollo de Recursos Humanos y den Remuneraciones del Sector Público, SENRES; y,

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el Art. 171, numeraln 10 de la Constitución Política de la Repúblican y, el Art. 54 de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carreran Administrativa y de Unificación y Homologaciónn de las Remuneraciones del Sector Público,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derogar el Decreto Ejecutivo No. 2351 deln 13 de diciembre del 2004, en virtud del cual se nombrón al señor Ing. Com. Ramiro O. Espín A., en calidadn de Secretario Nacional Técnico de Desarrollo de Recursosn Humanos y de Remuneraciones del Sector Público, a quienn se le agradece por sus servicios.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Nombrar al señor doctor Juan Abeln Echeverría Ramírez, para desempeñar lasn funciones de Secretario Nacional Técnico de Desarrollon de Recursos Humanos y de Remuneraciones del Sector Público,n SENRES.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No 109

nn

Alfredo Palacio González
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículon 171, numeral 10 de la Constitución Política den la República y el literal b) del artículo 2 deln Decreto Ejecutivo No. 2243 de 10 de noviembre del 2004, publicadon en el Registro Oficial N9. 465 de 19 de noviembre del 2004,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derógase el Decreto Ejecutivo No.n 2273 de 23 de noviembre del 2004, mediante el cual se nombrón al Ingeniero Glauco Bustos, Presidente Ejecutivo de UDENOR, agradeciéndolen por los servicios prestados.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Nómbrase al doctor Iván Zambranon Cedeño, para desempeñar las funciones de Presidenten Ejecutivo de la Unidad de Desarrollo Norte, UDENOR, quien ejercerán la representación legal de dicha unidad y tendrán rango de Ministro de Estado.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.
n f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.» Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 110

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que el artículo 173 de la Constitución Polítican de la República del Ecuador establece que el Vicepresidente,n cuando no reemplace al Presidente de la República, ejercerán las funciones que éste le asigne;

nn

Que el Consejo Nacional de Modernización del Estado,n CONAM, de conformidad con lo dispuesto en la letra a) del artículon 11 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizacionesn y Prestación de Servicios Públicos por parte den la Iniciativa Privada, publicada en el Registro Oficial No. 349n de 31 de diciembre de 1993, estará conformado, entre otros,n por un delegado del Presidente de la República, quienn lo presidirá; y,

nn

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículon 171, numeral 10 de la Constitución Política den la República,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derógase el Decreto Ejecutivo No.n 11 de 17 de enero del 2003, mediante el cual se nombrón al ingeniero Carlos Vega Martínez, Presidente del Consejon Nacional de Modernización del Estado, CONAM, agradeciéndolen por los servicios prestados.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- La Presidencia del Consejo Nacional den Modernización del Estado, CONAM, lo ejercerá eln Vicepresidente Constitucional de la República, ingenieron Alejandro Serrano Aguilar, con las atribuciones consagradas enn el Capítulo II de la Ley de Modernización del Estado,n Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicosn por parte de la Iniciativa Privada y sus reformas constantesn en el Título I del Decreto Ley 2000-1, publicadas en eln Suplemento del Registro Oficial No. 144 de 18 de agosto del 2000.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacios Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 111

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículon 171, numeral 10 de la Constitución Política den la República,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Nombrar al ingeniero comercial Adolfo Grunauern Klaere, para desempeñar las funciones de Asesor Presidencial.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 112

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:

nn

Que en cumplimiento a lo dispuesto en la letra a) del artículon 2 del Decreto Ejecutivo No. 659, publicado en el Registro Oficialn No. 167 de 13 de abril de 1993; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículon 171, numeral 10 de la Constitución Política den la República,

nn

Decreta:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Derógase el Decreto Ejecutivo No.n 2524 de 9 de febrero del 2005, mediante el cual se nombrón a la economista Lucía Alvear Orellana, para desempeñarn las funciones de delegada del Presidente de la Repúblican ante el COPOE, agradeciéndole por los servicios prestados.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Nómbrase a la señora Irenen Emperatriz Pesantez Calle, para desempeñar las funcionesn de delegada del Presidente de la República y Presidentan del Consejo de Programación de Obras de Emergencia den las Cuencas del Río Paute y sus Afluentes, COPOE, quienn lo presidirá.

nn

ARTICULO TERCERO.- Este decreto entrará en vigencian a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No. 114

nn

Alfredo Palacio Gonzáles
n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
n REPÚBLICA

nn

Considerando:
n Que el artículo 42 de la Constitución Polítican de la República establece como obligación del Estadon garantizar el derecho a la salud, su promoción y protección,n por medio del desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisiónn de agua potable y saneamiento básico, el fomento de ambientesn saludables en lo familiar, laboral y comunitario, y la posibilidadn de acceso permanente e ininterrumpido a servicios de salud, conformen a los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidadn y eficiencia;

nn

Que el artículo 96 del Código de Salud determinan que el Estado fomentará y promoverá la salud individualn y colectiva;

nn

Que durante la actual temporada invernal se ha presentadon un brote epidémico de dengue hemorrágico y denguen clásico; y existe el riesgo inminente de que se presentenn otras enfermedades infecto contagiosas, propias de la estaciónn invernal del sector costanero que afecten a otras zonas del país;

nn

Que es prioritario y urgente que el Gobierno Nacional, a travésn del Ministerio de Salud Pública, garantice la salud en integridad de los ecuatorianos de todo el territorio nacional,n para cuyo efecto le corresponde adoptar los mecanismos necesariosn que posibiliten prestar a la ciudadanía un adecuado servicion de atención emergente que permita superar tales epidemias;

nn

Que es necesario tomar las medias preventivas de emergencian para controlar la proliferación de vectores;

nn

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 2713, publicado en el Registron Oficial No. 563 de 12 de abril del 2005, se declaró lan emergencia médica y sanitaria de todas las áreas,n centros de salud y hospitales del país, dependientes deln Ministerio de Salud Pública, por haberse presentado unn brote epidémico de dengue hemorrágico y denguen clásico;

nn

Que conforme a lo previsto en el numeral 2 del Art. 17 den la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilizaciónn y Transparencia Fiscal, el 20% de los recursos del FEIREP puedenn destinarse, entre otros fines, para atender emergencias legalmenten declaradas, dentro de la limitación impuesta en el Art.n 47 del reglamento en la referida ley;

nn

Que de acuerdo con lo previsto en el Art. 57 de la Ley den Presupuestos del Sector Público, en concordancia con eln Art. 48, numeral 7 de la Ley Orgánica de Administraciónn Financiera y Control, en situaciones de emergencia local, regionaln o nacional declaradas por el Primer Mandatario, es posible quen se ejecuten incrementos de créditos al Presupuesto Generaln del Estado aprobado por el Congreso Nacional, durante la etapan de ejecución presupuestaria; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones contempladas en el Art. 181n de la Constitución Política de la República,

nn

Decreta:

nn

Art. 1.- Sustituyase el artículo 2 del Decreto Ejecutivon No. 2713, publicado con el Registro Oficial No. 563 de 12 den abril del 2005 de 4 de abril del 2005, por el siguiente:

nn

«Art. 2.- Dispóngase al Ministerio de Economían y Finanzas viabilizar el incremento de créditos al Presupueston General del Estado por el monto de US $ 5’000.000.00 (CINCO MILLONESn DE DOLARES), conforme a lo previsto en el artículo 57n de la Ley Presupuestos del Sector Público, en concordancian con el artículo 48, numeral 7 de la Ley Orgánican de Administración Financiera y Control. Estos recursosn se destinarán a través del Ministerio de Saludn Pública, para atender la emergencia sanitaria declarada,n en las zonas afectadas por el dengue hemorrágico y clásico».

nn

Art. 2.- El Ministerio de Economía y Finanzas, precautelarán que la utilización de los US $ 5’000.000,00 provenientesn del FEIREP, de conformidad con lo previsto en el numeral 2 deln Art. 17 de la Ley Orgánica de Responsabilidad, Estabilizaciónn y Transparencia Fiscal, que se destinan para el financiamienton de la emergencia declarada, no afecte la limitación impuestan en el Art. 47 del Reglamento a la Ley Orgánica de Responsabilidad.n Estabilización y Transparencia Fiscal, a fin de evitarn que se descapitalice en un solo ejercicio fiscal, el porcentajen del 20% de estabilización, a que se refiere el numeraln 2 del Art. 17 de la ley antes citada..

nn

Art. 3.- De la ejecución de este decreto, que entrarán en vigencia desde la presente fecha, sin perjuicio de su publicaciónn en el Registro Oficial, encargúese a los ministros den Economía y Finanzas y de Salud Pública.

nn

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Alfredo Palacio Gonzáles, Presidente Constitucionaln de la República.

nn

Es fiel copia del original.- Lo certifico.

nn

f.) Juan Montalvo Malo, Subsecretario General de la Administraciónn Pública.

nn

No 026

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

Considerando:

nn

Que, el literal a.4) del artículo 11 del Reglamenton de la Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativan y de Unificación y Homologación de las Remuneracionesn del Sector Público, establece la facultad de la autoridadn nominadora para extender nombramientos provisionales; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO PRIMERO.- Nombrar provisionalmente a la economistan Olga Núñez Sánchez, servidora de este Ministerion para que ejerza las funciones de Subsecretaría de Presupuestosn de esta Cartera de Estado, por el tiempo que la autoridad nominadoran considere necesario, para cuyo efecto expídase la acciónn de personal correspondiente.

nn

ARTICULO SEGUNDO.- Concluido el presente nombramiento provisionaln la mencionada funcionaría regresará a su pueston de origen en las mismas condiciones anteriores a su designación.

nn

Comuníquese, Quito, a 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 027-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En uso de las atribuciones que le confieren la ley,

nn

Acuerda:

nn

Artículo 1.- A partir de la presente fecha se dejan sin efecto el Acuerdo Ministerial No 165, expedido el 5 de julion del 2004.
n Artículo 2.- Designar delegado, en representaciónn del Ministerio de Economía y Finanzas, ante el Directorion de Autoridad Portuaria de Guayaquil al Ing. Alex Raúln Villacrés Sánchez, quien deberá informarn periódicamente sobre los temas tratados y resultados obtenidosn en cada una de las reuniones.

nn

Comuníquese, Quito, 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 028-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

Artículo 1.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerialn No 171, expedido el 12 de julio del 2002.

nn

Artículo 2.- Delegar al señor Econ. Miguel Fabricion Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral de esta Carteran de Estado, para que me represente ante la Comisión den Evaluación y Seguimiento a la propuesta presentada porn la Cámara Nacional de Acuacultura tendiente a reactivarn al sector camaronero.

nn

Comuníquese, Quito, 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 029-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

Artículo 1.- Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerialn No 177, expedido el 13 de julio del 2004.

nn

Artículo 2.- Delegar al señor Econ. Miguel Fabricion Ruiz Martínez, Subsecretario del Litoral de esta Secretarían de Estado, para que me represente ante el Consejo Nacional den Desarrollo Pesquero.

nn

Comuníquese, Quito, 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 030-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

Artículo Único.- Designar delegado en representaciónn del Ministerio de Economía y Finanzas, ante la Junta Provincialn de Defensa Civil de El Oro al Econ. Miguel Fabricio Ruiz Martínez,n Subsecretario del Litoral de esta Cartera de Estado.

nn

Comuníquese, Quito, 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 031-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

Artículo Único.- Designar delegado en representaciónn del Ministerio de Economía y Finanzas, ante la Junta Provincialn de Defensa Civil del Guayas al Econ. Miguel Fabricio Ruiz Martínez,n Subsecretario del Litoral de esta Cartera de Estado.

nn

Comuníquese, Quito, a 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No 032-2005

nn

EL MINISTRO DE ECONOMÍA
n Y FINANZAS

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:
n Artículo Único.- Designar delegado en representaciónn del Ministerio de Economía y Finanzas, ante el Comitén Especial de Desarrollo Agroindustrial y Turístico de lan Provincia de Manabí al Econ. Miguel Fabricio Ruiz Martínez,n Subsecretario del Litoral de esta Cartera de Estado.

nn

Comuníquese, Quito, 17 de mayo del 2005.

nn

f.) Dr. Rafael Correa Delgado, Ministro de Economían y Finanzas.

nn

Es copia, certifico.

nn

f.) Diego Roberto Porras A., Secretario General del Ministerion de Economía y Finanzas, Ene.

nn

17 de mayo del 2005.

nn

No. 0065

nn

EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 176,n y numeral 6 del artículo 179, Capítulo 3 Títulon VII de la Constitución Política de la República,n los ministros de Estado representan al Presidente de la Repúblican en los asuntos propios del Ministerio a su cargo; esto, en concordancian con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Ejecutivon No. 2428, publicado en el Registro Oficial No. 536 de 18 de marzon del 2002, que modifica el Estatuto del Régimen Jurídicon y Administrativo de la Función Ejecutiva;

nn

Que el artículo 3 de la Ley de Producción, Importación,n Comercialización y Expendio ‘de Medicamentos Genéricosn de Uso Humano, publicado en el Registro Oficial No. 59 del 17n de abril del 2000, dispone que el Consejo Nacional de Fijaciónn y Revisión de Precios de Medicamentos de Uso Humano estén integrado por el Ministerio de Salud Pública, quien lon presidirá, o su delegado permanente;

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 090 de 8 de febrero deln 2001, publicado en el Registro Oficial No. 290 del 22 de marzon del 2001, se designa al Dr. Patricio Ampudia Romero, Directorn Nacional de Áreas de Salud como delegado permanente deln Ministro de Salud Pública, al Consejo Nacional de Fijaciónn y Revisión de Precios de Medicamentos de Uso Humano, quienn lo presidirá; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones concedidas por los artículosn 176 y 179 de la Constitución Política de la Repúblican y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídicon Administrativo de la Función Ejecutiva,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Derogar expresamente el Acuerdo Ministerial No. 090n de 8 de febrero del 2001, publicado en el Registro Oficial No.n 290 de 22 de marzo del 2001, mediante el cual se designón al Dr. Patricio Ampudia Romero, Director Nacional de Áreasn de Salud, como delegado permanente del Ministro de Salud Pública,n al Consejo Nacional de Fijación y Revisión de Preciosn de Medicamentos de Uso Humano, quien lo presidirá.

nn

Art. 2.- El presente acuerdo ministerial entrará enn vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicion de su publicación en el Registro Oficial.

nn

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de mayo deln 2005.

nn

f.) Dr. Wellington Sandoval Córdova, Ministro de Saludn Pública.

nn

Es fiel copia del documento que consta en el archivo de lan Secretaría General al que me remito en caso necesario.-n Lo certifico.- Quito, a 16 de mayo del 2005.- f.) Secretarian General, Ministerio de Salud Pública.

nn

No. 0072

nn

EL MINISTRO DE SALUD PUBLICA

nn

Considerando:

nn

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 248, publicado en el Registron Oficial No. 55 de 4 de abril del 2004, se expide el Reglamenton de Control y Funcionamiento de Establecimientos Farmacéuticos;

nn

Que el Reglamento de Control y Funcionamiento de Establecimientosn Farmacéuticos manda:

nn

«Art. 2.- La Dirección de Control Sanitario enn el transcurso del primer trimestre de cada año dispondrán que las Direcciones Provinciales de Salud procedan al estudion de Sectorización en las áreas urbanas, urbano marginalesn y rurales donde podrán ubicarse los establecimientos farmacéuticos»;

nn

Que mediante Acuerdo Ministerial No. 000050 de 1 de marzon del 2004, se conforma la comisión en las direcciones provincialesn de salud, para el estudio de la sectorización de las farmaciasn en las áreas de su competencia;

nn

Que mediante comunicación de 18 de marzo del 2004,n el Diputado por la provincia del Guayas, solicita al señorn Ministro de Salud, la reforma al Acuerdo Ministerial No. 000050n de 1 de marzo del 2004, en que se incluya de la comisiónn al representante de la Federación Ecuatoriana de Propietariosn de Farmacias;

nn

Que la Dirección de Gestión Técnica deln Sistema Nacional, a través de la Dirección de Controln y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria de esta Cartera de Estado,n mediante memorando No. SVS-11-010-SF de 25 de enero del 2005,n solicitó la reforma del Acuerdo 000050 de marzo 1 deln 2004; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le otorga los artículosn 176 y 179 de la Constitución Política de la República,n en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimenn Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1.- Reformar el Acuerdo Ministerial No. 000050 de 1 den marzo del 2004, en el que se conforma la comisión quen realizará el estudio de sectorización de farmacias,n en el inciso primero del Art. 2 que dirá:

nn

«Cada Comisión estará integrada por losn siguientes miembros: El Director Provincial de Salud quiénn lo presidirá, el Jefe de Control Sanitario, el Presidenten del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicosn Farmacéuticos de la Provincia, un representante de lan Federación Ecuatoriana de P