n

MES DE ABRILn DEL 2001

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REGISTRO OFICIAL
ORGANO DEL GOBIERNO DEL ECUADOR
Administración del Sr. Dr. Gustavo Noboa Bejarano
Presidente Constitucional de la República
Lunes 16 de Abril del 2001
n
REGISTRO OFICIAL No. 306
n
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
n
DR. JOSE A. MOREJON MARTINEZ
DIRECTOR
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FUNCIONn EJECUTIVA:

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ACUERDOS

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MINISTERIOn DE AGRICULTURA
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n 060 Ratíficase porn un año màs la vigencia de varios consejos consiltivosn
n
n 064 Traspásanse enn forma definitiva a favor del Instituto Nacional de Capacitaciónn Campesina, un vehìculo de su propiedad .
n
n 065 Refórmase el Acuerdo Ministerialn No 326 del 16 de Noviembre del 2000, publicado en el Registron oficial No 219 de 7 de Diciembre del mismo año.
n
n MINISTERIOn DE ECONOMIA Y FINANZAS
n

n 094 Expídese el Reglamento Orgánicon del Ministerio de Finanzas
n

nn

FUNCIONn JUDICIAL:

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CORTEn SUPREMA DE JUSTICIA PRIMERA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL
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n Recursos de casación en los juicios seguidos por lasn siguientes personas:
n
n 42-2001 Isabel Macìasn Triana en contra de Gari Gil Rodríguez
n
n 43-2001 Sociedad de Obrerosn «1 de Mayo» en contra de Ramiro Antonio Correa Grandan
n
n 45-2001 José Neptali Garzón Patedean y otros en contra de las herederas de Maria Esther Paredes Paredesn
n
n 52-2001 Servicios y Mercados C.A. enn contra del Intendente Especial dc la Liquidación del Bancon de Descuento S.A.
n
n ORDENANZASn MUNICIPALES:
n

n -n Cantòn San Fernando: Quen reforma la Ordenaza que establece el cobro por servicios técnicosn y administrativos .
n
n – Cantón San Fernando:n Que reforma a la Ordenanza que regula el servicio den agua potable
n
n AVISOSn JUDICIALES:
n

n -n Juicio de rehabilitación: Seguido por Fèlix Francisco Vèlezn Vera en contra de Marcelo Vasquez Brito (1ra publicación)n
n
n – n Muerte presunta: n Seguido por Nilda Talia Ortiz Mora (1ra publicaciòn)
n
n -n Juicio de expropiación: Seguido por el I. Municipio del Cantónn Guano (2da publicación)
n
n -n Juicio de expropiación: Seguido por la I. Municipalidad deln Cantón Chunchi (2da publicaciòn)
n
n -n Muerte presunta: n Del señor Nèstor Enrique Bernal Cumba (2da publicaciòn)n .
n
n -n Muerte presunta: n De la señoran Mei Hui Huang Ho (3ra publicación) n

n nn

N0 060

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

nn

Considerando:

nn

Que, en el Registro Oficial N0 372 del 30 de julio de 1998.n se publicó el nuevo Reglamento Orgánico Funcionaln del Ministerio de Agricultura y Ganadería, cuyo artículon 20 establece las funciones de concertación agropecuaria;

nn

Que, entre las referidas funciones están las de presentarn al Ministro de Agricultura y Ganadería, los puntos den vista y sugerencias del sector privado, sobre las políticasn y estrategias a implementarse;

nn

Que, entre los objetivos fundamentales del Ministerio de Agriculturan y Ganadería está el procurar mecanismos de concertaciónn de los intereses públicos y privados con el fin de solucionarn oportuna y adecuadamente los problemas de interés sectorial;

nn

El Ministerio de Agricultura y Ganadería se ha convertidon en facilitador de la organización de los comitésn de concertación, encontrándose vigentes a la fechan los de las cadenas agroindustriales de arroz – piladoras, maízn – soya – balanceados avicultura, caña – azúcar,n papa, hortifruticultura, floricultura, banano, leche – productosn lácteos y carne – productos cárnicos;

nn

Que el artículo 8 del Reglamento General de los Consejosn Consultivos, expedido mediante Acuerdo Ministerial N0 353 deln 29 de octubre de 1999 estipula la revisión y renovaciónn de la vigencia de los citados consejos en febrero de cada año,n en base a la recomendación del Proyecto SICA; y,

nn

En uso de las atribuciones que le competen,

nn

Acuerda:

nn

ARTICULO 1. – Ratificar por un año más la vigencian de los siguientes consejos consultivos:

nn

Consejo del Arroz – Piladoras.

nn

Consejo del Maíz ­ Soya ­ Balanceados – Avicultura

nn

Consejo de la Caña – Azúcar.

nn

Consejo de la Papa.

nn

Consejo del Hortifruticultura.

nn

Consejo de la Floricultura.

nn

Consejo del Banano.

nn

Consejo de Semillas.

nn

Consejo de la Leche – Productos Lácteos.

nn

Consejo de la Carne – Productos Cárnicos.

nn

ARTICULO 2. – La creación inmediata del Consejo Consultivon de Semillas, para lo cual el Proyecto SICA presentarán una propuesta de integración bajo parámetros den equilibrio en la representación regional y por tipo den cultivos.

nn

ARTICULO 3. – Se encarga al Proyecto SICA el estudio y lan propuesta de creación en un plazo de 60 días den los Consejos Consultivos de Fibras Naturales del Consejo Consultivon de la Madera así como del Consejo Consultivo del Sectorn Agropecuario.

nn

Comuníquese y publíquese. – 1 de marzo del 2001.

nn

f) Ing. Galo Plaza Pallares, Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería, es fiel copian del original.

nn

Lo certifico: f) Director Administrativo Financiero.

nn

Fecha: 5 marzo del 2001.

nn nn

N°n 064

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

nn

Considerando:

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivo N0 417, publicado en el Registron Oficial N0 105 del 10 de julio de 1997, se organiza la capacitaciónn indígena campesina establecida en la Ley de Desarrollon Agrario;

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivo Reformatorio N0 1423, publicadon en el Registro Oficial N0 321 del 20 de mayo de 1998, se crean el Instituto Nacional de Capacitación Campesina – INCCAn – , como organismo autónomo del sector públicon adscrito al Ministerio de Agricultura y Ganadería, conn personalidad jurídica, autonomía administrativa,n económica, financiera y técnica, con patrimonion propio y presupuesto especial; con el fin de que se encarguen de la organización y ejecución de la capacitaciónn indígena en el país;

nn

Que, el artículo 5, literal d) del Decreto Ejecutivon Reformatorio 1423, publicado en el Registro Oficial N0 321 deln 20 de mayo de 1998, estipula que el patrimonio y los recursosn propios del Instituto Nacional de Capacitación Campesina,n lo constituirán entre otros, los ingresos y bienes quen se le asigne a cualquier título;

nn

Que, el Instituto Nacional de Capacitación Campesina,n para el cumplimiento de los fines y objetivos para el cual fuen creado, necesita contar con un parque automotor suficiente yn en buen estado, que le permita atender satisfactoriamente losn requerimientos propios que demanda la capacitación y transferencian de tecnología; y,

nn

En uso de las atribuciones que le confiere el Capítulon IV del Reglamento General de Bienes del Sector Público,

nn

Acuerda:

nn

Art. 1. – Traspasar en forma definitiva a favor del Instituton Nacional de Capacitación Campesina, entidad adscrita aln Ministerio de Agricultura y Ganadería, un vehículon de su propiedad de las características que a continuaciónn se detallan.

nn

N0 MOTOR: 4G63R185 19
n N0 CHASIS: K02 – 2434
n MODELO: L – 200 2.000 CC 4 CILINDROS
n AÑO: 1996
n MARCA: MITSUBISHI
n PLACA: PEL – 826
n COLOR: VERDE SELVA
n CARROCERIA: E10095 – 082434

nn

Art. 2. – La Dirección Administrativa y Financieran del Ministerio de Agricultura y Ganadería, tomarán debida nota del presente acuerdo, para eliminar de los activosn de la institución el automotor que se traspasa en forman definitiva a través de este instrumento al Instituto Nacionaln de Capacitación Campesina.

nn

Art. 3. – Facúltase al Director Ejecutivo del Instituton Nacional de Capacitación Campesina, para que realice todosn los trámites legales y administrativos necesarios, hastan la completa legalización del referido vehículon a favor del Instituto Nacional de Capacitación Campesina.

nn

Art. 4. – El presente acuerdo entrará en vigencia an partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio den su publicación en el Registro Oficial.

nn

Comuníquese y publíquese. – Dado en Quito, an 2 de marzo del 2001.

nn

f.) Ing.. Galo Plaza Pallares, Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería, es fiel copian del original.

nn

Lo certifico: f.) Director Administrativo Financiero.

nn

Fecha: 5 marzo del 2001.

nn nn

N0 065

nn

EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

nn

Considerando:

nn

Que, la Ley de Erradicación de la Fiebre Aftosa expedidan el 24 de marzo del 2000, publicada en el Registro Oficial N0n 48 del mismo mes y año, dispone mediante el Art. 10, sen establezca un sistema de cifras y marcas para identificaciónn del ganado;

nn

Que, con Acuerdo Ministerial N0 326 del 16 de noviembre deln 2000, publicado en el Registro Oficial N0 219 del 7 de diciembren del mismo año, se emite la norma para identificaciónn del ganado mediante el uso de cifras, marcas y señales;

nn

Que, la Secretaría General de la Comunidad Andina,,n en conocimiento del Acuerdo Ministerial N0 326 y para efecton de ser incorporado al Registro Subregional de Normas Sanitariasn sin observaciones, solícita cambios parciales en su texton original; y,
n En uso de las atribuciones que le confiere la ley,

nn

Acuerda:

nn

Las siguientes reformas al Acuerdo Ministerial N0 326 deln 16 de noviembre del 2000, publicado en el Registro Oficial N0n 219 de 7 de diciembre del mismo año.

nn

Art. 1. – Sustituir en el Art. 6 la expresión: «Decisiónn 347» por la siguiente: «Resolución 347 de lan junta y 315 de la Secretaria General».

nn

Art. 2. – Agréguese al Art. 7 el siguiente inciso:n «Están exentos del cumplimiento del Acuerdo Ministerialn N0 326, los equinos en internación temporal destinadosn a competencia o depone y a exposiciones o ferias, provenientesn de otros países de la Comunidad Andina, debiendo cumplirn exclusivamente los requisitos sanitarios contemplados en la Resoluciónn 434 de la Secretaría General de la Comunidad Andina».

nn

Art. 3. – El presente acuerdo, entrará en vigencian a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio den su promulgación en el Registro Oficial.

nn

Dado en Quito, 2 de marzo 2001. – Comuníquese.

nn

f.) Ing.. Galo Plaza Pallares, Ministro de Agricultura y Ganadería.

nn

Ministerio de Agricultura y Ganadería, es fiel copian del original.

nn

Lo certifico: f.) Director Administrativo Financiero.

nn

Fecha: 5 marzo del 2001.

nn nn

No. 094

nn

Jorge Gallardo
n MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

nn

Considerando:

nn

Que, el numeral 6 del artículo 179 de la Constituciónn Política de la República del Ecuador dispone quen corresponde a los ministros de Estado expedir las normas, acuerdosn y resoluciones que requiera la gestión ministerial;

nn

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 366 de 10 de mayo deln 2000, publicado en el Registro Oficial No. 81 del 19 del mismon mes y año, se cambió la denominación deln Ministerio de Finanzas y Crédito Público por lan de Ministerio de Economía y Finanzas y dispuso la implantaciónn de un nuevo Estatuto Orgánico de esta entidad;

nn

Que, en el proceso de Modernización Administraciónn del Estado se debe actualizar la misión, los objetivosn estratégicos y renovar en forma integral la organizaciónn del Ministerio de Economía y Finanzas sobre la base den una estructura de procesos, con el propósito de que sun gestión se ajuste al contexto económico, legaln e institucional; y,

nn

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el segundon inciso del articulo 360 de la Ley Orgánica de Administraciónn Financiera y Control y el último inciso del articulo 16n del Estatuto Jurídico Administrativo de la Funciónn Ejecutiva,

nn

Acuerda:

nn

Expedir el siguiente Reglamento Orgánico del Ministerion de Economía y Finanzas.

nn

Articulo 1. – Con el fin de que el Ministerio de Economían y Finanzas cumpla con la misión establecida en el Decreton Ejecutivo No. 366 del 10 de mayo del 2000, los procesos sustantivosn son los siguientes: de Economía, destinado a elaborar,n ejecutar, realizar el seguimiento y evaluar el Programa Económicon del Gobierno Nacional; y de Finanzas Públicas, orientadon a administrar los recursos de la hacienda pública de maneran que se asegure su equilibrio y sostenibilidad en el corto, mediandon y largo plazo, y la asignación eficiente, transparenten y equitativa de los recursos fiscales.

nn

Para el funcionamiento de los procesos sustantivos el Ministerion de Economía y Finanzas contará con procesosn directivos, de apoyo y asesoría.

nn

Los procesos directivos se encargarán de promulgarn directrices, políticas, planes estratégicos, etc.,n que son necesarios para administrar la organización. Losn procesos directivos del Ministerio de Economía y Finanzasn son los siguientes: Despacho Ministerial, responsable de diseñarn la política económica y someterla a conocimienton y aprobación del Presidente de la República previon a su ejecución y conducción y de gestionar lasn finanzas públicas, así como de liderar y administrarn la institución; y, Coordinación General, orientadon a colaborar en la gestión administrativa
n del Ministro y responsable de coordinar los servicios de asesorían institucional.

nn

Los procesos de apoyo y asesoría tienen ‘comon responsabilidad asegurar la provisión de servicios den apoyo logístico y de asesoría para el normal funcionamienton de los procesos directivos, sustantivos y para sí mismos.n Para el caso del Ministerio de Economía y Finanzas, losn procesos de apoyo y asesoría son los siguientes: de Serviciosn Administrativos, encargado de administrar los recursos humanos,n materiales y de seguridad, financieros institucionales, tecnologían informática y planeamiento de seguridad; de Asesorían Jurídica, para proveer de servicios de asesorían legal; y ‘de Auditoria Interna, destinado a definir políticas,n normas, procedimientos y la gestión de control internon del Ministerio de Economía y Finanzas.

nn

Artículo 2. – El Ministerio de Economía y Finanzasn como un todo orgánico constituye un megaproceso, orientadon a dirigir la política económica y a administrarn las finanzas públicas del país.

nn

Los macroprocesos serán desarrollados por áreasn organizacionales que tendrán el nivel de Subsecretaríasn Generales, y dentro de la institución son las siguientes:

nn

PROCESOS SUSTANTIVOS

nn

Subsecretaría General de Economía
n Subsecretaría General de Finanzas

nn

Los procesos institucionales serán desarrollados porn áreas organizacionales que tendrán el nivel den Subsecretarías, y son las siguientes. En el caso de Auditorían Interna su nivel está definido por la Ley Orgánican de Administración Financiera y Control y por la Contralorían General del Estado:

nn

(Anexo 16ABT1;2)

nn

Articulo 3. – Las Subsecretarias Generales de Economían y Finanzas reportan y dependen directamente del Ministro:

nn

El Ministro, en su ausencia, encargará la direcciónn de la Secretaria de Estado a uno de los Subsecretarios Generalesn de Economía o Finanzas.

nn

Artículo 4.., Las Subsecretarias Generales, Subsecretaríasn y Coordinaciones tendrán responsabilidad técnican a nivel nacional sobre los macroprocesos, procesos y subprocesosn que desarrollan sus respectivas áreas organizacionales,n y responderán por la calidad, consistencia y evaluaciónn de las políticas, normas y procedimientos que sustentann la elaboración de su respectivo portafolio de serviciosn necesarios para el cumplimiento de su misión. La Auditorian Interna evaluará su realización acorde al marcon jurídico vigente.

nn

En el ámbito administrativo, la Subsecretarían del Litoral tendrá competencia regional, y serán responsable de la ejecución de los servicios y procesosn a su cargo.

nn

Artículo 5. – Los cambios organizacionales que impliquenn creación, supresión y ubicación a nivelesn de macroprocesos, procesos y subprocesos podrán ser autorizadosn por el Ministro de Economía y Finanzas. En el caso den la Auditoria Interna estos cambios estarán sujetos a resolucionesn por parte de la Contraloría General del Estado.

nn

Las modificaciones de subprocesos que impliquen creación,n supresión y ubicación deberán ser registradosn en el Manual de Procesos del Ministerio de Economían y Finanzas, que contendrá los megaprocesos, macroprocesos.n procesos y subprocesos institucionales.

nn

Articulo 6. – El Ministerio de Economía y Finanzasn sustentará su gestión en los siguientes principiosn que guiarán sus decisiones y acciones para el cumplimienton de su misión:

nn

o Satisfacción de los usuarios;
n o Trabajo en equipo;
n o Rendición de cuentas;
n o Ejecución de procesos y obtención de servicios;n y,
n o Gestión y evaluación por resultados.

nn

La gestión técnica y administrativa del Ministerion de Economía y Finanzas, estará orientada a procurarn la satisfacción de los usuarios internos y externos paran lo cual su personal se esforzará para suministrarles serviciosn de calidad, optimizando los procesos y recursos disponibles.

nn

Artículo 7. – La planificación estratégican y operativa será la herramienta de dirección fundamentaln para el desarrollo y fortalecimiento institucional, y sus planesn anuales serán elaborados por la Coordinación General,n su aprobación y evaluación será responsabilidadn del Comité de Fortalecimiento Institucional,

nn

El Comité de Fortalecimiento Institucional estarán integrado por el Ministro de Economía y Finanzas, quienn lo presidirá, por los Subsecretarios Generales, Coordinadorn General y el Subsecretario Administrativo. Actuará como.n Secretario Técnico del Comité el Coordinador den Fortalecimiento Institucional.

nn

Articulo 8. – La normatividad financiera que soporta el Sisteman Financiero de Gestión Pública será desarrollada,n propuesta y actualizada al interior de los procesos (Subsecretarias)n de Presupuesto. Tesorería. Crédito Públicon y Contabilidad Gubernamental, mediante equipos temporales den trabajo integrados por funcionarios expertos de cada uno de dichosn procesos. Su análisis y aprobación seránn realizadas por el Comité de Normatividad Financieran de Gestión Pública, integrado por el Subsecretarion General de Finanzas, quien lo presidirá, por los Subsecretariosn de Presupuestos, Tesorería de la Nación, Créditon Público y Contabilidad Gubernamental, Jurídicon y el Coordinador de Gestión Financiera Pública.

nn

Articulo 9. – El Sistema Financiero de Gestión Públican se administrará mediante una unidad organizacionaln que reportará y dependerá directamente de la Subsecretarían General de Finanzas, y se constituirá como Coordinaciónn responsable de administrar el Sistema Financiero de Gestiónn Pública, que contiene las políticas, principios,n estrategias, normas, procedimientos y sistemas de informaciónn para la gestión de los recursos públicos.

nn

Articulo 10. – Se crea el Comité de Deuda Públican encargado de definir las políticas y directrices den endeudamiento público y vigilar que existan consistencian en las estrategias y el proceso de endeudamiento público.n Estará integrado por el Ministro de Economía yn Finanzas, los Subsecretarios Generales, Subsecretarios Jurídicon y de Crédito Público, éste últimon actuará como Secretario Técnico en forma permanenten y tendrá derecho a voz pero no voto, y dependiendo den los temas que vayan a tratarse, los Subsecretarios de Presupuestos,n Política Económica, Tesorería de la Nación,n Inversión Pública, quienes tendrán derechon a voz pero no voto.

nn

Articulo 11. – A fui de asegurar la coherencia técnican en materia jurídica que proteja los intereses del Ministerio,n todo proyecto de contratos, convenios, leyes, reglamentos, decretos,n acuerdos, resoluciones, así como todo tipo de informen y acto administrativo relacionados con las diversas ramas deln derecho, o con la aplicación e interpretación deln ordenamiento jurídico vigente, será revisado yn aprobado por la Subsecretaria Jurídica.

nn

Articulo 12.- El manejo, numeración, distribución,n archivo y custodia de los documentos elaborados en esta Carteran de Estado, tanto interna como externa, serán canalizadosn a través de la Secretaría General.

nn

Articulo 13. – La administración del recurso humanon se fundamentará en la estabilidad del servidor deln Ministerio de Economía y Finanzas, que. segúnn las evaluaciones del desempeño, cumpla con los resultadosn esperados de la entidad y demás políticas y normasn reglamentarias de la carrera institucional, y se sustentaránn en los siguientes principios:

nn

Competitividad:

nn

El ingreso a la institución y la’ promociónn dentro de ella deberán realizarse por concurso, con basen al mérito profesional evidenciado a través de lasn evaluaciones del desempeño y requerirán la existencian de puestos y plazas vacantes resultantes de las necesidades den los procesos institucionales:

nn

Objetividad:

nn

La descripción de las responsabilidades de los puestosn y su valoración será la base para determinar sun nivel de aporte a la institución así como su remuneración;

nn

Equidad Salarial:

nn

Los ocupantes de puestos similares percibirán haberesn al puesto que varíen dentro de sueldos mínimo yn máximo de la banda salarial definida para el grupo ocupacional,n y que sean competitivos para que la institución tengan capacidad para atraer y retener personal calificado. Por grupon ocupacional se entenderá el conjunto de puestos similaresn por su valoración; y,

nn

Horizontalidad:

nn

La institución promoverá la rotaciónn del personal entre puestos similares, así como la posibilidadn de desplazarse dentro de una misma banda salarial en virtud den las evaluaciones del desempeño.

nn

Articulo 14. – La administración de los recursos materialesn y de la infraestructura del Ministerio de Economía y Finanzasn se fundamentará en principios de eficiencia y austeridad,n a cuyo efecto podrá contratar a compañíasn o técnicos especializados, sin relación de dependencian con la institución, la provisión de aquellos bienesn y servicios que requiera y que no constituyan parte esencialn para el cumplimiento de su misión y de los objetivos estratégicos.

nn

Artículo 15. – La estructura organizacional del Ministerion de Economía y Finanzas es la siguiente:

nn

1. – MISION:

nn

Alcanzar la estabilidad general de la economía nacionaln que permita crear condiciones que promuevan el crecimiento yn desarrollo económico y social del país, medianten la formulación de un Programa Económico del Gobiernon Nacional, debidamente sustentado en políticas económicasn públicas integradas y consistentes y en el equilibrion y sostenibilidad de las finanzas públicas en el corto,n mediano y largo plazo, así como en la asignaciónn eficiente y equitativa de los recursos públicos.

nn

ÁMBITO DE ACCION:

nn

a) Ejercer la administración económica y financieran del Estado, cuya dirección general le corresponde al Presidenten de la República;

nn

b) Diseñar, ejecutar y realizar el seguimiento deln Programa Económico del Gobierno Nacional;

nn

c) Dirigir las finanzas públicas procurando asegurarn su equilibrio y sostenibilidad en el corto, mediando y largon plazos; y,

nn

d) Las demás que le asigne la Constitución Polítican de la República y la ley.

nn

2. – ESTRUCTURA BASICA ALINEADA A LA MISION:

nn

El Ministerio de Economía y Finanzas, para el cumplimienton de su misión y responsabilidades está integradon por los procesos que desarrollan las siguientes áreasn organizacionales:

nn

PROCESOS DIRECTIVOS:

nn

DESPACHO MINISTERIAL

nn

COORDINACION GENERAL
n PROCESOS SUSTANTIVOS:

nn

SUBSECRETARIA GENERAL DE ECONOMIA
n SUBSECRETARIA GENERAL DE FINANZAS

nn

PROCESOS DE APOYO Y ASESORIA:

nn

SUBSECRETARIA. ADMINISTRATIVA
n SUBSECRETARIA JURIDICA MINISTERIAL AUDITORIA INTERNA

nn

3. – ORGANIGRAMAS POR PROCESOS Y SERVICIOS

nn

Se aprueban los siguientes organigramas:

nn

3.1. ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZASn POR PROCESOS Y SERVICIOS

nn

(Anexo 16ABT3;7)

nn

4. PROCESOS DIRECTIVOS

nn

4.1. MINISTRO

nn

Misión:

nn

Dirigir la política económica y las finanzasn públicas del país.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Proponer al Presidente de la República, los proyectosn para la adopción de los planes, políticas y programasn en materias de economía y finanzas del sector público;

nn

b) Dirigir y conducir la política económican y financiera del Gobierno Nacional;

nn

c) Dirigir los procesos orientados a la ejecución descentralizadan de las finanzas públicas.

nn

d) Dirigir los procesos de redistribución del ingreson y la asignación eficiente, transparente y equitativa den los recursos fiscales;

nn

e) Expedir las normas secundarias que, en el ámbiton de su competencia, le asigna la Constitución y la ley;n y,

nn

f) Las demás que le asigne la Constitución Polítican de la República del Ecuador y la ley.

nn

4.2. COORDINACION GENERAL Y SERVICIOS DE ASESORIA INSTITUCIONAL

nn

Misión:

nn

Colaborar con el Ministro en la gestión administrativan del Ministerio y coordinar los procesos de asesoría institucional,n a fin de agilitar y asegurar el cumplimiento de los objetivosn y metas institucionales.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Dirigir el proceso de reforma y fortalecimiento institucionaln promoviendo el mejoramiento organizacional continuo;

nn

b) Mantener el sistema de administración documentaria;

nn

c) Coordinar la comunicación social externa e internan del Ministerio:

nn

d) Coordinar la labor de la Subsecretaria del Litoral deln Ministerio de Economía y Finanzas, y,

nn

e) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

La Coordinación General se encuentra organizada paran atender los siguientes subprocesos:

nn

o Preparar el plan estratégico, proponer políticasn y metodología para el mejoramiento continuo de procesosn y administrar el sistema de gestión – por resultados quen tienda al fortalecimiento institucional.

nn

o Ofrecer los servicios de apoyo secretarial, y realizar lan recepción, registro, despacho, custodia y archivo de lan documentación del Ministerio.

nn

o Realizar la comunicación social de la organización.

nn

4.2.1. COORDINACION DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

nn

Misión:

nn

Brindar asesoría en la planificación estratégican y operacional, mejoramiento continuo de la estructura organizacionaln y optimización de los procesos institucionales,

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Formular, mantener y coordinar la ejecución deln Plan Estratégico Institucional y de los planes operativos;

nn

b) Asesorar en métodos y técnicas de mejoramienton continuo de las áreas organizacionales. y procesos institucionales;

nn

c) Implantar, administrar y monitorear el sistema de gestiónn institucional por resultados;

nn

d) Constituir la Secretaría Técnica del Comitén de Fortalecimiento Institucional; y,

nn

e) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

El subproceso de Fortalecimiento Institucional tiene una estructuran abierta, conformada por equipos de trabajo según los requerimientosn del área.

nn

4.2.2. SECRETARIA GENERAL

nn

Misión:

nn

Proporcionar al Ministro y Subsecretarios Generales y autoridadesn en general servicios de apoyo secretarial, y administrar el Sisteman de Archivos y Documentos del Ministerio de Economía yn Finanzas.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Asistir en la tramitación de la correspondencian oficial (correspondencia externa e interna):

nn

b) Realizar la recepción, registro, despacho, custodian y archivo de la documentación de la institución;

nn

c) Proporcionar información actualizada de los trámitesn a los usuarios;

nn

d) Coordinar las representaciones ante los cuerpos colegiados:

nn

e) Cumplir con los requerimientos e instrucciones emanadasn del Despacho Ministerial: y,

nn

f) Las demás que le asigne la ley las normas secundarias.

nn

Estructura Basica:

nn

La Secretaria general tiene el nivel de Coordinaciónn y una estructura abierta. conformada por equipos de trabajo paran atender los requerimientos del área.

nn

4.2.3. COORDINACION DE COMUNICACION SOCIAL

nn

Misión:

nn

Propiciar en la opinión publica un conocimiento claro,n preciso y positivo de la gestión del Ministerio de Economían y Finanzas. Diseñar y ejecutar estrategias de comunicaciónn que permitan difundir de manera oportuna, veraz, transparenten y profesional entre el personal de la institución la informaciónn inherente a la gestión institucional. Efectuar laboresn de protocolo institucional y de relaciones públicas, sobren todo con los medios de comunicación del país yn del exterior a fin de garantizar la fluidez de la información.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Comunicación Externa; diseñar y ejecutarn un Plan Estratégico de Comunicación Externa quen permita difundir la gestión del Ministerio. Para ellon la Dirección de Comunicación Social utilizarán los instrumentos comunicacionales necesarios (página web,n monitoreo de medios. banco de datos, publicaciones, etc.). Asesorarn a las autoridades de la institución en el manejo de sun relación con los medios de comunicación Efectuarn labores de protocolo y relaciones públicas;

nn

b) Comunicación interna: diseñar y ejecutarn un Plan Estratégico de Comunicación Interna paran difundir entre el personal información sobre la gestiónn y, los procesos institucionales que contribuya a crear un climan laboral favorable. Para ello se utilizarán los mediosn necesarios (correo interno, publicaciones, carteleras, etc.).n Elaborar medios alternativos de comunicación (periódicos,n revistas: trípticos, etc.): y,

nn

c) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

El subproceso de Comunicación Social tiene una estructuran abierta, conformada por equipos de trabajo según los requerimientosn del área.

nn

4.2.4. SUBSECRETARIA DEL LITORAL

nn

Misión:

nn

Representar a la institución por delegaciónn del Ministro de Economía y Finanzas ante las entidadesn y organismos del Estado en la respectiva región en funciónn de la estrategia de descentralización y desconcentración,n y coordinar y ejecutar las políticas y actividades quen como prolongación o réplica de los procesos institucionalesn sean necesarias para el cumplimiento de sus responsabilidades.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Representar al Ministro en su región;

nn

b) Coordinar y realizar el seguimiento de las actividadesn que se ejecutan en esa unidad administrativa;

nn

c) Coordinar actividades con los representantes del Ministerion de Economía y Finanzas ante las entidades regionales paran garantizar el cumplimiento de las políticas institucionales;

nn

d) Ejecutar políticas y actividades que sean necesariasn para el cumplimiento de los procesos institucionales;

nn

e) Asesorar e informar a los organismos del sector públicon y autónomos regionales; y,

nn

f) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

La Subsecretaría del Litoral reportará a lan Coordinación General y tendrán la estructura organizacionaln que se requiera para la administración de los serviciosn y procesos a su cargo.

nn

5. PROCESOS SUSTANTIVOS

nn

5.1. SUBSECRETARIA GENERAL DE ECONOMIA

nn

Misión:

nn

Asesorar al Ministro en el diseño, elaboraciónn y seguimiento del Programa Económico del Gobierno Nacionaln para contar con políticas económicas y socialesn integradas y consistentes; y en la programación de lan inversión pública, a fin de hacer un uso óptimon de los recursos del Estado para financiar los proyectos de inversiónn pública.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Diseñar, elaborar y dar seguimiento al Programan Económico del Gobierno Nacional;

nn

b) Coordinar el diseño, seguimiento y evaluaciónn de la inversión pública; y,

nn

c) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

La Subsecretaria General de Economía se encuentra organizadan para atender los siguientes procesos:

nn

o Realizar el Programa Económico del Gobierno Nacional.

nn

o Coordinar la elaboración y evaluación de lasn políticas de inversión pública.

nn

5.1.1. SUBSECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA

nn

Misión:

nn

Diseñar, elaborar y dar seguimiento al Programa Económicon del Gobierno Nacional con la finalidad de disponer de políticasn económicas integradas y consistentes, que promuevan eln crecimiento y desarrollo integral del país, la óptiman redistribución del ingreso, la reducción de losn niveles de pobreza, la sostenibilidad fiscal y la mejor calidad,n estructura y composición del gasto público.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Preparar, monitorear y evaluar el Programa Económico;

nn

b) Elaborar análisis e informes de coyuntura de corton y mediano plazos, relativos a cada ámbito de la polítican económica:

nn

c) Generar y difundir estadísticas económicasn y sociales:

nn

d) Preparar Cuentas Nacionales;

nn

e) Participar en el proceso de descentralización yn desconcentración fiscal: y.

nn

f) Las demás ‘que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

El proceso de Política Económica se encuentran organizado para atender los siguientes subprocesos:

nn

o Efectuar análisis económicos de coyuntura,n corto y mediano plazos.

nn

o Elaborar estudios y efectuar el programa económico.

nn

o Preparar estadísticas económicas y sociales.

nn

o Elaborar cuentas nacionales.

nn

5.1.1.1 COORDINACION DE ANÁLISIS DE COYUNTURA

nn

Misión:

nn

Identificar y evaluar la presencia y efectos de fenómenosn cíclicos o estacionales presentes en la economía,n a fin de formular las correspondientes recomendaciones, correctivos,n políticas, estrategias y mecanismos para hacer frenten a la coyuntura.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Elaborar análisis de coyuntura;

nn

b) Preparar indicadores de alerta temprana;

nn

c) Proponer políticas, metas y estrategias para enfrentarn la coyuntura: y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Análisis de Coyuntura tiene una estructuran abierta, conformada por equipos de trabajo para atender los requerimientosn del área.

nn

5.1.1.2. COORDINACIÓN DE ESTUDIOS Y PROGRAMACIÓNn MACROECONOMICA

nn

Misión:

nn

Diseñar el Programa Económico del Gobierno Nacional,n debidamente soportado en políticas económicas públicasn integradas y consistentes, en estudios, estadísticas y,n en especial, en una programación eficiente y eficaz den la inversión pública y de las finanzas públicas,n que tiendan a promover y asegurar la estabilidad general de lan economía nacional.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar el Programa Económicon del Gobierno Nacional, de corto y mediano plazos:

nn

b) Preparar políticas económicas tributaria,n arancelaria, salarial, de la producción, del empleo, den la inversión y del sector externo de la economía;

nn

c) Elaborar y difundir estudios económicos y fiscalesn periódicos:

nn

d) Preparar la Memoria Fiscal Anual;

nn

e) Participar en el proceso de descentralización yn desconcentración fiscal; y,

nn

f) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.n Estructura Básica:

nn

El subproceso de Estudios y Programación Macroeconómican tiene una estructura abierta, conformada por equipos de trabajon para atender los requerimientos del área.

nn

5.1.1.3. COORDINACION DE ESTADISTICAS E INDICADORES ECONOMICOn – FISCALES

nn

Misión:

nn

Administrar y elaborar información estadístican e indicadores económicos, con el propósito de analizar,n efectuar el seguimiento del comportamiento de las variables económicasn para determinar el impacto de las políticas adoptadasn por el Gobierno Nacional.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Recopilar, procesar, depurar, consolidar, sistematizar,n producir, analizar y difundir la información estadístican oficial de la economía y las finanzas públicas;

nn

b) Preparar indicadores económicos;

nn

c) Administrar la base de datos estadísticos:

nn

d) Elaborar y difundir estadísticas e indicadores económicosn y sociales; y,

nn

e) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Estadísticas e Indicadores Económico-n Fiscales tiene una estructura abierta, conformada por equiposn de trabajo para atender los requerimientos del área.

nn

5.1.1.4. COORDINACION DE CUENTAS NACIONALES

nn

Misión:

nn

Producir la contabilidad de la nación para conocern el comportamiento de los agregados macroeconómicos y determinarn el grado de cumplimiento de los equilibrios en los sectores realn y financiero, en los ámbitos interno y externo de la economían del país.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Elaborar la contabilidad de la Nación:

nn

b) Analizar y evaluar agregados del sector real y financiero;

nn

c) Preparar predicciones económicas de mediano y largon plazos; y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Cuentas Nacionales tiene una estructura abierta,n conformada por equipos de trabajo para atender los requerimientosn del área.

nn

5.1.2. SUBSECRETARIA DE INVERSION PUBLICA

nn

Misión:

nn

Coordinar la programación y evaluación de lan inversión pública factible de realizar por su impacton económico y social para el país, para que se analicen la conveniencia de otorgar financiamiento por parte del Estado.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Determinar la factibilidad económica y social den los proyectos de inversión del sector público;

nn

b) Administrar el banco de datos de proyectos de inversiónn pública;

nn

c) Efectuar el seguimiento del cumplimiento de los indicadoresn de gestión de los proyectos de inversión aprobados;n y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El proceso de Inversión Pública están organizado para atender los siguientes subprocesos:

nn

o Validar económica y socialmente los proyectos den inversión pública.

nn

o Administrar Banco de Proyectos de Inversión Pública.

nn

o Evaluar la ejecución de proyectos de inversiónn pública.

nn

5.1.2.1. COORDINACION VALIDACIÓN ECONOMICA Y SOCIALn DE PROYECTOS

nn

Misión:

nn

Coordinar el diseño del Plan Anual de Inversiónn Pública preliminar con proyectos validados económican y socialmente, a fin de que la Subsecretaría de Créditon Público elabore el Plan Anual de Inversión Públican a ejecutar y su presupuesto.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Analizar y validar la factibilidad económica y socialn de proyectos de inversión del sector público;

nn

b) Generar la metodología’ y la normatividad técnican de presentación y contenido de los proyectos de inversiónn en coordinación con la ODEPLAN;

nn

c) Elaborar informes de evaluación; y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Validación Económica y Socialn de Proyectos tiene una estructura abierta, conformada por equiposn de trabajo para atender los requerimientos del área.

nn

5.1.2.2. COORDINACION ADMINISTRACION DEL BANCO DE PROYECTOS

nn

Misión:

nn

Generar y administrar la base de datos de los proyectos den inversión del sector público.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Generar banco de proyectos de inversión pública:n los presentados; los validados económica y socialmenten y los que cuentan con financiamiento;

nn

b) Administrar la base de datos de proyectos de inversiónn del sector público;

nn

c) Aplicar un sistema de clasificación de proyectosn de inversión pública en orden a su viabilidad económica,n social y financiera, sector, región y entidad ejecutora;n y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Administración del Banco de Proyectosn tiene una estructura abierta, conformada por equipos de trabajon para atender los requerimientos del área.

nn

5.1.2.3. COORDINACION DE EVALUACION A LA EJECUCION DE PROYECTOS

nn

Misión:

nn

Efectuar el seguimiento de la ejecución de los proyectosn de inversión pública para que se ajusten a losn indicadores de gestión definidos por las unidades ejecutoras,n y evaluar los resultados obtenidos en función de su impacton económico y social en el Programa Macroeconómicon del Gobierno Nacional, y de su repercusión en el Subprograman de las Finanzas Públicas y de la programación deln presupuesto anual de inversión pública.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Monitorear el avance y ejecución de los proyectosn de inversión pública para asegurar el cumplimienton de los indicadores de gestión definidos por las propiasn unidades ejecutoras;

nn

b) Evaluar los resultados de los proyectos de inversiónn pública para establecer su impacto económico yn social en el Programa Macroeconómico del Gobierno Nacional;

nn

c) Evaluar la repercusión de los proyectos de inversiónn pública en las finanzas públicas y en el Presupueston Anual de Inversión Pública; y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Evaluación a la Ejecución den Proyectos tiene una estructura abierta, conformada por equiposn de trabajo para atender los requerimientos del área.

nn

5.2. SUBSECRETARIA GENERAL DE FINANZAS

nn

Misión:

nn

Ejecutar los planes y políticas presupuestarias, fiscales,n crediticias y financieras establecidos dentro de la polítican económica, dirigir el sistema de administraciónn financiera gubernamental y optimizar la administraciónn de los recursos financieros públicos.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Administrar Sistema Financiero de Gestión Pública;

nn

b) Administrar el Presupuesto General del Estado;

nn

c) Ejecutar los cobros y pagos del sector público;

nn

d) Gestionar el crédito público;

nn

e) Mantener registros contables; y,

nn

f) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura básica:

nn

La Subsecretaria General de Finanzas, contará con eln subproceso de Administración del Sistema Financiero den Gestión Pública y se encuentra organizado paran atender los siguientes procesos:

nn

o Administrar Sistema Financiero de Gestión Pública.

nn

o Administrar Presupuesto General del Estado.

nn

o Administrar Tesorería de la Nación.

nn

o Administrar Crédito Público.

nn

o Administrar la Contabilidad Gubernamental.

nn

5.2.0. COORDINACIÓN DE GESTION FINANCIERA PUBLICA

nn

Misión:

nn

Administrar el Sistema Financiero de Gestión Públican para centralizar su normativa y descentralizar la gestiónn operativa de las finanzas públicas.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Elaborar una planificación consistente para integrarn al Sistema Financiero de Gestión Pública a lasn entidades del sector público;

nn

b) Difundir, implantar, capacitar, administrar, controlarn y evaluar el funcionamiento del Sistema Integrado de Gestiónn Financiera (SIGEF);

nn

c) Fortalecimiento y evaluación continua de la tecnologían informática que soporta el Sistema Integrado de Gestiónn Financiera (SIGEF); y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Gestión Financiera Públican tiene una estructura abierta, conformada por equipos de trabajon para atender los requerimientos del área.

nn

5.2.1. SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTOS

nn

Misión:

nn

Administrar el Presupuesto General del Estado, establecern métodos y procedimientos para la elaboración den proyectos de presupuesto, para modificar, liquidar y clausurarn el Presupuesto General del Estado, asesorar a las entidades deln sector público así como facilitar informaciónn para la rendición de cuentas.

nn

Ámbito de acción:

nn

a) Formular, elaborar, consolidar, evaluar y liquidar el presupueston general del Estado;

nn

b) Consolidar la información presupuestaria del sectorn público en función del alcance establecido en lasn normas legales;

nn

c) Asesorar a las entidades del sector público: y,

nn

d) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El proceso de Administración del Presupuesto Generaln del Estado está organizado para atender los requerimientosn de los siguientes subprocesos:

nn

o Formular directrices y políticas presupuestarias.

nn

o Administrar del ciclo presupuestario.

nn

5.2.11. COORDINACION DE DIRECTRICES Y POLITICAS PRESUPUESTARIAS

nn

Misión:

nn

Proponer y coordinar directrices, políticas y metodologían para la programación. formulación, aprobación,n ejecución y evaluación del Presupuesto Generaln del Estado.

nn

Ámbito de Acción:

nn

a) Proponer y coordinar directrices y políticas (incluidan la de remuneraciones) para la programación, formulación,n aprobación, ejecución y evaluación del Presupueston General del Estado;

nn

b) Elaborar metodologías para las diferentes fasesn del ciclo presupuestario, especialmente para el diseñon de indicadores de gestión para la etapa de evaluación;n y,

nn

c) Las demás que le asigne la ley y las normas secundarias.

nn

Estructura Básica:

nn

El subproceso de Directrices y Políticas Presupuestariasn tiene una estructura abierta, conformada por equipos de trabajon para atender los requerimientos del área.

nn

5.2.1.2. COORDINACION DE ADMINISTRACION DEL CICLO PRESUPUESTARIO

nn

Misión:

nn

Formular, modificar y liquidar el Presupuesto del Gobiernon Central y de la consolidación del Presupuesto de las entidadesn que conforman el resto del sector público.

nn

Ámbito de Acción:

nn

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