Las agresiones psicológicas a la mujer - Derecho Ecuador
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Las agresiones psicológicas a la mujer

Las agresiones psicológicas a la mujer

Antes de la vigencia del
Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el país se aplicaba la Ley contra la
Violencia a la Mujer y la Familia para castigar estos delitos. Ahora, la nueva
legislación incluye sanciones específicas y severas para los agresores. Una de
las novedades es la violencia psicológica. Esta infracción se pena hasta con
tres años de cárcel.

El castigo varía según la
gravedad de las lesiones emocionales de la víctima. En el artículo 157 del COIP
se especifíca que la violencia psicológica está relacionada con “actos de
perturbación, amenaza, manipulación, chantaje, humillación, aislamiento,
vigilancia, hostigamiento o control de creencias, decisiones o acciones”.

Hay tres escalas para
sancionar a los agresores. La primera: si se provoca daños leves a la víctima,
la pena va desde treinta a sesenta días de prisión.

La seguda: si el impacto
psicológico es moderado y se requiere de tratamiento médico especializado, el
juez puede imponer una sentencia de seis meses a un año. Finalmente, la tercera
escala: si la afectación emocional es severa -y aún con la intervención
especializada no se ha logrado revertir- la privación de la libertad es de uno
a tres años de cárcel. Para determinar estas escalas, la Fiscalía debe
practicar peritajes psicológicos a las víctimas. En estos análisis se detectan,
por ejemplo, el nivel de depresión de las víctimas, la baja autoestima,
posibles miedos, pérdida de apetito…entre otros trastornos. Antes de la
vigencia del COIP, estos casos los conocían las Unidades judiciales contra la
Violencia a la Mujer y la Familia. Los jueces de estos despachos eran los
encargados de emitir las boletas de auxilio u otras medidas de amparo. Ahora,
esas tareas las competen a los jueces penales que operan a escala nacional.

Según el artículo 159, las
Unidades contra la Violencia a la Mujer y la Familia únicamente conocerán los
casos de agresiones físicas que causen lesiones o incapacidad menores a tres
días. Estos casos se juzgan como contravención y el agresor enfrenta una
sentencia de 7 a 30 días de prisión.

Este contenido ha sido publicado
originalmente por
Diario EL COMERCIO

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