La Mujer Abogada en el Ecuador - Derecho Ecuador
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La Mujer Abogada en el Ecuador

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Autor: Dra. Mariana Yepez Andrade

Muy fácil resulta hoy decir que la mujer tiene iguales derechos y oportunidades que el hombre, lo cual a veces no deja de ser meramente declarativo; sin embargo hace setenta años ello era una utopía, un sueño. La mujer en el año 1947 cuando todavía los fulgores de la Revolución de Mayo permanecían en el País, estaba totalmente apartada del quehacer público y no se contemplaba la posibilidad, siquiera lejana, de que una mujer fuera dirigente política, candidata, líder, jueza, etc.

En ese contexto, dos mujeres emprendieron el camino universitario, sin lugar a dudas con un cúmulo de dificultades; se graduaron como doctoras en Jurisprudencia en la Universidad Central del Ecuador y su entereza así como su vocación por el derecho, las ha convertido en verdaderas baluartes de las mujeres abogadas. Me refiero a las doctoras Isabel Robalino y Dora Leonor Bastidas, que construyeron puentes generacionales para abrir el camino y facilitar el paso a otras mujeres que con posterioridad hemos sabido abrigar la misma profesión, con idéntica finalidad: la consecución de la justicia, utilizando la ley como instrumento y el derecho como medio.

La presencia de la mujer en la Universidad es uno de los tres elementos que coadyuvaron a la liberación del trabajo doméstico como una forma de vida. Hoy no existen carreras, ni instituciones públicas o privadas sin mujeres. Es así que las Escuelas de Derecho tienen un porcentaje femenino alto y la ubicación laboral de las Abogadas se ha incrementado, pero todavía no en cargos decisorios pese a su preparación y experiencia; no obstante, es necesario relievar que su participación profesional es inimaginable a la de las generaciones anteriores.

El desempeño de la profesión de abogadas por parte de las mujeres no es nuevo en la historia de la humanidad. En Roma las mujeres lo hicieron hasta que les fue prohibido por edicto, debido a que Caya Afrania, acostumbraba molestar al pretor con la violencia de sus arengas, por lo que se les facultó abogar tan solo para si mismas.

Con el desarrollo cultural, las funciones de los abogados y de las abogadas están dadas por la definición de Abogacía que no es sino la profesión y el ejercicio de abogar, que a su vez es defender en juicio por escrito o de palabra, y para lo cual es necesaria la pericia en el derecho, aunque el ejercicio profesional no es únicamente de litigio sino de otros campos como la asesoría, la cátedra, la consultoría, la judicatura, entre otros.

Las abogadas que hoy representamos un número significativo en el foro, tenemos la posibilidad de construir normas, porque poseemos conocimientos y la vivencia de discriminaciones que nos permite sensibilizarnos ante las verdaderas necesidades de la mujer, por lo que debemos transversalizar en la actividad profesional la defensa de los derechos fundamentales de las personas, pues sentimos que la Ley nos ampara para hacer valer su contenido.

El desarrollo de los derechos humanos está marcado por grandes acontecimientos, y ha tenido como espacios valederos reuniones, conferencias, convenciones, tratados, convenios y declaraciones internacionales que han constituido los referentes obligatorios jurídicos y éticos para el cambio de
las legislaciones internas en orden a la actualización de las normas orientadas al respeto de las garantías sociales y políticas. En estos eventos y debates ha sido decisiva la participación de las mujeres abogadas, que luego han luchado por introducir reformas en los cuerpos legales y constitucionales, como las que rigen a partir de la Asamblea Constituyente de l998, y que han servido de sustento a posteriores conquistas plasmadas en las leyes, siendo la de mayor relevancia el Código Civil y actualmente en la Constitución de la República que nos rige.

Nos hemos preguntado como alcanzar la igualdad y las respuestas han sido recogidas en las Conferencias Internacionales, entre las que se destaca la ?Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de la mujer?, y las declaraciones de las Naciones Unidas respecto de los derechos humanos de las mujeres, en los cuales sobresale la necesidad de llegar a la igualdad, siendo uno de los caminos las medidas de discriminación positiva, y para adoptarlas en la legislación interna obviamente intervinieron las mujeres abogadas. Del mismo modo, fuimos abogadas quienes estuvimos presentes en la Comisión Interamericana de Mujeres para elaborar propuestas, discutir, formular observaciones y luego presentar el documento final para la aprobación de la Convención de Belén do Pará sobre la Violencia contra la Mujer.

En el año 1995, algunas mujeres abogadas nos organizamos bajo la iniciativa de la doctora Luzmila Rodríguez, para formar una asociación y generar el interés en unir a mujeres vinculadas por la misma profesión e igual interés por el derecho y la justicia con el objeto de lograr propósitos comunes de mejoramiento de los espacios legales en que se desenvolvería la mujer. Ella debe ser recordada en esta fecha por ser la gestora de que las mujeres abogadas hayamos formado una asociación con el
auspicio de la Federación Internacional de Abogadas. Ella inició la lucha por el empoderamiento de la mujer abogada, con el fin de crecer y trabajar en programas que beneficien a la mujer y a la familia en el ámbito jurídico.

Entre las múltiples responsabilidades de las mujeres abogadas en la sociedad civil actual está la difícil, noble e incomprendida tarea de juzgar; que es quizá el espacio al que un mayor número de mujeres abogadas han accedido. La Fiscalía tenía incorporadas políticas de género en su quehacer institucional, por cuya razón incrementó el personal femenino especializado en derecho penal sustantivo y adjetivo.

Hay abogadas que legislan, conforman gabinetes, gobiernos seccionales, asesoran o dirigen departamentos jurídicos en entidades del sector público o privado, mientras que otras han escogido la vida académica, siendo a mi entender, mas sacrificado el ejercicio diario de su profesión, en el cual deben enfrentar no solamente a la contraparte, sino también a sesgos de género propios de la cultura legal.

Si bien debemos luchar por una mayor afirmación profesional, las mujeres debemos consolidar nuestra formación cívica y nuestro compromiso con el tipo de sociedad que deseamos y en ese proceso debemos saber exigir una actitud responsable de todos.

La Abogacía implica mística y el éxito de su ejercicio se mide por el talento y la moral de quienes han alcanzado esta noble profesión; a las mujeres nos corresponde mantener la respetabilidad de la misma, “tener fe en el derecho como el mejor instrumento para la convivencia humana” y siguiendo las enseñanzas de Eduardo Couture, considerar a la Abogacía ?como una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.

Dra. Mariana Yépez Andrade,

marianayepezandrade@gmail.com

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