La Asamblea Nacional Constituyente

Dr. Hernán Rivadeneira Játiva
DIRECTOR DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE PICHINCHA

Diferencia de fondo

No es lo mismo una Asamblea Constitucional que una Asamblea Constituyente:
La Asamblea Constitucional tiene por objeto una nueva Constitución política, como única función, y puede organizarse y actuar paralelamente al Congreso Nacional, a semejanza de lo que sucedió hace pocos años en Colombia.
En cambio, la Asamblea Nacional Constituyente, se conforma para convertirse en la instancia institucional que asume todos los poderes. En este caso, puede designar legítimamente un » Presidente de la República Interino » y sustituye al Congreso en todas sus funciones, incluyendo aquella de aprobar una nueva Constitución.
No se trata, por tanto, de una diferencia semántica o de forma, sino de fondo, conceptual.

¿ Asamblea Constitucional o Constituyente ?

La resolución adoptada por el Congreso Nacional el 6 de febrero de este año, junto a la de la cesación de Bucaram y el encargo de Alarcón, ratificada más adelante, menciona claramente a la Asamblea Constitucional, sin que al respecto hayan reclamado en forma oportuna los diputados de » Pachacútik – Nuevo País » y del MPD. En los medios de comunicación, se informa que en la comisión de » notables » designada por el Presidente Interino, habría consenso en cuanto incluir una reforma a la Carta Política referente a la figura de la » Asamblea Constitucional » o » Constituyente «, no obstante la presencia de la señora Pacari y de los señores Villacís y Narváez, aunque sabemos que fueron seleccionados por su condición de allegados al régimen.
Ante esta situación, cabe precisar cuál sería la conveniencia política más viable para superar la crisis de legalidad e institucional que vivimos, complicadas a raíz de los últimos acontecimientos, cuando el Congreso Nacional resolvió revocar el mandato del señor Bucaram y nombrar un » Presidente Interino «, sin que existan normas constitucionales que lo permitan. En este sentido, prácticamente estaría vigente un régimen » de facto » creado por un Parlamento en progresivo desprestigio, tanto por las comisiones y errores en las últimas sucesivas codificaciones de la Constitución, como por los escándalos de corrupción en casi todas las tiendas políticas allí representadas.

Varias reformas

La Constitución Política vigente, aprobada en el referéndum de 1978 por el pueblo ecuatoriano, ha sido reformada en varias ocasiones por el Congreso Nacional, en la mayoría de los casos simplemente por circunstancias coyunturales o por acomodos politiqueos de los eternos usufructuarios del poder: los grupos oligárquicos tradicionales. Con la complicidad de tres veces presidente del Congreso,. Fabián Alarcón, y el apoyo de los bloques mayoritarios Social Cristiano y PRE, de manera pre-meditada se excluye de la codificación la norma sobre la sucesión presidencial, precisamente para soslayar a la Vicepresidenta de la República y quizá también al Presidente de la Corte Suprema de Justicia y lograr el interinazgo actual, aprovechándose de la euforia ciudadana expresada el cinco de febrero.

Restructuración democrática y pluralista

Aún más, se pretende también, no solo prolongar el interinazgo del señor Alarcón, sino también desvirtuar los compromisos de cambio adquiridos con motivo del levantamiento popular de principios de febrero respecto del modelo económico perverso que está vigente y la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para permitir una restructuración democrática y pluralista del Estado, el restablecimiento de la moralidad y eficiencia en la vida institucional, la satisfacción de las necesidades básicas de la población, el manejo soberano de nuestro patrimonio, la independencia y el respeto a los derechos individuales y colectivos.
El planteamiento de convocar a una Asamblea Constituyente lo han defendido organizaciones sociales y políticas diversas, como el Partido Socialista; e incluso durante la última contienda electoral, los partidos políticos triunfadores para la segunda vuelta, aunque demagógicamente, se comprometieron en forma pública a tal propósito.

Justificación

La instalación de una Constituyente se justifica en las actuales circunstancias porque es también indispensable corregir las dificultades de comprensión del texto constitucional vigente, el cual ha sufrido numerosas comisiones, errores, enmiendas o reformas, muchas de éstas últimas contradictorias y hasta innecesarias.
Para la instalación de la Constituyente se requiere una aprobación previa mediante una consulta popular, en cuya convocatoria se averiguará sobre la conformación de la Asamblea y una clarísima orientación sobre la reforma estructural del Estado y la Sociedad, hacia otro modelo de democracia económica, social y política.

Conformación de la Asamblea Constituyente

Esta Asamblea deberá conformarse proporcionalmente por lo menos en un cincuenta por ciento por representantes de los diversos sectores de la » sociedad civil » los cuales se pronunciaron con un mandato muy claro los días 5 y 6 de febrero, como son los trabajadores, empresarios, campesinos , indígenas, afro-ecuatorianos, mujeres, profesionales, ambientalistas, defensores de los derechos humanos, militares, partidos políticos, organismos seccionales autónomos, universidades, etc., con los únicos propósitos de estructurar debidamente el poder público y dictar una nueva Carta Política, que recoja los avances de la actual, pero la perfeccione, de cara al próximo milenio; en donde se reconozca la unidad estatal dentro de la rica diversidad cultural, étnica, regional y de nacionalidades; la descentralización administrativa; el bienestar colectivo; la justicia y la libertad ciudadana, que busque la integración para su desarrollo; la » despolitización » de la justicia; que el Congreso designe a los titulares de los organismos de control sin ternas del Presidente de la República, para evitar las bochornosas actuaciones en los últimos gobiernos que se preserve el medio ambiente y se defienda los recursos naturales y el patrimonio; que restituya al Congreso el análisis y resolución sobre el endeudamiento externo; que incluya normas muy claras acerca de los mecanismos para la » revocabilidad » de todos los mandatos de elección popular; que ponga en vigencia una democracia participativa a través de la representación directa de los diferentes actores sociales, con sus diversos intereses; que garanticen el respeto a los derechos humanos y se consiga la reparación de los daños causados con su violación; que se introduzcan reformas profundas para transformar al Estado y la sociedad con la presencia y acción de las instancias más amplias de la organización social y popular.

Movilización permanente

Para lograr todo esto, será indispensable una movilización permanente, para derrotar a los viejos esquemas políticos, en donde la presencia de los » notables » sustituye a los diversos sectores de la» Sociedad Civil «; en donde el reparto y la componenda dejan atrás a los verdaderos anhelos populares orientados a desterrar las medidas de ajuste que perjudican aún más a las ya deterioradas condiciones de vida de la población; para que la verdadera conciencia ciudadana exija el cumplimiento de las normas constitucionales aceptadas mayoritariamente. Hay que » refundar » nuevamente el país.