Autor: Darwin Dennis Castillo Vásconez[1]

 Introducción

El impacto de la inteligencia artificial en la toma de decisiones judiciales es uno de los más grandes desafíos asociados al uso de tecnologías en el ámbito judicial, es así que la administración de justicia, tradicionalmente centralizada y burocrática, se encuentra en un proceso de innovación profunda estimulado por la revolución 4.0, la digitalización y la desconcentración de los servicios judiciales que prometen una justicia más eficaz, transparente y accesible para todos los ciudadanos, esta transformación plantea retos significativos, como la brecha digital, la seguridad de los datos y la garantía de los derechos fundamentales. El presente artículo explorará los avances logrados hasta el momento, los obstáculos que aún persisten y las propuestas para aprovechar al máximo el potencial de las tecnologías de la información, especialmente la inteligencia artificial, en el sistema judicial ecuatoriano.

  1. Implementación de la justicia electrónica en Ecuador

La digitalización en nuestro país ha experimentado cambios trascendentales entre los cuales se incluyen nuevos mecanismos tecnológicos y digitalizados que se constituyen como avances importantes, esto relacionado con el acceso a la información judicial como un mecanismo de transparencia y rendición de cuentas que facilita la publicidad de las causas para todos los ciudadanos que tengan interés en las mismas, por otra parte la pandemia aceleró la adopción de las audiencias virtuales permitiendo la reducción de tiempos de espera, siendo este un mecanismo innovador pero principalmente facilitador de litigación oral que permite actualmente a los profesionales del derecho poder tener un mayor acceso de patrocinio de causas a nivel nacional, reduciendo en este sentido riesgos y gastos en viajes que sin la existencia de este mecanismo de audiencias virtuales resultaba algo más complicado, a lo que hay que sumarle la modernización del sistema e-SATJE que es considerado como un hito en la digitalización de la justicia ecuatoriana siendo actualmente un sistema que  permite la gestión electrónica de los procesos judiciales, facilitando la presentación de documentos, el seguimiento de los casos y la comunicación entre las partes involucradas, en lo que se incluye un sistema avanzado en la migración de los expedientes físicos a formato digital con la existencia de expedientes judiciales electrónicos. La transformación digital del sistema judicial ecuatoriano ha permitido agilizar trámites y ampliar el acceso a la justicia. Sin embargo, es necesario superar ciertos obstáculos para aprovechar al máximo las ventajas de esta tecnología.

  1. Marco legal vigente que permite la aplicación de sistemas tecnológicos y de inteligencia artificial en el sistema judicial del Ecuador

La digitalización del sistema judicial es un proceso fundamental para modernizar la administración de justicia, mejorar la eficiencia, aumentar la transparencia y garantizar un acceso más equitativo a la justicia. A medida que las tecnologías avanzan, se abren nuevas posibilidades para innovar en la administración de justicia y ofrecer servicios más eficientes y personalizados a los ciudadanos, en este sentido la Constitución de la República del Ecuador establece los principios fundamentales del Estado de Derecho, protege los derechos fundamentales de las personas pero especialmente garantiza el acceso a la justicia, concomitantemente el Código Orgánico de la Función Judicial regula la organización y funcionamiento de la Función  Judicial  incluyendo aspectos relacionados  con la gestión de procesos judiciales y en correlación a esta temática la utilización de herramientas tecnológicas, por otra parte la Ley Orgánica de Datos Personales establece en la actualidad las directrices para la protección de datos personales, lo cual es primordial en este contexto de digitalización de los procesos judiciales, sumándose a esto la existencia de reglamentos internos del Consejo de la Judicatura que contienen disposiciones específicas sobre la implementación de sistemas tecnológicos en las distintas Unidades Judiciales.

Si bien no existe una ley específica que normalice de manera exhaustiva la aplicación de tecnologías y de inteligencia artificial en el sistema judicial ecuatoriano, tenemos que destacar que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, emitió directrices para el uso de sistemas de inteligencia artificial en juzgados y tribunales, mismas que ofrecen orientación sobre las medidas que el sector judicial podría considerar para mejorar sus capacidades en un contexto de transformación digital, estableciendo como objetivo de estas directrices el de “promover el respeto universal por la justicia y el Estado de Derecho ofreciendo orientación sobre el uso de sistemas de IA, incluida IA generativa, por parte del poder judicial” (UNESCO, 2024, p. 1-32), además de esto recientemente en nuestro país mediante memorando Nro. AN-NRSP-2024-0101-M de 20 de junio de 2024 fue ingresado a la Asamblea Nacional el PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE REGULACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN ECUADOR que tiene como objeto garantizar que el desarrollo y el buen uso de la inteligencia artificial en el Ecuador respete plenamente los derechos reconocidos en la Constitución, entendiendo que Inteligencia Artificial (IA) “es un campo de la informática que se enfoca en crear sistemas que puedan realizar tareas que normalmente requieren inteligencia humana, como el aprendizaje, el razonamiento y la percepción.” (Plan de Recuperación, 2023)

Dicha ley tiene por finalidad promover el acceso a la educación y alfabetización digital para el uso de Inteligencia Artificial en los centros educativos de país, fomentar la inversión en investigación de Inteligencia Artificial para impulsar la creación de nuevas empresas y oportunidades de negocio y fortalecer los Sectores Productivos con la adopción de tecnologías de IA, esto en aplicación de principios como el de beneficio social y bienestar, transparencia, privacidad y seguridad, equidad y universalidad, educación y capacitación, principio de neutralidad tecnológica, mismos que buscan garantizar entre otros aspectos que el uso de la Inteligencia Artificial se alinee con los valores fundamentales de la sociedad y la Constitución de la República del Ecuador.

  1. El acceso, equidad, eficiencia y debido proceso frente a los desafíos y oportunidades de la Justicia en la era digital.

La regulación de la inteligencia artificial es un tema de creciente interés a nivel mundial. Si bien existen obstáculos como la definición de conceptos y la rápida evolución tecnológica, la mayoría de los países reconocen la necesidad de establecer normas que promuevan una IA ética y beneficiosa para la sociedad. En este sentido es indispensable establecer áreas de profundización como el impacto de la inteligencia artificial en el mercado laboral, su responsabilidad legal en sus sistemas, la privacidad y protección de datos pero fundamentalmente sus sesgos algorítmicos y discriminación, por lo que es esencial diferenciar los posibles desafíos y oportunidades de la justicia digital, entendiéndose que “el desafío hace referencia a aquellos acontecimientos que significan la posibilidad de aprender o ganar” (Raimundi, Molina, Gimenez, & Minichiello, 2014, p. 523) mientras que la oportunidad se destaca por tres aspectos primordiales que son “el potencial de crear algo nuevo, deseabilidad social y el potencial de crear valor.” (Baron, 2006, p. 104-119)

Entonces, entre los principales desafíos de la justicia digital tenemos el hecho de que no todas las personas tienen acceso a las tecnologías de la información y la comunicación, lo que puede generar una brecha digital en el acceso a la justicia; la protección de los datos personales y la confidencialidad de la información judicial son desafíos importantes en el contexto de la digitalización; la digitalización debe garantizar el respeto a los derechos fundamentales, como el derecho a la defensa, el derecho a un juicio justo y el derecho a la privacidad; consecuentemente, la implementación de sistemas digitales requiere una inversión significativa en infraestructura y capacitación, lo que puede generar costos adicionales para los sistemas judiciales; finalmente, la resistencia al cambio por parte de los cierto grupo de operadores judiciales, fiscales, abogados litigantes e inclusive cierto sector ciudadano puede dificultar la implementación de nuevas tecnologías.

Enfatizando como oportunidades de la justicia digital en términos de acceso, equidad, eficiencia y debido proceso, el hecho que la digitalización facilita el acceso a la información judicial, la presentación de demandas y la participación en procesos judiciales, especialmente para personas en áreas remotas o con limitaciones de movilidad, mayor transparencia, la agilización de los procesos permitiendo la automatización de tareas y la gestión electrónica, pero sobre todo, la incorporación de tecnologías como la inteligencia artificial puede mejorar la calidad de las decisiones judiciales y permitir la identificación de patrones y tendencias en la jurisprudencia como un componente innovador.

  1. Planteamientos para integrar tecnologías de la Revolución 4.0 principalmente concentrado en sistemas de inteligencia artificial en el sistema judicial

Según información que nos proporciona la página oficial de Deloitte “Esta revolución está marcada por la aparición de nuevas tecnologías como la robótica, la analítica, la inteligencia artificial, las tecnologías cognitivas, la nanotecnología y el Internet of Things (IoT), entre otros” (Deloitte, 2018); en este sentido la Revolución 4.0 ofrece un abanico de posibilidades para convertir el sistema judicial, haciendo que sea más eficiente, transparente y accesible, siendo sumamente importante tener como precedente para la implementación de nuevas tecnologías que “toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que la conciernan” (Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, 2000, Art. 8) esto en relación con lo que establece la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales que contempla “el derecho de los ciudadanos a no ser sometidos a decisiones automatizadas sin previa consulta” (LOPDP, 2021, Art.20), en relación a la protección de datos personales de los ciudadanos tenemos que también considerar en el uso de nuevas tecnologías el respeto a la imagen, honra, buen nombre e intimidad, fiel ejemplo de esto es la Sentencia: No. 2064-14-EP/21 emanada de la Corte Consitucional del Ecuador respecto a una acción extraordinaria de protección en relación a un habeas data para impedir la divulgación de fotos íntimas, la Corte declaró que la sentencia de apelación que negó una acción de hábeas data, planteada por una mujer cuyas fotos íntimas fueron divulgadas sin su consentimiento, vulneró los derechos a la tutela judicial efectiva y debido proceso; entre otras circunstancias la Corte Constitucional en este caso resolvió:

Disponer que en la garantía jurisdiccional de hábeas data, cuando se ventilen temas atinentes a los datos personales pertenecientes a la esfera más íntima de las personas, cuya publicidad pueda afectar los derechos constitucionales del titular de la información, los juzgadores que conozcan y resuelvan estos procesos, en la calificación de la demanda, deberán ordenar de manera inmediata que no se publique la información del proceso en ningún portal web, ni se permita el acceso físico al mismo, salvo que se trate de las partes procesales. (Acción Extraordinaria de Protección, 2021)

Esto convierte a la protección de datos personales en una propuesta indispensable para integrar a estas tecnologías el respeto previo de los derechos que posee cada persona, de ahí que tendrán que derivarse otras propuestas concretas centradas en la inteligencia artificial como desarrollar asistentes virtuales capaces de responder a preguntas legales básicas, brindar información sobre procedimientos y plazos, e incluso generar borradores de documentos legales simples; implementando simultaneamente algoritmos de aprendizaje automático para analizar grandes volúmenes de datos judiciales y predecir posibles resultados en casos similares, implementando de forma ordenada sistemas de inteligencia artificial para identificar y mitigar posibles sesgos en las decisiones judiciales, tanto en la selección de casos como en la aplicación de la ley, con la posibilidad de generar los denomiados Jueces Virtuales y Sistemas Predictivos, además de la posible implementación de Chatbots, entendemos a estos como medios informáticos y programas diseñados para simular conversaciones humanas, empleadas mediantes mensajes de texto o voz, el objeto principal de este programa es comprender y responder preguntas e incluso gestionar solicitudes de los usuarios de una forma natural, actualmente ciertar entidades financieras y empresas de telefónia móvil ya utilizan este mecanismo para generar una atención más oportuna a sus usuarios, cosa que también podría ser implementada dentro del ámbito jurídico  para atención al ciudadano y estudiantes de derecho en todo el país.

Conclusiones

La justicia digital simboliza una oportunidad para modernizar los sistemas judiciales y perfeccionar el acceso a la justicia. Sin embargo, es fundamental abordar los retos que esto implica, como la brecha digital, la seguridad de la información y la protección de los derechos fundamentales. Para garantizar una justicia digital equitativa y eficiente, es necesario bosquejar políticas públicas que susciten la inclusión digital y la capacitación de los operadores judiciales.

Incuestionablemente la inteligencia artificial y las nuevas tecnologías nos permiten acceder a información de una manera más vertiginosa pero bajo ningún concepto podemos consentir que estos adelantos releven a nuestro desarrollo intelectual, motivo por el cual es indispensable siempre contrastar la información que podamos obtener de la IA para evitar inconvenientes relacionados a doctrina, jurisprudencia, sentencias, articulado o incluso normativa equívoca, el facilismo no puede ser instrumento para disipar a la ignorancia sino, el uso de nuevas tecnologías debe permitirnos adiestrar la constancia investigativa, en una adecuada utilización de los sistemas mejorados que ahora se emplean.

Bibliografía

Acción Extraordinaria de Protección, Sentencia: No. 2064-14-EP/21 (Corte Constitucional del Ecuador 27 de Enero de 2021).

Baron, R. A. (2006). Opportunity Recognition as Pattern Recognition: HowEntrepreneurs “Connect the Dots” to Identify NewBusiness Opportunities. Academy of Management Perspectives, 104-119.

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. (2000). Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Obtenido de europarl.europa.eu

Deloitte. (25 de Enero de 2018). Deloitte. Obtenido de Deloitte, ¿Qué es la Industria 4.0?: https://www.deloitte.com/es/es/Industries/industrial-construction/analysis/que-es-la-industria-4-0.html

Ley Orgánica de Protección de Datos Personales. (26 de Mayo de 2021). fiel web evolución jurídica . Obtenido de consejodecomunicacion.gob.ec

Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia. (19 de Abril de 2023). Gobierno de España . Obtenido de https://planderecuperacion.gob.es/noticias/que-es-inteligencia-artificial-ia-prtr#:~:text=La%20inteligencia%20artificial%20(IA)%20es,el%20razonamiento%20y%20la%20percepci%C3%B3n.

Raimundi, M. J., Molina, M. F., Gimenez, M., & Minichiello, C. (2014). ¿Qué es un desafío? Estudio cualitativo de su significado subjetivo en adolescentes de Buenos Aires. Buenos Aires, Argentina: Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud.

UNESCO. (2024). UNESCO Biblioteca Digital. Recuperado el ¿, de UNESCO Biblioteca Digital: https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000390781_spa

 

[1] Abogado en libre ejercicio, Matricula Profesional 06-2017-81 del Foro de Abogados del Consejo de la Judicatura, ex Asesor de la Dirección de Patrocinio Judicial en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, ex Secretario Financiero FEUE-R y socio fundador de la firma jurídica RIO Legacy en Riobamba, Casilla Postal: 060104., Riobamba, Ecuador. Correos Electrónicos: [email protected] / [email protected]