INFLUENCIA E INJERENCIA POLÍTICA
Consecuencias del control partidario
del Tribunal Supremo Electoral
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Por: Dr. Carlos J. Aguinaga A.

N O SE PUEDE OCULTAR EL SOL con un solo dedo y si existen consecuencias negativas derivadas del control partidario del organismo electoral rector del sufragio y estas las podemos catalogar en aquellas que tienen un grado importante de influencia política y otras de injerencia partidaria.

Influencia Política

Entre los casos de influencia política podemos mencionar los siguientes:

– La injerencia política en la aprobación del método de asignación de escaños, denominado Imperiali a la Ecuatoriana que reemplazó al método D’Hondt y, el propio caso del método D’Hondt, cuya declaratoria de inconstitucionalidad sin asidero jurídico válido, fue objeto de influencia política ante el órgano de control constitucional.

– Los procesos de extinción de los partidos políticos que no han alcanzado el umbral o barrera mínima de representación de salida, que está regulada en el 5% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales nacionales sucesivas, a nivel nacional. Esta fórmula fue y es manipulada políticamente.

– Los mecanismos de compra de votos y conciencias para distorsionar la voluntad popular, tanto a nivel del ciudadano elector cuanto del ciudadano funcionario electoral.

– La vigencia aún de prácticas ilegitimas e inmorales para captar votos que observamos cada que hay un proceso electoral.

– La manipulación de decisiones de los organismos electorales para beneficiar a determinados grupos o perjudicar a potenciales candidatos con altas posibilidades de acceder a los cargos electivos.

– La participación de los independientes no ha tenido el desarrollo debido por la falta de la legislación apropiada para su intervención. Se ha regulado por parte del órgano electoral en forma distinta sobre la captación del número de adherentes a una candidatura independiente, o de candidaturas patrocinadas por movimientos independientes en determinada circunscripción electoral provincial o cantonal.

Injerencia Partidaria

De igual forma han existido casos de injerencia partidaria, entre estos podemos citar algunos:

– Los procesos de aprobación de simbología, reserva de nombre y asignación de número de los movimientos de independientes tienen un contenido de influencia partidaria. Las prohibiciones con relación a los nombres está relacionado con la identificación de la organización política, ya que tienen derecho y propiedad exclusiva sobre el nombre, se prohíbe utilizar los símbolos patrios: el escudo, la bandera y sus colores. La palabra «Ecuador» no ser utilizado como único calificativo, pero si puede estar juntos a otros nombres, sin embargo, antes no se lo prohibía hoy si está vedado, a pesar de no existir disposición legal alguna que faculte a ello; hoy se pretende que no se utilice efigies o rostros de personalidades; se prohíbe la utilización de nombres de personas vivas. Había varios partidos que utilizaron el calificativo de «Ecuatoriano»: PCE, PLRE, PRE, APRE, PSE, y a los movimientos no se les permite la utilización de la palabra Ecuador. Sobre la asignación del número no hay regulación alguna, ni derecho preferente ni respeto al orden preferente, esto debe ser regulado. El uso de los colores es otro de los problemas donde puede presentarse algún tipo de injerencia partidaria.

– Respaldo de firmas de adhesión. Distintas resoluciones sobre el 1% de firmas de adhesión.

– Se reglamenta en función del interés partidario y no de todos los actores del proceso, habida cuenta que ya vamos a 10 años de la participación de los independientes.

– En los procesos de cambios de domicilio electoral y actualización de datos existen un nivel alto de influencia partidaria, especialmente cuando hay elecciones locales de Alcaldes.

En estas elecciones hay un alto índice de movilidad electoral o transfugismo como denominan en otras legislaciones.

– Con respecto a la integración y funcionamiento de los TPE existe injerencia partidaria total.

– En algunos casos de nulidad de votaciones o de escrutinios, se ha votado por circunstancias partidarias y no por velar el legítimo respaldo ciudadano en las urnas y cito algunos casos: la Alcaldías de Salinas, en Guayas; Jipijapa en Manabí y El Bangui en Zamora Chinchipe y el de la Consejera Provincial del Guayas, en esta últimas elecciones.

– El caso del fraude electoral en la provincia de Los Ríos, en las elecciones del año 2000.

– Con respecto a la aplicación de la equidad de género y la participación política de la mujer ha sido notoria la influencia partidaria.

– La prueba más palpable de los afirmado es el sentido del votos de los vocales de los organismos electorales no son en contra de los partidos que lo nominaron sino a favor, a pesar de que pudiera existir ilegalidades manifiestas. También han existido casos en donde ha operado la influencia política y la injerencia partidaria, basta recordar los casos de:

– Imposición de multas a partidos que incurrieron en faltas relativas al gasto electoral, que son de dominio público.

– Impedimentos a la participación política de los independientes, cito el caso de Fuerza Ciudadana en la provincia del Guayas en la última elección.

– Algunos procesos últimos de aprobación de partidos y/o movimientos Hay unos casos que han generado amnesia política casi total y me refiero específicamente al control del dinero del Estado asignado a los partidos, que nunca han sido fiscalizados peor aún revisados sus cuentas, ya que sería cometer un sacrilegio político, de dudosas consecuencias, tanto para el órgano que lo ejecuta cuanto para el miembro del órgano colegiado obligado al control. No ha existido Rendición de cuentas de los Fondos y Recursos Partidarios, ni los de origen público peor los de fuente privada.

– Donde también existe una especie de acuerdo colusorio entre el órgano electoral y el órgano del control público encargado de expedir las leyes, es en la aprobación de las reformas que requieren el sistema electoral, el de partidos y el político.
No se ha tocado para nada la Ley de Gasto Electoral, pese a su necesidad. Lo electoral se cambia en lo que exista un acuerdo o consenso previo.

De ahí que veo, en las actuales circunstancias políticas, demasiado impedimentos para la reforma, cuyos actores son los propios partidos políticos y el Congreso Nacional.

Propuesta de nueva gobernación de elecciones

Realizando en ejercicio de análisis de los mejores sistemas de administración electoral aprobados en América Latina, he logrado configurar uno que nos puede servir para el debate y su perfeccionamiento, el cual fue entregada al Congreso Nacional, a través de uno de los señores legisladores.

Competencias

Con respecto a las competencias, se la debe desagregar, y conceder todas las facultades de administración del proceso al Instituto Nacional de Administración Electoral y Civil así como las competencias para la administración de justicia a la Corte de Justicia Electoral.

Como garantizar justicia electoral

La única forma de garantizar justicia electoral es mediante la creación de un órgano no político, independiente y autónomo que sea imparcial y transparente, que no depende su integración de la decisión de un órgano político ni que su conformación sea partidaria.

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