DEFINICIÓN

La utilización del aire como medio de transporte y como recurso económico dio lugar al Derecho Aéreo, del mismo modo que la utilización del agua engendró antes el Derecho Marítimo. Siempre los hechos científicos, al generar inéditas relaciones humanas, produjeron nuevas normas jurídicas destinadas a regularlas.

El Derecho Aéreo es la rama del Derecho Internacional Público que estudia y regula la utilización del espacio atmosférico que gravita sobre el territorio superficial y el mar territorial de los Estados, hasta una altura aún no determinada por la ley internacional.

El nuevo régimen normativo, surgido laboriosamente de las conferencias internacionales y de las legislaciones nacionales, si bien no ha llegado a definir las dimensiones del espacio aéreo estatal ni, por ende, la zona en que comienza el espacio sideral, estableció el principio de que las capas atmosféricas forman parte del territorio del Estado sobre el cual gravitan y de que, por tanto, deben estar sometidas a su soberanía.

Según este principio, el espacio aéreo es el ámbito superior hasta donde llega la soberanía en su sentido vertical. El límite superior del espacio aéreo es, al mismo tiempo, el límite inferior del espacio interplanetario. Pero ese límite aún no se ha fijado.

El Derecho espacial busca la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluidos la Luna y otros cuerpos celestes, deberán hacerse en provecho de todos los países, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico.

Dr. Rodrigo Borja Cevallos