Autor: Ab. Luis Pallares Alzamora.

Los objetivos del Estado armonizan con los objetivos de la persona, la búsqueda del bienestar; los medios para alcanzar estos objetivos son los bienes públicos, la existencia de estos bienes justifica la actividad del Estado, determina las atribuciones y las competencias de los órganos del Estado.

El derecho administrativo tiene por objeto regular la acción o actividad del Estado en forma de función administrativa, la estructura de los entes de la rama ejecutiva y sus relaciones cuyos contenidos han sido analizados por autores como Morales, Secaira, Pérez, López, Benalcázar y otros. La actividad del Estado es el conjunto de actos materiales y jurídicos, operaciones y tareas que realiza en virtud de las funciones que la Constitución y la ley le asigna y las cuales obedecen a la necesidad de crear jurídicamente los medios adecuados para alcanzar los fines estatales; la actividad estatal se divide en: legislación, jurisdicción, administración y control. La función jurisdiccional es la aplicación de la regla general, abstracta, personal y obligatoria, a cada caso específica para dirimir una controversia o una contradicción de interés y surge en el momento en que el poder público asume la solución de las controversias para procurar la seguridad de sus habitantes evitando la autodefensa que en los Estados democráticos está prohibida. La función administrativa se manifiesta en el cumplimiento del mandato legal, con el fin de realizar los fines estatales, ya sea en, materias policiales, fomento o servicio y la cual produce soluciones jurídicas individuales.

Derecho Administrativo

Fue el resultado de la convergencia de varias circunstancias, como la revolución inglesa de 1688, la francesa de 1789, la emancipación americana de 1776 y la doctrina de Montesquieu y Rousseau con su teoría de ley como expresión de la voluntad general, en un escenario del Estado en ascenso.

 El Derecho Administrativo se puede definir como el conjunto de normas y principios que regulan el comportamiento y organización de la Administración Pública, así como las relaciones de los distintos órganos de las Administraciones Públicas entre ellos mismos y con los ciudadanos.

Para  Luis Rodríguez (2012), el derecho administrativo es una disciplina del derecho público cuya vigencia es incuestionable, su estudio es crucial para la eficacia del Estado, su complejidad es tal que el derecho administrativo no es una rama mas del derecho público, ni siquiera en consideración inferior al derecho constitucional; tienen como objeto primario la administración pública, su evolución ha sido multifacética; hoy día se considera que el derecho administrativo  a la ley, pero el mismo produce ley, es efectivo y eficaz para el sistema político, para el ejercicio del poder y del buen gobierno, está enlazado con conceptos como la gobernabilidad y gobernanza por ser el derecho de la administración.

Importancia del Derecho Administrativo

La importancia del Derecho Administrativo radica en la capacidad que este tiene para organizar y establecer un orden en el funcionamiento de diversos tipos de cargos y funciones que, en definitiva, afectan la calidad de vida de la población.  Toda la vida del ciudadano, desde su nacimiento hasta su muerte, se encuentra regulada por esta especialidad del Derecho. Siendo así, la judicialización del derecho administrativo, es fundamental para el advenimiento de un efectivo estado constitucional, como mecanismo de control de las actuaciones del Estado.

En 2020, moléculas hicieron estragos en el planeta, se desencadenó una pandemia mundial, en la región de las Américas hay repercusiones que afectan la calidad de vida de las personas; desde los años ochenta del siglo pasado, fenómenos sociales, políticos, económicos y jurídicos han modificado profundamente el sistema jurídico. Los conceptos de globalización, internacionalización, europeización, privatización, sociedad del riesgo y revolución tecnológica identifican el origen de numerosos y fundamentales cambios en el Derecho administrativo, sin los que no puede explicarse el orden normativo que dirige la actuación de la Administración pública al comienzo de la tercera década del siglo XXI. El proceso contencioso administrativo, es el cauce natural para la discusión y resolución de los litigios, termina con la sentencia dictada por el juez en representación del Estado, en el que por lo menos una de las partes es el Estado.

Apuntes de Derecho Administrativo II

Para Georges Vedel (1980), citado por Agustín Gordillo y Libardo Rodríguez, dice: “…todo país civilizado posee un derecho administrativo, puesto que necesariamente posee un conjunto de normas que rigen las acciones de la administración…”; en este marco referido, la justicia realiza su trabajo, que debe mejorar y responder al desafío de estos tiempos. Dentro de esta situación, es necesario los estudios de temas jurídicos y desarrollar análisis que aporten al trabajo de abogados defensores, juzgadores y administradores del poder público.

 Frente a este escenario, estamos frente a la inminente publicación en los próximos días del libro “Apuntes de Derecho Administrativo Temas Contemporáneos”, cuyos autores son Ximena Velastegui, Jaqueline De la Torre, David Acosta, Bayardo Espinosa y Pablo Castañeda, conocidos por su trayectoria judicial, precisamente en este ámbito.

 La obra se divide en cinco artículos, con la presentación de Fredy Gordon Ormaza Juez del Tribunal Contencioso Administrativo de Quito y el valioso Prefacio del Dr. Juan Pablo Aguilar Andrade distinguido profesor de la USFQ. Entre los temas que se analizan tenemos:  los principios generales del derecho y su aplicación en el derecho administrativo; las nuevas tecnologías de la información; silencio administrativo, evolución histórica del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, acciones contencioso administrativas. Estamos frente a un libro que amerita su lectura, no solo porque explica temas relevantes del derecho administrativo, sino, además, porque los autores han incorporado su experiencia en la materia en cada uno de los temas analizados. En suma, es un libro de lectura obligatoria para todos los interesados en el derecho administrativo, que a más de la parte analítica trata de ser lo más práctico posible para una mejor asimilación por parte del lector, en la parte procesal se acompañan ejemplos de demandas, tornándose la obra en una valiosa e indispensable herramienta para el trabajo jurídico, siendo así, el libro está hecho para el lector abogado, estudiante de derecho, en suma, para todos los interesados en el derecho administrativo.

Referencias:

  • Benalcázar Guerrón Juan Carlos, Derecho Procesal Administrativo Ecuatoriano. Jurisprudencia, Dogmática y Doctrina, F. Andrade&Asociados, Ecuador, 2007;
  • Reflexiones sobre la validez y la invalidez de los actos administrativos, Revista de la Facultad de Derecho de México, Vol. 67, No. 268, 2017;
  • Benalcázar Guerrón Juan Carlos,La Ejecución de la Sentencia en el Proceso Contencioso Administrativo, México, Ed. Novum, 2012;
  • Gordillo Agustín, Tratado de Derecho Administrativo, Argentina, Ed. Astrea, 2013;
  • Rodríguez Libardo, Derecho Administrativo, Ed. 21, 2 tomos, Villa de Leyva, 2021;
  • Rodríguez Lozano Luis, La Importancia del Derecho Administrativo, 2012;
  • Vedel George, Derecho Administrativo, España, Ed. Aguilar, 1980;
  • Apuntes de Derecho Administrativo Temas Contemporáneos, 2021;
  • Morales Tobar Marco, Manual de derecho procesal administrativo, Ed. CEP,2011;
  • Pérez Camacho Efraín, Derecho Administrativo, 5 Edición, CEP, 2021;
  • Secaira Patricio Durango, Curso breve de derecho administrativo, Ed. UCE; 2004.

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3264/3.

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