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Lunes, 16 de septiembre de 2019
RESPUESTA
Los autos interlocutorios y las sentencias en materias no penales, se ejecutorían en los casos previstos en el Art.99 del COGEP. El recurso de casación se interpondrá de manera escrita dentro del término de diez días, debiendo las Salas de las Cortes Provinciales o de los Tribunales Distritales de lo Contencioso Administrativo y Tributario, verificar en el auto que califica la oportunidad del recurso, si ha sido presentado dentro del término previsto para el efecto; para lo cual deben observar lo siguiente.
Resolución No.11.2017
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