Registro Oficial. 15 de FEBRERO del 2001 Suplemento - Derecho Ecuador
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Registro Oficial. 15 de FEBRERO del 2001 Suplemento

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MES DE FEBREROn DEL 2001

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REGISTROn OFICIAL
n ORGANOn DEL GOBIERNO DEL ECUADOR
n Administraciónn del Sr. Dr. Gustavo Noboa Bejarano
n Presidente Constitucional de la República
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Quito,n Jueves 15 de Febrero del 2001 No. 267
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PRIMERn SUPLEMENTO
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TRIBUNALn CONSTITUCIONAL
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EDMUNDOn ARIZALA ANDRADE
n DIRECTOR ENCARGADO
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n FUNCION n EJECUTIVA

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DECRETO:

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1227n Autorízase al Ministro de Economía y Finanzas,n para que proceda a suscribir con la Corporación Andinan de Fomento, la modificación del Contrato de Préstamon celebrado el 4 de septiembre del 2000, por la suma de doscientosn millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérican

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ACUERDOS:

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MINISTERIOn DE ENERGIA Y MINAS:

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126 Díctansen disposiciones para la construcción y operaciónn de ductos principales privados y la prestación del correspondienten servicio público de transporte de hidrocarburos

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127n Refórmanse las denominaciones y valores constantesn en las tablas señaladas en el articulo 1 del Acuerdo Ministerialn No. 108 n

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La regulación de la eutanasia activa avoluntaria constituye uno de los debates jurídicos, éticos y médicos más complejos del constitucionalismo contemporáneo, debido a que involucra la tensión entre derechos fundamentales de igual jerarquía, como la vida, la dignidad humana y la autonomía personal.

La importancia de la remisión normativa en el derecho ecuatoriano radica en conocer la jerarquía de la norma y la supletoriedad de esta, en conocer el bloque de constitucionalidad, que consiste en una técnica jurídica mediante la cual el texto constitucional reenvía a otros textos que, por ende, terminan, haciendo parte del mismo cuerpo normativo.

En el entorno digital, esta distorsión adquiere nuevas dimensiones: imágenes manipuladas, identidades falseadas y relatos impuestos que despojan a niñas, adolescentes y mujeres de control sobre su propia representación.

En los códigos civiles herederos de Andrés Bello, una mala interpretación histórica ha fusionado dos defensas contractuales distintas. Entender la diferencia dogmática entre purgar la mora y la excepción de contrato no cumplido es la clave para defenderse exitosamente frente a cumplimientos defectuosos o parciales.

En el Ecuador, el sistema penal enfrenta una realidad que resulta familiar para quienes ejercen en esta materia: agendas judiciales saturadas, audiencias constantes e incluso la necesidad de habilitar horarios extraordinarios para atender la carga procesal existente.

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