Registro Oficial No 28 – Miércoles 03 de Julio de 2013 Suplemento
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Miércoles 03 de Julio de
2013 – R. O. No. 28
SUPLEMENTO
SUMARIO
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos:
Ejecutivo:
Acuerdos
0021 Acéptanse las solicitudes de repatriación de los
siguientes ciudadanos/as y ordénase que sean trasladados a territorios español
y colombiano:
María Manuela Frías Hayado
0022 José Gómez López
0023 José Luis Ortega Serrano
0024 María Asunción Alajarín Fernández
0025 José Manuel Florido Pachón
0026 Mateo Raúl Subirós
0027 César Humberto Vargas Ballén
0028 Jhonatan Guzmán Toro
0029 Manuel Bajils Marina
0030 Juan Benito Fernández De Jesús
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:
Resoluciones
SENAE-DGN-2013-0157-RE Expídense varios procedimientos
documentados
SENAE-DGN-2013-0161-RE Expídese el procedimiento documentado
denominado. ?SENAE-MEE-2-3-002-V1 Manual Específico para la Distribución de
Carga Aérea de Importación versión 1 del año 2013?
Gobiernos Autónomos Descentralizado: Ordenanza Municipal:
Ordenanza
–
Cantón Pedernales: Que reglamenta la aplicación
de la norma técnica de atención al usuario en el servicio público
CONTENIDO
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 220, de 27
de noviembre de 2007, se crea el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de
2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de
?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355, de 05 de enero de
2011, el señor Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento y aplicación de todos los
convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento
de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el
Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 16 de enero de 2013, dictada por el Tribunal Segundo de
Garantías Penales del Carchi, confirmada el 15 de marzo de 2013, por la Sala
Única de la Corte Provincial de Justicia del Carchi, se determina que la
ciudadana española María Manuela Frías Hayado, ha sido sentenciada a cumplir
una pena privativa de libertad, misma que se encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
carta dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con fecha
25 de septiembre de 2012, la señora María Manuela Frías Hayado expresa su
voluntad de retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia en un centro de rehabilitación social de España;
Que, este
Ministerio considera que la repatriación de la ciudadana española María Manuela
Frias Hayado, responde a motivos humanitarios dado que la reunificación
familiar, la convivencia en un ambiente cultural, económico social propio,
contribuirá para una armónica y efectiva rehabilitación; y,
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre el Traslado de Personas
Condenadas de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación de la ciudadana española María Manuela
Frías Hayado y disponer que sea trasladada a un Centro de Rehabilitación Social
en territorio español, donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de
libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia la ciudadana española María Manuela Frías Hayado, a las
autoridades competentes que el Gobierno de España para el efecto hubiere
designado, con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial a la ciudadana española María
Manuela Frías Hayado y las demás entidades involucradas en el procedimiento,
quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de
esta repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 06 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento
y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado de personas
sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o de
repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 14 de mayo de 2010, dictada por el Tribunal Noveno de
Garantías Penales de Pichincha, modificada el 23 de septiembre de 2010 por la
Primera Salsa Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichicha, se
determina que el ciudadano español José López Gómez, ha sido sentenciado a pena
privativa de libertad, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
carta dirigida a la señora Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de
fecha 28 de mayo de 2013, el señor José López Gómez expresa su voluntad de
retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia
privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano español, José Gómez López y
disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación Social en territorio
español, donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia del ciudadano español, José Gómez López, a las autoridades
competentes del Gobierno español, que para el efecto hubieren sido designadas
con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano español José Gómez
López y las demás entidades involucradas en el procedimiento, quienes prestarán
las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.
El presente Acuerdo
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS
Y CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010,
el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de ?Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencias de fecha 20 de octubre de 2010, dictadas por el Tribunal Noveno de
Garantías Penales del Guayas, modificadas el 16 de julio de 2012, por la
Tercera Sala de lo Penal de la Corte Pronvincial de Justicia del Guayas, se
determina que el ciudadano español José Luis Ortega Serrano, ha sido
sentenciado a pena privativa de libertad, sentencia que se encuentra en firme y
ejecutoriada;
Que, mediante
carta dirigida a la señora Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de
fecha 07 de diciembre de 2012, el señor José Luis Ortega Serrano expresa su
voluntad de retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano español José Luis Ortega
Serrano y disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación Social en
territorio español donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de
libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia del ciudadano español, José Luis Ortega Serrano, a las
autoridades competentes del Gobierno español, que para el efecto hubieren sido
designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano español José Luis
Ortega Serrano y las demás entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.-
f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de
2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de
?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 13 de abril de 2010, dictada por el Quinto Tribunal de
Garantías Penales del Guayas, confirmada con fecha 25 de octubre de 2012, por
la Tercera Sala de lo Penal, Colusorios y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, se determina que la
ciudadana española María Asunción Alajarín Fernández, ha sido sentenciada a
pena privativa de libertad, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
carta dirigida a la señora Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de
fecha 29 de julio de 2011, la señora María Asunción Alajarín Fernández, expresa
su voluntad de retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación de la ciudadana española, María Asunción
Alajarín Fernández y disponer que sea trasladada a un Centro de Rehabilitación
Social en territorio español donde cumplirá el resto de su sentencia privativa
de libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia de la ciudadana española María Asunción Alajarín
Fernández, a las autoridades competentes del Gobierno español, que para el
efecto hubieren sido designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial a la ciudadana española María
Asunción Alajarín Fernández y las demás entidades involucradas en el
procedimiento, quienes prestarán las facilidades necesarias para el
cumplimiento inmediato de esta repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de
2010, el economista Rafael Correa Delgado, cambia la denominación de
?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de ?Ministerio de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 355, de 05 de Enero de
2011, el señor Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, como Autoridad Central para el conocimiento y aplicación de todos los
convenios que sobre materia de traslado de personas sentenciadas, cumplimiento
de sentencias penales en el exterior, o de repatriaciones, sea suscriptor el
Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 15 de marzo de 2011, dictada por el Tribunal Undécimo de
Garantías Penales del Guayas, confirmada el 14 de noviembre de 2011, por la
Primera Sala de lo Penal, Colusorios y Tránsito de la Corte Provincial de
Justicia del Guayas, se determina que el ciudadano español Florido Pachón José
Manuel, ha sido sentenciado a pena privativa de libertad, sentencia que se
encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
carta dirigida a la señora Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de
fecha 15 de octubre de 2012, el señor Florido Pachón José Manuel, expresa su
voluntad de retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano español, Florido Pachón José
Manuel y disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación Social en territorio
español donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia del ciudadano español, Florido Pachón José Manuel, a las
autoridades competentes del Gobierno español, que para el efecto hubieren sido
designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano español Florido
Pachón José Manuel y las demás entidades
involucradas en el procedimiento, quienes prestarán las facilidades necesarias
para el cumplimiento inmediato de esta repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 05 de julio de 2011, dictada por el Tercer Tribunal de
Garantías Penales de Pichincha, se determina que el ciudadano español Subirós
Mateo Raúl, ha sido sentenciado a pena privativa de libertad, sentencia que se
encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
carta de 14 de marzo de 2013, el señor Subirós Mateo Raúl Raúl expresa su
voluntad de retornar a España, con el fin de cumplir con el resto de dicha
sentencia privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano Subirós Mateo Raúl y
disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación Social en territorio
español donde cumplirá el resto de su sentencia privativa de libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia del ciudadano español, Subirós Mateo Raúl, a las
autoridades competentes del Gobierno Español, que para el efecto hubieren sido
designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano español, Subirós
Mateo Raúl y las demás entidades involucradas en el procedimiento, quienes
prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de esta
repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013.
f.) Dra.
Johana Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 15 de febrero de 2013, dictada por el Tribunal Primero de
Garantías Penales del Carchi, confirmada el 05 de abril de 2013, por la Sala
Única de la Corte Provincial de Justicia del Carchi, se determina que el
ciudadano español César Humberto Vargas Ballén, ha sido sentenciado a pena
privativa de libertad, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
solitud dirigida al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, de fecha
29 de septiembre de 2012, el señor César Humberto Vargas Ballén expresa su voluntad de retornar a España, con el fin de
cumplir con el resto de dicha sentencia privativa de libertad;
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 3, 5, 6 y 7 del Convenio sobre Traslado de Personas condenadas
de Estrasburgo;
Acuerda:
Art. 1.-
Aceptar la solicitud de repatriación del ciudadano español César Humberto
Vargas Ballén y disponer que sea trasladado a un Centro de Rehabilitación
Social en territorio español donde cumplirá el resto de su sentencia privativa
de libertad.
Art. 2.-
Entregar la custodia del ciudadano español, César Humberto Vargas Ballén, a las
autoridades competentes del Gobierno español, que para el efecto hubieren sido
designadas con miras al cumplimiento de dicho traslado.
Art. 3.-
Notificar con el presente Acuerdo Ministerial al ciudadano español, César
Humberto Vargas Ballén y las demás entidades involucradas en el procedimiento,
quienes prestarán las facilidades necesarias para el cumplimiento inmediato de
esta repatriación.
El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.
Comuníquese y
Publíquese.
Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, a 11 de junio de 2013. f.) Dra. Johana
Pesántez Benítez, Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Certifico que
el presente documento es fiel copia del original que a dos fojas reposa en los
archivos de la Secretaría General.- Fecha: 17 de junio de 2013.- f.) Geovanna
Palacios Torres, Secretaria General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Dra. Johana
Pesántez Benítez
MINISTRA DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y
CULTOS
Considerando:
Que,
corresponde a los Ministros de Estado en la esfera de su competencia expedir
las normas, acuerdos y resoluciones que sean necesarias para la gestión
ministerial;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 748, de 14 de noviembre de 2007, publicado en el Registro
Oficial, Suplemento No. 220, de 27 de noviembre de 2007, se crea el Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, el economista Rafael Correa Delgado,
cambia la denominación de ?Ministerio de Justicia y Derechos Humanos? por el de
?Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos?;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 592, de 22 de diciembre de 2010, publicado en el Registro
Oficial No. 355, de 05 de Enero de 2011, el señor Presidente Constitucional de
la República, economista Rafael Correa Delgado designa al Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, como Autoridad Central para el
conocimiento y aplicación de todos los convenios que sobre materia de traslado
de personas sentenciadas, cumplimiento de sentencias penales en el exterior, o
de repatriaciones, sea suscriptor el Ecuador, o llegare a serlo en el futuro;
Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 772, de 13 de mayo de 2011, el economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, a la doctora Johana Pesántez Benítez;
Que, mediante
sentencia de fecha 30 de septiembre de 2010, dictada por el Tribunal Primero de
Garantías Penales del Carchi, confirmada el 06 de enero de 2011, por la Sala de
la Corte Provincial de Justicia del Carchi, se determina que el ciudadano
colombiano Guzmán Toro Jhonatan, ha sido sentenciado a cumplir una pena
privativa de libertad, sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada;
Que, mediante
solicitud dirigida a la señora Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
de fecha 29 de mayo de 2013, el señor Guzmán Toro Jhonatan expresa su voluntad
de retornar a Colombia, con el fin de cumplir con el resto de dicha sentencia
privativa de libertad;
Que, este
Ministerio considera que la repatriación del ciudadano colombiano Guzmán Toro
Jhonatan, responde a motivos humanitarios dado que la reunificación familiar,
la convivencia en un ambiente cultural, económico y social propio, contribuirá
para una armónica y efectiva rehabilitación; y,
Que, en virtud
de que se han cumplido y verificado los requisitos y condiciones contemplados
en los artículos 5, 6, 7 y 8 del Reglamento sobre el Procedimiento de
Repatriación de Personas Sentenciadas entre el Gobierno de la República del
Ecuador y el Gobierno de la República de Colombia, y los artículos 3 y 4 del
Reglamento Operativo para el Trasla











