octubre 21, 2021
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LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL NORA VERONICA CUMBAJIN SANGOVALIN

EXTRACTO

NOTARIA PRIMERA DEL CANTÓN RUMIÑAHUI: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública otorgada ante mí, el trece de Octubre del dos mil veinte y uno, los señores NORA VERONICA CUMBAJIN SANGOVALIN, quien declara ser ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil divorciada, de ocupación empleada privada, domiciliada en el inmueble ubicado en la calle Ascazubi y Veinte y nueve de Mayo, Conjunto el Conquistador, parroquia Conocoto, cantón Quito, de tránsito por esta ciudad de Sangolquí, cantón Rumiñahui; correo electrónico veritocumbajin12@gmail.com; teléfono cero nueve ocho cuatro ocho uno cuatro uno cero ocho; y ANGEL FERNANDO PACHACAMA CUICHAN, quien declara ser de nacionalidad Ecuatoriana, mayor de edad, de estado civil divorciado, de ocupación empleado; domiciliado en el inmueble ubicado en el barrio Loreto, calle Antonio Tandazo sin número, parroquia Sangolquí, Cantón Rumiñahui, sin correo electrónico; teléfono dos cuatro dos seis seis nueve nueve, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal, que fuera disuelta.-

Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de liquidación de sociedad conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notaria, que a su vez reforma el Art. 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral 23 faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de sociedad conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma lega, pongo en conocimiento del público, la publicación del extracto de la liquidación del patrimonio de la sociedad conyugal correspondiente a los señores NORA VERONICA CUMBAJIN SANGOVALIN; y, ANGEL FERNANDO PACHACAMA CUICHAN, otorgada mediante escritura púbica de trece de Octubre del dos mil veinte y uno, ante el suscrito Dr. Diego Chiriboga Pazmiño; Notario Primero del Cantón Rumiñahui, por le término de veinte (20) días a contarse desde la fecha de publicación de este extracto, a fin de que las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término.

Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes.

Sangolquí, a 13 de Octubre del 2021.-

Dr. DIEGO CHIRIBOGA PAZMIÑO

NOTARIO PRIMERO DEL CANTÓN RUMIÑAHUI

Hay firma y sello

001-004-0931/ms

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Al contraer matrimonio o iniciar una unión de hecho, se crea por defecto la "sociedad universal de bienes". Sin embargo, la ley ecuatoriana ofrece alternativas legales.

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