Visto Bueno No. 300655-2021-amim - Derecho Ecuador
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Visto Bueno No. 300655-2021-amim

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

MINITERIO DEL TRABAJO

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VISTO BUENO NO. 300655-2021-AMIM

ACTOR: MARTÍNEZ CAZORLA DARÍO JAVIER

ABG. HUMBERTO HERRERA CASILLERO JUDICIAL NO. 619

ACCIONADO: JOSELYN ORIANA AZOCAR SOTO

CAUSAL: Numeral 1 del Art. 172 del Código del Trabajo

Dentro del Trámite de Visto Bueno signado con el número No. 300655-2021-AMIN, presentada por el señor (a) MARTÍNEZ CAZORLA DARÍO JAVIER en su calidad de Empleador, en contra de su trabajador (a) señor (a) JOSELYN ORIANA AZOCAR SOTO, se ha dictado lo que sigue:

Inspección del trabajo de pichincha.- Quito, 15 de abril de 2021, a las 16H15.- Dentro del presente trámite de Visto Bueno signado con el No. 300655-2021-AMIN, presentada por el señor (a) MARTÍNEZ CAZORLA DARÍO JAVIER en su calidad de Empleador, en contra de su trabajador (a) señor (a) JOSELYN ORIANA AZOCAR SOTO.- En lo principal agréguese al trámite la Declaración Juramentada presentada por la parte actora celebrada ante Notario Público en donde indica que desconoce el domicilio actual de la accionada y Certificado del Ministerio de Relaciones Exteriores en el que se indica que el accionado no salió del país, atendiendo al mismo se dispone: 1) En aplicación al Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providencia notifíquese al trabajo mediante tres publicaciones en uno de los periódicos de amplia circulación, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 56 del Código de Orgánico General de Procesos, por cuanto el empleador bajo juramento declara desconocer el domicilio del accionado, a quien se le concede el término de dos días para que conteste y señale casillero judicial, para futuras notificaciones a partir de transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial. 2) Para el efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que las publicaciones se realizarán a día seguido y se remitirán a la Inspección de Trabajo dentro del término de 10 días siguientes a la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente.- 3) Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el (a) actor (a) y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe en la presente causa.- NOTIFIQUESE. f) Abg. Ana María Idrobo Morales.

Lo que comunico para los fines de Ley.-

AB. ANA MARÍA IDROBO MORALES

INSPECTOR DE TRABAJO DE PICHINCHA

Hay firma y sello

001-003-347/ms

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