AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s
Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador
Martes 23 de junio de 2020 (R.O. 696, 23ā€“ junio -2020) EDICIƓN ESPECIAL

SERVICIO NACIONAL DE GESTIƓN DE RIESGOS Y EMERGENCIAS
RESOLUCIƓN SNGRE-017-2020
EXPƍDESE EL PROCEDIMIENTO
PARA GESTIƓN DE MANTENIMIENTO
VEHICULAR, VERSIƓN 2.0
– Martes 23 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 – Registro Oficial
RESOLUCIƓN Nro. SNGRE-017-2020
MARƍA ALEXANDRA OCLES PADILLA
DIRECTORA GENERAL
SERVICIO NACIONAL DE GESTIƓN DE RIESGO los Y EMERGENCIAS
CONSIDERANDO:
QUE, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en el artĆ­culo 154, numeral 1, establece: ā€œA las ministras y ministros de Estado, ademĆ”s de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectorĆ­a de las polĆ­ticas pĆŗblicas del Ć”rea a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestiĆ³n (…);
QUE, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en su artĆ­culo 226, establece: ā€œLas instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores pĆŗblicos y las personas que actĆŗen en virtud de una potestad estatal ejercerĆ”n solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la ConstituciĆ³n y la Ley, teniendo el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la ConstituciĆ³nĀ»;
QUE, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en el artĆ­culo 227, expresa: Ā«la administraciĆ³n pĆŗblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por las principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n, coordinaciĆ³n.
QUE, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en el artĆ­culo 389, seƱala que: Ā«El estado los desastres de origen natural o antrĆ³pico mediante la prevenciĆ³n ante el riesgo, la mitigaciĆ³n de desastres, la recuperaciĆ³n y mejoramiento de las condiciones sociales, econĆ³micas y ambientales, con el objetivo de minimizar la condiciĆ³n de vulnerabilidad El sistema nacional descentralizado de gestiĆ³n de riesgo estĆ” compuesto por las unidades de gestiĆ³n de riesgo de todas las Instituciones pĆŗblicas y privadas en los Ć”mbitos local, regional y nocional. El Estado ejercerĆ” la rectorĆ­a a travĆ©s del organismo tĆ©cnico establecido en la ley. TendrĆ” como funciones principales, entre otras:
1. Identificar los riesgos existentes y potenciales, internos y externos que afecten al forma territorio ecuatoriano.
2. Generar, democratizar el acceso y difundir informaciĆ³n suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo.
3. Asegurar que todas las instituciones y privadas incorporen obligatoriamente, y en forma transversal, la gestiĆ³n de riesgo en su planificaciĆ³n y gestiĆ³n.
4. Fortalecer en la ciudadanĆ­a y en las entidades pĆŗblicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos Ć”mbitos de acciĆ³n, informar sobre ellos, e incorporar acciones tendientes a reducirlos.
5. Articular las instituciones para que coordinen acciones a fin de prevenir y mitigar los riesgos, asĆ­ como para enfrentarlos. recuperar y mejorar las condiciones anteriores a la ocurrencia de una emergencia o desastre.
6. Realizar y coordinar las acciones necesarias para reducir vulnerabilidades y prevenir, mitigar, atender y recuperar eventuales efectos negativos derivados de desastres o emergencias en el territorio nacional.
7. Garantizar financiamiento suficiente y oportuno pura el funcionamiento del Sistema, y coordinar la cooperaciĆ³n internacional dirigida a la gestiĆ³n de riesgoā€;
QUE, la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en el artĆ­culo 390, establece: Ā«Los riesgos se gestionarĆ”n bajo el principio de descentralizaciĆ³n subsidiaria, que implicarĆ” la responsabilidad directa de las Instituciones dentro de su Ć”mbito geogrĆ”fico. Cuando sus capacidades futra la gestiĆ³n del riesgo sean insuficientes, las instancias de mayor Ć”mbito
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territorial y mayor capacidad tĆ©cnica y financiera brindarĆ”n el apoyo necesario con respeto a su autoridad en el territorio y sin relevarlos de su responsabilidadĀ»;
QUE, el CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n territorial. AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n en el artĆ­culo 140, establece: Ā«La gestiĆ³n de riesgos que incluye las acciones de prevenciĆ³n, reacciĆ³n, mitigaciĆ³n, reconstrucciĆ³n y transferencia, para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrĆ³pico que afecten al territorio se gestionarĆ”n de manera concurrente y de forma articulada por todos los niveles de gobierno de acuerdo con las polĆ­ticas y los planes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la ConstituciĆ³n y la ley.
Los gobiernos autĆ³nomos descentralizados municipales adoptarĆ”n obligatoriamente normas tĆ©cnicas para la prevenciĆ³n y gestiĆ³n de riesgos en sus territorios con el propĆ³sito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza, en sus procesos de ordenamiento territorial.
Para el caso de riesgos sĆ­smicos los Municipios expedirĆ”n ordenanzas que reglamenten la aplicaciĆ³n de normas de construcciĆ³n y prevenciĆ³n.
La gestiĆ³n de los servicios de prevenciĆ³n, protecciĆ³n, socorro y extinciĆ³n de incendios, que de acuerdo con la ConstituciĆ³n corresponde a los gobiernos autĆ³nomos descentralizados municipales, se ejercerĆ” con sujeciĆ³n a la ley que regule la materia Pura tal efecto, los cuerpos de bomberos del paĆ­s serĆ”n considerados como entidades adscritas a los gobiernos autĆ³nomas descentralizados municipales, quienes funcionarĆ”n con autonomĆ­a administrativa y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas vigentes a las que estarĆ”n sujetosĀ»
QUE, la Ley de Seguridad PĆŗblica y del Estado en el artĆ­culo 11 literal d), establece que: ā€œDe los Ć³rganos ejecutores: Las Ć³rganos ejecutores del Sistema de Seguridad PĆŗblica y del Estado estarĆ”n a cargo de las acciones de defensa, orden pĆŗblico, prevenciĆ³n y gestiĆ³n de riesgos, conforme lo siguiente: (…) d) De la gestiĆ³n de riesgos.- La prevenciĆ³n y las medidas para contrarrestar, reducir y mitigar los riesgos de origen natural y antrĆ³pico o para reducir la vulnerabilidad, corresponden a las entidades pĆŗblicas y privadas, nacionales, regionales y locales. La rectorĆ­a la ejercerĆ” el Estado a travĆ©s de la Secretaria Nacional de GestiĆ³n de Riesgosā€;
QUE, el Reglamento a la Ley de Seguridad PĆŗblica y del Estado en el artĆ­culo 3, establece que: ā€œDel Ć³rgano ejecutor de GestiĆ³n de Riesgos.- La Secretaria Nacional de GestiĆ³n de Riesgos es el Ć”rgano rector y ejecutor del Sistema Nocional Descentralizado de GestiĆ³n de Riesgos. Dentro del Ć”mbito de su competencia le corresponde:
a) Identificar los riesgos de orden natural o antrĆ³pico, para reducir la vulnerabilidad que afecten o puedan afectar al territorio ecuatoriano;
b) Generar y democratizar el acceso y la difusiĆ³n de informaciĆ³n suficiente y oportuna para gestionar adecuadamente el riesgo:
c) Asegurar que las instituciones pĆŗblicas y privadas incorporen obligatoriamente, en forma transversal, la gestiĆ³n de riesgo en su planificaciĆ³n y gestiĆ³n:
d) Fortalecer en la ciudadanĆ­a y en las entidades pĆŗblicas y privadas capacidades para identificar los riesgos inherentes a sus respectivos Ć”mbitos de acciĆ³n:
e) Gestionar el financiamiento necesario para el funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de GestiĆ³n de Riegos y coordinar la cooperaciĆ³n Internacional en este Ć”mbito:
f) Coordinar los esfuerzos y funciones entre las instituciones pĆŗblicas y privadas en las fases de prevenciĆ³n, mitigaciĆ³n, la preparaciĆ³n y respuesta a desastres, hasta la recuperaciĆ³n y desarrollo posterior;
g) DiseƱar /pogromos de educaciĆ³n, capacitaciĆ³n y difusiĆ³n orientadas u fortalecer las capacidades de las instituciones y ciudadanos para la gestiĆ³n de riesgos: y,
h) Coordinar la cooperaciĆ³n de la ayuda humanitaria e informaciĆ³n para enfrentar, situaciones emergentes y/o desastres derivados de fenĆ³menos naturales, socionaturales o antrĆ³picos a nivel nacional e internacionalĀ»;
4 ā€“ Martes 23 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 – Registro Oficial
QUE, el Reglamento a la Ley de Seguridad PĆŗblica y del Estado en el artĆ­culo 16, establece que: ā€œLas disposiciones normativas sobre gestiĆ³n de riesgos son obligatorias y tienen aplicaciĆ³n en todo el territorio nacional El proceso de gestiĆ³n de riesgos incluye el conjunto de actividades de prevenciĆ³n, mitigaciĆ³n, preparaciĆ³n, alerta, respuesta, rehabilitaciĆ³n y reconstrucciĆ³n de los efectos de los desastres de origen natural, socio-natural o antrĆ³picoĀ».
QUE, el Reglamento a la Ley de Seguridad PĆŗblica y del Estado en el artĆ­culo 18, establece que: Ā«RectorĆ­a del Sistema.- El Estado ejerce la rectorĆ­a del Sistema Nacional Descentralizado de GestiĆ³n de Riesgos a travĆ©s de la Secretaria Nacional de GestiĆ³n de Riesgo, cuyas competencias son:
a. Dirigir, coordinar y regular el funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de GestiĆ³n de Riesgos:
b. Formular las polĆ­ticas, estrategias, planes y normas del Sistema Nacional Descentralizado de GestiĆ³n de Riesgos, bajo la supervisiĆ³n del Ministerio de CoordinaciĆ³n de Seguridad, para la aprobaciĆ³n del Presidente de la RepĆŗblica.
c. Adoptar, promover y ejecutar las acciones necesarias fiara garantizar el cumplimiento de las polĆ­ticas, estrategias, planes y normas del Sistema:
d. DiseƱar programas de educaciĆ³n, capacitaciĆ³n y difusiĆ³n orientados a fortalecer las capacidades de las instituciones y ciudadanos para la gestiĆ³n de riesgos:
e. Velar por que los diferentes niveles e instituciones del sistema, aporten los recursos necesarios para la adecuada y oportuna gestiĆ³n:
f. Fortalecer a los organismos de respuesta y atenciĆ³n a situaciones de emergencia, en las Ć”reas afectadas por un desastre, para la ejecuciĆ³n de medidas de prevenciĆ³n y mitigaciĆ³n que permitan afrontar y minimizar su impacto en la poblaciĆ³n. y,
g. Formular convenios de cooperaciĆ³n interinstitucional destinados al desarrollo de la investigaciĆ³n cientĆ­fica, para identificar los riesgos existentes, facilitar el monitoreo y la vigilancia de amenazas, pura el estudio de vulnerabilidadesĀ».
QUE, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1046-A de 26 de abril del 2008, publicado en Registro Oficial Nro. 345 de 26 de mayo del 2008 se reorganiza la DirecciĆ³n Nacional de Defensa Civil, mediante la figura de la Secretaria TĆ©cnica de GestiĆ³n de Riesgos adscrita al Ministerio de CoordinaciĆ³n de Seguridad Interna y Externa, adquiriendo por este mandato todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones y delegaciones constantes en leyes, reglamentos y demĆ”s instrumentos normativos que hasta ese momento le correspondĆ­an a la DirecciĆ³n Nacional de Defensa Civil y a la Secretaria General del COSENA, en materia de Defensa Civil.
QUE, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 42 de 10 de septiembre de 2009, publicado en Registro Oficial Nro. 31 de 22 de septiembre del 2009, la Secretarla tĆ©cnica de GestiĆ³n de Riesgos, pasa a denominarse Secretaria Nacional de GestiĆ³n de Riesgos, que ejercerĆ” sus competencias y funciones de manera independiente, descentralizada y desconcentrada:
QUE, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 103 de 20 de octubre 10 2009, publicado en el Registro Oficial Nro. 58 de 30 de octubre del 2009, se reforma el Decreto Ejecutivo Nro. 42 y se le da el rango de Ministro de Estado al Secretario/a Nacional de GestiĆ³n de Riesgos;
QUE, el 13 de febrero de 2013, la Secretaria Nacional de AdministraciĆ³n PĆŗblica emitiĆ³ la Norma TĆ©cnica de AdministraciĆ³n por procesos, la misma que es de uso y cumplimiento obligatorio para las instituciones de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central. Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva:
QUE, mediante ResoluciĆ³n Nro. SGR-023-2015, de 20 de marzo de 2015, el Ing. JosĆ© Luis Asencio Mera. Subsecretario General de la Secretaria de GestiĆ³n de Riesgos, emitiĆ³ el Ā«Manual de Procedimiento de GestiĆ³n de Mantenimiento de VehĆ­culosĀ»;
QUE, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 62 de OS de agosto de 2043, se reforma el Estatuto de RĆ©gimen JurĆ­dico Administrativo de la FunciĆ³n Ejecutiva y se aƱade a continuaciĆ³n del
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artĆ­culo 16, donde la FunciĆ³n Ejecutiva se organiza en Secretarias, entre ellas se seƱala a la Secretaria de GestiĆ³n de Riesgos;:
QUE, mediante ResoluciĆ³n Nro. SGR-039-2014, de 03 de junio de 2014, se expidiĆ³ el Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos de la Secretaria de GestiĆ³n de Riesgos, en el que entre otras Gestiones, establece que la GestiĆ³n Administrativa seƱala como Producto y Servicio de su responsabilidad Ā«Plan anual de mantenimiento preventivo y correctivo de bienes muebles e inmuebles. Reporte de asignaciĆ³n y control de vehicular…ā€;
QUE, mediante Acuerdo Nro. 1573, de 22 de abril de 2016, el Sr. Pedro Solines ChacĆ³n Secretario Nacional de la AdministraciĆ³n Publica, expidiĆ³ la Norma TĆ©cnica de PrestaciĆ³n de Servicios y AdministraciĆ³n por Procesos, la misma que es de aplicaciĆ³n y cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la AdministraciĆ³n PĆŗblica Central. Institucional y que dependen de la FunciĆ³n Ejecutiva;
QUE, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo de 2017, el Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s, Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador, nombra como Secretaria de GestiĆ³n de Riesgos, a MarĆ­a Alexandra Ocles Padilla:
QUE, mediante ResoluciĆ³n Nro. 111, de 02 de agosto de 2017, el Dr. Diego GarcĆ­a CarriĆ³n. Procurador General del Estado, expidiĆ³ el Instructivo Interno de la ProcuradurĆ­a General del listado para la aplicaciĆ³n del Reglamento Sustitutivo para el Control de los VehĆ­culos del Sector PĆŗblico y de las Entidades de Derecho Privado que disponen de Recursos PĆŗblicos:
QUE, el Decreto Ejecutivo 534 de Techa 03 de octubre del 2018, seƱala que el Presidente de la RepĆŗblica. Lcdo. Lenin Moreno, dispuso la transformaciĆ³n de la SecretarĆ­a de GestiĆ³n de Riesgos (SGR) en el Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias, como entidad de derecho pĆŗblico, con personalidad jurĆ­dica, dotada de autonomĆ­a: y.
QUE, mediante memorando Nro. SNGRE.-CGPGE-2020-0139-M, de 06 de febrero de 2020, el Mgs. Diego Cabrera Bowen. Coordinador General de PlanificaciĆ³n y GestiĆ³n EstratĆ©gica, remitiĆ³ a la MĆ”xima Autoridad Institucional, el ā€œProcedimiento para gestiĆ³n de mantenimiento vehicular, versiĆ³n 2.0″; y, solicitĆ³ la institucionalizaciĆ³n de la misma, y la derogaciĆ³n de la ResoluciĆ³n Nro. SGR-023-2015, que acoge el ā€œManual de Procedimiento de gestiĆ³n de mantenimiento de vehĆ­culos versiĆ³n 1.0ā€™ā€™ expedida el 20 de marzo de 2015;
QUE, mediante sumida de fecha 11 de lebrero de 2020, inserta en la hoja de rula del memorando Nro. SNGRE-CGPGE-2020-0139-M, de 06 de febrero de 2020, la MĆ”xima Autoridad Institucional, dispuso: Ā«AUTORIZADOĀ»;
Con los antecedentes expuestos, en el ejercicio de las facultades legales y atribuciones establecidas en el numeral I del artĆ­culo 154 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador;
RESUELVE:
ArtĆ­culo 1.- EXPEDIR el ā€œProcedimiento para gestiĆ³n de mantenimiento vehicular, versiĆ³n 2.0″, cuyo propĆ³sito es establecer un enfoque de administraciĆ³n por procesos las actividades involucradas en el mantenimiento vehicular para la conservaciĆ³n y cuidado de los vehĆ­culos del Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias que permitan el optimo funcionamiento del parque automotor y cumplir las necesidades de movilizaciĆ³n de los (as) servidores (as) de manera oportuna.
ArtĆ­culo 2.- ƁMBITO el procedimiento se aplicarĆ” en matriz y Coordinaciones Zonales del Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias.
ArtĆ­culo 3.- ENCARGAR a la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera, a travĆ©s, de la DirecciĆ³n Administrativa, la aplicaciĆ³n, control y monitoreo de la presente resoluciĆ³n.
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Articulo 4.- ACEPTAR las actualizaciones que se realicen a los documentos anexos del procedimiento, solicitadas por la DirecciĆ³n Administrativa, debidamente autorizadas por la CoordinaciĆ³n General Administrativa Financiera: sin que sea necesario expedir una nueva resoluciĆ³n o modificar la presente, previa notificaciĆ³n de no afectaciĆ³n al procedimiento por parte de la DirecciĆ³n de Servicios. Procesos y Calidad.
ArtĆ­culo 5.- DEROGAR la ResoluciĆ³n Nro. SGR-023-2015, de 20 de marzo de 2015, mediante la cual se emitiĆ³ el Ā«Manual de Procedimiento de GestiĆ³n de Mantenimiento de VehĆ­culosĀ».
ArtĆ­culo 6.- PUBLICAR el contenido de la presente ResoluciĆ³n en el Registro Oficial y en el portal web del Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias.
Articulo 7.-. VIGENCIA la presente resoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia a partir de su suscripciĆ³n, sin perjuicio de su publicaciĆ³n en el Registro Oficial.
Dada y firmada en el Despacho del Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias, en el cantĆ³n SamborondĆ³n, el diecinueve de febrero de dos mil veinte.
DIFƚNDASE, CƚMPLASE Y PUBLƍQUESE.-

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CONTENIDO
PROPƓSITO
ALCANCE
MARCO LEGAL
DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS
LINEAMIENTOS GENERALES
LINEAMIENTOS ESPECƍFICOS
DETALLE DE ACTIVIDADES
DIAGRAMA DE FLUJO
ANEXOS
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PROPƓSITO
Establecer bajo un enfoque de administraciĆ³n por procesos las actividades involucradas en el mantenimiento vehicular para la conservaciĆ³n y cuidado de los vehĆ­culos del Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias que permitan el Ć³ptimo funcionamiento del parque automotor y cumplir las necesidades de movilizaciĆ³n de los(as) servidores(as) de manera oportuna.
ALCANCE
Este procedimiento se aplicarĆ” en Matriz y Coordinaciones Zonales y abarca el conjunto de actividades requeridas desde la elaboraciĆ³n de la solicitud para inicio de mantenimiento vehicular hasta el archivo de la documentaciĆ³n en expediente individual del vehĆ­culo.
MARCO LEGAL
Ć¢ā€“ ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador
Ć¢ā€“ Normas de Control Interno de la ContralorĆ­a General del Estado
Ć¢ā€“ Norma TĆ©cnica de AdministraciĆ³n por Procesos y PrestaciĆ³n de Servicios
Ć¢ā€“ Reglamento Sustitutivo para el Control de VehĆ­culos del Sector PĆŗblico y de las Entidades de Derecho Privado que disponen de Recursos PĆŗblicos
Ć¢ā€“ Estatuto OrgĆ”nico de GestiĆ³n Organizacional por Procesos de la InstituciĆ³n
Ć¢ā€“ ResoluciĆ³n Nro. SNGRE-001-2020 Delegaciones y Autorizaciones para la AdministraciĆ³n del Talento Humano; la ejecuciĆ³n de Procesos Administrativos, Contractuales, Financieros y de PlanificaciĆ³n y GestiĆ³n EstratĆ©gica Institucional; y, para actuaciones JurĆ­dicas en el Servicio Nacional de GestiĆ³n de Riesgos y Emergencias
Ć¢ā€“ Reglamento Interno para el Uso de VehĆ­culos de la InstituciĆ³n
DEFINICIONES Y/O ABREVIATURAS
Ć¢ā€“ Mantenimiento preventivo: es la inspecciĆ³n periĆ³dica de los demĆ”s bienes con el objetivo de evaluar su estado de funcionamiento, identificar fallas, prevenir y poner en condiciones el bien para su Ć³ptimo funcionamiento, limpieza, lubricaciĆ³n y ajuste. Es tambiĆ©n en este tipo de mantenimiento en el que se reemplazan piezas para las cuales el fabricante, o su representante, ha identificado que tiene un nĆŗmero especĆ­fico de horas de servicio. 1
Ć¢ā€“ Mantenimiento correctivo: es el conjunto de procedimientos utilizados para reparar un bien ya deteriorado. MedĆ­ante el mantenimiento correctivo no solo se repara el bien ya deteriorado, sino que se realizan ajustes necesarios por fallas evidenciadas. 2
1 Reglamento AdministraciĆ³n y Control de Bienes del Sector PĆŗblico, art. 167.
2 IbĆ­dem, art. 167, literal a
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Ć¢ā€“ Taller autorizado: centro de servicio tĆ©cnico que cuenta con un contrato de prestaciĆ³n de servicios para realizar el mantenimiento preventivo y/o correctivo de los vehĆ­culos de la InstituciĆ³n.
LINEAMIENTOS GENERALES
i. El(a) Director(a) Administrativo(a) / Directora) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos serĆ” el(a) responsable de gestionar la contrataciĆ³n del mantenimiento preventivo / correctivo vehicular anual, previo a la ejecuciĆ³n del presente procedimiento y en observancia a lo establecido en el documento ADM-SGR-PR-09 Ā«Procedimiento para contrataciĆ³n pĆŗblica de bienes, servicios, consultarĆ­a y obras (fase precontractual)Ā»,
2. El(a) Responsable de Servicios Institucionales / Analista Administrativo Financiero Zonal, deberĆ” elaborar anualmente el documento ADM-SNGRE-FO-34 Ā«Plan de mantenimiento preventivo vehicularĀ» para los vehĆ­culos asignados a su jurisdicciĆ³n durante los primeros quince (15) dĆ­as laborables de cada aƱo, el cual deberĆ” ser aprobado por el(a) Director(a) Administrativo(a) / Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos.
3. Toda actualizaciĆ³n requerida por el(a) Director(a) Administrativo(a) en el presente documento o en los formatos del mismo deberĆ” ser autorizada por el(a) Coordinador(a) General Administrativo(a) Financiero(a) y comunicada alfa) Coordinador(a) General de PlanificaciĆ³n y GestiĆ³n EstratĆ©gica para que a travĆ©s del(a) Director(a) de Servicios, Procesos y Calidad se realice el registro y control correspondiente.
A. Los responsables del procedimiento de gestiĆ³n de mantenimiento de vehĆ­culos institucionales deberĆ”n observar las normativas vigentes aplicables para realizar las actividades descritas en el presente documento.
LINEAMIENTOS ESPECƍFICOS
1. El Custodio de vehĆ­culo serĆ” el responsable de velar por el buen uso, cuidado, funcionamiento, protecciĆ³n y en caso de detectar anomalĆ­as en el vehĆ­culo deberĆ” solicitar autorizaciĆ³n para inicio del mantenimiento preventivo / correctivo correspondiente, aplicando el formato ADM-SNGRE-FO-04 Ā«Solicitud de mantenimiento/Orden de trabajoĀ».
2. El(a) Director(a) Administrativo(a) / Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos previo a la autorizaciĆ³n del mantenimiento preventivo / correctivo vehicular, deberĆ” disponer la movilizaciĆ³n del vehĆ­culo al taller autorizado, con el fin de obtener la proforma del servicio.
3. El(a) responsable de Servicios Institucionales / Analista Administrativo Financiero Zonal deberĆ” coordinarĆ­an el taller mecĆ”nico autorizado el horario de ingreso, mantenimiento y salida del vehĆ­culo, de tal forma que se realice en el menor tiempo posible y no afecte el normal desenvolvimiento de las actividades de la InstituciĆ³n.
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4. El Custodio de vehĆ­culo deberĆ” solicitar al taller la constancia escrita de la entrega / recepciĆ³n del vehĆ­culo, donde se detallen las condiciones del vehĆ­culo, nĆŗmero de motor, nĆŗmero de chasis, accesorios y herramientas que dispone. En este documento deberĆ”n constar las firmas del(a) Responsable del Taller y el(a) Conductor(a) del vehĆ­culo.
5. El Custodio de vehĆ­culo deberĆ” verificar que los trabajos de mantenimiento realizados sean satisfactorios conforme a la Orden de Trabajo y/o Proforma emitida por el taller y se entreguen en el tiempo previsto, para lo cual elaborarĆ” el documento ADM-SNGRE-FO-33 Ā«RecepciĆ³n del servicio a satisfacciĆ³nĀ», a fin de comunicar al(a) Director(a) Administrativo(a)/ Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos.
6. Si el vehĆ­culo inmediatamente luego de salir del taller, habiendo recibido el mantenimiento respectivo, vuelve a presentar novedades por la cual fue ingresado inicialmente, se deberĆ” comunicar al(a) Director(a) Administrativo(a) / Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos para que se disponga el ingreso del vehĆ­culo al taller autorizado aplicando la garantĆ­a tĆ©cnica vigente.
7. El(a) Responsable de Servicios Institucionales / Analista Administrativo Financiero Zonal deberĆ” llevar el registro fĆ­sico y digital de los mantenimientos, reparaciones y compra de repuestos y accesorios de todos los vehĆ­culos que son propiedad o se encuentran en prĆ©stamo de uso para la instituciĆ³n, en el documento ADM-SNGRE-FO-35 Ā«Registro de Mantenimiento vehicularĀ» segĆŗn la jurisdicciĆ³n que corresponda.
DETALLE OE ACTIVIDADES

NĀŗ Rol Actividad DescripciĆ³n Documento y/o Registro
1. Custodio de vehĆ­culo Elaborar solicitud
para inicio de
mantenimiento Elabora solicitud para inicio de mantenimiento preventivo / correctivo vehicular. Ver lineamiento especifico No. 1. ADM-SNGRE-FO-04
Solicitud de
mantenimiento /
Orden de trabajo
2. Responsable de Servicios
Institucionales / Analista
Administrativo
Financiero Zonal Revisar y
gestionar
autorizaciĆ³n para
inicio de mantenimiento Revisa y gestiona autorizaciĆ³n para inicio de mantenimiento preventivo / correctivo vehicular. ADM-SNGRE-FO-04
Solicitud de
mantenimiento/
Orden de trabajo
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NĀŗ Rol Actividad DescripciĆ³n Documento y/o
Registro
3. Director(a)
Administrativo(a)/
Director(a) Zonal
de GestiĆ³n de
Riesgos Revisar solicitud
y autorizar
movilizaciĆ³n del
vehĆ­culo a taller
para gestiĆ³n de
proforma Revisa solicitud y autoriza movilizaciĆ³n de vehĆ­culo a taller para gestiĆ³n de proforma. Ver lineamiento especĆ­fico No. 2. ADM-SNGRE-FO-04
Solicitud de mantenimiento/ Orden de trabajo
4. Responsable de
Servicios Institucionales/
Analista
Administrativo
Financiero Zonal Gestionar movilizaciĆ³n de vehĆ­culo a taller Gestiona el ingreso del vehĆ­culo al taller autorizado. Ver lineamiento especĆ­fico No. 3. Llamada telefĆ³nica
/ Correo
electrĆ³nico
institucional
enviado
5. Custodio de vehĆ­culo Movilizar vehĆ­culo a taller autorizado para
revisiĆ³n Moviliza vehĆ­culo al taller autorizado, previa coordinaciĆ³n. ADM-SNGRE-FO-36
Orden de
movilizaciĆ³n
6. Custodio de vehĆ­culo Solicitar y remitir
proforma para
mantenimiento
vehicular Solicita y remite la proforma para el mantenimiento preventivo/correctivo vehicular, previo a la inspecciĆ³n realizada por el taller. Proforma de
7. Responsable de Servicios
Institucionales/ Analista
Administrativo
Financiero Zonal Verificar
proforma y
solicitar
autorizaciĆ³n para
mantenimiento
vehicular Verifica los ƍtems y valores de la proforma de mantenimiento y solicita la respectiva autorizaciĆ³n. Proforma de mantenimiento
8. Director(a)
Administrativo(a)/
Director(a) Zonal
de GestiĆ³n de
Riesgos Revisar proforma
para
mantenimiento
vehicular Revisa proforma para mantenimiento preventivo/correctivo vehicular. Proforma de mantenimiento
9. Director(a)
Administrativo(a)/
Director(a) Zonal
de GestiĆ³n de Riesgos ĀæExisten observaciones en la proforma? Si no existen observaciones en la proforma del mantenimiento preventivo/correctivo continĆŗa con el numeral 92, caso contrario continĆŗa con el numeral 9.1 No aplica
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N* Rol Actividad DescripciĆ³n Documento y/o Registro
9.1. Director(a) Administrativo(a) / Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos Notificar negaciĆ³n a mantenimiento vehicular Notifica negaciĆ³n a solicitud de mantenimiento preventivo/correctivo vehicular, por observaciones en la proforma.
Finaliza el proceso. Correo electrĆ³nico institucional enviado
9.2. Director(a) Administra tivo(a) / Director(a) Zonal de GestiĆ³n de Riesgos Autorizar ejecuciĆ³n de mantenimiento vehicular Autoriza y comunica la procedencia para
ejecuciĆ³n del
mantenimiento vehicular. Proforma de mantenimiento sumillada / Correo electrĆ³nico institucional enviado
10. Custodio de vehĆ­culo Gestionar mantenimiento vehicular en taller Gestiona mantenimiento vehicular en el taller autorizado. Ver
lineamiento especifico No. 4 No aplica
11. Custodio de vehĆ­culo Recibir vehĆ­culo y verificar trabajos realizados Recibe vehĆ­culo y verifica los trabajos de mantenimiento realizados.
Ver lineamiento especĆ­fico No. 5. ADM-SNGRE-FO-33 RecepciĆ³n del servicio a satisfacciĆ³n
12. Custodio de vehĆ­culo Movilizar vehĆ­culo a InstituciĆ³n y remitir documentaciĆ³n de mantenimiento Moviliza vehĆ­culo a la InstituciĆ³n y remite toda documentaciĆ³n de respaldo correspondiente al mantenimiento realizado. Ver lineamiento especĆ­fico No. 6. DocumentaciĆ³n del mantenimiento
13. Custodio de vehĆ­culo Entregar piezas y/o partes a GuardalmacĆ©n Entrega las piezas y /o partes reemplazadas en el mantenimiento al GuardalmacĆ©n de su jurisdicciĆ³n. Aplica Ćŗnicamente si hay cambio de piezas y/o partes. ADM-SNGRE-FO-23 Acta de entrega recepciĆ³n de bienes inservibles u obsoletos

NĀŗ Rol Actividad DescripciĆ³n Documento y/o Registro
14. Responsable de Servicios Institucionales/ Analista Administrativo Financiero Zonal Archivar documentaciĆ³n en expediente individual de vehĆ­culo Registra mantenimiento realizado y archiva documentaciĆ³n en el expediente individual del vehĆ­culo. Ver lineamiento especĆ­fico No. 7. ADM-SNGRE-FO-35 Registro de mantenimiento vehicular

14 – Martes 23 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 – Registro Oficial

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 Martes 23 de junio de 2020 – 15
ANEXOS
Formatos
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-04: Solicitud de mantenimiento /Orden de trabajo
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-23: Acta de entrega recepciĆ³n de bienes inservibles u obsoletos
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-33: RecepciĆ³n del servicio a satisfacciĆ³n
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-34: Plan de mantenimiento preventivo vehicular
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-35: Registro de mantenimiento vehicular
Ć¢ā€“ ADM-SNGRE-FO-36: Orden de movilizaciĆ³n
16 – Martes 23 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 – Registro Oficial

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 Martes 23 de junio de 2020 – 17

18 – Martes 23 de junio de 2020 EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 – Registro Oficial

Registro Oficial – EdiciĆ³n Especial NĀŗ 695 Martes 23 de junio de 2020 – 19