Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 27 de diciembre de 2018 (R. O.395, 27 -diciembre -2018) Segundo Suplemento

SUMARIO:

Págs.

FUNCIÓN LEGISLATIVA

RESOLUCIÓN:

ASAMBLEA NACIONAL:

-…………. «Apruébese la Convención Interamericana Sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores

FUNCIÓN EJECUTIVA

DECRETOS:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:

611 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que se desplazó con el Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Beijing-República Popular China

612 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que se desplazó con el Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Doha-Estado de Catar

613 Declárese en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañó al Primer Mandatario del Ecuador en su visita oficial al Reino de España

614 Declárese en comisión de servicios a la señora Isabel Maldonado Vasco, Secretaria Técnica del Plan «Toda Una Vida

615 Acéptese la renuncia de los señores Juan DeHowitt Holguín, Alex Fernando Cruz Enríquez y de la señora Rosa Luz López Machuca a los cargos que venían desempeñando

616 Acéptese la renuncia del señor Edwin Olimpo Vinueza Tapia al cargo de Gobernador de la Provincia de Orellana

618 Asciéndese al grado de General de Brigada de la Fuerza Terrestre, al señor CRNL EMC. Gachet Páez Milton Danilo

REPÚBLICA DEL ECUADOR

Asamblea Nacional

EL PLENO

DE LA ASAMBLEA NACIONAL

CONSIDERANDO:

Que, según lo dispuesto en el numeral 8 del Art. 120 de la Constitución de la República, y los artículos 9 numeral 8, y 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, es función de la Asamblea Nacional, aprobar o improbar los tratados internacionales en los casos que corresponda;

Que, de acuerdo al numeral 4 del Art. 419 de la Constitución de la República y al numeral 4 del Art. 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la ratificación de los tratados internacionales, requerirá de aprobación previa de la Asamblea Nacional, en los casos que se refieran a los derechos y garantías establecidas en la Constitución;

Que, mediante Dictamen No. 007-18-DTI-CC, de 04 de abril de 2018, la Corte Constitucional dictaminó: «Declarar que la CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES, mantiene conformidad con la Constitución de la República. «;

Que, mediante oficio No. T.210-SGJ-18-0418, de 14 de junio de 2018, suscrito por el Presidente Constitucional de la República, ingresado el 15 del mismo mes y año, se remite a la Asamblea Nacional, para el trámite respectivo, la «Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores»;

Que, conforme al Art. 108 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión Especializada Permanente de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, emitió el informe referente la «Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores»; y,

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales:

RESUELVE:

«APROBAR LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA

SOBRE LA PROTECCIÓN DÉLOS DERECHOS

HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES»

Dado y suscrito en la sede de la Asamblea Nacional, ubicada en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, a los trece días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.

f.) AB. VIVIANA BONILLA SALCEDO

Primera Vicepresidenta de la Asamblea Nacional en Ejercicio de la Presidencia

f.) DRA. MARÍA BELÉN ROCHA DÍAZ

Secretaria General

No. 611

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que se desplazará con el Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Beijing-República Popular China, del 10 al 13 de diciembre de 2018, con la finalidad de atender la invitación del gobierno chino, para una visita a los tres Poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial); además, de que se tiene previsto realizar un acercamiento al sector productivo de ese país con la promoción de la Cartera de Proyectos de Inversión del Ecuador:

  1. Señor José Valencia Amores, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
  2. Señor Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía y Finanzas;
  3. Señor Pablo Campana Sáenz, Ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
  4. Señor Carlos Pérez García, Ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables;
  5. Señora Johana Pesantez Benítez, Secretaria General Jurídica de la Presidencia de la República;
  6. Señor Andrés Michelena Ayala, Secretario General de Comunicación de la Presidencia de la República; y,
  7. Señor Juan Sebastián Roldan Proaño, Secretario Particular de la Presidencia de la República.

Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los señores Ministros, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Registro Oficial N° 395 – Segundo Suplemento Jueves 27 de diciembre de 2018 – 3

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 612

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que se desplazará con el Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Doha-Estado de Catar, del 16 al 19 de diciembre de 2018, para atender la invitación oficial del Emir de Catar, Su Alteza Jeque Tamim Bin Hamad Al Thani, y asistir como invitado de Honor a la celebración del Día Nacional de Catar (desfile militar); oportunidad que se aprovechará para dar seguimiento a los Instrumentos Internacionales suscritos en su visita al país, en especial lo referente a inversiones en el Ecuador:

  1. Señora Rocío González de Moreno, Presidenta del Comité Interinstitucional del Plan «Toda Una Vida»;
  2. Señor José Valencia Amores, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana;
  3. Señor Pablo Campana Sáenz, Ministro de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca;
  4. Señor Andrés Michelena Ayala, Secretario General de Comunicación de la Presidencia de la República; y,
  5. Señor Juan Sebastián Roldan Proaño, Secretario Particular de la Presidencia de la República.

Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los señores Ministros, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 613

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la comitiva oficial que acompañará al Primer Mandatario del Ecuador en su visita oficial al Reino de España, para mantener reuniones con inversionistas españoles de los sectores de transporte aéreo y turismo; visita a la Universidad de Salamanca; y, encuentro con la comunidad ecuatoriana residente en esa nación.

Reino de España (8 al 9 de diciembre de 2018); (14 al 15 de diciembre de 2018); y, (20 de diciembre de 2018 al 2 de enero de 2019):

4 – Jueves 27 de diciembre de 2018 Segundo Suplemento – Registro Oficial N° 395

  1. Señor Aurelio Hidalgo Zavala, Ministro de Transporte y Obras Públicas; y,
  2. Señor Juan Sebastián Roldan Proaño, Secretario Particular de la Presidencia de la República.

Artículo Segundo.- Las delegaciones y atribuciones de los señores Ministros, en su ausencia, se regirán a lo dispuesto en el Artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Artículo Tercero.- Los viáticos y más gastos que demanden estos desplazamientos, se cubrirán con cargo a los presupuestos de las instituciones a las que pertenecen los integrantes de esta comitiva.

Artículo Cuarto.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 6 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 614

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que mediante Decreto Ejecutivo número 612 de 6 de diciembre de 2018, se declaró en comisión de servicios a la comitiva oficial que se desplazará con el Primer Mandatario del Ecuador a la ciudad de Doha-Estado de Catar, del 16 al 19 del corriente, para atender la invitación oficial del Emir de Catar, Su Alteza Jeque Tamim Bin Hamad Al Thani, y asistir como invitado de honor a la celebración del Día Nacional de ese país (desfile militar); oportunidad que se aprovechará para dar seguimiento a los Instrumentos Internacionales suscritos, es especial lo referente a inversiones en el Ecuador;

Que en la comitiva oficial al Estado de Catar, ha sido incorporada la señora Isabel Maldonado Vasco, en su calidad de Secretaria Técnica del Plan «Toda Una Vida»; y,

En ejercicio de la facultad que le confiere el Artículo 147 número 5) de la Constitución de la República del Ecuador, y el Artículo 11 letra f) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artículo Primero.- Declarar en comisión de servicios a la señora Isabel Maldonado Vasco, Secretaria Técnica del Plan «Toda Una Vida», para que integre la comitiva oficial que acompañará al Primer Mandatario del Ecuador en su visita oficial a la ciudad de Doha-Estado de Catar, autorizada mediante Decreto Ejecutivo número 612 de 6 de los presentes mes y año.

La agenda internacional a cumplir en el Estado de Catar, está prevista en las fechas modificadas del 14 y 15 de diciembre de 2018.

Artículo Segundo.- Los viáticos y más gastos que demande este desplazamiento, se cubrirán con cargo al presupuesto de la Secretaría Técnica del «Plan Toda Una Vida».

Artículo Tercero.- Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en Beijing el 12 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 615

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la República ejerce la Función

Registro Oficial N° 395 – Segundo Suplemento Jueves 27 de diciembre de 2018 – 5

Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública;

Que el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de la República establece, entre las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya denominación le corresponda;

Que de conformidad con el artículo 24 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, cada provincia tendrá un Gobernador, quien dependerá en el ejercicio de sus funciones del Ministerio del Interior y coordinará sus acciones con la Secretaría Nacional de la Gestión de la Política; y que la facultad para nombrar a los Gobernadores corresponde al Presidente de la República;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1335, de 6 de marzo de 2017, se designó al señor Juan DeHowitt Holguín como Gobernador de la Provincia de Tungurahua;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 39, de 16 de junio de 2017, se designó al señor Alex Fernando Cruz Enríquez como Gobernador de la Provincia del Carchi;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 41, de 16 de junio de 2017, se designó a la señora Rosa Luz López Machuca como Gobernadora de la Provincia de El Oro; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confieren el artículo 147, numeral 9 de la Constitución de la República del Ecuador, y la letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Decreta:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia de los señores Juan DeHowitt Holguín, Alex Fernando Cruz Enríquez y de la señora Rosa Luz López Machuca a los cargos que venían desempeñando, y agradecerles por los servicios prestados en el ejercicio de sus funciones;

Artículo 2.- Designar al señor José Antonio Romero Tricerri para que desempeñe el cargo de Gobernador de la Provincia de Tungurahua.

Artículo 3.- Designar al señor Cristian Edin Moreno Ortega para que desempeñe el cargo de Gobernador de la Provincia del Carchi

Artículo 4.- Designar al señor Danilo Rolando Maridueña Maridueña para que desempeñe el cargo de Gobernador de la Provincia de El Oro.

Artículo 5.- Derogar todas las normas de igual o menor jerarquía que se opongan a lo prescrito en el presente Decreto Ejecutivo.

Disposición Final.- Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en Beijing el 12 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 616

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 141 de la Constitución de la República dispone que el Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe del Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública;

Que el numeral 9 del artículo 147 de la Constitución de la República establece, entre las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya denominación le corresponda;

Que de conformidad con el artículo 24 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ej ecutiva, cada provincia tendrá un Gobernador, quien dependerá en el ejercicio de sus funciones del Ministerio del Interior y coordinará sus acciones con la Secretaría Nacional de la Gestión de la Política; y que la facultad para nombrar a los Gobernadores corresponde al Presidente de la República;

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 338, de 14 de marzo de 2018 se designó al señor Edwin Olimpo Vinueza Tapia como Gobernador de la Provincia de Orellana;

Que el señor Edwin Olimpo Vinueza Tapia ha presentado su renuncia al mencionado cargo; y,

En ejercicio de las facultades y atribuciones que le confieren el artículo 147, numeral 9 de la Constitución de la República del Ecuador, y la letra d) del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

6 – Jueves 27 de diciembre de 2018 Segundo Suplemento – Registro Oficial N° 395

Decreta:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Edwin Olimpo Vinueza Tapia al cargo de Gobernador de la Provincia de Orellana, y agradecerle por los servicios prestados en el ejercicio de sus funciones;

Artículo 2.- Designar a la señora Esperanza Raquel Torres Merizalde para que desempeñe el cargo de Gobernadora de la Provincia de Orellana.

Artículo 3.- Derogar todas las normas de igual o menor jerarquía que se opongan a lo prescrito en el presente Decreto Ejecutivo.

Disposición Final.- Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en Beijing el 12 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

Quito, 17 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR.

No. 618

Lenín Moreno Garcés PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 141 de la Constitución de la República del Ecuador preceptúa que «La Presidenta o Presidente de la República ejerce la Función Ejecutiva, es el Jefe de Estado y de Gobierno y responsable de la administración pública

[…]»;

Que, el artículo 147, de la Referida Norma Suprema, señal: «Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley. […] 5. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. […]»‘,

Que, el artículo 160, inciso segundo del mismo cuerpo legal, establece que: «Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional estarán sujetos a las leyes específicas

que regulen sus derechos y obligaciones y su sistema de ascensos y promociones con base en méritos y con criterios de equidad de género. Se garantizará su estabilidad y profesionalización «;

Que, el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, determina que «El Consejo de Oficiales Generales o Almirantes de Fuerza, es el órgano encargado de conocer y resolver sobre la situación militar y profesional de los oficiales Generales de Brigada y Coroneles o sus equivalentes. Sus atribuciones son las siguientes: […] d) Seleccionar y calificar a los oficiales para el desempeño de las funciones de agregados militares, adjuntos y representantes ante organismos internacionales, de conformidad con el reglamento […]»‘,

Que, el artículo 25 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, dispone que; «El grado militar y la clasificación por su formación se otorgarán: 1. A los Oficiales General mediante Decreto Ejecutivo […]»‘,

Que el artículo 101 ibídem, preceptúa lo siguiente: «El ascenso constituye un derecho del militar para pasar al grado inmediato superior, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley, siempre que existiere la correspondiente vacante orgánica»;

Que, el artículo 117 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, determina: «Los requisitos comunes que debe reunir el militar para el ascenso en todos los grados son los siguientes: a) Acreditar el puntaje mínimo que parta cada grado se determina en la presente Ley; b) Aprobar el correspondiente curso; c) Haber cumplido funciones en unidades correspondientes a su clasificación, por lo menos durante un año en el grado, para oficiales superiores suboficiales y sargentos primeros y dos años para el resto de jerarquías; d) Haber sido declarado apto para el servicio, de acuerdo a ficha médica;; y, e) Haber cumplido con el tiempo de permanencia en el grado. F) No haber reprobado ningún curso militar o técnico en el país o en el exterior, de acuerdo al reglamento respectivo; y; g) No encontrarse incurso en una o más de las causales de la Separación del Personal Militar»;

Que, el artículo 122 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, preceptúa: «Los oficiales de arma, técnicos y de servicios a más de los requisitos comunes para su ascenso, cumplirán los siguientes, según su grado: […] d) Para ascender a General de Brigada o sus equivalentes en las demás Fuerzas, se requiere: Para los Oficiales de Arma: 1) Obtener la resolución favorable del Consejo de oficiales Generales o Almirantes de Fuerza; y, 2) Haber aprobado el Curso de Estado Mayo Conjunto […]»;

Que, mediante Resolución No. CSFA-013-2018- de 07 de noviembre de 2018, adoptada por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, resuelve: «1. Aceptar el recurso de Apelación interpuesta por el CRNL. EMC. GACHET PÁEZ MILTON DANILO, por haberse establecido que se han observado las garantías constitucionales, específicamente la del debido proceso, amparados en el Art. 76 de la Constitución de la República del Ecuador numerales 1, 2, 3, 4, 5, 7, a, b, c, L; ya que las

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aseveraciones negativas determinadas por el CONSEJO DE OFICIALES GENERALES DE LA FUERZA TERRESTRE, en las resoluciones efectuadas constantes en los oficios No. 2018-051-SCOGF, del 04 de julio de 2018 y 2018-077-SCOGFT de 03 de agosto de 2018 y notificadas al recurrente, no consideraron en su recurso de reconsideración, sus pruebas de descargo, generando una calificación inapropiada, sin que para la determinación haya existido una coherencia en las calificaciones tomados en consideración al historial de la carrera militar del administrado […]; 2) Seleccionar y Ascender al señor CRNL. EMC. GACHET PÁEZ MILTON DANILO, al grado de General de Brigada de la Fuerza Terrestre, con fecha retroactiva de ascenso el 10 de agosto de 2018, […] a quien se le ubicará en la Tercera Antigüedad de la 083 Promoción de Arma de la Fuerza Terrestre […]»; y,

Que mediante oficio No. CCFFAA-CSFA-2018-044-C-OF de 21 de noviembre de 2018, el señor Secretario del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, la Resolución No. CSFA-013-2018 de 07 de noviembre de 2018, relacionada al Recurso de Apelación interpuesta por el CRNL. EMC. GACHET PÁEZ MILTON DANILO, y su ascenso al referido señor Oficial.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 147, número 5 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 25 número 1 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Secretario del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas,

Decreta:

Art. 1.- ASCENDER al grado de General de Brigada de la Fuerza Terrestre, al señor CRNL. EMC. GACHET PÁEZ MILTON DANILO, con fecha retroactiva de ascenso de 10 de agosto de 2018, quien para efectos de antigüedad se ubicará en la Tercera Antigüedad de la Promoción 083 de Arma de la Fuerza Terrestre, por haber cumplido con los requisitos establecidos en los artículos 117 y 122 letra d) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

Art. 2.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia en la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al señor Ministro de Defensa Nacional.

Publíquese y Comuníquese.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 18 de diciembre de 2018.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) GRAD. (sp) Oswaldo Jarrín Román, Ministro de Defensa Nacional.

Quito, 18 de diciembre del 2018, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR