Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 08 de agosto de 2019 (R. O14, 08–agosto -2019) Suplemento

Año I – Nº 14

Quito, jueves 8 de agosto de 2019

SUMARIO:

Págs.

FUNCIÓN EJECUTIVA

DECRETOS:

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA:

  1. Nómbrese a la Embajadora del Servicio Exterior, Fanny de Lourdes Puma Puma, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República del Ecuador ante la República de Turquía
  2. Nómbrese al señor Juan José Vásconez Merino como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante la República Argentina

Confiérese la Condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el Grado de Oficial a las siguientes personas:

  1. Señor Héctor Salgado Rodríguez, Cónsul Honorario del Ecuador en Sevilla
  2. Señor Fadi Nahas, Cónsul Honorario del Ecuador en Estambul
  1. Señor Yong Areecharoenlert, ex Cónsul Honorario del Ecuador en Bangkok
  2. Confiérese la Condecoración de la Orden Nacional «Honorato Vásquez» en el Grado de Gran Cruz, al Embajador Hitoshi Noda
  3. Otórguese la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes al señor Felipe Adolf Schultheis, por su aporte a la República del Ecuador en el ámbito social

ACUERDO:

SERVICIO DE GESTIÓN INMOBILIARIA

DEL SECTOR PÚBLICO – INMOBILIAR:

INMOBILIAR-DGSGI-2019-0010 Refórmese parcialmente la Codificación a las Normas Administrativas y Técnicas Sobre Atribuciones, Delegaciones y Responsabilidades de las Coordinaciones Zonales para la Operatividad de INMOBILIAR

No. 830

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión;

Que, el artículo 84 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, faculta efectuar nombramientos en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares que mantiene el Ecuador en diferentes países en el exterior;

Que, mediante Nota 2019/49284519-Kito BE/23660538 la Embajada de la República de Turquía comunica que la República de Turquía ha concedido su beneplácito para el nombramiento de la Embajadora del Servicio Exterior, Fanny de Lourdes Puma Puma, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República del Ecuador ante la República de Turquía; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.

Decreta:

ARTÍCULO PRIMERO.- Nombrar a la Embajadora del Servicio Exterior, Fanny de Lourdes Puma Puma, como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República del Ecuador ante la República de Turquía.

ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento Armado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. 831

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión;

Que, el artículo 84 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, faculta efectuar nombramientos en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares que mantiene el Ecuador en diferentes países en el exterior;

Que, mediante nota verbal DNERE-PLA Nro. 235/2019, el Gobierno de la República de Argentina ha otorgado el plácet de estilo para la designación del señor Juan José Vásconez Merino, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante la República Argentina; y.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.

Decreta:

ARTÍCULO PRIMERO.- Nombrar al señor Juan José Vásconez Merino como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante la República Argentina,

ARTÍCULO SEGUNDO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

4 – Jueves 8 de agosto de 2019 Suplemento – Registro Oficial N° 14

No. 832

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el Señor Héctor Salgado Rodríguez, Cónsul Honorario del Ecuador en Sevilla, ha dado claras muestras de su capacidad profesional logrando fomentar aún más las cordiales relaciones existentes entre la República del Ecuador y el Reino de España;

Que el señor Héctor Salgado Rodríguez durante los 33 años del ejercicio de sus funciones ha tenido una activa participación en los comunes propósitos de profundizar y ampliar los vínculos que fraternalmente unen a los dos países,

Que el señor Héctor Salgado Rodríguez en su calidad de médico y catedrático ha sido ampliamente reconocido por su encomiable labor en beneficio de la comunidad ecuatoriana residente y en tránsito en España;

Que es deber del Estado reconocer las virtudes y resaltar los méritos de quienes han servido al país con desinterés y eficacia; y,

En virtud de las disposiciones que le confiere el artículo 6 del Decreto número 3109, de 17 de septiembre de 2002, publicado en el Registro Oficial 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional «Al Mérito» creada por Ley de 8 de octubre de 1921

Decreta:

Art. 1º Conferir la Condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el Grado de OFICIAL al señor Héctor Salgado Rodríguez, Cónsul Honorario del Ecuador en Sevilla.

Art. 2º. Encargar la ejecución del presente Decreto al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en Quito, el 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. 833

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el Señor Fadi Nahas, durante el ejercicio de sus funciones como Cónsul Honorario del Ecuador en Estambul, ha dado claras muestras de su capacidad profesional logrando fomentar aún más las cordiales relaciones existentes entre el Ecuador y la República de Turquía;

Que el señor Fadi Nahas ha tenido una activa participación en los comunes propósitos de profundizar y ampliar los vínculos que fraternalmente unen a los dos países, desplegando una encomiable labor para introducir el banano ecuatoriano al mercado turco, en la década de los años ochenta;

Que es deber del Estado reconocer las virtudes y resaltar los méritos de quienes han servido al país con desinterés y eficacia; y,

En virtud de las disposiciones que le confiere el artículo 6 del Decreto número 3109, de 17 de septiembre de 2002, publicado en el Registro Oficial 671 de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional «Al Mérito» creada por Ley de 8 de octubre de 1921

Decreta:

Art. 1º Conferir la Condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el Grado de OFICIAL al señor Fadi Nahas, Cónsul Honorario del Ecuador en Estambul.

Art. 2º. Encargar la ejecución del presente Decreto al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Registro Oficial N° 14 – Suplemento Jueves 8 de agosto de 2019 – 5

Dado en Quito, el 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. 834

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR

Considerando:

Que el Señor Yong Areecharoenlert, durante los 25 años del ejercicio de sus funciones como Cónsul Honorario del Ecuador en Bangkok, ha dado claras muestras de su capacidad profesional logrando fomentar aún más las cordiales relaciones existentes entre el Ecuador y el Reino de Tailandia;

Que el señor Yong Areecharoenlert tuvo una activa participación en los comunes propósitos de profundizar y ampliar los vínculos que fraternalmente unen a los dos países, demostrando una invariable amistad hacia el Ecuador con su entrega, dedicación y responsabilidad en la atención a la comunidad ecuatoriana residente y en tránsito en Tailandia;

Que es deber del Estado reconocer las virtudes y resaltar los méritos de quienes han servido al país con desinterés y eficacia; y,

En virtud de las disposiciones que le confiere el artículo 6 del Decreto número 3109, de 17 de septiembre de 2002, publicado en el Registro Oficial 671 de 26 de los mismos

mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional «Al Mérito» creada por Ley de 8 de octubre de 1921

Decreta:

Art. 1º Conferir la Condecoración de la Orden Nacional «Al Mérito» en el Grado de OFICIAL al señor Yong Areecharoenlert, ex Cónsul Honorario del Ecuador en Bangkok.

Art. 2º. Encargar la ejecución del presente Decreto al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en Quito, el 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. 835

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el señor Hitoshi Noda, durante su misión como Embajador del Japón en el Ecuador mantuvo una activa y personal participación en los comunes propósitos de profundizar y ampliar los vínculos de amistad y cooperación que fraternalmente unen a nuestros pueblos y Gobiernos demostrando una franca y cordial disposición hacia el Ecuador;

6 – Jueves 8 de agosto de 2019 Suplemento – Registro Oficial N° 14

Que, Que el Embajador Hitoshi Noda, consciente de la trascendencia del diálogo directo entre los Jefes de Estado colaboró intensamente para llevar a cabo con éxito las actividades relacionadas con la conmemoración del centenario del establecimiento de las relaciones entre Ecuador y Japón, la primera visita de un canciller japonés al Ecuador y la visita oficial del señor Presidente Constitucional de la República, Licenciado Lenín Moreno Garcés, a ese país;

Que, es deber del Estado ecuatoriano reconocer los méritos de los diplomáticos acreditados ante el Gobierno Nacional que han contribuido al afianzamiento de las relaciones de amistad entre el Ecuador y sus respectivos países; y,

En virtud de las atribuciones que le confiere el Art. 6º del Decreto Nº 3110 de 17 de septiembre de 2002, publicado en el Registro Oficial Nº 671, de 26 de los mismos mes y año, mediante el cual se reglamenta la concesión de la Medalla de la Orden Nacional «Honorato Vásquez».

Decreta:

Art. 1º Se confiere la Condecoración de la Orden Nacional «Honorato Vásquez» en el Grado de GRAN CRUZ, al Embajador Hitoshi Noda.

Art. 2º. Encárguese de la ejecución del presente Decreto al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en Quito, el 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República.

f.) José Valencia, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. 836

Lenín Moreno Garcés

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, conforme al numeral 5 del artículo 8 de la Constitución de la República, son ecuatorianas por naturalización las personas que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo individual;

Que, el artículo 76 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, determina que la persona extranjera que haya permanecido de forma regular por más de un año en el territorio ecuatoriano y haya prestado servicios relevantes al país podrá adquirir la nacionalidad por naturalización; y, que la concesión de la nacionalidad por servicios relevantes al país será otorgada por el señor Presidente Constitucional de la República;

Que, de conformidad con el artículo 77 de la misma Ley la concesión de la carta de naturalización es un acto soberano y discrecional de la Función Ejecutiva;

Que, el artículo 71 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, establece el procedimiento aplicable para el otorgamiento de la naturalización de personas extranjeras por haber prestado servicios relevantes;

Que, los artículos 4 y 5 del Reglamento para el Otorgamiento de Cartas de Naturalización por Servicios Relevantes contienen los requisitos de la solicitud para obtener la carta de naturalización por servicios relevantes;

Que, el señor Felipe Adolf Schultheis ha solicitado al señor Presidente Constitucional de la República que le conceda la naturalización por servicios relevantes;

Que, el aporte del señor Felipe Adolf Schultheis en el ámbito social, se ha concentrado en la defensa de los derechos humanos y en acciones sociales en beneficio de sectores vulnerables;

Que, el señor Felipe Adolf Schultheis ha trabajado durante treinta y cinco años en beneficio de la sociedad ecuatoriana, lo que le ha permitido aportar desinteresadamente al país en distintos ámbitos;

Que, el señor Felipe Adolf Schultheis ha demostrado suficiente sentido de pertenencia hacia el Ecuador; y,

Que, el señor Felipe Adolf Schultheis cumple con los requisitos establecidos en el artículo 71 de Reglamento

Registro Oficial N° 14 – Suplemento Jueves 8 de agosto de 2019 – 7

a la Ley Orgánica de Movilidad Humana y artículos 4 y 5 del Reglamento para el Otorgamiento de Cartas de Naturalización por Servicios Relevantes.

En ejercicio de la atribución que le confieren los artículos 76 y 77 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana,

Decreta:

ARTÍCULO UNO.- Otorgar la nacionalidad ecuatoriana por servicios relevantes al señor Felipe Adolf Schultheis, por su aporte a la República del Ecuador en el ámbito social.

ARTÍCULO DOS.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Este Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 29 de julio de 2019.

f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la

Quito, 5 de agosto del 2019, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Dra. Johana Pesantez Benítez

SECRETARIA GENERAL JURÍDICA

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL

ECUADOR

No. INMOBILIAR-DGSGI-2019-0010

Nicolás Issa Wagner

DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE

GESTIÓN INMOBILIARIA DEL SECTOR

PÚBLICO – INMOBILIAR

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: «Las instituciones del Estado,

sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución. «;

Que, el artículo 227 de la Constitución de la República manifiesta que: «La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. «;

Que, el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas señala: «En el funcionamiento de los sistemas de planificación y de finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población»;

Que, el artículo 80 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva señala que: «ACTO NORMATIVO.- Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos generales, objetivos de forma directa. (…) «;

Que, el artículo 99 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva señala que: «Los actos normativos podrán ser derogados o reformados por el órgano competente para hacerlo cuando así se lo considere conveniente. Se entenderá reformado tácitamente un acto normativo en la medida en que uno expedido con posterioridad contenga disposiciones contradictorias o diferentes al anterior.

La derogación o reforma de una ley deja sin efecto al acto normativo que la regulaba. Así mismo, cuando se promulga una ley que establece normas incompatibles con un acto normativo anterior éste pierde eficacia en todo cuanto resulte en contradicción con el nuevo texto legal. «;

Que, mediante Decreto Ejecutivo Nº 503 de 12 de septiembre de 2018, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nº 335, de 26 de septiembre de 2018, se expiden las competencias y responsabilidades específicas derivadas de otros instrumentos jurídicos al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR;

Que, mediante ACUERDO-INMOBILIAR-DGSGI-2019-0005 de 27 de marzo de 2019, el Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, expidió la Codificación a Las Normas Administrativas y Técnicas Sobre Atribuciones,8 – Jueves 8 de agosto de 2019 Suplemento – Registro Oficial N° 14

Delegaciones y Responsabilidades de las Coordinaciones Zonales para la Operatividad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR;

Que, el artículo 7 de la «Norma Técnica de la Desconcentración de las Entidades de la Función Ejecutiva», de 3 de junio de 2013, publicada en el Registro Oficial No. 19 de 20 junio de 2013; sobre el esquema financiero a nivel zonal establece lo siguiente: «(…) Dentro del esquema financiero, en el nivel zonal las instituciones podrán operar mediante entidades operativas desconcentradas con presupuesto propio dependientes de la unidad de administración financiera del nivel central.»

Que, mediante Resolución Nº 01 de 02 de junio de 2017, el Comité del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, resolvió en su Artículo Primero designar al señor Nicolás José Issa Wagner para que ejerza el cargo de Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR;

Que, es necesario reformar la Codificación a Las Normas Administrativas y Técnicas Sobre Atribuciones, Delegaciones y Responsabilidades de las Coordinaciones Zonales para la Operatividad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, con el objeto de agilitar y mejorar los procesos de enajenación de bienes del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR, para garantizar la adecuada gestión inmobiliaria en materia de contratación pública, en el marco de las atribuciones de este organismo del Estado;

En ejercicio de las facultades y atribuciones establecidas en la Constitución y Leyes vigentes de la República del

Ecuador, en aplicación de lo establecido en los artículos 64, y 10-1 literal h) del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR,

Acuerda:

Reformar parcialmente y por razones de oportunidad, «La Codificación a Las Normas Administrativas y Técnicas Sobre Atribuciones, Delegaciones y Responsabilidades de las Coordinaciones Zonales para la Operatividad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, INMOBILIAR», emitida mediante Acuerdo INMOBILIAR-DGSGI-2019-0005, de 27 de marzo de 2019, de la siguiente manera:

Artículo 1.- Sustitúyase la letra a) «En el ámbito de la Contratación Pública», del artículo 9, por la siguiente:

«a) Autorizar la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría que realicen las Coordinaciones Zonales operativamente desconcentradas en el ámbito administrativo y financiero. «

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado, en la ciudad de Quito Distrito Metropolitano, a los 17 días del mes de julio de 2019.

f.) Nicolás Issa Wagner, Director General del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público – INMOBILIAR.