Registro Oficial No.06- Jueves 15 de Agosto de 2019 Edición Constitucional - Derecho Ecuador
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Registro Oficial No.06- Jueves 15 de Agosto de 2019 Edición Constitucional

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Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Juevess 15 de agosto de 2019 (R. O06, 15–agosto -2019) Edición Constitucional

Año I – Nº 6

Quito, jueves 15 de agosto de 2019

SUMARIO:

Págs.

CORTE CONSTITUCIONAL

DEL ECUADOR

AUTOS:

1-10-RC/19 En el Caso N° 1-10-RC Dispónese el archivo del caso N° 0001-10-RC¿

11-18-CN/19 (Matrimonio igualitario) En el Caso N° 11- 18-CN Niéguese lo solicitado por el señor Carlos Arsenio Larco por improcedente

DICTÁMENES:

3-19-CP/19 En el Caso N° 3-19-CP Niéguese y archívese el pedido por improcedente

3-19-RC/19 En el Caso N° 3-19-RC

4-19-CP/19 En el Caso N° 4-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta a consulta popular presentada por el ciudadano Fernando Balda Flores

4-19-EE/19 En el Caso N° 4-19-EE Evítese dictamen favorable de constitucionalidad a la renovación de declaratoria de estado de excepción contenida en el Decreto Ejecutivo N° 823

5-19-CP/19 En el Caso N° 4-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de consulta popular efectuado por el señor Manuel de Jesús Peñafiel Falconí, Presidente de la Fundación por el Desarrollo de los Pueblos y Nacionalidades Kicwas-Chonos-Cholos- Montubios y Afros del Litoral, COPIG

6-19-CP/19 En el Caso N° 6-19-CP Niéguese el pedido de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta de consulta popular, por cuanto no se ajusta a la Constitución ni a los requisitos legales

7-19-CP/19 En el Caso N° 7-19-CP Niéguese y archívese el petitorio de dictamen previo de constitucionalidad presentado por el

señor Alfonso López Jaramillo

2 – Jueves 15 de agosto de 2019 Edición Constitucional N° 6 – Registro Oficial

Págs.

8-19-CP/19 En el Caso N° 8-19-CP Niéguese y archívese la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta de consulta popular presentada por el ciudadano Jorge Moreno Ordóñez

17-19-TI/19 En el Caso N° 17-19-TI Declárese que la “Denuncia del Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR)”, es constitucional

20-19-TI/19 En el Caso N° 20-19-TI Sobre la necesidad de aprobación legislativa del “Convenio entre la República del Ecuador y Japón para eliminar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta y la prevención de la evasión e elusión tributaria

21-19-TI/19 En el Caso N° 21-19-TI Sobre la necesidad de aprobación legislativa del “Memorando de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de los Estados Unidos de América relativo a la imposición de restricciones a la importación de categorías de materiales arqueológicos y etnológicos del Ecuador”

22-19-TI/19 En el Caso N° 22-19-TI Respecto a la necesidad de aprobación legislativa del “Acuerdo entre la República del Ecuador y la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) sobre los Privilegios e Inmunidades de la OPAG

SENTENCIAS:

39-10-IS/19 En el Caso N° 39-10-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por el señor Fausto Gilmar Gutiérrez Borbúa y otros

58-10-IS/19 En el Caso N° 58-10-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por los miembros del Consejo de Generales de la Policía Nacional

58-12-IS/19 En el Caso N° 58-12-IS Desestímese la acción de incumplimiento planteada por el señor Washington Guido Terán Corella, Presidente de la Asociación de Transportistas Urbanos de Quevedo

5-13-IN/19 y acumulados (informe previo de la Contraloría) En el Caso N° 5-13-IN y acumulados (informe previo de la Contraloría) Declárese la inconstitucionalidad de la Resolución de 24 de febrero de 2010 de la Corte Nacional de Justicia, publicada en el Registro Oficial N° 154 de 19 de marzo de 2010 y del artículo 581 (3), inciso final, del Código Integral Penal

Págs

CASO:

0003-19-CN Providencia. Avóquese conocimiento del caso No. 0003-19 CN

Auto No. 1-10-RC/19

Juez constitucional ponente: Agustín Grijalva Jiménez

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