AdministraciĆ³n del SeƱor Lcdo. Lenin Moreno GarcĆ©s

Presidente Constitucional de la RepĆŗblica del Ecuador

Viernes, 22 de Septiembre de 2017: (R. O. Ed. Esp. 91,
22-septiembre-2017)

EDICIƓN ESPECIAL

SUMARIO

Gobiernos AutĆ³nomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas

CantĆ³n Daule: Sustitutiva a la Ordenanza de cobro de tasas
por servicios tƩcnicos administrativos

CantĆ³n Flavio Alfaro: Para el cobro de tasas de los
servicios que se prestan en la DirecciĆ³n de Transporte Terrestre, TrĆ”nsito y
Seguridad Vial, DMTTTSVFA, tĆ­tulos habilitantes

CantĆ³n Palanda: Que regula el procedimiento y establece las
tasas para la emisiĆ³n de certificados de afectaciĆ³n y riesgos y de la
aprobaciĆ³n de planes de contingencia


055-2017


CantĆ³n San Miguel de UrcuquĆ­


: Que regula los procesos de
titularizaciĆ³n administrativa para incorporar bienes inmuebles vacantes o
mostrencos al patrimonio municipal y predios que se encuentran dentro de la
circunscripciĆ³n territorial


057-2017


CantĆ³n San Miguel de UrcuquĆ­:


Sustitutiva para la
organizaciĆ³n, administraciĆ³n y funcionamiento del Registro Municipal de la
Propiedad y Mercantil


2017-007


CantĆ³n Vinces


: Que regula la determinaciĆ³n, y recaudaciĆ³n
del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales

CONTENIDO


EL ILUSTRE CONCEJO
MUNICIPAL

DEL CANTƓN DAULE

Considerando:

Que, la
ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador en su artĆ­culo 238 y el CĆ³digo
OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n en sus
artĆ­culos 1 y 5 consagran la autonomĆ­a de los gobiernos autĆ³nomos descentralizados;

Que, el
artĆ­culo 57, letra b) del CĆ³digo OrgĆ”nico de OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a
y DescentralizaciĆ³n, en concordancia con el artĆ­culo 492 ibĆ­dem establece la facultad
de los concejos municipales de regular, mediante ordenanza, la aplicaciĆ³n de
tributos previstos en la ley a su favor; y letra c) crear, modificar, exonerar
o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras
que ejecute;

Que, la
administraciĆ³n pĆŗblica es un servicio a la colectividad, que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquĆ­a, desconcentraciĆ³n, descentralizaciĆ³n,
coordinaciĆ³n, participaciĆ³n, planificaciĆ³n, transparencia y evaluaciĆ³n, esto al
tenor del artĆ­culo 227 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica del Ecuador;

Que, las
Normas de Control Interno 200-06 dictadas por la ContralorĆ­a General del
Estado, regulan que la mƔxima autoridad y los directivos de cada entidad
pĆŗblica reconocerĆ”n como elemento esencial, las competencias profesionales de
las servidoras y servidores, acordes con las funciones y responsabilidades
asignadas;

Que, existe la
?Ordenanza de cobro de tasas por servicios administrativos que presta la I.
Municipalidad del CantĆ³n Daule, publicada en Registro Oficial # 101 del 8 de
junio del 2007 y su reforma en el Registro Oficial # 608 del 9 de junio del
2009;

Que, en julio
5 del 2016, se publicĆ³ en el Registro Oficial Suplemento 790 la ?LEY ORGƁNICA DE
ORDENAMIENTO TERRITORIAL, USO Y GESTIƓN DE SUELO?, la misma que prescribe en su
Art. 109 las sanciones por incumplimiento de normas y construcciones sin las
respectivas autorizaciones municipales asĆ­ como incumplimiento en los procesos
constructivos;

Que, es
necesario modificar y armonizar las ordenanzas municipales vigentes, con la finalidad
de adecuar sus disposiciones al desarrollo y situaciĆ³n econĆ³mica del cantĆ³n
Daule;

En uso de las
facultades y atribuciones previstas en el Art. 240 de la ConstituciĆ³n de la
RepĆŗblica del Ecuador y el Art. 57, letra a) del CĆ³digo OrgĆ”nico de
OrganizaciĆ³n Territorial, AutonomĆ­a y DescentralizaciĆ³n.

Expide:

LA ?ORDENANZA
SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA DE COBRO DE TASAS POR SERVICIOS TƉCNICOS ADMINISTRATIVOS
QUE PRESTA EL GOBIERNO AUTƓNOMO DESCENTRALIZADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEL
CANTƓN DAULE?.

Art. 1.-
Objeto de la Tasa.- El objeto de las tasas que se regula en la presente
Ordenanza, es la prestaciĆ³n de los servicios tĆ©cnicos y administrativos que el
Gobierno AutĆ³nomo Descentralizado Ilustre Municipal del CantĆ³n Daule, presta a
la ciudadanĆ­a.

Art. 2.-
Sujeto Activo.- El sujeto Activo de las tasas por servicios tƩcnicos y
administrativos establecidas en esta Ordenanza, es el Gobierno AutĆ³nomo
Descentralizado Ilustre Municipalidad del CantĆ³n Daule.

Art. 3.-
Sujetos Pasivos.- Son Sujetos pasivos de las Tasas por prestaciĆ³n de servicios
tƩcnicos y administrativos establecidos en esta Ordenanza, toda persona natural
y jurĆ­dica que solicite dichos servicios.

Art. 4.-
RecaudaciĆ³n. El cobro de los valores por las tasas consideradas en la presente
Ordenanza se efectuarƔ a travƩs de la Tesorerƭa Municipal y los demƔs canales
de recaudaciĆ³n oficiales que se establezcan; para cuyo efecto la dependencia
que preste el servicio tƩcnico o administrativo, expedirƔ la correspondiente
orden de cobro al amparo de la experticia tƩcnica de los profesionales de dichas
Ɣreas y en las verificaciones e inspecciones que el servicio amerite.

CAPƍTULO I

DE LAS TASAS

Art. 5.- De
las Tasas.- Las tasas por los servicios tƩcnicos y administrativos, para su
sostenibilidad en el tiempo, su cƔlculo se realizarƔ en base a porcentajes del
Salario BƔsico Unificado del trabajador en general vigente a la fecha de
cĆ”lculo, con excepciĆ³n de las que de manera expresa se fije otra base de
cƔlculo.

5.1. DIRECCIƓN
DE URBANISMO, AVALƚOS Y CATASTRO Tasas
TĆ©cnicas de la SubdirecciĆ³n de AvalĆŗos y Catastro.


Tasas TĆ©cnicas
de la SubdirecciĆ³n de AvalĆŗos y Catastro.

SERVICIO

DESCRIPCION

VALOR

TASA ADMINISTRATIVA

InscripciĆ³n en el Catastro Municipal Escrituras de
cualquier naturaleza en donde se enajenen bienes inmuebles

$ 20.00

Registro en los catastros prediales urbanos y rurales por
los primeros 30 dĆ­as $20,00 y adicional por cada mes subsiguiente a la
inscripciĆ³n de la escritura del predio al Registro de la Propiedad $1,00

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica TrĆ”mite de catastro

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por certificados de AvalĆŗos urbanos y rural

$ 12.00

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica Certificados de AvalĆŗos urbanos y rurales

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por predios a Reavaluar

$ 30.00

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica por predios a reavaluar

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por certificado de poseer y no poseer bien inmuebles
catastrado en el cantĆ³n

$ 10.00

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica por certificados de poseer y no poseer bien
inmueble catastrado en el cantĆ³n

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por certificado de ubicaciĆ³n si el predio es urbano o
rural

$ 10.00

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica por certificado de ubicaciĆ³n del predio es
urbano o rural

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por cada hoja o fracciĆ³n de cualquier documento
certificado que se solicite

$ 3.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por Copia Certificada de Ficha Predial urbana y rural

$ 20..000

TASA ADMINISTRATIVA

Tasa Ćŗnica por ficha predial urbana y rural

$ 5.00

TASA ADMINISTRATIVA

Por informe de InspecciĆ³n realizada

$ 115.00

TASA ADMINISTRATIVA

Certificaciones Varias

$ 15.00

Tasas TĆ©cnicas
SubdirecciĆ³n Urbanismo y PlanificaciĆ³n

a.- EN
URBANIZACIONES.-

Normas
TĆ©cnicas UrbanĆ­sticas

DIEZ POR
CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO

Factibilidad
de anteproyecto urbanĆ­stico

CINCUENTA
POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO POR HECTƁREA

AprobaciĆ³n
del proyecto y autorizaciĆ³n para el inicio de las

obras
urbanĆ­sticas.(FiscalizaciĆ³n)

UNO PUNTO
CINCO POR CIENTO DEL PRESUPUESTO DE LAS OBRAS URBANƍSTICAS APROBADO POR LA
DIRECCIƓN DE OBRAS PƚBLICAS MUNICIPAL.

AutorizaciĆ³n
de venta de solares.

UNO POR MIL
DEL ƁREA ƚTIL VENDIBLE DEL PRESUPUESTO DE LA URBANIZACIƓN.

PrĆ³rroga del
Cronograma de Obras

UNO POR
CIENTO DEL PRESUPUESTO DE LAS OBRAS URBANƍSTICAS QUE FALTAREN EJECUTAR.

REDISEƑOS DE
PROYECTOS URBANISTICOS

Modificaciones
o RediseƱos.

VEINTE Y
CINCO POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO POR HECTƁREA.(que consta en el
plano a ser aprobado)

b.-
FRACCIONAMIENTOS Y FUSIƓN DE SOLARES.-

FRACCIONAMIENTO URBANO Y RURAL (CON FIN URBANO)

AprobaciĆ³n por el Alcalde (fusiĆ³n o fraccionamiento).

DOS POR CIENTO DEL AVALƚO CATASTRAL DEL TERRENO

InspecciĆ³n y verificaciĆ³n mensuras

CINCO DƓLARES CADA DOSCIENTOS METROS CUADRADOS.

FRACCIONAMIENTO RURAL Y FUSIƓN (AGRICOLAS)

AprobaciĆ³n por el Alcalde (fusiĆ³n o fraccionamiento).

CINCO POR
CIENTO DEL AVALƚO
CATASTRAL POR CADA METRO CUADRADO DE ƁREA A FRACCIONAR.

InspecciĆ³n y verificaciĆ³n de mensuras

CINCO DƓLARES CADA DOSCIENTOS METROS CUADRADOS

c.-
CONSTRUCCIƓN DE EDIFICACIONES

DeterminaciĆ³n de lĆ­nea de fĆ”brica

DeterminaciĆ³n de LĆ­nea de FĆ”brica

DOS POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO POR CADA METRO
LINEAL

CABECERA CANTONAL Y PARROQUIAS RURALES

TRES POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO POR CADA
METRO LINEAL

PARROQUIA LA AURORA*

Permiso de construcciĆ³n

Permiso de ConstrucciĆ³n

UNO PUNTO CINCO
POR MIL (1.5) DEL AVALƚO

DE LA EDIFICACIƓN (valor por metro cuadrado- Anexo # 2)

CABECERA C NTONAL y PARROQUIA RURALES

DOS PUNTO CINCO (2.5) POR MIL DEL AVALƚO DE LA EDIFICACIƓN
(valor por metro cuadrado-Anexo # 2)

PARROQUIA LA AURORA*

InspecciĆ³n final de obra

DOS POR MIL DEL VALOR DE LA EDIFICACIƓN (valor por metro
cuadrado segĆŗn el Anexo # 2)

TODOS

RediseƱo y ModificaciĆ³n de Ć”rea

UNO POR MIL (1,00) DEL AVALƚO DE LA EDIFICACIƓN ((valor
por metro cuadrado segĆŗn el Anexo # 2)

TODOS

Cambio de responsabilidad tƩcnica

QUINCE POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO

TODOS

RegularizaciĆ³n de edificaciones

construidas hace mƔs (5 aƱos).

DOS POR CIENTO DEL AVALƚO COMERCIAL

TODOS

DeclaraciĆ³n de propiedad horizontal

DOS PUNTO CINCO POR MIL DEL AVALƚO COMERCIAL DE LA PROPIEDAD

TODOS

RectificaciĆ³n y/o modificaciĆ³n de Propiedad Horizontal

DOS PUNTO CINCO POR MIL (2.5) DEL AVALƚO COMERCIAL DE LA
EDIFICACIƓN

TODOS

DemoliciĆ³n de edificaciones

VEINTE Y CINCO POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO

TODOS

RenovaciĆ³n (prĆ³rroga) de permiso de construcciĆ³n

QUINCE POR CIENTO DEL SALARIO BƁSICO UNIFICADO

TODOS

Trabajos de Movimiento de tierra (adecuaciĆ³n,
mejoramiento, reconformaciĆ³n sin que incluya obras de infraestructura)

UNO POR CIENTO DEL VALOR DEL PRESUPUESTO DE LA OBRA.

TODOS

*Se refiere a
urbanizaciones y proyectos comerciales de todo el CantĆ³n.

Nota: las
obras menores que no impliquen aumento de Ć”reas no estarĆ”n sujetas a inspecciĆ³n
final, una vez realizada la misma el propietario de la edificaciĆ³n solicitarĆ” a
la SubdirecciĆ³n de AvalĆŗos se ingrese al catastro municipal.


5.2.-
DIRECCIƓN FINANCIERA

Tasas
Administrativas Generales

Tasa general
TrƔmite

$ 3,00

Carpeta
membretada para permiso de construcciĆ³n, Fraccionamiento, reclamos,
arrendamiento de solares municipales y otros

$ 3,00

ElaboraciĆ³n
de Minutas

$ 20,00

Uso del
Hidrocleaner

$ 30,00

Certificaciones

Certificados
de no adeudar al Municipio

$ 3,00

Certificado
de LiberaciĆ³n de PlusvalĆ­a

$ 20,00

Copias
certificadas de tƭtulos o cartas de crƩdito

$ 5,00

Por Notifi
caciĆ³n de tĆ­tulos de crĆ©dito

Dentro de
Zona Urbana

$ 5,00