Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes, 14 de Octubre de 2016 (R. O. 862, 14-octubre-2016)

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1745

Otórguese licencia con cargo a vacaciones y legalícense los
viajes al exterior de las siguientes personas:

Señor René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación
Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

1746

Señor Augusto X. Espinosa A., Ministro de Educación

1747

Señor Héctor Rodríguez, Gerente General YACHAY E.P.

1748

Señor Eliécer Plutarco Cruz Bedón, Ministro Presidente del
Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos

1749

Señor Augusto Rubén Espín Tobar, Ministro de
Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información

1750

Señor Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad
y Energía Renovable



1751


Señor Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los
Sectores Estratégicos

1752

Señor Sergio Ruiz Giraldo, Secretario General de la
Vicepresidencia de la República del Ecuador

1753

Señor Patricio Eduardo Barriga Jaramillo, Secretario
Nacional de Comunicación

Agencia de Regulación y Control de Telecomunicaciones –
ARCOTEL:

Resoluciones

ARCOTEL-2016-0655

Deléguense facultades a varias unidades

Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

INMOBILIAR-DGSGI-2016-0042

Refórmese la Resolución No. INMOBILIARDGSGI-2016-0007 de 1
de abril de 2016, publicado en el Registro Oficial No. 745 de 02 de mayo de
2016

Servicio de Rentas Internas:

Resoluciones

DZ4-DZORDEI16-00000001

Deléguense competencias a varios servidores públicos

Defensoría Pública:

Judicial y Justicia Indígena

DP-DPG-2016-101

Institúyese el 20 de octubre de cada año como el Día del
Defensor Público Ecuatoriano

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria:

Función de Transparencia y Control Social

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-155

Liquídense en el plazo de hasta dos años a las siguientes
cooperativas de ahorro y crédito:

?Virgen del Carmen?, con domicilio en el cantón Latacunga,
provincia de Cotopaxi


SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-156



?Préstamos del Sur? Ltda., con domicilio en el cantón
Ambato, provincia de Tungurahua

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-157

?San Miguel de Angahuana Alto?, con domicilio en el cantón
Ambato, provincia de Tungurahua

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-158

?Kullki Wiñari? Ltda., con domicilio en el cantón Pujilí,
provincia de Cotopaxi

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:

Ordenanzas-

Cantón Guano: Para la gestión integral de residuos sólidos

Cantón Guano: Sustitutiva que regula la administración y
operación de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado

CONTENIDO


No. 1745

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. SENESCYT-SESCT-2016-0757- CO de 13 de septiembre de 2016, René Ramírez
Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación,
solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 15 hasta el
16 de septiembre de 2016;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: «El Secretario Nacional de la Administración
Pública, a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la
Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior,
Ciencia, Tecnología e Innovación, licencia con cargo a vacaciones desde el 15 hasta
el 16 de septiembre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a René Ramírez Gallegos, Secretario de
Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los trece (13) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 19 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1746

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. MINEDUC-CGSG-2016-00292- OF de 12 de septiembre de 2016, Augusto X.
Espinosa A., Ministro de Educación, solicitó autorización de licencia con cargo
a vacaciones el 15 de septiembre de 2016;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ??El Secretario Nacional de la Administración
Pública, a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la
Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Augusto X. Espinosa A., Ministro de Educación, licencia con
cargo a vacaciones el 15 de septiembre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Augusto X. Espinosa A., Ministro de
Educación.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los trece (13) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Ab. Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 19 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1747

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central,
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante
Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial
No. 422 de 22 de enero de 2015 y reformado mediante Acuerdo Ministerial Nro.
1084 publicado en el Registro Oficial Suplemento 507 de 25 de mayo de 2015, el
Secretario Nacional de la Administración Pública, previo aval del Ministerio
Coordinador autorizará los viajes de los Miembros del Gabinete Ampliado y toda
autoridad que pertenezca al Nivel Jerárquico Superior Grado, 8;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 53389 de 12 de septiembre de 2016, Héctor
Rodríguez, Gerente General YACHAY E.P., solicitó a la Secretaría Nacional de la
Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudad de Moscú- Federación Rusa,
desde el 17 hasta el 25 de septiembre de 2016, con la finalidad de participar
en la Conferencia Internacional de la Asociación de Parques Científicos y
Aéreas de Innovación-IASP;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la

Secretaría
Nacional de la Administración Pública el 13 de septiembre de 2016, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en
el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013- 00055l-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.-
Autorizar el viaje al exterior de Héctor Rodríguez, Gerente General YACHAY
E.P., ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 53389, con la finalidad de participar en
la Conferencia Internacional de la Asociación de Parques Científicos y Aéreas
de Innovación- IASP, en la ciudad de Moscú- Federación Rusa, desde el 17 hasta
el 25 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos por concepto de alojamiento, movilización, alimentación e
inscripción al evento relacionados con el viaje autorizado en el artículo que
precede, serán cubiertos por YACHAY E.P., mientras que los gastos por concepto
de pasajes aéreos serán cubiertos por la Organización Anfitriona, de
conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Héctor Rodríguez, Gerente General YACHAY
E.P.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los trece (13) días del mes de septiembre de 2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 19 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1748

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. CGREG-P-2016-0419-OF de 15 de septiembre de 2016, Eliécer Plutarco Cruz
Bedón, Ministro Presidente del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de
Galápagos, solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 17
hasta el 19 de octubre de 2016;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la
Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Eliécer Plutarco Cruz Bedón, Ministro Presidente del Consejo
de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos, licencia con cargo a vacaciones
desde el 17 hasta el 19 de octubre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Eliécer Plutarco Cruz Bedón, Ministro
Presidente del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los veinte (20) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1749

Ab. Pedro
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio
Nro. M1NTEL-DM-2016-0254-O de 19 de septiembre de 2016, Augusto Rubén Espín
Tobar, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información,
solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 08 hasta el
19 de octubre de 2016;

Que, en
ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15,
literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, que establece: ?El Secretario Nacional de la Administración Pública,
a más de las competencias señaladas en el artículo 14 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, tendrá las siguientes
atribuciones y funciones: … u) Expedir acuerdos de autorización de
vacaciones, licencias con y sin remuneración y permisos para autoridades de la
Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de la escala del nivel jerárquico
superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- Otorgar a Augusto Rubén Espín Tobar, Ministro de Telecomunicaciones y
de la Sociedad de la Información, licencia con cargo a vacaciones desde el 08 hasta
el 19 de octubre de 2016.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Augusto Rubén Espín Tobar, Ministro de Telecomunicaciones
y de la Sociedad de la Información.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, en la ciudad de Quito, a los veinte (20) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1750

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 53465 de 15 de septiembre de 2016, Esteban
Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable solicitó a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a la ciudad de Madrid-España, desde el 11 hasta el 15 de
septiembre de 2016, viaje en el que acompañó al señor Vicepresidente de la
República del Ecuador en la reuniones programadas con diferentes áreas de los
sectores estratégicos interesados en la Hidroeléctrica Sopladora y dar a
conocer las oportunidades de invertir en el país en el sector energético;

Que, el 20 de
septiembre de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación de los
Sectores Estratégicos, avala el desplazamiento de Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro
de Electricidad y Energía Renovable;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 20 de septiembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP-2013- 000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente
su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Esteban Albornoz Vintimilla,
Ministro de Electricidad y Energía

Renovable,
ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 53465, viaje en el que acompañó al señor
Vicepresidente de la República del Ecuador en la reuniones programadas con
diferentes áreas de los sectores estratégicos interesados en la Hidroeléctrica
Sopladora y dar a conocer las oportunidades de invertir en el país en el sector
energético, en la ciudad de Madrid-España desde el 11 hasta el 15 de septiembre
de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del
Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de
Electricidad y Energía Renovable.

SEGUNDA.-
Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se
proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito. D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública a los veintiún (21) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1751

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad
con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 53532 de 19 de septiembre de 2016, Rafael
Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos solicitó a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a las ciudades de Madrid-España y París Francia, desde el 11
hasta el 15 de septiembre de 2016, viaje en el que acompañó Vicepresidente de
la República del Ecuador, Jorge Glas durante su agenda para la adhesión del
Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes con la Unión Europea;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 19 de septiembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP-2013- 000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente
su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Rafael Poveda Bonilla, Ministro
Coordinador de los Sectores Estratégicos, ingresado a esta Secretaría de Estado
a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 53532,
viaje en el que acompañó Vicepresidente de la República del Ecuador, Jorge Glas
durante su agenda para la adhesión del Ecuador al Acuerdo Comercial Multipartes
con la Unión Europea, en las ciudades de Madrid-España y París Francia, desde
el 11 hasta el 15 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos del Ministerio
de Coordinación de los Sectores Estratégicos, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador
de los Sectores Estratégicos.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito. D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1752

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 53538 de 19 de septiembre de 2016, Sergio
Ruiz Giraldo, Secretario General de la Vicepresidencia de la República del
Ecuador solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a las ciudades de Roma-Italia, Madrid- España,
París Francia, Ginebra Suiza y Bruselas-Bélgica, desde el 10 hasta el 17 de
septiembre de 2016, viaje en el que acompañó al señor Vicepresidente de la República
del Ecuador, Jorge Glas para cumplir agenda de trabajo;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 20 de septiembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Sergio Ruiz Giraldo, Secretario
General de la Vicepresidencia de la República del Ecuador, ingresado a esta
Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, con número 53538, viaje en el que acompañó al señor Vicepresidente de
la República del Ecuador, Jorge Glas para cumplir agenda de trabajo, en las ciudades
de Roma-Italia, Madrid-España, París Francia, Ginebra Suiza y Bruselas-Bélgica,
desde el 10 hasta el 17 de septiembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos de la
Vicepresidencia de la República del Ecuador, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Sergio Ruiz Giraldo, Secretario General de
la Vicepresidencia de la República del Ecuador.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito, D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No. 1753

Pedro Enrique
Solines Chacón

SECRETARIO
NACIONAL

DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de
conformidad con el artículo 15, literal n), del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme
a lo determinado en el Reglamento de Viajes al Exterior y en el Exterior de los
Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional
y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No.
998 de 23 de diciembre de 2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22
de enero de 2015, cuando el ingreso de la solicitud no es posible con la
anticipación requerida, la entidad deberá generar una solicitud a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo
del viaje con la debida justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante
solicitud de viaje al exterior No. 53547 de 19 de septiembre de 2016, Patricio
Eduardo Barriga Jaramillo, Secretario Nacional de Comunicación solicitó a la
Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través del Sistema de
Viajes al Exterior y en el Exterior se regularice el ingreso extemporáneo de su
desplazamiento a Isla de Margarita-Venezuela, desde el 16 hasta 18 de septiembre
de 2016, viaje en el que acompañó al Presidente de la República del Ecuador en
la XVII Cumbre de Países No Alineados;

Que, la
solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente documentación
de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la Administración
Pública el 21 de septiembre de 2016, a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo establecido en
el Oficio No. PR-SNADP- 2013-00055l-O, de 30 de julio de 2013, siendo
procedente su autorización; y,

En ejercicio
de las facultades reglamentarias y estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Patricio Eduardo Barriga Jaramillo,
Secretario Nacional de Comunicación, ingresado a esta Secretaría de Estado a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número 53547, viaje en
el que acompañó al Presidente de la República del Ecuador en la XVII Cumbre de
Países No Alineados, en Isla de Margarita-Venezuela, desde el 16 hasta 18 de
septiembre de 2016.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia relacionados con el viaje
autorizado en el artículo que precede fueron cubiertos con recursos de la Secretaría
Nacional de Comunicación, de conformidad con la documentación ingresada a
través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES
GENERALES

PRIMERA.- Notificar
el contenido del presente Acuerdo a Patricio Eduardo Barriga Jaramillo,
Secretario Nacional de Comunicación.

SEGUNDA.- Remitir
el presente Acuerdo al Registro Oficial, con la finalidad de que se proceda a
su publicación.

DISPOSICIÓN
FINAL

El presente
Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial. Dado y firmado en la ciudad de San
Francisco de Quito. D.M., en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública, a los veintiún (21) días del mes de septiembre de
2016.

f.) Pedro
Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la Administración Pública.

Es fiel copia
del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 27 de
septiembre de 2016.

f.) Dr. Freddy
Ordóñez, Coordinador General de Asesoría Jurídica, Secretaría Nacional de la
Administración.

No.
ARCOTEL-2016-0655

LA AGENCIA DE
REGULACIÓN Y CONTROL DE TELECOMUNICACIONES ARCOTEL

Considerando:

Que, el
artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que: ?Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos
en la Constitución?;

Que, el
artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: ?La
administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planificación, transparencia, y evaluación?;

Que, la Ley
Orgánica de Telecomunicaciones, publicada en el

Tercer Suplemento del Registro Oficial No.
439 de 18 de febrero de 2015
, en su artículo 142, crea a la Agencia de Regulación
y Control de Telecomunicaciones (ARCOTEL), como entidad encargada de la
administración, regulación y el control de las telecomunicaciones y del
espectro radioeléctrico y su gestión, así como la gestión de los aspectos
técnicos de la gestión de medios de comunicación social que usen frecuencias
del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes;

Que, el
artículo 143 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones establece que la Agencia
de Regulación y Control de las Telecomunicaciones tendrá su sede en el Distrito
Metropolitano de Quito, sin perjuicio de aquello, podrá establecer oficinas
para la gestión desconcentrada a fin de promover la desconcentración
administrativa. No obstante, no podrán desconcentrarse las competencias normativas;

Que, según el
artículo 147 del mismo cuerpo normativo se establece que la Agencia de
Regulación y Control de las Telecomunicaciones será dirigida y administrada por
la o el Director Ejecutivo, quien tendrá plena competencia para expedir todos
los actos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, con excepción de
las competencias expresamente reservadas al Directorio;

Que, conforme
a lo dispuesto en los numerales 11 y 12 del Art. 148 de la Ley ibídem,
corresponde a la Directora o Director Ejecutivo de la Agencia: ?11. Aprobar la normativa
interna, suscribir los contratos y emitir los actos administrativos necesarios
para el funcionamiento de la Agencia de Regulación y Control de las
Telecomunicaciones. // 12. Delegar una o más de sus competencias a los funcionarios
de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones.?;

Que, la Ley
Orgánica de Comunicación, en su artículo 105 establece que la administración
del espectro radioeléctrico es un bien de dominio público del Estado,
inalienable, imprescriptible e inembargable. La administración para el uso y
aprovechamiento técnico de este recurso público estratégico la ejercerá el
Estado central a través de la autoridad de telecomunicaciones;

Que, el
artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación
de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada, en cuanto a la
delegación de atribuciones, señala que cuando la importancia económica o
geográfica de la zona o la conveniencia institucional lo requiera, los máximos
personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u
oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones;

Que, los
artículos 9 y 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; en
concordancia con el artículo 16 del Reglamento a dicha Ley, establecen que el
control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, y que
las entidades establecerán la distinción entre ordenadores de gasto y
ordenadores de pago;

Que, la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación

Pública, dispone
en su artículo 61:?Si la máxima autoridad de la Entidad Contratante decide
delegar la suscripción de los contratos a funcionarios o empleados de la
entidad u organismos adscritos a ella o bien a funcionarios o empleados de
otras entidades del Estado, deberá emitir la resolución respectiva sin que sea
necesario publicarla en el Registro Oficial, debiendo darse a conocer en el
Portal COMPRASPUBLICAS.?;

Que, el Artículo
4 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, Delegación.- ?En aplicación de los principios de Derecho Administrativo
son delegables todas las facultades previstas para la máxima autoridad tanto en
la Ley como en este Reglamento General, aun cuando no conste en dicha normativa
la facultad de delegación expresa. La Resolución que la máxima autoridad emita
para el efecto, determinará el contenido y alcance de la delegación. Las máximas
autoridades de las personas jurídicas de derecho privado que actúen como
entidades contratantes, otorgarán poderes o emitirán delegaciones, según
corresponda, conforme a la normativa de derecho privado que les sea aplicable?.

Que, el
Reglamento del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, determina
en su artículo 63, numeral 7: ?Nombrar autorizadores de gasto y pago
institucionales??

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dispone
en su artículo 55: ?LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES. – Las atribuciones propias
de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía,
excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación
será publicada en el Registro Oficial.?;

Que, las
Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector Público y
Personas Jurídicas de Derecho Privado que Dispongan de Recursos Públicos, publicadas
en el Registro Oficial Suplemento N° 87 de 14 de diciembre de 2009, establece
en su apartado ?200-05?, la ?Delegación de autoridad??;

Que, consta el
Oficio N° SNAP-SNDO-2016-0182-O de 07 de junio del 2016, con el que la
Secretaría Nacional de la Administración Pública emite la validación técnica al
proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones ARCOTEL evidenciando
que se encuentra elaborado acorde a las metodologías diseñadas y a los
lineamientos establecidos en la norma técnica de diseño de reglamentos o
estatutos orgánicos; a fin de que ponga en consideración del Directorio de
conformidad al Art. 146 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones.

Que, el
Directorio Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones ARCOTEL
aprobó la Resolución 09-05-ARCOTEL-2016, que expide el ?ESTATUTO ORGÁNICO DE
GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE
LAS

TELECOMUNICACIONES,
ARCOTEL? el 20 de junio del 2016;

Que el
?ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DE LA AGENCIA DE
REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL? se encuentra publicado
en el Suplemento del Registro Oficial No. 800 de fecha 19 de julio de 2016,

Que la
Disposición General Primera del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la ARCOTEL establece: ?Las Unidades Administrativas de la Agencia de
Regulación y Control de las Telecomunicaciones, a más de las atribuciones y
responsabilidades establecidas en el presente Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos, cumplirán las demás funciones que les sean asignadas
por el/la Director/a Ejecutivo/a, en base al marco normativo vigente. // Son
funciones generales de los niveles directivos de la ARCOTEL, las de actualizar,
programar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar los procesos
institucionales implementados en la Unidad Administrativa a su cargo, sin
perjuicio del cumplimiento de lo previsto en el párrafo anterior.?

En ejercicio
de sus atribuciones legales y reglamentarias:

Resuelve:

Además de las
atribuciones y responsabilidades constantes en el Estatuto de la ARCOTEL y
otros instrumentos aplicables, DELEGAR las siguientes atribuciones a las distintas
unidades de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones:

Artículo 1. AL
COORDINADOR TÉCNICO DE REGULACIÓN.-

Emitir las
Resoluciones que correspondan a la intervención de la ARCOTEL en las relaciones
de interconexión y acceso conforme lo dispuesto en la normativa aplicable;

Emitir la
Orden de interconexión o acceso mientras se trámite la disposición de
interconexión o acceso cuando corresponda.