Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes, 30 de
Septiembre de 2016 (R. O. 852,
30-septiembre-2016)

SUMARIO

Ministerio de Finanzas:

Ejecutivo:

Acuerdos

0118

Deléguense atribuciones y facultades a las siguientes
personas:

Abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial

0119

Ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho
Ministerial

0121

Licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de
Presupuesto

0123

Licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de
Presupuesto

0124

Abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial

0125

Economista Madeleine Leticia Abarca Runruil, Viceministra de
Finanzas

0129

Economista Edison Bolivar Reza Paocarina, Subsecretario de
Política Fiscal subrogante

Ministerio del Interior:

7355

Legalícese la comisión de servicios en el exterior de las
siguientes personas:

Lic. Rocío Argudo Bustamante, Servidor Público 7

7356

Señor César Salvador Ludeña, Gerente del Proyecto de
Fortalecimiento Institucional de las Unidades de Control Migratorio

7357

Tcrnl. William Posso Mejía, Edecán; y otros

7358

Tcrnl. William Posso Mejía, Edecán del Ministro y otro

7359

Señor Luis Varese Scotto, Asesor 3

7360

Cbos. Edison Sarzosa Paz, personal de seguridad del Despacho
Ministerial

7361

Ab. Adriana Vallejo Naranjo, ex Servidor Público 3

Ministerio de Minería:

Acuerdos

2016-028

Dese por terminada la subrogación constante en el Acuerdo
Ministerial No. 2016-027 de 25 de agosto de 2016

2016-029

Deléguense atribuciones y deberes a Tatiana Alexandra
Rivadeneira Cabezas, funcionaria de la Coordinación General Jurídica

Ministerio de Defensa Nacional y Consejo Nacional Electoral:

Acuerdo Interinstitucional

002

Transfiérese a perpetuidad a favor del Consejo Nacional
Electoral el inmueble denominado ?La Guayas?, con comicilio en el cantón
Machala, provincia de El Oro

Ministerios de Defensa Nacional y de Educación:

Acuerdos Interministeriales

009

Deróguese el Acuerdo Interministerial No. 010, publicado en
la Orden General Ministerial No. 071 de 16 de abril de 2015

Ministerios de Defensa Nacional y de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca:

010

Transfiérese al Ministerio de Agricultura, Ganadería,
Acuacultura y Pesca, un lote de terreno situado en el cantón Morona, provincia
de Morona Santiago

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría del
Sistema de la Calidad de la Productividad:

Resoluciones

16 339

Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la
Primera revisión de las siguientes normas técnicas ecuatorianas:

NTE INEN 1529-8 (Control microbiológico de los alimentos.
detección y recuento de Escherichia Coli presuntiva por la técnica del número
más probable)

16 340

NTE INEN-ISO 8070|IDF 119 (Leche y productos lácteos ?
Determinación del contenido de calcio, sodio, potasio y magnesio ? Método
espectrométrico de absorción atómica (ISO 8070:2007|IDF 119:2007, IDT))

16 341

NTE INEN 3081 (Revestimientos de las superficies de juego y
áreas recreativas absorbedores de impactos. Determinación de la altura de caída
crítica)

16 342

NTE INEN 3029-2 (Equipamiento de las superfi cies de juego y
áreas recreativas. Parte 2: Columpios. Requisitos y métodos de ensayo)

Ministerio de Transporte y Obras Públicas: Subsecretaría de
Puertos y Transporte Marítimo y Fluvial:

MTOP-SPTM-2016-0094-R

Establécense los requisitos para la obtención del registro
de consolidador y/o desconsolidador de ,carga marítima

MTOP-SPTM-2016-0106-R

Expídese la normativa y establécese las tarifas de flete
marítimo para las embarcaciones que prestan el servicio público de transporte
marítimo de pasajeros, desde la parroquia Puerto Bolívar del cantón Machala
hacia el Archipiélago de Jambelí del cantón Santa Rosa de la provincia de El
Oro

Superintendencia de Bancos:

Transparencia y Control Social

SB-DTL-2016-799

Refórmese el Estatuto de BANECUADOR B.P.

SB-DTL-2016-817

Amplíese la calificación otorgada al ingeniero Rómulo
Francisco Javier Garrido Almeida, para desempeñarse como perito valuador de
bienes inmuebles

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria:

Transparencia y Control Social

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-150

Liquídense en el plazo de hasta dos años a las siguientes
cooperativas de ahorro y crédito:

Nueva Fuerza Alianza de Tungurahua, con domicilio en el
cantón Ambato, provincia de Tungurahua

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-151

Los Chasquis Pastocalle Ltda., con domicilio en el cantón
Latacunga, provincia de Cotopaxi

SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2016-152

COOPERARE, con domicilio en el cantón Rumiñahui, provincia
de Pichincha

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanzas

Cantón Echeandía: Especial de rebajas en el cobro de
tributos por contribución especial de mejoras de las obras de alcantarillado,
adoquinamiento de la calle Simón Bolívar entre Tarqui y 8 de Diciembre
construccion de aceras y bordillos y adoquinado de la calle Genaro Viscarra,
escalinatas de la calle 20 de Noviembre, adoquinado de la ciudadela El Mirador,
adoquinado en el recinto Sabanetilla en la calle sin nombre y acceso a la
Unidad Educativa 12 de Octubre, adoquinado de la calle Ezequiel Torres

Cantón Guamote: Que regula el cobro y/o exoneración del
recargo por calendarización en los procesos de matriculación y revisión técnica
vehicular y la emisión de certificaciones

CONTENIDO


No. 0118

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que, la Constitución
de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de
octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros de Estado,
además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
306
, en su artículo 75 dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las
finanzas públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente
hacerlo;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que, el
artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva,
responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación y
supervisión monetaria, crediticia, cambiaria, financiera, de seguros y valores.
La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los
ministerios de Estado responsables de la política económica, de la producción,
de las finanzas públicas, el titular de la planificación del Estado y un
delegado del Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de
la Junta, con voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el
Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía
Popular y Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente
del Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y
Fondo de Seguros Privados;

Que, por
disposición del señor Presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera, economista Patricio Rivera Yánez, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 25, numeral 1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, y
artículo 12 de las Normas para el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la
sesión extraordinaria presencial de ese Organismo que se llevará a cabo en la
sala de sesiones del Banco Central del Ecuador, ubicada en el octavo piso, de
la avenida 10 de Agosto N° 11-409 y Briceño, el 29 de junio de 2016, a las
17:30, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del

Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial, para que
asista a la sesión extraordinaria presencial de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, a realizarse el día 29 de junio de 2016.

Art. 2.- La
delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Despacho Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 29 de junio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0119

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que mediante
escritura pública celebrada ante el Notario Vigésimo Noveno del Cantón Quito el
19 de marzo de 2009, la Agencia de Garantía de Depósitos y la Corporación
Financiera Nacional, suscribieron un contrato para la constitución del fideicomiso
denominado AGDCFN NO MÁS IMPUNIDAD, el mismo que establece que su Cláusula
Quinta la conformación de la Junta del Fideicomiso como el órgano máximo de
gobierno del Fideicomiso, misma que está conformada por un delegado del
Presidente de la República, dos representantes de la Comisión de Administración
y Supervigilancia de las empresas incautadas por la Agencia de Garantía de Depósitos,
un delegado del Ministerio de Finanzas; y, el Gerente de la AGD;

Que mediante
Convocatoria Junta Virtual 205 de la Junta de Fideicomiso Mercantil AGD – CFN –
No Más Impunidad de 29 de junio de 2016, el Ing. José García Administrador de
Fideicomisos de la Corporación Financiera Nacional, convoca a la Junta Virtual
No. 205 que se llevará a cabo el día jueves 30 de juno de 2016, de conformidad
con el orden del día establecido para el efecto;

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al ingeniero José Luis Romero Callay, Asesor del Despacho Ministerial, para que
en representación del señor Ministro de Finanzas, asista a la reunión de la Junta
Virtual No. 205 que se llevará a cabo el día jueves 30 de junio de 2016, como
delegado de la Junta de Fideicomiso AGD-CFN NO MÁS IMPUNIDAD.

Art. 2.- EL
delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El presente
Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 30 de junio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0121

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial
No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la
remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la
subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que
la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que por motivo
de viaje y disposición verbal del señor Ministro de Finanzas, el licenciado
Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto, subrogará las
funciones como Ministro de Finanzas del 11 al 14 de jubo de 2016, inclusive; y,
el doctor Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Asesor Ministerial, subrogará las
funciones de Viceministro de Finanzas en las mismas fechas.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
licenciado Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto,
subrogará las funciones como Ministro de Finanzas del 11 al 14 de julio de
2016, inclusive.

Art. 2.- El
doctor Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Asesor Ministerial, subrogará las
funciones de Viceministro de Finanzas del 11 al 14 de julio del 2016,
inclusive.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 05 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0123

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial
No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la
remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la
subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que
la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que exista
entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado,
incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la misma
institución;

Que por motivo
de viaje y disposición verbal del señor Ministro de Finanzas, el licenciado
Carlos Fernando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto, subrogará las
funciones como Ministro de Finanzas del 06 al 07 de julio de 2016, inclusive;
y, el doctor Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Asesor Ministerial, subrogará
las funciones de Viceministro de Finanzas en las mismas fechas.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- El
licenciado Carlos Femando Soria Balseca, Subsecretario de Presupuesto,
subrogará las funciones como Ministro de Finanzas del 06 al 07 de julio de
2016, inclusive.

Art. 2.- El
doctor Carlos Paúl Villarreal Velásquez, Asesor Ministerial, subrogará las
funciones de Viceministro de Finanzas del 06 al 07 de julio del 2016,
inclusive.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 05 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 1 foja.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0124

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo; Que, el Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus artículos 17 y
55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público delegar sus atribuciones
y deberes;

Que, el
artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I, crea la Junta
de Política y Regulación Monetaria y Financiera, parte de la Función Ejecutiva,
responsable de la formulación de las políticas públicas y la regulación y
supervisión monetaria, crediticia, cambiaría, financiera, de seguros y valores.
La Junta estará conformada con plenos derechos por los titulares de los ministerios
de Estado responsables de la política económica, de la producción, de las finanzas
públicas, el titular de la planificación del Estado y un delegado del
Presidente de la República. Participarán en las deliberaciones de la Junta, con
voz pero sin voto, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de
Compañías, Valores y Seguros, el Superintendente de Economía Popular y
Solidaria, el Gerente General del Banco Central del Ecuador y el Presidente del
Directorio de la Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados;

Que, por
disposición del señor Presidente de la Junta de Política y Regulación Monetaria
y Financiera, economista Patricio Rivera Yánez, de conformidad a lo dispuesto en
el artículo 25, numeral 1 del Código Orgánico Monetario y Financiero, y
artículo 12 de las Normas para el Funcionamiento de la Junta, se convoca a la
sesión extraordinaria reservada de ese Organismo que se llevará a cabo en la
sala de sesiones del Banco Central del Ecuador, ubicada en el octavo piso,
situado en la avenida 10 de Agosto N° 11-409 y Briceño, el 6 de julio de 2016,
a las 8:00, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a la abogada Carola Alexandra Yánez Cabrera, Asesora Ministerial, para que
asista a la sesión extraordinaria reservada de la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera, a realizarse el día 6 de julio de 2016.

Art. 2.- La
delegada queda facultada a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 05 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0125

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico superior,
cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la
remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo
que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que el
artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial No. 418 de
1 de abril de 2011
, dispone que la subrogación procederá de conformidad
al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrá
derecho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada
de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que
dependan administrativamente de la misma institución;

Que con
Acuerdo No. 1643 de 23 de junio de 2016 el Secretario Nacional de la
Administración Pública otorgo la correspondiente licencia con cargo a
vacaciones desde el 15 de julio hasta el 4 de agosto de 2016; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, 270 del Reglamento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial
No. 2,

Acuerda:

Art. 1.- La
economista Madeleine Leticia Abarca Runruil Viceministra de Finanzas, subrogará
las funciones de Ministra de Finanzas a partir del 15 de julio al 4 de agosto de
2016, inclusive.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 05 de julio
del 2016.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 0129

EL MINISTRO DE
FINANZAS (S)

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les
corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75 dispone
que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá delegar por
escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 19 de
20 de junio de 2013, se creó el Ministerio de Comercio Exterior, como Ministerio
rector de la política de comercio exterior no petrolera; el cual fue designado
en el mismo acto como Presidente y Secretario Técnico del COMEX;

Que, mediante
Resolución del Comité de Comercio Exterior 1 publicada en el Registro Oficial
Suplemento 182 de 12 de febrero de 2014, se expidió el Reglamento de Funcionamiento
del Comité de Comercio Exterior, el cual determina en la Disposiciones
Generales Primera numeral 4, que es Miembro del COMEX o Institución Miembro: Para
todos los efectos los miembros del COMEX, incluidos la Presidencia y
Vicepresidencia son las instituciones públicas en sí mismas, las cuales actúan
por medio de sus representantes, es decir sus máximas autoridades o los delegados
o delegadas debidamente autorizados de éstos;

Que, por medio
del Oficio MCE-CCOMEX-2016-0298-O de 13 de julio de 2016, la señora Presidenta
encargada del COMEX, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 42, del
Reglamento de Funcionamiento del COMEX, convoca a una sesión de dicho cuerpo
colegiado, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, el día 15 de
julio de 2016, de 17:H30 a 19:1130, en las oficinas del Ministerio de Comercio
Exterior, situado en la Shyris N34-152 y Holanda, edificio Shyris Center 2do.
piso, para tratar el orden del día establecido para el efecto; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al economista Edison Bolivar Reza Paocarina, Subsecretario de Política Fiscal
Subrogante, para que asista a la reunión del Pleno de ese organismo, a realizarse
el día 15 de julio de 2016.

Art. 2.- El
delegado queda facultado a suscribir todos los documentos, participar en las
diligencias, intervenir, votar y tomar las decisiones que crea pertinentes,
para el cabal cumplimiento de esta delegación y deberá presentar los informes
de sus actuaciones a la máxima autoridad.

Art. 3.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a 14 de julio
del 2016.

f.) Lic.
Fernando Soria Balseca, Ministro de Finanzas (S).

MINISTERIO DE
FINANZAS.- Es fiel copia del original.- 2 fojas.- f.) Dayana Rivera, Directora
de Certificación. 05 de septiembre del 2016.

No. 7355

José Ricardo
Serrano Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece:
??Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías
y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la
Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo
dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre
que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución
donde trabaja…?

Que, el
artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: ?Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno…?

Que, conforme
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010,
uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad
ciudadana, y la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas
mediante la promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia
para contribuir a la seguridad humana;

Que, en el
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No.
998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre ?VIAJES AL EXTERIOR?
estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico
superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima
autoridad de la institución o su delegado;

Que, mediante
memorando No. 036-MDI-DM del 29 de enero de 2015, se autorizó la comisión de
servicios al exterior de la Lic. Rocío Argudo Bustamante y señor Francisco Xavier
Ochoa Granda, para que asistan acompañando al Titular de esta Cartera de
Estado, a la ceremonia de posesión de la Secretaría Ejecutiva de Ameripol por
parte del General Inspector Fausto Tamayo Cevallos, entonces Comandante General
de la Policía Nacional, con el fin de realizar la coordinación necesaria y
cobertura periodística de dicho evento, llevado a cabo en la ciudad de Bogotá Colombia;

Que, con
Resolución No. DATH-2015-0017 del 16 de marzo de 2015, la Dirección de
Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, de la Lic. Rocío
Argudo Bustamante, Servidor Público 7; y, señor Francisco Xavier Ochoa Granda,
Servidor Público 1, de la Dirección de Comunicación Social;

Que, mediante
memorando No. 092-DGF-P del 18 de marzo de 2015, la Dirección Financiera,
emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y disponibilidad de fondos
con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y Subsistencias al Exterior,
para el pago de los gastos de desplazamiento de los servidores mencionados;

Que, con
solicitudes de viaje al exterior Nos. 42613 y 44325 del 24 de abril y 23 de
junio de 2015, respectivamente, la Secretaria Nacional de la Administración
Pública, de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6
de marzo de 2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior;
y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la
Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva
(APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014,
emitió la autorización extemporánea del viaje del señor Francisco Xavier Ochoa Granda,
y Lic. Rocío Argudo Bustamante, en los parámetros ahí establecidos; y,

En ejercicio de
las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, de la Lic.
Rocío Argudo Bustamante, Servidor Público 7, del 30 de enero al 03 de febrero;
y, señor Francisco Xavier Ochoa Granda, Servidor Público 1, de la Dirección de
Comunicación Social, del 01 al 03 de febrero de 2015, quienes acompañaron al
Ministro del Interior, el mismo que asistió a la ceremonia de posesión de la
Secretaría Ejecutiva de Ameripol por parte del General Inspector Fausto Tamayo
Cevallos, entonces Comandante General de la Policía Nacional, con la finalidad
de realizar la coordinación necesaria y cobertura periodística de dicho evento,
efectuado en la ciudad de Bogotá Colombia;

Art. 2.- Los
servidores indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática- SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- E1
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 18 julio del 2016.

f.) José
Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.) Ilegible
Secretaría General.

No. 7356

José Ricardo
Serrano Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece:
??Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías
y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la
Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo
dictamen favorable de la unidad de administración del talento humano, siempre
que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la
institución donde trabaja…?

Que, el
artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: ?Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno…?

Que, conforme
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior,
publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010, uno de
los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la seguridad ciudadana, y
la sana convivencia, en el marco de las garantías democráticas mediante la
promoción de una cultura de paz, y la prevención de toda forma de violencia
para contribuir a la seguridad humana;

Que, en el
artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 de marzo de 2015, de la
Secretaría Nacional de la Administración Pública, que contiene la reforma al Reglamento
de Viajes al Exterior; y, en el Exterior de los Servidores Públicos de las
Instituciones de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido con Acuerdo Ministerial No.
998 de 23 de diciembre de 2014, consta el cuadro sobre ?VIAJES AL EXTERIOR?
estableciendo que; todo servidor público, incluido el nivel jerárquico
superior, no considerado en los numerales 1, 2 y 3 será autorizado por la máxima
autoridad de la institución o su delegado;

Que, mediante
memorandos Nos. 2015-MDI-CGPDAI- 002 y VSI-021-2015 del 28 de enero y 03 de
febrero del 2015, respectivamente, se autorizó la comisión de servicios al
exterior del señor César Salvador Ludeña, y Tnte. Andrés Córdova Martínez, los
mismos que asistieron conjuntamente con delegados del Ministerio, a la Reunión Binacional
para elaborar y aprobar la Planificación Operativa Anual Binacional POA 2015,
en referencia al Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Ecuador- Colombia,
así como a los compromisos establecidos en el Plan de Acción 2015 del Eje de
Seguridad y Defensa, efectuada en Bogotá Colombia, los días 05 y 06 de febrero de
2015;

Que, con
Resolución No. DATH-2015-0013 del 02 de marzo de 2015, la Dirección de
Administración de Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al exterior, del señor César
Salvador Ludeña, Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional de las
Unidades de Control Migratorio, y Tnte. Andrés Córdova Martínez, Jefe de Seguridad
del Viceministerio de Seguridad Interna;

Que, mediante
memorando No. MDI-DGF-P-0093-2015 del 18 de marzo de 2015, la Dirección
Financiera, emitió la Certificación Presupuestaria de existencia y
disponibilidad de fondos con cargo a la partida presupuestaria Viáticos y
Subsistencias al Exterior, para el pago de los gastos de desplazamiento de los
servidores mencionados;

Que, con
solicitudes de viaje al exterior Nos. 44836 y 46043 del 09 de julio y 21 de
agosto de 2015, en su orden, la Secretaría Nacional de la Administración Pública,
de conformidad con el artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 1084 de 6 marzo de
2015, que contiene la reforma al Reglamento de Viajes al Exterior; y, en el Exterior
de los Servidores Públicos de las Instituciones de la Administración Pública
Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (APCID), expedido
con Acuerdo Ministerial No. 998 de 23 de diciembre de 2014, emitió la
autorización extemporánea del viaje del Tnte. Andrés Córdova Martínez, y señor
César Salvador Ludeña, en los parámetros ahí establecidos; y,

En ejercicio de
las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador,

Acuerda:

Art. 1.- Legalizar
la comisión de servicios con remuneración por viaje al exterior, del señor
César Salvador Ludeña, entonces Gerente del Proyecto de Fortalecimiento Institucional
de las Unidades de Control Migratorio, del 04 al 06 de febrero; y, Tnte. Andrés
Córdova Martínez, ex Jefe de Seguridad del Viceministerio de Seguridad Interna,
del 05 al 06 de febrero de 2015, quienes asistieron conjuntamente con delegados
del Ministerio del Interior, a la Reunión Binacional para elaborar y aprobar la
Planificación Operativa Anual Binacional POA 2015, en referencia al Encuentro
Presidencial y III Gabinete Binacional Ecuador- Colombia, así como a los
compromisos establecidos en el Plan de Acción 2015 del Eje de Seguridad y
Defensa, desarrollada en Bogotá Colombia, considerando el tiempo adicional
requerido por razones de logística.

Art. 2.- Los
servidores indicados, deberán presentar el informe ejecutivo concreto y
específico de la comisión de servicios al exterior, al Sistema de Información
para la Gobernabilidad Democrática- SIGOB de la Presidencia de la República.

Art. 3.- Los
gastos que demandó este desplazamiento, serán legalizados del presupuesto del
Ministerio del Interior.

Art. 4.- E1
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de Quito, 18 de julio de 2016.

f.) José
Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.

MINISTERIO DEL
INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que
reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio
al cual me remito en caso necesario.- Quito a, 10 de agosto de 2016.- f.)
Ilegible Secretaría General.

No. 7357

José Ricardo
Serrano Salgado

MINISTRO DEL
INTERIOR

Considerando:

Que, el
artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público, párrafo cuarto, establece:
?Para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias,
pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a
la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos
años, previo dictamen favorable de la unidad de administración del talento
humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio
en la institución donde trabaja…?

Que, el
artículo 208 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público,
determina: ?Cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se
desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de
conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o
fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo
viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo
que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno??;

Que, conforme
al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del
Interior, publicado en el Registro Oficial No. 102 del 17 de diciembre de 2010,
uno de los objetivos de esta Cartera de Estado es afianzar la se