n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Jueves 15 de Noviembre de 2012 – R. O. No. 831

n

n SUMARIO

n

n Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados:

n

n Ejecutivo

n

n Acuerdos

n

n MCPGAD-DAJ-2012-014 Califícanse como emblemáticos los proyectos ?Fortalecimiento del sujeto social y político como eje articulador del buen vivir? y ?Fortalecimiento de la capacidad técnica, administrativa y organizativa de las organizaciones indígenas de la Amazonía y de la Sierra Centro?

n

n MCPGAD-DAJ-2012-016 Expídese el Reglamento de delegación de atribuciones de esta Cartera de Estado

n

n Ministerio de Cultura:

n

n DM-2012-0253 Legalízase la comisión de servicios en el exterior de la Dra. Ivett Celi Piedra, Subsecretaria de Memoria Social

n

n Ministerio de Relaciones Laborales:

n

n MRL 0180 Nómbrase a la abogada Sandra Paola Chávez Villacrés, Juez de Coactiva en la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Ambato

n

n Ministerio del Interior:

n

n Resoluciones

n

n 0009 Asúmese y promúlgase la Política de Seguridad y Salud Ocupacional de esta Cartera de Estado

n

n Ministerio de Transporte y Obras Públicas:

n

n 244 Refórmase la Resolución Ministerial No. 189 de 29 de agosto del 2012

n

n Consejo de Desarrollo del Pueblo Montubio de la Costa Ecuatoriana y Zonas Subtropicales de la Región Litoral:

n

n S.E. 036-2012 Refórmase el Reglamento para la elección de representantes provinciales principales, alternos y Secretario/a Ejecutivo/a del CODEPMOC

n

n Consejo Nacional de Aviación Civil:

n

n CNAC-DP-010/2012 Deléganse atribuciones al señor Iván Gordon Mora, Director de Talento Humano

n

n Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual:

n

n 12-060-P-IEPI Deléganse atribuciones a los siguientes servidores:

n

n Abogada Nathalie Diane Rostan Palacios

n

n 12-061-P-IEPI Abogado Andrés Ortega Lanas

n

n 128-2012-SG-IEPI Abogada Irene Ortega Flor

n

n 130-2012-SG-IEPI Abogada Viviana Hidrobo Sabando

n

n Instituto Nacional de Contratación Pública:

n

n DINCOP 007-2012 Refórmase el Reglamento de Funcionamiento del Directorio del INCOP

n

n INCOP 079-2012 Expídense las normas para la atención de asesoría relacionada a los procedimientos de contratación pública

n

n Superintendencia de Bancos y Seguros:

n

n Transparencia y Control Social

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-954 Apruébase, amplíase y déjase sin efecto la calificación de las siguientes personas naturales y/o jurídicas:

n

n Compañía Prointegra Cía. Ltda.

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-955 Ingeniero agrícola Edgar Marconi Naranjo Rodríguez

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-960 Ingeniera en contabilidad y auditoría CPA Verónica Alexandra Ocaña Guarnizo

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-965 Ingeniero civil José Rafael Rodríguez Rodríguez

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-966 Ingeniero agrónomo Luis Hernán Aimacaña Cando

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-967 Licenciado en arqueología César Iván Veintimilla Bustamante

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-968 Médico veterinario zootecnista Wilter Manuel Velásquez Barreiro

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-969 Arquitecto Raúl Antonio Feraud Morán

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-970 Señor Pablo Oswaldo González Vintimilla

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-971 Ingeniero civil Miguel Ángel Benalcázar Vivanco

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-972 Arquitecto Alberto Fernando Coloma Maldonado

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-973 Arquitecta Ruth Alexandra Zamora Salazar

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-974 Ingeniero civil Oscar Remigio Viteri Puyol

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-975 Ingeniero civil Cecilio Enrique Vélez Ostaiza

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-978 Ingeniero civil Carlos Xavier Avilés Landin

n

n Transparencia y Control Social

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-980 Ingeniero civil José Vicente Aguirre Jaramillo

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-984 Doctor en medicina veterinaria y zootecnia José Miguel Romero Romero

n

n SBS-INJ-DNJ-2012-985 Arquitecto José Mesías Díaz Vásquez

n

n Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas Municipales:

n

n – Cantón Palestina: Reformatoria que regula la determinación, control y recaudación del impuesto de patente municipal

n

n – Cantón Pedro Carbo: General normativa para la determinación, gestión, recaudación e información de las contribuciones especiales de mejoras, por obras ejecutadas

n

n – Cantón Quevedo: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta la determinación, administración, control y recaudación del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía de los mismos

n

n

n

n CONTENIDO

n n n

n No. MCPGAD-DAJ-2012-014

n

n

n

n Soledad Buendía Herdoíza

n

n MINISTRA DE COORDINACION DE LA POLITICA

n

n Y GOBIERNOS AUTONOMOS

n

n DESCENTRALIZADOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117-A de 15 de febrero de 2007 y publicado en el Registro Oficial No. 33 del 5 de marzo de 2007, se crea, entre otros, el Ministerio de Coordinación de la Política, cuyo objeto es concertar las políticas y acciones que adopten las siguientes instituciones: Ministerio de Gobierno y Policía, Secretaría General de la Administración Pública, Secretaría General Jurídica de la Presidencia de la República, Secretaría General de Comunicación y Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 918 de 20 de febrero de 2008 publicado en el Registro Oficial No. 286 de 3 de marzo del mismo año, se expiden las normas para la organización y funcionamiento de las entidades que conforman la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 980 de 25 de marzo de 2008 y publicado en el Registro Oficial No. 311 del 8 de abril del 2008, se dispone que el Ministerio de Coordinación de la Política funcionará de manera desconcentrada, y para el cumplimiento de sus fines institucionales gozará de autonomía administrativa y financiera;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410 de 30 de junio del 2010 y publicado en el Registro Oficial No. 235 de 14 de julio de 2010, se cambia la denominación del «Ministerio de Coordinación de la Política» por la de «Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.»;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Coordinación de la Política es la institución encargada de coordinar los procesos interinstitucionales del Gobierno para construir el poder político, democrático y vincular a todos los ámbitos de los poderes del Estado, para que, desde la participación directa y territorial de la organización ciudadana, cohesionar para el ejercicio del buen gobierno y el desarrollo desde lo local a lo regional y nacional;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1272 de fecha 22 de agosto de 2012, se nombra como Ministra Coordinadora de la Política a la Magíster María Soledad Buendía Herdoíza;

n

n

n

n Que, la Constitución de la República en su artículo 154 numeral 1, determina que les corresponde «a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requieran su gestión»;

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República prescribe que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n

n

n Que, en el Plan Nacional del Buen Vivir en el objetivo N°10, señala: ?Garantizar el acceso a la participación pública y política?, de igual forma en el objetivo N° 12, se establece: ?Construir un Estado democrático para el Buen Vivir?.

n

n

n

n Que, la Disposición General Octava del Decreto Ejecutivo No. 195 de 29 de diciembre de 2009, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 111 de 19 de enero de 2010, establece: ?Los ministerios de coordinación, sectoriales y secretarías nacionales, identificarán sus proyectos emblemáticos, luego de lo cual podrán designar el cargo de Gerente de Proyecto, bajo la modalidad de contrato de servicios ocasionales, para atender las necesidades de continuidad, seguimiento, operatividad y ejecución de dichos proyectos, con atribuciones y responsabilidades específicas, para lo cual el Ministerio de Relaciones Laborales emitirá la resolución correspondiente, siempre que se cuente con el informe presupuestario del Ministerio de Finanzas.?;

n

n

n

n Que, el Acuerdo Ministerial No. 56 suscrito por el Ministro de Relaciones Laborales, el 25 de marzo del 2010, publicado en el Registro Oficial No. 172 de 15 de abril de 2010, reglamenta las contrataciones para gerentes de proyectos;

n

n

n

n Que, el artículo 2 del Acuerdo Ministerial No. 56 antes citado señala: «Los proyectos emblemáticos deben ser representativos y considerados productos estrella de las instituciones establecidas en el artículo 1 de la presente resolución. Además, deberán estar considerados en el Plan Nacional de Desarrollo-PND, Plan Plurianual Institucional-PPI, Plan Operativo Anual-POA, y/o calificados como tales por el Presidente de la República a través del Sistema de Información para la Gobernabilidad Democrática-SIGOB»;

n

n

n

n Que, mediante Oficio N° SENPLADES-SGPBV-2012- 0671-OF de 13 de julio de 2012, la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo prioriza el proyecto: ?Fortalecimiento del Sujeto Social y Político como Eje Articulador del Buen Vivir?

n

n

n

n Que, mediante Oficio N° SENPLADES- SENPLADESSGPBV- 2012- 0667-OF del 13 de julio de 2012, la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo prioriza el proyecto: ?Fortalecimiento de la capacidad técnica, administrativa y organizativa de las organizaciones indígenas de la Amazonía y de la Sierra Centro?.

n

n

n

n Que mediante Memorando N° MCPGAD-CGPSE-2012- 016, de 23 de agosto de 2012, dirigido a la Ministra, la Coordinadora General de Planificación, Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados indica: ?Los proyectos mencionados cuentan con el presupuesto aprobado y el informe de prioridad de SENPLADES. Además constan en los instrumentos de planificación de esta Cartera de Estado, es decir en el Plan Plurianual de la Política Pública (PPPP), la Programación Indicativa Anual (PIA) y el Plan Operativo Anual y se enmarcan dentro del ?Plan Nacional de Desarrollo para el Buen Vivir 2009-2013? concretamente con el Objetivo PNBV 10: Garantizar el acceso a la participación pública y política?. Por lo expuesto, se recomienda que los proyectos sean calificados como emblemáticos para este Ministerio.?;

n

n

n

n Que la Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados autoriza se proceda conforme a la recomendación efectuada por la Coordinadora de General de Planificación, Seguimiento y Evaluación;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 1, 9, 13, 16 y 18 del literal b) del artículo 9 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Calificar como emblemáticos a los proyectos:

n

n

n

n ?Fortalecimiento del Sujeto Social y Político como Eje Articulador del Buen Vivir?; y,

n

n

n

n ?Fortalecimiento de la capacidad técnica, administrativa y organizativa de las organizaciones indígenas de la Amazonía y de la Sierra Centro?.

n

n

n

n Art. 2.- Disponer a la Coordinación Administrativa Financiera del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, efectúen todos los trámites correspondientes para la posesión de los Gerentes de los Proyectos enunciados en el Artículo precedente, a través del acto administrativo correspondiente, quienes serán administrativa, civil y penalmente responsables de los actos y hechos inherentes a sus cargos.

n

n

n

n Art. 3.- Disponer a la Coordinación de Planificación y Seguimiento del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, verificar el cumplimiento del presente acuerdo; así como velar que todas las contrataciones administrativas de los proyectos calificados como emblemáticos en el Art. 1 del presente acuerdo, estén debidamente planificadas.

n

n

n

n DISPOSICION FINAL

n

n

n

n PRIMERA.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, Distrito. Metropolitano, a los 23 días del mes de agosto del 2012.

n

n

n

n f.) Ing. María Soledad Buendía Herdoíza, Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n No. MCPGAD-DAJ-2012-016

n

n

n

n María Soledad Buendía Herdoíza

n

n MINISTRA COORDINADORA DE LA POLÍTICA Y GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 117-A, de 15 de febrero de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 33, del 5 de marzo de 2007 se crea, entre otros, el Ministerio de Coordinación de la Política, cuyo objeto es concertar las políticas y acciones que adopten las siguientes instituciones: Ministerio de Gobierno y Policía, Secretaría General de la Administración Pública, Secretaría General Jurídica de la Presidencia de la República, Secretaría General de Comunicación y Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo;

n

n

n

n Que, el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 437, de 22 de junio de 2007, publicado en el Registro Oficial No.120 de 5 de julio de 2007, señala: ?Será facultad expresa de los ministros de Estado la organización de cada uno de sus ministerios, en forma especial, la creación o supresión de subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de decreto ejecutivo alguno.?;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 918, de 20 de febrero del 2008 publicado en el Registro Oficial No. 286, de 3 de marzo del mismo año, se expiden las normas para la organización y funcionamiento de las entidades que conforman la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 980, de 25 de marzo del 2008 y publicado en el Registro Oficial No. 311, del 8 de abril del 2008, se dispone que el Ministerio de Coordinación de la Política funcionará de manera desconcentrada, y para el cumplimiento de sus fines institucionales gozará de autonomía administrativa y financiera;

n

n

n

n Que, en Acuerdo Ministerial No. 001, de 14 de agosto del 2008 publicado en el Registro Oficial No. 427, de 17 de septiembre de 2008, se expide el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por procesos del Ministerio de Coordinación de la Política;

n

n

n

n Que, en Decreto Ejecutivo No. 195, de 29 de diciembre de 2009 se emiten los lineamientos estructurales para organizar las unidades administrativas que integran los niveles de dirección, asesoría, apoyo y operativo de los ministerios de coordinación y sectoriales, secretarías e institutos nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Que, mediante Acuerdo Ministerial 001, de 22 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 54, de 20 de julio del 2012, la Ministra Coordinadora de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados Acuerda Expedir la Reforma integral al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de la Política;

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 410, de 30 de junio de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 235, de 14 de julio de 2010, se cambia la denominación del «Ministerio de Coordinación de la Política» por la de «Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados»;

n

n

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1272, de 22 de agosto de 2012, se nombra como Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados a la Magíster María Soledad Buendía Herdoíza;

n
n

n

n

n Que, el artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República dispone que, a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República prescribe que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado establece que cuando «? la conveniencia institucional lo requiera, los máximos personeros de las instituciones del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u oficios que sean necesarios para delegar sus atribuciones.»;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina que «Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto.»;

n

n

n

n Que, el artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta a la máxima autoridad de la entidad contratante delegar la suscripción de contratos a funcionarios o empleados de la entidad u organismos adscritos a ella o bien a funcionarios o empleados de otras entidades del Estado, siempre y cuando se emita la respectiva resolución;

n

n

n

n Que, el artículo 4 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público ordena que, en aplicación de los principios de derecho administrativo, son delegables todas las facultades previstas para la máxima autoridad tanto en la ley como en este reglamento general, aún cuando no conste en dicha normativa la facultad de delegación expresa y que, la resolución que la máxima autoridad emita para el efecto, determinará el contenido y alcance de la delegación; y,

n

n

n

n Que, los artículos 9 y 11 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y 16 de su Reglamento, disponen que el control interno constituye un proceso aplicado por la máxima autoridad, y que las entidades establecerán la distinción entre ordenadores de gasto y ordenadores de pago;

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 1, 9, 13, 16 y 18 del literal b) del artículo 9 del Estatuto de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n EXPEDIR EL REGLAMENTO DE DELEGACIÓN

n

n DE ATRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LA POLÍTICA Y

n

n GOBIERNOS AUTONOMOS

n

n DESCENTRALIZADOS

n

n

n

n Artículo 1.- Delegar al/la Secretario/a Técnico/a del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados (MCPGAD), las siguientes atribuciones:

n

n

n

n Expedir actos administrativos, actos de simple administración, hechos administrativos y todo tipo de instrumentos que se requieran para la gestión institucional;

n

n

n

n Autorizar y suscribir, previo el cumplimiento de los requisitos legales correspondientes, toda clase de actos y contratos, especialmente convenios interinstitucionales de cooperación con organizaciones sociales y personas naturales o jurídicas de derecho privado sin fines de lucro y con finalidad social, nacionales o extranjeras. Al efecto, el/la Secretario/a Técnico/a requerirá, conocerá y aprobará informes técnicos y certificaciones presupuestarias; suscribirá aceptaciones de garantías, enmiendas, adendas y en general dispondrá y autorizará todos los actos administrativos y jurídicos necesarios para la suscripción, ejecución o reforma de dichos convenios, incluidas las correspondientes órdenes de gasto, cuando fuere el caso;

n

n

n

n Coordinar y supervisar la gestión de los procesos internos, tanto administrativos y financieros, como técnicos del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados;

n

n

n

n Aprobar, previo análisis de cada caso, planes, programas y proyectos presentados por las diferentes unidades administrativas internas o por terceros sean personas públicas o privadas;

n

n

n

n Conocer, autorizar y/o aceptar los ingresos de personal, restituciones o reintegros, ascensos, traslados, traspasos, cambios administrativos, intercambios voluntarios, licencias y comisiones de servicio, con o sin remuneración; incrementos de remuneraciones; subrogaciones o encargos; cesación de funciones; destituciones; vacaciones; revisiones a la clasificación de puestos; renuncias de los funcionarios de la escala del nivel jerárquico superior; y, demás actos relativos a la administración del talento humano y remuneraciones del MCPGAD , conforme la Ley Orgánica de Servicio Público, su Reglamento y demás normativa conexa;

n

n

n

n Autorizar y suscribir los actos administrativos necesarios para expedir nombramientos, acciones de personal y contrataciones del personal correspondiente a la escala del nivel jerárquico superior, conforme la Ley Orgánica de Servicio Público y su Reglamento;

n

n

n

n Planificar, priorizar, proponer y dictar las políticas institucionales, en materia de contratación pública;

n

n

n

n Autorizar el gasto y llevar adelante los procedimientos de contratación para la adquisición de bienes, la ejecución de obras y la prestación de servicios, incluidos los de consultoría; aprobar el Plan Anual de Contrataciones elaborado por la Coordinación Administrativa Financiera, así como sus reformas, resolver sobre la aprobación de pliegos, la adjudicación y suscripción de contratos, así como actos de simple administración, actos administrativos y actos jurídicos; y en general, ejercer todas las atribuciones asignadas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General, a los ministros de Estado, para el cumplimiento de la gestión administrativa institucional;

n

n

n

n Avocar conocimiento, suscribir documentos oficiales y requerir información documentada a los organismos, entidades y dependencias de las Funciones del Estado;

n

n

n

n Ejercer todas y cada una de las facultades y responsabilidades de la máxima autoridad del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, en materias administrativa, técnica, financiera y contractual, determinadas en la normativa general aplicable y especialmente en la normativa interna, contenida en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; el Instructivo para Solicitud y Liquidación de Pasajes Aéreos; el Reglamento para el Pago de Horas Suplementarias y/o Extraordinarias para Servidoras y Servidores; las Políticas Institucionales de Administración del Personal; El Reglamento Interno para el Uso y Control del Parque Automotor; el Reglamento de Transferencias de Recursos a Personas Naturales o Jurídicas de Derecho Privado sin Fines de Lucro con Finalidad Social; así como, en la normativa interna que, para tales propósitos, se expida a futuro; y,

n

n

n

n Las demás que el/la Ministro/a disponga expresamente.

n

n

n

n Artículo 2.- Delegar al/la Coordinador/a General Administrativo/a y Financiero/a, las siguientes atribuciones:

n

n

n

n Dirigir la gestión de Talento Humano del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, para lo cual suscribirá contratos, nombramientos, traslados, remociones de personal y terminaciones de contratos por servicios ocasionales; excepto del personal de la escala correspondiente al nivel jerárquico superior;

n

n

n

n Ejercer las atribuciones de empleador en los procedimientos de visto bueno, de conformidad al Código del Trabajo y demás normativa conexa;

n

n

n

n Conocer y resolver acerca de los pedidos de reconsideración y/o recalificación en los procesos de evaluación de desempeño, de acuerdo a la normativa vigente;

n

n

n

n Aceptar las renuncias del personal, excepto para los casos de coordinadores, directores, gerentes emblemáticos, asesores institucionales y la suya misma, previo conocimiento del correspondiente jefe inmediato;

n

n

n

n Previa autorización del Secretario Técnico, y por necesidad institucional, disponer al personal se labore en horas suplementarias y/o extraordinarias, siempre que exista disponibilidad presupuestaria;

n

n

n

n Disponer el inicio y llevar a cabo la sustanciación e imposición de sanciones y sumarios administrativos de conformidad con la ley y demás normativa conexa;

n

n

n

n Suscribir las acciones de personal referentes a ingresos, restituciones o reintegro, ascensos, traslados, traspasos, cambios administrativos, intercambios voluntarios, licencias y comisiones con o sin remuneración; subrogaciones o encargos; cesaciones de funciones; destituciones; vacaciones; revisiones a la clasificación de puestos; y, demás actos relativos a la administración del talento humano y remuneraciones del MCPGAD, de conformidad con la ley;

n

n

n

n Aprobar el Plan Anual de Capacitación de las servidoras y servidores públicos del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, en aplicación a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;

n

n

n

n Aprobar y autorizar el pago horas de horas suplementarias o extraordinarias, de viáticos, subsistencias y/o alimentación del personal;

n

n

n

n Aprobar y autorizar los pagos de la nómina, liquidaciones y otros relacionados con las remuneraciones del personal;

n

n

n

n Supervisar la administración, ejecución y liquidación presupuestaria del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados de acuerdo con la misión institucional; suscribir resoluciones de modificaciones presupuestarias; y, aprobar las reformas presupuestarias que fueran necesarias para este fin.

n

n

n

n Elaborar y publicar, previa autorización del Secretario Técnico, el Plan Anual de Contrataciones (PAC), el mismo que contendrá el detalle de las obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se contratará durante el año de su ejecución, en función de las metas institucionales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;

n

n

n

n Dirigir y tramitar todos los procedimientos precontractuales establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, para la adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, una vez que se cuente con la autorización del Secretario Técnico del Ministerio;

n

n

n

n Ordenar los pagos del Ministerio necesarios para el cumplimiento de los objetivos institucionales;

n

n

n

n Autorizar el gasto, de conformidad con la normativa vigente hasta por un valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,0000002 del Presupuesto General del Estado, del correspondiente ejercicio económico, en los procesos de adquisición y contratación, necesarios para el cumplimiento de la gestión administrativa institucional; y,

n

n

n

n Las demás que el/la Ministro/a disponga expresamente.

n

n

n

n DISPOSICIONES GENERALES:

n

n

n

n PRIMERA.- A más de las atribuciones que se delegan a través de este acuerdo, los servidores públicos del Ministerio de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados observarán los acuerdos y resoluciones expedidos por esta Cartera de Estado referentes a desconcentración de funciones, siempre y cuando no se opongan a las atribuciones delegadas mediante este instrumento legal.

n

n

n

n SEGUNDA.- El Secretario/a Técnico/a y el/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/ remitirán al Despacho Ministerial y a la ?Coordinación de Planificación, Seguimiento y Evaluación de la Gestión Institucional y Entidades Coordinada?, un informe mensual que contenga el detalle de las acciones, actos y contratos otorgados con fundamento en esta delegación, el cual incluirá copia de los documentos suscritos.

n

n

n

n TERCERA.- Las funciones y atribuciones delegadas mediante este acuerdo, no podrán ser nuevamente delegadas; sin embargo, aquellas atribuciones y responsabilidades directamente asignadas a los órganos administrativos y servidores del Ministerio, podrán ser delegadas de conformidad a la ley, mediante oficio, desde niveles orgánicos superiores a los niveles inferiores, bajo responsabilidad del delegado. Toda delegación será adecuadamente difundida.

n

n

n

n CUARTA.- El/la Ministro/a de Coordinación Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados, podrá en cualquier momento, realizar la avocación de la atribución, sin necesidad de la suscripción de un documento alguno, particular que será puesto en conocimiento del funcionario delegado.

n

n

n

n QUINTA.- Sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal por infracciones al ordenamiento jurídico, el/la funcionario/a delegado/a responderá de sus actuaciones ante la autoridad delegante.

n

n

n

n DISPOSICION DEROGATORIA

n

n

n

n PRIMERA.- Deróguese la Resolución No. MCPGADDAJ- 2011-001, de 6 de enero de 2012 y toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a esta resolución.

n

n

n

n DISPOSICION FINAL

n

n

n

n PRIMERA.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dada en el Distrito Metropolitano de Quito, a los quince días del mes de octubre de dos mil doce.

n

n

n

n f.) María Soledad Buendía Herdoíza, Ministra de Coordinación de la Política y Gobiernos Autónomos Descentralizados.

n

n

n

n Nro. DM-2012-0253

n

n

n

n Wilson Mayorga Benalcázar

n

n MINISTRO DE CULTURA SUBROGANTE

n

n Considerando:

n

n

n

n Que el Art. 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador establece: ?Art. 154.- A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

n

n

n

n Que el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público;

n

n

n

n Que el artículo 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público regula las comisiones de servicios con remuneración;

n

n

n

n Que los artículos 45, 46 y 50 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, regulan la comisión de servicios en el exterior señalando que el aporte técnico y/o profesional de un servidor (a) de carrera en beneficio de otra institución del Estado, diferente a la cual presta sus servicios, se sustenta con los documentos habilitantes que respalden su concesión;

n

n

n

n Que mediante Oficio s/n de 02 de octubre de 2012, el Presidente del Programa IBERMUSEOS, invita a la Dra. Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social a participar en el ?6° Encuentro Iberoamericano de Museos? el tema convocante será ?Museos: ¿territorio de conflictos? Miradas Contemporáneas a 40 años de la Mesa Redonda de Santiago de Chile? que se realizará en la ciudad de Montevideo (Uruguay) los días 22, 23 y 24 de octubre de 2012, durante los días 26 y 27 tendrá lugar la Reunión del Comité Intergubernamental del Programa Ibermuseos, en el documento en mención se encuentra inserta la firma de la señora Ministra de Cultura autorizando la participación de la funcionaria. La organización correrá con los gastos de su viaje y estancia.

n

n

n

n Que mediante Memorando No. MC-DM-12-0360 de 18 de octubre de 2012, la señora Ministra de Cultura dispone a la Coordinación General Administrativa Financiera realizar los trámites pertinentes para la Declaratoria de la Comisión de Servicios en el Exterior de la señora Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social, del 22 al 27 de octubre de 2012. Cabe indicar la organización correrá con los gastos de su viaje y estancia.

n

n

n

n Que mediante Dictamen No. 510 MC-DGTH-2012 de 19 de octubre de 2012, la Unidad de Administración de Talento Humano emite dictamen favorable para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 22 al 27 de octubre del 2012, a favor de la Dra. Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social para que participe en el ?6° Encuentro Iberoamericano de Museos? el tema convocante será ?Museos: ¿territorio de conflictos? Miradas Contemporáneas a 40 años de la Mesa Redonda de Santiago de Chile? que se realizará en la ciudad de Montevideo (Uruguay) los días 22, 23 y 24 de octubre de 2012, durante los días 26 y 27 tendrá lugar la Reunión del Comité Intergubernamental del Programa Ibermuseos.

n

n

n

n Que el 19 de octubre de 2012, el Subsecretario Nacional de la Administración Pública, autorizó la Solicitud de Viaje al Exterior No. 21967, a favor a favor de la Dra. Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social para que participe en el ?6° Encuentro Iberoamericano de Museos? que se realizará en la ciudad de Montevideo (Uruguay). La organización anfitriona: Programa IBERMUSEOS cubrirá los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados internos.

n

n

n

n Que mediante Memorando No. MC-UATH-12-1627 de 24 de octubre de 2012, la Unidad de Gestión de Talento Humano, solicitó a la Coordinación General Jurídica elaborar el correspondiente Acuerdo Ministerial para la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior del 22 al 27 de octubre de 2012, a favor de la Dra. Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social quien participó en el ?6° Encuentro Iberoamericano de Museos? que se realizó en la ciudad de Montevideo (Uruguay), de acuerdo con la disposición de la señora Ministra de Cultura emitida mediante memorando MCDM- 12-0360 de 18 de octubre de 2012, la norma establecida en el artículo 30, inciso cuarto de la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP en concordancia con los artículos 45 inciso primero, 46 y 50 del Reglamento General de aplicación;

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Legalizar la declaratoria en comisión de servicios con remuneración en el exterior a favor de la Dra. Ivett Celi Piedra Subsecretaria de Memoria Social quien participó en el ?6° Encuentro Iberoamericano de Museos? que se realizó en la ciudad de Montevideo (Uruguay).

n

n

n

n Art. 2.- De la ejecución de este Acuerdo, encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera.

n

n

n

n Art. 3.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, 26 de octubre de 2012

n

n

n

n f.) Wilson Mayorga Benalcázar, Ministro de Cultura Subrogante.

n

n

n

n MRL No. 0180

n

n

n

n Francisco Vacas Dávila

n

n MINISTRO DE RELACIONES LABORALES

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1151-2012, de fecha 23 de abril de 2012, el Presidente Constitucional de la República nombró al Dr. Francisco Vacas Dávila, como Ministro de Relaciones Laborales;

n

n

n

n Que, el artículo 630 del Código de Trabajo en su inciso segundo concede al Ministerio de Trabajo y Empleo, hoy Ministerio de Relaciones Laborales, la jurisdicción coactiva, que la ejercerá para la recaudación de multas que impongan los Directores Regionales de Trabajo y los Inspectores de Trabajo de todo el país;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del Reglamento para el Ejercicio de la Jurisdicción Coactiva por parte del Ministerio de Relaciones Laborales, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 00071 de fecha 13 de abril del 2010, determina que el Ministerio de Relaciones Laborales ejerce la jurisdicción coactiva a nivel nacional, quien delega esta facultad al correspondiente Juez de Coactivas;

n

n

n

n Que, con informe Interno No. 585-MRL- D.A.T.H- 2012, de 16 de octubre, la Dirección de Administración del Talento Humano, establece que la Abogada Sandra Paola Chávez Villacrés, cumple con los requisitos para el cargo de Juez de Coactivas;

n

n

n

n Que, al haberse creado la vacante en la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Ambato para el cargo de Juez de Coactivas, esta Cartera de Estado procedió al respectivo concurso de méritos y oposición para cubrir con un profesional que se encargue de ejercer la jurisdicción coactiva, y demás funciones que amerite su cargo;

n

n

n

n En uso de las atribuciones que le confieren los artículos: 154, numeral 1 de la Constitución de la República; 539, inciso primero del Código de Trabajo y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Nombrar a la Abogada Sandra Paola Chávez Villacrés, servidor público 7 para que ejerza las funciones de Juez de Coactiva en la Dirección Regional de Trabajo y Servicio Público de Ambato, por haber ganado el concurso de méritos y oposición según el Acta de Declaración de Ganador del Concurso de Méritos y Oposición de fecha 28 de septiembre de 2012.

n

n

n

n Art. 2.- El Juez de Coactivas en calidad de funcionario, responderá personalmente por los actos realizados en ejercicio de sus funciones delegadas y observará para este efecto las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

n

n

n

n Artículo final.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Desígnese a la Secretaría General para el registro del presente Acuerdo.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.-

n

n

n

n Dado en Quito, a los 29 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) Dr. Francisco Vacas Dávila, Ministro de Relaciones Laborales.

n

n

n

n No. 0009

n

n

n

n María Cristina Lemarie Acosta

n

n DELEGADA DEL MINISTRO DEL INTERIOR

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 141, inciso segundo manifiesta que la Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas;

n

n

n

n Que, el numeral 5 del artículo 326, de la Constitución de la República del Ecuador expresa: Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar;

n

n

n

n Que, la Decisión 584 de la CAN, contiene el ?Instrumento de Seguridad y Salud en el Trabajo? y su Reglamento expedido mediante Resolución 957, establecen los lineamientos generales para los países que integran la Comunidad Andina; la política de prevención de riesgos del trabajo, seguridad y salud en los centros de trabajo, obligaciones de los trabajadores y las sanciones por incumplimiento;

n

n

n

n Que, la Ley Orgánica del Servicio Público en su artículo 23, literal l) establece, desarrollar sus labores en un entorno adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar;

n

n

n

n Que, el Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público en su artículo 120, expresa que la gestión de las Unidades de Administración del Talento Humano estructurarán su gestión mediante la conformación de procesos y estarán integradas básicamente por: literal d) Salud ocupacional;

n

n

n

n Que, el artículo 38 del Código de Trabajo establece: Los riesgos provenientes del trabajo son de cargo del empleador y cuando, a consecuencia de ellos, el trabajador sufre daño personal, estará en la obligación de indemnizarle de acuerdo con las disposiciones de este Código, siempre que tal beneficio no le sea concedido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;

n

n

n

n Que, el citado Código en el artículo 410 señala que ?Los empleadores están obligados a asegurar a sus trabajadores condiciones de trabajo que no presenten peligro para su salud o vida…?;

n

n

n

n Que, el artículo 432 del mismo Cuerpo Legal establece que: ?En las empresas sujetas al régimen del seguro del riesgos del trabajo, además de las reglas sobre prevención de riesgos establecidos en este capítulo, deberán observarse también las disposiciones o normas que dictare el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?.

n

n

n

n Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632, de 17 de enero del 2011, el señor Presidente Constitucional de la República Decreta la reorganización de la Policía Nacional y dispone que la representación legal, judicial y extrajudicial de la Policía Nacional sea asumida por el Ministerio del Interior, quien podrá delegar dichas atribuciones de conformidad con la Ley;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 233001700-0048-SPRT, de fecha 06 de enero del 2012, suscrito por la ingeniera María Gracia Calisto Ramírez, Subdirectora Provincial de Riesgos de Trabajo -Pichincha (E), presenta el informe técnico remitiendo la verificación de cumplimiento legal documental en materia de seguridad y salud ocupacional;

n

n

n

n Que, mediante oficio No. 07730-DATH-2012, de fecha 31 de mayo de 2012, el señor Ministro del Interior dispone la conformación del equipo multidisciplinario con técnicos de la Policía Nacional, para la conformación de la Unidad de Riesgos Laborales y Salud Ocupacional en el Ministerio del Interior;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. 001-USSO-2012, de fecha 29 de junio de 2012, la Directora de Talento Humano remite a la ingeniera María Cristina Lemarie, Delegada del Ministro del Interior, el informe de actividades del equipo técnico de seguridad y salud ocupacional del Ministerio del Interior, Política Institucional de Seguridad y Salud Ocupacional, cronograma de actividades del periodo juniodiciembre de 2012 y matriz inicial de evaluación de riesgos laborales y procedimiento;

n

n

n

n En ejercicio de sus atribuciones que le confiere el Acuerdo Ministerial No. 2629, de fecha 17 de mayo de 2012; en calidad de Delegada,

n

n

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Asumir y Promulgar, la siguiente POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

n

n

n

n I.- OBJETIVO GENERAL

n

n

n

n Diseñar, coordinar y ejecutar la política de Seguridad y Salud Ocupacional, con el objeto de convocar a todos los servidores públicos civiles y policiales para que de manera permanente, a través de la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional se disponga de condiciones seguras de trabajo para mejorar las condiciones de trabajo y salud, como garantía de un derecho constitucional y un aporte al progreso.

n

n

n

n OBJETIVOS ESPECÍFICOS

n

n

n

n Definir programas y acciones que a través de la aplicación de normas técnicas generales y específicas, instituyan la promoción, protección de la salud y prevención de riesgos laborales de los servidores públicos civiles, policiales y trabajadores.

n

n

n

n Diseñar, coordinar y ejecutar planes específicos de prevención de riesgos laborales que beneficien a los servidores públicos civiles, policiales y trabajadores.

n

n

n

n Procurar el fortalecimiento de los recursos técnicos, financieros y capital humano, para el funcionamiento y sostenibilidad del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio del Interior.

n

n

n

n II.- ALCANCE

n

n

n

n La Política de Seguridad y Salud Ocupacional es de aplicación transversal y obligatoria en todos los procesos, actividades, productos y servicios del Ministerio del Interior.

n

n

n

n III.- REFERENCIAS

n

n

n

n Constitución de la República del Ecuador.

n

n

n

n Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones.

n

n

n

n Directrices relativas a los Sistemas de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo.

n

n

n

n Código del Trabajo.

n

n

n

n Ley Orgánica de Servicio Público y su reglamento de aplicación.

n

n

n

n Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo (Decreto Ejecutivo 2393).

n

n

n

n Acuerdo Ministerial 213, Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud del Ministerio de Relaciones Laborales.

n

n

n

n Sistema de Auditorias de Riesgos del Trabajo ?SART? Resolución del IESS N. C.D. 333.

n

n

n

n Normativa para el proceso de investigación de accidentes – incidentes del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Resolución del IESS N. CI 118

n

n

n

n Art. 2.- Implementar el sistema de Seguridad y Salud Ocupacional del Ministerio del Interior, suministrando los recursos humanos, económicos y técnicos necesarios para el control, mejoramiento continuo y sostenibilidad del mismo.

n

n

n

n Art. 3.- Diseñar, elaborar y ejecutar programas educativos de seguridad y salud, así como también campañas preventivas alineadas a la reducción de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales, así como los que pueden generar pérdidas materiales, económicas y hasta sociales con el propósito de contribuir a la creación de una cultura de prevención.

n

n

n

n Art. 4.- Dar cumplimiento a las normas legales vigentes en el País y en los Convenios Internacionales en materia de Seguridad y Salud Ocupacional.

n

n

n

n Art. 5.- Llevar los registros documentales de implementación, desarrollo y mejora del sistema de gestión de Seguridad y Salud de Trabajo, manteniendo la documentación disponible para los organismos técnicos de control tanto internos como externos.

n

n

n

n Art. 6.- Velar por la actualización periódica y sistematizada de la política.

n

n

n

n Art. 7.- Las demás que fueran necesarias para su cumplimiento, de conformidad con la ley.

n

n

n

n Art. 8.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Póngase en conocimiento del Ministerio de Relaciones Laborales y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

n

n

n

n Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 10 de octubre del 2012.

n

n

n

n f.) María Cristina Lemarie Acosta, Delegada del Ministro del Interior.

n

n

n

n MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito, 29 de octubre del 2012.- f.) Ilegible, Secretaría General.

n

n

n

n No. 244

n

n

n

n Arq. María de los Ángeles Duarte Pesantes

n

n MINISTRA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, mediante Resolución Ministerial No. 189 de 29 de agosto de 2012, se procedió a declarar de utilidad pública con fines de expropiación a favor del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, los inmuebles en los cuales se construyo e implemento el campamento de la Compañía Guangxi Road & Bridge Engineering Corporation;

n

n

n

n Que, la mencionada Resolución Ministerial y demás documentos habilitantes que conformaron parte del proceso de declaración de utilidad pública el predio antes referido, fue ingresada al Registro de la Propiedad del cantón Durán para la inscripción correspondiente;

n

n

n

n Que, el señor Registrador de la Propiedad del cantón Durán, mediante Orden No. 9921 de 6 de septiembre de 2012, recomienda al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, corrija los linderos de los lotes No. 13, 16 y 18 de la Manzana B-4; y, lote No. 6 de la Manzana B-10, predios ubicados en la Lotización ?Peñón del Río? y que son parte integrante del inmueble en donde funcionaba el campamento relacionado anteriormente; y,

n

n

n

n En uso de la atribuciones que le confiere el Art. 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva;

n

n

n

n Resuelve:

n

n

n

n Art. 1.- Reformar la Resolución Ministerial No. 189 de 29 de agosto de 2012, y rectificar los linderos de los lotes números 13, 16 y 18 de la Manzana B-4; y, lote número 6 de la Manzana B-10, de la Lotización ?Peñón del Río?, del cantón Durán, provincia del Guayas, con el detalle que a continuación se indica:

n

n

n

n MANZANA B-4

n

n

n

n Lote de terreno signado con el No. 13, manzana B-4, ubicado en la Urbanización Peñón del Río del cantón Durán.

n

n

n

n Con los siguientes linderos y medidas:

n

n

n

n Norte: lote 12, con 110,40 metros

n

n

n

n Sur: lote 14, con 109,00 metros

n

n

n

n Este: Calle, con 25,00 metros

n

n

n

n Oeste: Ribera del Río, con 25,50 metros.

n

n

n

n Área total: 2.772,20 metros cuadrados.

n

n

n

n Lote de terreno signado con el No. 16, manzana B-4, ubicado en la Urb