Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 17 de Septiembre de
2013 – R. O. No. 82

SUMARIO

Presidencia de la República:

Ejecutivo:

Decretos

85 Dase de baja de la Institución Policial a los señores
coroneles de Policía E.M. Héctor Aníbal Mejía Araque y Mario Gonzalo Acosta
Játiva

86 Colócase en situación jurídica de disponibilidad al señor
CPNV-EM Olmedo Rafael Cabello Peñafiel

87 Asciéndese al grado de General de Distrito a varios
coroneles de Policía E.M.

88 Dase de baja de las Fuerzas Armadas al señor CPNV-EMC
Fabián Vinicio Marcial Toro

89 Asciéndese al grado de General de Brigada al señor CRNL.
EMC Javier David Pérez Rodríguez

90 Colócase en situación jurídica de disponibilidad al señor
CPNV-CSM Carlos René Solís Balarezo

91 Colócase en situación jurídica de disponibilidad al señor
CPNV-EM Mario José Edizon Salazar Robayo

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Acuerdos

SNAP-002-2013 Desígnase a el/la Subsecretario(a) de
Prevención y Transparencia, administrador del contrato de prestación de
servicios de consultoría, suscrito con la Empresa HEXAGÓN CONSULTORES CÍA.
LTDA.

114 Deléganse atribuciones al Coordinador/a General de
Asesoría Jurídica

Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca:

374 Dispónese que el Proyecto ?Agroseguro para pequeños y
medianos productores y pescadores artesanales del Ecuador?, dependa de la
Planta Central

377 Deléganse disposiciones al Ing. Jhon Chemel Paladines
Galarza

Acuerdo Interministerial:

Ministerios de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;
y, de Industrias y

Productividad:

385 Distribúyese entre los diferentes ingenios del país, la
cuota para la exportación de 11.312 toneladas métricas de azúcar cruda, valor
bruto, otorgadas por el Departamento de
Agricultura de los Estados Unidos de América

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

De clasificación arancelaria de los siguientes productos:

Consultas

SENAE-DNR-2013-0424-OF ?Saborizante Fresa 3FR4963-00?

SENAE-DNR-2013-0426-OF?Saborizante Leche PL216846?

SENAE-DNR-2013-0446-OF ?Geomanta sintética modelo PP5-Xtreme?

Ministerio Coordinador de Desarrollo Social:

Resoluciones

MCDS-EPS-004-2013 Expídese la Regulación de asambleas
generales y elecciones de representantes y vocales de los consejos de
administración y vigilancia de las cooperativas de la economía popular y
solidaria

Servicio
de Rentas Internas:

Otórgase
la acreditación a las siguientes organizaciones e instituciones, para que
impartan capacitación a las cooperativas que se encuentran bajo el control de
la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

073-IEPS-2013 Fundación Educativa Monseñor Cándido Rada,
?FUNDER?

074-IEPS-2013 Corporación de Estudios y Desarrollo
Cooperativo ?CODECOOP?

Gobiernos Autónomos Descentralizados Ordenanza Municipal:

Ordenanza


Cantón Quevedo: Que reforma a la Ordenanza que
norma el uso, conservación y ocupación de espacios y vía pública

CONTENIDO


Nº 85

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
Resolución No. 2913-413-CsG-PN, de julio 08 del 2013, el Consejo de Generales
de la Policía Nacional, resuelve solicitar al señor Ministro del Interior alcance
del señor Presidente Constitucional de República el correspondiente Decreto
Ejecutivo, con el cual sean dados de baja de las filas policiales con fecha 15
de julio del 2013, los señores: Coronel de Policía de E.M. MEJIA ARAQUE HECTOR
ANIBAL y Corone1 de Policía de E.M. ACOSTA JATIVA MARIO GONZALO, por cumplir el
tiempo de situación transitoria en las que han sido colocados con fecha 15 de
enero del 2013, mediante Acuerdos Ministeriales Nos. 1456 y 1455 expedidos el
15 de enero del 2013;

Que, la
Constitución de la República, establece ?Art. 160.- […] Los miembros de las
Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional solo podrán ser privados de sus
grados, pensiones, condecoraciones y reconocimientos por las causa establecidas
en dichas leyes y no podrán hacer uso de prerrogativas derivadas de sus grados
sobre los derechos de las personas.?

Que, la Ley de
Personal de la Policía Nacional, dispone ?Art. 66.- El personal policial será
dado de baja por una de las siguientes causas: d) Por cumplir el tiempo de
situación transitoria establecido en esta ley?;

Que el señor
Ministro del Interior, previa solicitud del señor Comandante General de la
Policía Nacional que consta en Oficio No. 2013-01430-CsG-PN, de 11 de julio del
2013 solicita se expida el correspondiente Decreto Ejecutivo mediante el cual
se procede a dar de baja de las filas policiales a los señores Coronel de
Policía de E.M. MEJIA ARAQUE HECTOR ANIBAL y Coronel de Policía de E.M. ACOSTA
JATIVA MARIO GONZALO;

Que, el Art.
65 reformado mediante Ley Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía
Nacional, publicada en el Registro Oficial No. 607-S, de junio 08 del
2009
, dispone que la baja de los Oficiales Generales y dentro de los Oficiales
Superiores, la de Coroneles de Policía se declarará mediante Decreto Ejecutivo;

En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la Constitución de
la República,

Decreta:

Art. 1.- DAR
DE BAJA de las filas de la Institución Policial con fecha 15 de julio del 2013,
a los señores Coronel de Policía de E.M. MEJIA ARAQUE HECTOR ANIBAL y Coronel
de Policía de E.M. ACOSTA JATIVA MARIO GONZALO, por cumplir el tiempo de
situación transitoria, de conformidad con lo que establece el Art. 66, literal
d) de la Ley de Personal de la Policía Nacional.

Art. 2.- De la
ejecución de este Decreto que entrará en vigencia en la presente fecha, sin
perjuicio de su Publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro
del Interior.

Dado, en el
Palacio Nacional, Quito D.M, a 21 de agosto de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Quito 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO

Secretaría
Nacional Jurídica.

No. 86

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas
artículo 65 letra a) que señala: ?la situación militar se establecerá: Para los
Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?;

Que el
artículo 76 letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, señala: ?(…) El militar será puesto en disponibilidad, por una de
las siguientes causas: letra

a) Por
solicitud voluntaria (…)?;

Que el señor CPNV-EM
CABELLO PEÑAFIEL OLMEDO RAFAEL, al amparo del artículo mencionado en el
considerando anterior, mediante oficio N° 13- DIEDMIL-b1-148 del 10 de julio
del 2013, solicita al señor Comandante General de la Fuerza Naval, realice el trámite
de su disponibilidad con fecha 15 de julio del 2013.

Que con oficio
No. CONALM-SEC-2013-032-R-OF del 12 julio del 2013, el Secretario del Consejo
de Oficiales Generales o Almirantes, oficia al Director General de Recursos
Humanos de la Armada del Ecuador, se de cumplimiento a lo prescrito en el
artículo 76, letra a) la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas,
en concordancia con el artículo 5, letra c) del Reglamento del Consejo de
Oficiales Generales o Almirantes.

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° AE-COGMAR-PER-2013-1117-O-OF
de 17 de julio del 2013, envía al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de
Decreto Ejecutivo, mediante el cual se coloca en situación jurídica de
disponibilidad con fecha 15 de julio del 2013, al señor CPNV-EM CABELLO PEÑAFIEL
OLMEDO RAFAEL de la Armada del Ecuador, de conformidad con el artículo 76,
letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud
de la señora Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante
General de Marina.

Decreta:

Art. 1.- Colocar
en situación jurídica de disponibilidad con fecha 15 de julio del 2013, al
señor CPNV-EM CABELLO PEÑAFIEL OLMEDO RAFAEL con C.I. 0907911713 de la Armada
del Ecuador, de conformidad con Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas, artículo 76, letra a) que señala: ?Por solicitud voluntaria
(…)?;

Art. 2.- De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese a la señora Ministra de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 21 de agosto de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. f.) María Fernanda
Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito, 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO

Secretaría
Nacional Jurídica.

No. 87

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que, con
Resolución No. 2013-465-CsG-PN de julio 22 del 2013, el H. Consejo de Generales
de la Policía Nacional, resuelve calificar IDONEOS, para ascender al grado de GENERALES
DE DISTRITO, de conformidad con los artículos 76, 84 y 89 literal c) de la Ley
de Personal de la Policía Nacional, en concordancia con el artículo 37 inciso
cuarto del Reglamento de Evaluación para el ascenso de los Oficiales de la
Policía Nacional, a los señores Coroneles de Policía de E.M. ZARATE BARREIROS
MILTON GUSTAVO, BALAREZO ORTIZ GUILLERMO y MONTALVO DE LA TORRE RÓMULO NAPOLEON
pertenecientes a la Cuadragésima Quinta Promoción de Oficiales de Línea;

Que, el H.
Consejo de Generales de la Policía. Nacional, mediante Resolución No.
2013-513-CsG-PN de fecha 5 de agosto del 2013, resuelve: ?1.- RECONSIDERAR la Resolución
No. 2013-465-CsG-PN, del 22 de julio del 2013 en cuanto a la calificación del
señor Coronel de Policía de E.M. MONTALVO DE LA TORRE ROMULO NAPOLEON y
calificarlo NO IDÓNEO para el ascenso al grado de General de Distrito, de
acuerdo al Art. 84 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional en concordancia
con los Arts. 37 y 40 del Reglamento de Evaluación para el Ascenso de Oficiales
de la Policía Nacional al no haber alcanzado el puntaje mínimo que para General
de Distrito se determina.?

Que, la Ley de
Personal de la Policía Nacional, establece ?Art. 76.- El ascenso constituye un
derecho del personal policial para pasar al grado inmediato superior, previo cumplimiento
de los requisitos establecidos en esta Ley y el Reglamento.?

Que, la Ley
Reformatoria a la Ley de Personal de la Policía Nacional, en su Art. 1,
sustituye el Art. 22, por el siguiente: ?Art. 22.- Los grados Oficiales
Generales y el grado Oficial Superior de Coronel de Policía, se otorgarán por
Decreto Ejecutivo;??;

Que, el señor
Ministro del Interior, previo el pedido del Comandante General de la Policía
Nacional, que consta en Oficio No. 2013-01525-CsG-PN del 2013, solicita se expida
el correspondiente Decreto Ejecutivo, conforme lo resuelto por el H. Consejo de
Generales de la Policía Nacional;

En ejercicio
de las atribuciones conferidas por el Art. 147 numeral 5 de la Constitución de
la República,

Decreta:

Art. 1.-
ASCENDER con fecha 23 de julio del 2013 al grado de

GENERAL DE
DISTRITO, a los Coroneles de Policía de E.M. pertenecientes a la Cuadragésima
Quinta Promoción de Oficiales de Línea, ubicándoles en LISTA UNO de
Clasificación y en las antigüedades que les corresponde, a los señores:

ZARATE
BARREIROS MILTON GUSTAVO

BALAREZO ORTIZ
GUILLERMO

Art. 2.- De la
ejecución de este Decreto que entrará en vigencia en la presente fecha, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro
del Interior.

Dado, en el
Palacio Nacional, Quito D.M., a 21 de agosto 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) José
Serrano Salgado, Ministro del Interior.

Quito, 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente Alexis Mera Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO

Secretaría
Nacional Jurídica.

No. 88

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que el
artículo 65, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas establece que: ?la situación militar se establecerá: Para los
Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?;

Que el
artículo 87, de la referida Ley establece que: ?El militar será dado de baja
por una de las siguientes causas: a) Solicitud voluntaria?;

Que el señor CPNV-EMC.
MARCIAL TORO FABIÁN VINICIO, mediante comunicación de 31 de mayo de 2013,
previo el Órgano Regular correspondiente, solicita a la Titular de esta Cartera
de Estado, disponga se le conceda la BAJA DIRECTA con fecha 28 de junio de
2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, letra a) de la Ley
de Personal de las Fuerzas Armadas, con renuncia total al tiempo de
disponibilidad;

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° ARE-COGMAR-CDO-2013-1071-O de
10 de junio del 2013, al amparo al artículo mencionado en el considerando
anterior, remite a la Dirección General de Recursos Humanos de la Armada del Ecuador, la solicitud voluntaria de
baja del señor CPNV-EMC. MARCIAL TORO FABIÁN VINICIO;

Que con oficio
No. CONALM-SEC-2013-022-R-OF del 12 de julio del 2013, el Secretario del
Consejo de Oficiales Generales Almirantes, oficia al Director General de Recursos
Humanos de la Armada del Ecuador, se de cumplimiento a lo prescrito en los
artículo 87, letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, en
concordancia con el artículo 5, letra c) del Reglamento del Consejo de Oficiales
Generales o Almirantes;

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio No.
AE-COG-COGMAR-PER-2013-1114-O-OF del 17 de julio del 2013, envía al Ministerio
de Defensa Nacional el proyecto de Decreto Ejecutivo, mediante el cual se da de
baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas con fecha 28 de junio del 2013,
al señor CPNVEMC MARCIAL TORO FABIÁN VINICIO, de conformidad con el artículo 87
letra a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a solicitud de
la señora Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante
General de Marina;

Decreta:

Art. 1°. Dar
de baja del servicio activo de las Fuerzas Armadas con fecha 28 de junio del
2013, al señor CPNVEMC MARCIAL TORO FABIÁN VINICIO con C.I. 1801629765, de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, artículo 87 literal a) que señala: «Por solicitud voluntaria
(…)?;

Art. 2°. De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese a la señora Ministra de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 21 de agosto 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO Secretaría Nacional Jurídica.

No. 89

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que de
conformidad al artículo 25, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de
Personal de las Fuerzas Armadas que señala: ?El grado militar y la
clasificación por su formación se otorgarán: a) A los Oficiales Generales, y dentro
de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por Decreto
Ejecutivo?.

Que el Consejo
de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, en sesión permanente llevada a
cabo los días 29 y 30 de julio de 2013, de conformidad a lo dispuesto en el artículo
122, letra d) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas que señala: ?Los oficiales de arma, técnicos y de servicios a más de
los requisitos comunes para su ascenso, cumplirán los siguientes, según su
grado: (…) d) Para ascender a General de Brigada o sus equivalentes en las
demás Fuerzas, se requiere para los Oficiales de Arma, 1) Obtener la resolución
favorable del Consejo de Oficiales Generales o Almirantes de Fuerza; (…) para
los Oficiales Técnicos y de Servicios: Obtener la resolución favorable del
Consejo de Oficiales Generales o Almirantes de Fuerza; (…)?. En virtud de
estas disposiciones legales el Consejo Regulador de la Carrera Profesional
Militar, dentro del proceso de reconsideración de ascenso de los señores
oficiales de la promoción 79 de Arma resuelve: seleccionar para el ascenso al
Inmediato grado superior al señor CRNL. EMC. PÉREZ RODRÍGUEZ JAVIER DAVID.

Que de
conformidad a los artículos 101, 117 y 122, letra d) de la Ley Reformatoria a.
la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, por existir la correspondiente
vacante orgánica, mediante oficio N° 2013-203-SCOGFT, de fecha 31 de julio de
2013, el señor Secretario del Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza
Terrestre, procede a notificar a los señores Oficiales Superiores el contenido
de la Resolución adoptada por el Consejo Regulador de la Carrera Profesional.

Que mediante
oficio N° 2013-062-E-1-AH-j-1 de fecha 02 de Agosto de 2013, el señor GRAD.
JORGE PEÑA COBEÑA, Comandante General de la Fuerza Terrestre, solicita a la
señora Ministra de Defensa Nacional, se continúe con el trámite correspondiente
a fin de dar cumplimiento a la resolución del Consejo de Oficiales Generales de
la Fuerza Terrestre, relacionada al ascenso del nombrado señor Oficial
Superior.

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 147, número 5) de la
Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el artículo 25, letra
a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, y a
solicitud de la señora Ministra de Defensa Nacional, previa resolución del
Consejo de Oficiales Generales de la Fuerza Terrestre, constante en oficio No
2013-203-SCOGFT de fecha 31 de julio de 2013.

Decreta:

Art. 1.
ASCENDER al grado de GENERAL DE BRIGADA al señor Coronel perteneciente a la
Fuerza Terrestre, Promoción N° 79 de Arma del 10 de agosto de 2006, por haber
cumplido con los requisitos determinados en los artículos 117 y 122, letra d)
de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, con la fecha que se detalla a continuación:

CORONEL EMC:

PROMOCIÓN N°
79 DE ARMA. DEL 10 DE AGOSTO DE 2006 CON FECHA 10 DE AGOSTO DE 2013.

CRNL. EMC.
PEREZ RODRIGUEZ JAVIER DAVID, quien para fines de antigüedad constará a
continuación del señor 1705532529 GRAB. CASTILLO ARIAS JAIME OSWALDO

Art. 2. La
señora Ministra de Defensa Nacional queda encargada de la ejecución del
presente Decreto Ejecutivo.

Publíquese y
Comuníquese.-

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 21 de agosto de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO

Secretaría
Nacional Jurídica.

No. 90

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas
artículo 65 letra a) que señala: ?la situación militar se establecerá: Para los
Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?.

Que el
artículo 76 letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, señala: ?(…) El militar será puesto en disponibilidad, por una de
las siguientes causas: letra a) Por solicitud voluntaria (…)?;

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° ARE-COGMAR-CDO-2013-1087-O del 03 de julio
del 2013, al amparo del artículo mencionado en el considerando anterior, remite
a la Dirección General de Recursos Humanos de la Armada del Ecuador, la
solicitud voluntaria de disponibilidad, con fecha 31 de julio del 2013 del
señor CPNV-CSM SOLIS BALAREZO CARLOS RENE.

Que con oficio
No. CONALM-SEC-2013-028-R-OF del 12 julio del 2013, el Secretario del Consejo
de Oficiales Generales o Almirantes, oficia al Director General de Recursos
Humanos de la Armada del Ecuador, se de cumplimiento a lo prescrito en el
artículo 76, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas, en concordancia con el artículo 5, letra c) del Reglamento del
Consejo de Oficiales Generales o Almirantes.

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° AE-COGMAR-PER-2013-1113-O-OF
de 17 de julio del 2013, envía al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de
Decreto Ejecutivo, mediante et cual se coloca en situación jurídica de
disponibilidad con fecha 31 de julio del 2013, al señor CPNV-CSM SOLIS BALAREZO
CARLOS RENE, de la Armada del Ecuador, de conformidad con el artículo 76, letra
a), de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, numeral 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud
de la señora Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante
General de Marina.

Decreta:

Art. 1.- Colocar
en situación jurídica de disponibilidad con fecha 31 de julio del 2013, al
señor CPNV-CSM SOLIS BALAREZO CARLOS RENE con C.I. 1706767892 de la Armada del
Ecuador, de conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas, artículo 76, letra a) que señala: ?Por solicitud voluntaria (…)?;

Art. 2.- De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese a la señora Ministra de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 21 de agosto 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinoza, Ministra de Defensa Nacional.

Quito 28 de
Agosto del 2013, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento
firmado electrónicamente

Alexis Mera
Giler

SECRETARIO
NACIONAL JURÍDICO

Secretaría
Nacional Jurídica.

No. 91

Rafael Correa
Delgado

PRESIDENTE
CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas
artículo 65 letra a) que señala: ?la situación militar se establecerá: Para los
Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y
Capitanes de Navío, por Decreto Ejecutivo?;

Que el
artículo 76 letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, señala: ?(…) El militar será puesto en disponibilidad, por una de
las siguientes causas: letra a) Por solicitud voluntaria (…)?;

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° ARE-COGMAR-CDO-2013-1089-O del
04 de julio del 2013, al amparo del artículo mencionado en el considerando
anterior, remite a la Dirección General de Recursos Humanos de la Armada del
Ecuador, la solicitud voluntaria de disponibilidad, con fecha 31 de julio del 2013
del señor CPNV-EM SALAZAR ROBAYO MARIO JOSÉ EDIZON.

Que con oficio
No. CONALM-SEC-2013-030-R-OF del 12 julio del 2013, el Secretario del Consejo
de Oficiales Generales o Almirantes, oficia al Director General de Recursos
Humanos de la Armada del Ecuador, se de cumplimiento a lo prescrito en el
artículo 76, letra a) de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las
Fuerzas Armadas, en concordancia con el artículo 5, letra c) del Reglamento del
Consejo de Oficiales Generales o Almirantes.

Que el señor
Comandante General de Marina, mediante oficio N° AE-COGMAR-PER-2013-1112-O-OF
de 17 de julio del 2013, envía al Ministerio de Defensa Nacional el proyecto de
Decreto Ejecutivo, mediante el cual se coloca en situación jurídica de
disponibilidad con fecha 31 de julio del 2013, al señor CPNV-EM SALAZAR ROBAYO
MARIO JOSÉ EDIZON de la Armada del Ecuador, de conformidad con el artículo 76,
letra a), de la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas.

En ejercicio
de las atribuciones que le confiere el artículo 147, numeral 5) de la
Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 65 de
la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud
de la señora Ministra de Defensa Nacional previa solicitud del señor Comandante
General de Marina.

Decreta:

Art. 1.- Colocar
en situación jurídica de disponibilidad con fecha 31 de julio del 2013, al señor CPNV-EM SALAZAR
ROSAYO MARJO JOSÉ EDIZON con C.I. 1801618762 de la Armada del Ecuador, de
conformidad con la Ley Reformatoria a la Ley de Personal de las Fuerzas
Armadas, artículo 76, letra a) que señala: «Por solicitud voluntaria
(…)?;

Art. 2.- De la
ejecución del presente Decreto Ejecutivo, encárguese a la señora Ministra de
Defensa Nacional.

Dado en el
Palacio Nacional, en Quito a 21 de agosto de 2013.

f.) Rafael
Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) María
Fernanda Espinosa, Ministra de Defensa Nacional. Quito 28 de Agosto del 2013,
certifico que el que antecede es fiel copia del original. Documento firmado
electrónicamente Alexis Mera Giler SECRETARIO NACIONAL JURÍDICO Secretaría
Nacional Jurídica.

Nro.
SNAP-002-2013

Cristian
Castillo Peñaherrera

SECRETARIO
NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1511, publicado en el Tercer Suplemento al Registro Oficial No.
498 de 31 de diciembre de 2008
, se creó la Secretaría Nacional de Transparencia
de la Gestión, con personalidad jurídica de derecho público, adscrita a la
Presidencia de la República y se establecieron sus atribuciones.

Que, el primer
inciso del artículo 13 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva establece que la Secretaría Nacional de la Administración
Pública es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica y
patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica y administrativa.

Que, mediante
Decreto Ejecutivo No. 1522, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 13 de 12 de
junio de 2013
, artículo 7, se dispuso ?Transfórmese la Secretaría Nacional
de Transparencia de Gestión en Subsecretaría y dispóngase su fusión por
absorción a la Secretaria Nacional de la Administración Pública?.

Que, el
Secretario Nacional de la Administración Pública, mediante Acuerdo No. 1,
publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 25 de 28 de junio de 2013, en
los artículos 1, 2 y 3, dispuso: mantener hasta por el lapso de 90 días la estructura
orgánica de la ex Secretaria Nacional de Transparencia de la Gestión, constante
en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, expedido
mediante Resolución No. SNTG-109-2010; delegar al Subsecretario de
Transparencia, la ejecución de los actos administrativos que sean necesarios
para llevar adelante el proceso de transición; y, delegar al Subsecretario de
Transparencia la ejecución de los actos administrativos
que sean necesarios para llevar adelante el pro