Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Viernes 29 de Julio de 2016 – R. O. No. 808

SUMARIO

Presidencia de la República:

Ejecutivo:

Decretos

1074 Agradécese los servicios prestados por el Embajador del Servicio Exterior Raúl Guillermo Bassante Ramírez

1075 Nómbrese al SUBS. TEC. AVC. Meneses Vizcaino Fredy Alfonso, Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá

1076 Nómbrese al CRNL. EMT. AVC. Álvarez Mantilla Galo Hernán, Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República Federativa de Brasil, con sede en la ciudad de Brasilia

1077 Nómbrese al SUBS-AD. Peña Cortaza Charles David, Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República del Perú

1078 Nómbrese al CPNV-EM Ramiro Hernán Murgueytio Morán, Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Chile

1079 Nómbrese al SUBS. Canacuan Palma Jherman Fernando, Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en los Estados Unidos de Norteamérica

Ministerio del Deporte:

Resoluciones

0034 Refórmese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos

Servicio Integrado ECU 911:

SIS-DG-2016-010 Declárese en emergencia, al servicio público de emergencias que presta el Servicio Integrado de Seguridad ECU 911v

CONTENIDO

N° 1074

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión;

Que, mediante Decreto Ejecutivo 719, de 28 de marzo de 2011, de conformidad con la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Servicio Exterior, el Embajador del Servicio Exterior Raúl Guillermo Bassante Ramírez, fue designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante el Estado de Israel; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.

Decreta:

ARTÍCULO PRIMERO.- Agradecer los servicios prestados por el Embajador del Servicio Exterior Raúl Guillermo Bassante Ramírez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante el Estado de Israel.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Dar por terminadas las funciones del Embajador del Servicio Exterior Raúl Guillermo Bassante Ramírez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Ecuador ante el Estado de Israel.

ARTÍCULO TERCERO.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo que entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Guillaume Long, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.

Secretaría General Jurídica.

N° 1075

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas establece: ?Los agregados militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los comandantes generales de Fuerza respectivos, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.?;

Que el Secretario del Consejo de Personal de Aerotécnicos, con oficio N° FA-EI-D-2015- 0560-c de 16 de diciembre de 2015, notifica al señor SUBS. TEC. AVC. FREDY ALFONSO MENESES VIZCAINO, que el Consejo en sesión permanente llevada a cabo los días 11, 12, 13 y 16 de noviembre de 2015, resolvió seleccionarlo para que cumpla las funciones de Ayudante Administrativo, de conformidad con lo que estipula el literal b) del 47 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional.

Que mediante oficio N° FA-EI-3h-D-2016-0602-O de 17 de marzo de 2016, el señor Comandante General de la Fuerza Aérea, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor SUBS. TEC. AVC. MENESES VIZCAINO FREDY ALFONSO, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo a la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá, acorde con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

Que mediante Oficio N° 16-G-1-a1-95 de 21 de marzo de 2016, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento del señor SUBS. TEC. AVC. MENESES VIZCAINO FREDY ALFONSO, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo a la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá reemplaza al señor SUBS-IN MICHILENA HERRERA JOSÉ AMABLE, cuyo periodo de gestión concluye el 15 de junio de 2016; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el Artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Aérea, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1. Nombrar al señor SUBS. TEC. AVC. MENESES VIZCAINO FREDY ALFONSO, como Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República de Colombia con sede en la ciudad de Bogotá, a partir del 16 de junio de 2016 hasta el 15 de junio de 2018, en reemplazo del señor SUBS-IN MICHILENA HERRERA JOSÉ AMABLE, cuyo período de gestión concluye el 15 de junio de 2016.

Art. 2. El mencionado señor Suboficial percibirá las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Aérea.

Art. 3. De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional. f.) Guillaume Long., Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO. Secretaría General Jurídica.

N° 1076

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.?;

Que el señor Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, en su calidad de Presidente del Consejo de Oficiales Generales, mediante Resolución No. 004-EE- 1-O-2016 de 19 de febrero de 2016, resuelve designar al señor CRNL. EMT. AVC. ÁLVAREZ MANTILLA GALO HERNÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa, de conformidad con lo que estipula el artículo 38 de la Ley Orgánica de Defensa Nacional, que establece como una de las atribuciones del Consejo de Generales o Almirantes de Fuerza, letra d) ?Seleccionar y calificar a los oficiales para el desempeño de las funciones de agregados militares adjuntos y representantes ante organismos internacionales, de conformidad con el reglamentos.?;

Que con oficio No. FA-EI-3h-D-20169-0985-O de 5 de mayo de 2016, el señor Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CRNL. EMT. AVC. ÁLVAREZ MANTILLA GALO HERNÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República Federativa de Brasil, con sede en la ciudad de Brasilia;

Que con oficio No. 16-G-l-al-l70 de 9 de mayo de 2016, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (ACC), remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente del nombramiento del señor CRNL. EMT. AVC. ÁLVAREZ MANTILLA GALO HERNÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República Federativa de Brasil, con sede en la ciudad de Brasilia, del 1 de julio de 2016 hasta el 31 de mayo de 2018. Reemplaza al señor CRNL-EM. AVC. VARGAS SERRANO FRANK RAFAEL LUIS FIDEL YURI, cuyo periodo de gestión concluyó el 31 de marzo de 2016; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas,

Decreta:

Artículo 1.- Nombrar al señor CRNL. EMT. AVC. ÁLVAREZ MANTILLA GALO HERNÁN, como Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República Federativa de Brasil, con sede en la ciudad de Brasilia, del 1 de julio de 2016 al 31 de mayo de 2018, en reemplazo del señor CRNL-EM. AVC. VARGAS SERRANO FRANK RAFAEL LUIS FIDEL YURI, cuyo período de gestión concluyó el 31 de marzo de 2016.

Artículo 2.- El mencionado señor oficial percibirá las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Aérea Ecuatoriana.

Artículo 3.- Encárguese de la ejecución del presente Decreto Ejecutivo al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.

Secretaría General Jurídica.

N° 1077

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas dispone: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;

Que el Consejo de Tropa de la Armada, en sesión ordinaria llevada a cabo el día 21 de octubre de 2015, y en RESOLUCIÓN COSTRI No. 389-2015, ha resuelto seleccionar al señor SUBS-AD PEÑA CORTAZA CHARLES DAVID, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo, de conformidad con lo que estipula el artículo 47, letra b) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, que dispone lo siguiente: ?el Consejo del Personal de Tropa de Fuerza, es el órgano encargado de conocer y resolver sobre la situación militar y profesional del personal de tropa de las Fuerzas Armadas. Sus atribuciones son las siguientes: (…) b) Seleccionar y calificar al personal de tropa para el desempeño de las funciones de ayudantes administrativos en las agregadurías militares o misiones especiales en el exterior, de conformidad con los reglamentos;?

Que mediante Oficio No. ARE-COGMAR-ASI-2016- 0204-O, de 11 de abril de 2016, el señor Comandante General de la Armada, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor SUBS-AD PEÑA CORTAZA CHARLES DAVID, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo en la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República del Perú, acorde con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

Que mediante Oficio Nro. 16-G-1-a1-135 de 14 de abril de 2016, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento de Ayudante Administrativo del señor SUBS-AD PEÑA CORTAZA CHARLES DAVID, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo en la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República del Perú, a partir del 01 de agosto de 2016 hasta el 01 de agosto de 2018, en reemplazo del señor SUBS. ROMERO CASTILLO RUBÉN DARIO, cuyo período de gestión concluye el 31 de julio de 2016.

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el Artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Armada, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1. Nombrar al señor SUBS-AD PEÑA CORTAZA CHARLES DAVID, como Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en la República del Perú, a partir del 01 de agosto de 2016, hasta el 01 de agosto de 2018, en reemplazo del señor SUBS. ROMERO CASTILLO RUBÉN DARIO, cuyo periodo de gestión concluye el 31 de julio de 2016.

Art. 2. El mencionado señor Suboficial percibirá las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Naval.

Art. 3. De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional.

f.) Guillaume Jean Sebastien Long Comon, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.

Secretaría General Jurídica.

N° 1078

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas establece: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas??;

Que el Consejo de Oficiales Almirantes de la Fuerza Naval, mediante Resolución No. CONALM 043-2015 de 30 de octubre de 2015, ha resuelto seleccionar al señor CPNVEM RAMIRO HERNÁN MURGUEYTIO MORÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa, de conformidad con lo que dispone el artículo 38 letra d) de la Ley Orgánica de Defensa Nacional;

Que mediante Oficio No. ARE-COGMAR-ASI-2016- 0203-O de 11 de abril de 2016, el señor Comandante General de la Fuerza Naval, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor CPNV-EM RAMIRO HERNÁN MURGUEYTIO MORÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago.

Que con oficio No. 16-G-1-a1-136 de 15 de abril de 2016, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento del señor CPNV-EM RAMIRO HERNÁN MURGUEYTIO MORÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, con sede en la ciudad de Santiago, del 06 de agosto de 2016 hasta el 06 de agosto de 2018. Reemplaza al señor. CPNVEM JAIME PATRICIO VELA ERAZO, cuyo período de gestión concluye el 05 de agosto de 2016; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador; en concordancia con el Artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Naval, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1. Nombrar al señor CPNV-EM RAMIRO HERNÁN MURGUEYTIO MORÁN, para que desempeñe las funciones de Agregado de Defensa en la Embajada del Ecuador en la República de Chile, desde el 06 de agosto de 2016 hasta el 06 de agosto de 2018, en reemplazo del señor CPNV-EM JAIME PATRICIO VELA ERAZO, cuyo periodo de gestión feneció el 05 de agosto de 2016.

Art. 2. El mencionado señor Oficial, percibirá las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Naval.

Art. 3. Encárguese de la ejecución del presente Decreto Ejecutivo al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional.

f.) Guillaume Long, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO.

Secretaría General Jurídica.

N° 1079

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas establece: ?Los Agregados Militares a las embajadas, adjuntos y ayudantes, así como delegados militares ante organismos internacionales, serán nombrados por el Ejecutivo, a solicitud del Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de los Comandantes Generales de Fuerza, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas?;

Que el Consejo de Tropa de la Fuerza Terrestre, en sesión permanente del 16 al 18 de noviembre de 2015, ha resuelto seleccionar al señor SUBS. CANACUAN PALMA JHERMAN FERNANDO para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo, de conformidad con lo que estipula el artículo 47 letra b) de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, que dispone lo siguiente: ?El Consejo del Personal de Tropa de Fuerza, es el órgano encargado de conocer y resolver sobre la situación militar y profesional del personal de tropa de las Fuerzas Armadas. Sus atribuciones son las siguientes: (…) b) Seleccionar y calificar al personal de tropa para el desempeño de las funciones de ayudantes administrativos en las agregadurías militares o misiones especiales en el exterior, de conformidad con los reglamentos;?

Que mediante Oficio No. 2016-E-l-v.a3-028 de 21 de marzo de 2016, el señor Comandante General de la Fuerza Terrestre, remite al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el trámite mediante el cual solicita se nombre al señor SUBS. CANACUAN PALMA JHERMAN FERNANDO para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo en la Agregaduría de Defensa del Ecuador en Estados Unidos de Norteamérica, acorde con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas;

Que mediante Oficio Nro. 16-G-l-al-103 de 24 de marzo de 2016, el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, remite al señor Ministro de Defensa Nacional, el expediente para el nombramiento del señor SUBS. CANACUAN PALMA JHERMAN FERNANDO, para que desempeñe las funciones de Ayudante Administrativo en la Agregaduría de Defensa del Ecuador en Estados Unidos de Norteamérica. Reemplaza al señor SUBS. LARREA MIRANDA MILTON PATRICIO, cuyo período de gestión concluirá el 14 de agosto de 2016; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Artículo 41 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas y a solicitud del señor Ministro de Defensa Nacional, previo pedido de la Comandancia General de la Fuerza Terrestre, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas;

Decreta:

Art. 1. Nombrar al señor SUBS. CANACUAN PALMA JHERMAN FERNANDO, como Ayudante Administrativo de la Agregaduría de Defensa del Ecuador en Estados Unidos de Norteamérica, a partir del 15 de agosto de 2016 hasta el 15 de agosto de 2018, en reemplazo del señor SUBS LARREA MIRANDA MILTON PATRICIO, cuyo periodo de gestión concluirá el 14 de agosto de 2016.

Art. 2. El mencionado señor Suboficial percibirá las asignaciones económicas determinadas en el Reglamento pertinente, con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, sección Fuerza Terrestre.

Art. 3. De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese al señor Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y al señor Ministro de Defensa Nacional.

Dado, en el Palacio Nacional, en Quito, a 10 de junio de 2016.

f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.

f.) Ricardo Patiño Aroca, Ministro de Defensa Nacional.

f.) Guillaume Long, Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Quito 23 de Junio del 2016, certifico que el que antecede es fiel copia del original.

Documento firmado electrónicamente.

Alexis Mera Giler.

SECRETARIO GENERAL JURÍDICO. Secretaría General Jurídica.

No. 0034

EL MINISTRO DEL DEPORTE

Considerando:

Que, el artículo Nro. 32 de la Constitución de la República del Ecuador, establece ?La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.?

Que, el artículo Nro. 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador establece ?A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión?;

Que, el primer inciso del artículo Nro. 381 de la Constitución de la República del Ecuador dispone ?El Estado protegerá, promoverá y coordinará la cultura física que comprende el deporte, la educación física y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas; impulsará el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, barrial y parroquial; auspiciará la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen los Juegos Olímpicos y Paraolímpicos; y fomentará la participación de las personas con discapacidad…?;

Que, el artículo Nro. 4 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, publicada en Registro Oficial N° 255 de 11 de agosto de 2010, establece ?Esta Ley garantiza el efectivo ejercicio de los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, transparencia, planificación y evaluación, así como universalidad, accesibilidad, la equidad regional, social, económica, cultural, de género, estaría, sin discriminación alguna.?

Que, el artículo Nro. 13 de la citada ley establece que ?El Ministerio Sectorial es el órgano rector y planificador del deporte, educación física y recreación; le corresponde establecer, ejercer, garantizar y aplicar las políticas, directrices y planes aplicables en las áreas correspondientes para el desarrollo del sector de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, las leyes, instrumentos internacionales y reglamentos aplicables. Tendrá dos objetivos principales, la activación de la población para asegurar la salud de las y los ciudadanos y facilitar la consecución de logros deportivos a nivel nacional e internacional de las y los deportistas incluyendo, aquellos que tengan algún tipo de discapacidad.?

Que, el Reglamento General a la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, publicado en el Suplemento de Registro Oficial Nro. 418 de 1 de abril de 2011, en el artículo Nro. 1 establece que: ?Las disposiciones del presente Reglamento regularán la aplicación de la Ley del Deporte, Educación Física y la Recreación, para la adecuada utilización de la infraestructura y el desarrollo de las organizaciones deportivas en la búsqueda constante y sostenida del acondicionamiento físico de toda la población, la promoción del desarrollo integral de las personas, el impulso del acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo, la práctica del deporte de alto rendimiento y la participación de las personas con discapacidad, coadyuvando así al Buen Vivir.? Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 6, expedido el 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial Nro. 22 de 14 de febrero de 2007, el señor Presidente Constitucional de la República creó el Ministerio del Deporte que asumió las funciones de la entonces Secretaría Nacional de Cultura física, Deportes y Recreación.

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 1376, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 131 de 26 de noviembre de 2013; última modificación de 18 de junio de 2014, se reforma el Estatuto Orgánico por Procesos del Ministerio del Deporte;

Que, con Oficio Nro. SENPLADES-SGTEPBV-2015- 0129-OF de 10 de noviembre de 2015, la SENPLADES emite informe favorable respecto de la Matriz de Competencias y el ?Análisis de Presencia Institucional en el Territorio? (APIT) del Ministerio del Deporte, a fin de continuar con el proceso de reforma institucional;

Que, con Oficio Nro. MD-DM-2016-0360 de 13 de junio de 2016, el Ministerio del Deporte remite a la Secretaría Nacional de la Administración Pública, los instrumentos de institucionalidad y solicita trámite aprobación de los mismos;

Que, mediante Oficio Nro…., de … de 2016, la Secretaría Nacional de Administración Pública , aprueba la actualización del Modelo de Gestión, el rediseño de la estructura Institucional y emite Dictamen Favorable Proyecto de Reforma Integral del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Deporte;

En ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, el artículo 13 de la Ley del Deporte; y, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Resuelve:

Expedir la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Deporte.

Artículo 1.- Estructura Organizacional.- El Ministerio del Deporte se alinea con su misión y define su estructura organizacional sustentada en su base legal y direccionamiento estratégico institucional, determinado en la Matriz de Competencias y en su Modelo de Gestión.

Artículo 2.- Procesos del Ministerio del Deporte El Ministerio es el organismo rector del Deporte, la Educación Física y la Recreación, establece las políticas, los objetivos y las estrategias del sector, contribuyendo al buen vivir, por lo cual se han definido procesos gobernantes, procesos sustantivos, habilitantes de asesoría y de apoyo.

Gobernantes.- Son aquellos procesos que proporcionan directrices, políticas y planes estratégicos para la dirección y control del Ministerio del Deporte.

Sustantivos.- Son aquellos procesos que realizan las actividades esenciales para proveer los productos y servicios que ofrece a los ciudadanos una institución. Los procesos sustantivos se enfocan a cumplir la misión del Ministerio del Deporte.

Adjetivos.- Son aquellos procesos que proporcionan productos o servicios a los procesos gobernantes y sustantivos, se clasifican en procesos adjetivos de asesoría y de apoyo.

Desconcentrados.- Son los procesos que permiten gestionar a la institución a nivel zonal, participan en el diseño de políticas, metodologías y herramientas; en el área de su jurisdicción en los procesos de información, planificación, inversión pública, reforma del Estado e innovación de la gestión pública, participación ciudadana y; seguimiento y evaluación.

Artículo 3.- De los puestos directivos.- Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional del Ministerio del Deporte son:

Ministro/a

Viceministro/a

Subsecretario/a

Coordinador/a General

Director/a Técnico

Coordinador/a Zonal

Artículo 4.- Comité de Gestión de Calidad de Servicio y Desarrollo Institucional.- De conformidad con lo previsto en el artículo 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sector Público (LOSEP), el Ministerio del Deporte, cuenta con el Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional, que tendrá la responsabilidad de proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la efi ciencia institucional.El Comité tendrá la calidad de permanente, y estará integrado por:

La autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá;

El responsable del proceso de gestión estratégica;

Una o un responsable por cada uno de los procesos o unidades administrativas; y,

La o el responsable de la UATH o quien hiciere sus veces.

CAPÍTULO I

DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

Artículo 5.- Misión.- El Ministerio es el organismo rector del Deporte, la Educación Física y la Recreación, establece las políticas, los objetivos y las estrategias del sector, contribuyendo al buen vivir.

Artículo 6.- Visión.- Ser la institución referente en Suramérica en el ámbito de la rectoría del deporte y la actividad física comprometida con el desarrollo integral del ser humano, manteniendo una administración transparente que demuestre eficiencia y eficacia en las acciones.

Artículo 7.- Principios y Valores:

Honestidad.- Rectitud, disciplina y honradez en el cumplimiento de obligaciones y las prestaciones del servicio.

Lealtad.- Actuar con fidelidad, compañerismo y respeto a las convicciones personales y los objetivos institucionales.

Respeto.- Reconocer y considerar a cada persona como ser único con intereses y necesidades particulares.

Transparencia.- Acción que permite que las personas y las organizaciones se comporten de forma clara, precisa y veraz, a fin de que la ciudadanía ejerza sus derechos y obligaciones, principalmente el control social.

Equidad.- Atención en igualdad de condiciones a los usuarios internos y externos, en todos los servicios que ofrece el Ministerio, desterrando toda práctica de política de exclusión e inequidad, así como todo tipo de discriminación.

Calidez.- Comportamiento de amabilidad, cordialidad, solidaridad y cortesía en la atención y servicios hacia los demás, respetando sus diferencias y aceptando su diversidad.

Artículo 8.- Objetivos Institucionales:Activación de la población para asegurar la salud de las y los ciudadanos.

Facilitar la consecución de logros deportivos a nivel nacional e internacional de las y los deportistas incluyendo, aquellos que tengan algún tipo de discapacidad.

Incrementar el uso del tiempo libre en las prácticas del deporte y la actividad física en la población con un enfoque de interculturalidad y de inclusión de grupos prioritarios.

Incrementar la profesionalización del deporte de alto rendimiento.

Incrementar la eficiencia operacional del Ministerio del Deporte.

Incrementar el desarrollo del Talento Humano del Ministerio del Deporte.

Incrementar el uso eficiente del presupuesto en el Ministerio del Deporte.

CAPÍTULO II

DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 9.- De la Estructura Orgánica.- El Ministerio del Deporte, para el cumplimiento de sus competencias, atribuciones, misión y visión, desarrollará los siguientes procesos internos que estarán conformadas por:

9.1 Proceso Gobernante:

9.1.1 Direccionamiento Estratégico: Despacho Ministerial

Responsable: Ministro/a del Deporte

9.2 Procesos Sustantivos:

9.2.1 Direccionamiento Técnico: Viceministerio del Deporte

Responsable: Viceministro/a del Deporte

9.2.1.1 Gestión de Deporte y Actividad Física

Responsable: Subsecretario/a de Deporte y Actividad Física

9.2.1.1.1 Gestión de Deporte Formativo

Responsable: Director/a de Deporte Formativo

9.2.1.1.2 Gestión de Recreación

Responsable: Director/a de Recreación

9.2.1.1.3 Gestión de Educación Física

Responsable: Director/a de Educación Física

9.2.1.1.4 Gestión de Alto Nivel Competitivo

Responsable: Director/a de Alto Nivel Competitivo

9.2.1.1.5 Gestión de Deporte Adaptado e Incluyente

Responsable: Director/a de Deporte Adaptado e Incluyente

9.2.1.2 Gestión de Desarrollo del Deporte

Responsable: Subsecretario/a de Desarrollo del Deporte

9.2.1.2.1 Gestión de Investigación, Desarrollo e Innovación Deportiva

Responsable: Director/a de Investigación, Desarrollo e Innovación Deportiva

9.2.1.2.2 Gestión de Medicina del Deporte

Responsable: Director/a de Medicina del Deporte

9.2.1.3 Gestión de Control Antidopaje

Responsable: Director/a de Control Antidopaje

9.2.1.4 Gestión de Asuntos Deportivos

Responsable: Director/a de Asuntos Deportivos

9.2.2 Gestión de Administración e Infraestructura Deportiva

Responsable: Coordinador/a de Administración e Infraestructura Deportiva

9.2.2.1 Gestión de Administración de Instalaciones Deportivas

Responsable: Director/a de Administración de Instalaciones Deportivas

9.2.2.2 Gestión de Infraestructura Deportiva

Responsable: Director/a de Infraestructura Deportiva

9.3 Procesos Adjetivos

9.3.1 De Asesoría:

9.3.1.1 Gestión de Auditoría Interna

Responsable: Director/a de Auditoría Interna

9.3.1.2 Gestión de Comunicación Social

Responsable: Director/a de Comunicación Social

9.3.1.3 Gestión General de Asesoría Jurídica

Responsable: Coordinador/a General de Asesoría Jurídica

9.3.1.3.1 Gestión de Asesoría Jurídica

Responsable: Director de Asesoría Jurídica

9.3.1.4 Gestión de Planificación y Gestión Estratégica

Responsable: Coordinador/a de Planificación y Gestión Estratégica

9.3.1.4.1 Gestión de Planificación e Inversión Responsable: Director/a de Planificación e Inversión

9.3.1.4.2 Gestión de, Servicios, Procesos y Cambio y Cultura

Responsable: Director/a de Servicios, Procesos y Cambio y Cultura

9.3.1.4.3 Gestión de Tecnologías de Información y Comunicación

Responsable: Director/a de Tecnologías de Información y Comunicación

9.3.1.4.4 Gestión de Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos

Responsable: Director/a de Seguimiento de Planes, Programas y Proyectos

9.3.2 De Apoyo:

9.3.2.1 Gestión General Administrativa Financiera

Responsable: Coordinador/a General Administrativo Financiero

9.3.2.1.1 Gestión Administrativa

Responsable: Director/a Administrativo

9.3.2.1.2 Gestión Financiera

Responsable: Director/a Financiero

9.3.2.1.3 Gestión de Administración del Talento Humano

Responsable: Director/a de Administración del Talento Humano

9.3.2.