Administración del Señor
Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 28 de Julio de
2016 – R. O. No. 807

SUMARIO

Secretaría Nacional de la Administración Pública:

Ejecutivo:

Acuerdos

1647 Autorícese y legalícese el viaje al exterior y
otórguese licencia con cargo a vacaciones a las siguientes personas:

José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior

1648 Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los
Sectores Estratégicos

1649 Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas

1650 Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de
Conocimiento y Talento Humano

1651 Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y
Energía Renovable

1652 César Antonio Navas Vera, Ministro Coordinador de
Seguridad

1654 Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del
Banco Central del Ecuador

Ministerio del Interior:

7003-A Deléguense funciones y atribuciones a las siguientes
personas:

Director General de Logística de la Policía Nacional

7004-A Doctor Carlos Julio Machado Vallejo, representante
principal del Ministerio del Interior

Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo:

SNPD-031-2016 Deléguense funciones al/la Subsecretario/a
General de Planificación para el Buen Vivir y otro

Secretaría Técnica de Cooperación Internacional:

Instrumento Internacional


Convenio Básico de Funcionamiento entre elGobierno de la República del Ecuador y la Organización No GubernamentalExtranjera ?American Center For International Labor Solidarity ? ACILS (CentroAmericano para la Solidaridad Laboral Internacional)»

Ministerio de Educación:

Resoluciones

MINEDUC-CGAF-2016-0055-R Refórmese el Manual de Puestos de
varias direcciones

Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera:

258-2016-M Refórmese las Normas para la Gestión de Dinero
Electrónico

259-2016-M Refórmese la Codificación de Regulaciones del
Banco Central del Ecuador

260-2016-M Expídese la Norma para la implementación de la
disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica de Solidaridad y de
Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas
Afectadas por el Terremoto de 16 de abril de 2016

Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público:

INMOBILIAR-SDTGB-2016-0042 Transfiérese un inmbueble de
propiedad de la Empresa Eléctrica Pública Estratégica Corporación Nacional de
Electricidad, CNEL EP, a favor de INMOBILIAR, ubicado en el cantón Durán,
provincia del Guayas

Superintendencia de Control del Poder de Mercado:

Transparencia y Control Social

SCPM-DS-008-2016 Créese el Sistema de Gestión Procesal
Digital

CONTENIDO


No. 1647

Ab. Pedro Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. MDI-DM-2016-0210-OF de 23 de junio
de 2016, José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior, solicitó
autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 21 de julio hasta el
08 de agosto de 2016;

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones
conferidas en el artículo 15, literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, que establece:?… El Secretario
Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias señaladas en
el artículo 14 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u) Expedir
acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración y
permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de
la escala del nivel jerárquico superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.- Otorgar a José Ricardo Serrano Salgado,
Ministro del Interior, licencia con cargo a vacaciones desde el 21 de julio
hasta el 08 de agosto de 2016.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a José
Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los veintisiete
(27) días del mes de junio de 2016.

f.) Ab. Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 7 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No.
1648

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es
atribución de la Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir
acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del
ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al
Exterior y en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la
Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de
2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el
Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros de Estado y
Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 52325 de 27
de junio de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los Sectores
Estratégicos solicita que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, se autorice su desplazamiento a la ciudades de Seúl-Corea del Sur y
Beijing-China, desde el 01 de julio hasta 09 de julio de 2016, con la finalidad
de liderar el equipo técnico en la negociación de la Refinería del Pacífico y
mantener reuniones con posibles inversionistas interesados en proyectos de
sectores estratégicos;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la
correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría
Nacional de la Administración Pública el 29 de junio de 2016, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo que se analizó en
el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP- 2013-000551-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Rafael
Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos, ingresado a
esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, con número 52325, con la finalidad de liderar el equipo técnico en la
negociación de la Refinería del Pacífico y mantener reuniones con posibles
inversionistas interesados en proyectos de sectores estratégicos, en las
ciudades de Seúl-Corea del Sur y Beijing-China, desde el 01 de julio hasta 09
de julio de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y permanencia
relacionados con el viaje autorizado en el artículo que precede serán cubiertos
con Recursos del Ministerio Coordinador de los Sectores Estratégicos, de
conformidad con la documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
Rafael Poveda Bonilla, Ministro Coordinador de los Sectores Estratégicos.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M.,
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los veintinueve (29) días del mes de junio de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 12 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 1649

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la

Función Ejecutiva, es atribución de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública: ?Expedir acuerdos, resoluciones, órdenes y
disposiciones conforme a la ley y el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al
Exterior y en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la
Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de
2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando
el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida, la
entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida
justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 52323 de 27
de junio de 2016, Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas,
solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración Pública que, a través
del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se regularice el ingreso
extemporáneo de su desplazamiento a la ciudad de Washington-Estados Unidos,
desde el 21 hasta el 23 de junio de 2016, viaje en el que asistió a varias
reuniones con entidades financieras internacionales;

Que, el 28 de junio de 2016, Byron Cueva Altamirano,
Delegado del Ministro de Coordinación de la Política Económica avala el
desplazamiento de Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la correspondiente
documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría Nacional de la
Administración Pública el 28 de junio de 2016, a través del Sistema de Viajes
al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en el marco de lo
establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013- 00055l-O, de 30 de julio de 2013,
siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTICULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior de Fausto
Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, ingresado a esta Secretaría de
Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, con número
52323, viaje al que asistió a varias reuniones con entidades financieras
internacionales, a la ciudad de Washington-Estados Unidos, desde el 21 hasta el
23 de junio de 2016.

ARTICULO SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y
permanencia relacionados con el viaje autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con recursos del Ministerio de Finanzas, de conformidad con la
documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
Fausto Eduardo Herrera Nicolalde, Ministro de Finanza.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M.,
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los veintinueve (29) días del mes de junio de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 12 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 1650

Ab. Pedro Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. MCCTH-DESP-2016-0400-O de 27 de
junio de 2016, Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de Conocimiento
y Talento Humano, solicitó autorización de licencia con cargo a vacaciones
desde el 12 hasta el 16 de septiembre de 2016;

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones
conferidas en el artículo 15, literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, que establece: ?… El Secretario
Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias señaladas en
el artículo 14 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u) Expedir
acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración y
permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de
la escala del nivel jerárquico superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.- Otorgar a Andrés David Arauz Galarza,
Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento Humano, licencia con cargo a
vacaciones desde el 12 hasta el 16 de septiembre de 2016.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
Andrés David Arauz Galarza, Ministro Coordinador de Conocimiento y Talento
Humano.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría
Nacional de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, a los veintinueve
(29) días del mes de junio de 2016.

f.) Ab. Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 12 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 1651

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es
atribución de la Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir
acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del
ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al
Exterior; y, en el Exterior; de los Servidores Públicos de las Instituciones de
la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No. 998 de 23 de diciembre de
2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, el
Secretario Nacional de la Administración Pública o su delegado, previo aval del
Ministerio Coordinador autorizará los viajes de los Ministros de Estado y
Miembros del Gabinete Ampliado;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No. 52292, de
24 de junio de 2016, Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y
Energía Renovable, solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se
autorice su desplazamiento a la ciudad de Río de Janeiro-Brasil, desde el 10
hasta el 14 de julio de 2016, con la finalidad de participar en calidad de
panelista en el Seminario Energético Regional-Escenarios Energético organizado
por el Consejo Mundial de Energía WEC;

Que, el 30 de junio de 2016, Rafael Poveda Bonilla, Ministro
de Coordinación de los Sectores Estratégicos avala el desplazamiento de Esteban
Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la
correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría
Nacional de la Administración Pública el 30 de junio de 2016, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se procedió a
su análisis en el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-
2013-000551-O, de 30 de julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje al exterior de Esteban
Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable, ingresado a
esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior, con número 52292, con la finalidad de participar en calidad de
panelista en el Seminario Energético Regional-Escenarios Energético organizado
por el Consejo Mundial de Energía WEC, a la ciudad de Río de Janeiro-Brasil,
desde el 10 hasta el 14 de julio de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO Los gastos de desplazamiento y permanencia
relacionados con el viaje autorizado en el artículo que precede serán cubiertos
con Recursos de la Organización Anfitriona, de conformidad con la documentación
ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
Esteban Albornoz Vintimilla, Ministro de Electricidad y Energía Renovable.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M.,
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, a los treinta (30) días del mes de junio de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 12 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 1652

Ab. Pedro Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, mediante Oficio Nro. MICS-DM-2016-0420 de 30 de junio
de 2016, César Antonio Navas Vera, Ministro Coordinador de Seguridad, solicitó
autorización de licencia con cargo a vacaciones desde el 11 hasta el 30 de
agosto de 2016;

Que, en ejercicio de las facultades y atribuciones
conferidas en el artículo 15, literal u), del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, que establece:?… El Secretario
Nacional de la Administración Pública, a más de las competencias señaladas en
el artículo 14 del Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, tendrá las siguientes atribuciones y funciones: … u) Expedir
acuerdos de autorización de vacaciones, licencias con y sin remuneración y
permisos para autoridades de la Función Ejecutiva comprendidas en el grado 8 de
la escala del nivel jerárquico superior…?;

Acuerda:

ARTÍCULO ÚNICO.- Otorgar a César Antonio Navas Vera,
Ministro Coordinador de Seguridad, licencia con cargo a vacaciones desde el 11
hasta el 30 de agosto de 2016.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
César Antonio Navas Vera, Ministro Coordinador de Seguridad.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, en la ciudad de Quito, al primer (1) día del mes
de julio de 2016.

f.) Ab. Pedro Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 12 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 1654

Pedro Enrique Solines Chacón

SECRETARIO NACIONAL DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Considerando:

Que, de conformidad con el artículo 15, literal n), del
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, es
atribución de la Secretaría Nacional de la Administración Pública: ?Expedir
acuerdos, resoluciones, órdenes y disposiciones conforme a la ley y el Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dentro del
ámbito de su competencia?;

Que, conforme a lo determinado en el Reglamento de Viajes al
Exterior y en el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones de la
Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función
Ejecutiva (APCID), expedido mediante Acuerdo No, 998 de 23 de diciembre de
2014, publicado en el Registro Oficial No. 422 de 22 de enero de 2015, cuando
el ingreso de la solicitud no es posible con la anticipación requerida, la
entidad deberá generar una solicitud a través del Sistema de Viajes al Exterior
y en el Exterior, solicitando el ingreso extemporáneo del viaje con la debida
justificación de la emergencia o fuerza mayor;

Que, mediante solicitud de viaje al exterior No, 52310 de 27
de junio de 2016, Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del Banco
Central del Ecuador, solicitó a la Secretaría Nacional de la Administración
Pública que, a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, se
regularice el ingreso extemporáneo de su desplazamiento a la ciudad de
Washington-Estados Unidos, desde el 21 hasta el 23 de junio de 2016, viaje en
el que asistió a reuniones oficiales con organismos internacionales;

Que, el 29 de junio de 2016, Byron Cueva Altamirano,
Delegado del Ministro de Coordinación de la Política Económica, avala el
desplazamiento de Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del Banco
Central del Ecuador;

Que, la solicitud de viaje al exterior referida, con la
correspondiente documentación de respaldo, fue recibida en la Secretaría
Nacional de la Administración Pública el 29 de junio de 2016, a través del
Sistema de Viajes al Exterior y en el Exterior, luego de lo cual se analizó en
el marco de lo establecido en el Oficio No. PR-SNADP-2013- 00055l-O, de 30 de
julio de 2013, siendo procedente su autorización; y,

En ejercicio de las facultades reglamentarias y
estatutarias,

Acuerda:

ARTÍCULO PRIMERO.- Legalizar el viaje al exterior Diego
Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del Banco Central del Ecuador,
ingresado a esta Secretaría de Estado a través del Sistema de Viajes al
Exterior y en el Exterior, con número 52310, viaje al que asistió a asistió a
reuniones oficiales con organismos internacionales, en la ciudad de
Washington-Estados Unidos, desde el 21 hasta el 23 de junio de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos de desplazamiento y
permanencia relacionados con el viaje autorizado en el artículo que precede
fueron cubiertos con Recursos del Banco Central del Ecuador, de conformidad con
la documentación ingresada a través del Sistema de Viajes al Exterior y en el
Exterior.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido del presente Acuerdo a
Diego Alfredo Martínez Vinueza, Gerente General del Banco Central del Ecuador.

SEGUNDA.- Remitir el presente Acuerdo al Registro Oficial,
con la finalidad de que se proceda a su publicación.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M.,
en el Despacho Principal de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública, al primer (01) día del mes de julio de 2016.

f.) Pedro Enrique Solines Chacón, Secretario Nacional de la
Administración Pública.

Es fiel copia del original.- LO CERTIFICO.

Quito, 14 de julio de 2016.

f.) Dr. Freddy Ordóñez, Coordinador General de Asesoría
Jurídica, Secretaría Nacional de la Administración.

No. 7003-A

Diego Xavier Fuentes Acosta

MINISTRO DEL INTERIOR (S)

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador establece que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y
facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;

Que, La Constitución de la República en su artículo 326,
numeral 16 determina que en las instituciones del Estado y en las entidades de
derecho privado en las que haya participación mayoritaria de recursos públicos,
quienes cumplan actividades de representación, directivas, administrativas o
profesionales, se sujetarán a las leyes que regulan la administración pública y
aquellos que no se incluye en esta categorización estarán amparados por el
Código de Trabajo;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 77
literal a) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, corresponde
a la máxima autoridad, dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y
actualización del sistema de control interno y de los sistemas de
administración financiera, planificación, organización, información de recursos
humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos;

Que, el artículo 86 del Reglamento a la Ley General de
Seguros estipula que el asegurado o beneficiario para efecto de requerir el
pago de una indemnización al amparo de un contrato de seguro deberán observar
el trámite previsto en el artículo 42 de la Ley General de Seguros;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero del
2011, se dispuso la reorganización de la Policía Nacional, otorgándole la
representación legal, judicial y extrajudicial de la Institución Policial al
Ministerio del Interior;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 6987-A de 30 de marzo
de 2016, el doctor José Ricardo Serrano Salgado, Ministro del Interior, dispuso
al abogado Diego Xavier Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad Interna, la
subrogación de las funciones y atribuciones del cargo de Ministro del Interior
a partir de las 15h00 del 31 de marzo hasta el 05 de abril de 2016, en virtud
de la licencia de vacaciones del Titular del cargo;

Que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 35 de la
Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios
Públicos por parte de la Iniciativa Privada;17 y 55 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; los Ministros están
autorizados para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la institución
que representa cuando lo estime necesario;

Que, los vehículos de propiedad de esta Cartera de Estado,
se encuentran asegurados a través de pólizas extendidas por varias Compañías
Aseguradoras y Reaseguradoras legalmente constituidas en el país;

Que, mediante Memorando No. MDI-CGAF-DA-0137, de 29 de enero
de 2016, la Directora Administrativa, Dra. Li- Tha Moreno, solicitó al
Coordinador General de Asesoría Jurídica, analizar la posibilidad para que el
señor Ministro del Interior delegue a través de Acuerdo Ministerial al Director
General de Logística de la Policía Nacional, para que a su nombre y
representación suscriba las Actas de Transferencia de Dominio de los
automotores declarados y que se sigan declarando en pérdida total por parte de
Alianza Seguros S.A., en consideración que en dicha Dirección están liquidando
la Póliza de Seguros de Vehículos No. 08D-1110083 y sus extensiones;

Que, mediante Memorando No. MDI-CGAJ-2016-0162-A-MEMO, de 04
de febrero de 2016, el Coordinador General de Asesoría Jurídica, pone en
conocimiento del señor Viceministro de Seguridad Interna, el pedido contenido
en el Memorando No. MDI- CGAF-DA-0137, de 29 de enero de 2016, suscrito por la
Directora Administrativa, a fin de que de merecer su aprobación, la
Coordinación General de Asesoría Jurídica proceda a elaborar el Acuerdo
Ministerial de delegación respectivo;

Que, mediante sumilla inserta en el Memorando No.
MDI-CGAJ-2016-0162-A-MEMO, de 04 de febrero de 2016, el señor Viceministro de
Seguridad Interna, autoriza dicho pedido;

Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa del Despacho del Ministro del Interior, a fin de dar mayor
agilidad a su gestión, inclusive en lo atinente a la aplicación de la Ley General
de Seguros, Reglamento de aplicación y normas conexas, por lo que es pertinente
la delegación de funciones, de manera que facilite su gestión en este ámbito;
y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 1)
del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y los artículos
17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva,

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar al Director General de Logística de la
Policía Nacional, para que a nombre y representación del Ministro del Interior,
ejerza de conformidad con la Ley, las siguientes funciones y atribuciones:

Suscribir las Actas de Transferencia de Dominio de los
automotores declarados y que se sigan declarando en pérdida total por parte de
Alianza Seguros S.A., en consideración que en dicha Dirección están liquidando
la Póliza de Seguros de Vehículos No. 08-D1110083 y sus extensiones.

Verificar y gestionar las indemnizaciones a que hubiera
lugar en razón de las liquidaciones efectuadas.

Autorizar y disponer todos los actos tendientes a consolidar
el dominio de los aseguradores y reaseguradores sobre dichos bienes; así como
la entrega de todos los documentos inherentes a ellos, todo esto conforme a los
procedimientos señalados en la Ley General de Seguro, Reglamento de aplicación
y normas conexas.

Artículo 2.- El Director General de Logística de la Policía
Nacional, informará al Ministro del Interior, de las acciones tomadas en
ejercicio de la presente delegación y será responsable civil, administrativa y
penalmente de las acciones u omisiones en que incurra.

Artículo 3.- El presente Acuerdo se pondrá en conocimiento
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública y el cual entrará en
vigencia a partir de la suscripción del mismo, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE: Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 05 de
abril de 2016.

f.) Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (S).

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente
documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección
de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 10 de junio de 2016.- f.) Ilegible.- Secretaría General.

No. 7004-A

Diego Xavier Fuentes Acosta

MINISTRO DEL INTERIOR (S)

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador reconoce en
sus artículos 41 y 42 el derecho al asilo y refugio, así como la prohibición de
desplazamiento arbitrario de las personas que se encuentren en dicha situación,
en concordancia con la Ley y los Instrumentos Internacionales sobre derechos
humanos ratificados por el país;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1182, publicado en el Registro Oficial Nro, 727 de 19 de junio de
2012
, se expidió el Reglamento para la Aplicación en el Ecuador del
Derecho de Refugio establecido en el artículo 41 de la Constitución de la
República, las normas contenidas en la Convención de las Naciones Unidas de
1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, Decreto
Ejecutivo que deroga los Decretos Ejecutivos Nros. 3301 de 06 de mayo de 1992 y
1635 de 07 de abril de 2009;

Que, la Comisión para determinar la Condición de los/las
Refugiados/as en el Ecuador, conforme dispone el artículo 15 del Referido
Reglamento para la aplicación en el Ecuador del derecho al Refugio, estará
integrada por un funcionario designado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Movilidad Humana, uno del Ministerio del Interior y uno del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, con sus respectivos
suplentes;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 2555 de 02 de julio
de 2012, se integró a la estructura organizacional del Ministerio del Interior
a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional y sus dependencias
a nivel nacional, con todos sus bienes, recursos, funciones, atribuciones y
responsabilidades;

Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 5552 de 10 de abril
de 2015, el Ministro del Interior designó a los representantes para ser
miembros de las comisiones que determinarán la condición de los refugiados en
el Ecuador, hasta diciembre de 2015, con todas las atribuciones que determine
su Reglamento Interno;

Que, con Acuerdo Ministerial Nro. 6987-A de 30 de marzo de
2016, el señor doctor José Ricardo Serrano Salgado dispuso al señor Abogado
Diego Xavier Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad Interna, la subrogación
de las funciones y atribuciones del cargo de Ministro del Interior, a partir de
las 15h00 del 31 de marzo de 2016 hasta el 05 de abril de 2016, en virtud de la
licencia por vacaciones del Titular; y,

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo
154 de la Constitución de la República del Ecuador, inciso primero del artículo
17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva y
Acuerdo Ministerial Nro. 6987-A de 30 de marzo de 2016;

Acuerda:

Artículo 1.- Designar al señor doctor Carlos Julio Machado
Vallejo, en calidad de representante principal del Ministerio del Interior para
que integre la Comisión que determinará la Condición de los/las refugiados en
el Ecuador, la cual funcionará hasta el 31 de diciembre de 2016 con todas las
atribuciones que defina su reglamento interno, sin perjuicio de establecer
excepcionalmente Comisiones simultáneas.

Artículo 2.- El funcionario designado informará mensualmente
al señor Ministro del Interior y a la Responsable de las Unidades de Control
Migratorio a Nivel Nacional de todas las acciones generadas en virtud del
presente Acuerdo Ministerial.

Artículo 3.- Déjese sin efecto el Acuerdo Ministerial Nro.
5552 de 10 de abril de 2015.

Artículo 4.- De la ejecución del presente Acuerdo
Ministerial, encárguese a la Responsable de las Unidades de Control Migratorio
a nivel nacional de manera conjunta con la Coordinación General Administrativa,
la Coordinación General de Planificación; y, la Dirección de Administración de
Talento Humano del Ministerio del Interior.

El presente Acuerdo Ministerial, entrará en vigencia a
partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro
Oficial.

NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE, dado en el Distrito Metropolitano
de Quito, a, 05 de abril del 2016.

f.) Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (S).

MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certifico que el presente
documento es fiel copia del original que reposa en el archivo de la Dirección
de Secretaría General de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.-
Quito a, 10 de junio de 2016.- f.) Ilegible.- Secretaría General.

No. SNPD-031-2016

Sandra Naranjo Bautista

SECRETARIA NACIONAL

DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO

Considerando:

Que, el artículo 226 de la Constitución de la República,
establece que: ?Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley (?)?;

Que, el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas, establece que es atribución del Secretario
Nacional de Planificación y Desarrollo: ?(?) 4. Delegar por escrito las facultades
que estime conveniente. Los actos administrativos ejecutados por las o los
funcionarios, servidores o representantes especiales o permanentes delegados,
para el efecto, por el Secretario Nacional tendrán la misma fuerza y efecto que
si los hubiere hecho el titular o la titular de dicha Secretaria y la
responsabilidad corresponderá al funcionario delegado?;

Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 1004, de 26 de
abril de 2016, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 760, de 23
de mayo de 2016, dispone lo siguiente: ?Créase el Comité para la Reconstrucción
y Reactivación Productiva, con la finalidad de ejecutar la construcción y
reconstrucción de infraestructura necesaria para mitigar los efectos del
terremoto de 16 de abril de 2016; y, de implementar planes, programas, acciones
y políticas públicas para la reactivación producción (Sic.) y de empleo en las
zonas afectadas por el referido evento natural?;

Que, el numeral 2 del artículo 2 del citado Decreto
Ejecutivo No. 1004, de 26 de abril de 2016, dispone lo siguiente: ?El Comité
para la Reconstrucción y Reactivación Productiva estará integrado por los
siguientes miembros permanentes, que actuarán con voz y voto: (?) 2. El
Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo (?)?;

Que, el artículo 54 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, sobre la desconcentración
administrativa, dispone que: ?La titularidad y el ejercicio de las competencias
atribuidas a los órganos administrativos podrán ser desconcentradas en otros
jerárquicamente dependientes de aquellos, cuyo efecto será el traslado de la
competencia al órgano desconcentrado. La desconcentración se hará por Decreto
Ejecutivo o Acuerdo Ministerial?;

Que, el artículo 55 del mencionado Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dispone que: ?Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto (?)?;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1372, publicado en el
Registro Oficial No. 278, de 20 de febrero de 2004, se creó la Secretaría
Nacional de Planificación y Desarrollo ? Senplades-, como el organismo
responsable del diseño, implementación, integración y dirección del Sistema
Nacional de Planificación, en todos sus niveles;

Que, con Decreto Ejecutivo No. 800, de 15 de octubre de
2015, se designó a Sandra Naranjo Bautista, Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrollo;

Que, el literal u) del acápite 1.1. ?Secretaría Nacional de
Planificación y Desarrollo?, punto 1 ?Proceso Gobernante: Direccionamiento
Estratégico?, del Título I ?De los Procesos Gobernantes?, Capítulo V ?De La
Estructura Descriptiva? del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por
Procesos de la Senplades, publicado en la Edición Especial del Registro Oficial
No. 97, de 22 de enero de 2014, establece como atribución de la Secretaria
Nacional de Planificación y Desarrollo: ?(?) u) Delegar facultades y
atribuciones dentro de la estructura jerárquica institucional, cuando considere
necesario (?)?;

Que, es necesario designar a los delegados/as permanente
principal y alterno que representen a la Secretaría Nacional de Planificación y
Desarrollo, ante el Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva; y,

En ejercicio de las atribuciones y facultades que le
confieren el numeral 4 del artículo 27 del Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas; el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 1004,
de 26 de abril de 2016; y, el Decreto Ejecutivo No. 800, de 15 de octubre de
2015,

Acuerda:

Art. 1.- Designar al/la Subsecretario/a General de
Planificación para el Buen Vivir; y, al/la Subsecretario/a Zonal 4 ? Manta,
para que a nombre de la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo y en
representación de la Senplades, actúen como delegados permanentes, principal y
alterno, respectivamente, ante el Comité para la Reconstrucción y Reactivación
Productiva.

Art. 2.- Los delegados, serán responsables de los actos
cumplidos en el ejercicio de esta delegación, e informarán a la Secretaria
Nacional de Planificación y Desarrollo, de forma trimestral o según le sea
requerido, sobre las actividades cumplidas y las resoluciones adoptadas en el
Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva.

Art. 3.- Encárguese a la Coordinación General de Asesoría
Jurídica, notificar con el contenido de este Acuerdo al/ la Subsecretario/a
General de Planificación para el Buen Vivir, al/la Subsecretario/a Zonal 4 ?
Manta y al Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva, para su
oportuna ejecución.

Art. 4.- De la ejecución del presente Acuerdo que entrará en
vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial, encárguese al/ la Subsecretario/a General
de Planificación para el Buen Vivir; y, al/la Subsecretario/a Zonal 4 ? Manta.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, A 29 de junio de
2016.

f.) Sandra Naranjo Bautista, Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrollo.

SENPLADES.- Es fiel copia del original.- Lo certifico.- f.)
Abg. José Luis Aguirre Márquez, Coordinador General de Asesoría Jurídica.

SECRETARÍA TÉCNICA

DE
COOPERACIÓN INTERNACIONAL

CONVENIO BÁSICO DE FUNCIONAMIENTO

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA

DEL ECUADOR Y LA ORGANIZACIÓN NO

GUBERNAMENTAL EXTRANJERA ?AMERICAN

CENTER FOR INTERNATIONAL LABOR

SOLIDARITY ? ACILS (CENTRO AMERICANO

PARA LA SOLIDARIDAD LABORAL

INTERNACIONAL)?

La SECRETARÍA TÉCNICA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL, a nombre
y en representación del Gobierno de la República del Ecuador, debidamente
representada por el economista Iván Martínez Dobronsky, Secretario Técnico de
Cooperación Internacional, Encargado, parte a la que en adelante y para los
efectos derivados del presente documento se denominará únicamente como ?SETECI?
y ?AMERICAN CENTER FOR INTERNATIONAL LABOR SOLIDARITY ? ACILS (CENTRO AMERICANO
PARA LA SOLIDARIDAD LABORAL INTERNACIONAL)?, Organización No Gubernamental
extranjera, persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro constituida
al amparo de la legislación estadounidense, legalmente representada por el señor
Luis Patricio Contreras Flores, apoderado de la Organización en el Ecuador de
conformidad con el instrumento conferido a su favor, el cual se agrega al
presente instrumento, parte a la que en adelante y para los efectos derivados
del presente Convenio se denominará únicamente como la ?ORGANIZACIÓN?, quienes
acuerdan en celebrar el presente Convenio Básico de Funcionamiento que se
otorga al tenor de las siguientes cláusulas y constituye ley para las partes.

ARTÍCULO 1

DE LOS ANTECEDENTES

1.1 Mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 699 de 30 de octubre de 2007, publicado en el Suplemento
del Registro Oficial Nro. 206 de 07 de noviembre de 2007, se crea la Agencia
Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI) como una entidad pública
desconcentrada, con gestión técnica, administrativa y financiera propias,
adscrita a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo (SENPLADES),
encargada de la implementación de estrategias generales de cooperación
internacional, las políticas y reglamentos de gestión y el desarrollo y
aplicación de los instrumentos de gestión del Sistema Ecuatoriano de
Cooperación Internacional.

1.2 Con
Decreto Ejecutivo Nro. 429 de 15 de julio de 2010, publicado en el Registro
Oficial Nro. 246 de 29 de julio de 2010, entre otros aspectos, se cambia la
denominación de Agencia Ecuatoriana de Cooperación Internacional (AGECI) por la
de Secretaría Técnica de Cooperación Internacional (SETECI).

1.3 A través
de Decreto Ejecutivo Nro. 812 de 05 de julio de 2011, publicado en el Registro
Oficial Nro. 495 de 20 de julio de 2011, se reforma el Sistema de Cooperación Internacional
y se dispone que la Secretaría Técnica de Cooperación Internacional sea una
entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración
hoy Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

1.4 Mediante
Decreto Ejecutivo Nro. 16 de 04 de junio de 2013, publicado en el Suplemento
del Registro Oficial Nro. 19 de 20 de junio de 2013, se expide el Reglamento
para el Funcionamiento del Sistema Unificado de Información de las
Organizaciones Sociales y Ciudadanas, estableciéndose en la Sección VII, las
competencias, facultades y atribuciones de la Secretaría Técnica de Cooperación
Internacional, para suscribir Convenios Básicos de Funcionamiento, notificar la
autorización del inicio de funcionamiento y actividades en el país; efectuar el
control y seguimiento de las labores de las ONG extranjeras; y, previo el
estudio del caso y resolución motivada, dar por terminadas las actividades de
la ONG en el Ecuador.

1.5 Con
Decreto Ejecutivo Nro. 739 de 03 de agosto de 2015, publicado en el Registro
Oficial Nro. 570 de 21 de agosto de 2015, se expide la Codificación y Reformas
al referido Reglamento y se ratifican en el capítulo VII las funciones de la
Secretaría Técnica de Cooperación Internacional, estableciéndose además la
obligación de registrar en el Sistemas Unificado de Información de las
Organizaciones Sociales y Ciudadanas – SUIOS, a las ONG extranjeras cuyas
actividades han sido autorizadas a través del Convenio Básico de
Funcionamiento.

1.6 &nb